SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 15
ETICA EN LA INVESTIGACION CIENTIFICA Y PRINCIPIOS ETICOS DE LA INVESTIGACION
PORQUE UNA ÉTICA PARA LA INVESTIGACIÓN.
Hay que comenzar por recordar que la historia de la investigación infortunadamente ha estado
matizada por sucesos que opacan los maravillosos hallazgos científicos. Situación generada en
gran medida por investigaciones adelantadas a ultranza y con el desconocimiento de los mínimos
derechos de los seres humanos que participaron en ellas como sujetos de estudio; en muchas
ocasiones sin que estos lo supieran. Casos tan sonados como las experimentaciones con los judíos
en los campos de concentración Nazi, otras como la realizada con población afroamericana en
Tuskegee (Alabama - USA), estudios recién conocidos de enfermedades de transmisión sexual en
Guatemala, aun sin que los sujetos se percataran que hacían parte de la investigación, y
caracterizados por un afán desmesurado de hacer ciencia a como diera lugar y por ende,
cuestionados desde el punto de vista ético.
Igualmente puede advertirse otro tipo de estudios: algunos no atropellan directamente a los sujetos
participantes pero responden a proyectos mal estructurados con fines ajenos o diferentes al
beneficio de la humanidad; experimentaciones cuyos planteamientos no revelan temas como el de
la responsabilidad social; otros que obedecen a intereses netamente económicos y en ocasiones
tan solo a la idea de investigar aunque sus resultados no reporten aparentes beneficios (situación
que se conoce desde el inicio de la investigación). Todos estos problemas han desbordado la
capacidad de gestión y vigilancia de la ética, debiéndose propiciar un abordaje diferente (desde la
pluralidad y la pluridisciplinariedad), que permita asumir los dilemas éticos derivados del desarrollo
tecno científico desde una perspectiva amplia, como lo plantea el profesor Gilbert Hottois en su libro
¿Qué es la bioética?
Por otro lado debe entenderse que el objetivo de la investigación en términos generales no siempre
es el de beneficiar directamente a los participantes, de donde surge un interrogante ¿en qué
condiciones es aceptable éticamente incorporar a las personas en investigación? Respuestas a
esta y otras preguntas similares pueden ser resueltas por la discusión bioética, para lo cual debe
tenerse como premisa que cualquier investigación ha de estar transversalizada por principios
éticos, por ejemplo los destacados en declaraciones internacionales como el informe Belmont
(redactado por la Comisión Nacional para la Protección de Investigación Biomédica y de
Comportamiento de los Estados Unidos y convertido en ley en el año de 1974), entre los cuales se
pueden mencionar: los principios de Respeto por las Personas (reconocimiento a la autonomía), el
de Beneficencia (maximizar los beneficios posibles en la investigación, que muchas veces pueden
ser para personas diferentes a los sujetos de investigación), el de Justicia (con un manejo equitativo
e igualitario de los sujetos de investigación) y un último principio que se agregó por parte de los
teóricos Tom Beauchamp y James Childress, el de No Maleficencia (primero no hacer daño).
A estos principios se les da forma o se les operativiza en protocolos; uno de los más destacados el
de un grupo de bioeticistas de EMANUEL, WENDLER AND GRADY, "WHATMAKES CLINICAL
RESEARCH ETHICAL" JAMA 2000, que determina unas características esenciales que deben ser
observadas y claramente descritas en los proyectos de investigación, buscando garantizar unos
mínimos éticos, tales como:
- Valor social de la investigación
- Validez científica
- Selección justa de sujetos
- Balance favorable riesgo beneficio
- Revisión independiente a través de un comité de ética ajeno a los intereses del investigador
- Consentimiento informado
- Respeto a los participantes
Por ello es el investigador quien inicialmente debe encuadrar su proyecto, utilizando protocolos que
como este promuevan orientaciones éticas. Pero además de ser tarea de quien adelanta la
investigación, también lo es de los comités éticos de investigación (grupo pluridisciplinario, pluralista
y experto en la valoración de proyectos desde el punto de vista ético); su función principal es la de
abogar por la defensa de los sujetos de investigación a través de argumentaciones éticas. Función
que inexorablemente debe estar mediada por la independencia de estos cuerpos colegiados
respecto a los investigadores, además de la capacitación de sus miembros como bioeticistas.
De cara a lo anterior se debe mencionar que a toda publicación que se precie de ser científica, le
corresponde demostrar en sus escritos el reconocimiento y la importancia de la valoración ética de
los contenidos, sometiendo a los artículos antes de su publicación a valoración de comités de ética
de investigación, como un acto de corresponsabilidad de quienes dirigen estos medios de difusión,
promoviendo y exigiendo el cumplimiento de requisitos éticos.
Cabe recordar a los investigadores que se espera de ellos un manejo ético y respetuoso de la
dignidad de todos los seres humanos per se, pero para superar el posible desconocimiento existen
normativas que garantizan unos mínimos esperables en esta materia, como son la resolución 8430
de 1993 y la resolución 2378 de 2008; normas estas que son exigibles a todos aquellos que ejercen
la actividad investigativa con seres humanos en Colombia.
Para finalizar cabe preguntarle a los investigadores y lectores juiciosos: ¿ha sido y es prioridad la
ética en el planteamiento y desarrollo de sus investigaciones? ¿Al momento de revisar sus fuentes
tienen en cuenta que ellas hayan dado respuesta a protocolos éticos, para poder incluirlas como
referentes bibliográficos?
Luis Evelio Aristizábal Franco PhD (c)
INTRODUCCIÓN:
En la sociedad actual, basada en el conocimiento, la ciencia adquiere un valor estratégico y es
considerada como un bien público, producto de la discusión de ideas, creado y difundido con
veracidad y orientado al beneficio común. En este orden, las universidades juegan un papel
fundamental al promover y desarrollar la investigación y al formar profesionales calificados que
encabecen proyectos con valores éticos y encaminados al desarrollo de las sociedades.
LA ETICA: La ética es la rama de la filosofía que reflexiona sobre la moral. Etimológicamente ética
significa comportamiento o costumbre. Por tanto se podría decir que la ética se encarga de los
principios o pautas de la conducta humana. La ética tiene como finalidad descubrir y comprender
las relaciones entre el comportamiento humano y las reglas o normas que se desarrollan en la vida
social.
POR QUÉ LA INVESTIGACIÓN DEBE SER UN ACTO ÉTICO
La investigación no es sólo un acto técnico; es ante todo el ejercicio de un acto responsable, y
desde esta perspectiva la ética de la investigación hay que planteársela como un subconjunto
dentro de la moral general aunque aplicada a problemas mucho más restringidos que la moral
general, puesto que nos estaríamos refiriendo a un aspecto de la ética profesional.
La ética en la investigación es muy importante cuando se lleva a cabo un experimento.
La ética debe ser aplicada en todas las etapas de la investigación, desde la planificación y la
realización hasta la evaluación del proyecto de investigación.
Lo primero que debes hacer antes de diseñar un estudio es considerar los posibles costos y
beneficios de la investigación.
La investigación científica es considerada una actividad humana orientada hacia la
obtención de nuevos conocimientos y su aplicación para la solución de problemas o
interrogantes de carácter científico, es una búsqueda, reflexiva, sistemática y metódica que
se desarrolla mediante un proceso. Se basa para su desempeño en el método científico y
es éste quien le indica el camino que se ha de transitar en esa indagación y las técnicas
precisas de la manera de recorrerlo
PROBLEMAS ETICOS FUNDAMENTALES:
a) Ocultar a los participantes la naturaleza de la investigación o hacerles participar sin que lo
sepan.
b) Exponer a los participantes a actos que podrían perjudicarles o disminuir su propia
estimación.
c) Invadir la intimidad de los participantes .
d) Privar a los participantes de los beneficios
En todos los casos se trata de violaciones de los derechos de las personas, basados en los
principios de respeto, justicia y optimización de beneficios, principios que constituyen la base
de la investigación ética en seres humanos.
CUÁLES SON LAS FALTAS A LA ÉTICA QUE SE DEBEN EVITAR
Las y los científicos no están exentos de cometer errores en el proceso de investigación, sin
embargo deben trabajar cuidando de que sus acciones conlleven la intención de beneficiar a la
sociedad, que no impliquen faltas a la moral establecida y se mantenga siempre dentro de la
legalidad. En este sentido se consideran faltas éticas las siguientes:
Atentar contra los derechos de autor: toda investigación debe ser original. El investigador no debe
apropiarse de información que no le corresponde. En todo caso si requiere tomar como base
investigaciones anteriores, debe señalarse a quién le corresponde.
Manipular los datos de la investigación con fines negativos o positivos. Por ejemplo, alterar
resultados de encuestas o experimentales a favor de lo que el investigador quiere obtener.
Faltar a la veracidad en los resultados obtenidos.
Aplicar a recursos inmorales o fuera de la ley para realizar la investigación. Si un investigador
irrespeta el derecho a la privacidad de una persona con la finalidad de conseguir su investigación
está cometiendo una falta ética.
Irrespetar las convicciones políticas y religiosas de las personas. Gran parte de la sociedad actual
tiene determinadas creencias religiosas. El investigador no puede, por ética imponer los resultados
de sus investigaciones. Sobre los dogmas de las personas.
PRINCIPIOS ÉTICOS DE LA INVESTIGACION:
Los principios fundamentales y universales de la ética de la investigación con seres humanos son:
respeto por las personas, beneficiencia y justicia. Los investigadores, las instituciones y, de hecho,
la sociedad están obligados a garantizar que estos principios se cumplan cada vez que se realiza
una investigación con seres humanos.
Respeto por las personas
Se basa en reconocer la capacidad de las personas para tomar sus propias decisiones, es decir,
su autonomía. A partir de su autonomía protegen su dignidad y su libertad. El respeto por las
personas que participan en la investigación (mejor “participantes” que “sujetos”, puesto esta
segunda denominación supone un desequilibrio) se expresa a través del proceso de consentimiento
informado, que se detalla más adelante. Es importante tener una atención especial a los grupos
vulnerables, como pobres, niños, marginados, prisioneros... Estos grupos pueden tomar decisiones
empujados por su situación precaria o sus dificultades para salvaguardar su propia dignidad o
libertad.
Beneficiencia
La beneficiencia hace que el investigador sea responsable del bienestar físico, mental y social del
paciente. De hecho, la principal responsabilidad del investigador es la protección del participante.
Esta protección es más importante que la búsqueda de nuevo conocimiento o que el interés
personal, profesional o científico de la investigación. Implica no hacer daño o reducir los riesgos al
mínimo, por lo que también se le conoce como principio de no maleficiencia.
Justicia
El principio de justicia prohíbe exponer a riesgos a un grupo para beneficiar a otro, pues hay que
distribuir de forma equitativa riesgos y beneficios. Así, por ejemplo, cuando la investigación se
sufraga con fondos públicos, los beneficios de conocimiento o tecnológicos que se deriven deben
estar a disposición de toda la población y no sólo de los grupos privilegiados que puedan permitirse
costear el acceso a esos beneficios.
7 implicaciones éticas principales de las investigaciones científicas
TOMADO DE: https://www.lifeder.com/implicaciones-eticas-investigacion-cientifica/
Derecho de participación en la investigación
Toda persona interesada en formar parte de una investigación como sujeto de prueba se
encuentra en todo su derecho de aceptar o declinar su participación antes del inicio de dicha
investigación.
Ningún sujeto debería ser obligado por la institución a formar parte de una investigación, sobre
todo si esta tiene el fin de intervenir en su salud.
De igual forma, se le debe permitir retirarse del proyecto en cualquier momento que el sujeto
considere necesario, sin posibilidad de represalias físicas o psicológicas por parte de los
encargados de la investigación.
Información acerca de la investigación
Todo participante voluntario debe ser debidamente informado de las implicaciones, objetivos y
alcance de la investigación en la que se verá involucrado, y por ninguna razón debe ser sometido
a esta a ciegas de lo que puede ocurrir.
Dentro de esta información se incluyen también los riesgos a los que se someterá y los fines —
comerciales o no— que puedan tener sus resultados.
Sumado a esto, se debe garantizar el acceso a la información de los resultados de la
investigación y no incurrir en ningún momento en el secretismo formal.
Garantía de identidad y anonimato
Todo participante que haya suministrado su información para la participación voluntaria en una
investigación debe tener garantías de que esta no se utilizará con fines ajenos a la investigación
misma.
Debe tener la seguridad de que su identidad se mantendrá anónima en todas las etapas de la
investigación científica.
Consideraciones especiales sobre los participantes de una investigación
Los investigadores deben tomar en cuenta las condiciones especiales o discapacidades (físicas o
mentales) que puedan tener algunos participantes.
De ninguna manera una investigación debe someter a los sujetos a condiciones fuera de sus
capacidades naturales.
De igual manera, si la investigación requiere la obtención de datos ajenos a la organización y a
los participantes, los investigadores deben responsabilizarse por el acceso y la utilización de esta
información, así como el uso que se le piensa dar dentro del proyecto.
Sobre la experimentación en animales
La experimentación con animales ha sido uno de los temas más abordados a la hora de discutir la
ética de las investigaciones científicas.
Implícitamente se crea un sesgo que atribuye cargas morales a los animales que serán sujetos de
