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Autora: Abg. Karin Rozenblum de Rey -
1   Profesor Adjunto: Dr. Cristián Pirs - Titular: Dra.   27/03/2012
    María Laura Estigarribia Bieber
Estado
                                                                 Nacional,
                                                                Provincial y
                                                                 Municipal

                                                Carácter         Entidades
                                                Público         autárquicas


     PERSONAS                                                 Iglesia Católica
      JURIDICAS
    (art. 33 C. Civ)
                                                              Asociaciones
                                                                   y
                                                Carácter      Fundaciones
                                                              Sociedades civiles y
                                                Privado          comerciales o
                                                               entidades que no
        Autora: Abg. Karin Rozenblum de Rey -                      requieran
2       Profesor Adjunto: Dr. Cristián Pirs - Titular: Dra.     autorización del
                                                                        27/03/2012
        María Laura Estigarribia Bieber                             Estado
*Dirección General
                                                             de Personas
                    Asociaciones y                             Jurídicas
                     fundaciones
                                                          *Decreto del Poder
                                                               Ejecutivo


                                                          *Registro Público de
                Sociedades civiles y                           Comercio
                    comerciales                            *Decreto del Poder
    Autora: Abg. Karin Rozenblum de Rey -
3   Profesor Adjunto: Dr. Cristián Pirs - Titular: Dra.        Ejecutivo     27/03/2012
    María Laura Estigarribia Bieber
Un acto de voluntad constituido o creador (es el acto
jurídico por el cual se crea una persona jurídica); si se trata
   de una asociación se denominará "acto conjunto"; si se
 trata de una fundación se denominará "acto fundacional".
                                                            Autorización estatal
                           Deben poseer
                                                           para funcionar: es el
                       patrimonio propio (el
 Tener como objeto                                         acto que expresa que
                         patrimonio es un
   principal el bien                                        autoriza la persona
                      atributo de la persona
común ("bien común"                                       jurídica a actuar como
                      y no puede faltar en la
es aquello que tiende                                      tal, emana del poder
                      persona jurídica, la ley
   a satisfacer las                                         administrador sea la
                          exige que sean
 aspiraciones de los                                      Inspección General de
                      capaces para adquirir
  integrantes de la                                        Personas Jurídicas u
                       bienes, dado que sin
     institución).                                               organismos
                        esta capacidad no
                                                           equivalentes en cada
                        podrían formar un
                                                                 jurisdicción.
    Autora: Abg. Karin Rozenblum de Rey -
4   Profesor Adjunto: Dr. Cristián Pirs - Titular: Dra.                27/03/2012
    María Laura Estigarribia Bieber
 Entidades creadas por un acuerdo de voluntades
       de varias personas que persiguen un fin de
       interés común, sea altruista o lucrativo. (Borda G.
       J. ; Borda D. M, Borda A. Manual de Derecho
       Privado)




    Autora: Abg. Karin Rozenblum de Rey -
5   Profesor Adjunto: Dr. Cristián Pirs - Titular: Dra.   27/03/2012
    María Laura Estigarribia Bieber
caracteres
           Nacen siempre del acuerdo de
           una pluralidad de miembros


           Sus miembros gobiernan la
           entidad, la transforman, la
           disuelven a través del Estatuto

           Su patrimonio tiene un fin
           propio a cumplir, los miembros
           son los interesados en tal fin.
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6   Profesor Adjunto: Dr. Cristián Pirs - Titular: Dra.            27/03/2012
    María Laura Estigarribia Bieber
Órgano deliberativo: la                                     Órgano ejecutivo: la
         asamblea                                                   dirección


