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Contrato VidaCord SCU + TCU v.5
VidaCord. Banco de Sangre de Cordón Umbilical – TecnoAlcalá – c/ Punto Net, 4 Bajo derecha, 28805 – Alcalá de Henares – Madrid.
Entidad privada inscrita en el Registro Mercantil de Asturias, en el tomo 3299, folio 77, hoja número AS-31643. C.I.F. B-33918418
1
CONTRATO de PRESTACIÓN de SERVICIO
(Conforma un único contrato, junto con documento de Fórmula Personal de Pagos)
Para el procesamiento, análisis, criopreservación y almacenamiento de células madre de la sangre
y/o tejido del cordón umbilical, suscrito entre VidaCord S.L. (C/ Punto Net, 4, 28805 – Alcalá de
Henares, Madrid) y los padres / tutores legales en nombre y representación del niño no nacido
(en adelante referidos conjuntamente como “la familia”)
CONTRATO: DISPOSITIVO:
MADRE / Tutora legal
Apellidos Nombre
Dirección
C.P. Ciudad País
Teléfono Teléfono móvil
E-mail DNI
PADRE / Tutor legal
Apellidos Nombre
Dirección
C.P. Ciudad País
Teléfono Teléfono móvil
E-mail DNI
HOSPITAL
BEBÉ Fecha de parto:
TIPO DE CONTRATO: SCU  TOTAL
ELECCIÓN LUGAR DE DEPÓSITO SCU*:  REINO UNIDO  ESPAÑA
*El lugar de depósito del TCU, de contratarse, será siempre España, y por un plazo igual al escogido para la SCU
CONTRATA EL SERVICIO DE ANALÍTICA HLA:  SÍ  NO
Contrata el Servicio de Apoyo Familiar para Trasplante (SAFT):  SÍ NO
Hemos leído y aceptamos las condiciones generales y el plan de tarifas adjuntos a este contrato
Madrid, a _______ de ____________________ de 20____
Firma de la madre/tutora Firma del padre/tutor Firma VidaCord
Angel G. Alvarez Ramos
Contrato VidaCord SCU + TCU v.5
VidaCord. Banco de Sangre de Cordón Umbilical – TecnoAlcalá – c/ Punto Net, 4 Bajo derecha, 28805 – Alcalá de Henares – Madrid.
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CONTRATO de PRESTACIÓN de SERVICIO
1 OBJETO
La prestación por VidaCord del servicio de verificación, procesamiento, análisis y crio-
preservación de las células madre obtenidas de la sangre (SCU) y/o tejido de cordón umbilical
(TCU), recogidas en el momento del nacimiento de la persona cuyos padres (madre y/o padre o
tutores legales) suscriben el mismo, de conformidad con las normas que prevé el Real Decreto
1301/2006 de 10 de noviembre por el que se establecen las normas de calidad y seguridad para
la donación, la obtención, la evaluación, el procesamiento, la preservación, el almacenamiento y
la distribución de células y tejidos humanos y se aprueban las normas de coordinación y
funcionamiento para su uso en humanos.
2 ALCANCE DEL SERVICIO
2.1 Al recibir la (s) muestra (s), VidaCord procurará por todos los medios procesar y
criopreservar las células madre de la (s) misma (s) con el propósito de su aplicación directa
en humanos, siempre que pueda identificarse un número suficiente de células madre
viables. En virtud de los conocimientos científicos actuales, se considera válida para su
conservación una unidad de SCU que contenga un mínimo de 700.000 células CD 34+.
2.2 La (s) muestra (s) es (son) propiedad del niño, y en su caso, de sus herederos legales,
siendo sus legales representantes quienes consienten la recogida, almacenamiento y
disposición de la misma.
2.3 VidaCord almacenará la (s) muestra (s) durante el tiempo indicado en el documento de
formula personal de pago. En el caso de que no hubiera células madre suficientes, o si
VidaCord determina que el almacenamiento no es posible, no se llevará a cabo
almacenamiento alguno y la familia no estará obligada a pagar a VidaCord cantidad alguna
(excepto en el caso de haberse contratado la de Garantía de Baja Celularidad, de acuerdo
con el punto 9 de este contrato).
2.4 VidaCord tiene suscrito un seguro para su actividad de procesamiento, mantenimiento y
conservación de las muestras, conforme exige la legislación española (RD 1301/2006).
