3. SERVICIOS JURÍDICOS
En aras de brindar a nuestros afiliados la seguridad y el soporte legal en el
ejercicio de la actividad de compraventa con pacto de retroventa,
ofrecemos total respaldo en la Asesoría Jurídica. Así, contamos con la
suficiente infraestructura incluyendo profesionales del derecho
debidamente calificados que atenderán todas las inquietudes y los
inconvenientes que surjan y tengan relación directa con nuestros
establecimientos de comercio.
a) Penal: asistimos al afiliado desde el mismo momento en que se vean
involucrados dentro de una investigación ante la Fiscalía, los Juzgados de
Control de Garantías y Juzgados de Conocimiento, siempre y cuando por
parte de la Asociación se vislumbre con claridad que el agremiado obró
siguiendo los parámetros de la Ley y que su participación en los hechos
investigados no fue dolosa.
4. b) Policivo: abogamos ante las autoridades de Policía – uniformada y
administrativa (Alcaldías, Inspecciones) – cuando se hagan presentes para
efectuar registros rutinarios, operativos y allanamientos, recuperación de
mercancía incautada, etc.
c) Laboral: Atendemos los inconvenientes que se deriven de las
relaciones del propietario con sus empleados, orientándolos para que se
reconozcan los derechos de los trabajadores pero sin menoscabo de los
derechos de los empleadores. Asistimos a las audiencias de conciliación
ante el Ministerio de la Protección y representamos al afiliado en las
demandas que sobrevengan ante los Juzgados Laborales del Circuito.
d) Civil y Comercial: Todos los conflictos que se produzcan a raíz de las
relaciones con nuestros clientes a través de los contratos de
compraventa con pacto de retroventa y de venta directa; aquellos que se
presenten con ocasión del arrendamiento de los locales, serán
atendidos en debida forma intentando en primer término buscar la
conciliación.
5. REPRESENTATIVIDAD ANTE AUTORIDADES Y ENTES
GUBERNAMENTALES:
Asistencia y respaldo inmediato en casos como:
Operativos Policivos, Fiscales, Tributarios y
Aduaneros (DIAN)
6. ASESORIA JURÍDICA:
Permanentemente puede acceder
sin costo alguno, a cualquiera de
nuestros
servicios
que
se
describen a continuación:
•
Presentación de denuncias
seguimientos de estas.
•
Asesoría y consultas referentes a
contratos de Compraventas con
Pacto en Retroventa.
•
Comparecencia con empleados
y/o propietarios ante la fiscalía y
liga de consumidores.
•
Comparecencia con empleados
y/o propietarios ante la fiscalía en
caso de citaciones.
y
7. ASESORIA CONTABLE:
Nuestro afiliado cuenta con servicios de asesorías
contables, que consiste en orientar todo lo referente a la
contabilidad
del
almacén
de
compraventa
y
permanentemente recibe actualización en los aspectos
contables y tributarios.
8. CAPACITACIONES
Fenacoven con el mayor
agrado, ofrece a todos sus
afiliados periódicamente
seminarios, conferencias
en
convenio
con
organizaciones
reconocidas, a través de
sus redes de capacitación
integral; que le permiten a
nuestros afiliados una
mejor formación comercial
y visión hacia el futuro.
10. EVENTOS DE INTEGRACIÓN FAMILIAR
Con el apoyo de las Caja
de Compensación, se
realizan actividades de
recreación
con
los
empleados
de
los
almacenes y sus familias.
13. ¿POR QUÉ ESTAR AFILIADO A FENACOVEN?
• Por la integración con la única entidad gremial para los
propietarios de almacenes de compraventa en el
Departamento del Atlántico, Magdalena y Montería.
• Por el servicio permanente de asesoría jurídica, además de
la información en otras áreas como: trámites legales de
interés común, área contable, laboral y tributaria, comercial
y administrativa.
• Por la capacitación que impartimos especializada y
enfocada exclusivamente a los almacenes de compraventa
con pacto retroventa.
• Por la comunicación o información permanente
respecto a asuntos de interés del gremio.
con
14. • Por el compromiso y
responsabilidad que
nos
permiten
coadyuvar
al
desarrollo integral y a
la consolidación del
gremio orientando su
eficiencia
empresarial.
• Por la defensa que
hacemos del gremio
ante
autoridades
civiles, ministerios, e
conómicas
y
del
gobierno en general.
15. DEDUCCIÓN TRIBUTARIA
Se da cumplimiento al
artículo 57 de la ley 1430
del 29 de Diciembre del
2010, que se refiere al
descuento tributario por
cancelar cuotas a un
Gremio, todos los afiliados
reciben el certificado para
poder realizar la deducción
en la Declaración de Renta.