                                            Órganos de
                                             gobierno

     Órgano de control: el                                     Control administrativo:
    síndico (unipersonal) o                                      Está a cargo de la
     comisión revisora de                                      Inspección General de
    cuentas (pluripersonal)
       Autora: Abg. Karin Rozenblum de Rey -                          Justicia
7        Profesor Adjunto: Dr. Cristián Pirs - Titular: Dra.                    27/03/2012
         María Laura Estigarribia Bieber
Asamblea: Funciones
                        • Es la autoridad suprema de la institución
                        • Nombra y remueve a la comisión directiva
                           (órgano ejecutivo)
                        • Controla: aprueba o desaprueba la gestión
                           de la comisión directiva
                        • Establece la orientación que deben tener las
                           actividades
                        • Imparte directivas a los directores
                        • Puede modificar el estatuto (con posterior
                           aprobación del órgano ejecutivo)
                        • Está formada por todos los miembros con
    Autora: Abg. Karin Rozenblum de Reya voto
                           derecho -
8                       • Su actuación es periódica.
    Profesor Adjunto: Dr. Cristián Pirs - Titular: Dra.
    María Laura Estigarribia Bieber
                                                               27/03/2012
La Dirección: funciones
                          • Actuación permanente
                          • Tiene a su cargo la administración
                            de la entidad
                          • Sus integrantes ejercen un
                            mandato esencialmente revocable
                          • Puede ser unipersonal o una
                            comisión
                          • Sus decisiones están sujetas a
                            control judicial
    Autora: Abg. Karin Rozenblum de Rey -
9   Profesor Adjunto: Dr. Cristián Pirs - Titular: Dra.   27/03/2012
    María Laura Estigarribia Bieber
Órganos de control:
                           • Vigila la observancia de las leyes y
                                de los estatutos, tanto en la
                                actuación de la dirección como de
                                la convocatoria de la asamblea.
                           • Tienen el deber de revisar
                                periódicamente los libros de la
                                contabilidad y los documentos que
                                ser refieren al movimiento de
                                fondos.
                           • Sus miembros son nombrados por
     Autora: Abg. Karin RozenblumAsamblea
                                la Pirs Rey - Dra.
                                    de
10   Profesor Adjunto: Dr. Cristián     - Titular:            27/03/2012
     María Laura Estigarribia Bieber
 Son entidades creadas con un objeto altruista y
       dotadas de un patrimonio para su cumplimiento.
      Nace por un acto de voluntad del fundador que
       puede ser una persona física o jurídica.
      Adquiere personería a partir que el Estado le
       confiere autorización para funcionar




     Autora: Abg. Karin Rozenblum de Rey -
11   Profesor Adjunto: Dr. Cristián Pirs - Titular: Dra.   27/03/2012
     María Laura Estigarribia Bieber
El acto creativo de la fundación
              debe contener:

               Los datos del
                 fundador       Composición
 Los estatutos   (nombre,        del primer   Patrimonio de   Planes de
 de la entidad    estado,        consejo de    la entidad       acción
               domicilio, DNI, administración
                   etc.)


      Autora: Abg. Karin Rozenblum de Rey -
12    Profesor Adjunto: Dr. Cristián Pirs - Titular: Dra.      27/03/2012
      María Laura Estigarribia Bieber
Constitución de la                 • Por instrumento público o privado que debe ser
                                          presentado ante la autoridad administrativa a fin de
        fundación                         requerir la autorización para funcionar.



                                        • Los fundadores y administradores son solidariamente
     Responsabilidad                      responsables por la obligaciones contraídas hasta el
                                          otorgamiento de la autorización para funcionar.



                                        • Consejo de Administración
          Órganos                       • Comité Ejecutivo




           Control                  • Está a cargo de la Inspección General de Justicia
      administrativo
       Autora: Abg. Karin Rozenblum de Rey -
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       María Laura Estigarribia Bieber
Consejo de                                                 Comité
Administración                                             Ejecutivo

            Tiene a su cargo el
                                                            Tiene a su cargo la
             cumplimiento del
                                                            administración de la
                objeto de la
                                                                fundación
                 fundación