experimentación, sobre todo por parte de organizaciones externas a la de la investigación misma.
Este ha sido uno de los aspectos que más polémica causa en la opinión pública, mucho más que
la misma experimentación en humanos. Esto es así por la capacidad de los humanos de tomar la
decisión racional de participar o no en distintos proyectos, capacidad que no tienen los
animales.No obstante, son muchas las conclusiones formales que afirman que los animales,
debido a su incapacidad para racionalizar su presente y su futuro, no deben ser objeto de estas
atribuciones morales.
La lucha ha sido tan fuerte que actualmente se busca que el sufrimiento de los animales durante
una investigación científica sea mínimo, en cuanto no pueda ser nulo. Para la ciencia, la
experimentación con animales se ha considerado necesaria porque es la etapa de transición
hacia las pruebas en humanos.
Si cada nueva iniciativa se probara directamente en humanos, los resultados negativos podrían
ser mucho mayores, enfrentando a las organizaciones a nuevos cuestionamientos éticos por
parte de la opinión pública.
Principios de reemplazo, reducción y refinamiento en la investigación
Esta iniciativa de tres “R” aborda sobre todo la experimentación en animales, dando continuidad a
lo mencionado anteriormente.
El reemplazo consiste en la sustitución de animales por modelos relativos de carácter informático,
que permitan un acercamiento a un resultado similar al que se obtendría del animal.
En el peor de los casos, se propone reemplazar a los animales por especies con menor
susceptibilidad al dolor. Reducir se refiere a disminuir la cantidad de animales utilizados para
cada etapa de investigación en un proyecto dado.
Por último, el refinamiento es la búsqueda y utilización de nuevas técnicas que minimicen al
máximo la angustia y el dolor de los animales que son objeto de investigación, brindando niveles
de bienestar que puedan considerarse adecuados.
Reforzamiento del respeto por la vida
Todo proyecto de investigación que manipule vidas humanas o animales como parte de sus
etapas de experimentación puede llegar a crear cierta insensibilidad por el bienestar y la vida de
los seres. Es por esto que la bioética busca que en estos mismos entornos se refuerce el respeto
por todo tipo de vida y se sensibilice acerca de sus susceptibilidades dentro y fuera del
laboratorio.
De esta manera, los proyectos científicos pueden tener un camino mucho más libre para
continuar desarrollándose de manera científica, y sobre todo legal. Así podrá cumplir sus
objetivos frente a la sociedad civil, su principal destinatario.
Veracidad
En el campo de las investigaciones científicas, resulta tentador ocultar información sobre los
posibles efectos adverso del propio trabajo para poder seguir adelante con el proyecto.
La necesidad de dinero para financiar las investigaciones y de prestigio para contar con el mejor
equipo técnico y humano en las investigaciones, es el principal motor de estas tentaciones.Pero
cuando un científico miente, los riesgos para las personas y los organismos involucrados en los
experimentos pueden ser fatales.Es por ello que los científicos están obligados a informar de todo
lo que hacen, tanto a los voluntarios del estudio como a los responsables de la investigación.
Confidencialidad
Durante el desarrollo de la investigación, hay mucha información sensible que debe ser
custodiada a fin de que no sea utilizada sin el contexto adecuado.
Asimismo, en la mayoría de los casos se protege la identidad de las personas involucradas como
sujeto de prueba. Además de los posibles secretos comerciales o militares a los que se tenga
acceso.
Propiedad intelectual
Es obligación del investigador, respetar las patentes, los derechos de autor y cualquier otra forma
de propiedad intelectual.
Es necesario dar el crédito a quien corresponda y no usar datos, métodos o resultados que no
hayan sido publicados sin permiso del autor.
Conflicto de intereses
El conflicto de intereses puede presentarse cuando existe una relación financiera entre los
patrocinantes de la investigación y el investigador, fuera del estricto financiamiento del trabajo.
Recibir regalos caros por decir que un alimento o medicamento es beneficioso, o aceptar
comisiones por apoyar una campaña farmacéutica, son ejemplos de situaciones en las que hay
conflicto de intereses que pueden restar credibilidad al trabajo del investigador.
ALGUNOS CONSEJOS PARA UNA "BUENA CONDUCTA CIENTÍFICA"
Aunque el esfuerzo de la ética de la investigación científica se ha centrado principalmente en definir
de modo preciso la "mala conducta en la investigación científica", vale la pena situarse en la
perspectiva inversa y enumerar algunas buenas prácticas. Así como existe la noción del buen padre
de familia, uno podría hablar aquí del buen investigador (sea académico o alumno). Para terminar,
entonces, enunciaré, como corolario de lo expuesto, algunas características de un buen
investigador. Un buen investigador se caracteriza por cumplir, entre otros, los siguientes deberes.
 evitar el riesgo de dañar considerablemente a la gente, al medio ambiente o a la propiedad sin
necesidad.
 No utilizar el engaño en las personas que participan
 obtener el consentimiento informado de todos los involucrados en el estudio
 preservar la privacidad y la confidencialidad cuando sea posible;
 tomar precauciones especiales cuando se cuenta con la participación de poblaciones
o animales que se considere que no comprenden plenamente el objetivo del estudio;
 no ofrecer grandes recompensas o exigir el cumplimiento de contratos obligatorios para el
estudio. Esto es especialmente importante cuando las personas dependen de alguna manera de
la recompensa;
 no plagiar el trabajo de otros;
 no desviar sus conclusiones dependiendo de su financiación;
 no cometer fraude científico, falsificar la investigación o tener una mala conducta científica. Un
estudio-estafa que devastó a la opinión pública sobre el tema durante décadas fue el estudio de
vender más coca cola y palomitas de maíz por medio de anuncios inconscientes. El investigador
dijo que había encontrado grandes efectos en los mensajes subliminales, pero en realidad nunca
llevó a cabo el experimento;
 no utilizar la posición de evaluador de colegas para dar opiniones falsas de colegas con el
objetivo de castigar o dañar a los pares científicos.
Básicamente, la investigación debe seguir todas las regulaciones brindadas así como también
anticipar los problemas éticos que puedan surgir en la investigación.
La competencia es un factor importante en la investigación y puede tanto bueno como malo.
La denuncia es un mecanismo para ayudar a descubrir la mala conducta en la investigación.
CONCLUSIONES:
La investigación que involucra a seres humanos es un tema complejo y se mueve entre el progreso
de la ciencia y la protección a los seres humanos que participan en ella. Sin embargo, los límites
de una investigación deben estar dados por el respeto a la dignidad de las personas. El fin último
de una investigación biomédica debe ser el mismo que el fin de la medicina: ayudar a aliviar el
sufrimiento de los enfermos. La regulación ética permite disminuir el riesgo de daño o atropello
a la dignidad de las personas. La responsabilidad profesional de los investigadores y de las
instituciones participantes es la base para proteger efectivamente a los probandos.
EL PLAGIO
La palabra “plagio” viene del latín plagium que significa secuestro.
“Plagiar” es definido por la Real Academia de la Lengua Española como “copia en lo sustancial de
obras ajenas, dándolas como propias”.
1 . Para el Diccionario Collins de Lengua Inglesa es “apropiarse de las ideas de otro autor”
2 . El plagio implica la copia de palabras o ideas de otra persona haciéndolas pasar como propias
sin acreditar la fuente, ese es el espíritu de su definición por parte de la Academia de Historiadores
de América que lo describe como “el mal uso de los escritos de otro autor” .
Desde el punto de vista legal “El plagio consiste en hacer pasar y usar como propias las obras o
cualquier otro tipo de manifestación (ideas, palabras, escritos, etc ) de otra persona sin hacer el
respectivo reconocimiento. En pocas palabras es la copia que se hace de una obra original sin la
autorización de su creador y sin reconocerlo como tal” (Ramirez, 2016).
La Organización Mundial de la Propiedad Intelectual define el plagio como “el acto de ofrecer o
presentar como propia, en su totalidad o en parte, la obra de otra persona, en una forma o contexto
más o menos alterados”. Por tanto, el plagio es en principio un robo que tiene dos características:
la copia total o parcial no autorizada de una obra ajena, o la presentación de una obra ajena como
propia, suplantando al autor verdadero.
En consecuencia, cuando se divulga, publica o reproduce una obra a nombre de un autor distinto
del verdadero, se atenta contra los derechos patrimoniales del autor, pues se usurpa su autoría y
se defraudan sus derechos patrimoniales e intereses económicos.
Según Girón Castro plagiar conlleva dos clases de delitos: en primer lugar, “usar ideas, información
o expresiones de otra persona sin darle el debido reconocimiento”, constituye robo de propiedad
intelectual, y, en segundo lugar, “hacer pasar las ideas, información o expresiones de otra persona
como si fueran propias para obtener buenas calificaciones u otras ventajas”, constituye fraude.
Clasificaciones
Concretamente, la Corte Suprema de Justicia de Colombia reconoce doctrinariamente en el punto
del derecho a la paternidad dos modalidades de plagio:
“[…] Uno, cuando el actor se atribuye la obra de otro, tal y como ha sido creada por el autor; y dos,
cuando el actor se atribuye la obra de otro, no reproduciéndola idénticamente, sino imitándola en
sus extremos esenciales […]”
Así, se configura la ocurrencia de dos tipos de plagio:
A. Plagio ‘servil’: es la utilización no autorizada de la obra ajena, en todo o en parte,
reproduciéndola de manera literal.
B. Plagio ‘inteligente’ o ‘simulado’: en el cual a la obra se le introducen algunas modificaciones
que buscan disimular la copia realizada y la suplantación del autor, al presentar la obra a
nombre de una persona distinta del verdadero .
Puede distinguirse otra clasificación basada en la intencionalidad:
A. Plagio ‘intencionado’: es el engaño consciente, intencionado y planeado de presentar como
propio lo que no lo es.
B. Plagio ‘no intencionado’: debido a la ignorancia sobre lo que es y no es plagio; es, por lo tanto,
inconsciente, no intencionado ni planeado.
Otra forma de clasificación hace referencia al “plagio académico” que ocurre, para el profesor
Hexham de la Universidad de Calgary en Canadá, “[…] cuando un escritor utiliza repetidamente
más de cuatro palabras de una fuente impresa, sin el uso de las comillas y sin una referencia precisa
a la fuente original en un trabajo presentado como propia la investigación y la erudición del autor
[…]”.
La plataforma TURNITIN clasifica varios tipos de plagio:
A. Plagio directo: cuando se cambia el encabezado y estructura de las frases y se añade o
elimina la palabra extraña sin reconocer al autor original, ni utilizar comillas.
B. Plagio utilizando una cita: aunque se reconoce el verdadero autor, el plagio se produce
debido a que el texto original se reproduce con solo cambios menores sin utilizar comillas
ni pie de página.
C. El plagio de citas colgantes: el plagiario comienza con una cita, pero sigue después de
cerrar las comillas.
D. Parafraseando como plagio: parafraseando sin referencia al parágrafo original en forma
extensa o continua, incluso cuando se cite la fuente.
E. Autoplagio: en el que se roba a sí mismo duplicando o ‘reciclando’ publicaciones con
fines de promocionarse o aumentar el prestigio del investigador.
CASOS FAMOSOS DE PLAGIO
Recientemente artistas como Celine Dion, Michael Jackson y Shakira, y directores de cine como
Steven Spielberg han enfrentado en la corte acusaciones de plagio
1. Recientemente, otros escándalos han tenido lugar en Alemania. En 2011, el ministro de
Defensa, Theodor Zu Guttenberg, abandonó el cargo luego de que saliese a la luz que había
copiado fragmentos enteros de otras publicaciones para su tesis en Derecho, y a la diputada
europea del Partido Liberal, Silvana Koch-Mehrin, cuando se desempeñaba como
vicepresidenta del Parlamento Europeo, la universidad alemana de Heidelberg le retiró, por
plagio, el título de Doctor.
2. En 2013, la ministra de Educación y Ciencia de Alemania, Anette Schavan, dimitió por una
acusación de plagio en su tesis doctoral, después de que la Universidad de Düsseldorf le
retirara el título de doctorado al considerar que plagió de manera intencionada fragmentos
del trabajo.
3. Siendo Presidenta de la Cámara de Representantes, Jennifer Arias, fue acusada de plagio
en su tesis del Mágister en Gobierno y Políticas Públicas de la Universidad de Externado,
hecho que generó una ola de críticas contra la congresista. Después que se conociera el
caso, la Universidad Externado realizó un estudio detallado con profesionales en derechos
de autor y hasta con una herramienta informática para la detección de plagio, confirmando
que sí hubo plagio en la tesis que presentó Jennifer Arias.
4. En septiembre de 2019 fue acusado de plagio en la tesis doctoral el ministro de Vivienda,
Jonathan Malagón. Al examinar la tesis de doctorado de Malagón en la Universidad de
Tilburg, publicada en diciembre de 2017 y avalada por varios jurados, el portal Plagio S.O.S
encontró al menos 200 renglones y 30 gráficos de la tesis que eran idénticos a otras tesis de
maestría publicadas por otros autores que el ministro asesoró en sus respectivas tesis.
Hay casos como el del ex concejal Marco Fidel Ramírez, quién fue rechazado en su primera
ponencia por el Concejo de Bogotá en 2012, debido a que el proyecto que presentaba para crear
una Secretaría de Seguridad fue copiado de un artículo académico de la Universidad de Barcelona.
El de la Agencia Nacional para la Alimentación Escolar que propuso el Ministerio de Educación, en
cabeza de Gina Parody. El proyecto de ley fue rechazado por el Congreso de la República cuando
la senadora Sofía Gaviria Correa denunció que el proyecto usaba las mismas palabras de un
proyecto de ley suyo. Las polémicas por el copie y pegue de personajes en la élite política son
