2. DEFINICONES IMPORTANTES
Consultor de Obras:
La persona natural o jurídica que presta servicios
profesionales altamente calificados consistentes
en la elaboración del expediente técnico de
obras, así como en la supervisión de obras.
3. DEFINICONES IMPORTANTES
Cuaderno de Obra:
El documento que, debidamente foliado, se abre
al inicio de toda obra y en el que el inspector o
supervisor y el residente anotan las ocurrencias,
órdenes, consultas y las respuestas a las
consultas.
4. DEFINICONES IMPORTANTES
Expediente de Contratación:
Conjunto de documentos en el que aparecen
todas las actuaciones referidas a una
determinada contratación, desde la decisión de
adquirir o contratar hasta la culminación del
contrato, incluyendo la información previa
referida a las características técnicas, valor
referencial, la disponibilidad presupuestal y su
fuente de financiamiento.
5. DEFINICONES IMPORTANTES
Expediente Técnico de Obra:
El conjunto de documentos que comprende:
memoria descriptiva, especificaciones técnicas,
planos de ejecución de obra, metrados,
presupuesto de obra, fecha de determinación del
presupuesto de obra, Valor Referencial, análisis
de precios, calendario de avance de obra
valorizado, fórmulas polinómicas y, si el caso lo
requiere, estudio de suelos, estudio geológico, de
impacto ambiental u otros complementarios.
6. DEFINICONES IMPORTANTES
Factor de relación:
El cociente resultante de dividir el monto del
contrato de la obra entre el monto del Valor
Referencial.
Metrado:
Es el cálculo o la cuantificación por partidas de la
cantidad de obra a ejecutar.
7. DEFINICONES IMPORTANTES
Gastos Generales:
Son aquellos costos indirectos que el contratista
debe efectuar para la ejecución de la prestación
a su cargo, derivados de su propia actividad
empresarial, por lo que no pueden ser incluidos
dentro de las partidas de las obras o de los
costos directos del servicio.
8. DEFINICONES IMPORTANTES
Gastos Generales Fijos:
Son aquellos que no están relacionados con el tiempo
de ejecución de la prestación a cargo del contratista.
Gastos Generales Variables:
Son aquellos que están directamente relacionados con
el tiempo de ejecución de la obra y por lo tanto pueden
incurrirse a lo largo del todo el plazo de ejecución de la
prestación a cargo del contratista.
9. DEFINICONES IMPORTANTES
Obra:
Construcción, reconstrucción, remodelación,
demolición, renovación y habilitación de bienes
inmuebles, tales como edificaciones, estructuras,
excavaciones, perforaciones, carreteras,
puentes, entre otros, que requieren dirección
técnica, expediente técnico, mano de obra,
materiales y/o equipos.
10. DEFINICONES IMPORTANTES
Obra similar:
Obra de naturaleza semejante a la que se desea
contratar.
Partida:
Cada una de las partes o actividades que
conforman el presupuesto de
una obra.
11. DEFINICONES IMPORTANTES
Prestación:
La ejecución de la obra, la realización de la
consultoría, la prestación del servicio o la
entrega del bien cuya contratación se regula en
la Ley de Contrataciones y en su Reglamento.
12. DEFINICONES IMPORTANTES
Prestación adicional de obra:
Aquella no considerada en el expediente técnico,
ni en el contrato, cuya realización resulta
indispensable y/o necesaria para dar
cumplimiento a la meta prevista de la obra
principal.
13. DEFINICONES IMPORTANTES
Prestación adicional de obra:
Aquella no considerada en el expediente técnico,
ni en el contrato, cuya realización resulta
indispensable y/o necesaria para dar
cumplimiento a la meta prevista de la obra
principal.
14. DEFINICONES IMPORTANTES
Prestación adicional de obra:
Aquella no considerada en el expediente técnico,
ni en el contrato, cuya realización resulta
indispensable y/o necesaria para dar
cumplimiento a la meta prevista de la obra
principal.
15. DEFINICONES IMPORTANTES
Presupuesto adicional de obra:
Es la valoración económica de la prestación
adicional de una obra que debe ser aprobado por
la Contraloría General de la República cuando el
monto supere al que puede ser autorizado
directamente por la Entidad.
17. DEFINICONES IMPORTANTES
Ruta Crítica del Programa de Ejecución de
Obra:
Es la secuencia programada de las actividades
constructivas de una obra cuya variación afecta
el plazo total de ejecución de la obra.