           Sus miembros no pueden ser menos
           de 3 y pueden ser personas físicas,               Organizado el Comité Ejecutivo, la
          entidades públicas o privadas sin fines          administración inmediata queda en sus
                         de lucro.                         manos y el Consejo de Administración
                                                              ejercerá funciones de control y
     Autora: Abg. Karin Rozenblum o transitorios
         Pueden ser permanentes de Rey -                                  vigilancia
14   Profesor Adjunto: Dr. Cristián Pirs - Titular: Dra.
          y no pueden recibir retribución alguna.                                      27/03/2012
     María Laura Estigarribia Bieber
SOCIEDADES CIVILES                               SOCIEDADES
                                                       COMERCIALES
     Entidad que se crea                                   Entidad que se crea cuando
     mediante un contrato social                           dos o más personas, en
     en virtud del cual dos o más                          forma organizada, conforme
     personas se hubiesen                                  a uno de los tipo previsto en
     obligado mutuamente, cada                             esta ley, se obliguen a
     una con una prestación, con                           realizar aportes para
     el fin de obtener alguna                              aplicarlos a la producción o
     utilidad apreciable en dinero                         intercambio de bienes, o
     que dividirán entre sí. (art.                         servicios, participando de los
     1648 C. Civ)                                          beneficios y soportando las
       Autora: Abg. Karin Rozenblum de Rey -
       Profesor Adjunto: Dr. Cristián Pirs - Titular: Dra.
                                                           pérdidas (art. 1 ley 19550)
15                                                                            27/03/2012
       María Laura Estigarribia Bieber
ASOCIACIONES                                             FUNDACIONES

     • Nacen de un acuerdo de                                 • Nace de la voluntad
       voluntades                                               unilateral del fundador
     • Sus miembros son los                                   • Se gobierna por la
       que las gobiernan                                        voluntad del fundador o
     • Tienen un fin propio                                     de la administración por
     • Su patrimonio es                                         el elegida
       provisto por sus                                       • Tienen un fin ajeno
       miembros                                                 señalado por el fundador
     • Están compuestas por                                   • Su patrimonio es
       miembros                                                 provisto por el fundador
                                                              • Tienen beneficiarios
        Autora: Abg. Karin Rozenblum de Rey -
16      Profesor Adjunto: Dr. Cristián Pirs - Titular: Dra.                      27/03/2012
        María Laura Estigarribia Bieber
ASOCIACIONES                                              SOCIEDADES

• No tienen un fin                                          • Tienen un fin
  lucrativo, sino                                             lucrativo
  altruista                                                 • Existe una
• No existe una                                               diferenciación bien
  diferenciación bien                                         definida entre sus
  definida entre sus                                          miembros y la
  miembros y la                                               sociedad
  asociación
      Autora: Abg. Karin Rozenblum de Rey -
17    Profesor Adjunto: Dr. Cristián Pirs - Titular: Dra.                  27/03/2012
      María Laura Estigarribia Bieber
 Estatuto: Establecimiento, regla que tiene fuerza
       de ley para el gobierno de un cuerpo. (RAE)
      Es la ley fundamental o carta fundamental de la
       persona jurídica, pues en él se determinan sus
       fines, órganos de gobierno, facultades y deberes
       de sus miembros, así como las causas de
       extinción y destino de los bienes




     Autora: Abg. Karin Rozenblum de Rey -
18   Profesor Adjunto: Dr. Cristián Pirs - Titular: Dra.   27/03/2012
     María Laura Estigarribia Bieber
Ley fundamental de las
               personas jurídicas

                      Las actividades de la persona jurídica
                      deben ajustarse a sus disposiciones

                      Constituyen un requisito esencial para
                      la obtención de la personería jurídica

