Este documento analiza las compensaciones socio-ambientales y su relación con los impactos generados por las actividades hidrocarburíferas en el desarrollo de los campos Aquío e Incahuasi en el marco del Decreto 2195. El trabajo justifica la importancia de evaluar si dichas compensaciones son suficientes para reparar los daños ambientales y beneficiar adecuadamente a las comunidades indígenas afectadas. Además, busca identificar los posibles desacuerdos sobre las compensaciones en estas áreas de explotación petrolera.
Análisis de compensaciones petroleras en territorios indígenas
1. MINISTERIO DE EDUCACIÓN
CARRERA DE INGENIERÍA DEL PETRÓLEO Y
GAS NATURAL
ANÁLISIS DE PAGOS DE COMPENSACIÓN Y SU
RELACIÓN CON LOS IMPACTOS SOCIO-
AMBIENTALES EN EL DESARROLLO DEL CAMPO
AQUÍO E INCAHUASI EN EL MARCO DEL
DECRETO 2195
TESIS: PARA OBTENER EL TITULO DE LICENCIATURA EN
INGENIERÍA DEL PETRÓLEO Y GAS NATURAL
PRESENTADO POR: ERICKA DALCY VARGAS COLQUE
ASESOR TÉCNICO: ING. ADID CUELLAR MONTAÑO
TERRITORIO GUARANÍ – BOLIVIA
DICIEMBRE-2015
2. HOJA DE APROBACIÓN
ANÁLISIS DE PAGOS DE COMPENSACIÓN Y SU RELACIÓN CON LOS
IMPACTOS SOCIO-AMBIENTALES EN EL DESARROLLO DEL CAMPO AQUÍO E
INCAHUASI EN EL MARCO DEL DECRETO 2195
Presentado por: Ericka Dalcy Vargas Colque
Ing. Rodrigo Vázquez Rodríguez
Director de Carrera de Ingeniería del Petróleo y Gas Natural
Ing. ADID CUELLAR MONTAÑO Lic. Santos Cuellar Lopez
AsesorTécnico AsesorLingüista
Ing. Betzabet. Puma Zarate Ing. Javier Francisco Menacho
Tribunal Técnico Tribunal Técnico
Prof. Ceferino Manuel Andres
Tribunal Linguista
3. ÍNDICE GENERAL
I. INTRODUCCIÓN.................................................................................................................7
1.2. Planteamiento del Problema .......................................................................................8
1.3. Justificación..................................................................................................................9
1.4. Marco Teórico............................................................................................................11
1.4.1. Política Nacional de Hidrocarburos ....................................................................11
1.4.2. Constitución política del estado plurinacional de Bolivia....................................14
1.4.2.1. Medio ambiente ............................................................................................14
1.4.2.3. Hidrocarburos ...............................................................................................17
1.4.3. Convenio 169 de la OIT. .....................................................................................18
1.4.4. Declaración de las Naciones Unidas para los Derechos de los Pueblos
Indígenas.......................................................................................................................20
1.4.5. Ley de hidrocarburo. ...........................................................................................23
1.4.5. DECRETO SUPREMO 2195 ..............................................................................25
1.4.6. Antecedentes de compensaciones sociambientales en actividades
hidrocarburiferas a pueblos indígenas en Bolivia.........................................................28
1.4.7. Pueblos indígenas y comunidades campesinos afectados con operaciones
petroleras........................................................................Error! Bookmark not defined.
1.4.8. Impactos sociambientales negativo, directo acumulativos y a largo plazo en
territorios indígenas.......................................................................................................45
1.5. Cobertura ...................................................................................................................53
II. OBJETIVOS......................................................................................................................55
2.1. Objetivo General........................................................................................................55
2.2. Objetivos Específicos ................................................................................................55
III. METODOLOGÍA.......................................................................................................56
3.1. Localización ...............................................................................................................56
3.2. Materiales...................................................................................................................57
4. 3.3. Estrategias de intervención .......................................................................................58
3.3.1. Organización interna ...........................................................................................58
3.3.2. Coordinación externa ..........................................................................................58
3.3.3. Promoción – difusión...........................................................................................58
3.3.4. Muestra y tamaño de la muestra ........................................................................59
3.3.5. Recolección de Información................................................................................59
3.3.6. Recolección de Muestras....................................................................................59
3.3.7. Procesamiento de la Muestra .............................................................................60
3.3.8. Instrumentos de Seguimiento .............................................................................61
IV. RESULTADOS Y DISCUSIÓN .......................................................................................72
V. CONCLUSIONES..........................................................................................................73
VI. REFLEXIONES..........................................................................................................74
VII. BIBLIOGRAFÍA ..............................................................................................................74
VIII. ANEXOS........................................................................................................................74
5. DEDICATORIA
A Dios, por permitirme culminar con éxitos esta etapa de mi vida, por haber llenado mi
camino de personas maravillosa y por ser la fuerza y esperanza que me permitieron salir
adelante frente a cada obstáculo.
A mis padres Benigno Vargas Pedraza y Dionicia Colque Álvarez porque a pesar de toda
circunstancia ellos no perdieron las esperanza de que pueda salir adelante, a mi hija
Emily quien es la fuerza para seguir mis sueño y cumplir ,mis metas, a mis hermanos
Daniel Vargas Colque y Diego Armando Vargas Colque por su apoyo incondicional hacia
mi persona.
6. AGRADECIMIENTOS
A Dios por darme la oportunidad de vivir y por la guía que él tiene en mi vida. Por su luz
que alumbra mi caminos.
A mi familia por haberme apoyado incondicionalmente durante la realización de este
trabajo.
A nuestra casa superior de estudios por permitirme terminar con éxito mi carrera
profesional y por su formación que me dio para enfrentarme a la vida,
A todos mis docentes que me ayudaron en mi formación profesional gracias a sus
enseñanza y dedicación que me brindaron.
7. I. INTRODUCCIÓN
La actividad petrolera es una de las industrias que más impactos ambientales genera a
nivel local y global. Las distintas fases de la explotación petrolera generan destrucción
de la biodiversidad y del ambiente en general. Por otro lado, la quema de combustibles
fósiles constituye la principal causante del calentamiento global.
Los impactos en las poblaciones locales que viven alrededor de la infraestructura
petrolera, se evidencian aun antes de que se inicie cualquier operación. Cientos de
comunidades han sido desplazadas alrededor del chaco boliviano para dar paso a la
industria petrolera, y cuando la gente tiene que convivir con esta industria, enfrenta
serios problemas de salud, de pérdida cultural y de violencia.
El sector de hidrocarburos es uno de los sectores más dinámicos en Bolivia por su
participación en el PIB, exportaciones, inversiones y recaudaciones fiscales. En los
últimos años, el sector ha atravesado una serie de reformas, a partir de la
promulgación de la Ley de Hidrocarburos Nº 3058, el Decreto Supremo 28701, de
Nacionalización, y la suscripción de los nuevos Contratos de Operación. El nuevo
marco normativo permite que el Estado tome el control de toda la cadena de
producción de hidrocarburos y se generen más recursos para el Estado por concepto
de regalías, impuestos y participaciones.
En la actividad petrolera, las disposiciones y el manejo habitual de hidrocarburos y
combustibles, en algunos casos conlleva a la contaminación del suelo cuando tanques,
oleoductos y diversas instalaciones sufren pérdidas. Los líquidos migran hacia el suelo
y subsuelo, hacia al agua subterránea o superficialmente hacia un bajo topográfico o
curso de agua.
El cual ha sido un problema para el medio ambiente y más que todo en áreas
protegidas y territorios de pueblos indígenas, donde ocasiona impactos socio-
ambientales, para evitar y medir la contaminación en el medio ambiente existen leyes
que conforme la actividad realizada se toman las medidas necesarias, una de esas es
este decreto nuevo que recién se está poniendo en práctica, el decreto 2195 que trata
8. del tema de compensación que se aplica más en territorios donde es afectado por
algún trabajo de Las actividades hidrocarburiferas para que se pueda reparar el daño o
beneficiarse de laguna forma, ya que las comunidades indígenas que llegan hacer
afectados con las empresas petroleras están protegidas por leyes nacionales
internacionales, como la constitución política del estado que protege las tierras y
territorio de pueblos indígenas, el convenio 169 de la OIT al igual también protege y
ampara a los pueblos indígenas y algunos decreto más en relación a la protección de
los pueblos indígenas.
1.1. Breve descripción de la propuesta
Los impactos socioambientales generados por las empresas petroleras cada vez
afectan más en territorios indígenas, en este caso al territorio Guaraní. Aunque hoy
en día existen leyes sobre protección del medio ambiente como también las
compensaciones socioambientales.
En este trabajo de grado se pretende realizar un análisis comparativo de las
compensaciones socioambientales tomando críticas positivas y negativas en el
desarrollo del Campo Aquío e Incahuasi en el marco de la nueva regulación y los
alcances de los impactos positivo y negativo.
1.2. Planteamiento del Problema
Problemática
Flora y fauna afectada sin discriminación por las actividades hidrocarburiferas
exploratorias.
Disconformidad de los residentes de la zona explorada.
Malas relaciones de los habitantes de las zonas exploradas con los
funcionarios de las empresas.
Lo descrito se debe a:
Actividades hidrocarburíferas realizadas fuera del marco legal.
Zonas agrícolas, áreas protegidas y preservadas ancestrales vertientes
quebradas afectadas por la actividad exploratoria en la mayoría de los casos
sin o pocas compensaciones.
9. Incumplimiento de los contratos y compromisos de las empresas para con las
comunidades afectadas.
La problemática puede ocasionar
Flora y fauna de la región afectada permanentemente.
Ruptura de convenios y contratos entre las comunidades y empresas
exploradas.
Represalias de los comunarios para con las empresas encargadas de las
exploraciones.
Abandono de las actividades exploratorias por parte de las empresas
exploratorias.
No permite a Bolivia desarrollar actividades hidrocarburíferas con normalidad
frenando el desarrollo y dando una mala impresión sobre el sector de hidrocarburos.
¿En qué medida el análisis del decreto 2195 nos ayudara a identificar los
disentimientos sobre las compensaciones socio-ambientales en el desarrollo del
Campo Aquío e Incahuasi de las actividades hidrocarburíferas realizadas en el alto
Parapetí?
1.3. Justificación
Justificación ambiental
Con este estudio de compensaciones socio-ambiental se aplican medidas
preventivas al medio ambiente, también se toma en cuenta que las
compensaciones realizadas a las comunidades indígenas no cubre el daño al 100
por ciento ya que siguen quedando algunos impactos que causan daños al medio
ambiente ocasionado por la empresas petrolera.
10. Justificación social
El presente trabajo de grado se profundizará el conocimiento de las
compensaciones socio-ambientales de los pueblos indígenas y relacionará los
impactos sociales y ambientales identificados con los montos de compensación
pagados a los territorios afectados.
Justificación económica
Presenta un valor económico ya que se evaluara si es correcto o no la asignación
económica porcentual de la compensación socio-ambiental relacionando los
impactos socio-ambientales con la correcta aplicación de las leyes se tomara en
cuenta si es lo suficiente para reparar los daños ocasionado por las empresas
petroleras en todas las actividades realizadas, por otro lado también si las
compensaciones son utilizadas adecuadamente para la población guaraní.
Justificación metodológica
El presente trabajo puede servir de aporte guía, para referencia de las
organizaciones de pueblos indígenas en el tema de compensación en la nueva
resolución.
Justificación académica
El estudio de compensaciones en actividades hidrocarburifera con el decreto 2195
servirá de aporte a futuros estudiantes que quisieran abordar el tema especialmente
en el análisis de los criterios fundamentales de la asignación de recursos
económicos por los impactos socio-ambientales que las actividades
hidrocarburíferas.
11. 1.4. Marco Teórico
1.4.1. Compensar
Dar una cosa o hacer un beneficio a una persona como reparación de un daño,
perjuicio o molestia que se le ha causado.
1.4.2. Impactos socioambientales
1.4.2.1 impacto ambiental
El impacto ambiental es el efecto que produce la actividad humana sobre el
medio ambiente. El concepto puede extenderse a los efectos de un fenómeno
natural catastrófico. Técnicamente, es la alteración de la línea de base ambiental.
