SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 10
Instituto Superior
           Particular N° 4033

     Derecho civil y
       comercial
Profesor: Turri José
Alumno: Cardamone Mauro

                           viernes, 16 de noviembre
                                                      1
                                            de 2012
INDICE
Bolilla I                                    3
Bolilla II                                   5
Bolilla III                                  7
Bolilla IV                                   8




                       viernes, 16 de noviembre
                                                  2
                                        de 2012
bolilla 1.
Normas:

Derecho: es el conjunto de normas que regulan la conducta del hombre en la sociedad
 garantizando el bienestar general. Su problema principal es imponer uno de sus valores
 sobre otro.

Normas morales: valora la conducta. Es autónoma, se impone el individuo para sí mismo,
 busca el orden interior, se ocupa de la intimidad de la conciencia.
Normas jurídicas: valora la conducta del hombre en la sociedad. Es heterónoma, le es
 impuesta al individuo por el estado teniendo el carácter de obligatorias. Caso contrario,
 el estado puede obligarlo a su cumplimiento o aplicar una sanción.

Diferencias.
- La moral se refiere a la totalidad, el derecho rige en cuanto a la sociedad.
- La moral consagra deberes, el derecho deudas.
- La moral toma en cuenta la intención, el derecho considera el resultado externo.




                                                                   viernes, 16 de noviembre
                                                                                              3
                                                                                    de 2012
Identidades:
La moral y el derecho tienen el mismo objeto, la conducta humana. Ambos se encaminan
 en la creación de un orden.

Ramas del derecho:
- Derecho positivo: es el conjunto de normas vigentes en un país, en un momento
   determinado. Es una voluntad superior que se impone a una comunidad.
- Derecho natural: es el conjunto de reglas de cumplimiento obligatorio y dictadas por
   la autoridad competente, pero ajustadas a valores universales. Ej.: derecho a la vida,
   a la no discriminación, libertad de opinión.

         Derecho público: regula las relaciones públicas del estado como poder público.
           No hay igualdad de condiciones porque existe una situación de superioridad
           del estado sobre las personas.
           Dcho. Constitucional; formación y estructura del estado de acuerdo a la ley
           fundamental.
           Dcho. Administrativo; organización y funcionamiento de la administración
           pública.
           Dcho. Penal; fija los delitos y las conductas violatorias del orden social.
           Dcho. Internacional público; regula las condiciones entre el estado y los
           demás organismos internacionales.

                                                                   viernes, 16 de noviembre
                                                                                              4
                                                                                    de 2012
Derecho privado: regula las relaciones de los particulares entre sí, o la de estos con el
estado.
         Dcho. Civil; regula las relaciones entre los integrantes de la población.
         Dcho. Comercial; regula actividades comerciales e industriales a través de los
         actos de comercio.
         Dcho. Laboral; regula las relaciones de trabajo.
         Dcho. Internacional privado; regula relaciones entre personas de distintos
         estados.
La ley: es la fuente primera y fundamental de derecho emanada por autoridad
competente. Es una norma social, reflexiva y técnica de alcance general. Su
incumplimiento tiene aparejado una sanción.
        Desde un punto de vista material, la ley es la regla social obligatoria emanada de
una autoridad competente. De este modo, no solo son leyes las que dicte el poder
legislativo sino también la constitución, los decretos del poder ejecutivo, las ordenanzas
municipales y los edictos policiales, entre otros.
        Desde un punto de vista formal se llama ley a toda disposición sancionada por el
poder legislativo de acuerdo con el mecanismo constitucional. No solo son leyes
aquellas normas de carácter general y obligatorio, sino también aquellos actos de
autoridad que carecen del requisito de la generalidad.



                                                                 viernes, 16 de noviembre
                                                                                            5
                                                                                  de 2012
Bolilla 2.

Persona: son personas todos los entes susceptibles de adquirir derechos y contraer
obligaciones. Pueden ser de existencia visible, (humana) y de existencia ideal
(jurídica).
           Personas naturales: desde el punto de vista metafísico y biológico, es el
hombre. Desde el punto de vista jurídico, es el ente capaz de adquirir derechos y
contraer obligaciones.
           Personas jurídicas: es todo ser humano que goza de personalidad jurídica,
por lo tanto es titular de derechos y obligaciones (sociedades).

Atributos de la personalidad:
a. Los derechos de la personalidad: aquellos que son innatos al hombre como tal y
    de los cuales no puede ser privado. Ej.: derecho a la vida, al honor, a la libertad.

-Innatos: se adquieren desde el nacimiento.
-Vitalicios: duran tanto como la vida del titular.
-Inalienables: no son objeto de venta, cesión o transferencia.
-Imprescriptibles: no se adquieren ni pierden con el transcurso del tiempo o el
abandono que de ellos se haga.