3 DURACIÓN
El presente contrato entrará en vigor a la firma del mismo por la familia. La duración del presente
contrato queda reflejada en el apartado de formula personal de pago.
4 CONDICIONES ECONÓMICAS
La familia acepta pagar la Tarifa puntualmente y de acuerdo con la formula personal de pago.
Los Padres y/o Tutores legales (según proceda) están obligados por separado y conjuntamente al
pago de las tarifas facturadas. Los costes asociados al servicio serán satisfechos de acuerdo a las
siguientes indicaciones y según se reflejan en el anexo de formula personal de pago:
4.1 Un único pago, tras la verificación positiva de la muestra, cuya cuantía corresponderá a la
formalización y registro del contrato, envío de los dispositivos de extracción, recogida,
expedición de la sangre y verificación de la muestra (volumen), procesamiento de la
muestra de la sangre del cordón umbilical, los análisis de la sangre de cordón umbilical y
materna, así como a la certificación de sus resultados, orden de depósito y criogenización
de la muestra. Este pago se efectuará tras la notificación de los resultados de la muestra.
El importe de este pago queda reflejado en el apartado de formula personal de pago.
4.2 En el caso de que el servicio incluya el tejido del cordón y, por cualquier razón no fuera
posible su procesamiento con las condiciones suficientes para asegurar su utilidad
terapéutica según criterio médico de VidaCord, el tejido seria destruido siguiendo los
protocolos establecidos.
Contrato VidaCord SCU + TCU v.5
VidaCord. Banco de Sangre de Cordón Umbilical – TecnoAlcalá – c/ Punto Net, 4 Bajo derecha, 28805 – Alcalá de Henares – Madrid.
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4.3 En función de la opción de pago escogida, puede existir un coste anual que corresponde a la
criopreservación y depósito anual de la(s) muestra(s) a partir del nacimiento del bebé. El
importe de este pago queda reflejado en el apartado de formula personal de pago.
VidaCord incrementará la cuota según el IPC anual.
4.4 Al cumplirse el plazo del contrato la familia tendrá la opción de continuar con el
mantenimiento (abonando los costes de criogenización vigentes en ese momento) o
destruir la muestra.
4.5 Los pagos posteriores a la formalización del contrato sólo podrán efectuarse mediante
domiciliación bancaria, autorizada en el mismo momento de la contratación efectiva del
servicio, o por tarjeta de crédito facilitada a la formalización.
5 RESPONSABILIDADES Y LIMITACIONES
5.1 VidaCord se reserva el derecho de trasladar la (s) muestra (s) a un banco o instalaciones
autorizadas diferentes a las originales, observando las mismas condiciones de seguridad y
conservación, para lo cual la familia da su consentimiento expreso en el presente
documento.
EXENCIÓN
5.2 VidaCord queda exenta de cualquier responsabilidad en las fases correspondientes a la
extracción, recogida, expedición o reexpedición de la sangre, o de las células madre de
cordón y/o tejido, en las que no haya intervenido de forma directa. La familia entiende que
la recoleccion de la (s) muestra (s) no forma parte del servicio de VidaCord y que el doctor,
obstetra u otro personal médico en cuestión puede en ciertas circunstancias rehusar o no
poder recoger o empaquetar adecuadamente la (s) muestra (s) y que ni VidaCord ni sus
representantes, accionistas, empleados, agentes y contratistas serán responsables de los
errores o daños causados por dicho doctor, obstetra u otro personal médico. Asimismo, la
familia exime en este acto al hospital, al médico, al obstetra y a los restantes miembros del
personal médico de toda responsabilidad. La familia también entiende y confirma que ni
VidaCord, ni sus representantes, directivos, empleados, accionistas, agentes o consultores
han efectuado manifestación alguna y no asumen ninguna responsabilidad ni obligación
respecto a la posibilidad de recoger satisfactoriamente células madre de la (s) muestra (s),
a la idoneidad de las células madre para el tratamiento contemplado, al tratamiento
satisfactorio de cualquier enfermedad a través del trasplante de células madre o terapias
con células madre, o a las ventajas del uso de células madre de la sangre y/o tejido de
cordón umbilical sobre otras terapias que utilizan células madre
LIMITACIÓN
5.3 En caso de cualquier deterioro producido durante el tratamiento de la (s) muestra (s) por
VidaCord, o los agentes homologados por ésta, o bien resultara de una actuación
negligente y probada del personal técnico de los laboratorios donde es procesada y
preservada la misma la responsabilidad de VidaCord queda limitada al reembolso íntegro
de los importes satisfechos por la familia o titular del contrato hasta la fecha de dicha
contingencia.