18. DEFINICONES IMPORTANTES
Tramo:
Parte de una obra que tiene utilidad por sí misma.
Valorización de una obra:
Es la cuantificación económica de un avance
físico en la ejecución de la obra, realizada en un
período determinado.
.
19. SISTEMAS DE CONTRATACION .
Sistema a suma alzada:
Aplicable cuando las cantidades, magnitudes y
calidades de la prestación estén totalmente
definidas en las especificaciones técnicas, en
los términos de referencia o, en el caso de
obras, en los planos y especificaciones técnicas
respectivas. El postor formulará su propuesta
por un monto fijo integral y por un determinado
plazo de ejecución.
20. SISTEMAS DE CONTRATACION.
Tratándose de obras, el postor formulará dicha
propuesta considerando los trabajos que resulten
necesarios para el cumplimiento de la prestación
requerida según los planos, especificaciones
técnicas,
memoria descriptiva y presupuesto de obra que
forman parte del Expediente Técnico, en ese orden
de prelación; considerándose que el desagregado
por partidas que da origen a su propuesta y que
debe presentar para la suscripción del contrato, es
referencial.
21. SISTEMAS DE CONTRATACION.
Sistema de precios unitarios, tarifas o
porcentajes: Aplicable cuando la naturaleza de
la prestación no permita conocer con exactitud o
precisión las cantidades o magnitudes
requeridas.
22. SISTEMAS DE CONTRATACION.
En el caso de obras, el postor formulará su
propuesta
ofertando
precios
unitarios
considerando las partidas contenidas en las
Bases, las condiciones previstas en los planos y
especificaciones técnicas, y las cantidades
referenciales, y que se valorizan en relación a
su ejecución real y por un determinado plazo de
ejecución.
23. MODALIDADES DE EJECUCION
CONTRACTUAL .
Llave en mano:
Si el postor debe ofertar en conjunto la
construcción,
equipamiento y montaje hasta la puesta en
servicio de determinada obra, y de ser el caso la
elaboración del Expediente Técnico. En el caso de
contratación de bienes el postor oferta, además de
éstos, su
instalación y puesta en funcionamiento.
24. VALOR REFERENCIAL .
Concurso oferta:
Si el postor debe ofertar la elaboración del
Expediente Técnico, ejecución de la obra y, de ser
el caso el terreno. Esta modalidad sólo podrá
aplicarse en la ejecución de obras que se
convoquen bajo el sistema a suma alzada y siempre
que el valor referencial corresponda a una Licitación
Pública. Para la ejecución de la obra es requisito
previo la presentación y aprobación del Expediente
Técnico por el íntegro de la obra.
25. VALOR REFERENCIAL .
En la contratación para la ejecución de obras,
corresponderá al monto del presupuesto de obra
establecido en el Expediente Técnico .
26. VALOR REFERENCIAL .
Este presupuesto deberá detallarse considerando la
identificación de las partidas y subpartidas necesarias de
acuerdo a las características de la obra, sustentándose
en análisis de precios unitarios por cada partida y
subpartida, elaborados teniendo en cuenta los insumos
requeridos en las cantidades y precios o tarifas que se
ofrezcan en las condiciones más competitivas en el
mercado. Además, debe incluirse los gastos generales
variables y fijos, así como la utilidad.
.
27. VALOR REFERENCIAL .
El presupuesto de obra deberá estar suscrito
por los consultores y/o servidores públicos que
participaron en su elaboración y/o aprobación,
según corresponda.
28. VALOR REFERENCIAL .
En la ejecución de obras bajo la modalidad de
concurso oferta, el valor referencial deberá
determinarse teniendo en cuenta el objeto de la
obra
y su alcance previsto en los estudios de
preinversión que dieron lugar a la viabilidad del
correspondiente proyecto, así como el resultado
del estudio de las posibilidades de precios de
mercado. .
29. VALOR REFERENCIAL .
En el caso de consultoría de obras deberá
detallarse, en condiciones competitivas en el
mercado, los honorarios del personal propuesto,
incluyendo gastos generales y la utilidad, de
acuerdo a los plazos y características definidos
en los términos de referencia del servicio
requerido .
30. VALOR REFERENCIAL .
El presupuesto de obra o de la consultoría de
obra deberá incluir todos los tributos, seguros,
transporte, inspecciones, pruebas, seguridad en
el trabajo y los
costos laborales respectivos conforme a la
legislación vigente, así como cualquier otro
concepto que le sea aplicable y que pueda
incidir sobre el presupuesto .