constantes.
OTROS CASOS:
 El Gobernador del Quindío Dr. Carlos Eduardo Osorio por plagiar el Plan de Desarrollo –
En Defensa del Bien Común. 17 de mayo/2016.
 El Ex - Procurador Dr. Ordoñez se le abrió indagación preliminar por plagio en su frase soy
correcto, no corrupto, (vulneración de derechos de autor). 26 de enero /2016.
 Shakira – denunciada por plagiar “Time for africa y loca”, el 20 de agosto del 2014
 Jerónimo Uribe, hijo del Expresidente Álvaro Uribe Vélez, fue Acusado de Plagiar en la
Universidad de los Andes.
Tomado y argumentado: Plagio en Colombia www.kienyke.com, 27 de enero /2016, procurador
Ordoñez y otras celebridades acusadas de plagio.
Concepto de “original”
Si existe el plagio como copia, debe existir un “original”; es, entonces, necesario revisar este
concepto. “Original” proviene del latín originalis, novedoso o nuevo. El Diccionario de la Real
Academia de la Lengua Española en su acepción tres, anota:
“El aporte de un artista, escritor, pensador, de algo novedoso, o de inventiva propia; sinónimos:
único, creativo”
Por tanto, apunta a algo que aparece por primera vez, que no es una copia o repetición de lo ya
conocido.
Ahora bien, desde el punto de vista filosófico, existen argumentos que se oponen a la existencia de
ideas realmente nuevas. El llamado materialismo primitivo enuncia “que el pensamiento refleja a lo
sumo la realidad”, y el empirismo primitivo que “el pensamiento solo refleja la experiencia, se puede
deducir que el llamado pensamiento nuevo, no lo es en realidad, solo refleja algo que ya existía
previamente”; las ideas aparentemente nuevas se expresan con lenguaje ya conocido y que, porlo
tanto, no generan nuevas ideas.
Se argumenta que si bien existía antes, no había sido registrado o pensado y comprendido, en eso
radica lo original.
Marco legal colombiano
El término “plagio” no se encuentra contemplado como tal en la legislación colombiana y, por lo
tanto, corresponde a un concepto eminentemente doctrinario. en la Sentencia C-276/96 de la Corte
Constitucional, la legislación colombiana sobre derechos de autor se remonta a 1834, cuando bajo
el gobierno del general Francisco de Paula Santander se expidió la primera ley sobre el tema :
La Constitución Política de 1991 en diferentes artículos y específicamente en el artículo 61, dice:
“el Estado protegerá la propiedad intelectual por el tiempo y mediante las formalidades que
establezca la ley.
El artículo 150-24 delega en el Congreso la regulación del régimen de propiedad industrial, patentes
y marcas, y las otras formas de propiedad intelectual 23.
El Código Penal en el artículo 270 se refiere a la violación de los derechos morales del autor
El artículo 271 hace referencia a la violación a los derechos patrimoniales de autor y derechos
conexos,
el artículo 272 a la violación a los mecanismos de protección de derecho de autor y derechos
conexos, y otras defraudaciones
Aquí podemos observar como se identifican dos dimensiones o parte de los derechos de autor: los
derechos morales y los derechos patrimoniales.
La legislación sobre Derecho de Autor protege exclusivamente la forma o medio en el cual las
ideas del autor son descritas, explicadas o ilustradas, pero no protege las ideas, contenidos
conceptuales, ideológicos o técnicos. El Derecho de Autor comprende los Derechos Morales y los
Derechos Patrimoniales.
Los Derechos Morales en el Derecho de Autor consisten en el reconocimiento de la paternidad del
autor sobre la obra realizada y el respeto a la integridad de la misma. Este derecho otorgan al autor
facultades para:
 Exigir que su nombre y el título de la obra sean mencionados cada vez que ésta se utilice,
publique o divulgue;
 Oponerse a las transformaciones o adaptaciones de la misma si esto afecta su buen nombre
o reputación;
 Dejar la obra inédita o publicarla en forma anónima o bajo un seudónimo;
 Modificar la obra en cualquier tiempo y retirarla de la circulación, previo el pago de las
indemnizaciones a que haya lugar.
Estos derechos aparecen en el momento mismo de la creación de la obra, sin necesidad de registro
y son del autor de manera personal e irrenunciable, por lo que no pueden enajenarse, ni
embargarse, no prescriben y son de duración ilimitada.
Por su parte, los Derechos Patrimoniales en el Derecho de Autor, consisten en la facultad de
aprovecharse y de disponer económicamente de la obra por cualquier medio, por tanto se puede
renunciar a ellos o embargarse, son prescriptibles y expropiables.
Las distintas formas de utilización de una obra son independientes entre sí, tales como la: copia,
reproducción, presentación pública, traducción, adaptación, etc. Sobre estas formas de utilización,
el autor o titular de los derechos patrimoniales puede ceder (entregar los derechos a otra persona)
o autorizar su uso (dar un permiso pero sin ceder los derechos) para cada una de ellas y
considerando limites de tiempo, cobertura y retribución económica.
La revisión del artículo 270 del Código penal nos impone la necesidad de hacer claridad sobre los
diferentes concepto que se enuncian en la norma:
a) Obras artísticas, científicas y literarias:
(…) libros, obras musicales, pinturas al óleo, a la acuarela o al pastel, dibujo, grabados en madera,
obras caligráficas y crisográficas, obras producidas por medio de corte, grabado, damasquinado,
entre otros., de metal, piedra, madera u otros materiales, estatuas, relieves, esculturas, fotografías
artísticas, pantomimas, u otras obras coreográficas. (Art. 8 lit. A, Ley 23 de 1982).
b) Obra audiovisual (…) toda creación expresada mediante una serie de imágenes asociadas, con
o sin autorización incorporada, que esté destinada esencialmente a ser mostrada a través de
aparatos de proyección o cualquier otro medio de comunicación de la imagen y de sonido,
independientemente de las características del soporte material que la contiene. Acá se incluyen,
por ejemplo, documentales, cortometrajes, largometrajes y programas de televisión.
c) Emisión o transmisión “la difusión por medio de ondas radioeléctricas, de sonido o de sonidos
sincronizados con imágenes.” (Art. 8 lit. Ñ, Ley 23 de 1982).
d) Obra musical Se trata de obras expresadas mediante la combinación de sonidos (composición),
con o sin texto (letra o guión).
e) Obra inédita “aquella que no haya sido dada a conocer al público” (Art. 8 lit. G, Ley 23 de 1982).
f) Obra cinematográfica “cinta de video y videograma: la fijación, en soporte material, de sonidos
sincronizados con imágenes, o de imágenes sin sonido.” (Art. 8 lit. S, Ley 23 de 1982).
g) Fonograma “la fijación, en soporte material, de los sonidos de una ejecución o de otros sonidos”
(Art. 8 lit. M, Ley 23 de 1982).
h) Programas de ordenador o soporte lógico (software) (…) expresión de un conjunto de
instrucciones mediante palabras, códigos, planes o en cualquier otra forma que, al ser incorporadas
en un dispositivo de lectura automatizada, es capaz de hacer que un ordenador –un aparto
electrónico o similar capaz de elaborar informaciones– ejecute determinada tarea u obtenga
determinado resultado. El programa de ordenador comprende también la documentación técnica y
los manuales de uso. (Art. 2, Decisión 351 de la Comunidad Andina de Naciones, Régimen Común
sobre Derecho de Autor y Derechos Conexos).
Artículo 270 C.P. señala que Incurrirá en prisión de dos (2) a cinco (5) años y multa de veinte (20)
a doscientos (200) salarios mínimos legales mensuales vigentes quien: Publique, total o
parcialmente, sin autorización previa y expresa del titular del derecho, una obra inédita de
carácter literario, artístico, científico, cinematográfico, audiovisual o fonograma, programa de
ordenador o soporte lógico.
En esta norma se hace referencia a la publicación, total o parcial, o a la difusión por cualquier
medio, como la internet por ejemplo o la imprenta, de alguna de las clases de obras señaladas. La
norma no se refiere a la negación del autor de la obra, se trata de la publicación de la obra sin la
autorización del autor, independientemente de que se reconozca o no, pero observen que se trata
de la obra inédita es decir la que no se ha publicado.
Lo que se protege es el derecho al inédito que es el que tiene el autor a conservar su obra inédita
hasta su fallecimiento o después de él.
La segunda parte del artículo dice: el que Inscriba en el registro de autor con nombre de persona
distinta del autor verdadero, o con título cambiado o suprimido, o con el texto alterado, deformado,
modificado o mutilado, o mencionando falsamente el nombre del editor o productor de una obra de
carácter literario, artístico, científico, audiovisual o fonograma, programa de ordenador o soporte
lógico.
Aquí hay tres cosas diferentes primero la obra inédita, segundo el derecho a la paternidad y tercero
la integridad de la obra.
A diferencia del caso anterior este numeral de la norma no se refiere a la obra inédita, sino a la
obra, es decir que es independiente si se ha publicado o no.
Ahora, Ya lo dijimos antes, el derecho a la paternidad de la obra significa que: el autor tiene derecho
a reivindicar en cualquier tiempo la paternidad de su obra y, en especial, a que se indique su nombre
o seudónimo, cuando ella se reproduzca o sufra cualquier transformación (traducción adaptación,
arreglo), o se comunique al público mediante interpretación, ejecución, radiodifusión o cualquier
otro medio conocido o por conocer.”
Respecto del derecho a la integridad de la obra se refiere a que el autor puede o tiene el derecho
de “oponerse a toda deformación, mutilación o modificación que atente contra el decoro de la obra
o la reputación del autor”.
La tercera parte de la norma nos interesa especialmente a nosotros:
“ El que Por cualquier medio o procedimiento compendie, mutile o transforme, sin autorización
previa o expresa de su titular, una obra de carácter literario, artístico, científico, audiovisual o
fonograma, programa de ordenador o soporte lógico”.
En esta norma hay varios verbos: compendiar, mutilar, transformar. Compendiar se refiere a llevarlo
o a resumen, o a incluirlo en otra obra como compendio, como capítulo de libro, por ejemplo mutilar,
se refiere a cortar, es una práctica común, las editoriales recortan las obra a discreción con el fin
de ahorrar en papel. Y transformar es cambiar el sentido, es un problema delicado en literatura en
donde una coma, una palabra le cambia el sentido literario, poético, sonoro de la pieza.
Ahora esta tercera parte de la obra no dice si se trata de la obra inédita o publicada luego es
cualquiera de ellas.
Con relación al artículo 272 se debe aclarar que la Corte suprema de justicia en una sentencia de
2008 señaló que el delito previsto en el artículo solo se concreta en la medida en que exista el
ánimo de lucro, dice la corte que se aunque no está expresamente señalado en la norma se trata
de un elemento subjetivo del tipo que debe ser constatado por el juez.
Es decir que en este caso se refiere a reproducir, almacenar, conservar, distribuir, importar, vender,
ofrecer, adquirir para la venta, conductas todas, que según lo hemos dejado expresado más arriba,
deben realizarse el ánimo de lucro.
Entonces este delito se refiere a lo que se conoce comúnmente como piratería.
Derecho de cita
Una de las limitaciones y excepciones que nos presentan las leyes de derecho de autor es el
llamado “derecho de cita”, sobre el cual la Ley 23 de 1982 en su artículo 31, establece lo siguiente:
“[…] Es permitido citar a un autor transcribiendo los pasajes necesarios, siempre que éstos no sean
tantos y seguidos que razonablemente puedan considerarse como una reproducción simulada y
sustancial, que redunde en perjuicio del autor de la obra de donde se toman. En cada cita deberá
mencionarse el nombre del autor de la obra citada y el título de dicha obra. Cuando la inclusión de
obras ajenas constituya la parte principal de la nueva obra, a petición de parte interesada, los
tribunales fijarán equitativamente y en juicio verbal, la cantidad proporcional que corresponda a
cada uno de los titulares de las obras incluidas […].
COMO SE DETECTA EL PLAGIO
En este aspecto ya no hay secretos, primero hay sofware muy buenos, que toman un documento
y lo comparan con todo lo que hay en la web, increíble, esa es una operación rápida, revisar un
artículo de 25 pagina le toma a uno de estos programas o sitios o como se llamen, diez minutos y
dan resultados 100% confiables.
Observen los resultados de una revisión, entonces el sofware le dice que porcentaje del documento
esta copiado, de donde es la copia, que es parafraseado, que corresponde a la cita que se le puso,
en fin, eso no hay margen de duda ni problema.
Hay varias opciones: esta turnitin que es la oficial de la universidad porque viene con el paquete
microsof, esta plagscan que es pagada por suscripción y se paga por hojas revisadas, esta
plagiarium , esta viper, en fin.
Ahora por otra parte los que leen artículos y revisan desarrollan practica para identificar casos en
los que hay plagio. Hay errores bobos que comenten los estudiantes como por ejemplo hacer la
bibliografía citando una cantidad de libros en ingles, entonces cortan una bibliografía de un trabajo
y la pegan sin fijarse que van libros en ingles, lo que inmediatamente despierta las alertas.
En fin, hoy día no es fácil plagiar. Los docentes y la universidad cuenta con todas la herramientas
necesarias para detectar el plagio.
CONSECUENCIA ÉTICAS, ACADÉMICAS, PENALES
Desde el punto de vista de la ética, no creo que haya que entrar a hacer una gran disquisición de
lo que significa el plagio, porque la consideración del plagio desde la perspectiva de la ética.
1. Arellano, J. S., Hall, R. T., & Arriaga, J. H. (2014). Ética de la investigación
científica. Querétaro: Universidad Autónoma de Querétaro.
2. Asociación Médica Mundial. (1964). DECLARACIÓN DE HELSINKI DE LA AMM –
PRINCIPIOS ÉTICOS PARA LAS INVESTIGACIONES MÉDICAS EN SERES
HUMANOS. Helsinki: AMM.
3. GE, E.-C., & JP., P.-H. (2016). Las implicaciones éticas y bioéticas en la investigación
científica. Medicina Veterinaria y Zootecnia, 115-118.
4. Moya, F. B., Bueno, S. D., & Hernández, S. B. (2018). Implicaciones éticas y legales de la
investigación biomédica. Medicina Clínica, 87-90.
5. Ojeda de López, J., Quintero, J., & Machado, I. (2007). La ética en la investigación. Telos,
345-357.