La ecología es la ciencia que se encarga de medir este impacto y tratar de
minimizarlo.
Las acciones de las personas sobre el medio ambiente siempre provocarán efectos
colaterales sobre éste. La preocupación por los impactos ambientales abarca varios
tipos de acciones, como la contaminación de los mares con petróleo, los desechos
de la energía radioactiva o desechos radioactivos/nucleares, la contaminación
auditiva, la emisión de gases nocivos, o la pérdida de superficie de hábitats
naturales, entre otros.
1.4.2.2 impacto social
El impacto social se refiere al cambio efectuado en la sociedad debido al producto
de las investigaciones.
1.4.1. Política Nacional de Hidrocarburos
La dimensión económica del Plan Nacional de Desarrollo (PND), concebido como
el instrumento que permitirá contribuir a la transformación de la matriz productiva
para cambiar el actual patrón primario exportador, establece que la matriz
productiva nacional está formada por dos grupos de sectores: los estratégicos
12. generadores de excedentes y los generadores de empleo e ingresos. De manera
transversal se encuentran los sectores de infraestructura y apoyo a la producción.
La idea central del PND es que, a partir de los excedentes generados en los
sectores estratégicos, entre ellos el sector hidrocarburos, además de reinvertir,
provean, vía tributos y regalías, recursos a los sectores generadores de ingresos y
empleo para contribuir a diversificar la economía y el desarrollo social.
A la cabeza de los sectores estratégicos generadores de excedente se encuentra
el sector hidrocarburos, que se caracteriza por ser una actividad extractiva basada
en la producción de recursos no renovables y alta rentabilidad. Por este motivo, en
el país se requiere la presencia efectiva del Estado en el ciclo productivo de la
cadena petrolera.
Los lineamientos estratégicos en el PND (Plan Nacional de Desarrollo) para el
sector hidrocarburos, en su carácter de sector estratégico, son las siguientes:
a) Recuperar y consolidar la propiedad y el control de los hidrocarburos
b) Exploración, explotación e incremento del potencial hidrocarburífero nacional
c) Industrializar los recursos hidrocarburiferos para generar valor agregado
d) Garantizar la seguridad energética nacional y consolidar al país como centro
energético regional
Cabe señalar que tomando en cuenta el papel y la importancia que representa la
energía en el desarrollo productivo y social del país, la política de hidrocarburos
para el mercado interno no se la puede concebir de manera aislada, sino debe ser
planteada en el marco de una política energética y en sinergia con las políticas
sectoriales para la industria, el transporte y los servicios básicos, en el contexto de
una visión integral de desarrollo que permita cumplir con los objetivos de desarrollo
socioeconómico del país.
La Política Nacional de Hidrocarburos ha sido concebida bajo los siguientes
principios:
– Propiedad estatal de los hidrocarburos
– Contribuir al desarrollo nacional, permitiendo el acceso del sector productivo a
combustibles más económicos (gas)
– Satisfacer las necesidades energéticas de la economía nacional
– Aprovechar plenamente las oportunidades del mercado internacional
13. – Garantizar la soberanía y seguridad energética
– Consolidar el desarrollo del sector para beneficio del pueblo boliviano
– Generar excedentes para el desarrollo productivo y la diversificación de la
economía
– Velar por el desarrollo eficiente y efectivo de las actividades de la cadena de
hidrocarburos
– Potenciar la gestión eficiente y sustentable de las empresas estatales del sector
La Política Nacional de Hidrocarburos, prevista en la Ley 3058 incorpora
expresamente las variables ambientales, sociales, económicas y culturales de
manera transversal en las actividades hidrocarburíferas. En este contexto de
acuerdo al artículo 9 se prevé que el aprovechamiento de los hidrocarburos deberá
promover el desarrollo integral, sustentable y equitativo del país. Todas las
actividades hidrocarburíferas deberán desarrollarse en forma equilibrada con el
medio ambiente, resguardando los derechos de los pueblos, velando por su
bienestar y preservando sus culturas.
Asimismo de acuerdo al artículo 11, entre los objetivos de la Política Nacional de
Hidrocarburos se prevé que la utilización de los mismos debe constituirse en un
factor del desarrollo nacional e integral de forma sostenible y sustentable en todas
las actividades económicas y servicios, tanto públicos como privados.
De acuerdo a lo expuesto, las actividades Hidrocarburíferas en Bolivia deben
incorporar la dimensión ambiental y social en absolutamente todos los procesos
que van desde la Planificación hasta la comercialización de los productos y sus
derivados provenientes de esta riqueza. La observancia en estos niveles prevé la
aplicación compatible de los alcances del Art. 119de la ley de hidrocarburos que
establece que cuando las actividades hidrocarburiferas se desarrollen en tierras
comunitarias de origen, comunales, indígenas o campesinas tituladas o no, todo
impacto socio-ambiental, negativo, directo acumulativo que las mismas produzcan
deben ser compensados financieramente por el titular de la AOP Hidrocarburifera
en concordancia el convenio 169 de la OIT y la declaración de naciones unidas
para los derechos de los Pueblos Indígenas.
14. 1.4.2. Constitución política del estado plurinacional de Bolivia
1.4.2.1. Medio ambiente
Art. 342.-
Es deber del Estado y de la población conservar, proteger y aprovechar de
manera sustentable los recursos naturales y la biodiversidad, así como mantener
el equilibrio del medio ambiente.
Art. 343.-La población tiene derecho a la participación en la gestión ambiental, a
ser consultado e informado previamente sobre decisiones que pudieran afectar a
la calidad del medio ambiente.
Art. 346.-
El patrimonio natural es de interés público y de carácter estratégico para el
desarrollo sustentable del país. Su conservación y aprovechamiento para
beneficio de la población será responsabilidad y atribución exclusiva del Estado,
y no comprometerá la soberanía sobre los recursos naturales. La ley establecerá
los principios y disposiciones para su gestión.
Art. 347.-
I. El Estado y la sociedad promoverán la mitigación de los efectos nocivos al
medio ambiente, y de los pasivos ambientales que afectan al país. Se declara la
responsabilidad por los daños ambientales históricos y la imprescriptibilidad de
los delitos ambientales.
II. Quienes realicen actividades de impacto sobre el medio ambiente deberán, en
todas las etapas de la producción, evitar, minimizar, mitigar, remediar, reparar y
resarcir los daños que se ocasionen al medio ambiente y a la salud de las
personas, y establecerán las medidas de seguridad necesarias para neutralizar
los efectos posibles de los pasivos ambientales.
15. 1.4.2.2. Recursos naturales
Artículo 348.-
I. Son recursos naturales los minerales en todos sus estados, los hidrocarburos,
el agua, el aire, el suelo y el subsuelo, los bosques, la biodiversidad, el espectro
electromagnético y todos aquellos elementos y fuerzas físicas susceptibles de
aprovechamiento.
II. Los recursos naturales son de carácter estratégico y de interés público para el
desarrollo del país.
Artículo 349.-
I. Los recursos naturales son de propiedad y dominio directo, indivisible e
imprescriptible del pueblo boliviano, y corresponderá al Estado su administración
en función del interés colectivo.
II. El Estado reconocerá, respetará y otorgará derechos propietarios individuales
y colectivos sobre la tierra, así como derechos de uso y aprovechamiento sobre
otros recursos naturales.
Artículo 351.-
I. El Estado, asumirá el control y la dirección sobre la exploración, explotación,
industrialización, transporte y comercialización de los recursos naturales
estratégicos a través de entidades públicas, cooperativas o comunitarias, las que
podrán a su vez contratar a empresas privadas y constituir empresas mixtas.
II. El Estado podrá suscribir contratos de asociación con personas jurídicas,
bolivianas o extranjeras, para el aprovechamiento de los recursos naturales.
Debiendo asegurarse la reinversión de las utilidades económicas en el país.
III. La gestión y administración de los recursos naturales se realizará
garantizando el control y la participación social en el diseño de las políticas
sectoriales. En la gestión y administración podrán establecerse entidades mixtas,
con representación estatal y de la sociedad, y se precautelará el bienestar
colectivo.
IV. Las empresas privadas, bolivianas o extranjeras, pagarán impuestos y
regalías cuando intervengan en la explotación de los recursos naturales, y los
16. cobros a que den lugar no serán reembolsables. Las regalías por el
aprovechamiento de los recursos naturales son un derecho y una compensación
por su explotación, y se regularán por la Constitución y la ley.
Artículo 352.-
La explotación de recursos naturales en determinado territorio estará sujeta a un
proceso de consulta a la población afectada, convocada por el Estado, que será
libre, previa e informada. Se garantiza la participación ciudadana en el proceso
de gestión ambiental y se promoverá la conservación de los ecosistemas, de
acuerdo con la Constitución y la ley. En las naciones y pueblos indígena
originario campesinos, la consulta tendrá lugar respetando sus normas y
procedimientos propios.
Artículo 353.- El pueblo boliviano tendrá acceso equitativo a los beneficios
provenientes del aprovechamiento de todos los recursos naturales. Se asignará
una participación prioritaria a los territorios donde se encuentren estos recursos,
y a las naciones y pueblos indígena originario campesinos.
Artículo 356.-
Las actividades de exploración, explotación, refinación, industrialización,
transporte y comercialización de los recursos naturales no renovables tendrán el
carácter de necesidad estatal y utilidad pública.
Artículo 357.-
Por ser propiedad social del pueblo boliviano, ninguna persona ni empresa
extranjera, ni ninguna persona o empresa privada boliviana podrá inscribir la
propiedad de los recursos naturales bolivianos en mercados de valores, ni los
podrá utilizar como medios para operaciones financieras de titularización o
seguridad. La anotación y registro de reservas es una atribución exclusiva del
Estado.
17. 1.4.2.3. Hidrocarburos
Artículo 359.-
I. Los hidrocarburos, cualquiera sea el estado en que se encuentren o la forma en
la que se presenten, son de propiedad inalienable e imprescriptible del pueblo
boliviano. El Estado, en nombre y representación del pueblo boliviano, ejerce la
propiedad de toda la producción de hidrocarburos del país y es el único facultado
para su comercialización. La totalidad de los ingresos percibidos por la
comercialización de los hidrocarburos será propiedad del Estado.
II. Ningún contrato, acuerdo o convenio, de forma, directa o indirecta, tácita o
expresa, podrá vulnerar total o parcialmente lo establecido en el presente
artículo. En el caso de vulneración los contratos serán nulos de pleno derecho y
quienes los hayan acordado, firmado, aprobado o ejecutado, cometerán delito de
traición a la patria.
Artículo 360.-
El Estado definirá la política de hidrocarburos, promoverá su desarrollo integral,
sustentable y equitativo, y garantizará la soberanía energética.
Artículo 361.-
I. Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB) es una empresa
autárquica de derecho público, inembargable, con autonomía de gestión
administrativa, técnica y económica, en el marco de la política estatal de
hidrocarburos. YPFB, bajo tuición del Ministerio del ramo y como brazo operativo
del Estado, es la única facultada para realizar las actividades de la cadena
productiva de hidrocarburos y su comercialización.
II. YPFB no podrá transferir sus derechos u obligaciones en ninguna forma o
modalidad, tácita o expresa, directa o indirectamente.
Artículo 367.-
La explotación, consumo y comercialización de los hidrocarburos y sus derivados
deberán sujetarse a una política de desarrollo que garantice el consumo interno.
18. La exportación de la producción excedente incorporará la mayor cantidad de
valor agregado.
1.4.3. Convenio 169 de la OIT.
Artículo 13.-
1. Al aplicar las disposiciones de esta parte del Convenio, los gobiernos deberán
respetar la importancia especial que para las culturas y valores espirituales de los
pueblos interesados reviste su relación con las tierras o territorios, o con ambos,
según los casos, que ocupan o utilizan de alguna otra manera, y en particular los
aspectos colectivos de esa relación.