                      Debe ser aprobado por el PE
     Autora: Abg. Karin Rozenblum de Rey -
19
                      (Inspección General de Justicia)
     Profesor Adjunto: Dr. Cristián Pirs - Titular: Dra.       27/03/2012
     María Laura Estigarribia Bieber
 Acuerdo firmado por los miembros de una familia
     empresarial, enunciando la relación, los valores y las
     políticas con respecto a la empresa. Puede ser vista
     como constitución de la familia.
    Objetivo general: Proporcionar una guía en cuanto
     a los valores fundamentales y deseos de la familia
     empresaria, prever y brindar solución a las
     circunstancias previstas y no previstas que
     acontecen en la estructura familiar, de propiedad y
     de gobierno. El protocolo familiar surge como
     propuesta para separar la planeación estratégica de
     la empresa familiar. Su razón de ser es documentar
     los compromisos que adquieren los integrantes de la
       Autora: Abg. Karin Rozenblum de Rey -
20
     empresaEstigarribia Bieber - Titular: Dra.
       Profesor Adjunto: Dr. Cristián Pirs
       María Laura   familiar para alcanzar ciertos beneficios.
                                                            27/03/2012

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Personas jurídicas y sus características

  • 1. Autora: Abg. Karin Rozenblum de Rey - 1 Profesor Adjunto: Dr. Cristián Pirs - Titular: Dra. 27/03/2012 María Laura Estigarribia Bieber
  • 2. Estado Nacional, Provincial y Municipal Carácter Entidades Público autárquicas PERSONAS Iglesia Católica JURIDICAS (art. 33 C. Civ) Asociaciones y Carácter Fundaciones Sociedades civiles y Privado comerciales o entidades que no Autora: Abg. Karin Rozenblum de Rey - requieran 2 Profesor Adjunto: Dr. Cristián Pirs - Titular: Dra. autorización del 27/03/2012 María Laura Estigarribia Bieber Estado
  • 3. *Dirección General de Personas Asociaciones y Jurídicas fundaciones *Decreto del Poder Ejecutivo *Registro Público de Sociedades civiles y Comercio comerciales *Decreto del Poder Autora: Abg. Karin Rozenblum de Rey - 3 Profesor Adjunto: Dr. Cristián Pirs - Titular: Dra. Ejecutivo 27/03/2012 María Laura Estigarribia Bieber
  • 4. Un acto de voluntad constituido o creador (es el acto jurídico por el cual se crea una persona jurídica); si se trata de una asociación se denominará "acto conjunto"; si se trata de una fundación se denominará "acto fundacional". Autorización estatal Deben poseer para funcionar: es el patrimonio propio (el Tener como objeto acto que expresa que patrimonio es un principal el bien autoriza la persona atributo de la persona común ("bien común" jurídica a actuar como y no puede faltar en la es aquello que tiende tal, emana del poder persona jurídica, la ley a satisfacer las administrador sea la exige que sean aspiraciones de los Inspección General de capaces para adquirir integrantes de la Personas Jurídicas u bienes, dado que sin institución). organismos esta capacidad no equivalentes en cada podrían formar un jurisdicción. Autora: Abg. Karin Rozenblum de Rey - 4 Profesor Adjunto: Dr. Cristián Pirs - Titular: Dra. 27/03/2012 María Laura Estigarribia Bieber
  • 5.  Entidades creadas por un acuerdo de voluntades de varias personas que persiguen un fin de interés común, sea altruista o lucrativo. (Borda G. J. ; Borda D. M, Borda A. Manual de Derecho Privado) Autora: Abg. Karin Rozenblum de Rey - 5 Profesor Adjunto: Dr. Cristián Pirs - Titular: Dra. 27/03/2012 María Laura Estigarribia Bieber
  • 6. caracteres Nacen siempre del acuerdo de una pluralidad de miembros Sus miembros gobiernan la entidad, la transforman, la disuelven a través del Estatuto Su patrimonio tiene un fin propio a cumplir, los miembros son los interesados en tal fin. Autora: Abg. Karin Rozenblum de Rey - 6 Profesor Adjunto: Dr. Cristián Pirs - Titular: Dra. 27/03/2012 María Laura Estigarribia Bieber
