Voladura Controlada Sobrexcavación (como se lleva a cabo una voladura)
03 ESPECIFICACIONES TECNICAS GENERALES.doc
1. MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE TENIENTE
MANUEL CLAVERO
GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA, DESARROLLO URBANO Y RURAL
ESPECIFICACIONES TECNICAS GENERALES
Proyecto : “CREACIÓN DE LOSA DEPORTIVA EN LA COMUNIDAD DE PUERTO VELIZ,
DISTRITO DE TENIENTE MANUEL CLAVERO, PROVINCIA DE PUTUMAYO –
DEPARTAMENTO DE LORETO"
Este documento técnico ha sido elaborado teniendo en consideración los
siguientes criterios:
1.0 Alcances
Los alcances de estas especificaciones técnicas cubren todas las obras
contractuales consideradas dentro del presupuesto referencial de obra. Todo
material, mano de obra, equipos y herramientas empleados en el proyecto
estarán sujetos a verificación y aprobación del ingeniero inspector y/o
supervisor, ya sea en almacén de distribución de los centros de abastos o en
obra. Indistintamente se verificará la calidad y característica del material a
utilizarse y si fuera el caso se someterá a pruebas de calidad. Asimismo, se
evaluará minuciosamente el comportamiento de la mano de obra calificada y
no calificada, así como el uso adecuado y oportuno de las herramientas y
equipos en obra.
1.01 Definiciones
Las siguientes definiciones usadas en el texto de las presentes
especificaciones técnicas significarán lo expresado a continuación, a menos
que se establezcan claramente otro significado:
a) Entidad Contratante, La Municipalidad Distrital de las Amazonas, es una
de las partes contratante, personificada por el titular de pliego (alcalde) y
los representantes legales debidamente autorizados (funcionarios).
b) Contratista, Es la otra parte contratante, será aquella persona natural o
jurídica (firma o corporación) o una combinación de las anteriores, cuya
propuesta ha sido aceptada por la entidad contratante e incluye los
representantes personales del contratista, o los sucesores y
contrataciones personales permitidos.
c) Inspector y/o Supervisión de Obra, Será planteada por la oficina de
desarrollo urbano e infraestructura de la Municipalidad Distrital de las
Amazonas, la misma que designaran a un ingeniero civil colegiado y en
habilidad profesional, para controlar directa y permanentemente la
ejecución de la obra.
d) Residente de Obra, Significa el representante del contratista en el sitio de
la obra con plenos poderes para representarlo y actuar por este durante la
ejecución de los trabajos contractuales, dicho personal técnico deberá ser
ingeniero civil habilitado en el ejercicio de la profesión.
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e) Contrato, Significa el documento firmado entre la entidad contratante y el
contratista, y donde incluye todas las cláusulas pactadas por ambos y la
proyección del cumplimiento de las especificaciones técnicas, planos,
metrados, análisis de costos, presupuesto y demás documentos fijados en
el contenido del expediente técnico y lo que establezca la Ley y su
Reglamento de Contrataciones del Estado.
f) Obras, Incluirá tanto las obras provisionales o temporales, permanentes y
complementarias.
g) Obras Provisionales o Temporales, Significa todas las obras de carácter
provisional o temporales de cualquier clase que sean y que se requieran
para la buena ejecución de la obra.
h) Obras Permanentes y Complementarias, Son las obras que serán
ejecutadas de acuerdo con lo estipulado en el contrato y partidas
establecidas en el presupuesto referencial de obra.
i) Planos, Significa aquel contenido obligatorio y adjunto del expediente
técnico definitivo, la misma que fue elaborado, modificado y corregido por
el proyectista en su momento, para luego ser evaluado y aprobado por la
entidad y posteriormente por el inspector y/o supervisor de obra para el
proceso constructivo.
