7. Reglamentos
internos
No proporcionara
información de ninguna
especie a personas
ajenas al condominio.
NOTA: Deberá contestar no soy la
persona indicada para dar esa
información
Datos personales
Capitulo III
Código Civil para el estado de Jalisco.
8. LIMITACIONES
• solo podrá hacer uso de la fuerza
conforme a su adiestramiento en
situaciones que pongan en peligro
el patrimonio y seguridad del
servicio ASÍ COMO SU INTEGRIDAD
FÍSICA O LA DE LOS
CONDÓMINOS.
Nunca meter mano en bolsos,
maletas, portafolios, limitando a
revisión visual solicitando a la persona
indicada la remoción de artículos para
observar correctamente.
9. No deberá fumar, comer, o ingerir
bebidas durante su servicio salvo
que acuda al área asignada para
tomar alimentos.
No deberá leer en servicio como
son revistas, periódico, etc.
LIMITACIONES
12. No deberán acumularse varios
elementos en un área si no existe
indicación alguna de su jefe
inmediato.
Prohibido mantener cualquier tipo
de relación con el personal que no
sea laboral.
LIMITACIONES
14. LIMITACIONES
Prohibido solicitar o aceptar cualquier
tipo de remuneración económica o en
especie de cualquier persona para
hacer o dejar de hacer algo.
17. RESPONSABILIDAD
Los pendientes que le sean entregados al turno entrante (que no
puedan ser terminadas por el turno saliente), deberán de darles
termino por completo, ya que no deberán de pasar más de 2 horas sin
darle termino a cualquier novedad
19. RESPONSABILIDAD
No permitir la salida de aparatos, mobiliario o cualquier
otro artículo a ninguna persona salvo con autorización de
salida por escrito del responsable del departamento
involucrado.
20. Control de Accesos
¿Qué es? Es la habilidad de permitir o denegar el uso de un acceso
(ingreso o salida) a un persona particular.
Clasificación:
◦ Vehicular
◦ Peatonal
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21. RESIDENTES
1. Llega a carril de Residentes (acceso
principal).
2. *Sistema detecta su TAG.
3. Ingresa y pasa por caseta de
seguridad.
4. Seguridad deberá:
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23. Vulnerabilidad de lectora de
tag y barrera.
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1. La distancia de la apertura.
2. El sistema de seguridad anti
golpes (ingreso de remolque).
3. Daños de lectoras.
26. Vulnerabilidad de tag.
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Vulnerabilidad del tag.
1. Se puede desprender y colocar
a otro vehículo.
2. Se puede dañar el micro que
filtra (sobrecarga de energía).
3. No dejarse engañar por un tag
sobrepuesto.
27. Función de TAG.
Identificación plena del residente.
Validar datos de la lectura del tag.
Datos del vehículo.
Datos del residente.
Foto vehículo
Foto residente.
Seguridad en Condominios
28. Función de restringido.
Invitar al residente a pasar por el
carril de residentes.
Posibles causas de la restricción:
1. Adeudo cuota de mantenimiento.
2. Bloqueo de privilegios.
3. Falla del sistema.
4. Venta o robo del carro.
Seguridad en Condominios Abril 2014
29. Función NO existe.
Seguridad en Condominios Abril 2014
Tag con falla
Solicitar a residente que verifique en
administración el motivo de la falla.
Invitarlo a pasar por carril de
visitantes.
30. Reducir la amenaza de mal
uso de tag.
Seguridad en Condominios Abril 2014
33. Identificar “Personas Sospechosas”
A. Conducta dudosa
B. Salen de la línea recta
C. Brinca en el reglamento
D. Observa, vigila y estudia
E. Engaña y seduce
F. Convence
Seguridad en Condominios Abril 2014
34. Aplicar la “Contra vigilancia”
Quemar sus recursos.
Observar: Placas, credencial,
características del sospechosos.
Mal informar, no fugar información.
Descubrir a los observadores.
Seguridad en Condominios Abril 2014
36. 14 junio 2016
Siendo las 14:33 arriba al área de
registro un vehículo tripulado con al
menos dos personas, de acuerdo al
video solicitan ingresar con
Verónica Valencia residente del
domicilio B-12.
El conductor informa que viene a
dejar a Estefanía Pizarro (nota 1:
Estefanía Pizarro es hermana del
afectado Raúl Pizarro quien vive en
la J-16.)
2016
38. Error de registro
No cuenta con fotos conductor ni
credencial.
SUPERVISIÓN DE CALIDAD
2016
39. Vehículo no llega al
domicilio b-12
De acuerdo al seguimiento del
vehículo que ingreso se aposta al
exterior de la casa J-16 se observan
maniobras de entrada y salida de la
casa y la apertura de la cajuela.
SUPERVISIÓN DE CALIDAD
2016
40. Vehículo sospechoso
18:27 llega un vehículo Jetta
blanco, se comunica con otras
personas las cuales están fuera de
la cobertura de las cámaras.
