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3538                                                           Jueves, 5 de febrero 2009                                         B.O.C. y L. - N.º 24

CONSEJERÍA DE SANIDAD                                                          recogen en la clasificación del Anexo I, figurando la definición de cada
                                                                               uno de ellos en el Anexo II del citado Real Decreto.
                                                                                   Quinto.– Examinado el expediente, con la solicitud y la documenta-
                                                                               ción aportada, se concluye que se ajusta a las condiciones y requisitos
ORDEN SAN/167/2009, de 28 de enero, por la que se resuelve conce-              establecidos en el Decreto 49/2005, de 23 de junio, en el Real Decreto
  der autorización sanitaria de funcionamiento de la «Unidad de                1301/2006, de 10 de noviembre, y en el Programa Regional de Donación
  extracción de sangre de cordón umbilical para la obtención de célu-          de Sangre de Cordón Umbilical en Castilla y León.
  las progenitoras hematopoyéticas para trasplante del Hospital Uni-
  versitario de Salamanca».                                                        Sexto.– De conformidad con lo establecido en el artículo 7.1 del
                                                                               Decreto 49/2005, en concordancia con el Decreto 80/2007, de 19 de julio,
                                                                               por el que se establece la estructura orgánica de Consejería de Sanidad,
    Vista la solicitud de autorización sanitaria de funcionamiento de la
                                                                               corresponde al Consejero de Sanidad, a propuesta del Director General de
«Unidad de extracción de sangre de cordón umbilical para la obtención
                                                                               Salud Pública e Investigación, Desarrollo e Innovación, la competencia
de células progenitoras hematopoyéticas para trasplante del Hospital Uni-
                                                                               del otorgamiento de las autorizaciones de los centros sanitarios con inter-
versitario de Salamanca», ubicado en el Paseo de San Vicente, n.º 58-132,
                                                                               namiento y los servicios sanitarios que se presten en los mismos.
de Salamanca.
                                                                                   Vistos los preceptos que se mencionan y demás normas de pertinente
                   ANTECEDENTES DE HECHO                                       y general aplicación,

    Primero.– Con fecha 3 de diciembre de 2008, D.ª Raquel Martínez                                          RESUELVO
Iglesias, en calidad de Gerente del «Hospital Universitario de Salaman-
ca», integrado en el Complejo Asistencial de Salamanca y cuya titulari-            Conceder la autorización sanitaria de funcionamiento de la «Unidad
dad corresponde a la Comunidad de Castilla y León, ha presentado en el         de extracción de sangre de cordón umbilical para la obtención de células
Registro Único de la Consejería de Sanidad y Gerencia Regional de Salud        progenitoras hematopoyéticas para trasplante del Hospital Universitario de
solicitud de autorización sanitaria de funcionamiento de la «Unidad de         Salamanca», ubicado en el Paseo de San Vicente, n.º 58-132, de Salamanca.
extracción de sangre de cordón umbilical para la obtención de células                Responsabilidad asistencial: D. Juan Luis Lanchares Pérez, Res-
progenitoras hematopoyéticas para trasplante del Hospital Universitario de           ponsable de la Unidad de Obstetricia y D. Víctor Sagredo Meneses,
Salamanca», ubicado en el Paseo de San Vicente, n.º 58-132, de Salamanca.            Coordinador hospitalario de trasplantes.
    Segundo.– Acompañando a la solicitud se ha presentado documenta-              La presente autorización de funcionamiento tendrá una vigencia de
ción establecida en el Real Decreto 1301/2006, de 10 de noviembre, por         cuatro años, al término de los cuales se podrá proceder a su renovación,
el que se establecen las normas de calidad y seguridad para la donación,       previa constatación del cumplimiento de las condiciones y requisitos
la obtención, la evaluación, el procesamiento, la preservación, el almace-     exigibles.
namiento y la distribución de células y tejidos humanos y se aprueban las
                                                                                   La presente Orden agota la vía administrativa, pudiendo interponerse
normas de coordinación y funcionamiento para su uso en humanos, y en
                                                                               contra la misma, de acuerdo con el artículo 116.1 de la Ley 30/1992, de
el Decreto 49/2005, de 23 de junio, por el que se establece el régimen
                                                                               26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
jurídico y el procedimiento para la autorización de centros, servicios y
                                                                               y el Procedimiento Administrativo Común, recurso potestativo de reposi-
establecimientos sanitarios ubicados en el territorio de Castilla y León.