Los planos elaborados después de la firma del contrato para mejor
explicación o para mostrar los detalles más genéricos en la ejecución de la
obra, serán denominados planos complementarios y obligarán al
contratista plantear con el mismo ímpetu que los planos de obras iníciales
elaborado por el proyectista. Además, de ser este el caso los que
elaboraran dicho contenido de modificación será el contratista, pero previa
opinión técnica del ingeniero inspector y/o supervisor y proyectista.
j) Proyecto, Significa la realización de todo el planteamiento en obra de los
objetivos y metas trazadas en el expediente técnico definitivo.
l) Documentos de Contratación, Lo conforman la opinión presupuestal de
ejecución de obra, aprobación del expediente técnico definitivo, aprobación
del expediente de contratación, designación del comité de adjudicación de
obra, aprobación de bases administrativas del proceso de selección y
documentos pertinentes a la entidad contratante hasta la firma de contrato
de ejecución de obra.
1.02 Obra Considerativa
El contratista suministrará toda la mano de obra, dirección técnica, materiales,
equipos, herramientas, combustible, agua, generación de energía eléctrica y
el abastecimiento de otros medios de construcción necesarios y adecuados
para la correcta ejecución y terminación de la obra.
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El contratista obtendrá y pagará la licencia y permisos correspondientes.
Asimismo, deberá proteger la obra durante su ejecución y ejecutará todas las
partidas de obra compatibles con la seguridad de vida, y respetando la
propiedad de terceros de acuerdo con los documentos del proceso de
selección y los del contrato.
El contratista mantendrá limpia las áreas consideradas en el proyecto durante
la construcción de la obra hasta su recepción. El contratista reparará y
construirá todas las estructuras y propiedad que a juicio del ingeniero
inspector y/o supervisor fueran dañadas o afectadas en la ejecución de obra.
El contratista mantendrá las instalaciones y campamentos que fueran
necesarias según lo establezca el contrato, así como los equipos y
maquinarias que se requieran para ejecutar las obras eficientemente y ha
satisfacción del ingeniero inspector y/o supervisor. Se utilizará únicamente
equipos de eficiencia comprobada, el contratista será el único responsable por
la calidad y garantía prestada de los mismos, aunque el inspector y/o
supervisor haya dado su aprobación.
2.0 Planos
El tamaño de las láminas está planteado de acuerdo al criterio lógico del
proyectista y donde se está respetando los parámetros de acotamiento de las
escalas y formatos en la especialidad de arquitectura, estructuras,
instalaciones sanitarias y eléctricas.
2.01 Planos del Proyecto
El trabajo a ejecutarse en el presente Proyecto se demuestra en los planos de
arquitectura, estructuras, instalaciones sanitarias, instalaciones eléctricas,
detalles complementarios y cuadros de especificaciones técnicas.
La clasificación de los planos se indica en el membrete y con numeración de
identificación, siendo de carácter indispensable la colocación del propietario
(entidad) y del consultor (proyectista) en cada lámina para cualquier tipo de
consulta en el momento del proceso de selección y constructivo. Además,
adicionalmente los planos llevarán la rúbrica de los profesionales que
participaron en la elaboración del estudio a nivel de expediente técnico
definitivo. Asimismo, están bien definidas las dimensiones y acotamientos de
los trabajos proyectado para la ejecución de las partidas contractuales.
Los planos durante el proceso constructivo en caso de ser necesario un
mayor detalle técnico durante la ejecución de obra, éstos se repararán según
lo dispuesto en el contrato de ejecución, pero previa aprobación del ingeniero
inspector y/o supervisor de obra e opinión del proyectista.
El ingeniero inspector y/o supervisor como representante de la entidad deberá
aprobar cualquier modificación o detalle constructivo en obra, así como la
interpretación fiel o ampliación a las especificaciones técnicas; no tendrá
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derecho a un mayor costo que el establecido en los precios unitarios del
presupuesto de obra y contrato suscrito.
Para efecto de este evento se sujetará a las causales y procedimiento
estipulado en la Ley y su Reglamento de Contrataciones del Estado.
2.02 Planos Complementarios
Cuando existe opinión del ingeniero inspector y/o supervisor, y se hace
forzoso explicar mas detalladamente los trabajos que se van a ejecutar o es
necesario ilustrar mejor la obra o puede requerirse mostrar algunos cambios,
este profesional planteara conjuntamente con el residente de obra y
proyectista cualquier cambio adicional al proyecto inicial. Este incrementado
recibe el nombre de planos complementarios, lo que debe ser acompañado
de especificaciones técnicas constructivas y serán entregados al contratista y
entidad contratante.
