1. •MARIA DOLORES FIGUEROA Z.
•CARLOS ZAMBRANO I.
•CYNTHIA GOMEZ S.
2. Es la capacidad e idoneidad que se debe
poseer para que los servicios en los cuales se
comprometa sean realizados en forma eficaz
y satisfactoria. Igualmente se tiene
obligación de actualizar permanentemente
sus conocimientos, para estar acorde a los
progresos de la técnica y del desarrollo
social.
3. El cumplimiento de las normas de
competencia exige una decisión personal
respecto a cada trabajo. La competencia
para manejar un problema con el cual no se
está familiarizado puede adquirirla mediante
la investigación, el estudio o la consulta a un
profesional, que tenga la competencia
requerida y si es incapaz de obtener esta
competencia, debe seguir la inter-vención de
una persona competente para que realice el
servicio solicitado ya sea independiente o
como socio.
4. El principio ético de competencia y
actualización profesional es vital, pues no es
de elemental lógica pensar que quien actúa
como evaluador de poseer un grado de
conocimiento y actualización igual o superior
a quien produjo el asunto evaluado, para así
poder emitir un diagnóstico certero.