                                                                  viernes, 16 de noviembre
                                                                                             6
                                                                                   de 2012
a. Nombre: modo más antiguo de designación e identificación de una persona dentro
    de la sociedad en que vive.
-Naturaleza jurídica: es un derecho de propiedad, es un derecho de la personalidad, es
   una institución de policía civil que sirve para identificar a las personas (lo tenés a través
   de la anotación en el registro)
-Características: Inalienable, no se comercia. Imprescriptible, no se adquiere ni se pierde.
   Inmutable, solo por causas graves puede ser autorizado a cambiar su nombre.
        Domicilio: es el lugar fijado por la ley como asiento principal de una persona para
el cumplimiento de sus derechos y obligaciones.
          Clasificación:
- General u ordinario: es el lugar que se aplica a la generalidad de los derechos y
    obligaciones de una persona. Se divide en real y legal.
- Especial: es el lugar fijado por las partes interesadas o por la ley para llevar a cabo
    una obligación determinada. Se divide en:
a. Contractual o de elección: creado por la voluntad exclusiva de las partes del contrato.
b. Domicilio Ad Litem: constituidos en los juicios, que las partes deben elegir
    obligatoriamente por imperio de la ley.
c. Legal-Especial: fijado por la ley.




                                                                       viernes, 16 de noviembre
                                                                                                  7
                                                                                        de 2012
Bolilla 3.
El patrimonio: Conjunto de bienes de una persona. Las deudas no forman parte de él,
  simplemente lo gravan.
Doctrina clásica:
a. Toda persona tiene necesariamente un patrimonio, aunque no posea actualmente
     ningún bien.
b. Nadie puede tener más que un solo patrimonio, es único e indivisible.
c. El patrimonio es siempre idéntico a sí mismo.
d. El patrimonio es inalienable: podrán enajenarse los bienes que lo integran pero nunca
     la totalidad del patrimonio.
Doctrina moderna:
a. Algunos carecen de todo patrimonio. Si no hay activo, si no hay derechos, no hay
     patrimonio.
b. Hay casos que una persona es titular de más de un patrimonio.
c. La idea de “unidad” surge de que el titular de todos los bienes es una sola persona.
d. La enajenación de los bienes supone la de una parte del patrimonio.
Derechos crediticios: es la facultad de exigir de otra persona el cumplimiento de una
obligación.
Derechos intelectuales: son inmateriales y pertenece al autor durante su vida y pasa a sus
herederos hasta 50 años. Luego pasan a ser de dominio público.
Derechos reales: poder o facultad que se tienen sobre una cosa. Son absolutos. Son
limitados porque solo pueden ser creados por la ley.
                                                                  viernes, 16 de noviembre
                                                                                             8
                                                                                   de 2012
Bolilla 4. Hechos y Actos jurídicos.

       Hechos jurídicos: son todos los acontecimientos susceptibles de producir
consecuencias jurídicas.
       Clasificación de los hechos jurídicos:
       Naturales: aquellos que ocurren sin la intervención del hombre.
       Humanos: aquellos realizados por el hombre y que producen efectos jurídicos. Ej.;
contrato, delito, homicidio, accidente.
       Los humanos se clasifican en: voluntarios; se los ejecutan con discernimiento,
intención y libertad. Y los involuntarios; sin discernimiento, intención y libertad.
       A su vez, los voluntarios se clasifican en lícitos e ilícitos.
       Positivos: importan una transformación efectiva de ciertas circunstancias de hecho
tal como la muerte, un delito, aceptación de una oferta.
       Negativos: implican una abstención; la falta de cumplimiento de una obligación de
“no hacer”. Ej.; el locador molesta al locatario.
       Actos jurídicos: son los actos voluntarios lícitos que tengan por fin inmediato
establecer entre las personas relaciones jurídicas.
       Elementos: el sujeto, el objeto, la causa y la manifestación de la voluntad hecha en
forma legal.


                                                                    viernes, 16 de noviembre
                                                                                               9
                                                                                     de 2012
Clasificación de los actos jurídicos:
     Positivos: el nacimiento, modificación, extinción de un derecho depende de la
realización de un acto.
     Negativos: consiste en una omisión a abstención. Obligación de no hacer.
     Unilaterales: voluntad de una sola persona. Testamento.
     Bilaterales: requieren el consentimiento unánime de dos o más personas. Contratos.
     Gratuitos: aquellos en que la obligación está a cargo de una sola de las partes.
Testamento, donación, renuncia sin cargo.
     Oneroso: las obligaciones son recíprocas, y cada contratante las contrae en vista de
que la otra parte se obliga a su vez. Compra- venta.
     Patrimoniales: tienen contenido económico. Compra-venta.
     Extra patrimoniales: no tienen ningún contenido económico. Cuota alimentaria.
     Actos entre vivos: cuya eficacia no depende del fallecimiento de la persona. Compra-
venta.
     De última voluntad: cuando no produce efectos sino después del fallecimiento de la
persona. Testamento.
     Principales: documento.
     Accesorios: fianza. (el principal es el documento).