                                                                               ción ante el mismo órgano administrativo que la dictó, en el plazo de un
    Tercero.– El Hospital Universitario de Salamanca obtuvo la autoriza-       mes a partir del día siguiente a su notificación, o pudiendo ser impugna-
ción de funcionamiento con fecha 1 de febrero de 2002.                         do directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
    Cuarto.– El expediente se completa con el informe técnico favorable
                                                                                  Valladolid, 28 de enero de 2009.
emitido por el Coordinador Autonómico de Trasplantes, de fecha 22 de
diciembre de 2008, y el informe-propuesta favorable del Jefe de Servicio                                                El Consejero,
de Control y Evaluación de Centros y Actividades Sanitarias.                                              Fdo.: FRANCISCO JAVIER ÁLVAREZ GUISASOLA

                  FUNDAMENTOS DE DERECHO
    Primero.– El artículo 33.1.b de la Ley 1/1993, de 6 de abril, de Orde-
nación del Sistema Sanitario de Castilla y León, establece la exigencia de
autorización administrativa de funcionamiento para los Centros, Servi-
cios y Establecimientos Sanitarios y Sociosanitarios, de cualquier nivel,      CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN
categoría o titularidad.
    Segundo.– En desarrollo de la mencionada Ley 1/1993, el Decreto
49/2005, de 23 de junio, dispone en su artículo 3.3 la obligatoriedad de
solicitar la autorización sanitaria de funcionamiento, que se acompañará       ORDEN EDU/168/2009, de 28 de enero, por la que se convocan pre-
de la documentación que se exige en el artículo 10 del mismo.                    mios a la elaboración de materiales educativos multimedia interac-
                                                                                 tivos en el año 2009.
    Tercero.– El Real Decreto 1301/2006, de 10 de noviembre, por el que
se establecen las normas de calidad y seguridad para la donación, la
obtención, la evaluación, el procesamiento, la preservación, el almacena-          Los recursos multimedia elaborados por profesores tienen como obje-
miento y la distribución de células y tejidos humanos y se aprueban las        tivo ofrecer soluciones creativas de apoyo al desarrollo curricular a la vez
normas de coordinación y funcionamiento para su uso en humanos, esta-          que facilitan la competencia digital. En su elaboración convergen la tec-
blece que las actividades de obtención y de aplicación de células y teji-      nología y la invención creativa.
dos podrán realizarse sólo en los centros o unidades sanitarias debida-            La Consejería de Educación quiere potenciar la utilización de las tec-
mente autorizados y que cumplan los requisitos y condiciones mínimas           nologías de la información y la comunicación (TIC) en los centros docen-
recogidos en sus Anexos, debiendo contar con una autorización específi-        tes de la región premiando la elaboración de materiales diseñados y pla-
ca para cada tipo de actividad, de obtención o implante, y para cada tipo      nificados por profesores a título individual o en equipo, al objeto de
de células y tejidos, cuya validez se extenderá por un período de tiempo       fortalecer la capacidad investigadora del profesorado y conseguir que las
de entre dos y cuatro años, al término del cual se podrá proceder a su         TIC sean recursos habituales en los centros docentes de Castilla y León.
renovación, previa constatación de que persisten las condiciones y requi-          A tal efecto, por Orden EDU/2133/2008, de 10 de diciembre («Bole-
sitos que dieron lugar a su concesión.                                         tín Oficial de Castilla y León» n.º 242 de 16 de diciembre de 2008) se han
   Cuarto.– Según lo establecido en el Art. 2.2 del Real Decreto               aprobado las bases reguladoras de los premios a la elaboración de mate-
1277/2003, de 10 de octubre, por el que se establecen las bases generales      riales educativos multimedia interactivos. De conformidad con lo esta-
sobre autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios, se     blecido en el artículo 4 de las citadas bases procede ahora convocar los
considerarán centros, servicios y establecimientos sanitarios los que se       premios para fomentar la realización de estos trabajos durante el año 2009.
B.O.C. y L. - N.º 24                                              Jueves, 5 de febrero 2009                                                              3539

   En consecuencia, de conformidad con lo establecido en las bases                lo establecido en el artículo 6. h) del Decreto 27/2008, de 3 de abril, por
reguladoras de estos premios, en la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de           el que se regula la acreditación del cumplimiento de dichas obligaciones
Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León, y la Ley 38/2003, de             en materia de subvenciones.
17 de noviembre, General de Subvenciones,                                             Cualquier variación que pueda producirse hasta el momento de reali-
                                                                                  zarse la propuesta de pago en el contenido de las declaraciones efectua-
                               RESUELVO                                           das deberá ser comunicada inmediatamente a la Dirección General Cali-
   Primero.– Objeto.                                                              dad, Innovación y Formación del Profesorado.
    1.1. La presente Orden tiene por objeto convocar, en régimen de con-             5.3. A la solicitud se acompañará la siguiente documentación:
currencia competitiva, los premios a la elaboración de materiales educa-             a) Material multimedia elaborado en soporte CD o DVD.
tivos multimedia interactivos que integren la utilización de las tecnologí-          b) Guía de uso didáctico y técnico.
as de la información y la comunicación en el año 2009.
                                                                                     c) Copia del DNI de los participantes.