6 EXTINCIÓN, RENOVACIÓN O CESIÓN
EXTINCIÓN
6.1 El contrato de servicio se extinguirá, sin que haya lugar a indemnización por parte de
VidaCord, por :
- Verificación negativa de la muestra (excepto en los casos reflejados en el apartado 9).
- Impago de las obligaciones económicas en los plazos establecidos.
- Transferencia de la muestra para su aplicación terapéutica, de acuerdo a los protocolos
médicos exigibles.
- Denuncia del contrato por parte de la familia, representante legal o titular de la
muestra.
6.2 La no satisfacción en plazo de cualquiera de los capítulos económicos, descritos en el
apartado de fórmula personal de pagos, por parte de la familia, dará lugar a la pérdida
Contrato VidaCord SCU + TCU v.5
VidaCord. Banco de Sangre de Cordón Umbilical – TecnoAlcalá – c/ Punto Net, 4 Bajo derecha, 28805 – Alcalá de Henares – Madrid.
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de cualquier derecho sobre la muestra de sangre o células madre, y, extinguirá la
obligación de VidaCord de procesar o mantener conservada dicha muestra.
6.3 Si durante la vigencia del presente contrato de servicio, la familia requiriera la (s) muestra
(s) almacenada (s) para su aplicación con fines terapéuticos o para la eventual fabricación
de un producto medicinal, la familia deberá notificárselo por escrito a VidaCord. La
notificación deberá incluir el nombre y apellidos del niño/a, nombre y apellidos de la madre,
número de contrato, y la dirección del médico y del hospital o del centro de ingeniería
genética y biotecnología debidamente acreditado donde será (s) utilizada (s).
6.4 VidaCord enviará la (s) muestra (s) al centro sanitario de aplicación indicado sin coste
alguno para la familia. VidaCord niega expresamente toda responsabilidad por el
transporte de la (s) muestra (s).
6.5 VidaCord garantiza a la familia una ayuda de hasta 6.000 € en el caso de que la muestra
criopreservada se aplique terapéuticamente en un trasplante en el contexto de una
enfermedad de índole hematológico, bien sea autólogo o alogénico intrafamiliar
(entendiendo este último caso como los parientes de primer grado y hermanos por
consanguinidad), todo ello hasta la mayoría de edad del bebe, para cubrir los gastos de
alojamiento y manutención del paciente o de los familiares y/o acompañantes del enfermo.
Para ello la familia deberá presentar los justificantes correspondientes a los gastos
incurridos.
RENOVACIÓN
6.6 Una vez concluido el plazo del contrato se producirá una renovación automática del mismo,
la cual será corroborada con el pago efectivo de la cuota anual. El importe de esta cuota
queda reflejado en el apartado de formula personal de pago.
CESIÓN
6.7 Salvo que la legislación aplicable defina otra cosa, la (s) muestra (s) seguirá (n) siendo
propiedad del niño, y en su caso, sus herederos legales. Hasta que el niño llegue a la edad
legal, los Padres/Tutores legales tienen el derecho y la responsabilidad de consentir la
recogida, almacenamiento, uso y disposición de la misma.
6.8 VidaCord, podrá ceder en cualquier momento a terceros sus obligaciones y derechos
derivados del presente contrato.
7 COMUNICACIÓN
7.1 Cualquier comunicación o notificación que se realice en el ámbito del presente Contrato
deberá efectuarse por escrito a los domicilios de las Partes indicados en el presente
Contrato.
7.2 Cualquier cambio en el domicilio de la familia deberá ser notificado por escrito a VidaCord,
considerándose el nuevo domicilio válido a efectos de comunicaciones y notificaciones
desde el tercer día siguiente a la fecha de recepción de la misma.
7.3 La falta de notificación del cambio de domicilio por parte de la familia exime a VidaCord de
cualquier obligación de localización de la misma y le faculta a resolver el presente Contrato
cuando su continuidad exigiera la intervención de dichas personas, de acuerdo con la
legislación vigente.
7.4 VidaCord asignará a cada titular de contrato un código de identificación del mismo. Este
código le permitirá contactar a cualquier efecto con VidaCord, y en el futuro acceder a los
mecanismos de información o comunicación reservados, que se habiliten dentro del sitio
web VidaCord.