2.03 Planos de Obra
El contratista preparará y someterá a la aprobación del ingeniero inspector y/o
supervisor los planos de replanteo al término de cada labor de obra. Los
planos de obra serán numeradas y llevarán fecha, serán identificados con el
nombre del proyecto, sección de las obras y la ubicación de las mismas.
La ubicación significa el emplazamiento físico con relación con otras
secciones de las obras. No se aceptarán para revisión dibujos standard o
típicos a menos que se muestre en ellos completa identificación o información
complementaria colocada en tinta o máquina, presentando en lo genérico lo
siguiente: Ver ítem 2.01. En caso de que los planos de obra muestren
discrepancias con los requerimientos del contrato, el contratista en su carta de
remisión hará referencia a ello, requerimiento sin el cual no se tendrá en
cuenta dicha discrepancia. La aprobación de los planos constituye la
aprobación del asunto específico presentado únicamente y no otra estructura,
material o equipo, o para la aprobación de los planos de manera general y no
librará al contratista de la responsabilidad por la exactitud de los mismos ni
por el suministro de materiales o trabajos requeridos por el contrato no
indicado en los planos.
Ningún trabajo no contenido en los planos de obra, será ejecutado antes de
que estos hayan sido aprobados por el ingeniero inspector y/o supervisor y
haber recibido la conformidad de la entidad contratante; dicha conformidad
será anotada por el inspector y/o supervisor en el cuaderno de obra. El
procedimiento para la aprobación de los planos de obra será como siguen:
El contratista enviará tres (03) copias de los planos de obra para su
aprobación por el ingeniero inspector y/o supervisor.
Los planos se acompañarán con una carta conteniendo todas las
indicaciones que identifiquen fundamentalmente la necesidad de la
aprobación de dichos planos.
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Cuando los planos de obra son encontrados satisfactoriamente por el
ingeniero inspector y/o supervisor, se las fechará y se les estampará el sello
de APROBADO, devolviéndose una copia de éste al contratista, el cual
insertará la fecha de los planos aprobados.
Si un plano no es satisfactorio al ingeniero inspector y/o supervisor
estampará en él la leyenda DEVUELTO PARA SU CORRECCIÓN, y se
devolverá una copia de éste al contratista, indicando las correcciones y
cambios necesarios. El contratista efectuará las correcciones y presentará
nuevamente tres (03) copias de los planos para su aprobación.
2.04 Planos de Obras Complementarias
Si lo requiere el ingeniero inspector y/o supervisor, el contratista someterá
para su aprobación, detalles completos, incluyendo planos, de cualquier obra
provisional que el contratista decidiera por conveniencia constructiva, mas no
así, aquellos trabajos no complementados en los planos, y que a juicio del
ingeniero inspector y/o supervisor o por requerimiento técnico se debe hacer.
Asimismo, si fuera requerido, el contratista también someterá cálculos de
esfuerzo, deformaciones y deflexiones que se originarán en los trabajos de
andamiaje tabla estocado, encofrado y otras obras provisionales y estos
cálculos se acompañarán de planos detallados de trabajo para mostrar las
propuestas del contratista. La aprobación por el ingeniero inspector y/o
supervisor de las propuestas del contratista, cálculos o planos, no exonerará
al contratista de cualquier de sus obligaciones o responsabilidades señaladas
en el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del estado y el
Contrato.
2.05 Planos de Replanteo
El contratista proveerá un juego de planos de replanteo completo, además de
todos los planos proporcionados por el propietario para detallar las partes de
las obras permanentes, ya sea que hayan sido oficialmente preparados por el
contratista o por el sub-contratista o proveedores.
Cada plano de replanteo será terminado y presentado al ingeniero inspector
y/o supervisor dentro de los quince (15) días calendarios de la fecha de
finalización de la obra en que él se detalla. Cada plano será certificado por el
contratista como un registro completo y preciso de la obra. La entrega del
plano de replanteo y su forma final será un requisito para la emisión de la
valorización final por parte del ingeniero inspector y/o supervisor.