    1.2. Los materiales deberán ser originales, inéditos y no dotados de
ningún tipo de ayuda ni premio con anterioridad a la fecha de concesión              d) Certificado de titularidad de la cuenta bancaria de los participan-
de los premios.                                                                         tes, debidamente firmado y sellado por la entidad.
    1.3. Los materiales elaborados deberán estar relacionados con las                e) Declaración de autoría y cesión a la Consejería y compromiso de
actividades de aula del profesor y reunir obligatoriamente las caracterís-              corrección del trabajo firmada por todos los autores conforme al
ticas técnicas siguientes:                                                              modelo que figura en el Anexo II.
   a) Ser aptos para ejecutarse bajo los Sistemas Windows XP, VISTA.                 f) Documentación acreditativa de que el solicitante individual o, en
                                                                                        el caso de que el trabajo sea realizado por un equipo todos sus
   b) Poder ser visualizados mediante un navegador estándar y/o bajo
                                                                                        miembros, prestan servicios en centros que imparten enseñanzas
      software específico de pizarra digital interactiva.
                                                                                        escolares sostenidos con fondos públicos de Castilla y León o en
   c) Poseer una ayuda «en línea» fácilmente accesible, con instruccio-                 servicios de apoyo externo a los mismos.
      nes detalladas de utilización.
                                                                                     g) En el caso de incluir materiales no propios y que no puedan consi-
   d) No incluirán restricciones de tiempo de ejecución o funcionalidad.                derarse como cita, se presentará documentación firmada por los
   1.4. Los materiales presentados no podrán incluir ningún tipo de                     titulares de los derechos que acrediten su cesión o autorización.
publicidad.                                                                           5.4. Dada la naturaleza del material a acompañar se excluye la posi-
   Segundo.– Dotación presupuestaria.                                             bilidad de presentar las solicitudes por telefax, de acuerdo con lo previs-
    La cuantía máxima del crédito destinado a esta convocatoria será de           to en el artículo 1.2 a) del Decreto 118/2002, de 31 de octubre, por el que
CUARENTA Y OCHO MIL EUROS (48.000 euros) con cargo a la apli-                     se regulan las transmisiones por telefax para la presentación de docu-
cación presupuestaria 07.05.322A05.48003.0 de los Presupuestos Gene-              mentos en los registros administrativos de la Administración de Castilla
rales de la Comunidad de Castilla y León para el año 2009.                        y León.
   Tercero.– Premios.                                                                Sexto.– Plazo de presentación y subsanación de documentos.
   3.1. Se concederán los siguientes premios:                                         6.1. El plazo de presentación de los trabajos finalizará el día 30 de
   a) Primer premio: Se concederá un premio dotado con doce mil euros.            julio de 2009.
   b) Segundo premio: Se concederán un máximo de tres premios dota-                   6.2. Si la solicitud de ayuda o la documentación con ella aportada no
      dos con seis mil euros cada uno.                                            reúne los requisitos exigidos, se requerirá al interesado en la forma esta-
                                                                                  blecida en la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de
   c) Tercer premio: Se concederán un máximo de seis terceros premios
                                                                                  las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
      dotados con tres mil euros cada uno.
                                                                                  Común, para que un plazo de diez días subsane la falta o acompañe los
    3.2. En caso de resultar premiado un trabajo realizado por un equipo          documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le
la cuantía del premio se repartirá a partes iguales entre todos sus miembros.     tendrá por desistido de su petición previa resolución dictada al efecto.
    3.3. Los premios podrán declararse total o parcialmente desiertos si             Séptimo.– Criterios de valoración.
los trabajos presentados no tuvieran calidad suficiente.
                                                                                     Los trabajos presentados se valorarán conforme a los siguientes criterios:
    3.4. La dotación económica de los premios estará sujeta a las reten-
ciones correspondientes del IRPF.                                                    a) Referencia a las materias que a continuación se detallan: puntua-
                                                                                        ción máxima 2:
    3.5. Podrán concederse hasta un máximo de cinco menciones honorí-
ficas, sin dotación económica.                                                            a.1. Desarrollo de modelos metodológicos en materias o áreas
                                                                                               del currículo que presenten especiales dificultades, prefe-
   Cuarto.– Participantes.
                                                                                               rentemente en las instrumentales.
    Podrá participar en la presente convocatoria el personal docente, de
                                                                                          a.2. Programas de desarrollo de inteligencias múltiples, con
forma individual o en equipo, que preste servicios en centros que impar-
                                                                                               especial atención a la creatividad y capacidad lógico-deductiva.
ten enseñanzas escolares sostenidos con fondos públicos de la Comuni-
dad de Castilla y León o en servicios de apoyo externo a los mismos.                      a.3. Desarrollo de propuestas que potencien las competencias
                                                                                               lectoras y el fomento del hábito lector.
   Quinto.– Solicitudes y documentación.