                                                                  viernes, 16 de noviembre
                                                                                             10
                                                                                   de 2012

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

legislacion utn fra
legislacion utn fralegislacion utn fra
legislacion utn fragromholl
 
Tipos de personas y los derechos
Tipos de personas y los derechosTipos de personas y los derechos
Tipos de personas y los derechosDaniel Galarza
 
Introducción al derecho I
Introducción al derecho IIntroducción al derecho I
Introducción al derecho IDana Manson
 
Anthony dominguez fundamento del derecho
Anthony dominguez fundamento del derechoAnthony dominguez fundamento del derecho
Anthony dominguez fundamento del derechoAnthonyDominguez16
 
La propieda y demas derechos reales
La propieda y demas derechos realesLa propieda y demas derechos reales
La propieda y demas derechos realesileanarousselin264
 
Apuntes de Introducción al Derecho (Mallea, bolos 10 al 15)
Apuntes de Introducción al Derecho (Mallea, bolos 10 al 15)Apuntes de Introducción al Derecho (Mallea, bolos 10 al 15)
Apuntes de Introducción al Derecho (Mallea, bolos 10 al 15)Marisol Murillo Velásquez
 
Memorizador civil
Memorizador civilMemorizador civil
Memorizador civilF B
 
Derechos subjetivos 2
Derechos subjetivos 2Derechos subjetivos 2
Derechos subjetivos 2katorresbo
 
Atributos de las personas
Atributos de las personasAtributos de las personas
Atributos de las personasguest566be1
 
Tema i. legislacion.
Tema i. legislacion.Tema i. legislacion.
Tema i. legislacion.JeanCarlos04
 
Hechos y actos jurídicos
Hechos y actos jurídicosHechos y actos jurídicos
Hechos y actos jurídicosZuhee
 
Acto juridico hecho juridico (leccion 1)
Acto juridico   hecho juridico (leccion 1)Acto juridico   hecho juridico (leccion 1)
Acto juridico hecho juridico (leccion 1)Ader Pakito Corpus Alva
 

La actualidad más candente (19)

Civil i-redusac
Civil i-redusacCivil i-redusac
Civil i-redusac
 
legislacion utn fra
legislacion utn fralegislacion utn fra
legislacion utn fra
 
Tipos de personas y los derechos
Tipos de personas y los derechosTipos de personas y los derechos
Tipos de personas y los derechos
 
Introducción al derecho I
Introducción al derecho IIntroducción al derecho I
Introducción al derecho I
 
Anthony dominguez fundamento del derecho
Anthony dominguez fundamento del derechoAnthony dominguez fundamento del derecho
Anthony dominguez fundamento del derecho
 
La propieda y demas derechos reales
La propieda y demas derechos realesLa propieda y demas derechos reales
La propieda y demas derechos reales
 
Aspectos juridicos
Aspectos juridicosAspectos juridicos
Aspectos juridicos
 
Apuntes de Introducción al Derecho (Mallea, bolos 10 al 15)
Apuntes de Introducción al Derecho (Mallea, bolos 10 al 15)Apuntes de Introducción al Derecho (Mallea, bolos 10 al 15)
Apuntes de Introducción al Derecho (Mallea, bolos 10 al 15)
 
Resumen williams
Resumen williams Resumen williams
Resumen williams
 
Memorizador civil
Memorizador civilMemorizador civil
Memorizador civil
 
Derechos subjetivos 2
Derechos subjetivos 2Derechos subjetivos 2
Derechos subjetivos 2
 
Atributos de las personas
Atributos de las personasAtributos de las personas
Atributos de las personas
 
Presentacion clasificacion de la persona
Presentacion clasificacion de la personaPresentacion clasificacion de la persona
Presentacion clasificacion de la persona
 
Derecho subjetivo
Derecho subjetivo Derecho subjetivo
Derecho subjetivo
 
Derecho subjetivo
Derecho subjetivo Derecho subjetivo
Derecho subjetivo
 
Tema i. legislacion.
Tema i. legislacion.Tema i. legislacion.
Tema i. legislacion.
 