3.0 Especificaciones
Las especificaciones técnicas son de carácter general y específico, es decir
comprende las descripciones, unidades de medidas, bases de pago y
métodos de construcción detallada del proceso constructivo de las partidas
contractuales del presupuesto de obra, desde su inicio hasta su culminación.
Toda obra cubierta en las especificaciones que no se muestren en los planos
o viceversa, tendrá el mismo valor como se registrara en ambos. Lo que no
esté considerado ni en los planos ni en las especificaciones pero que a juicio
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del ingeniero inspector y/o supervisor fuera necesario para cumplir con la obra
en general, será ejecutado por el contratista para mejora del proyecto, pero
esto sin tener que perjudicar económicamente al presupuesto de obra.
Pero si el caso fuese modificar el proyecto conllevará a una revisión e
evaluación por parte del Ingeniero Residente, inspector y/o supervisor de
obra, que posteriormente emitirá una opinión técnica favorable o
desfavorable, y se diera esta modificación deberá sustentarse en referencia a
la base legal de la Ley y su Reglamento de Contrataciones con el Estado.
4.00 Insumos
4.01 Generalidades
Todos los materiales, equipos, herramientas, mano de obra y método de
construcción de las partidas contractuales deberán regirse por las
especificaciones técnicas respectivas y detalladas en el presente proyecto. De
ninguna manera serán de calidad inferior a lo especificado; y las que fuesen
necesarias su inclusión posterior deberán acogerse al Reglamento Nacional
de Edificaciones (RNE), códigos de categorización, normas o estándar y
demás leyes u ordenanzas aplicadas a la construcción de obras civiles.
Además, todos los insumos deberán ser de primera y de calidad comprobada,
pues para su adquisición deberá comprarse a distribuidores que estén
estoqueados y presten garantía del caso, y que los que elaboran el producto
sea con obreros de mano de obra calificada.
El ingeniero inspector y/o supervisor de obra rechazará los insumos que no
conjuguen con las especificaciones técnicas descritas en el proyecto, más
aún si carece de sustento técnico y calidad requerida.
4.02 Fabricantes
Los fabricantes propuestos, distribuidores y proveedores de materiales,
equipos, herramientas, accesorios, instrumentos u otros serán sometidos a
verificación y aprobación del inspector y/o supervisor. Los insumos en
general deberán proceder de fabricantes de probada calidad técnica.
Cuando se junten dos o más piezas de material o accesorios de la misma
clase, tipo o clasificación para idénticos tipos de servicios, estos deberán
proceder del mismo fabricante, caso contrario se requerirá la aprobación
escrita del inspector y/o supervisor.
4.03 Suministro
El contratista deberá suministrar oportunamente los insumos y cantidades
requeridas para el objetivo y meta del proyecto. Para este fin deberá
abastecer al almacén de obra cantidades suficientes para asegurar el
cumplimiento de las programaciones y/o cronogramas de obras, y así poder
cumplir adecuadamente el inicio y término fijado en el contrato de ejecución.
Además, el contratista deberá coordinar y/o planificar la entrega del suministro
a obra con los proveedores responsable de la distribución de los insumos,
esto con el fin de evitar demoras o impedimentos en el proceso constructivo.
4.04 Cuidado y Protección
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El contratista será el único responsable por el cuidado, almacenamiento y
protección adecuada de todos los materiales, equipos, herramientas y obra
suministrada bajo los términos del contrato. Deberán en todo momento tomar
las precauciones para prevenir perjuicios o daños por cualquier causa
previsible, como el agua e intemperismo tanto a los materiales y equipos de
trabajos ejecutados. Todos los perjuicios y daños a los materiales, equipos,
herramientas y obra resultante de cualquier causa serán de responsabilidad
del contratista, quien los repondrá a su cuenta y asumirá el costo económico.
4.05 Herramientas y Accesorios
A juicio del ingeniero inspector y/o supervisor, obligará al contratista a
permanecer en obra un (01) juego de herramientas, accesorios o
instrumentos que pueden ser necesarios para cualquier imprevistos y
emergencia muy frecuente en obra como son: ajustar, operar, mantener o
reparar orificios, válvulas, etc.