   5.1. Las solicitudes, redactadas conforme al modelo que figura como                    a.4. Propuestas que apoyen el aprendizaje integrado de conteni-
Anexo I, se presentarán bien en el registro de la Consejería de Educación                      dos y lenguas.
(Avda. Monasterio Ntra. Sra. de Prado, s/n, 47014 -Valladolid) o bien en                  a.5. Propuestas que prevengan el abandono escolar y propicien
cualquiera de los lugares indicados en el artículo 38.4 de la Ley de Régi-                     el éxito escolar.
men Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento                         a.6. Recursos de apoyo al desarrollo curricular que favorezcan
Administrativo Común.                                                                          el conocimiento natural, histórico, artístico y cultural de
    El texto de esta Orden y sus Anexos se encuentran disponibles a tra-                       Castilla y León.
vés de Internet en la dirección http://www.educa.jcyl.es.                            b) Creatividad, corrección y calidad didáctica y técnica del proyecto:
    5.2. La solicitud incluirá la declaración responsable del solicitante de            puntuación máxima 2.
no haber recibido ni solicitado ningún otro premio o ayuda por la reali-             c) Sencillez en su uso o manejo: puntuación máxima 1.
zación del material presentado, de no hallarse incurso en ninguna de las
prohibiciones para obtener la condición de beneficiario de subvenciones              d) Carácter innovador de la metodología y recursos utilizados: pun-
señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, Gene-                tuación máxima 2.
ral de Subvenciones, y de encontrarse al corriente del cumplimiento de               e) Inclusión de propuestas concretas que repercutan directamente en
las obligaciones tributarias y frente a la seguridad social de acuerdo con              el aula: puntuación máxima 1.
3540                                                             Jueves, 5 de febrero 2009                                         B.O.C. y L. - N.º 24

   f) Proyectos realizados con metodología de trabajo en equipo o                expresa y gratuita de los derechos de explotación por parte de sus autores
      interdepartamental: puntuación máxima 1.                                   o representantes legales en los términos previstos en los artículos 48 y
   g) Grado de aplicación de las normas de accesibilidad para personas           siguientes del Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, apro-
      con algún tipo de discapacidad: puntuación máxima 1.                       bado por Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril.
   Octavo.– Jurado.                                                                  10.2. La Dirección General de Calidad, Innovación y Formación del
                                                                                 Profesorado podrá instar a los autores de los trabajos premiados a reali-
    8.1. Se constituirá un jurado integrado por la Directora General de          zar en ellos las correcciones necesarias para una mejor consecución de los
Calidad, Innovación y Formación del Profesorado, o persona en quien              fines de la convocatoria, pudiendo anular la concesión del premio si no
delegue, que lo presidirá y cuatro funcionarios de la Consejería de Edu-         se procediese a tal corrección.
cación, nombrados por el presidente, uno de los cuales actuará como
secretario.                                                                          10.3. Los trabajos no premiados quedarán a disposición de sus auto-
                                                                                 res en la Consejería de Educación durante un plazo de dos meses conta-
    8.2. El jurado podrá requerir el informe de expertos en el proceso de        dos desde el día siguiente al de la publicación de la resolución de la con-
valoración de los trabajos presentados.                                          vocatoria. Transcurrido dicho plazo no procederá la devolución de los
   Noveno.– Resolución.                                                          trabajos quedando archivados en la citada Consejería.
   9.1. La convocatoria será resuelta por el Consejero de Educación, a              Undécimo.– Incompatibilidad.
propuesta del Jurado.                                                                La concesión de estos premios será incompatible con cualquier otro
    9.2. La resolución se publicará en el «Boletín Oficial de Castilla y         premio concedido al mismo material educativo o con cualquier ayuda o
León» y será objeto de publicidad a través de la página Web de la Conseje-       subvención para su realización otorgada por otras administraciones públi-
ría de Educación por tiempo no inferior a un mes desde dicha publicación.        cas o privadas, nacionales o internacionales.
    9.3. El plazo para resolver y publicar será de tres meses a contar desde        Duodécimo.– Desarrollo.
la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Trans-            Se faculta a la Directora General de Calidad, Innovación y Formación
currido dicho plazo sin que haya sido publicada la resolución, se podrán         del Profesorado de esta Consejería a dictar cuantas resoluciones e ins-
entender desestimadas las solicitudes.                                           trucciones sean necesarias para el efectivo cumplimiento de lo dispuesto
    9.4. La resolución, que pondrá fin a la vía administrativa, podrá ser        en la presente Orden.
impugnada mediante recurso potestativo de reposición ante el Consejero               Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá
de Educación en el plazo de un mes, o bien, directamente recurso con-            interponerse recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Edu-
tencioso-administrativo ante la Sala del mismo nombre del Tribunal               cación en el plazo de un mes o, directamente, recurso contencioso-admi-
Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses. Ambos          nistrativo ante la Sala del mismo nombre del Tribunal Superior de Justi-
plazos se computarán a partir del día siguiente al de su publicación en el       cia de Castilla y León en el plazo de dos meses. Ambos plazos se
«Boletín Oficial de Castilla y León».                                            computarán a partir del día siguiente al de la publicación de la presente
   Décimo.– Uso, publicación, corrección y devolución de los trabajos.           Orden en el «Boletín Oficial de Castilla y León».