31. VALOR REFERENCIAL .
Cuando el valor referencial es observado por los
participantes, el Comité Especial deberá poner en
conocimiento de la unidad orgánica competente para su
opinión y, si fuera el caso, para que apruebe un nuevo
valor referencial, verificando que se cuente con la
disponibilidad presupuestal y poniendo en conocimiento
de tal hecho al funcionario que aprobó el Expediente de
Contratación. En caso el nuevo valor referencial
implique la modificación del tipo de proceso de
selección convocado, este será declarado nulo .
32. VALOR REFERENCIAL .
Para convocar a un proceso de selección, el valor
referencial no podrá tener una antigüedad mayor a
los seis (6) meses, tratándose de ejecución y
consultoría de obras.Para el caso de ejecución de
obras que cuenten con Expediente Técnico, la
antigüedad del valor referencial se computará
desde la fecha de determinación del presupuesto
de obra consignada en el Expediente Técnico.
En el caso de consultoría de obras, la antigüedad
del valor referencial se computará desde la
aprobación del expediente de contratación.La fecha
de aprobación del Expediente de Contratación
deberá ser consignada en las Bases. .
33. EXPEDIENTE TÉCNICO DE
OBRA .
El conjunto de documentos que comprende:
memoria descriptiva, especificaciones técnicas,
planos de ejecución de obra, metrados,
presupuesto de obra, fecha de determinación
del presupuesto de obra, Valor Referencial,
análisis de precios, calendario de avance de
obra valorizado, fórmulas polinómicas y, si el
caso lo requiere, estudio de suelos, estudio
geológico, de impacto ambiental u otros
complementarios.
34. EXPEDIENTE DE
CONTRATACIÓN .
Conjunto de documentos en el que aparecen
todas las actuaciones referidas a una
determinada contratación, desde la decisión de
adquirir o contratar hasta la culminación del
contrato, incluyendo la información previa
referida a las características técnicas, valor
referencial, la disponibilidad presupuestal y su
fuente de financiamiento.
35. EXPEDIENTE DE
CONTRATACIÓN .
El Expediente de Contratación se inicia con el
requerimiento del área usuaria.Dicho Expediente debe
contener la información referida a las características
técnicas de lo que se va a contratar, el estudio de las
posibilidades que ofrece el mercado, el valor referencial,
la disponibilidad presupuestal, el tipo de proceso de
selección, la modalidad de selección, el sistema de
contratación, la modalidad de contratación a utilizarse y
la fórmula de reajuste de ser el caso.
.
36. EXPEDIENTE DE
CONTRATACIÓN .
En todos los casos en que las contrataciones estén
relacionadas a la ejecución de un proyecto de inversión
pública, es responsabilidad de la Entidad:
1. Que los proyectos hayan sido declarados viables, en el
marco del Sistema Nacional de Inversión Pública.
2. Que se tomen las previsiones necesarias para que se
respeten los parámetros bajo los cuales fue declarado viable
el proyecto, incluyendo costos, cronograma, diseño u otros
factores que pudieran afectar la viabilidad del mismo.
37. EXPEDIENTE DE
CONTRATACIÓN .
Tratándose de obras, se adjuntará el Expediente
Técnico respectivo y, cuando corresponda, la
declaratoria de viabilidad conforme al Sistema
Nacional de Inversión Pública. En la modalidad
de concurso oferta no se requerirá el Expediente
Técnico, debiéndose anexar el estudio de
preinversión y el informe técnico que sustentó la
declaratoria de viabilidad, conforme al Sistema
Nacional de Inversión Pública.
38. EXPEDIENTE DE
CONTRATACIÓN .
En el caso de obras bajo la modalidad de llave
en mano, si éstas incluyen la elaboración del
Expediente Técnico, se deberá anexar el
estudio de preinversión y el informe técnico que
sustentó la declaratoria de viabilidad, conforme
al Sistema Nacional de Inversión Pública.
39. EXPEDIENTE DE
CONTRATACIÓN .
Una vez aprobado el Expediente de
Contratación, se incorporarán todas las
actuaciones que se realicen desde la
designación del Comité Especial hasta la
culminación del contrato, incluyendo las ofertas
no ganadoras. Debe entenderse por ofertas no
ganadoras aquellas que fueron admitidas y a las
que no se les
otorgó la Buena Pro.