Hechos y actos jurídicos
Hechos y actos jurídicosHechos y actos jurídicos
Hechos y actos jurídicos
 
Derecho interno y externo
Derecho interno y externoDerecho interno y externo
Derecho interno y externo
 
Acto juridico hecho juridico (leccion 1)
Acto juridico   hecho juridico (leccion 1)Acto juridico   hecho juridico (leccion 1)
Acto juridico hecho juridico (leccion 1)
 

Destacado

Alicia alonso
Alicia alonsoAlicia alonso
Alicia alonsoLeo Sagin
 
Sesión 15
Sesión 15Sesión 15
Sesión 15aalcalar
 
Actividad 2 Mi Pais Liliana Ospino[1][1]
Actividad 2 Mi Pais Liliana Ospino[1][1]Actividad 2 Mi Pais Liliana Ospino[1][1]
Actividad 2 Mi Pais Liliana Ospino[1][1]laospino
 
35558049 hijos-tuyos-hijos-mios-hijos-nuestros-un-reto-legislativo (1)
35558049 hijos-tuyos-hijos-mios-hijos-nuestros-un-reto-legislativo (1)35558049 hijos-tuyos-hijos-mios-hijos-nuestros-un-reto-legislativo (1)
35558049 hijos-tuyos-hijos-mios-hijos-nuestros-un-reto-legislativo (1)Olga Maria Castro Perez Treviño
 
Informática 4033 tp9_eugenia_peroni_docx.
Informática 4033 tp9_eugenia_peroni_docx.Informática 4033 tp9_eugenia_peroni_docx.
Informática 4033 tp9_eugenia_peroni_docx.euge_935
 
Ley Número 3931, que Modifica Varios Artículos de la Ley sobre Actos Del Est...
Ley Número 3931, que Modifica Varios Artículos de la Ley sobre Actos  Del Est...Ley Número 3931, que Modifica Varios Artículos de la Ley sobre Actos  Del Est...
Ley Número 3931, que Modifica Varios Artículos de la Ley sobre Actos Del Est...consultorialegaldominicana
 
Intepretacion de el derecho
Intepretacion de el derechoIntepretacion de el derecho
Intepretacion de el derechoLeo Sagin
 
Las finanzas y el director financiero primera semana
Las finanzas y el director financiero   primera semanaLas finanzas y el director financiero   primera semana
Las finanzas y el director financiero primera semanaAlexander Molina
 
Ensayo 1er bim der civil
Ensayo 1er bim der civilEnsayo 1er bim der civil
Ensayo 1er bim der civilPeyaya
 
1.ley sobre migración n° 285 del 15 de agosto de 2004 (reemplaza la ley 95 de...
1.ley sobre migración n° 285 del 15 de agosto de 2004 (reemplaza la ley 95 de...1.ley sobre migración n° 285 del 15 de agosto de 2004 (reemplaza la ley 95 de...
1.ley sobre migración n° 285 del 15 de agosto de 2004 (reemplaza la ley 95 de...consultorialegaldominicana
 
Archivo para enviar a estudiantes
Archivo para enviar a estudiantesArchivo para enviar a estudiantes
Archivo para enviar a estudiantesJenny Acosta
 
Entrevista revista el mundo del abogado con alfonso flores padilla (alfonso f...
Entrevista revista el mundo del abogado con alfonso flores padilla (alfonso f...Entrevista revista el mundo del abogado con alfonso flores padilla (alfonso f...
Entrevista revista el mundo del abogado con alfonso flores padilla (alfonso f...EquipoUVM ABOGADOS
 
5.1. articulos concernientes a persona fisica, moral y personalidad
5.1.  articulos concernientes a persona fisica, moral y personalidad5.1.  articulos concernientes a persona fisica, moral y personalidad
5.1. articulos concernientes a persona fisica, moral y personalidadEquipoUVM ABOGADOS
 
Plandesesion
PlandesesionPlandesesion
Plandesesionmaritza
 

Destacado (20)

Alicia alonso
Alicia alonsoAlicia alonso
Alicia alonso
 
Sesión 15
Sesión 15Sesión 15
Sesión 15
 
Actividad 2 Mi Pais Liliana Ospino[1][1]
Actividad 2 Mi Pais Liliana Ospino[1][1]Actividad 2 Mi Pais Liliana Ospino[1][1]
Actividad 2 Mi Pais Liliana Ospino[1][1]
 
35558049 hijos-tuyos-hijos-mios-hijos-nuestros-un-reto-legislativo (1)
35558049 hijos-tuyos-hijos-mios-hijos-nuestros-un-reto-legislativo (1)35558049 hijos-tuyos-hijos-mios-hijos-nuestros-un-reto-legislativo (1)
35558049 hijos-tuyos-hijos-mios-hijos-nuestros-un-reto-legislativo (1)
 
Bloque de const
Bloque de const Bloque de const
Bloque de const
 
Informática 4033 tp9_eugenia_peroni_docx.
Informática 4033 tp9_eugenia_peroni_docx.Informática 4033 tp9_eugenia_peroni_docx.
Informática 4033 tp9_eugenia_peroni_docx.
 