    10.1. Los trabajos premiados quedarán en poder de esta Consejería               Valladolid, 28 de enero de 2009.
para su uso y publicación en cualquier medio, incluido el Portal de Edu-
cación y/o formato, aún en el caso de que sea necesaria su conversión a                                                    El Consejero,
otro formato, implicando la participación en este concurso la cesión                                              Fdo.: JUAN JOSÉ MATEOS OTERO
B.O.C. y L. - N.º 24   Jueves, 5 de febrero 2009   3541
3542   Jueves, 5 de febrero 2009   B.O.C. y L. - N.º 24

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Caza Ut6
 

Autorización unidad extracción sangre cordón umbilical Hospital Salamanca

  • 1. 3538 Jueves, 5 de febrero 2009 B.O.C. y L. - N.º 24 CONSEJERÍA DE SANIDAD recogen en la clasificación del Anexo I, figurando la definición de cada uno de ellos en el Anexo II del citado Real Decreto. Quinto.– Examinado el expediente, con la solicitud y la documenta- ción aportada, se concluye que se ajusta a las condiciones y requisitos ORDEN SAN/167/2009, de 28 de enero, por la que se resuelve conce- establecidos en el Decreto 49/2005, de 23 de junio, en el Real Decreto der autorización sanitaria de funcionamiento de la «Unidad de 1301/2006, de 10 de noviembre, y en el Programa Regional de Donación extracción de sangre de cordón umbilical para la obtención de célu- de Sangre de Cordón Umbilical en Castilla y León. las progenitoras hematopoyéticas para trasplante del Hospital Uni- versitario de Salamanca». Sexto.– De conformidad con lo establecido en el artículo 7.1 del Decreto 49/2005, en concordancia con el Decreto 80/2007, de 19 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de Consejería de Sanidad, Vista la solicitud de autorización sanitaria de funcionamiento de la corresponde al Consejero de Sanidad, a propuesta del Director General de «Unidad de extracción de sangre de cordón umbilical para la obtención Salud Pública e Investigación, Desarrollo e Innovación, la competencia de células progenitoras hematopoyéticas para trasplante del Hospital Uni- del otorgamiento de las autorizaciones de los centros sanitarios con inter- versitario de Salamanca», ubicado en el Paseo de San Vicente, n.º 58-132, namiento y los servicios sanitarios que se presten en los mismos. de Salamanca. Vistos los preceptos que se mencionan y demás normas de pertinente ANTECEDENTES DE HECHO y general aplicación, Primero.– Con fecha 3 de diciembre de 2008, D.ª Raquel Martínez RESUELVO Iglesias, en calidad de Gerente del «Hospital Universitario de Salaman- ca», integrado en el Complejo Asistencial de Salamanca y cuya titulari- Conceder la autorización sanitaria de funcionamiento de la «Unidad dad corresponde a la Comunidad de Castilla y León, ha presentado en el de extracción de sangre de cordón umbilical para la obtención de células Registro Único de la Consejería de Sanidad y Gerencia Regional de Salud progenitoras hematopoyéticas para trasplante del Hospital Universitario de solicitud de autorización sanitaria de funcionamiento de la «Unidad de Salamanca», ubicado en el Paseo de San Vicente, n.º 58-132, de Salamanca. extracción de sangre de cordón umbilical para la obtención de células Responsabilidad asistencial: D. Juan Luis Lanchares Pérez, Res- progenitoras hematopoyéticas para trasplante del Hospital Universitario de ponsable de la Unidad de Obstetricia y D. Víctor Sagredo Meneses, Salamanca», ubicado en el Paseo de San Vicente, n.º 58-132, de Salamanca. Coordinador hospitalario de trasplantes. Segundo.– Acompañando a la solicitud se ha presentado documenta- La presente autorización de funcionamiento tendrá una vigencia de ción establecida en el Real Decreto 1301/2006, de 10 de noviembre, por cuatro años, al término de los cuales se podrá proceder a su renovación, el que se establecen las normas de calidad y seguridad para la donación, previa constatación del cumplimiento de las condiciones y requisitos la obtención, la evaluación, el procesamiento, la preservación, el almace- exigibles. namiento y la distribución de células y tejidos humanos y se aprueban las La presente Orden agota la vía administrativa, pudiendo interponerse normas de coordinación y funcionamiento para su uso en humanos, y en contra la misma, de acuerdo con el artículo 116.1 de la Ley 30/1992, de el Decreto 49/2005, de 23 de junio, por el que se establece el régimen 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas jurídico y el procedimiento para la autorización de centros, servicios y y el Procedimiento Administrativo Común, recurso potestativo de reposi- establecimientos sanitarios ubicados en el territorio de Castilla y León. ción ante el mismo órgano administrativo que la dictó, en el plazo de un Tercero.