Ley veterinaria, implicaciones y derechos del zootecnista y medico veterinari...
ANALISIS ECONOMICO DEL DERECHO
1. D O C E N T E : M A G . C A R L O S
P A J U E L O B E L T R Á N
A L U M N A : M A R I A J O S E L U B E
A L V A R E Z
2. El análisis económico del derecho nos hace tomar conciencia de cuanta
responsabilidad tiene el Derecho en el desarrollo. El mal derecho no solo genera
injusticia, sino además, subdesarrollo.
El análisis Costo- Beneficio en las decisiones judiciales, resulta ser que ante una decisión
judicial o legal que pretende resolver un conflicto o incertidumbre jurídica, implica
necesariamente que analicemos el costo privado y el costo social. Cuando se habla de
un análisis costo beneficio, no se está hablando de dinero necesariamente, sino de los
motores de la conducta humana, y éstos son bienestar y malestar
El Análisis Económico del Derecho no busca reemplazar el razonamiento jurídico sino
complementarlo. La responsabilidad objetiva es decir el causante del daño paga, no se
analiza si la víctima tuvo o no culpa,
Protección a la propiedad intelectual La propiedad es una ejecución que puede ser
entendida como análisis económico, intercionaliza los costos de los beneficios. Debe o
no existir la protección a la propiedad intelectual, las patentes o los derechos de autor?
la lógica económica dice que debe haber propiedad en las cuales hay consumo real o
costos de exclusión bajos.
3. ¿EN QUÉ CASOS SE PUEDE APLICAR EL AED
APARTE DE LOS ESBOZADOS POR ALFREDO
BULLARD.
Cuando se realiza el análisis
económico del derecho y de la
Propiedad Intelectual se debe
recurrir a las herramientas que nos
da él, y así se ha permitido la
introducción de un Análisis
Económico del Derecho, tratando
de dar un razonamiento RESUMEN
económico dentro del campo del
entender. • Y cuál es la función
económica que Derecho. Podría
encontrarse detrás de esta figura,
así nos señala Alfredo Bullar
Gonzáles, quien dice que la función
económica merece tutela o
Resumen no. “Entender economía
mejora la imagen de los en
términos generales, la Propiedad
enriquece el Derecho mismo. •
4. El Análisis Económico del Derecho busca complementar el
razonamiento jurídico. Busca que se amplíe las perspectiva para
que cuando surja una controversia jurídica se tome en cuenta los
costos(as) privados y todas sus variantes que la decisión puede
tener, y así también al mismo tiempo los todos los efectos
económicos y sociales. El Análisis Económico del Derecho, se
convierte en necesario para lograrla eficiencia del Derecho en la
solución de un conflicto, el especialista enderecho debe tener en
cuenta que no solo debe contemplar el aspecto legal, sino,
también los aspectos socioeconómicos, y las repercusiones de la
solución legal de dicho caso. Es por este motivo que se convierte
en muy importante que los que formulan las leyes sean personas
conocedoras del derecho y de la teoría económica y así también
tener criterio practico y que busquen siempre la eficiencia y
economía en cada caso.
El análisis económico del derecho es la aplicación de las teorías y
métodos de la economía al sistema legal para reforzar, corregir o
completarlo. Bullard trata de dar un panorama general de este
tema, como un método de trabajo que permite ampliar las
fronteras del abogado y economista de manera insospechada,
ayuda a romper muchos paradigmas y plantear las cosas de
5. Bullard Hace Hincapié en una metáfora que desde su
punto de vista resulta entendible que un premio que
se entrega todos los años por internet
llamado PREMIO DARWIN se le entregue a una
persona con la meritoria tarea de haber hecho una
estupidez tan gran que ha muerto en el intento, y
curiosamente se llamada PREMIO DARWIN por la
teoría que él tenía de que: Los genes estúpidos van a
ser eliminados más rápidamente que los inteligentes,
mostrando que si uno piensa incorrectamente va a
terminar en el lugar equivocado
Existen innumerables análisis del Sistema
Económico del Derecho, lo que Bullard sostiene que
es lo correcto es entender que es lo que va a ocurrir
con la conducta de los seres humanos como
previsora; en cambio el derecho es un sistema de
regulación de conductas si unimos economía y
derechos sería una combinación casi perfecta.
6. EN QUÉ SE DIFERENCIA EL AED DEL OTROS
MÉTODOS DE ESTUDIO DE CARÁCTER
SOCIOLÓGICO?
Es necesario tener en cuenta que es un método con muchos defectos y
detractores, en consecuencia no es un método perfecto. Sin embargo, no
podemos precisar que algún método lo sea, sin embargo, existen otros métodos
que si son bastante confiables como el método dogmático, funcionalista y
comparativo.
Existen diversos métodos de interpretación del derecho, entre los cuales podemos
citar el método literal, el método teleológico, el método sociológico, el método
funcionalista, entre los principales métodos de interpretación, sin embargo, los
métodos de interpretación cambian y también aparecen nuevos métodos de
interpretación en el derecho.
En todos los Estados no se aplican los mismos métodos de interpretación, en tal
sentido, en no todos los Estados se aplica de igual manera el análisis económico
del derecho.
Al aplicar los distintos métodos de interpretación es posible alcanzar resultados
distintos en cada método de interpretación, por lo cual al aplicar el análisis del
derecho pueden alcanzarse diferentes conclusiones a las que se alcanzan al
aplicar otros métodos de interpretación.