Ley Número 3931, que Modifica Varios Artículos de la Ley sobre Actos Del Est...
Ley Número 3931, que Modifica Varios Artículos de la Ley sobre Actos  Del Est...Ley Número 3931, que Modifica Varios Artículos de la Ley sobre Actos  Del Est...
Ley Número 3931, que Modifica Varios Artículos de la Ley sobre Actos Del Est...
 
Intepretacion de el derecho
Intepretacion de el derechoIntepretacion de el derecho
Intepretacion de el derecho
 
Proceso de Descolonización
Proceso de DescolonizaciónProceso de Descolonización
Proceso de Descolonización
 
Las finanzas y el director financiero primera semana
Las finanzas y el director financiero   primera semanaLas finanzas y el director financiero   primera semana
Las finanzas y el director financiero primera semana
 
Ensayo 1er bim der civil
Ensayo 1er bim der civilEnsayo 1er bim der civil
Ensayo 1er bim der civil
 
Prepositions iii
Prepositions iiiPrepositions iii
Prepositions iii
 
Cap 04 sociologia
Cap 04   sociologiaCap 04   sociologia
Cap 04 sociologia
 
1.ley sobre migración n° 285 del 15 de agosto de 2004 (reemplaza la ley 95 de...
1.ley sobre migración n° 285 del 15 de agosto de 2004 (reemplaza la ley 95 de...1.ley sobre migración n° 285 del 15 de agosto de 2004 (reemplaza la ley 95 de...
1.ley sobre migración n° 285 del 15 de agosto de 2004 (reemplaza la ley 95 de...
 
Archivo para enviar a estudiantes
Archivo para enviar a estudiantesArchivo para enviar a estudiantes
Archivo para enviar a estudiantes
 
Entrevista revista el mundo del abogado con alfonso flores padilla (alfonso f...
Entrevista revista el mundo del abogado con alfonso flores padilla (alfonso f...Entrevista revista el mundo del abogado con alfonso flores padilla (alfonso f...
Entrevista revista el mundo del abogado con alfonso flores padilla (alfonso f...
 
5.1. articulos concernientes a persona fisica, moral y personalidad
5.1.  articulos concernientes a persona fisica, moral y personalidad5.1.  articulos concernientes a persona fisica, moral y personalidad
5.1. articulos concernientes a persona fisica, moral y personalidad
 
Derechos[1]
Derechos[1]Derechos[1]
Derechos[1]
 
Introduccion al derecho civil i
Introduccion al derecho civil iIntroduccion al derecho civil i
Introduccion al derecho civil i
 
Plandesesion
PlandesesionPlandesesion
Plandesesion
 

Similar a 4033 cardamone mauro_tp9

4033 ramseyer lucas_tp9
4033 ramseyer lucas_tp94033 ramseyer lucas_tp9
4033 ramseyer lucas_tp9Lucas Ramseyer
 
4033 repetto gonzalo_tp9
4033 repetto gonzalo_tp94033 repetto gonzalo_tp9
4033 repetto gonzalo_tp9Lucas Ramseyer
 
2. Derecho y contratos de empresa
2. Derecho y contratos de empresa2. Derecho y contratos de empresa
2. Derecho y contratos de empresaEdison Coimbra G.
 
Mmmhirbdjjoñkdrk jahroxnsvs lalamsbryr nsveyr
Mmmhirbdjjoñkdrk jahroxnsvs lalamsbryr nsveyrMmmhirbdjjoñkdrk jahroxnsvs lalamsbryr nsveyr
Mmmhirbdjjoñkdrk jahroxnsvs lalamsbryr nsveyrAraceliSharon
 
Apuntes de Introducción al Derecho (Mallea, 5 al 9)
Apuntes de Introducción al Derecho (Mallea, 5 al 9)Apuntes de Introducción al Derecho (Mallea, 5 al 9)
Apuntes de Introducción al Derecho (Mallea, 5 al 9)Marisol Murillo Velásquez
 
Tercer clase educad introducción al derecho
Tercer clase educad introducción al derechoTercer clase educad introducción al derecho
Tercer clase educad introducción al derechocrucelina
 