  • 7. Órgano deliberativo: la Órgano ejecutivo: la asamblea dirección Órganos de gobierno Órgano de control: el Control administrativo: síndico (unipersonal) o Está a cargo de la comisión revisora de Inspección General de cuentas (pluripersonal) Autora: Abg. Karin Rozenblum de Rey - Justicia 7 Profesor Adjunto: Dr. Cristián Pirs - Titular: Dra. 27/03/2012 María Laura Estigarribia Bieber
  • 8. Asamblea: Funciones • Es la autoridad suprema de la institución • Nombra y remueve a la comisión directiva (órgano ejecutivo) • Controla: aprueba o desaprueba la gestión de la comisión directiva • Establece la orientación que deben tener las actividades • Imparte directivas a los directores • Puede modificar el estatuto (con posterior aprobación del órgano ejecutivo) • Está formada por todos los miembros con Autora: Abg. Karin Rozenblum de Reya voto derecho - 8 • Su actuación es periódica. Profesor Adjunto: Dr. Cristián Pirs - Titular: Dra. María Laura Estigarribia Bieber 27/03/2012
  • 9. La Dirección: funciones • Actuación permanente • Tiene a su cargo la administración de la entidad • Sus integrantes ejercen un mandato esencialmente revocable • Puede ser unipersonal o una comisión • Sus decisiones están sujetas a control judicial Autora: Abg. Karin Rozenblum de Rey - 9 Profesor Adjunto: Dr. Cristián Pirs - Titular: Dra. 27/03/2012 María Laura Estigarribia Bieber
  • 10. Órganos de control: • Vigila la observancia de las leyes y de los estatutos, tanto en la actuación de la dirección como de la convocatoria de la asamblea. • Tienen el deber de revisar periódicamente los libros de la contabilidad y los documentos que ser refieren al movimiento de fondos. • Sus miembros son nombrados por Autora: Abg. Karin RozenblumAsamblea la Pirs Rey - Dra. de 10 Profesor Adjunto: Dr. Cristián - Titular: 27/03/2012 María Laura Estigarribia Bieber
  • 11.  Son entidades creadas con un objeto altruista y dotadas de un patrimonio para su cumplimiento.  Nace por un acto de voluntad del fundador que puede ser una persona física o jurídica.  Adquiere personería a partir que el Estado le confiere autorización para funcionar Autora: Abg. Karin Rozenblum de Rey - 11 Profesor Adjunto: Dr. Cristián Pirs - Titular: Dra. 27/03/2012 María Laura Estigarribia Bieber
  • 12. El acto creativo de la fundación debe contener: Los datos del fundador Composición Los estatutos (nombre, del primer Patrimonio de Planes de de la entidad estado, consejo de la entidad acción domicilio, DNI, administración etc.) Autora: Abg. Karin Rozenblum de Rey - 12 Profesor Adjunto: Dr. Cristián Pirs - Titular: Dra. 27/03/2012 María Laura Estigarribia Bieber
  • 13. Constitución de la • Por instrumento público o privado que debe ser presentado ante la autoridad administrativa a fin de fundación requerir la autorización para funcionar. • Los fundadores y administradores son solidariamente Responsabilidad responsables por la obligaciones contraídas hasta el otorgamiento de la autorización para funcionar. • Consejo de Administración Órganos • Comité Ejecutivo Control • Está a cargo de la Inspección General de Justicia administrativo Autora: Abg. Karin Rozenblum de Rey - 13 Profesor Adjunto: Dr. Cristián Pirs - Titular: Dra. 27/03/2012 María Laura Estigarribia Bieber