7. MODELOS
A NIVEL ACADÉMICO
• A inicios de los años 90 aparecen las primeras publicaciones en revistas como “Themis” y
“Ius Et Veritas” seguidas de traducciones de trabajos de importantes representantes de
AED. luego en 1993 se publica el libro “Derecho Civil Peruano: Perspectivas y Problemas
Actuales” por Luis Pizarro Aranguren. en el 96 se hace lo propio con “Estudios de Análisis
Económico del Derecho” de Alfredo Bullard; a los que se suma el trabajo “Por Que Hay
Que Cambiar El Código Civil?” por la UPC. en 1995 nos visitó el profesor Douglas North.
a la par aparecían artículos críticos del AED, favorecieron el debate y su solidez.
A NIVEL DE GESTIÓN PÚBLICA
• Contribuyó a la identificación de reformas económicas como la privatización, la apertura
de la economía, en el rol de las agencias estatales y de los organismos reguladores.
Quizá la mayor influencia del AED la tuvo en el poder ejecutivo, como por ejemplo: la ley
del procedimiento administrativo general, la Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión
Privada, otra institución publica que ha utilizado el AED es el Cofopri. el poder legislativo
incorporó en su reglamento un artículo que establece como requisito de admisibilidad de
un proyecto de ley para que el mismo venga acompañado de un análisis de costo
beneficio que determine el impacto económico en la ley
8. MODELOS DE CONFLICTOS RESUELTOS POR EL
ANALISIS ECONOMICO DEL DERECHO
El problema de los conflictos sociales o socio-ambientales se
resume a un problema de propiedad.
En tanto el propietario de los recursos naturales (el Estado o la
nación peruana, de acuerdo al artículo 66º de la Constitución
Política del Perú o el artículo 15º del Convenio 169 de la
Organización Internacional del Trabajo - OIT ) o el propietario de la
concesión o autorización por dichos recursos naturales (las
empresas Extractivas garantizados por contratos leyes, según el
artículo 62º de la misma Constitución) sea diferente al propietario
del suelo donde se encuentran dichos recursos naturales (las
comunidades andinas, amazónicas o costeñas de acuerdo al
artículo 89º de la misma Constitución o el artículo 14º del Convenio
169 de la OIT), se genera o incrementa el conflicto. Existe un doble
monopolio o monopolio bilateral que tiene como efecto inmediato
el aumento de los costos de transacción y el encarecimiento del
precio para la extracción de los recursos naturales. Estos
monopolios son los siguientes:
9. De un lado, el monopolio de quien es propietario del suelo (las
comunidades), quien no tiene la condición para explotar los recursos
naturales del subsuelo (minerales o petróleo) y se resiste a facilitar la
servidumbre o el permiso para que la empresa inversionista explote
dichos recursos naturales.
De otro lado, el monopolio de quien tiene la concesión o autorización
para explotar los recursos naturales del subsuelo (las empresas
extractivas de inversión), que se resiste a dejar su concesión o
autorización en tanto considera que ha cumplido con los
procedimientos legales y su objeto es producir riqueza para el
desarrollo económico del país.
10. La única solución para resolver el conflicto es
unificando los dos niveles o monopolios de
propiedad a través de un régimen unitario.
Con ello la propiedad sería una, tanto sobre el
suelo como el subsuelo, unificando los intereses
en disputas en un solo interés u objetivo. La
propiedad cumpliría su rol de derecho absoluto
(solo sujeto al interés social y los límites de la ley),
exclusivo respecto a los bienes de los recursos
naturales y excluyente respecto a terceros
(artículo 923 del Código Civil). Esto favorecería la
exploración y posterior explotación de los
recursos naturales, sin la necesidad de consulta
previa alguna. El Estado solo supervisaría los
problemas de contaminación y el pago de
impuestos.
11. CONCLUSIONES
1. El AED se orienta a la creación de modelos tendentes a
evaluar rigurosamente los efectos económicos
producidos por las leyes. En consecuencia, predice y
previene la conducta humana ya que analiza ex ante, a
diferencia del derecho (ex post).
2. El AED entiende la eficiencia maximizando la riqueza
social, así, como el ser humano actúa en base a
incentivos, este dirige- predice (simplificando la realidad
al seleccionar factores relevantes) su conducta con
correctos incentivos o desincentivos (legales) evitando
se generen desperdicios o el uso inadecuado de
recursos (también llamado el nuevo AED).
3. La eficiencia es un componente de la idea de justicia pero
no es el único, ya que los derechos y los objetivos
colectivos ocupan un lugar sumamente importante.
12. 4. Si bien hay una disparidad notoria en el uso de las herramientas del
AED, este ha tenido un avance e impacto (académico) importante e
interesante en el Perú, el cual continuara sin duda. Su existencia ha
sido positiva al enriquecer el análisis legal con nuevas perspectivas.
5. En la búsqueda de la calidad total jurisdiccional, el AED es una
herramienta muy útil, al brindarnos argumentos económicos para
reforzar, corregir o completar los legales pero sin excluirlos; pero
nunca podrá ser perfecto, ya que la justicia es mas valores que
relaciones numéricas.
6. Actualmente es difícil encontrar algún numero de las principales
revistas jurídicas que no publiquen algún trabajo de AED; los mismos
que tienen un alto nivel de demanda académica, siendo comúnmente
utilizados en tesis y trabajos de investigación. Así como es fácil
encontrar cursos en pre y post grado, eventos académicos.