7.5 De acuerdo con lo establecido por la Ley orgánica 15/1999 de Protección de Datos de
Carácter Personal, le informamos que sus datos personales recogidos (hijo, madre y/o
padre) mediante este contrato de prestación de servicios se incorporarán en un fichero
automatizado bajo la responsabilidad de VidaCord, con la finalidad de poder gestionar el
servicio de verificación, procesamiento, análisis de muestras sanguíneas y crio-preservación
de las células madre obtenidas de la sangre de cordón umbilical. Así mismo, le informamos
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que puede ejercer sus derechos de acceso, cancelación, rectificación y oposición mediante
escrito a nuestra dirección: Calle Punto Net, 4. Bajo. TECNOALCALÁ. Edificio ZYE. 28805-
Alcalá de Henares-Madrid.
8 OPCIONES DE DEPÓSITO
VidaCord facilita a la familia la opción de elegir el lugar de depósito definitivo de la muestra
entre las siguientes opciones:
 Depósito Final en Reino Unido, sin disponibilidad universal y que conllevaría la
obligación de VidaCord de trasladar la muestra y realizar el depósito final en tanques
propios, en el banco privado de tejidos ubicado en el Nottingham Science and Technology
Park, 10, Faraday Building – Nottingham (Reino Unido), autorizado conforme a la
normativa europea aplicable y las autoridades sanitarias del Reino Unido.
 Depósito Final en España, lo que conllevaría que si durante la vigencia del presente
contrato de servicio, la muestra de sangre de cordón umbilical fuera requerida por las
autoridades competentes del sistema público de salud, en virtud de la disponibilidad
universal a la que está sujeta toda muestra preservada en un establecimiento de tejidos
autorizado con depósito en España, y de conformidad con la legislación vigente, la
muestra será transferida y la familia será informada sobre tal circunstancia. De producirse
esta situación, VidaCord queda obligada a restituir la integridad de los importes
satisfechos hasta la fecha por la familia con ocasión y en cumplimiento del presente
contrato. Así mismo esta elección conlleva, por imperativo del RD 1301/2006, la
realización de la prueba del HLA a estas muestras, con un coste añadido que queda
reflejado en el apartado de fórmula personal de pagos.
9 GARANTÍA DE BAJA CELULARIDAD
Si en la unidad se detectase, tras su análisis y procesamiento, que tiene baja celularidad
(entendiendo por tal, la que a día de hoy no sería útil para realizar un trasplante hematológico
con probabilidades razonables de éxito, en función de los criterios de nuestra dirección médica),
la familia puede decidir que se procese y se criogenice en cualquier caso. La muestra se
conservaría en este caso durante 10 años en espera de que en un futuro se pudiera usar dentro
del ámbito de la medicina regenerativa. De producirse esta circunstancia, la cantidad a abonar
será de 975€.Al cumplirse el plazo de 10 años la familia podrá optar entre continuar con la
conservación de la muestra (abonando las cantidades pendientes) o destruir la muestra.
10 SERVICIO DE APOYO FAMILIAR PARA TRASPLANTE
El Servicio de Apoyo Familiar para Trasplante (SAFT) es un servicio que VidaCord ofrece a las
familias, gracias a que cuenta con un Comité Bioético y Médico-Científico compuesto por
reconocidos especialistas en su campo, entre los que se encuentra el profesor John Wagner,
artífice del primer trasplante para tratar una leucemia, y autor de la mayoría de trasplantes de
SCU en el mundo hasta la fecha. En caso de contratar este servicio, de llegar a necesitarse la
muestra de SCU y/o TCU para un trasplante hematopoyético, el Comité Bioético y Médico-
Científico de VidaCord ofrecerá a la familia las siguientes ventajas:
10.1 Servicio de Segunda Opinión Médica. En el caso de que al niño se le diagnostique una
enfermedad susceptible de trasplante con SCU y/o TCU la familia enviará los informes
médicos a VidaCord. El objetivo es poder facilitar a la familia un informe médico sobre el
diagnóstico y el mejor tratamiento a aplicar.
10.2 Búsqueda del mejor especialista en España o a nivel mundial para el tratamiento. Merced a
la altísima categoría profesional de los integrantes del Comité Bioético y Médico-Científico
de VidaCord se ofrecerá a la familia los datos de contacto del mejor especialista mundial
para su caso concreto.