2. La utilización del término tierras en los artículos 15 y 16 deberá incluir el
concepto de territorios, lo que cubre la totalidad del hábitat de las regiones que los
pueblos interesados ocupan o utilizan de alguna otra manera.
Artículo 14.-
1. Deberá reconocerse a los pueblos interesados el derecho de propiedad y de
posesión sobre las tierras que tradicionalmente ocupan. Además, en los casos
apropiados, deberán tomarse medidas para salvaguardar el derecho de los
pueblos interesados a utilizar tierras que no estén exclusivamente ocupadas por
ellos, pero a las que hayan tenido tradicionalmente acceso para sus actividades
tradicionales y de subsistencia. A este respecto, deberá prestarse particular
atención a la situación de los pueblos nómadas y de los agricultores itinerantes.
2. Los gobiernos deberán tomar las medidas que sean necesarias para determinar
las tierras que los pueblos interesados ocupan tradicionalmente y garantizar la
protección efectiva de sus derechos de propiedad y posesión.
3. Deberán instituirse procedimientos adecuados en el marco del sistema jurídico
nacional para solucionar las reivindicaciones de tierras formuladas por los pueblos
interesados.
Artículo 15.-
1. Los derechos de los pueblos interesados a los recursos naturales existentes en
sus tierras deberán protegerse especialmente. Estos derechos comprenden el
derecho de esos pueblos a participar en la utilización, administración y
conservación de dichos recursos.
19. 2. En caso de que pertenezca al Estado la propiedad de los minerales o de los
recursos del subsuelo, o tenga derechos sobre otros recursos existentes en las
tierras, los gobiernos deberán establecer o mantener procedimientos con miras a
consultar a los pueblos interesados, a fin de determinar si los intereses de esos
pueblos serían perjudicados, y en qué medida, antes de emprender o autorizar
cualquier programa de prospección o explotación de los recursos existentes en
sus tierras. Los pueblos interesados deberán participar siempre que sea posible en
los beneficios que reporten tales actividades, y percibir una indemnización
equitativa por cualquier daño que puedan sufrir como resultado de esas
actividades.
Artículo 16
1. A reserva de lo dispuesto en los párrafos siguientes de este artículo, los pueblos
interesados no deberán ser trasladados de las tierras que ocupan.
2. Cuando excepcionalmente el traslado y la reubicación de esos pueblos se
consideren necesarios, sólo deberán efectuarse con su consentimiento, dado
libremente y con pleno conocimiento de causa. Cuando no pueda obtenerse su
consentimiento, el traslado y la reubicación sólo deberá tener lugar al término de
procedimientos adecuados establecidos por la legislación nacional, incluidas
encuestas públicas, cuando haya lugar, en que los pueblos interesados tengan la
posibilidad de estar efectivamente representados.
3. Siempre que sea posible, estos pueblos deberán tener el derecho de regresar a
sus tierras tradicionales en cuanto dejen de existir las causas que motivaron su
traslado y reubicación.
4. Cuando el retorno no sea posible, tal como se determine por acuerdo o, en
ausencia de tales acuerdos, por medio de procedimientos adecuados, dichos
pueblos deberán recibir, en todos los casos posibles, tierras cuya calidad y cuyo
estatuto jurídico sean por lo menos iguales a los de las tierras que ocupaban
anteriormente, y que les permitan subvenir a sus necesidades y garantizar su
desarrollo futuro.
Cuando los pueblos interesados prefieran recibir una indemnización en dinero o en
especie, deberá concedérseles dicha indemnización, con las garantías apropiadas.
5. Deberá indemnizarse plenamente a las personas trasladadas y reubicadas por
20. cualquier pérdida o daño que hayan sufrido como consecuencia de su
desplazamiento.
Artículo 17
1. Deberán respetarse las modalidades de transmisión de los derechos sobre la
tierra entre los miembros de los pueblos interesados establecidas por dichos
pueblos.
2. Deberá consultarse a los pueblos interesados siempre que se considere su
capacidad de enajenar sus tierras o de transmitir de otra forma sus derechos sobre
estas tierras fuera de su comunidad.
3. Deberá impedirse que personas extrañas a esos pueblos puedan aprovecharse
de las costumbres de esos pueblos o de su desconocimiento de las leyes por parte
de sus miembros para arrogarse la propiedad, la posesión o el uso de las tierras
pertenecientes a ellos.
Artículo 18
La ley deberá prever sanciones apropiadas contra toda intrusión no autorizada en
las tierras de los pueblos interesados o todo uso no autorizado de las mismas por
personas ajenas a ellos, y los gobiernos deberán tomar medidas para impedir tales
infracciones.
1.4.4. Declaración de las Naciones Unidas para los Derechos de los Pueblos
Indígenas.
Los indígenas tienen derecho, como pueblos o como individuos, al disfrute pleno
de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales reconocidas en la
Carta de las Naciones Unidas, la Declaración Universal de Derechos Humanos y
las normas internacionales de derechos humanos.
Artículo 18
Los pueblos indígenas tienen derecho a participar en la adopción de decisiones en
las cuestiones que afecten a sus derechos, por conducto de representantes
elegidos por ellos de conformidad con sus propios procedimientos, así como a
mantener y desarrollar sus propias instituciones de adopción de decisiones.
21. Articulo 19
Los Estados celebrarán consultas y cooperarán de buena fe con los pueblos
indígenas interesados por medio de sus instituciones representativas antes de
adoptar y aplicar medidas legislativas o administrativas que los afecten, a fin de
obtener su consentimiento libre, previo e informado.
Artículo 26
1. Los pueblos indígenas tienen derecho a las tierras, territorios y recursos que
tradicionalmente han poseído, ocupado o utilizado o adquirido.
2. Los pueblos indígenas tienen derecho a poseer, utilizar, desarrollar y controlar
las tierras, territorios y recursos que poseen en razón de la propiedad tradicional u
otro tipo tradicional de ocupación o utilización, así como aquellos que hayan
adquirido de otra forma.
3. Los Estados asegurarán el reconocimiento y protección jurídicos de esas tierras,
territorios y recursos. Dicho reconocimiento respetará debidamente las
costumbres, las tradiciones y los sistemas de Los Estados establecerán y
aplicarán, conjuntamente con los pueblos indígenas pertinentes, un proceso
equitativo, independiente, imparcial, abierto y transparente, en el que se
reconozcan debidamente las leyes, tradiciones, costumbres y sistemas de
tenencia de la tierra de los pueblos indígenas, para reconocer y adjudicar los
derechos de los pueblos indígenas en relación con sus tierras, territorios y
recursos, comprendidos aquellos que tradicionalmente han poseído u ocupado o
utilizado. Los pueblos indígenas tendrán derecho a participar en este proceso.
Artículo 28
1. Los pueblos indígenas tienen derecho a la reparación, por medios que pueden
incluir la restitución o, cuando ello no sea posible, una indemnización justa y
equitativa por las tierras, los territorios y los recursos que tradicionalmente hayan
poseído u ocupado o utilizado y que hayan sido confiscados, tomados, ocupados,
utilizados o dañados sin su consentimiento libre, previo e informado.
2. Salvo que los pueblos interesados hayan convenido libremente en otra cosa, la
indemnización consistirá en tierras, territorios y recursos de igual calidad,
22. extensión y condición jurídica o en una indemnización monetaria u otra reparación
adecuada.
Artículo 29
1. Los pueblos indígenas tienen derecho a la conservación y protección del medio
ambiente y de la capacidad productiva de sus tierras o territorios y recursos. Los
Estados deberán establecer y ejecutar programas de asistencia a los pueblos
indígenas para asegurar esa conservación y protección, sin discriminación.
2. Los Estados adoptarán medidas eficaces para asegurar que no se almacenen ni
eliminen materiales peligrosos en las tierras o territorios de los pueblos indígenas
sin su consentimiento libre, previo e informado.
3. Los Estados también adoptarán medidas eficaces para asegurar, según sea
necesario, que se apliquen debidamente programas de control, mantenimiento y
restablecimiento de la salud de los pueblos indígenas afectados por esos
materiales, programas que serán elaborados y ejecutados por esos pueblos.
Artículo 32
1. Los pueblos indígenas tienen derecho a determinar y elaborar las prioridades y
estrategias para el desarrollo o la utilización de sus tierras o territorios y otros
recursos.
2. Los Estados celebrarán consultas y cooperarán de buena fe con los pueblos
indígenas interesados por conducto de sus propias instituciones representativas a
fin de obtener su consentimiento libre e informado antes de aprobar cualquier
proyecto que afecte a sus tierras o territorios y otros recursos, particularmente en
relación con el desarrollo, la utilización o la explotación de recursos minerales,
hídricos o de otro tipo.
3. Los Estados proveerán mecanismos eficaces para la reparación justa y
equitativa por cualquiera de esas actividades, y se adoptarán medidas adecuadas
para mitigar las consecuencias nocivas de orden ambiental, económico, social,
cultural o espiritual.
23. 1.4.5. Ley de hidrocarburo.
ARTÍCULO 114º (Ámbito de Aplicación).
En cumplimiento a los Artículos 4º, 5º, 6º, 15º y 18º del Convenio 169 de la OIT,
ratificado por Ley de la República Nº 1257, de 11 de julio de 1991, las
comunidades y pueblos campesinos, indígenas y originarios, independientemente
de su tipo de organización deberán ser consultados de manera previa, obligatoria
y oportuna cuando se pretenda desarrollar cualquier actividad hidrocarburífera
prevista en la presente Ley.
ARTÍCULO 115º (Consulta).
En concordancia con los Artículos 6º y 15º del Convenio 169 de la OIT, la consulta
se efectuará de buena fe, con principios de veracidad, transparencia, información y
oportunidad. Deberá ser realizada por las autoridades competentes del Gobierno
Boliviano y con procedimientos apropiados y de acuerdo a las circunstancias y
características de cada pueblo indígena, para determinar en qué medida serían
afectados y con la finalidad de llegar a un acuerdo o lograr el consentimiento de
las Comunidades y los Pueblos Indígenas y Originarios. La Consulta tiene carácter
obligatorio y las decisiones resultantes del proceso de Consulta deben ser
respetadas. En todos los casos, la Consulta se realizará en dos momentos:
a) Previamente a la licitación, autorización, contratación, convocatoria y
aprobación de las medidas, obras o proyectos hidrocarburíferos, siendo
condición necesaria para ello.
b) Previamente a la aprobación de los Estudios de Evaluación de Impacto
Ambiental. Cuando se trate de Estudios de Evaluación de Impacto Ambiental
para actividades, obras o proyectos hidrocarburíferos a desarrollarse en
lugares de ocupación de las Comunidades y Pueblos Campesinos, Indígenas
y Originarios y áreas de alto valor de biodiversidad, necesariamente tendrán
que ser los de categoría 1 (Estudio de Evaluación de Impacto Ambiental
Analítico Integral).
ARTÍCULO 116º (Responsabilidad Estatal).
Las resoluciones y consensos registrados por las Autoridades Competentes como
producto del proceso de consulta en sus dos momentos, tienen validez para las
24. actividades Hidrocarburíferas del proyecto objeto de la consulta. En caso de tener
la consulta, reconocida en el Artículo 115º, un resultado negativo, el Estado podrá
promover un proceso de conciliación en el mejor interés nacional.
ARTÍCULO 117º (Autoridad Competente para Ejecutar el Proceso de
Consulta).
Son responsables en forma conjunta de la ejecución del Proceso de consulta las
autoridades del Ministerio de Hidrocarburos, el Ministerio de desarrollo Sostenible,
y el Ministerio de Asuntos Indígenas y Pueblos originarios, considerados
autoridades competentes, para los fines del presente capítulo.
El Proceso de Consulta deberá ser financiado por el Poder Ejecutivo, con cargo al
proyecto, obra o actividad hidrocarburíferas de que se trate.
ARTÍCULO 118º (Representación).
Los procesos de consulta establecidos en el presente Capítulo, se realizarán con
las instancias representativas de las comunidades Campesinas y los Pueblos
Indígenas y Originarios, independientemente de su tipo de organización,
respetando su territorialidad, sus usos y costumbres, siendo nulos cualquier otro
tipo de consulta individual o sectorial.
