1. CENTROS PRIVADOS El titular es una persona física o jurídica de carácter privado. Estos centros pueden tener una determinada orientación ideológica que deberá hacerse pública mediante el documento llamado carácter propio. El resto de documentación es la siguiente:
2. CENTROS PRIVADOS Carácter propio Gestión económica y gestión personal Proyecto Educativo Programación general anual Reglamento régimen interno
3. CENTROS PRIVADOS REGLAMENTO RÉGIMEN INTERNO Contienen las normas y criterios de actuación que regulan la organización y el funcionamiento del centro escolar, el ejercicio de la función directiva y la participación de la comunidad educativa en la vida del centro
4. CENTROS PRIVADOS GESTIÓN ECONÓMICA Y GESTIÓN PERSONAL Es igual que el proyecto de gestión en los centros públicos pero se diferencian en que en los centros privados se goza de plena autonomía en la gestión de los recursos humanos
5. CENTROS PRIVADOS CARÁCTER PROPIO El titular de cada centro ejerce su derecho a establecer los principios que definen el tipo de educación que ofrece a las familias, sus criterios pedagógicos, el estilo de las relaciones en el seno de la comunidad educativa y con el entorno sociocultural, etc