3. • Cuando hablamos de la investigación
participativa hay que tener en cuenta que es
un aprendizaje colectivo de la realidad,
basado en un análisis crítico con la
participación activa de los grupos
implicados, que se orienta a estimular la
práctica transformadora y el cambio social.
5. • es una forma de indagación introspectiva
colectiva emprendida por participantes en
situaciones sociales que tiene el objeto de
mejorar la racionalidad y la justicia de sus
prácticas sociales o educativas, así como su
comprensión de esas prácticas y de las
situaciones en que éstas tienen lugar.
7. • La investigación colaborativa se refiere a los
casos en que varias entidades –
normalmente de diferente naturaleza
compartiendo el interés por la ejecución de
un proyecto, el esfuerzo por desarrollarlo,
los riesgos y la propiedad de los resultados
conforme a su diversa contribución para
obtenerlos.
8. • Los participantes en un proyecto colaborativo se
asocian según las condiciones pactadas en un
acuerdo de consorcio que regula los
procedimientos de toma de decisiones y
estructura del consorcio, la contribución y papel
específico de cada socio, y la propiedad de los
resultados, entre otras cuestiones.
9. • Los aspectos clave que deben negociarse con
mayor detenimiento suelen afectar a la
propiedad del conocimiento previo que se
aporta por cada socio, a la propiedad de los
resultados que surjan del proyecto, y los cauces
que se prevé ayudarán a la explotación de los
mismos.
10. • se argumenta que es posible que los docentes
(o también otros profesionales prácticos)
mejoren sus habilidades o competencias ...