Más contenido relacionado

Similar a LA ÉTICA DE LA INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA

Texto Paralelo de la Ètica de la Investigación Científica
Texto Paralelo de la Ètica de la Investigación CientíficaTexto Paralelo de la Ètica de la Investigación Científica
Texto Paralelo de la Ètica de la Investigación CientíficaMarisol51
 
La ética en la investigación cualitativa. cuidarte
La ética en la investigación cualitativa. cuidarteLa ética en la investigación cualitativa. cuidarte
La ética en la investigación cualitativa. cuidarteSistemadeEstudiosMed
 
Aportes a la ética en la Investigación Científica
Aportes a la ética en la Investigación CientíficaAportes a la ética en la Investigación Científica
Aportes a la ética en la Investigación CientíficaSolFrancescaMontalvo
 
Dimensión ética de la investigación social
Dimensión ética  de la investigación socialDimensión ética  de la investigación social
Dimensión ética de la investigación socialMarjorie Picott
 
INVESTIGACIÓN |Temas unidad 2|
INVESTIGACIÓN |Temas unidad 2| INVESTIGACIÓN |Temas unidad 2|
INVESTIGACIÓN |Temas unidad 2| Etica Portafolio
 
Artículos científicos etica sistemas ii
Artículos  científicos  etica  sistemas iiArtículos  científicos  etica  sistemas ii
Artículos científicos etica sistemas iikristel munayco
 
éTica el bueno
éTica el buenoéTica el bueno
éTica el buenofran170292
 
Ética de la inv educativa
Ética de la inv educativaÉtica de la inv educativa
Ética de la inv educativaAndres Olaya
 
Dimension etica en la investigacion social
Dimension etica en la investigacion socialDimension etica en la investigacion social
Dimension etica en la investigacion socialMarjorie Picott
 
Etica de la investigación filo
Etica de la investigación filoEtica de la investigación filo
Etica de la investigación filoValeria Esposito
 
Reflexiones acerca de la ética en la investigación
Reflexiones acerca de la ética en la investigaciónReflexiones acerca de la ética en la investigación
Reflexiones acerca de la ética en la investigaciónAlfredo Ramírez Mendoza
 
Implicaciones_eticas_EYBS.pptx
Implicaciones_eticas_EYBS.pptxImplicaciones_eticas_EYBS.pptx
Implicaciones_eticas_EYBS.pptxEvanBribiesca
 
Los comités de ética su conformación y responsabilidad
Los comités de ética su conformación y responsabilidadLos comités de ética su conformación y responsabilidad
Los comités de ética su conformación y responsabilidadEdisonMosquera8
 

Similar a LA ÉTICA DE LA INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA (20)

Texto Paralelo de la Ètica de la Investigación Científica
Texto Paralelo de la Ètica de la Investigación CientíficaTexto Paralelo de la Ètica de la Investigación Científica
Texto Paralelo de la Ètica de la Investigación Científica
 
Referencia 2
Referencia 2 Referencia 2
Referencia 2
 
3755 galnnjano
3755 galnnjano3755 galnnjano
3755 galnnjano
 
Referencia 2 (9)
Referencia 2 (9)Referencia 2 (9)
Referencia 2 (9)
 
3755 galnnjano
3755 galnnjano3755 galnnjano
3755 galnnjano
 
La ética en la investigación cualitativa. cuidarte
La ética en la investigación cualitativa. cuidarteLa ética en la investigación cualitativa. cuidarte
La ética en la investigación cualitativa. cuidarte
 
Aportes a la ética en la Investigación Científica
Aportes a la ética en la Investigación CientíficaAportes a la ética en la Investigación Científica
Aportes a la ética en la Investigación Científica
 
Dimensión ética de la investigación social
Dimensión ética  de la investigación socialDimensión ética  de la investigación social
Dimensión ética de la investigación social
 
INVESTIGACIÓN |Temas unidad 2|
INVESTIGACIÓN |Temas unidad 2| INVESTIGACIÓN |Temas unidad 2|
INVESTIGACIÓN |Temas unidad 2|
 
Artículos científicos etica sistemas ii
Artículos  científicos  etica  sistemas iiArtículos  científicos  etica  sistemas ii
Artículos científicos etica sistemas ii
 
éTica el bueno
éTica el buenoéTica el bueno
éTica el bueno
 
Referencia 1 (9)
Referencia 1 (9)Referencia 1 (9)
Referencia 1 (9)
 
Ética de la inv educativa
Ética de la inv educativaÉtica de la inv educativa
Ética de la inv educativa
 
Referencia 1-
Referencia 1- Referencia 1-
Referencia 1-
 
Dimension etica en la investigacion social
Dimension etica en la investigacion socialDimension etica en la investigacion social
Dimension etica en la investigacion social
 
Etica de la investigación filo
Etica de la investigación filoEtica de la investigación filo
Etica de la investigación filo
 
Etica 1
Etica 1Etica 1
Etica 1
 
Reflexiones acerca de la ética en la investigación
Reflexiones acerca de la ética en la investigaciónReflexiones acerca de la ética en la investigación
Reflexiones acerca de la ética en la investigación
 
Implicaciones_eticas_EYBS.pptx
Implicaciones_eticas_EYBS.pptxImplicaciones_eticas_EYBS.pptx
Implicaciones_eticas_EYBS.pptx
 
Los comités de ética su conformación y responsabilidad
Los comités de ética su conformación y responsabilidadLos comités de ética su conformación y responsabilidad
Los comités de ética su conformación y responsabilidad
 

Último

PPT GESTIÓN ESCOLAR 2024 Comités y Compromisos.pptx
PPT GESTIÓN ESCOLAR 2024 Comités y Compromisos.pptxPPT GESTIÓN ESCOLAR 2024 Comités y Compromisos.pptx
PPT GESTIÓN ESCOLAR 2024 Comités y Compromisos.pptxOscarEduardoSanchezC
 
programa dia de las madres 10 de mayo para evento
programa dia de las madres 10 de mayo  para eventoprograma dia de las madres 10 de mayo  para evento
programa dia de las madres 10 de mayo para eventoDiegoMtsS
 
Plan Refuerzo Escolar 2024 para estudiantes con necesidades de Aprendizaje en...
Plan Refuerzo Escolar 2024 para estudiantes con necesidades de Aprendizaje en...Plan Refuerzo Escolar 2024 para estudiantes con necesidades de Aprendizaje en...
Plan Refuerzo Escolar 2024 para estudiantes con necesidades de Aprendizaje en...Carlos Muñoz
 