– El Hospital Universitario de Salamanca obtuvo la autoriza- mes a partir del día siguiente a su notificación, o pudiendo ser impugna- ción de funcionamiento con fecha 1 de febrero de 2002. do directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo. Cuarto.– El expediente se completa con el informe técnico favorable Valladolid, 28 de enero de 2009. emitido por el Coordinador Autonómico de Trasplantes, de fecha 22 de diciembre de 2008, y el informe-propuesta favorable del Jefe de Servicio El Consejero, de Control y Evaluación de Centros y Actividades Sanitarias. Fdo.: FRANCISCO JAVIER ÁLVAREZ GUISASOLA FUNDAMENTOS DE DERECHO Primero.– El artículo 33.1.b de la Ley 1/1993, de 6 de abril, de Orde- nación del Sistema Sanitario de Castilla y León, establece la exigencia de autorización administrativa de funcionamiento para los Centros, Servi- cios y Establecimientos Sanitarios y Sociosanitarios, de cualquier nivel, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN categoría o titularidad. Segundo.– En desarrollo de la mencionada Ley 1/1993, el Decreto 49/2005, de 23 de junio, dispone en su artículo 3.3 la obligatoriedad de solicitar la autorización sanitaria de funcionamiento, que se acompañará ORDEN EDU/168/2009, de 28 de enero, por la que se convocan pre- de la documentación que se exige en el artículo 10 del mismo. mios a la elaboración de materiales educativos multimedia interac- tivos en el año 2009. Tercero.– El Real Decreto 1301/2006, de 10 de noviembre, por el que se establecen las normas de calidad y seguridad para la donación, la obtención, la evaluación, el procesamiento, la preservación, el almacena- Los recursos multimedia elaborados por profesores tienen como obje- miento y la distribución de células y tejidos humanos y se aprueban las tivo ofrecer soluciones creativas de apoyo al desarrollo curricular a la vez normas de coordinación y funcionamiento para su uso en humanos, esta- que facilitan la competencia digital. En su elaboración convergen la tec- blece que las actividades de obtención y de aplicación de células y teji- nología y la invención creativa. dos podrán realizarse sólo en los centros o unidades sanitarias debida- La Consejería de Educación quiere potenciar la utilización de las tec- mente autorizados y que cumplan los requisitos y condiciones mínimas nologías de la información y la comunicación (TIC) en los centros docen- recogidos en sus Anexos, debiendo contar con una autorización específi- tes de la región premiando la elaboración de materiales diseñados y pla- ca para cada tipo de actividad, de obtención o implante, y para cada tipo nificados por profesores a título individual o en equipo, al objeto de de células y tejidos, cuya validez se extenderá por un período de tiempo fortalecer la capacidad investigadora del profesorado y conseguir que las de entre dos y cuatro años, al término del cual se podrá proceder a su TIC sean recursos habituales en los centros docentes de Castilla y León. renovación, previa constatación de que persisten las condiciones y requi- A tal efecto, por Orden EDU/2133/2008, de 10 de diciembre («Bole- sitos que dieron lugar a su concesión. tín Oficial de Castilla y León» n.º 242 de 16 de diciembre de 2008) se han Cuarto.– Según lo establecido en el Art. 2.2 del Real Decreto aprobado las bases reguladoras de los premios a la elaboración de mate- 1277/2003, de 10 de octubre, por el que se establecen las bases generales riales educativos multimedia interactivos. De conformidad con lo esta- sobre autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios, se blecido en el artículo 4 de las citadas bases procede ahora convocar los considerarán centros, servicios y establecimientos sanitarios los que se premios para fomentar la realización de estos trabajos durante el año 2009.