Toma fotografías hacia su vehículo
y también hacia el condominio.
VILLA MAGNA
41. Salen el elemento David Aguilar a cuestionar que esta haciendo ahí, contestando que NADA y se retiro
71. FORMAS DE AUTORIZACIÓN
PEDIR AUTORIZACION CASETA-
CASA.
DE MANERA PERSONAL
RESIDENTE- GUARDIA.
AVISO DE CASA- CASETA.
LISTA DE INVITADOS.
VISITA PRE-AUTORIZADA.
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72. 6. Confirmar con el domicilio Autorizaciónde ingreso
Solicita
Autoriza
SI/NO
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73. 6. Confirmar con el domicilio Autorizaciónde ingreso
Solicita
Autoriza
SI/NO
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74. MUDANZAS.
Deberá estar aprobado por la
administración.
Aplica en ambas situaciones
Si van a retirar cosas :
administración comprueba que no
tenga adeudos con ellos.
Si van a dejar muebles:
Administración debe verificar que la
casa cuente con carta de
habitabilidad.
NOTA: CUANDO DEJAN MUEBLES A UNA OBRA DEBE VERIFICAR QUE NO SEAN MUEBLES
BASICOS COMO CAMAS, COMEDORES, REFRIGERADORES, ESTAR ATENTO A UNA MUDANZA
HORMIGA ENTRADA – SALIDA.
76. INVITADOS A EVENTOS
1. BAJO LISTA DE ASISTENCIA QUE AUTORICE LA ADMINISTRACION.
2. *INFORMAR LA CANTIDAD DE PASAJEROS Y CARACTERISTICAS DEL VEHICULO AL ELEMENTO DEL EVENTO.
3. SOLO DEBERÁ INGRESAR PERSONAL INVITADO, SI YA NO ESPACIO PARA ESTACIONAR VEHÍCULOS AL INTERIOR,
NO PERMITA INGRESO VEHICULAR.
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79. LEY DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
DEL ESTADO DE JALISCO Y SUS MUNICIPIOS
Artículo 69. La verificación se realizará conforme a las disposiciones siguientes:
I. El verificador debe presentarse e identificarse ante las personas titulares de los predios, fincas,
instalaciones o bienes muebles objeto de la verificación o en su caso, de sus representantes o de
quienes tengan a su cargo la operación, cuidado o resguardo de las mismas, con documento idóneo,
vigente y con fotografía, el cual lo acredite para realizar la verificación;
II. Durante el desarrollo de la verificación el administrado tiene en todo momento el derecho de
manifestar lo que a su derecho convenga y aportar las pruebas que considere pertinentes;
III. El resultado de la verificación se debe hacer constar en un acta circunstanciada y cuando se
requieran análisis o estudios adicionales, en dictamen que se emita en forma posterior, donde se harán
constar los hechos o irregularidades encontradas y en su caso, sus probables efectos, documentos de
los cuales deberá entregarse copia al administrado;
80. Código penal del estado de
Jalisco
TÍTULO CUARTO
DELITOS CONTRA LA AUTORIDAD
CAPÍTULO I
Desobediencia o Resistencia de Particulares
Artículo 128. Se aplicarán de un mes a un año de prisión al que, agotados los medios de apremio,
indebidamente se
rehusé:
I. A prestar un servicio de interés público que la ley le imponga;
II. A comparecer o a declarar ante la autoridad rindiendo en este caso la protesta de ley; y
III. A cumplir un mandato legítimo de autoridad competente.
Artículo 129. Se le aplicará prisión de uno a cinco años, al que empleando la fuerza, el amago o la amenaza, se
oponga a que la autoridad competente o sus agentes ejerzan alguna de sus funciones o resista el
cumplimiento de
un mandato legítimo ejecutado en forma legal.
81. PERSONAL DEL GOBIERNO
1. INFORMAR A LA ADMINISTRACIÓN SOBRE LA PRESENCIA.
2. EN MEDIDA DE LO POSIBLE CONFIRMAR NUMERO OFICIO.
3. INFORMAR A CENTRAL
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82. ASESORES DE VENTAS
BAJO LISTADOS QUE AUTORICE EL PROPIETARIO Y APROBADO POR LA
ADMINISTRACIÓN
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83. TAXIS
1. REGISTRO CONFIRMAR NOMBRE DEL CONDUCTOR Y AUTORIZACIÓN
DE ACCESO
2. REVISIÓN DE CAJUELA
3. IDENTIFICAR QUIEN VA COMO PASAJERO
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84. Modus operandi
Bolsos con doble fondo.
Utilizar ropa y joyas puestas.
Ingresar con vehículos de familiares, taxis.
Autorizar a los delincuentes.
85. Medidas preventivas
Exigir la credencialización.
Horarios de trabajo.
Recabar sus datos completos nombre completo y domicilio actual.
Revisión de sus pertenencias.
Llamar a su patrona para confirmar la salida de maletas.