Demanda de Armando Molina contra el DNU de Javier Milei
Acuerdo 004
1. MUNICIPIO DE ABRIAQUÍ
Honorable Concejo Municipal
ACUERDO Nº 004
(Mayo 18 de 2012)
“POR EL CUAL SE AUTORIZA AL ALCALDE MUNICIPAL PARA QUE CONCEDA
UNOS ESTÍMULOS TRIBUTARIOS”
El Honorable Concejo Municipal de Abriaquí, Antioquia, en uso de sus facultades
constitucionales y en especial las conferidas por el artículo 313 de la Constitución Política
de Colombia, y el articulo 32 de la ley 136 de 1994,
CONSIDERANDO
1. Que una vez analizado el debido cobrar por concepto del impuesto predial
unificado, se establece que esta aproximadamente en CIENTO OCHO MILLONES
DE PESOS M/L ($108.000.000) se evidencia un considerable monto por concepto
del impuesto e intereses.
2. Que para la presente Administración Municipal es muy importante la recuperación
de estas deudas por concepto de Impuestos intereses, que se hace necesario
como estrategia de recuperación de los impuestos, conceder unos Estímulos
Tributarios a los deudores de estos, con el fin de recuperar los ingresos para el
municipio de Abriaquí.
3. Que se quiere conceder unos estímulos tributarios así: Los Deudores que paguen
a partir del 1 de julio del 2012 y hasta el 30 de septiembre del mismo año, tendrán
un beneficio de descuento del 50% (CINCUENTA POR CIENTO) en lo referente a
los intereses de mora, del debido cobrar del impuesto.
En mérito de lo anteriormente expuesto:
ACUERDA:
ARTICULO PRIMERO: Facúltese al Ejecutivo Municipal para que, por intermedio de
Secretaria de Hacienda, otorgue unos estímulos Tributarios así: Los deudores que
paguen a partir del 1 de julio del 2012 y hasta el 30 de septiembre del mismo año, tendrán
un beneficio de descuento del 50% (CINCUENTA POR CIENTO) en lo referente a los
intereses de mora, del debido cobrar del impuesto.
_______________________________________________________________________________________________________________________
“Abriaquí 100 años. Recuperación para el Desarrollo”
Cra 11 11 07 - Tel: 852 00 24 - Fax 852 00 92 NIT. 890.981.251-1
www.abriaqui-antioquia.gov.co – concejo@abriaqui-antioquia.gov.co
2. MUNICIPIO DE ABRIAQUÍ
Honorable Concejo Municipal
ARTICULO SEGUNDO: La reglamentación necesaria para que los contribuyentes pueden
acceder a este beneficio, será expedido por la Administración Municipal por intermedio de
la Secretaria de Hacienda, mediante la elaboración de un acto Administrativo dentro de
los diez (10) días hábiles siguiente a la sanción y publicación del presente Acuerdo
Municipal.
ARTICULO TERCERO: El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su sanción y
publicidad Legal.
SANCIÓNESE, PUBLIQUESE Y CÚMPLASE
Dado en el Recinto del Honorable Concejo Municipal de Abriaquí a los dieciocho (18) días
del mes de Mayo de dos mil doce (2012), después de haber sido discutido y aprobado en
varios debates y en días diferentes en sesiones ordinarias del mes de Mayo del año en
curso.
BLANCA NELLY CARDONA LEIDY DIANA LÓPEZ GÓMEZ
Presidente Honorable Concejo Municipal Secretaria Honorable Concejo M.
_______________________________________________________________________________________________________________________
“Abriaquí 100 años. Recuperación para el Desarrollo”
Cra 11 11 07 - Tel: 852 00 24 - Fax 852 00 92 NIT. 890.981.251-1
www.abriaqui-antioquia.gov.co – concejo@abriaqui-antioquia.gov.co
3. MUNICIPIO DE ABRIAQUÍ
Honorable Concejo Municipal
LA SECRETARIA DEL HONORABLE
CONCEJO MUNICIPAL
DE ABRIAQUI – ANTIOQUIA
CERTIFICA
Que el presente acuerdo fue sometido a los debates reglamentarios según la Ley 136 de
1994 en diferentes días, 12 y 16 de Mayo de 2012 y aprobado por cada uno de ellos. Por
lo tanto pasa al despacho del señor Alcalde para sus trámites de ley.
Dada en el recinto del honorable concejo municipal a los Dieciocho (18) días del mes de
Mayo de dos mil doce (2012).
LEIDY DIANA LÓPEZ GÓMEZ
Secretaria Honorable Concejo Municipal
_______________________________________________________________________________________________________________________
“Abriaquí 100 años. Recuperación para el Desarrollo”
Cra 11 11 07 - Tel: 852 00 24 - Fax 852 00 92 NIT. 890.981.251-1
www.abriaqui-antioquia.gov.co – concejo@abriaqui-antioquia.gov.co