DECÁGOLO DEL GENERAL ELOY ALFARO DELGADO
DECÁGOLO DEL GENERAL ELOY ALFARO DELGADODECÁGOLO DEL GENERAL ELOY ALFARO DELGADO
DECÁGOLO DEL GENERAL ELOY ALFARO DELGADOJosé Luis Palma
 
MAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grande
MAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grandeMAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grande
MAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grandeMarjorie Burga
 
Herramientas de Inteligencia Artificial.pdf
Herramientas de Inteligencia Artificial.pdfHerramientas de Inteligencia Artificial.pdf
Herramientas de Inteligencia Artificial.pdfMARIAPAULAMAHECHAMOR
 
La Función tecnológica del tutor.pptx
La  Función  tecnológica  del tutor.pptxLa  Función  tecnológica  del tutor.pptx
La Función tecnológica del tutor.pptxJunkotantik
 
texto argumentativo, ejemplos y ejercicios prácticos
texto argumentativo, ejemplos y ejercicios prácticostexto argumentativo, ejemplos y ejercicios prácticos
texto argumentativo, ejemplos y ejercicios prácticosisabeltrejoros
 
LA ECUACIÓN DEL NÚMERO PI EN LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE PARÍS. Por JAVIER SOLIS ...
LA ECUACIÓN DEL NÚMERO PI EN LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE PARÍS. Por JAVIER SOLIS ...LA ECUACIÓN DEL NÚMERO PI EN LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE PARÍS. Por JAVIER SOLIS ...
LA ECUACIÓN DEL NÚMERO PI EN LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE PARÍS. Por JAVIER SOLIS ...JAVIER SOLIS NOYOLA
 
Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.
Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.
Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.José Luis Palma
 
Identificación de componentes Hardware del PC
Identificación de componentes Hardware del PCIdentificación de componentes Hardware del PC
Identificación de componentes Hardware del PCCesarFernandez937857
 
TEMA 13 ESPAÑA EN DEMOCRACIA:DISTINTOS GOBIERNOS
TEMA 13 ESPAÑA EN DEMOCRACIA:DISTINTOS GOBIERNOSTEMA 13 ESPAÑA EN DEMOCRACIA:DISTINTOS GOBIERNOS
TEMA 13 ESPAÑA EN DEMOCRACIA:DISTINTOS GOBIERNOSjlorentemartos
 
LINEAMIENTOS INICIO DEL AÑO LECTIVO 2024-2025.pptx
LINEAMIENTOS INICIO DEL AÑO LECTIVO 2024-2025.pptxLINEAMIENTOS INICIO DEL AÑO LECTIVO 2024-2025.pptx
LINEAMIENTOS INICIO DEL AÑO LECTIVO 2024-2025.pptxdanalikcruz2000
 
RAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIA
RAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIARAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIA
RAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIACarlos Campaña Montenegro
 
Manual - ABAS II completo 263 hojas .pdf
Manual - ABAS II completo 263 hojas .pdfManual - ABAS II completo 263 hojas .pdf
Manual - ABAS II completo 263 hojas .pdfMaryRotonda1
 

Último (20)

Power Point: "Defendamos la verdad".pptx
Power Point: "Defendamos la verdad".pptxPower Point: "Defendamos la verdad".pptx
Power Point: "Defendamos la verdad".pptx
 
PPT GESTIÓN ESCOLAR 2024 Comités y Compromisos.pptx
PPT GESTIÓN ESCOLAR 2024 Comités y Compromisos.pptxPPT GESTIÓN ESCOLAR 2024 Comités y Compromisos.pptx
PPT GESTIÓN ESCOLAR 2024 Comités y Compromisos.pptx
 
programa dia de las madres 10 de mayo para evento
programa dia de las madres 10 de mayo  para eventoprograma dia de las madres 10 de mayo  para evento
programa dia de las madres 10 de mayo para evento
 
Sesión de clase: Defendamos la verdad.pdf
Sesión de clase: Defendamos la verdad.pdfSesión de clase: Defendamos la verdad.pdf
Sesión de clase: Defendamos la verdad.pdf
 
Plan Refuerzo Escolar 2024 para estudiantes con necesidades de Aprendizaje en...
Plan Refuerzo Escolar 2024 para estudiantes con necesidades de Aprendizaje en...Plan Refuerzo Escolar 2024 para estudiantes con necesidades de Aprendizaje en...
Plan Refuerzo Escolar 2024 para estudiantes con necesidades de Aprendizaje en...
 
DECÁGOLO DEL GENERAL ELOY ALFARO DELGADO
DECÁGOLO DEL GENERAL ELOY ALFARO DELGADODECÁGOLO DEL GENERAL ELOY ALFARO DELGADO
DECÁGOLO DEL GENERAL ELOY ALFARO DELGADO
 
Razonamiento Matemático 1. Deta del año 2020
Razonamiento Matemático 1. Deta del año 2020Razonamiento Matemático 1. Deta del año 2020
Razonamiento Matemático 1. Deta del año 2020
 
MAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grande
MAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grandeMAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grande
MAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grande
 
Herramientas de Inteligencia Artificial.pdf
Herramientas de Inteligencia Artificial.pdfHerramientas de Inteligencia Artificial.pdf
Herramientas de Inteligencia Artificial.pdf
 
Unidad 3 | Teorías de la Comunicación | MCDI
Unidad 3 | Teorías de la Comunicación | MCDIUnidad 3 | Teorías de la Comunicación | MCDI
Unidad 3 | Teorías de la Comunicación | MCDI
 
La Función tecnológica del tutor.pptx
La  Función  tecnológica  del tutor.pptxLa  Función  tecnológica  del tutor.pptx
La Función tecnológica del tutor.pptx
 
texto argumentativo, ejemplos y ejercicios prácticos
texto argumentativo, ejemplos y ejercicios prácticostexto argumentativo, ejemplos y ejercicios prácticos
texto argumentativo, ejemplos y ejercicios prácticos
 
LA ECUACIÓN DEL NÚMERO PI EN LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE PARÍS. Por JAVIER SOLIS ...
LA ECUACIÓN DEL NÚMERO PI EN LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE PARÍS. Por JAVIER SOLIS ...LA ECUACIÓN DEL NÚMERO PI EN LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE PARÍS. Por JAVIER SOLIS ...
LA ECUACIÓN DEL NÚMERO PI EN LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE PARÍS. Por JAVIER SOLIS ...
 
Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.
Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.
Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.
 
Identificación de componentes Hardware del PC
Identificación de componentes Hardware del PCIdentificación de componentes Hardware del PC
Identificación de componentes Hardware del PC
 
TEMA 13 ESPAÑA EN DEMOCRACIA:DISTINTOS GOBIERNOS
TEMA 13 ESPAÑA EN DEMOCRACIA:DISTINTOS GOBIERNOSTEMA 13 ESPAÑA EN DEMOCRACIA:DISTINTOS GOBIERNOS
TEMA 13 ESPAÑA EN DEMOCRACIA:DISTINTOS GOBIERNOS
 
LINEAMIENTOS INICIO DEL AÑO LECTIVO 2024-2025.pptx
LINEAMIENTOS INICIO DEL AÑO LECTIVO 2024-2025.pptxLINEAMIENTOS INICIO DEL AÑO LECTIVO 2024-2025.pptx
LINEAMIENTOS INICIO DEL AÑO LECTIVO 2024-2025.pptx
 
RAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIA
RAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIARAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIA
RAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIA
 
Repaso Pruebas CRECE PR 2024. Ciencia General
Repaso Pruebas CRECE PR 2024. Ciencia GeneralRepaso Pruebas CRECE PR 2024. Ciencia General
Repaso Pruebas CRECE PR 2024. Ciencia General
 
Manual - ABAS II completo 263 hojas .pdf
Manual - ABAS II completo 263 hojas .pdfManual - ABAS II completo 263 hojas .pdf
Manual - ABAS II completo 263 hojas .pdf
 