ARTÍCULO 119º (De las Compensaciones).
Cuando las actividades hidrocarburíferas se desarrollen en tierras comunitarias de
origen, comunales, indígenas o campesinas, tituladas o no, todo impacto
socioambiental negativo directo, acumulado y a largo plazo, que las mismas
produzcan, debe ser compensado financieramente por parte de los titulares de las
actividades hidrocarburíferas, de manera justa, respetando la territorialidad, los
usos y costumbres de los afectados, tomando como base, el Estudio de
Evaluación de Impacto Ambiental y otros medios que permitan valorar los daños
no cuantificables.
El Ministerio de Desarrollo Sostenible y la Autoridad Ambiental Máxima
Competente, el Ministerio de Hidrocarburos, Ministerio de Asuntos Campesinos y
Agropecuarios y el Ministerio de Asuntos Indígenas y Pueblos Originarios están
obligados a precautelar que las compensaciones se ejecuten y materialicen en un
25. plazo de quince (15) días luego de acordado el monto compensatorio justo que
corresponda.
El cumplimiento de esta obligación por parte de los titulares de las actividades
Hidrocarburíferas, es requisito para el desarrollo de las siguientes etapas
productivas.
1.4.5. DECRETO SUPREMO 2195
En fecha 28 de noviembre del 2014 el gobierno boliviano promulga el decreto
supremo que tiene como alcance la reglamentación de las compensaciones.
Tomando en cuenta que el art. 351 párrafos I de la Constitución Política del
Estado, determina que el Estado asume el control y la dirección sobre la
exploración, explotación, industrialización, transporte y comercialización de los
recursos naturales estratégicos a través de entidades públicas.
Como también el Artículo 352 del Texto Constitucional, establece que la
explotación de recursos naturales en determinado territorio estará sujeta a un
proceso de consulta a la población afectada convocada por el Estado, que será
libre, previa e informada.
En el Artículo 119 de la Ley Nº 3058, de Hidrocarburos, dispone que cuando las
actividades hidrocarburíferas se desarrollen en tierras comunitarias de origen,
comunales, indígenas o campesinas, tituladas o no, todo impacto
socioambientales negativo directo, acumulado y a largo plazo, que las mismas
produzcan, debe ser compensado financieramente por parte de los titulares de las
actividades hidrocarburíferas, de manera justa, respetando la territorialidad, los
usos y costumbres de los afectados, tomando como base, el Estudio de
Evaluación de Impacto Ambiental y otros medios que permitan valorar los daños
no cuantificables, Y el Decreto Supremo N° 29033, de 16 de febrero de 2007,
Reglamento de Consulta y Participación para Actividades Hidrocarburíferas, así
como sus modificaciones y complementaciones, establece las disposiciones y
procedimientos para el proceso de Consulta y Participación a los Pueblos
Indígenas y Originarios - PIOs y Comunidades Campesinas - CC, cuando se
pretenda desarrollar actividades hidrocarburíferas.
26. En concordancia con las leyes expuesta se promulga decreto 2195 que está
orientado a normar para la orientación de la compensación socioambientales a
través de proyectos sociales productivos a partir de la necesidad de cada pueblo
indígena beneficiario por impactos socioambientales que se produzcan en
territorios de pueblos indígena originario y comunidades campesinas donde se
ejecuten las actividades, obras y proyecto hidrocarburiferos.
Artículo 1°.- (Objeto)
El presente Decreto Supremo tiene por objeto establecer un mecanismo para la
asignación porcentual de la compensación financiera por impactos
socioambientales de las Actividades, Obras o Proyectos hidrocarburíferos, cuando
se desarrollen en Territorios Indígena Originario Campesinos - TIOCs, tierras
comunales, indígenas o campesinas.
Artículo 2°.- (Alcance y beneficiarios)
I. El presente Decreto Supremo es de aplicación obligatoria en todo el territorio
nacional, para los Titulares de las Actividades, Obras o Proyectos
hidrocarburíferos y; las poblaciones beneficiarias de la compensación que fueron
debidamente identificadas en el convenio de validación de acuerdos resultante del
proceso de Consulta y Participación suscrito entre la Autoridad Competente y las
instancias de representación.
II. La compensación por impactos socio ambientales es independiente y posterior
al trámite y obtención de la Licencia Ambiental.
Artículo 3°.- (Asignación de la compensación)
I. Los Titulares de las actividades hidrocarburíferas compensarán financieramente
todo impacto socio ambiental negativo, directo, acumulado y de largo plazo,
aplicando porcentajes sobre el monto de inversión del Proyecto declarado en el
Estudio de Evaluación de Impacto Ambiental - EEIA.
II. Para hacer efectiva la compensación prevista en el Parágrafo anterior, se
tomará en cuenta los impactos socioambientales identificados en el proceso de
Consulta y Participación, mismos que serán incluidos en el EEIA, de acuerdo a lo
establecido en el Artículo 119 de la Ley Nº 3058, de 17 de mayo de 2005, de
Hidrocarburos, conforme al siguiente cuadro:
27. CUADRO 1: porcentaje máximo de compensación del proyecto previsto impactos
Socioambientales
Fuente: Decreto supremo 2195
Artículo 4°.- (Alcance de la compensación)
I. La compensación se materializará a través de un Acuerdo de Compensación
entre el Titular y los beneficiarios que establezca los proyectos a ser financiados,
las condiciones del financiamiento, los plazos de desembolso y otros aspectos
inherentes a objeto de su efectivo cumplimiento.
II. La compensación se realizará, en favor de la población beneficiaria, en una sola
oportunidad durante la vida útil de las Actividades, Obras o Proyectos
hidrocarburíferos.
III. Cuando existan dos o más poblaciones beneficiarias, la distribución de la
compensación financiera será realizada por el Titular de las Actividades, Obras o
Proyectos hidrocarburíferos en función a la información de la superficie y población
afectada, y los resultados obtenidos del Proceso de Consulta y Participación.
Si pasados los ciento ochenta (180) días calendario del inicio de la negociación de
la compensación financiera no se ha llegado a un consenso entre las poblaciones
beneficiarias, la Autoridad Competente determinará de oficio la distribución de la
compensación, mediante Resolución Administrativa del Viceministerio de
Desarrollo Energético del Ministerio de Hidrocarburos y Energía.
N
°
ACTIVIDAD, OBRAO
PROYECTO
HIDROCARBURÍFEROS (AOP)
% MÁXIMO DE
COMPENSACIÓN DEL
PROYECTO PREVISTO
IMPACTOS
SOCIO
AMBIENTALES
1 Exploración Sísmica
HASTA
1,00%
Negativos,
directos,
acumulados y de
largo plazo
2 Perforación exploratoria 0,40%
3 Explotación (facilidades) 0,40%
4
Plantas de producción y
separación de
hidrocarburos
0,30%
5
Transporte de
hidrocarburos por
ductos
1,50%
28. IV. En cualquiera de los casos si el Titular de las Actividades, Obras o Proyectos
hidrocarburíferos desista de continuar con su actividad por cuestiones técnicas,
ambientales y sociales que impidan continuar con las demás actividades
propuestas, la compensación deberá circunscribirse en base a las actividades
efectivamente ejecutadas, mismo que deberá proveerse a momento de
concertarse el acuerdo previsto en el Parágrafo anterior.
Artículo 5°.- (Recursos por compensación)
I. Los recursos por compensación serán destinados al financiamiento de proyectos
sociales y/o productivos establecidos por los pueblos beneficiarios.
II. Los perfiles de los proyectos serán remitidos por los pueblos beneficiarios al
Titular de las Actividades, Obras o Proyectos hidrocarburíferos luego de haberse
suscrito el convenio de validación de acuerdos entre la Autoridad Competente y
las instancias de representación.
Artículo 6°.- (Modalidades de ejecución de la compensación)
I. Cuando se trate de Actividades, Obras o Proyectos hidrocarburíferos
desarrolladas por YPFB Casa Matriz, los proyectos sociales y/o productivos
identificados por los beneficiarios serán ejecutados por intermedio de entidades
públicas especializadas, debiendo cumplirse los pasos y procedimientos
administrativos vigentes.
II. En el caso de Actividades, Obras o Proyectos hidrocarburíferos desarrolladas
por las Empresas Subsidiarias o Filiales de YPFB, así como de las Operadoras,
los proyectos sociales y/o productivos identificados por los beneficiarios, podrán
ser ejecutados por sí mismos o por medio de entidades públicas o privadas.
1.4.6. Alcance de las actividades de desarrollo del campo Aquío e Incahuasi (Bloque
Aquío y Bloque Ipati)
La planta, procesará el hidrocarburo extraído de tres pozos de producción, es parte
del Proyecto de Desarrollo de los Campos Incahuasi y Aquío operados por Total
E&P Bolivie. El hidrocarburo proveniente de los pozos, compuesto por Hidrocarburo
Gaseoso (Gas) e Hidrocarburo Líquido (Condensado), será tratado en la planta de
29. tratamiento. El proyecto prevé transportar el gas, con las especificaciones para su
exportación y venta, por un ducto de 30 pulgadas con una longitud de 103
kilómetros hasta un punto de interconexión entre la estación Taquiperenda, operada
por YPFB Transporte, y el Gasoducto YABOG. Los condensados se enviarán a
través de ductos de 8 pulgadas y 16 kilómetros de largo hasta el punto de
interconexión al Oleoducto OCSZ-2, también operado por YPFB Transporte.
La ubicación de los pozos dos en el Bloque Ipati y uno en el Bloque Aquio ,
representa un gran reto para el proyecto debido a las distancias que deberán cubrir
los ductos y a la complicada geografía cuyas serranías presentan pendientes
mayores a 45°.
Antecedente del campo: Las empresas que ejecutan la obra son las compañías
petroleras Total E&P Bolivie y Tecpetrol, en cumplimiento del contrato de operación
que firmaron con YPFB Corporación en 2006, las empresas que ejecutan la obra
son las compañías1
:
Cuadro 2: Empresas operadora de la Planta de gas Aquío e Incahuasi
EMPRESAS OPERADORAS
Total E&P Bolivie 60%
Gazprom 20%
Tecpetrol 20%
Fuente: Epbolivia TOTAL
1 Epbolivia TOTAL
30. Cuadro 3: Actividades Hidrocarburiferas del campo Aquío e Incahuasi
ACTIVIDAD
HIDROCARBURIFERA
ETAPA EMPRESA
OPERADORA
UBICACIÓN DEL
PROYECTO
Construcción y
Operación de la Planta
de Gas
Planta lista
para
Producción
TOTAL E&P
BOLIVIE
Municipio de lagunillas del
Departamento de Santa
Cruz, Comunidad
Caraparicito perteneciente
al Territorio de la TCO Alto
Parapeti.
Aquío X-1001 Perforación
exploratoria
TOTAL E&P
BOLIVIE
Municipio de lagunillas del
Departamento de Santa
Cruz, Comunidad
Caraparicito perteneciente
al Territorio de la TCO Alto
Parapeti.
Incahuasi X-1,
Perforación
exploratoria
TOTAL E&P
BOLIVIE
Municipio de lagunillas del
Departamento de Santa
Cruz, Comunidad
Caraparicito perteneciente
al Territorio de la TCO Alto
Parapeti.
Incahuasi X-2 Perforación
exploratoria
TOTAL E&P
BOLIVIE
Municipio de lagunillas del
Departamento de Santa
Cruz, Comunidad
Caraparicito perteneciente
al Territorio de la TCO Alto
Parapeti.
Incahuasi X-3 Perforación
exploratoria
TOTAL E&P
BOLIVIE
El proyecto estará ubicado
en el Bloque Ipati, Municipio
de Lagunillas, Provincia
Cordillera del departamento
de Santa Cruz. En las
comunidad de Iviyeca y
Tacete perteneciente al
Territorio de la TCO Alto
Parapeti.
31. Línea laterales Transporte
por ductos
TOTAL E&P
BOLIVIE
Lagunillas (40.78 Km),
Camiri (34.83 Km), Boyuibe
(29.45 Km), Charagua
(3.80Km),
Cuevo (8.63 Km).
las capitanías afectadas son:
Capitanía Alto Parapeti,
capitanía eipaguasu,
Capitanía Kaami,
Boyuibe.