  • 14. Consejo de Comité Administración Ejecutivo Tiene a su cargo el Tiene a su cargo la cumplimiento del administración de la objeto de la fundación fundación Sus miembros no pueden ser menos de 3 y pueden ser personas físicas, Organizado el Comité Ejecutivo, la entidades públicas o privadas sin fines administración inmediata queda en sus de lucro. manos y el Consejo de Administración ejercerá funciones de control y Autora: Abg. Karin Rozenblum o transitorios Pueden ser permanentes de Rey - vigilancia 14 Profesor Adjunto: Dr. Cristián Pirs - Titular: Dra. y no pueden recibir retribución alguna. 27/03/2012 María Laura Estigarribia Bieber
  • 15. SOCIEDADES CIVILES SOCIEDADES COMERCIALES Entidad que se crea Entidad que se crea cuando mediante un contrato social dos o más personas, en en virtud del cual dos o más forma organizada, conforme personas se hubiesen a uno de los tipo previsto en obligado mutuamente, cada esta ley, se obliguen a una con una prestación, con realizar aportes para el fin de obtener alguna aplicarlos a la producción o utilidad apreciable en dinero intercambio de bienes, o que dividirán entre sí. (art. servicios, participando de los 1648 C. Civ) beneficios y soportando las Autora: Abg. Karin Rozenblum de Rey - Profesor Adjunto: Dr. Cristián Pirs - Titular: Dra. pérdidas (art. 1 ley 19550) 15 27/03/2012 María Laura Estigarribia Bieber
  • 16. ASOCIACIONES FUNDACIONES • Nacen de un acuerdo de • Nace de la voluntad voluntades unilateral del fundador • Sus miembros son los • Se gobierna por la que las gobiernan voluntad del fundador o • Tienen un fin propio de la administración por • Su patrimonio es el elegida provisto por sus • Tienen un fin ajeno miembros señalado por el fundador • Están compuestas por • Su patrimonio es miembros provisto por el fundador • Tienen beneficiarios Autora: Abg. Karin Rozenblum de Rey - 16 Profesor Adjunto: Dr. Cristián Pirs - Titular: Dra. 27/03/2012 María Laura Estigarribia Bieber
  • 17. ASOCIACIONES SOCIEDADES • No tienen un fin • Tienen un fin lucrativo, sino lucrativo altruista • Existe una • No existe una diferenciación bien diferenciación bien definida entre sus definida entre sus miembros y la miembros y la sociedad asociación Autora: Abg. Karin Rozenblum de Rey - 17 Profesor Adjunto: Dr. Cristián Pirs - Titular: Dra. 27/03/2012 María Laura Estigarribia Bieber
  • 18.  Estatuto: Establecimiento, regla que tiene fuerza de ley para el gobierno de un cuerpo. (RAE)  Es la ley fundamental o carta fundamental de la persona jurídica, pues en él se determinan sus fines, órganos de gobierno, facultades y deberes de sus miembros, así como las causas de extinción y destino de los bienes Autora: Abg. Karin Rozenblum de Rey - 18 Profesor Adjunto: Dr. Cristián Pirs - Titular: Dra. 27/03/2012 María Laura Estigarribia Bieber
  • 19. Ley fundamental de las personas jurídicas Las actividades de la persona jurídica deben ajustarse a sus disposiciones Constituyen un requisito esencial para la obtención de la personería jurídica Debe ser aprobado por el PE Autora: Abg. Karin Rozenblum de Rey - 19 (Inspección General de Justicia) Profesor Adjunto: Dr. Cristián Pirs - Titular: Dra. 27/03/2012 María Laura Estigarribia Bieber
  • 20.  Acuerdo firmado por los miembros de una familia empresarial, enunciando la relación, los valores y las políticas con respecto a la empresa. Puede ser vista como constitución de la familia.  Objetivo general: Proporcionar una guía en cuanto a los valores fundamentales y deseos de la familia empresaria, prever y brindar solución a las circunstancias previstas y no previstas que acontecen en la estructura familiar, de propiedad y de gobierno. El protocolo familiar surge como propuesta para separar la planeación estratégica de la empresa familiar. Su razón de ser es documentar los compromisos que adquieren los integrantes de la Autora: Abg. Karin Rozenblum de Rey - 20 empresaEstigarribia Bieber - Titular: Dra. Profesor Adjunto: Dr. Cristián Pirs María Laura familiar para alcanzar ciertos beneficios. 27/03/2012