LA ÉTICA DE LA INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA

  • 1. ETICA EN LA INVESTIGACION CIENTIFICA Y PRINCIPIOS ETICOS DE LA INVESTIGACION PORQUE UNA ÉTICA PARA LA INVESTIGACIÓN. Hay que comenzar por recordar que la historia de la investigación infortunadamente ha estado matizada por sucesos que opacan los maravillosos hallazgos científicos. Situación generada en gran medida por investigaciones adelantadas a ultranza y con el desconocimiento de los mínimos derechos de los seres humanos que participaron en ellas como sujetos de estudio; en muchas ocasiones sin que estos lo supieran. Casos tan sonados como las experimentaciones con los judíos en los campos de concentración Nazi, otras como la realizada con población afroamericana en Tuskegee (Alabama - USA), estudios recién conocidos de enfermedades de transmisión sexual en Guatemala, aun sin que los sujetos se percataran que hacían parte de la investigación, y caracterizados por un afán desmesurado de hacer ciencia a como diera lugar y por ende, cuestionados desde el punto de vista ético. Igualmente puede advertirse otro tipo de estudios: algunos no atropellan directamente a los sujetos participantes pero responden a proyectos mal estructurados con fines ajenos o diferentes al beneficio de la humanidad; experimentaciones cuyos planteamientos no revelan temas como el de la responsabilidad social; otros que obedecen a intereses netamente económicos y en ocasiones tan solo a la idea de investigar aunque sus resultados no reporten aparentes beneficios (situación que se conoce desde el inicio de la investigación). Todos estos problemas han desbordado la capacidad de gestión y vigilancia de la ética, debiéndose propiciar un abordaje diferente (desde la pluralidad y la pluridisciplinariedad), que permita asumir los dilemas éticos derivados del desarrollo tecno científico desde una perspectiva amplia, como lo plantea el profesor Gilbert Hottois en su libro ¿Qué es la bioética? Por otro lado debe entenderse que el objetivo de la investigación en términos generales no siempre es el de beneficiar directamente a los participantes, de donde surge un interrogante ¿en qué condiciones es aceptable éticamente incorporar a las personas en investigación? Respuestas a esta y otras preguntas similares pueden ser resueltas por la discusión bioética, para lo cual debe tenerse como premisa que cualquier investigación ha de estar transversalizada por principios éticos, por ejemplo los destacados en declaraciones internacionales como el informe Belmont (redactado por la Comisión Nacional para la Protección de Investigación Biomédica y de Comportamiento de los Estados Unidos y convertido en ley en el año de 1974), entre los cuales se pueden mencionar: los principios de Respeto por las Personas (reconocimiento a la autonomía), el de Beneficencia (maximizar los beneficios posibles en la investigación, que muchas veces pueden ser para personas diferentes a los sujetos de investigación), el de Justicia (con un manejo equitativo e igualitario de los sujetos de investigación) y un último principio que se agregó por parte de los teóricos Tom Beauchamp y James Childress, el de No Maleficencia (primero no hacer daño). A estos principios se les da forma o se les operativiza en protocolos; uno de los más destacados el de un grupo de bioeticistas de EMANUEL, WENDLER AND GRADY, "WHATMAKES CLINICAL RESEARCH ETHICAL" JAMA 2000, que determina unas características esenciales que deben ser observadas y claramente descritas en los proyectos de investigación, buscando garantizar unos mínimos éticos, tales como: - Valor social de la investigación - Validez científica - Selección justa de sujetos
  • 2. - Balance favorable riesgo beneficio - Revisión independiente a través de un comité de ética ajeno a los intereses del investigador - Consentimiento informado - Respeto a los participantes Por ello es el investigador quien inicialmente debe encuadrar su proyecto, utilizando protocolos que como este promuevan orientaciones éticas. Pero además de ser tarea de quien adelanta la investigación, también lo es de los comités éticos de investigación (grupo pluridisciplinario, pluralista y experto en la valoración de proyectos desde el punto de vista ético); su función principal es la de abogar por la defensa de los sujetos de investigación a través de argumentaciones éticas. Función que inexorablemente debe estar mediada por la independencia de estos cuerpos colegiados respecto a los investigadores, además de la capacitación de sus miembros como bioeticistas. De cara a lo anterior se debe mencionar que a toda publicación que se precie de ser científica, le corresponde demostrar en sus escritos el reconocimiento y la importancia de la valoración ética de los contenidos, sometiendo a los artículos antes de su publicación a valoración de comités de ética de investigación, como un acto de corresponsabilidad de quienes dirigen estos medios de difusión, promoviendo y exigiendo el cumplimiento de requisitos éticos. Cabe recordar a los investigadores que se espera de ellos un manejo ético y respetuoso de la dignidad de todos los seres humanos per se, pero para superar el posible desconocimiento existen normativas que garantizan unos mínimos esperables en esta materia, como son la resolución 8430 de 1993 y la resolución 2378 de 2008; normas estas que son exigibles a todos aquellos que ejercen la actividad investigativa con seres humanos en Colombia. Para finalizar cabe preguntarle a los investigadores y lectores juiciosos: ¿ha sido y es prioridad la ética en el planteamiento y desarrollo de sus investigaciones? ¿Al momento de revisar sus fuentes tienen en cuenta que ellas hayan dado respuesta a protocolos éticos, para poder incluirlas como referentes bibliográficos? Luis Evelio Aristizábal Franco PhD (c) INTRODUCCIÓN: En la sociedad actual, basada en el conocimiento, la ciencia adquiere un valor estratégico y es considerada como un bien público, producto de la discusión de ideas, creado y difundido con veracidad y orientado al beneficio común. En este orden, las universidades juegan un papel fundamental al promover y desarrollar la investigación y al formar profesionales calificados que encabecen proyectos con valores éticos y encaminados al desarrollo de las sociedades. LA ETICA: La ética es la rama de la filosofía que reflexiona sobre la moral. Etimológicamente ética significa comportamiento o costumbre. Por tanto se podría decir que la ética se encarga de los principios o pautas de la conducta humana. La ética tiene como finalidad descubrir y comprender las relaciones entre el comportamiento humano y las reglas o normas que se desarrollan en la vida social. POR QUÉ LA INVESTIGACIÓN DEBE SER UN ACTO ÉTICO
  • 3. La investigación no es sólo un acto técnico; es ante todo el ejercicio de un acto responsable, y desde esta perspectiva la ética de la investigación hay que planteársela como un subconjunto dentro de la moral general aunque aplicada a problemas mucho más restringidos que la moral general, puesto que nos estaríamos refiriendo a un aspecto de la ética profesional. La ética en la investigación es muy importante cuando se lleva a cabo un experimento. La ética debe ser aplicada en todas las etapas de la investigación, desde la planificación y la realización hasta la evaluación del proyecto de investigación. Lo primero que debes hacer antes de diseñar un estudio es considerar los posibles costos y beneficios de la investigación. La investigación científica es considerada una actividad humana orientada hacia la obtención de nuevos conocimientos y su aplicación para la solución de problemas o interrogantes de carácter científico, es una búsqueda, reflexiva, sistemática y metódica que se desarrolla mediante un proceso. Se basa para su desempeño en el método científico y es éste quien le indica el camino que se ha de transitar en esa indagación y las técnicas precisas de la manera de recorrerlo PROBLEMAS ETICOS FUNDAMENTALES: a) Ocultar a los participantes la naturaleza de la investigación o hacerles participar sin que lo sepan. b) Exponer a los participantes a actos que podrían perjudicarles o disminuir su propia estimación. c) Invadir la intimidad de los participantes . d) Privar a los participantes de los beneficios En todos los casos se trata de violaciones de los derechos de las personas, basados en los principios de respeto, justicia y optimización de beneficios, principios que constituyen la base de la investigación ética en seres humanos. CUÁLES SON LAS FALTAS A LA ÉTICA QUE SE DEBEN EVITAR Las y los científicos no están exentos de cometer errores en el proceso de investigación, sin embargo deben trabajar cuidando de que sus acciones conlleven la intención de beneficiar a la sociedad, que no impliquen faltas a la moral establecida y se mantenga siempre dentro de la legalidad. En este sentido se consideran faltas éticas las siguientes: Atentar contra los derechos de autor: toda investigación debe ser original. El investigador no debe apropiarse de información que no le corresponde. En todo caso si requiere tomar como base investigaciones anteriores, debe señalarse a quién le corresponde. Manipular los datos de la investigación con fines negativos o positivos. Por ejemplo, alterar resultados de encuestas o experimentales a favor de lo que el investigador quiere obtener. Faltar a la veracidad en los resultados obtenidos. Aplicar a recursos inmorales o fuera de la ley para realizar la investigación. Si un investigador irrespeta el derecho a la privacidad de una persona con la finalidad de conseguir su investigación está cometiendo una falta ética.
  • 4. Irrespetar las convicciones políticas y religiosas de las personas. Gran parte de la sociedad actual tiene determinadas creencias religiosas. El investigador no puede, por ética imponer los resultados de sus investigaciones. Sobre los dogmas de las personas. PRINCIPIOS ÉTICOS DE LA INVESTIGACION: Los principios fundamentales y universales de la ética de la investigación con seres humanos son: respeto por las personas, beneficiencia y justicia. Los investigadores, las instituciones y, de hecho, la sociedad están obligados a garantizar que estos principios se cumplan cada vez que se realiza una investigación con seres humanos. Respeto por las personas Se basa en reconocer la capacidad de las personas para tomar sus propias decisiones, es decir, su autonomía. A partir de su autonomía protegen su dignidad y su libertad. El respeto por las personas que participan en la investigación (mejor “participantes” que “sujetos”, puesto esta segunda denominación supone un desequilibrio) se expresa a través del proceso de consentimiento informado, que se detalla más adelante. Es importante tener una atención especial a los grupos vulnerables, como pobres, niños, marginados, prisioneros... Estos grupos pueden tomar decisiones empujados por su situación precaria o sus dificultades para salvaguardar su propia dignidad o libertad. Beneficiencia La beneficiencia hace que el investigador sea responsable del bienestar físico, mental y social del paciente. De hecho, la principal responsabilidad del investigador es la protección del participante. Esta protección es más importante que la búsqueda de nuevo conocimiento o que el interés personal, profesional o científico de la investigación. Implica no hacer daño o reducir los riesgos al mínimo, por lo que también se le conoce como principio de no maleficiencia. Justicia El principio de justicia prohíbe exponer a riesgos a un grupo para beneficiar a otro, pues hay que distribuir de forma equitativa riesgos y beneficios. Así, por ejemplo, cuando la investigación se sufraga con fondos públicos, los beneficios de conocimiento o tecnológicos que se deriven deben estar a disposición de toda la población y no sólo de los grupos privilegiados que puedan permitirse costear el acceso a esos beneficios. 7 implicaciones éticas principales de las investigaciones científicas TOMADO DE: https://www.lifeder.com/implicaciones-eticas-investigacion-cientifica/ Derecho de participación en la investigación Toda persona interesada en formar parte de una investigación como sujeto de prueba se encuentra en todo su derecho de aceptar o declinar su participación antes del inicio de dicha investigación. Ningún sujeto debería ser obligado por la institución a formar parte de una investigación, sobre todo si esta tiene el fin de intervenir en su salud. De igual forma, se le debe permitir retirarse del proyecto en cualquier momento que el sujeto considere necesario, sin posibilidad de represalias físicas o psicológicas por parte de los encargados de la investigación. Información acerca de la investigación
  • 5. Todo participante voluntario debe ser debidamente informado de las implicaciones, objetivos y alcance de la investigación en la que se verá involucrado, y por ninguna razón debe ser sometido a esta a ciegas de lo que puede ocurrir. Dentro de esta información se incluyen también los riesgos a los que se someterá y los fines — comerciales o no— que puedan tener sus resultados. Sumado a esto, se debe garantizar el acceso a la información de los resultados de la investigación y no incurrir en ningún momento en el secretismo formal. Garantía de identidad y anonimato Todo participante que haya suministrado su información para la participación voluntaria en una investigación debe tener garantías de que esta no se utilizará con fines ajenos a la investigación misma. Debe tener la seguridad de que su identidad se mantendrá anónima en todas las etapas de la investigación científica. Consideraciones especiales sobre los participantes de una investigación Los investigadores deben tomar en cuenta las condiciones especiales o discapacidades (físicas o mentales) que puedan tener algunos participantes. De ninguna manera una investigación debe someter a los sujetos a condiciones fuera de sus capacidades naturales. De igual manera, si la investigación requiere la obtención de datos ajenos a la organización y a los participantes, los investigadores deben responsabilizarse por el acceso y la utilización de esta información, así como el uso que se le piensa dar dentro del proyecto. Sobre la experimentación en animales La experimentación con animales ha sido uno de los temas más abordados a la hora de discutir la ética de las investigaciones científicas. Implícitamente se crea un sesgo que atribuye cargas morales a los animales que serán sujetos de experimentación, sobre todo por parte de organizaciones externas a la de la investigación misma. Este ha sido uno de los aspectos que más polémica causa en la opinión pública, mucho más que la misma experimentación en humanos. Esto es así por la capacidad de los humanos de tomar la decisión racional de participar o no en distintos proyectos, capacidad que no tienen los animales.No obstante, son muchas las conclusiones formales que afirman que los animales, debido a su incapacidad para racionalizar su presente y su futuro, no deben ser objeto de estas atribuciones morales. La lucha ha sido tan fuerte que actualmente se busca que el sufrimiento de los animales durante una investigación científica sea mínimo, en cuanto no pueda ser nulo. Para la ciencia, la experimentación con animales se ha considerado necesaria porque es la etapa de transición hacia las pruebas en humanos. Si cada nueva iniciativa se probara directamente en humanos, los resultados negativos podrían ser mucho mayores, enfrentando a las organizaciones a nuevos cuestionamientos éticos por parte de la opinión pública.