Merejildo.Genoveva.Esquema Clases de Personas.docx
Merejildo.Genoveva.Esquema Clases de Personas.docxMerejildo.Genoveva.Esquema Clases de Personas.docx
Merejildo.Genoveva.Esquema Clases de Personas.docxGenoveva Merejildo
 
Derechos Humanos y las Naciones Unidas.pptx
Derechos Humanos y las Naciones Unidas.pptxDerechos Humanos y las Naciones Unidas.pptx
Derechos Humanos y las Naciones Unidas.pptxMartin M Flynn
 
Monografia derecho publico y privado
Monografia derecho publico y privadoMonografia derecho publico y privado
Monografia derecho publico y privadoMilagritos Lozada
 
Civil i (complementario) personas juri¦üdicas (actualizada a 2012)
Civil i  (complementario) personas juri¦üdicas (actualizada a 2012)Civil i  (complementario) personas juri¦üdicas (actualizada a 2012)
Civil i (complementario) personas juri¦üdicas (actualizada a 2012)Catalina Arriagada
 
Inroducción al derecho
Inroducción al derechoInroducción al derecho
Inroducción al derechosilvera14
 
Origen de las Normas
Origen de las Normas Origen de las Normas
Origen de las Normas Omar Campeche
 
4033 oroño ayelen_tp9
4033 oroño ayelen_tp94033 oroño ayelen_tp9
4033 oroño ayelen_tp9Lucas Ramseyer
 

Similar a 4033 cardamone mauro_tp9 (20)

elementos derecho civil
elementos derecho civilelementos derecho civil
elementos derecho civil
 
4033 ramseyer lucas_tp9
4033 ramseyer lucas_tp94033 ramseyer lucas_tp9
4033 ramseyer lucas_tp9
 
4033 repetto gonzalo_tp9
4033 repetto gonzalo_tp94033 repetto gonzalo_tp9
4033 repetto gonzalo_tp9
 
2. Derecho y contratos de empresa
2. Derecho y contratos de empresa2. Derecho y contratos de empresa
2. Derecho y contratos de empresa
 
isstema normativo.pdf
isstema normativo.pdfisstema normativo.pdf
isstema normativo.pdf
 
Mmmhirbdjjoñkdrk jahroxnsvs lalamsbryr nsveyr
Mmmhirbdjjoñkdrk jahroxnsvs lalamsbryr nsveyrMmmhirbdjjoñkdrk jahroxnsvs lalamsbryr nsveyr
Mmmhirbdjjoñkdrk jahroxnsvs lalamsbryr nsveyr
 
Derecho
DerechoDerecho
Derecho
 
Apuntes de Introducción al Derecho (Mallea, 5 al 9)
Apuntes de Introducción al Derecho (Mallea, 5 al 9)Apuntes de Introducción al Derecho (Mallea, 5 al 9)
Apuntes de Introducción al Derecho (Mallea, 5 al 9)
 
Tercer clase educad introducción al derecho
Tercer clase educad introducción al derechoTercer clase educad introducción al derecho
Tercer clase educad introducción al derecho
 
Acto juridico
Acto juridicoActo juridico
Acto juridico
 
INTRODUCCION AL DERECHO
INTRODUCCION AL DERECHOINTRODUCCION AL DERECHO
INTRODUCCION AL DERECHO
 
Merejildo.Genoveva.Esquema Clases de Personas.docx
Merejildo.Genoveva.Esquema Clases de Personas.docxMerejildo.Genoveva.Esquema Clases de Personas.docx
Merejildo.Genoveva.Esquema Clases de Personas.docx
 
Derechos Humanos y las Naciones Unidas.pptx
Derechos Humanos y las Naciones Unidas.pptxDerechos Humanos y las Naciones Unidas.pptx
Derechos Humanos y las Naciones Unidas.pptx
 
Monografia derecho publico y privado
Monografia derecho publico y privadoMonografia derecho publico y privado
Monografia derecho publico y privado
 
Civil i (complementario) personas juri¦üdicas (actualizada a 2012)
Civil i  (complementario) personas juri¦üdicas (actualizada a 2012)Civil i  (complementario) personas juri¦üdicas (actualizada a 2012)
Civil i (complementario) personas juri¦üdicas (actualizada a 2012)
 
DERECHO CIVIL.pptx
DERECHO CIVIL.pptxDERECHO CIVIL.pptx
DERECHO CIVIL.pptx
 
Inroducción al derecho
Inroducción al derechoInroducción al derecho
Inroducción al derecho
 
Origen de las Normas
Origen de las Normas Origen de las Normas
Origen de las Normas
 