5.00 Inspección y Pruebas
5.01 Generalidades
Si en la ejecución de alguna prueba, el ingeniero inspector y/o supervisor
determina que el material o equipo no está de acuerdo a lo establecido con
las presentes especificaciones técnicas u otro documento del contrato, el
contratista será notificado de este hecho y no se le permitirá el uso de dicho
material o equipo, removiéndolo prontamente del sitio o de la obra y será
reemplazada por otra calidad comprobada, sin costo adicional para la entidad
contratante.
Si en cualquier momento, la inspección y/o supervisión pruebe o analice y
revele que la obra tiene defectos de ejecución; materiales defectuosos o de
calidad inferior, manufacturada pobre, instalación mal ejecutada, uso excesivo
o inconformidad con los requerimientos de las especificaciones técnicas u otro
documento contractual, será rechazada y reemplazada o ejecutada
nuevamente a costo del contratista.
El contratista será responsable por el costo financiero y la operación aprobada
del equipo durante las pruebas y no podrá hacer ningún reclamo por los
daños que puedan ocurrir a las obras hasta la recepción final de las mismas.
5.02 Costos
El costo de las pruebas a los insumos suministrados y otras indicadas en las
especificaciones técnicas serán realizadas por el contratista, y este gasto
financiero será considerado como incluido en el presupuesto del contrato de
ejecución de obra.
El contratista será descontado, por los gastos incurridos en la ejecución de
pruebas de materiales y equipos hechas por la contratante. El contratista
suministrará la mano de obra, combustible, energía, agua, materiales, equipos
e instrumentos necesarios para la realización de las pruebas bajo su propio
costo.
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Finalmente, antes de la recepción final de obra se efectuarán las
inspecciones, supervisiones y pruebas finales que se especifiquen en los
contenidos del expediente técnico y documentos del contrato de obra.
5.03 Inspección de Insumos
El contratista notificará por escrito o mediante cuaderno de obra al ingeniero
inspector y/o supervisor, pero anticipadamente en la fecha en que tiene la
intención de comenzar la fabricación o llegada de los materiales
específicamente manufacturados para uso en obra, o como parte de la
construcción permanente. Para tal aviso debe adjuntar una solicitud de
inspección ocular, fecha de inicio, fecha de estimado de terminación, o de la
fabricación o llegada, preparación de materiales, etc.
El ingeniero inspector y/o supervisor tomará fotografías a colores durante el
proceso de ejecución de la obra, debiendo mostrar las partes importantes y
detalles que testifiquen el proceso constructivo de las partidas contractuales.
Estos eventos se sustentarán en un panel fotográfico ante la entidad
contratante.
El contratista reembolsará la presentación de las facturas y gastos que por
este concepto efectúe el ingeniero inspector y/o supervisor, pero siempre en
cuando no contemple en los gastos por inspección y/o supervisión, pero
teniendo cuidado de solicitar las copias de las mismas características.
5.04 Ensayos de Materiales
El contratista deberá suministrar y mantener todos los equipos y mano de
obra necesaria para efectuar los ensayos de materiales en campo que hayan
sido indicados en las especificaciones técnicas.
Cuando las especificaciones técnicas o planos indiquen "igual", "similar" o
"semejante", solo el ingeniero inspector y/o supervisor decidirá sobre la
igualdad, similitud o semejanza.
Los ensayos que no puedan efectuarse en campo y algún otro que determine
el ingeniero inspector y/o supervisor, deberán ser realizados en laboratorios,
aprobados o reconocidos de la zona. Todos los costos de estos ensayos,
informes y transporte de materiales correrán por cuenta del contratista.
5.05 Botiquín de Obra
El contratista mantendrá en almacén y/o oficina de obra un botiquín dotado de
medicamentos y material quirúrgico de primeros auxilios durante todo el
proceso constructivo de ejecución de obra.
6.00 Verificaciones Previas
Todas las dimensiones y niveles deberán ser verificados por el contratista
antes de iniciar los trabajos y si en ellas se encontrara algunas discrepancias,
deberá notificarlas de inmediato al ingeniero inspector y/o supervisor para
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realizar los ajustes, en base a las instrucciones que a tal efecto recibirá de
este último.
El contratista será responsable por la veracidad y corrección de estas
verificaciones previas, y por las correcciones de las posiciones, niveles,
dimensiones y alineamiento de todos los componentes de la obra, y por el
suministro todos los instrumentos, mano de obra, etc., que resulten
necesarios para realizarlas.