  • 2. B.O.C. y L. - N.º 24 Jueves, 5 de febrero 2009 3539 En consecuencia, de conformidad con lo establecido en las bases lo establecido en el artículo 6. h) del Decreto 27/2008, de 3 de abril, por reguladoras de estos premios, en la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de el que se regula la acreditación del cumplimiento de dichas obligaciones Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León, y la Ley 38/2003, de en materia de subvenciones. 17 de noviembre, General de Subvenciones, Cualquier variación que pueda producirse hasta el momento de reali- zarse la propuesta de pago en el contenido de las declaraciones efectua- RESUELVO das deberá ser comunicada inmediatamente a la Dirección General Cali- Primero.– Objeto. dad, Innovación y Formación del Profesorado. 1.1. La presente Orden tiene por objeto convocar, en régimen de con- 5.3. A la solicitud se acompañará la siguiente documentación: currencia competitiva, los premios a la elaboración de materiales educa- a) Material multimedia elaborado en soporte CD o DVD. tivos multimedia interactivos que integren la utilización de las tecnologí- b) Guía de uso didáctico y técnico. as de la información y la comunicación en el año 2009. c) Copia del DNI de los participantes. 1.2. Los materiales deberán ser originales, inéditos y no dotados de ningún tipo de ayuda ni premio con anterioridad a la fecha de concesión d) Certificado de titularidad de la cuenta bancaria de los participan- de los premios. tes, debidamente firmado y sellado por la entidad. 1.3. Los materiales elaborados deberán estar relacionados con las e) Declaración de autoría y cesión a la Consejería y compromiso de actividades de aula del profesor y reunir obligatoriamente las caracterís- corrección del trabajo firmada por todos los autores conforme al ticas técnicas siguientes: modelo que figura en el Anexo II. a) Ser aptos para ejecutarse bajo los Sistemas Windows XP, VISTA. f) Documentación acreditativa de que el solicitante individual o, en el caso de que el trabajo sea realizado por un equipo todos sus b) Poder ser visualizados mediante un navegador estándar y/o bajo miembros, prestan servicios en centros que imparten enseñanzas software específico de pizarra digital interactiva. escolares sostenidos con fondos públicos de Castilla y León o en c) Poseer una ayuda «en línea» fácilmente accesible, con instruccio- servicios de apoyo externo a los mismos. nes detalladas de utilización. g) En el caso de incluir materiales no propios y que no puedan consi- d) No incluirán restricciones de tiempo de ejecución o funcionalidad. derarse como cita, se presentará documentación firmada por los 1.4. Los materiales presentados no podrán incluir ningún tipo de titulares de los derechos que acrediten su cesión o autorización. publicidad. 5.4. Dada la naturaleza del material a acompañar se excluye la posi- Segundo.– Dotación presupuestaria. bilidad de presentar las solicitudes por telefax, de acuerdo con lo previs- La cuantía máxima del crédito destinado a esta convocatoria será de to en el artículo 1.2 a) del Decreto 118/2002, de 31 de octubre, por el que CUARENTA Y OCHO MIL EUROS (48.000 euros) con cargo a la apli- se regulan las transmisiones por telefax para la presentación de docu- cación presupuestaria 07.05.322A05.48003.0 de los Presupuestos Gene- mentos en los registros administrativos de la Administración de Castilla rales de la Comunidad de Castilla y León para el año 2009. y León. Tercero.– Premios. Sexto.– Plazo de presentación y subsanación de documentos. 3.1. Se concederán los siguientes premios: 6.1. El plazo de presentación de los trabajos finalizará el día 30 de a) Primer premio: Se concederá un premio dotado con doce mil euros. julio de 2009. b) Segundo premio: Se concederán un máximo de tres premios dota- 6.2. Si la solicitud de ayuda o la documentación con ella aportada no dos con seis mil euros cada uno. reúne los requisitos exigidos, se requerirá al interesado en la forma esta- blecida en la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de c) Tercer premio: Se concederán un máximo de seis terceros premios las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo dotados con tres mil euros cada uno. Común, para que un plazo de diez días subsane la falta o acompañe los 3.2. En caso de resultar premiado un trabajo realizado por un equipo documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le la cuantía del premio se repartirá a partes iguales entre todos sus miembros. tendrá por desistido de su petición previa resolución dictada al efecto. 3.3. Los premios podrán declararse total o parcialmente desiertos si Séptimo.– Criterios de valoración. los trabajos presentados no tuvieran calidad suficiente. Los trabajos presentados se valorarán conforme a los siguientes criterios: 3.4. La dotación económica de los premios estará sujeta a las reten- ciones correspondientes del IRPF. a) Referencia a las materias que a continuación se detallan: puntua- ción máxima 2: 3.5. Podrán concederse hasta un máximo de cinco menciones honorí- ficas, sin dotación económica. a.1. Desarrollo de modelos metodológicos en materias o áreas del currículo que presenten especiales dificultades, prefe- Cuarto.– Participantes. rentemente en las instrumentales. Podrá participar en la presente convocatoria el personal docente, de a.2. Programas de desarrollo de inteligencias múltiples, con forma individual o en equipo, que preste servicios en centros que impar- especial atención a la creatividad y capacidad lógico-deductiva. ten enseñanzas escolares sostenidos con fondos públicos de la Comuni- dad de Castilla y León o en servicios de apoyo externo a los mismos. a.3. Desarrollo de propuestas que potencien las competencias lectoras y el fomento del hábito lector. Quinto.– Solicitudes y documentación. 5.1. Las solicitudes, redactadas conforme al modelo que figura como a.4. Propuestas que apoyen el aprendizaje integrado de conteni- Anexo I, se presentarán bien en el registro de la Consejería de Educación dos y lenguas. (Avda. Monasterio Ntra. Sra. de Prado, s/n, 47014 -Valladolid) o bien en a.5. Propuestas que prevengan el abandono escolar y propicien cualquiera de los lugares indicados en el artículo 38.4 de la Ley de Régi- el éxito escolar. men Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento a.6. Recursos de apoyo al desarrollo curricular que favorezcan Administrativo Común. el conocimiento natural, histórico, artístico y cultural de El texto de esta Orden y sus Anexos se encuentran disponibles a tra- Castilla y León. vés de Internet en la dirección http://www.educa.jcyl.es. b) Creatividad, corrección y calidad didáctica y técnica del proyecto: 5.2. La solicitud incluirá la declaración responsable del solicitante de puntuación máxima 2. no haber recibido ni solicitado ningún otro premio o ayuda por la reali- c) Sencillez en su uso o manejo: puntuación máxima 1. zación del material presentado, de no hallarse incurso en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario de subvenciones d) Carácter innovador de la metodología y recursos utilizados: pun- señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, Gene- tuación máxima 2. ral de Subvenciones, y de encontrarse al corriente del cumplimiento de e) Inclusión de propuestas concretas que repercutan directamente en las obligaciones tributarias y frente a la seguridad social de acuerdo con el aula: puntuación máxima 1.