Derecho economico
Derecho economicoDerecho economico
Derecho economico
 
4033 oroño ayelen_tp9
4033 oroño ayelen_tp94033 oroño ayelen_tp9
4033 oroño ayelen_tp9
 

4033 cardamone mauro_tp9

  • 1. Instituto Superior Particular N° 4033 Derecho civil y comercial Profesor: Turri José Alumno: Cardamone Mauro viernes, 16 de noviembre 1 de 2012
  • 2. INDICE Bolilla I 3 Bolilla II 5 Bolilla III 7 Bolilla IV 8 viernes, 16 de noviembre 2 de 2012
  • 3. bolilla 1. Normas: Derecho: es el conjunto de normas que regulan la conducta del hombre en la sociedad garantizando el bienestar general. Su problema principal es imponer uno de sus valores sobre otro. Normas morales: valora la conducta. Es autónoma, se impone el individuo para sí mismo, busca el orden interior, se ocupa de la intimidad de la conciencia. Normas jurídicas: valora la conducta del hombre en la sociedad. Es heterónoma, le es impuesta al individuo por el estado teniendo el carácter de obligatorias. Caso contrario, el estado puede obligarlo a su cumplimiento o aplicar una sanción. Diferencias. - La moral se refiere a la totalidad, el derecho rige en cuanto a la sociedad. - La moral consagra deberes, el derecho deudas. - La moral toma en cuenta la intención, el derecho considera el resultado externo. viernes, 16 de noviembre 3 de 2012
  • 4. Identidades: La moral y el derecho tienen el mismo objeto, la conducta humana. Ambos se encaminan en la creación de un orden. Ramas del derecho: - Derecho positivo: es el conjunto de normas vigentes en un país, en un momento determinado. Es una voluntad superior que se impone a una comunidad. - Derecho natural: es el conjunto de reglas de cumplimiento obligatorio y dictadas por la autoridad competente, pero ajustadas a valores universales. Ej.: derecho a la vida, a la no discriminación, libertad de opinión. Derecho público: regula las relaciones públicas del estado como poder público. No hay igualdad de condiciones porque existe una situación de superioridad del estado sobre las personas. Dcho. Constitucional; formación y estructura del estado de acuerdo a la ley fundamental. Dcho. Administrativo; organización y funcionamiento de la administración pública. Dcho. Penal; fija los delitos y las conductas violatorias del orden social. Dcho. Internacional público; regula las condiciones entre el estado y los demás organismos internacionales. viernes, 16 de noviembre 4 de 2012
  • 5. Derecho privado: regula las relaciones de los particulares entre sí, o la de estos con el estado. Dcho. Civil; regula las relaciones entre los integrantes de la población. Dcho. Comercial; regula actividades comerciales e industriales a través de los actos de comercio. Dcho. Laboral; regula las relaciones de trabajo. Dcho. Internacional privado; regula relaciones entre personas de distintos estados. La ley: es la fuente primera y fundamental de derecho emanada por autoridad competente. Es una norma social, reflexiva y técnica de alcance general. Su incumplimiento tiene aparejado una sanción. Desde un punto de vista material, la ley es la regla social obligatoria emanada de una autoridad competente. De este modo, no solo son leyes las que dicte el poder legislativo sino también la constitución, los decretos del poder ejecutivo, las ordenanzas municipales y los edictos policiales, entre otros. Desde un punto de vista formal se llama ley a toda disposición sancionada por el poder legislativo de acuerdo con el mecanismo constitucional. No solo son leyes aquellas normas de carácter general y obligatorio, sino también aquellos actos de autoridad que carecen del requisito de la generalidad. viernes, 16 de noviembre 5 de 2012
  • 6. Bolilla 2. Persona: son personas todos los entes susceptibles de adquirir derechos y contraer obligaciones. Pueden ser de existencia visible, (humana) y de existencia ideal (jurídica). Personas naturales: desde el punto de vista metafísico y biológico, es el hombre. Desde el punto de vista jurídico, es el ente capaz de adquirir derechos y contraer obligaciones. Personas jurídicas: es todo ser humano que goza de personalidad jurídica, por lo tanto es titular de derechos y obligaciones (sociedades). Atributos de la personalidad: a. Los derechos de la personalidad: aquellos que son innatos al hombre como tal y de los cuales no puede ser privado. Ej.: derecho a la vida, al honor, a la libertad. -Innatos: se adquieren desde el nacimiento. -Vitalicios: duran tanto como la vida del titular. -Inalienables: no son objeto de venta, cesión o transferencia. -Imprescriptibles: no se adquieren ni pierden con el transcurso del tiempo o el abandono que de ellos se haga. viernes, 16 de noviembre 6 de 2012