  • 6. Principios de reemplazo, reducción y refinamiento en la investigación Esta iniciativa de tres “R” aborda sobre todo la experimentación en animales, dando continuidad a lo mencionado anteriormente. El reemplazo consiste en la sustitución de animales por modelos relativos de carácter informático, que permitan un acercamiento a un resultado similar al que se obtendría del animal. En el peor de los casos, se propone reemplazar a los animales por especies con menor susceptibilidad al dolor. Reducir se refiere a disminuir la cantidad de animales utilizados para cada etapa de investigación en un proyecto dado. Por último, el refinamiento es la búsqueda y utilización de nuevas técnicas que minimicen al máximo la angustia y el dolor de los animales que son objeto de investigación, brindando niveles de bienestar que puedan considerarse adecuados. Reforzamiento del respeto por la vida Todo proyecto de investigación que manipule vidas humanas o animales como parte de sus etapas de experimentación puede llegar a crear cierta insensibilidad por el bienestar y la vida de los seres. Es por esto que la bioética busca que en estos mismos entornos se refuerce el respeto por todo tipo de vida y se sensibilice acerca de sus susceptibilidades dentro y fuera del laboratorio. De esta manera, los proyectos científicos pueden tener un camino mucho más libre para continuar desarrollándose de manera científica, y sobre todo legal. Así podrá cumplir sus objetivos frente a la sociedad civil, su principal destinatario. Veracidad En el campo de las investigaciones científicas, resulta tentador ocultar información sobre los posibles efectos adverso del propio trabajo para poder seguir adelante con el proyecto. La necesidad de dinero para financiar las investigaciones y de prestigio para contar con el mejor equipo técnico y humano en las investigaciones, es el principal motor de estas tentaciones.Pero cuando un científico miente, los riesgos para las personas y los organismos involucrados en los experimentos pueden ser fatales.Es por ello que los científicos están obligados a informar de todo lo que hacen, tanto a los voluntarios del estudio como a los responsables de la investigación. Confidencialidad Durante el desarrollo de la investigación, hay mucha información sensible que debe ser custodiada a fin de que no sea utilizada sin el contexto adecuado. Asimismo, en la mayoría de los casos se protege la identidad de las personas involucradas como sujeto de prueba. Además de los posibles secretos comerciales o militares a los que se tenga acceso. Propiedad intelectual Es obligación del investigador, respetar las patentes, los derechos de autor y cualquier otra forma de propiedad intelectual.
  • 7. Es necesario dar el crédito a quien corresponda y no usar datos, métodos o resultados que no hayan sido publicados sin permiso del autor. Conflicto de intereses El conflicto de intereses puede presentarse cuando existe una relación financiera entre los patrocinantes de la investigación y el investigador, fuera del estricto financiamiento del trabajo. Recibir regalos caros por decir que un alimento o medicamento es beneficioso, o aceptar comisiones por apoyar una campaña farmacéutica, son ejemplos de situaciones en las que hay conflicto de intereses que pueden restar credibilidad al trabajo del investigador. ALGUNOS CONSEJOS PARA UNA "BUENA CONDUCTA CIENTÍFICA" Aunque el esfuerzo de la ética de la investigación científica se ha centrado principalmente en definir de modo preciso la "mala conducta en la investigación científica", vale la pena situarse en la perspectiva inversa y enumerar algunas buenas prácticas. Así como existe la noción del buen padre de familia, uno podría hablar aquí del buen investigador (sea académico o alumno). Para terminar, entonces, enunciaré, como corolario de lo expuesto, algunas características de un buen investigador. Un buen investigador se caracteriza por cumplir, entre otros, los siguientes deberes.  evitar el riesgo de dañar considerablemente a la gente, al medio ambiente o a la propiedad sin necesidad.  No utilizar el engaño en las personas que participan  obtener el consentimiento informado de todos los involucrados en el estudio  preservar la privacidad y la confidencialidad cuando sea posible;  tomar precauciones especiales cuando se cuenta con la participación de poblaciones o animales que se considere que no comprenden plenamente el objetivo del estudio;  no ofrecer grandes recompensas o exigir el cumplimiento de contratos obligatorios para el estudio. Esto es especialmente importante cuando las personas dependen de alguna manera de la recompensa;  no plagiar el trabajo de otros;  no desviar sus conclusiones dependiendo de su financiación;  no cometer fraude científico, falsificar la investigación o tener una mala conducta científica. Un estudio-estafa que devastó a la opinión pública sobre el tema durante décadas fue el estudio de vender más coca cola y palomitas de maíz por medio de anuncios inconscientes. El investigador dijo que había encontrado grandes efectos en los mensajes subliminales, pero en realidad nunca llevó a cabo el experimento;  no utilizar la posición de evaluador de colegas para dar opiniones falsas de colegas con el objetivo de castigar o dañar a los pares científicos. Básicamente, la investigación debe seguir todas las regulaciones brindadas así como también anticipar los problemas éticos que puedan surgir en la investigación. La competencia es un factor importante en la investigación y puede tanto bueno como malo. La denuncia es un mecanismo para ayudar a descubrir la mala conducta en la investigación. CONCLUSIONES: La investigación que involucra a seres humanos es un tema complejo y se mueve entre el progreso de la ciencia y la protección a los seres humanos que participan en ella. Sin embargo, los límites de una investigación deben estar dados por el respeto a la dignidad de las personas. El fin último de una investigación biomédica debe ser el mismo que el fin de la medicina: ayudar a aliviar el sufrimiento de los enfermos. La regulación ética permite disminuir el riesgo de daño o atropello a la dignidad de las personas. La responsabilidad profesional de los investigadores y de las instituciones participantes es la base para proteger efectivamente a los probandos.
  • 8. EL PLAGIO La palabra “plagio” viene del latín plagium que significa secuestro. “Plagiar” es definido por la Real Academia de la Lengua Española como “copia en lo sustancial de obras ajenas, dándolas como propias”. 1 . Para el Diccionario Collins de Lengua Inglesa es “apropiarse de las ideas de otro autor” 2 . El plagio implica la copia de palabras o ideas de otra persona haciéndolas pasar como propias sin acreditar la fuente, ese es el espíritu de su definición por parte de la Academia de Historiadores de América que lo describe como “el mal uso de los escritos de otro autor” . Desde el punto de vista legal “El plagio consiste en hacer pasar y usar como propias las obras o cualquier otro tipo de manifestación (ideas, palabras, escritos, etc ) de otra persona sin hacer el respectivo reconocimiento. En pocas palabras es la copia que se hace de una obra original sin la autorización de su creador y sin reconocerlo como tal” (Ramirez, 2016). La Organización Mundial de la Propiedad Intelectual define el plagio como “el acto de ofrecer o presentar como propia, en su totalidad o en parte, la obra de otra persona, en una forma o contexto más o menos alterados”. Por tanto, el plagio es en principio un robo que tiene dos características: la copia total o parcial no autorizada de una obra ajena, o la presentación de una obra ajena como propia, suplantando al autor verdadero. En consecuencia, cuando se divulga, publica o reproduce una obra a nombre de un autor distinto del verdadero, se atenta contra los derechos patrimoniales del autor, pues se usurpa su autoría y se defraudan sus derechos patrimoniales e intereses económicos. Según Girón Castro plagiar conlleva dos clases de delitos: en primer lugar, “usar ideas, información o expresiones de otra persona sin darle el debido reconocimiento”, constituye robo de propiedad intelectual, y, en segundo lugar, “hacer pasar las ideas, información o expresiones de otra persona como si fueran propias para obtener buenas calificaciones u otras ventajas”, constituye fraude. Clasificaciones Concretamente, la Corte Suprema de Justicia de Colombia reconoce doctrinariamente en el punto del derecho a la paternidad dos modalidades de plagio: “[…] Uno, cuando el actor se atribuye la obra de otro, tal y como ha sido creada por el autor; y dos, cuando el actor se atribuye la obra de otro, no reproduciéndola idénticamente, sino imitándola en sus extremos esenciales […]” Así, se configura la ocurrencia de dos tipos de plagio: A. Plagio ‘servil’: es la utilización no autorizada de la obra ajena, en todo o en parte, reproduciéndola de manera literal. B. Plagio ‘inteligente’ o ‘simulado’: en el cual a la obra se le introducen algunas modificaciones que buscan disimular la copia realizada y la suplantación del autor, al presentar la obra a nombre de una persona distinta del verdadero . Puede distinguirse otra clasificación basada en la intencionalidad:
  • 9. A. Plagio ‘intencionado’: es el engaño consciente, intencionado y planeado de presentar como propio lo que no lo es. B. Plagio ‘no intencionado’: debido a la ignorancia sobre lo que es y no es plagio; es, por lo tanto, inconsciente, no intencionado ni planeado. Otra forma de clasificación hace referencia al “plagio académico” que ocurre, para el profesor Hexham de la Universidad de Calgary en Canadá, “[…] cuando un escritor utiliza repetidamente más de cuatro palabras de una fuente impresa, sin el uso de las comillas y sin una referencia precisa a la fuente original en un trabajo presentado como propia la investigación y la erudición del autor […]”. La plataforma TURNITIN clasifica varios tipos de plagio: A. Plagio directo: cuando se cambia el encabezado y estructura de las frases y se añade o elimina la palabra extraña sin reconocer al autor original, ni utilizar comillas. B. Plagio utilizando una cita: aunque se reconoce el verdadero autor, el plagio se produce debido a que el texto original se reproduce con solo cambios menores sin utilizar comillas ni pie de página. C. El plagio de citas colgantes: el plagiario comienza con una cita, pero sigue después de cerrar las comillas. D. Parafraseando como plagio: parafraseando sin referencia al parágrafo original en forma extensa o continua, incluso cuando se cite la fuente. E. Autoplagio: en el que se roba a sí mismo duplicando o ‘reciclando’ publicaciones con fines de promocionarse o aumentar el prestigio del investigador. CASOS FAMOSOS DE PLAGIO Recientemente artistas como Celine Dion, Michael Jackson y Shakira, y directores de cine como Steven Spielberg han enfrentado en la corte acusaciones de plagio 1. Recientemente, otros escándalos han tenido lugar en Alemania. En 2011, el ministro de Defensa, Theodor Zu Guttenberg, abandonó el cargo luego de que saliese a la luz que había copiado fragmentos enteros de otras publicaciones para su tesis en Derecho, y a la diputada europea del Partido Liberal, Silvana Koch-Mehrin, cuando se desempeñaba como vicepresidenta del Parlamento Europeo, la universidad alemana de Heidelberg le retiró, por plagio, el título de Doctor. 2. En 2013, la ministra de Educación y Ciencia de Alemania, Anette Schavan, dimitió por una acusación de plagio en su tesis doctoral, después de que la Universidad de Düsseldorf le retirara el título de doctorado al considerar que plagió de manera intencionada fragmentos del trabajo. 3. Siendo Presidenta de la Cámara de Representantes, Jennifer Arias, fue acusada de plagio en su tesis del Mágister en Gobierno y Políticas Públicas de la Universidad de Externado, hecho que generó una ola de críticas contra la congresista. Después que se conociera el caso, la Universidad Externado realizó un estudio detallado con profesionales en derechos de autor y hasta con una herramienta informática para la detección de plagio, confirmando que sí hubo plagio en la tesis que presentó Jennifer Arias. 4. En septiembre de 2019 fue acusado de plagio en la tesis doctoral el ministro de Vivienda, Jonathan Malagón. Al examinar la tesis de doctorado de Malagón en la Universidad de Tilburg, publicada en diciembre de 2017 y avalada por varios jurados, el portal Plagio S.O.S encontró al menos 200 renglones y 30 gráficos de la tesis que eran idénticos a otras tesis de maestría publicadas por otros autores que el ministro asesoró en sus respectivas tesis.