  • 3. 3540 Jueves, 5 de febrero 2009 B.O.C. y L. - N.º 24 f) Proyectos realizados con metodología de trabajo en equipo o expresa y gratuita de los derechos de explotación por parte de sus autores interdepartamental: puntuación máxima 1. o representantes legales en los términos previstos en los artículos 48 y g) Grado de aplicación de las normas de accesibilidad para personas siguientes del Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, apro- con algún tipo de discapacidad: puntuación máxima 1. bado por Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril. Octavo.– Jurado. 10.2. La Dirección General de Calidad, Innovación y Formación del Profesorado podrá instar a los autores de los trabajos premiados a reali- 8.1. Se constituirá un jurado integrado por la Directora General de zar en ellos las correcciones necesarias para una mejor consecución de los Calidad, Innovación y Formación del Profesorado, o persona en quien fines de la convocatoria, pudiendo anular la concesión del premio si no delegue, que lo presidirá y cuatro funcionarios de la Consejería de Edu- se procediese a tal corrección. cación, nombrados por el presidente, uno de los cuales actuará como secretario. 10.3. Los trabajos no premiados quedarán a disposición de sus auto- res en la Consejería de Educación durante un plazo de dos meses conta- 8.2. El jurado podrá requerir el informe de expertos en el proceso de dos desde el día siguiente al de la publicación de la resolución de la con- valoración de los trabajos presentados. vocatoria. Transcurrido dicho plazo no procederá la devolución de los Noveno.– Resolución. trabajos quedando archivados en la citada Consejería. 9.1. La convocatoria será resuelta por el Consejero de Educación, a Undécimo.– Incompatibilidad. propuesta del Jurado. La concesión de estos premios será incompatible con cualquier otro 9.2. La resolución se publicará en el «Boletín Oficial de Castilla y premio concedido al mismo material educativo o con cualquier ayuda o León» y será objeto de publicidad a través de la página Web de la Conseje- subvención para su realización otorgada por otras administraciones públi- ría de Educación por tiempo no inferior a un mes desde dicha publicación. cas o privadas, nacionales o internacionales. 9.3. El plazo para resolver y publicar será de tres meses a contar desde Duodécimo.– Desarrollo. la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Trans- Se faculta a la Directora General de Calidad, Innovación y Formación currido dicho plazo sin que haya sido publicada la resolución, se podrán del Profesorado de esta Consejería a dictar cuantas resoluciones e ins- entender desestimadas las solicitudes. trucciones sean necesarias para el efectivo cumplimiento de lo dispuesto 9.4. La resolución, que pondrá fin a la vía administrativa, podrá ser en la presente Orden. impugnada mediante recurso potestativo de reposición ante el Consejero Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá de Educación en el plazo de un mes, o bien, directamente recurso con- interponerse recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Edu- tencioso-administrativo ante la Sala del mismo nombre del Tribunal cación en el plazo de un mes o, directamente, recurso contencioso-admi- Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses. Ambos nistrativo ante la Sala del mismo nombre del Tribunal Superior de Justi- plazos se computarán a partir del día siguiente al de su publicación en el cia de Castilla y León en el plazo de dos meses. Ambos plazos se «Boletín Oficial de Castilla y León». computarán a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Décimo.– Uso, publicación, corrección y devolución de los trabajos. Orden en el «Boletín Oficial de Castilla y León». 10.1. Los trabajos premiados quedarán en poder de esta Consejería Valladolid, 28 de enero de 2009. para su uso y publicación en cualquier medio, incluido el Portal de Edu- cación y/o formato, aún en el caso de que sea necesaria su conversión a El Consejero, otro formato, implicando la participación en este concurso la cesión Fdo.: JUAN JOSÉ MATEOS OTERO
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