  • 7. a. Nombre: modo más antiguo de designación e identificación de una persona dentro de la sociedad en que vive. -Naturaleza jurídica: es un derecho de propiedad, es un derecho de la personalidad, es una institución de policía civil que sirve para identificar a las personas (lo tenés a través de la anotación en el registro) -Características: Inalienable, no se comercia. Imprescriptible, no se adquiere ni se pierde. Inmutable, solo por causas graves puede ser autorizado a cambiar su nombre. Domicilio: es el lugar fijado por la ley como asiento principal de una persona para el cumplimiento de sus derechos y obligaciones. Clasificación: - General u ordinario: es el lugar que se aplica a la generalidad de los derechos y obligaciones de una persona. Se divide en real y legal. - Especial: es el lugar fijado por las partes interesadas o por la ley para llevar a cabo una obligación determinada. Se divide en: a. Contractual o de elección: creado por la voluntad exclusiva de las partes del contrato. b. Domicilio Ad Litem: constituidos en los juicios, que las partes deben elegir obligatoriamente por imperio de la ley. c. Legal-Especial: fijado por la ley. viernes, 16 de noviembre 7 de 2012
  • 8. Bolilla 3. El patrimonio: Conjunto de bienes de una persona. Las deudas no forman parte de él, simplemente lo gravan. Doctrina clásica: a. Toda persona tiene necesariamente un patrimonio, aunque no posea actualmente ningún bien. b. Nadie puede tener más que un solo patrimonio, es único e indivisible. c. El patrimonio es siempre idéntico a sí mismo. d. El patrimonio es inalienable: podrán enajenarse los bienes que lo integran pero nunca la totalidad del patrimonio. Doctrina moderna: a. Algunos carecen de todo patrimonio. Si no hay activo, si no hay derechos, no hay patrimonio. b. Hay casos que una persona es titular de más de un patrimonio. c. La idea de “unidad” surge de que el titular de todos los bienes es una sola persona. d. La enajenación de los bienes supone la de una parte del patrimonio. Derechos crediticios: es la facultad de exigir de otra persona el cumplimiento de una obligación. Derechos intelectuales: son inmateriales y pertenece al autor durante su vida y pasa a sus herederos hasta 50 años. Luego pasan a ser de dominio público. Derechos reales: poder o facultad que se tienen sobre una cosa. Son absolutos. Son limitados porque solo pueden ser creados por la ley. viernes, 16 de noviembre 8 de 2012
  • 9. Bolilla 4. Hechos y Actos jurídicos. Hechos jurídicos: son todos los acontecimientos susceptibles de producir consecuencias jurídicas. Clasificación de los hechos jurídicos: Naturales: aquellos que ocurren sin la intervención del hombre. Humanos: aquellos realizados por el hombre y que producen efectos jurídicos. Ej.; contrato, delito, homicidio, accidente. Los humanos se clasifican en: voluntarios; se los ejecutan con discernimiento, intención y libertad. Y los involuntarios; sin discernimiento, intención y libertad. A su vez, los voluntarios se clasifican en lícitos e ilícitos. Positivos: importan una transformación efectiva de ciertas circunstancias de hecho tal como la muerte, un delito, aceptación de una oferta. Negativos: implican una abstención; la falta de cumplimiento de una obligación de “no hacer”. Ej.; el locador molesta al locatario. Actos jurídicos: son los actos voluntarios lícitos que tengan por fin inmediato establecer entre las personas relaciones jurídicas. Elementos: el sujeto, el objeto, la causa y la manifestación de la voluntad hecha en forma legal. viernes, 16 de noviembre 9 de 2012
  • 10. Clasificación de los actos jurídicos: Positivos: el nacimiento, modificación, extinción de un derecho depende de la realización de un acto. Negativos: consiste en una omisión a abstención. Obligación de no hacer. Unilaterales: voluntad de una sola persona. Testamento. Bilaterales: requieren el consentimiento unánime de dos o más personas. Contratos. Gratuitos: aquellos en que la obligación está a cargo de una sola de las partes. Testamento, donación, renuncia sin cargo. Oneroso: las obligaciones son recíprocas, y cada contratante las contrae en vista de que la otra parte se obliga a su vez. Compra- venta. Patrimoniales: tienen contenido económico. Compra-venta. Extra patrimoniales: no tienen ningún contenido económico. Cuota alimentaria. Actos entre vivos: cuya eficacia no depende del fallecimiento de la persona. Compra- venta. De última voluntad: cuando no produce efectos sino después del fallecimiento de la persona. Testamento. Principales: documento. Accesorios: fianza. (el principal es el documento). viernes, 16 de noviembre 10 de 2012