En la sesión ordinaria del 7 de Mayo de 2014, los bloques del Frente Renovador y del Possismo impulsaron un despacho de comisión en el que se manifestó el rechazo al anteproyecto del Código Penal confeccionada por la Comisión Especial creada por Decreto Presidencial para tal fin. Además solicitaron al Poder Ejecutivo no enviar dicho anteproyecto al Congreso Nacional.
En tal sentido fije la posición de nuestro Bloque del PJ-FPV sobre tres razones fundamentales a favor del Reforma del Código y en contra de la Resolución prensentada por los concejales del Frente Renovador y el Possismo local.
Fragmentos de mi discurso en el HCD a favor del Anteproyecto de Código Penal
1. Tres razones para no acompañar la Resolución
1-Estamos de acuerdo con la Reforma del Código Penal y sobre todo con
garantizar el debate y la construcción de los consensos parlamentarios
necesarios frente a nuestra sociedad.
El Código Penal fue sancionado en 1921 hace 93años, es indispensable
ordenar este plexo normativo que ha sufrido más de 900 enmiendas o reformas
parciales, que afectaron su coherencia integral, generando una marcada
desproporcionalidad entre penas de distintos delitos.
El Anteproyecto fue elaborado por una Comisión que expresa la pluralidad en
la representación política, convocada por decreto presidencial, compuesta
por Ricardo Gil Lavedra (ex juez, ahora diputado de la UCR), María E.
Barbagelata (del FAP), Federico Pinedo (del PRO), León Arslanián (ex juez, ex
Ministro de Seguridad de la Provincia) y el juez de la Corte Raúl Zaffaroni.
Robert Carlés cumplió el rol del jurista coordinador. (Especial)
En el anteproyecto que actualmente se encuentra en un proceso de
exposición y debate con un plazo de 90 días antes de ser ingresado al
Congreso Nacional y ayer la Comisión de Legislación Penal de la Cámara de
Diputados de la Nación que preside el PRO fijo 4 Audiencias Públicas diversos
puntos del país para el tratamiento integral de los distintos proyectos
existentes.
Se incorpora 85 nuevos delitos, como el de genocidio; la desaparición forzada
de personas; el ciberacoso; la contaminación del medioambiente; el trabajo
indigno; etc. Asimismo, el Anteproyecto también aclara que la interrupción
del embarazo producto de violación no constituye delito e incorpora al
ámbito penal los delitos cometidos por empresas.
2-El Fin que persigue la campaña del “No a la Reforma del Código Penal”
por un lado es evitar el debate parlamentario tratando de impedir con un
simulacro de consulta popular que el Gobierno Nacional envíe el
anteproyecto para su tratamiento. Por primera vez en más de treinta años
de democracia plena, los legisladores de una fuerza política les piden a sus
votantes que los releven de su obligación de debatir en el Congreso, función
para la que fueron electos.
MASSA "Vamos a juntar cinco millones de firmas para impedir la reforma del
Código Penal. "El objetivo nuestro es que no manden el proyecto, tenemos
que generar conciencia para que no llegue al Congreso"
Dr. Pedro Del Piero comentó: “El No al Código, es la mejor acción
programática del Frente Renovador para que no nos lleven puesto”
Y por el otro, claramente se trata de una estrategia de posicionamiento
2. político-electoral con miras a las elecciones de 2015. Como hemos visto hace
algunos años se intentan construir una imagen de gestión ejecutiva para
sostener una candidatura presidencial, a través de la instalación de una
agenda legislativa, que aborde en apariencia cuestiones centrales del país,
pero que en realidad resultan una puesta en escena superficial e
inconsistente producto de una típica acción estrategia comunicacional que
suelen implementar los consultores de marketing político en un proceso de
campaña electoral permanente.
Diputado Gil Lavedra UCR, La Nación 27/03/14 Todo el mundo quiere
diferenciarse para hacer campaña. Nadie quiere quedar a los ojos de la gente
pegado a un anteproyecto que, según se les hace creer, favorece a los
delincuentes". "Agitar una preocupación legítima de la sociedad, como es la
inseguridad, en un debate de reglas del Código Penal que no se vincula,
directamente por lo menos -aunque sí de modo indirecto porque forma parte
del sistema penal-, a mí me parece que le hace mal a la democracia"
Federico Pinedo PRO, Radio El Mundo Marzo de 2014, sostuvo que el
massismo deberia estar ideando propuestas superadoras o que
complementen la discusion de la reforma del codigo penal en vez de oponerse
porque sí. “Yo entiendo que la gente de Massa ha decidido hacer politica con
esto y esto es un documento de trabajo nada mas diseñado por uno de los
jueces del juicio a las juntas militares, otro representante del radicalismo, Gil
Lavedra, una representante del socialismo y finalmente el presidente de la
corte suprema y yo como representante del PRO. Si hay una propuesta para
mejorar la ley, la tendrían que presentar como nosotros estamos haciendo
para mejorar las leyes de la nación. Ellos protestan y se ponen en
confrontación porque no están en la comisión"
Dip, Socialista FAP-UNEN Maria Elena Barbagelata, Es un Anteproyecto
que debe analizarse con rigor crítico y sentido constructivo. Que no excluye
las disidencias surgidas de un debate responsable y democrático que estoy
convencida debe enmarcarse en un contexto fuera de mezquindades
electorales y análisis parciales inexactos,
Hermes Binner, "(Este anteproyecto) nos obliga a debatir los temas concretos
y saber por dónde están los peligros principales. Después viene el tema de la
pena, que tiene que ser racional para el delito cometido. Este es un tema que
seguramente va a exigir debate.
El Frente Renovador se propuso con el afán de impedir el tratamiento en el
Congreso Nacional, juntar 5 millones de firma, que hasta el día de hoy según
informa la página web creada para tal fin suma unas 81mil. No queda claro
cuál es la intención porque el ámbito de debate democrático de los proyectos
legislativos es precisamente Congreso de la Nación, rol de representación
legitima para el que fueron elegidos los legisladores de esta fuerza política.
Los otros dos mecanismos constitucionales que garantiza la participación
ciudadana son la Consulta Popular y la Iniciativa Popular. Con respecto la
convocatoria a una consulta popular esta campaña de recolección de firmas,
carece de asidero porque la Constitución no prevé ese recurso para prohibir o
3. impedir la sanción de un proyecto de ley, sino por el contrario, para
impulsarlo. Mientras que el artículo 39° de nuestra constitución nacional
claramente descarta esta la posibilidad de la Iniciativa Popular al establecer
que “No serán objeto de iniciativa popular los proyectos referidos a reforma
constitucional, tratados internacionales, tributos, presupuesto y materia
penal”.
3- No estamos de acuerdo que a través de la sanción de este proyecto de
resolución estemos sentando un precedente desde esta institución de la
democracia que es el Concejo Deliberante del que formamos parte
integrante y en el que representamos la voluntad popular de nuestros
vecinos que nos eligieron para deliberar, legislar y controlar los actos de
gobierno, de manifestar el rechazo al envío del Poder Ejecutivo del
anteproyecto para su tratamiento y debate parlamentario en el Congreso
Nacional junto al resto de los proyectos de Reforma al Código Penal.
Expresarnos de esta manera sería desde este Honorable Cuerpo sería
contradecir el espíritu para el que fue concebida esta institución de la
democracia.