Las verificaciones de lo anterior que efectuará el ingeniero inspector y/o
supervisor, no releva al contratista de su responsabilidad por la exactitud de
ellas. En caso de existir divergencias entre los documentos del proyecto, los
planos tienen validez sobre las especificaciones técnicas.
El contratista deberá proteger y mantener todos los hitos, testigos y demás
marcas de carácter topográfico que sea dejadas para la verificación de los
trabajos.
7.00 Seguridad y Facilidades de la Obra
El contratista deberá mantener la obra ordenadamente, de manera limpia y
libre de todo escombro y otra materia extraña a las obras que sea objetable
por el ingeniero inspector y/o supervisor. Los materiales y equipos que no se
encuentren en uso deberán ser almacenados en áreas específicamente
establecidas para estos fines. Los materiales, equipos y herramientas
deberán están en buen recaudo por el personal responsable de su custodia.
En caso de ser requeridos por el ingeniero inspector y/o supervisor, el
contratista deberá controlar la cantidad de polvo que se produzca en el
desarrollo de las obras, por medio de riego y otros procedimientos aceptables
al ingeniero inspector y/o supervisor. El contratista deberá mantener en todo
momento la obra en condiciones de perfecto drenaje para prevenirla de
cualquier acumulación de agua que afecte el proceso constructivo. Asimismo,
el contratista deberá velar por la integridad física y mental del personal obrero
y técnicos que estén a cargo de la ejecución de la obra.
8.00 Servicios Existentes
El contratista será responsable de proteger y/o reubicar los servicios
existentes y si ellos fueran reubicados temporalmente para poder efectuar las
obras, deberá restaurar estos servicios en su posición y condición inicial antes
de entregar las obras.
Cualquier interrupción de servicios existentes que resulten inevitables, deberá
ser comunicada y consultada por el contratista para efectuar los arreglos
necesarios, con las autoridades locales involucradas y comunicar al ingeniero
inspector y/o supervisor antes de efectuar esta interrupción.
El contratista no podrá interrumpir o bloquear el tránsito, calles o avenidas
adyacentes existentes sin tener previamente el consentimiento de las
autoridades locales y del ingeniero inspector y/o supervisor
10. MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE TENIENTE
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9.00 Obras Temporales y Señalización
El contratista deberá construir en obra, previa aprobación del ingeniero
inspector y/o supervisor cualquier edificación de carácter temporal que pueda
requerir para su propio uso. Los planos y detalles de estas edificaciones y su
ubicación deberán ser aprobados por el ingeniero inspector y/o supervisor
antes de su elección.
El contratista se obliga a colocar los avisos de señalización de tráfico, peligro
de vehículos y peatones que sean necesarios durante la ejecución de la obra.
Asimismo, deberá coordinar con las autoridades locales y el ingeniero
inspector y/o supervisor, para efectuar las interrupciones del tráfico durante la
ejecución de las obras.
10.00 Calzaduras, Protección de Servicios y Edificaciones Existentes
Si durante la ejecución de las obras, fuera menester, efectuar calzaduras para
proteger servicios y edificaciones existentes, el contratista está obligado a
efectuar el proyecto y las obras respectivas, las cuales deberán ser
presentadas previamente al ingeniero inspector y/o supervisor para su
evaluación y aprobación.
11.00 Cuaderno de Obra
El contratista y la parte contratante aperturaran después del acto de la
entrega del terreno, un cuaderno de obra, el cual será sellado y visado en
todas sus páginas por el ingeniero residente, inspector y/o supervisor de obra.
En este documento se anotarán las indicaciones, órdenes, autorizaciones,
reparaciones, variantes, consultas, ampliaciones, deducciones, ampliaciones
de plazo, etc.; que se considera convenientes y necesarios durante el proceso
constructivo de ejecución de obra. El contratista, residente, inspector y/o
supervisor de obra registrarán y suscribirán en el cuaderno de obra todas las
ocurrencias suscitadas en el proceso constructivo. Asimismo, el cuaderno de
obra deberá ser legalizado por un notario público o juez de paz del lugar.