  • 10. Hay casos como el del ex concejal Marco Fidel Ramírez, quién fue rechazado en su primera ponencia por el Concejo de Bogotá en 2012, debido a que el proyecto que presentaba para crear una Secretaría de Seguridad fue copiado de un artículo académico de la Universidad de Barcelona. El de la Agencia Nacional para la Alimentación Escolar que propuso el Ministerio de Educación, en cabeza de Gina Parody. El proyecto de ley fue rechazado por el Congreso de la República cuando la senadora Sofía Gaviria Correa denunció que el proyecto usaba las mismas palabras de un proyecto de ley suyo. Las polémicas por el copie y pegue de personajes en la élite política son constantes. OTROS CASOS:  El Gobernador del Quindío Dr. Carlos Eduardo Osorio por plagiar el Plan de Desarrollo – En Defensa del Bien Común. 17 de mayo/2016.  El Ex - Procurador Dr. Ordoñez se le abrió indagación preliminar por plagio en su frase soy correcto, no corrupto, (vulneración de derechos de autor). 26 de enero /2016.  Shakira – denunciada por plagiar “Time for africa y loca”, el 20 de agosto del 2014  Jerónimo Uribe, hijo del Expresidente Álvaro Uribe Vélez, fue Acusado de Plagiar en la Universidad de los Andes. Tomado y argumentado: Plagio en Colombia www.kienyke.com, 27 de enero /2016, procurador Ordoñez y otras celebridades acusadas de plagio. Concepto de “original” Si existe el plagio como copia, debe existir un “original”; es, entonces, necesario revisar este concepto. “Original” proviene del latín originalis, novedoso o nuevo. El Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española en su acepción tres, anota: “El aporte de un artista, escritor, pensador, de algo novedoso, o de inventiva propia; sinónimos: único, creativo” Por tanto, apunta a algo que aparece por primera vez, que no es una copia o repetición de lo ya conocido. Ahora bien, desde el punto de vista filosófico, existen argumentos que se oponen a la existencia de ideas realmente nuevas. El llamado materialismo primitivo enuncia “que el pensamiento refleja a lo sumo la realidad”, y el empirismo primitivo que “el pensamiento solo refleja la experiencia, se puede
  • 11. deducir que el llamado pensamiento nuevo, no lo es en realidad, solo refleja algo que ya existía previamente”; las ideas aparentemente nuevas se expresan con lenguaje ya conocido y que, porlo tanto, no generan nuevas ideas. Se argumenta que si bien existía antes, no había sido registrado o pensado y comprendido, en eso radica lo original. Marco legal colombiano El término “plagio” no se encuentra contemplado como tal en la legislación colombiana y, por lo tanto, corresponde a un concepto eminentemente doctrinario. en la Sentencia C-276/96 de la Corte Constitucional, la legislación colombiana sobre derechos de autor se remonta a 1834, cuando bajo el gobierno del general Francisco de Paula Santander se expidió la primera ley sobre el tema : La Constitución Política de 1991 en diferentes artículos y específicamente en el artículo 61, dice: “el Estado protegerá la propiedad intelectual por el tiempo y mediante las formalidades que establezca la ley. El artículo 150-24 delega en el Congreso la regulación del régimen de propiedad industrial, patentes y marcas, y las otras formas de propiedad intelectual 23. El Código Penal en el artículo 270 se refiere a la violación de los derechos morales del autor El artículo 271 hace referencia a la violación a los derechos patrimoniales de autor y derechos conexos, el artículo 272 a la violación a los mecanismos de protección de derecho de autor y derechos conexos, y otras defraudaciones Aquí podemos observar como se identifican dos dimensiones o parte de los derechos de autor: los derechos morales y los derechos patrimoniales. La legislación sobre Derecho de Autor protege exclusivamente la forma o medio en el cual las ideas del autor son descritas, explicadas o ilustradas, pero no protege las ideas, contenidos conceptuales, ideológicos o técnicos. El Derecho de Autor comprende los Derechos Morales y los Derechos Patrimoniales. Los Derechos Morales en el Derecho de Autor consisten en el reconocimiento de la paternidad del autor sobre la obra realizada y el respeto a la integridad de la misma. Este derecho otorgan al autor facultades para:  Exigir que su nombre y el título de la obra sean mencionados cada vez que ésta se utilice, publique o divulgue;  Oponerse a las transformaciones o adaptaciones de la misma si esto afecta su buen nombre o reputación;  Dejar la obra inédita o publicarla en forma anónima o bajo un seudónimo;  Modificar la obra en cualquier tiempo y retirarla de la circulación, previo el pago de las indemnizaciones a que haya lugar. Estos derechos aparecen en el momento mismo de la creación de la obra, sin necesidad de registro y son del autor de manera personal e irrenunciable, por lo que no pueden enajenarse, ni embargarse, no prescriben y son de duración ilimitada. Por su parte, los Derechos Patrimoniales en el Derecho de Autor, consisten en la facultad de aprovecharse y de disponer económicamente de la obra por cualquier medio, por tanto se puede
  • 12. renunciar a ellos o embargarse, son prescriptibles y expropiables. Las distintas formas de utilización de una obra son independientes entre sí, tales como la: copia, reproducción, presentación pública, traducción, adaptación, etc. Sobre estas formas de utilización, el autor o titular de los derechos patrimoniales puede ceder (entregar los derechos a otra persona) o autorizar su uso (dar un permiso pero sin ceder los derechos) para cada una de ellas y considerando limites de tiempo, cobertura y retribución económica. La revisión del artículo 270 del Código penal nos impone la necesidad de hacer claridad sobre los diferentes concepto que se enuncian en la norma: a) Obras artísticas, científicas y literarias: (…) libros, obras musicales, pinturas al óleo, a la acuarela o al pastel, dibujo, grabados en madera, obras caligráficas y crisográficas, obras producidas por medio de corte, grabado, damasquinado, entre otros., de metal, piedra, madera u otros materiales, estatuas, relieves, esculturas, fotografías artísticas, pantomimas, u otras obras coreográficas. (Art. 8 lit. A, Ley 23 de 1982). b) Obra audiovisual (…) toda creación expresada mediante una serie de imágenes asociadas, con o sin autorización incorporada, que esté destinada esencialmente a ser mostrada a través de aparatos de proyección o cualquier otro medio de comunicación de la imagen y de sonido, independientemente de las características del soporte material que la contiene. Acá se incluyen, por ejemplo, documentales, cortometrajes, largometrajes y programas de televisión. c) Emisión o transmisión “la difusión por medio de ondas radioeléctricas, de sonido o de sonidos sincronizados con imágenes.” (Art. 8 lit. Ñ, Ley 23 de 1982). d) Obra musical Se trata de obras expresadas mediante la combinación de sonidos (composición), con o sin texto (letra o guión). e) Obra inédita “aquella que no haya sido dada a conocer al público” (Art. 8 lit. G, Ley 23 de 1982). f) Obra cinematográfica “cinta de video y videograma: la fijación, en soporte material, de sonidos sincronizados con imágenes, o de imágenes sin sonido.” (Art. 8 lit. S, Ley 23 de 1982). g) Fonograma “la fijación, en soporte material, de los sonidos de una ejecución o de otros sonidos” (Art. 8 lit. M, Ley 23 de 1982). h) Programas de ordenador o soporte lógico (software) (…) expresión de un conjunto de instrucciones mediante palabras, códigos, planes o en cualquier otra forma que, al ser incorporadas en un dispositivo de lectura automatizada, es capaz de hacer que un ordenador –un aparto electrónico o similar capaz de elaborar informaciones– ejecute determinada tarea u obtenga determinado resultado. El programa de ordenador comprende también la documentación técnica y los manuales de uso. (Art. 2, Decisión 351 de la Comunidad Andina de Naciones, Régimen Común sobre Derecho de Autor y Derechos Conexos). Artículo 270 C.P. señala que Incurrirá en prisión de dos (2) a cinco (5) años y multa de veinte (20) a doscientos (200) salarios mínimos legales mensuales vigentes quien: Publique, total o parcialmente, sin autorización previa y expresa del titular del derecho, una obra inédita de carácter literario, artístico, científico, cinematográfico, audiovisual o fonograma, programa de ordenador o soporte lógico.
  • 13. En esta norma se hace referencia a la publicación, total o parcial, o a la difusión por cualquier medio, como la internet por ejemplo o la imprenta, de alguna de las clases de obras señaladas. La norma no se refiere a la negación del autor de la obra, se trata de la publicación de la obra sin la autorización del autor, independientemente de que se reconozca o no, pero observen que se trata de la obra inédita es decir la que no se ha publicado. Lo que se protege es el derecho al inédito que es el que tiene el autor a conservar su obra inédita hasta su fallecimiento o después de él. La segunda parte del artículo dice: el que Inscriba en el registro de autor con nombre de persona distinta del autor verdadero, o con título cambiado o suprimido, o con el texto alterado, deformado, modificado o mutilado, o mencionando falsamente el nombre del editor o productor de una obra de carácter literario, artístico, científico, audiovisual o fonograma, programa de ordenador o soporte lógico. Aquí hay tres cosas diferentes primero la obra inédita, segundo el derecho a la paternidad y tercero la integridad de la obra. A diferencia del caso anterior este numeral de la norma no se refiere a la obra inédita, sino a la obra, es decir que es independiente si se ha publicado o no. Ahora, Ya lo dijimos antes, el derecho a la paternidad de la obra significa que: el autor tiene derecho a reivindicar en cualquier tiempo la paternidad de su obra y, en especial, a que se indique su nombre o seudónimo, cuando ella se reproduzca o sufra cualquier transformación (traducción adaptación, arreglo), o se comunique al público mediante interpretación, ejecución, radiodifusión o cualquier otro medio conocido o por conocer.” Respecto del derecho a la integridad de la obra se refiere a que el autor puede o tiene el derecho de “oponerse a toda deformación, mutilación o modificación que atente contra el decoro de la obra o la reputación del autor”. La tercera parte de la norma nos interesa especialmente a nosotros: “ El que Por cualquier medio o procedimiento compendie, mutile o transforme, sin autorización previa o expresa de su titular, una obra de carácter literario, artístico, científico, audiovisual o fonograma, programa de ordenador o soporte lógico”. En esta norma hay varios verbos: compendiar, mutilar, transformar. Compendiar se refiere a llevarlo o a resumen, o a incluirlo en otra obra como compendio, como capítulo de libro, por ejemplo mutilar, se refiere a cortar, es una práctica común, las editoriales recortan las obra a discreción con el fin de ahorrar en papel. Y transformar es cambiar el sentido, es un problema delicado en literatura en donde una coma, una palabra le cambia el sentido literario, poético, sonoro de la pieza. Ahora esta tercera parte de la obra no dice si se trata de la obra inédita o publicada luego es cualquiera de ellas. Con relación al artículo 272 se debe aclarar que la Corte suprema de justicia en una sentencia de 2008 señaló que el delito previsto en el artículo solo se concreta en la medida en que exista el ánimo de lucro, dice la corte que se aunque no está expresamente señalado en la norma se trata de un elemento subjetivo del tipo que debe ser constatado por el juez. Es decir que en este caso se refiere a reproducir, almacenar, conservar, distribuir, importar, vender, ofrecer, adquirir para la venta, conductas todas, que según lo hemos dejado expresado más arriba, deben realizarse el ánimo de lucro.
  • 14. Entonces este delito se refiere a lo que se conoce comúnmente como piratería. Derecho de cita Una de las limitaciones y excepciones que nos presentan las leyes de derecho de autor es el llamado “derecho de cita”, sobre el cual la Ley 23 de 1982 en su artículo 31, establece lo siguiente: “[…] Es permitido citar a un autor transcribiendo los pasajes necesarios, siempre que éstos no sean tantos y seguidos que razonablemente puedan considerarse como una reproducción simulada y sustancial, que redunde en perjuicio del autor de la obra de donde se toman. En cada cita deberá mencionarse el nombre del autor de la obra citada y el título de dicha obra. Cuando la inclusión de obras ajenas constituya la parte principal de la nueva obra, a petición de parte interesada, los tribunales fijarán equitativamente y en juicio verbal, la cantidad proporcional que corresponda a cada uno de los titulares de las obras incluidas […]. COMO SE DETECTA EL PLAGIO En este aspecto ya no hay secretos, primero hay sofware muy buenos, que toman un documento y lo comparan con todo lo que hay en la web, increíble, esa es una operación rápida, revisar un artículo de 25 pagina le toma a uno de estos programas o sitios o como se llamen, diez minutos y dan resultados 100% confiables. Observen los resultados de una revisión, entonces el sofware le dice que porcentaje del documento esta copiado, de donde es la copia, que es parafraseado, que corresponde a la cita que se le puso, en fin, eso no hay margen de duda ni problema. Hay varias opciones: esta turnitin que es la oficial de la universidad porque viene con el paquete microsof, esta plagscan que es pagada por suscripción y se paga por hojas revisadas, esta plagiarium , esta viper, en fin. Ahora por otra parte los que leen artículos y revisan desarrollan practica para identificar casos en los que hay plagio. Hay errores bobos que comenten los estudiantes como por ejemplo hacer la bibliografía citando una cantidad de libros en ingles, entonces cortan una bibliografía de un trabajo y la pegan sin fijarse que van libros en ingles, lo que inmediatamente despierta las alertas. En fin, hoy día no es fácil plagiar. Los docentes y la universidad cuenta con todas la herramientas necesarias para detectar el plagio. CONSECUENCIA ÉTICAS, ACADÉMICAS, PENALES Desde el punto de vista de la ética, no creo que haya que entrar a hacer una gran disquisición de lo que significa el plagio, porque la consideración del plagio desde la perspectiva de la ética. 1. Arellano, J. S., Hall, R. T., & Arriaga, J. H. (2014). Ética de la investigación científica. Querétaro: Universidad Autónoma de Querétaro. 2. Asociación Médica Mundial. (1964). DECLARACIÓN DE HELSINKI DE LA AMM – PRINCIPIOS ÉTICOS PARA LAS INVESTIGACIONES MÉDICAS EN SERES HUMANOS. Helsinki: AMM. 3. GE, E.-C., & JP., P.-H. (2016). Las implicaciones éticas y bioéticas en la investigación científica. Medicina Veterinaria y Zootecnia, 115-118. 4. Moya, F. B., Bueno, S. D., & Hernández, S. B. (2018). Implicaciones éticas y legales de la investigación biomédica. Medicina Clínica, 87-90.
  • 15. 5. Ojeda de López, J., Quintero, J., & Machado, I. (2007). La ética en la investigación. Telos, 345-357.