Fuente: Elaboración Propia
1.4.6.1. Construcción de la Planta de gas CPF (Central Processing Facilities): Total
E&P Bolivie, Sucursal Bolivia (TEPBO) opera el desarrollo de los Campos
Incahuasi y Aquío para la producción de gas en la región Este de los Andes de
Bolivia. La primera fase de desarrollo de los campos consiste en la construcción
de la Planta de Gas que cuenta con tres trenes de procesamiento del gas
producido.
Figura 1: Planta de gas Aquío e Incahuasi
Fuente: consulado de Bolivia
32. La construcción de una planta de gas, incluye los trabajos de movimiento de
suelos para la construcción de la ocasión, que permitirá separar los líquidos
asociados asociados al gas de producción y obtener y obtener un gas adecuado
para su transporte. La planta contempla una unidad de tratamiento de agua de
producción, generación de electricidad, extracción de agua fresca, compresores,
sistemas de antorchas, entre otros.
a) objetivo: El objetivo general del Proyecto es producir 6,5 Mm3/d promedio
anual de gas y 930 m3/d de condensados, y así incrementar los ingresos del país
mediante la exportación del gas hacia países beneficiarios y la refinación de los
930 m3/d de condensados para el consumo interno.
Los objetivos específicos del Proyecto son los siguientes:
• Completar, realizar las pruebas y puesta en producción de los pozos ICS X-1,
ICS-2 y Aquío X-1001.
• Realizar actividades de mantenimiento de los 3 pozos, instalaciones y caminos.
• Realizar el tendido de líneas de recolección e instalaciones de superficie
desdelos pozos ICS X-1, ICS-2 y Aquío X-1001 hasta la Estación Principal.
• Construir y operar una Planta de Gas.
• Construcción de una Planta de Tratamiento para Aguas de Formación y
Producción ubicada dentro de la Planta de Gas.
• Instalación de fibra óptica para telecomunicaciones, interconectando la misma a
una red nacional que pasa por la carretera nacional N° 6 (Ipati – Muyupampa) a
los campamentos temporales de construcción, campamentos fijos y torres de
comunicación.
• Construcción e instalación de una torre para una antena de telecomunicaciones
donde se pueda colocar los equipos necesarios para darle cobertura a teléfonos
celulares.
• Realizar la construcción y operación de una pista de aterrizaje ubicada en las
cercanías de Lagunillas.
• Perforar pozo de reinyección de Agua de Producción e instalar una tubería para
descarga de agua de producción desde la planta.
• Realizar la construcción del campamento base de operaciones de TEPBO.
• Realizar el mejoramiento y construcción de los caminos de acceso necesarios a
y entre las diferentes instalaciones del proyecto, entre ellos el acceso a la
33. Planta de Gas y al Campamento Base de Operaciones desde el ingreso a
Caraparicito (ruta nacional N° 6), el camino que vincula el Campamento base y
la Planta de Gas, camino entre la Planta de Gas y el Relleno Sanitario, y la
construcción de un camino alternativo entre la población de Caraparicito y la
Quebrada Itangua, (Incluir referencia Trazado preliminar acceso alterna a
Itangua) de tal forma de desviar el camino actual que cruza áreas restringidas
de la Planta de Gas.
• Para el abastecimiento de agua durante la fase de operación se prevé la
perforación de varios pozos de agua y/o la perforación de un pozo de agua
profundo.
• Realizar el tendido de una tubería desde las fuentes de abastecimiento de agua
hasta la Planta de Gas.
• Realizar el tendido provisional de una línea para transportar agua desde el río
Parapetí hasta la Planta de Gas como fuente alternativa de provisión de agua
(solo para la fase de construcción)
• Realizar todas las actividades asociadas con la operación y mantenimiento de
los pozos (intervención de pozos y mantenimiento de obras civiles).
• Instalación de campamentos temporales para el alojamiento de personal
asociados con operaciones especiales.
Cuadro 3: TCO y comunidades afectadas con la construcción del Campo Aquío e
Incahuasi
Fuente: Ministerio de Hidrocarburos y Energía
Comunidad
Área de influencia
de proyecto TCO Municipio Departamento
Caraparicito
Caminode acceso,
plantay líneasde
recolección
AltoParapeti
Lagunillas Santa Cruz
Aratical Pozosde agua Campesina
34. b) Área de influencia: El área de influencia directa del Proyecto se encuentra
únicamente la comunidad indígena Caraparicito, perteneciente a la TCO de Alto
Parapeti.
La comunidad de Caraparicito está situada a 25 kilómetros de la capital del
Municipio de Lagunillas, y está asentada desde diciembre 2010 en un área que
fuera revertida por el gobierno nacional a favor de la Capitanía Zonal Alto
Parapetí el 06 de diciembre del 2010, cuenta con 173 habitantes, 98 mujeres y 75
hombres
c) Costo económico del Proyecto: La implementación del presente proyecto
implica para TEPBO, una inversión de aproximadamente $US 360.000.000
(Trescientos sesenta millones de dólares americanos).
1.4.6.2. AQUÍO X-1001: Total E&P Bolivie, Sucursal Bolivia, (TEPBO) y Tecpetrol,
suscribieron con Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB) en acto
público el 27 de octubre de 2006 un contrato de operación para el bloque Aquío,
que fue protocolizado el 2 de mayo de 2007 ante la Notaria de Gobierno.
a) Objetivos del Proyecto La finalidad de este proyecto conjunto es incrementar la
producción comercial de hidrocarburos, para abastecer el mercado interno y la
exportación de gas e hidrocarburos líquidos comprometidos por YPFB a Brasil y
Argentina.
b) Ubicación del proyecto: El pozo AQUIO X-1001 estará en el municipio de
Lagunillas, provincia Cordillera, departamento de Santa Cruz; a 50 Km al
noroeste de la ciudad de Camiri y a 20 Km. al oeste de la población de Ipati. El
pozo AQUIO X-1001 estará en el sector este de la serranía Incahuasi, cerca de la
ruta nacional que une las poblaciones de Ipati y Muyupampa. El punto de
perforación del pozo se encontrará en el interior de Caraparicito, en su sector
este, fuera de la Reserva Privada de Patrimonio Natural Caraparicito.
El asentamiento más cercano al pozo es la comunidad Caraparicito, ubicada al
este del pozo. El pozo se encontrará dentro del área de la demanda territorial de
la TCO Alto Parapetí
35. c) Inversión del Proyecto: La inversión aproximada para el proyecto asciende a
los $us 45,000,000.00 (cuarenta y cinco millones de dólares americanos 00/100)
d) Área de influencia:
Comunidad de Aratical: Punto clave en la movilización de equipo pesado.
Corresponde a las siguientes coordenadas geográficas (UTM UPS –WGS -
84): S19 20 K 430848 7820130 a 969 metros sobre el nivel del mar.
Comunidad de Caraparicito: Lugar donde se realizarán las operaciones de
la perforación y es la zona más sensible del proyecto.
Comunidad Indígena de Moco Mocal: También será un punto de paso de
los camiones que transportarán el equipo pesado desde la capital cruceña
hasta el sitio donde se realizará la perforación. Corresponde a las siguientes
coordenadas geográficas (UTM UPS –WGS - 84): 20 K 437857 7818031 a
1033 metros sobre el nivel del mar.
1.4.6.3. Perforación del Pozo ICS X-1: Total E&P Bolivie, Sucursal Bolivia, (TEPBO) y
Tecpetrol, suscribieron con Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB)
en acto público el 27 de octubre de 2006 un contrato de operación para el bloque
Aquío, que fue protocolizado el 2 de mayo de 2007 ante la Notaria de Gobierno.
a) Objetivos del Proyecto La finalidad de este proyecto conjunto es incrementar la
producción comercial de hidrocarburos, para abastecer el mercado interno y la
exportación de gas e hidrocarburos líquidos comprometidos por YPFB a Brasil y
Argentina.
b) Ubicación del proyecto: El pozo ICS X-1 se encuentra en. El pozo ICS X-1
estará en el sector este de la serranía Incahuasi, cerca de la ruta nacional que
une las poblaciones de Ipati y Muyupampa. El punto de perforación del pozo se
encontrará en el interior dela comunidad de Caraparicito, en su sector este, fuera
de la Reserva Privada de Patrimonio Natural Caraparicito.
El asentamiento más cercano al pozo es la comunidad Caraparicito, ubicada al
este del pozo. El pozo se encontrará dentro del área de la demanda territorial de
la TCO Alto Parapetí
36. c) Inversión del Proyecto: La inversión aproximada para el proyecto asciende a los $us
45, 000,000.00 (cuarenta y cinco millones de dólares americanos 00/100)
Figura 2: Pozo Incahuasi X-1
Fuente: Eco-Terbo
1.4.6.4. Perforación del Pozo Incahuasi 2 (ICS-2): TOTAL E&P Bolivie, en forma
posterior a la perforación del pozo ICS X-1, cuyas pruebas resultaron positivas,
con las cuales se descubrieron importantes reservas de gas en la región, en ese
sentido, la compañía ha realizado actividades de exploración, mediante
actividades de prospección sísmica 3D, en los bloques Ipati y Aquio. Asimismo
los resultados preliminares de esta actividad permitieron programar la perforación
del pozo ICS-2
a) Ubicación del proyecto: El poso incahuasi X-2 se encuentra ubicado en el
municipio de lagunillas del Departamento de Santa Cruz. Específicamente en la
comunidad de Caraparicito perteneciente al Territorio de la TCO Alto Parapeti.
37. b) Objetivo del proyecto: Comprobar y evaluar el potencial de las reservas
hidrocarburíferas de las estructuras geológicas identificadas a través de estudios
anteriores en el sector sur de la estructura.
c) Inversión del proyecto: la inversión estimada para el proyecto es de 45.000.000
$us, y breve la generación de alrededor de 110 fuentes de trabajo, entre el
personal capacitado y no capacitado.
Área de influencia: El lugar donde se realizó las operaciones de perforación es la
comunidad de Caraparicito y es la zona más sensible.
1.4.6.5. Incahuasi x-3: TOTAL E&P Bolivie, en forma posterior a la perforación del pozo
ICS X-1, cuyas pruebas resultaron positivas, con las cuales se descubrieron
importantes reservas de gas en la región, en ese sentido, la compañía ha
realizado actividades de exploración, mediante actividades de prospección
sísmica 3D, en los bloques Ipati y Aquio. Asimismo los resultados preliminares de
esta actividad permitieron programar la perforación del pozo ICS-2, programado
para la siguiente perforación, y posteriormente se tiene prevista la perforación y
el tendido de la línea de recolección del pozo INCAHUASI,(ICS – 3),
Figura 3: Poszo incahuasi 3
Fuente: Eco –Terbo
38. a) Localización del proyecto: El proyecto estará ubicado en el Bloque Ipati, Municipio
de Lagunillas, Provincia Cordillera del departamento de Santa Cruz,
aproximadamente a 22 km lineales al noroeste de la ciudad de Camiri y 6 Km al
Sudeste de la población de Muyupampa.
El pozo Incahuasi - 3 estará ubicado en previos privados al este de la serranía
Incahuasi, cercano de la ruta y DDV existente del ducto de YPFB Transportes S.A.,
que une las poblaciones de Muyupampa-Iviyeca-Camiri.:
b) Objetivo: Evaluación e investigación profunda de yacimientos de hidrocarburos en el
sector norte del campo Incahuasi, siendo el principal objetivo la exploración de las
formaciones Huamampampa y Santa Rosa, considerando profundidades de 4.720 y
6.200 – 6.400 mbbp respectivamente.
c) Área de Influencia:
Caraparicito: Predio revertido a favor de la Capitanía Zonal Alto Parapeti, por
donde se ingresa para llegar a la zona de operaciones de la perforación, y es la
zona sensible sobre todo por el tránsito del proyecto.
Comunidad Indígena de Iviyeca: Zona donde se realizaran los trabajos de
perforación, además que se encuentra ubicada cuenca abajo, hay probabilidades
de que sea afectada por riesgo de contaminación en casos de contingencias.
Comunidad Indígena de Tasete: Comparte la cuenca con la comunidad de
Iviyeca y sensible de ser afectada por riesgo de contaminación de cuerpos de
agua, en casos de contingencias.
d) Costos Económicos: El costo total de inversión del proyecto está estimado en $us.-
71.000.000 (Treinta y nueve millones de Dólares Americanos).
1.4.6.2 Líneas laterales: La producción de "Desarrollo y Explotación del Campo Aquío e
Incahuasi de, gas y condensado, será evacuada mediante los ductos laterales del
presente Proyecto. en esta Fase como empresa operadora esta Total E&P
Bolivie.
39. Figura 4: Líneas Laterales
Fuente: Tecno-Terbo
a) Objetivo: Es aumentar la capacidad actual de exportación de gas y condensados
en volúmenes de 6,5 MMm3/d promedio anual de gas y 930 m3/d de
condensados, y así incrementar los ingresos del País mediante la exportación de
gas para países beneficiarios.
construcción de una línea lateral desde la planta de gas hasta las inmediaciones
de la estación de compresión de Taquiperenda, para su interconexión con el
sistema Troncal de Transporte. Tendrá una extensión aproximada de 102,9 km, y
un diámetro de 30´´ y será protegido con material especial para evitar la corrosión
del ducto y deterioro del ambiente.
construcción de una línea lateral de condensado de la planta de gas hasta el
oleoducto Camiri-Santa Cruz (ocsz-2), de YPFB transporte en la población de
Quiriquirigua, tendrá una extensión aproximada de 15,98 km.
40. b) Alcance del Proyecto: La etapa inicial para el desarrollo de los campos consiste
en la ejecución del Proyecto Líneas Laterales.
La Construcción de Ducto Lateral de Gas comprende el tendido de una línea
desde la planta de gas hasta el ducto GSCY (YPFB Transporte) y/o GASYRG
(Transierra). El ducto de transferencia de gas tendrá aproximadamente 102 km y
un diámetro de 30”. La elección de la ruta más conveniente para el trazo se
estableció en base a criterios de seguridad e integridad tomando en cuenta la
geología y topografía de la zona. Junto con el gasoducto lateral se instalará un
cable de energía eléctrica y uno de fibra óptica para comunicaciones, desde la
Planta de Gas hasta la Estación de Medición localizada en Taquiperenda.
El gasoducto contará con un sistema de protección catódica, una estación de
medición que se instalará en el extremo opuesto a la Planta de Gas, en esta
estación se instalará un sistema de venteo frío, el área de la misma será
desmontada.
El gasoducto lateral contará con tres válvulas de seccionamiento, de las cuales,
la válvula intermedia tendrá una instalación de venteo frío.
Construcción de Ducto Lateral de Condensados comprende el tendido de una
tubería desde la Planta de Gas hasta el ducto de YPFB Transporte de
condensados (OCSZ-2). El ducto tendrá aproximadamente 16 km de extensión y
un diámetro de 8”.
El DDV de este ducto compartirá el DDV del ducto de transferencia de gas en
prácticamente todo su recorrido (paralelo). Por tal razón, la adecuación del DDV
para este ducto se considera dentro de la actividad de desbroce y adecuación del
DDV para el ducto de transferencia de gas.
Junto con el oleoducto lateral se instalará un cable de energía eléctrica y uno de
fibra óptica para comunicaciones, desde la Planta de Gas hasta la Estación de
Bombeo localizada en Quiriquirigua.
El oleoducto contará con un sistema de protección catódica y con una estación
de bombeo que se instalará en el extremo opuesto a la Planta de Gas, en esta
estación se instalará un sistema de bombeo para alcanzar la presión de entrada
al oleoducto de transporte, el área de la misma será desmontada.
41. c) Tierras Comunitarias de Origen (TCO)
Las líneas laterales atravesarán por cuatro TCO todas pertenecientes al pueblo
guaraní. Cada una de estas TCO se caracteriza porque no son territorios
continuos y cruzan por diferentes municipios. Destaca el caso de la TCO de Alto
Parapetí cuyo territorio está, en el Departamento de Santa Cruz, en los
municipios de Lagunillas, Camiri y Cuevo; y en el departamento de Chuquisaca
en el Municipio de Villa Vaca Guzmán. Asimismo, está la TCO Charagua Sur
(Boyuibe) que abarca gran parte del municipio de Charagua y Boyuibe y la
Capitanía Zonal Kaami cuyo territorio se extiende por los municipios de Camiri,
Boyuibe, Charagua y Cuevo.
Cada una de las cuales presenta importantes particularidades.
Cuadro 4: TCO y comunidades afectadas por las Líneas Laterales
Comunidad
Área de
influencia
de proyecto
TCO Municipio Departamento
1 Caraparicito
línea
laterales de
gas y
condensado
ALTO
PARAPETI
lagunillas
santa cruz
2 Mboreviti
línea lateral
lateral de
condensado
IUPAGUASU
3 Pampa
Redonda
línea lateral
de
condensado
4 Irenda
línea lateral
de gas
5 Urundaiti
líneas lateral
de gas
6 Cañon de
Segura
línea lateral
de gas
7 Piedritas
línea lateral
de gas
KAAMI Camiri
8 Alto Camiri
línea lateral
de gas
9 Guirarapo
línea lateral
de gas
10 Puente Viejo
línea lateral
de gas
42. 11 Imbochi
línea lateral
de gas
12 Guapoy
línea lateral
de gas
13 Yuti
línea lateral
de gas
14 Salinas
línea lateral
de gas
Cuevo
15 Takiperenda
línea lateral
de gas
Parapitiguasu
Capitanía
Boyuibe
Charagua
16 Takuarandi
línea lateral
de gas
Boyoibe
17 Yukeriti
línea lateral
de gas
18
Pozo del
Monte
línea lateral
de gas
19 laguna
kamantindi
línea lateral
de gas
20 Quirikirigua
línea lateral
de gas
Campesina Lagunillas
Fuente: Ministerio de Hidrocarburos y Energía
TCO Alto Parapetí: En el área de influencia se encuentra la TCO Alto Parapeti3,
ubicada en los departamentos de Santa Cruz y Chuquisaca, provincias Cordillera
y Luis Calvo. La TCO tiene una población de más de 2.219 habitantes, en su
mayoría conformada por jóvenes y niños.
La estructura organizativa de la TCO Alto Parapetí responde a una asamblea zonal
donde están representadas las 17 comunidades, las que eligen al Capitán Zonal y
a los responsables del PISET zonal (producción, educación, salud, infraestructura,
tierra y territorio, género y recursos naturales). Finalmente, se cuenta con 17
capitanes comunales elegidos por las asambleas comunales.
Resultado del proceso de saneamiento, a febrero 2011, se tiene 67.650 Has.
Tituladas sobre una superficie demandada de 162.487 Has., 42% de la superficie
demandadas.
La Capitanía Boyuibe: La Capitanía Boyuibe se encuentra inmersa en los
municipios de Lagunillas y Gutiérrez de la Provincia Cordillera del Departamento
43. de Santa Cruz. Cuenta con una población de 1954 personas distribuidas en
catorce comunidades que conforman la Capitanía de Boyuibe.
Resultado de la admisión de demanda de TCO presentada en 1997, se inmovilizó
la superficie de 54.387 Has., habiéndose logrado a la fecha la dotación,
adjudicación y consolidación de la Capitanía Boyuibe de aproximadamente 33.000
Has. Orgánicamente, 14 son las comunidades afiliadas a la Capitanía Iupaguasu, y
se encuentran distribuidas en los municipios de Lagunillas y Gutiérrez. La
comunidad que se encuentra en el área de influencia del Proyecto de Líneas
Laterales es Irenda.
La organización interna de la capitanía cuenta actualmente con un sistema de
administración local compuesto por: una Asamblea Zonal, un Comité Ejecutivo
Zonal y responsables del PISET, instancia funcional facilitadora de los programas
y proyectos que la coordinadora de ONGs con sede en Camiri ejecuta en esta
población.
La TCO Kaami: La TCO Kaami es uno de los 10 distritos que componen el
municipio de Camiri, está conformada por 19 comunidades afiliadas
orgánicamente a la capitania de Kaami y está ubicada entre los municipios de
Camiri, Charagua, Boyuibe y Cuevo de la Provincia Cordillera del Departamento
de Santa Cruz.
Resultado de un proceso de organización interna, a través del cual se liberaron
gradualmente de su condición servidumbral, en 1984 se conforma la Capitanía de
Kaami. En 1997 presentó una demanda de TCO de 9.947 Has. Actualmente, y
resultado del proceso de saneamiento, cuenta con una superficie aproximada de
35.000 Has. Tituladas (con territorialidad discontinua). Cuenta con una población
de 4.392 habitantes guaraníes. En el año 2000, la Capitanía decidió constituirse
como Distrito Indígena.
La experiencia de Kaami se ha constituido en un ejemplo importante de una
práctica de gestión pública intercultural con importantes resultados como la
superación de las inequidades y la reducción de los niveles de discriminación
económica, política, social y cultural.
44. La TCO Charagua Sur (Parapitiguasu): La TCO Charagua Sur (Parapitiguasu)
está conformada por 17 comunidades y se encuentra ubicada entre los municipios
de Charagua y Boyuibe de la Provincia Cordillera del Departamento de Santa
Cruz. La población de la Capitanía es de aproximadamente 3.933 habitantes. Las
comunidades que se encuentran en el área de influencia del Proyecto Líneas
Laterales son Takiperenda, Takuarandi, Yukeriti, Pozo del Monte y Laguna
Kamatindi. La Capitanía de Parapitiguasu fue creada en el año 1990, tras su
esfuerzo social por la recuperación de su territorio. Se tiene información que en el
mes de julio 2013, esta Capitanía se dividió, creándose la nueva Capitanía
denominada zona Boyuibe. En 1997 presentó una demanda de TCO de 109.589
Has. Actualmente, y resultado del proceso de saneamiento, cuenta con una
superficie aproximada de 14.000 Has. tituladas.
d) Costos del proyecto
La implementación del presente proyecto implica para TEPBO, una inversión de
aproximadamente $US 240.000.000 (Doscientos cuarenta millones de dólares
americanos).
1.4.7. Antecedentes de compensaciones socio-ambientales en actividades
hidrocarburíferas a pueblos indígenas en Bolivia
La zona del chaco boliviano es el mayor productor de hidrocarburos y a causa de la
explotación hidrocarburíferas existen muchos impactos socio-ambientales que
dañan a los pueblos indígena y comunidades campesinas al cual existe normas
internacionales como nacionales con el fin de respetar y de reponer los daños
ocasionado por la explotación hidrocarburiferifera, según el decreto 2195, las
empresas petroleras y pueblos indígenas se rigen a este decreto.
45. a) Criterios considerados en el cálculo de la compensación:
1.4.8. Impactos socioambientales negativo, directo acumulativos y a largo plazo en
el campo Aquío Bloque Aquío y el Campo Incahuasi Bloque Ipati.
El campo Aquío e Incahuasi al igual que todas las plantas petroleras genera
cambios y alteraciones en la vida de los pueblos indígenas donde éstas se
realizan.
La repentina aparición de personal técnico ajeno al entorno natural, la maquinaria
pesada, el ruido, la apertura de zanjas y muchas otras actividades transforman los
territorios y el hábitat en general, así como los hábitos de comunidades y pueblos
que se encuentran dentro del área de influencia hidrocarburíferas.
Tipo de proyecto
Antecedentes históricos de pago de
compensación.
Niveles de impactos de la actividad
Población afectada
Costo inversión del Proyecto
Derechos colectivos de los Pueblos Indignas
46. En algunos casos, se aplican compensaciones; pero, en otros, los pueblos
indígena originario campesinos son los que menos beneficio reciben por la
explotación de recursos naturales provenientes de sus tierras y territorios.
Los impactos socio-ambientales que se puede identificar son muchos entre ellos
tenemos dos tipos de impactos: los cuantificables –que se pueden medir- y los
impactos intangibles–que no son medibles-, generalmente, éstos son más de
carácter cualitativo y básicamente están relacionados con la estructura cultural.
1.4.8.1. Descripción de Impactos Socioambientales generados en la cadena de
producción de hidrocarburos
Impacto acumulativo: Es aquel que, al prolongarse en el tiempo, la acción de la
causa incrementa progresivamente su gravedad o beneficio.
Impacto sinérgico: Es aquel que se produce cuando el efecto conjunto de la
presencia simultánea de varias AOP genera impactos socio-ambientales mayores
que la suma de los efectos individuales. Asimismo, se incluye en este tipo aquel
efecto cuyo modo de acción induce en el tiempo a la aparición de otros nuevos.
Impacto a corto, mediano y largo plazo: Es aquel cuya incidencia puede
manifestarse dentro del tiempo comprendido en un ciclo anual, antes de cinco
años, o en un período superior, respectivamente.
Impacto socio-ambiental negativo, directo, acumulado y a largo plazo: Son
impactos tipificados en la normativa boliviana y son el requisito previo para que las
poblaciones impactadas sean recompensadas por parte de los Titulares
(empresas) de las actividades hidrocarburíferas. Este hecho se da siempre y
cuando los impactos sociales, ambientales, económicos y culturales reúnen todos
los parámetros que hacen que el impacto sea simultáneamente negativo, directo,
acumulado y a largo plazo.
Impacto negativo: Es aquel efecto que se genera cuando la actividad, obra o
proyecto genera una pérdida de valor en uno o varios aspectos sociales,
económicos o culturales.
47. Impacto directo: Es aquel efecto que genera la actividad, obra o proyecto cuando
afecta o incide de forma inmediata en uno o varios aspectos de los factores
sociales, económicos o culturales.
Acumulado: Cuando la afectación de la actividad, obra o proyecto puede ser
prolongada en el tiempo y, en su momento, el impacto o efecto se puede
incrementar progresivamente e incidir en uno o varios aspectos sociales,
económicos o culturales.
A largo plazo: Cuando el efecto de la AOP se prolonga por una duración superior
a 10 años e incide en uno o varios aspectos sociales, económicos o culturales.
a) Impactos económicos
Impacto en la estructura económica de las comunidades y territorios: Se
considera impactos en la estructura económica aquellos que generan la pérdida o
aumento de tierras productivas, de la producción agrícola, de la disponibilidad de
recursos naturales, de ingresos; modificación de las reglas de comercialización de
productos y servicios, disminución o aumento de precios, incremento o
disminución de la oferta y demanda de empleo.
Impacto a la propiedad o tenencia de la tierra: Se refiere a las afectaciones a la
propiedad, sea ésta individual o colectiva. Por ejemplo, afectaciones a la actividad
agrícola, destrucción parcial o total de cultivos y la práctica de la ganadería
(reducción de pastizales o áreas disponibles para el ramoneo).
Impacto en la economía de la familia: Se refiere al incremento de los ingresos
en la economía familiar y a la creación de fuentes de trabajo temporal. La
contratación de mano de obra local puede contribuir o ayudar a mejorar
temporalmente la economía familiar.
Impacto en la dinámica económica: El incremento de personas en las
comunidades o ciudades donde se desarrollan diferentes actividades y la
movilización de personal puede promover la adquisición de insumos y servicios
48. que pudiesen encontrarse en las comunidades; también puede encarecer el costo
de vida e incrementar la demanda de productos.
Aumento del costo de vida: Puede generarse el incremento en el precio de los
alimentos y otros bienes, así como presión en el uso de recursos de la comunidad
y, eventualmente, también perturbar la tranquilidad de los pobladores.
b) Impactos en el espacio territorial: Tierra - Territorio – Recursos Naturales
Se entiende como Tierra Comunitaria de Origen (TCO) a los espacios geográficos
que constituyen el hábitat de los pueblos y comunidades indígenas y originarias, a
los que tradicionalmente han tenido acceso y donde mantienen y desarrollan sus
propias formas de organización económica, social y cultural, de modo que
aseguran su sobrevivencia y desarrollo.
Impacto en áreas agrícolas y ganaderas: Es la alteración en los espacios donde
la comunidad realiza sus actividades agrícolas, habitual y tradicionalmente; así
como el área donde el ganado se alimenta (ramonea) y descansa. Este impacto se
refiere a las afectaciones tanto al área como al ganado mayor y menor que existe
en las poblaciones y propiedades.
Reproducción de animales: Podría afectar a la reproducción de los animales
silvestres, debido a que las actividades que habitualmente no se realizan dentro de
los espacios territoriales comunitarios pueden asustarles. Esto ocasionaría que se
reduzca la población de las especies silvestres y que, por ejemplo, disminuya, la
producción de miel.
Alimentación de los animales: También afecta en la alimentación de los
animales con el incremento del tráfico de vehículos, apertura de zanjas, tendido de
tuberías y otras actividades de la AOP ocasiona que el ganado no pueda caminar
libremente, por ejemplo para ir a tomar agua.
Pérdida de recursos naturales – Agua: Las actividades, obras y proyectos
pueden modificar las corrientes naturales de agua que alimentan a los atajados,
49. lagunas, huertas, chacos, bañados y otros, generando la escasez de agua,
alterando el área natural.
Plantas medicinales: Las Tierras Comunitarias de Origen o Tierras Indígenas
Originarias Campesinas establecen su propia gestión territorial y manejo del
territorio. Estos espacios tienen varios usos y destinos (para el espacio urbano,
crianza de animales, producción, medicinas naturales y otros); al mismo tiempo,
los comunarios y comunarias destinan su espacio territorial a áreas comunales, de
reserva y de protección, donde existen varios recursos naturales que las
comunidades disponen, entre ellos se encuentran las plantas medicinales, las
cuales son recolectadas y utilizadas permanentemente por los pobladores.
Incremento del ruido – huida o alejamiento de los animales silvestres: En los
espacios territoriales de las comunidades, los comunarios realizan actividades de
caza de animales silvestres que son de carácter social, cultural y económico (como
alimentación complementaria).
Explotación de recursos maderables: La tala de los árboles maderables y el
robo de la madera es un problema en los territorios guaraníes. Los comunarios
manifiestan que esta actividad se realiza por las noches y que también podría
afectar a la seguridad comunal, considerando que la realización de muchas
actividades hidrocarburíferas contempla la apertura de caminos.
Impactos en los recursos forestales maderables y no maderables: Está
referida a la afectación de los recursos forestales de uso comunitario, tanto para la
alimentación, fabricación de instrumentos, casas, cercas o artesanías.
Impacto en áreas de caza y pesca: Es la alteración a los espacios donde la
comunidad, habitual y tradicionalmente, se provee de la fauna, a través de la caza,
para diversificar su dieta alimentaria. Este impacto está referido a las afectaciones
tanto al área como a la práctica de la caza. En el caso de la pesca, impacta en las
fuentes de agua donde existen especies piscícolas consumidas por la población y
en la cantidad del producto que se extrae de ella.
c) Impactos culturales y sociales
50. Estos impactos son muchas veces intangibles y difíciles de medir; sin embargo, las
poblaciones afectadas identifican de manera precisa los efectos o cambios que la
actividad hidrocarburífera genera en su cotidiano vivir; en su forma de vida; en su
organización; en sus usos, costumbres normas y procedimiento propios.
Impacto en el sistema cultural: Estos impactos pueden afectar a la estructura
organizacional, a los procesos de aculturación, pérdida de identidad cultural, a las
normas y procedimientos propios, interferencia a la vida cotidiana, prácticas
culturales o rituales–religiosos, cambios en las aspiraciones y expectativas de la El
incremento del ruido, podría alejar a los animales silvestres existentes.
Falta de conocimiento de las formas de vida de los indígenas: Las
comunidades indígenas campesinas originarias tienen diferentes hábitos y
costumbres. Muchas veces el personal de las empresas petroleras no conocen o
no respetan las formas de vida existentes. Este desconocimiento podría afectar los
hábitos y costumbres de las comunarias y comunarios, y, en consecuencia, se
podrían generar conflictos entre los comunarios y las empresas que trabajan en el
sector.
Impactos en espacios sagrados: Están referidos a la invasión a espacios que los
pueblos indígena originario campesinos consideran importantes, y que son parte
de sus creencias, cosmovisión y bienestar espiritual; así como espacios de
recreación, de interacción social y cultural, y sitios de importancia en el
aprovechamiento de sus recursos.
d) Impactos en la dinámica demográfica
Alteración de los flujos migratorios en las poblaciones que se encuentran dentro
del área de influencia de la AOP
Incremento poblacional: Las actividades generarán impactos en el modo de vida
de la población, considerando la movilización de personal y de otras personas
ajenas al proyecto; pero que podrían movilizarse hacia el área con fines
comerciales. El aumento de la población, aun siendo temporal, puede ocasionar
conflictos al interactuar con las población de la comunidad.
51. e) Impactos en el modo de vida
Son los cambios que pueden ocurrir en la cotidianidad de la vida de una
población, referidos a afectaciones sobre el uso de recursos naturales, aumento
en la demanda de servicios, conflictos en el uso de recursos – sobre todo-
hídricos, perturbación de la seguridad pública y/o privada y desagregación
familiar.
Desplazamiento y traslado de los niños al colegio: Generalmente, la
población en edad escolar se debe desplazar a pie, en bicicletas o a caballo o
burro a otras comunidades que ofertan el servicio. El incremento vehicular puede
afectar al desplazamiento de niños, niñas y jóvenes, asustar a los animales o
generar accidentes
f) Impactos sobre la salud de la población
En el área de salud existen otro tipo de impactos como incremento de
enfermedades contagiosas o enfermedades asociadas a la contaminación del
agua y del aire atribuible a la actividad de hidrocarburos, alteración en las
costumbres alimentarias y modificación de la estructura de servicios de salud
pública.
Propagación e incremento de enfermedades: El aumento de personas en la
zona, puede constituirse en un factor de transmisión de enfermedades, puede
darse también un aumento en la incidencia de enfermedades de transmisión
sexual, alcoholismo, prostitución o embarazos no deseados.
Salud y seguridad pública: Se considera impacto a la seguridad y salud
pública el incremento de enfermedades infecciosas, incluso aquellas
sexualmente transmisibles, enfermedades asociadas a la contaminación,
alteración de las costumbres alimentarías y modificaciones en la estructura de
servicios de salud pública.
52. Propagación e incremento de enfermedades: En muchas comunidades que se
encuentran cercanas al área de influencia de las actividades petroleras, existen
enfermedades endémicas como el mal de chagas, tuberculosis y otras
enfermedades agudas asociadas a las IRAS (infecciones respiratorias) y EDAS
(enfermedades estomacales). Sin embargo, por el incremento del tráfico
vehicular podrían presentarse enfermedades asociadas a la contaminación del
agua y de los gases de los camiones, apareciendo enfermedades en la piel, los
pulmones, la vista y problemas estomacales.
Acceso a servicios de salud pública: Generalmente, la atención médica se
realiza con base en la red de servicio de salud municipal. Por otro lado, en
muchas comunidades también existen postas o centros de salud que brindan
atención médica (diaria, semanal o de acuerdo con la planificación existente)
donde acuden otros comunarios del Área de Influencia y que no cuentan con este
servicio.
g) Impactos en la infraestructura y en el patrimonio histórico: Existen otros
impactos manifestados en la pérdida o alteración de la infraestructura local, de
transporte público, recreación, educación y salud, servicios básicos y otros; así
por ejemplo, una AOP puede afectar la infraestructura caminera.
Afectación al patrimonio arqueológico, histórico y paleontológico: En
muchas comunidades del Pueblo Guaraní pertenecientes a las Tierras
Comunitarias de Origen o Tierras Indígenas Campesinas se encuentran espacios
históricos de la guerra del Chaco, restos arqueológicos y otros.
g) Impactos en la organización social
Son los cambios que pueden darse en la estructura organizativa a las
comunidades de los pueblos indígenas originarios campesinos, es la interferencia
en las relaciones sociales que pueden generar conflictos de intereses o malos
entendidos.
53. Cambio en el comportamiento social: Los empleos que ofrecen las AOP, en
muchos casos, están mejor remunerados que los existentes en el área de
influencia. Las aspiraciones personales de los comunarios pueden cambiar y
provocar que busquen empleo de calidad, similar a los de la AOP fuera de sus
comunidades.
Embarazos en mujeres de las comunidades: A pesar de que muchas empresas
petroleras tienen un código de ética para los trabajadores a ser contratados. El
relacionamiento de trabajadores con mujerela embarazada o niños sin padre.
1.5. Cobertura
El presente trabajo puede tener un alcance:
ACADÉMICO
En lo académico la presente tiende a favorecer a nuestra universidad sirviendo
como material de apoyo de investigación a otras investigaciones que se hagan
posteriormente y también sirviendo como fuente de consulta para cualquier persona
interesada en presente tema abordado.
SOCIO-CULTURAL.-SOCIO AMBIENTAL
Las comunidades indígenas son las que más sufren de impactos socioambientales
generados por el Campo Aquío e Incahuasi pero con esta norma 2195 compensara
los impactos no mitigables estos según al decreto, los otros impactos identificados a
lo largo de las actividad petrolera deben ser manejados a través de los planes de
prevención y mitigación ambiental descripto en el estudio de evaluación ambiental del
proyecto
54. ECONÓMICO
Al aplicar la norma 2195 correctamente, se dará el buen uso a a las compensaciones
de parte de las empresas petroleras y los dirigente encargado del pueblo guaraní
beneficiando a toda la comunidad que es afectada.
55. II. OBJETIVOS
2.1. Objetivo General
Analizar los criterios de pagos de las compensaciones y su relación con los impactos
socio-ambientales en el desarrollo del campo Aquio e Inchuasi en el marco del
decreto 2195
2.2. Objetivos Específicos
Analizar los criterios de los pagos de compensación de acuerdo al decreto 2195 y
su aprobación por parte de los pobladores de las zonas afectadas por la actividad
hidrocarburíferas.
Análisis y evaluación de la aplicación del decreto supremo 2195 referido al campo
Aquío e Incahuasi.
Identificar los impactos socio-ambientales producidos en todas las actividades del
capo Aquío e Incahuasi.
Analizar los criterios y parámetros de pago de compensación socio-ambientales y
de impactos que genera el campo Aquío e Incahuasi.
57. Fuente: Tecno-TERBO
El Campo Aquío e Incahuasi se encuentra ubicado en la zona del chaco boliviano
en la provincia Cordillera, municipio Lagunillas, a 200 kilómetros al norte del
Campo Sábalo y bordeando la Serranía Incahuasi.
3.2. Materiales
Como instrumentos de investigación aplicados los materiales utilizados son:
58. Tablero
Material bibliográfico
Equipo de computación
Guía de entrevista
Lapicero
Archivador
Cuaderno de campo
cámara fotográfica
3.3. Estrategias de intervención
La presente investigación se caracteriza por tener un enfoque de carácter no
experimental y descriptivo:
Es no experimental ya que solo nos basamos en analizar las leyes y norma
en base al medio ambiente y parte hidrocarburíferas.
Será descriptivo por que se describirá cada ley y norma en relación al tema
de compensación en el área de hidrocarburos.
3.3.1. Organización interna
Dentro de la organización interna, se realizó este trabajo con la coordinación del
director de carrera, como también el asesor, tribunal y docentes involucrados en la
concertación del presente trabajo, para así poder recolectar datos precisos.
3.3.2. Coordinación externa
De acuerdo a la estrategia de intervención planteada para este trabajo de grado se
centralizo en la búsqueda de información para posteriormente analizarla y sacar
conclusiones, también se visitó sitios de internet, consultas bibliográficas, con la
ayuda del docente asesor.
59. 3.3.3. Promoción – difusión
Para la promoción y difusión del presente trabajo de investigación será en:
Página web.
Biblioteca virtual.
Biblioteca de universidades.
Biblioteca pública.
Enciclopedia libre
3.3.4. Muestra y tamaño de la muestra
Para este trabajo se recolecto la información mediante encuetas que se realizó a
personas con relación al tema abordado, también se recolecto información de
boletines informativos encuestas e internet. Más referente en base a las leyes
normas que hay en compensaciones.
3.3.5. Recolección de Información
Entrevista con el personal responsable sobre el tema abordado, quienes
proporcionaron información de primera mano para desarrollar esta
investigación.
Consultas bibliográficas que aporten al desarrollo del trabajo
Consultas a internet para lograr el enriquecimiento del tema abordado
Elaboración del marco teórico con la ayuda de las bibliografías y el internet.
Analizar minuciosamente la información obtenida para su explicación
correspondiente.
Conclusiones que especifican los criterios referentes a posibles a soluciones a
ser aplicadas a la problemática.
3.3.6. Recolección de datos
Para el análisis de pago de compensación los datos que se tomaron en cuenta fue
del Campo Aquío e Incahuasi en sus cinco actividades que se da como: proyecto
60. de la construcción de la planta Aquío e Incahuasi, Pozo Aquío X-1001, Pozo ICS
X-1, Pozo ICS-2, Pozo ICS-3, Lineas Laterales.
Para la obtención de información, se logró conseguir de la Capitanía Alto
Parapetí, Secretaria de RRNN, y personal responsable del Monitoreo Socio
Ambiental de la TCO Ato Parapetí
3.3.7. Procesamiento de la Muestra
Obtenidos todos los datos necesarios se procede al análisis e interpretación de la
misma para su posterior sistematización.
61. 3.3.8. Instrumentos de Seguimiento
Cuadro 5: Compensación de impactos socioambientales en TCO´s por el Campo Aquío e Incahuasi
No.
PueblosIndígena
TCOSafectadas
Comunidades
afectadas
Totalcomunidades
afectada
Tipodeactividad
Hidrocarburíferas/pr
oyecto
Añodeejecución
EmpresaEjecutora
Costodeproyecto
($us)
Impactossocio-
ambiental
identificados
Monto Compensado ($us)
%Decompensación
enrelaciónala
inversión
1
AltoParapetí
Caraparicito, 189.000
257.538 0.071
Iviyeca, Tacete,
Yaitti, Alto Carapari,
Bajo Carapari,
Ivicuati, Timboirenda,
Huaraca, Buena
Vista, Yapumbia,
Itakuatia, Yeyora,
Colorada
13
ConstruccióndelaplantaAquío
eIncahuasi
2010
YPFBAndinaS.A,TotalE&P
Bolivie
360,000,000.00 7 68.538,00
64. Iupaguasu
Mboreviti, Urundaiti,
Caño de Segura,
Iguasurendad, Itaimi,
Tënta P+au,
Kurupaiti, Kuruyuki,
EL Tunal,
Mocomocal, Los
Pozos Potrerillos,
Pampa Redonda,
Moreviti, Irenda, La
Junta.
17 8
Parapitiguasu
Salinas, Takiperenda,
Takuarandi, Yukeriti,
Pozo del Monte,
laguna kamantindi,
Quirikirigua
18 8
Fuente: Evaluación Propia
65. Cuadro 6: Impactos socioambientales identificados en el campo Aquío e Incahuasi
DETALLE DE IMPACTOS SOCIO-AMBIENTALES IDENTIFICADOS EN EL CAMPO AQUÍO E INCAHUASI
No.
PueblosIndígena
TCOSafectadas
Comunidade
s afectadas
Totalcomunidades
afectada
Tipodeactividad
Hidrocarburíferas/
proyecto
Empres
a
Ejecuto
ra
Costo de
proyecto ($)
Detalle de Impactos socioambientales identificados
Cantidadde
Impactos
Factor
Ambiental
Medio
Descripción de Impacto
1
AltoParapetí
Caraparicito
, Iviyeca,
Tacete,
Yaitti, Alto
Carapari,
Bajo
Carapari,
Ivicuati,
Timboirenda,
Huaraca,
Buena Vista,
Yapumbia
13
ConstruccióndelaplantaAquíoe
Incahuasi
YPFB
Andina
S.A,
Total
E&P
Bolivie
360.000.000 7
Agua,
suelo, Aire,
Ruido
fauna,
Flora,
socio-
economico,
socio-
cultural,
Físico,Biológico
Agua:Manejo y disposición de residuos sólidos,
Operación y mantenimiento de los ductos de agua .
Suelo:erocion del suelo compactacion al suelo,
contaminacion al suelo. Fauna: Incremento en la
mortandad animal. Flora:Existente en el área de
influencia del proyecto, principalmente se relacionan con
las actividades de desmonte y desbroce de la vegetación
durante las actividades de adecuación del DDV y áreas
para las instalaciones de la planta de gas e instalaciones
anexas. Ruido:Maquinaria utilizada para las distintas
actividades de construcción de los diferentes
componentes del proyecto. Aire: Emisión de gases de
combustión, generados por los motores de lamaquinaria
pesada y equipo de construcción, Socioeconomico-
cultural:Alteracion del pisaje natural de la TCO Y
afectación al Ñandereko
66. 2
Altoparapeti
Caraparicito
, Iviyeca,
Tacete,
Yaitti, Alto
Carapari,
Bajo
Carapari,
Ivicuati,
Timboirenda,
Huaraca,
Buena Vista,
Yapumbia
13
posoAquíoX-1001
YPFB
Andina
S.A,
Total
E&P
Bolivie
45,000,000.00 8
agua,
suelo,
fauna,
socio-
economico,
socio-
cultural,tierr
a y
territorio,
organizativ
o
FísicoyBiológico,Humano
Flora y Fauna: Destrucción total del bosque (Flora y
Fauna silvestre) Perdida de los refugios de la fauna,
diminución en la distribución vegetal Ruptura de ciclos
biológicos. Suelo: Erosiones y arrastres de residuos
contaminantes. Agua: Sequedad en los ojos de agua.
Posible contaminación de las aguas por derrame de
combustible y lubricantes Bajo caudal de los ríos
provocara posibles desabastecimientos del recurso.
Aire: Emisión de gases de combustión, generados por
los motores de lamaquinaria pesada y equipo de
construcción. Educación: Distracción y perjuicios de
niños y jóvenes estudiantes Alteración en el estilo de
vida de las comunidades Orgánico: Al interior de las
comunidades, capitanías y la dirección Nacional
inestabilidad política por conflictos de intereses
económicos.Socio-cultural:Perdida de los usos y
costumbres por la injerencia de personas extrañas
proceso y actividades petroleras, innovación y cambios
de los estándares de vida de las comunidades.
67. 3
Altoparapeti
Caraparicito
, Iviyeca,
Tacete,
Yaitti, Alto
Carapari,
Bajo
Carapari,
Ivicuati,
Timboirenda,
Huaraca,
Buena Vista,
Yapumbia
13
PosoIncahuasix-1
YPFB
Andina
S.A,
Total
E&P
Bolivie
45,000,000.00 8
agua,
suelo,
fauna,
socio-
económico,
socio-
cultural,tierr
a y
territorio,
organizativ
o
FísicoyBiológico,Humano
Flora y Fauna: Destrucción total del bosque (Flora y
Fauna silvestre) Perdida de los refugios de la fauna,
diminución en la distribución vegetal Ruptura de ciclos
biológicos. Suelo: Erosiones y arrastres de residuos
contaminantes. Agua: Sequedad en los ojos de agua.
Posible contaminación de las aguas por derrame de
combustible y lubricantes Bajo caudal de los ríos
provocara posibles desabastecimientos del recurso.
Aire: Emisión de gases de combustión, generados por
los motores de lamaquinaria pesada y equipo de
construcción. Educación: Distracción y perjuicios de
niños y jóvenes estudiantes Alteración en el estilo de
vida de las comunidades Orgánico: Al interior de las
comunidades, capitanías y la dirección Nacional
inestabilidad política por conflictos de intereses
económicos.Socio-cultural:Perdida de los usos y
costumbres por la injerencia de personas extrañas
proceso y actividades petroleras, innovación y cambios
de los estándares de vida de las comunidades.