10.3 Coordinación asistencial para el envío de la (s) muestra (s) al centro de trasplante
seleccionado.
Contrato VidaCord SCU + TCU v.5
VidaCord. Banco de Sangre de Cordón Umbilical – TecnoAlcalá – c/ Punto Net, 4 Bajo derecha, 28805 – Alcalá de Henares – Madrid.
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10.4 Ayuda para el trasplante. VidaCord amplía la ayuda para trasplante, abonando hasta
20.000 € para cubrir los gastos de alojamiento y manutención del paciente o de los
familiares y/o acompañantes del enfermo, siempre que dichos gastos se deriven de una
enfermedad tratable con la unidad de SCU y/o TCU conservada en VidaCord, previa la
presentación de los correspondientes justificantes. Esta ayuda solo será efectiva en el caso
de que la muestra criopreservada se aplique para trasplante en una terapia clínica
consolidada para una enfermedad de índole hematológico, bien sea autólogo o alogénico
intrafamiliar (entendiendo este último caso como los parientes de primer grado y hermanos
por consanguinidad), todo ello hasta la mayoría de edad del niño.
Si se ha marcado la opción correspondiente en este contrato, el Servicio de Apoyo Familiar para
Trasplante será gratuito para la familia durante el primer año de vida del niño. A partir de su
primer cumpleaños VidaCord cobrará una cantidad de 50 € (IVA incluido) cada año. Esta
cantidad es actualizable anualmente con el IPC correspondiente.
La duración de esta prestación será la misma que la estipulada en el contrato. En el caso de que
la familia decida rescindir el Servicio de Apoyo Familiar para Trasplante con antelación deberá
comunicarlo fehacientemente por escrito a VidaCord dos meses antes de la fecha del aniversario
del niño.
11 SERVICIO DE ANALÍTICAS HLA
VidaCord ofrece como servicio adicional la realización del análisis del HLA de la SCU del niño. Al
contratar este servicio, VidaCord realizará el análisis en un laboratorio acreditado y le entregará
un informe médico con la descripción del HLA de su hijo. Conocer por adelantado el HLA de su
hijo puede añadir un plus de seguridad en caso de que llegue a necesitar en el futuro la muestra
para trasplante a un familiar. Este servicio lleva asociado un coste adicional que viene reflejado
en el apartado de fórmula personal de pagos.
NOTA: La realización de esta analítica HLA es obligatoria para las unidades con depósito final en nuestro país
(según el RD 1301/2006, arts. 27.1 y 27.2)
12 NORMATIVA APLICABLE Y FUERO JURISDICCIONAL
12.1 Con renuncia expresa a cualquier fuero de aplicación, las Partes se someten expresamente
a la jurisdicción y competencia de los Juzgados y Tribunales de la ciudad de Madrid.
12.2 El presente contrato contiene el acuerdo completo entre las partes en lo que respecta a su
objeto, sustituyendo a cualesquiera anteriores, verbales o escritos, y sus cláusulas no se
verán modificadas excepto por acuerdo escrito entre las Partes.
Contrato VidaCord SCU + TCU v.5
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Formula Personal de Pagos
(Conforma un único contrato junto con el Contrato de Prestación de Servicio)
€
Total (IVA incluido)
A continuación se indican las distintas opciones de contratación con VidaCord, así como, las
prestaciones y costes asociados a cada una de ellas, con un descuento sobre el precio de tarifa.
Marque con una “X” la opción escogida.
Contrato SCU (pago anual): Contratación, envío de dispositivo y verificación de la muestra:
450 €. Procesamiento de la SCU: 1.200 €. Coste de criopreservación anual: 80 €  1.650 €
(+80 €)
Contrato SCU: Contratación, envío de dispositivo y verificación de la muestra: 450 €.
Procesamiento de la SCU y criopreservación 20 años: 1.440 €  1.890 €
Contrato Total. Contratación, envío de dispositivo, verificación de la muestra: 450 €.
Procesamiento y criopreservación de SCU y tejido mesenquimal 20 años: 1.700 €  2.150 €
En el caso de contratar SCU + TCU y que sólo uno de los dos tejidos pudiera ser conservado
satisfactoriamente las cantidades a abonar serán 1.690 € (sólo SCU), y 750 € (sólo TCU Total).
La cuota de criopreservación anual una vez finalizado el periodo contratado es de 80 € para SCU o
TCU (100 € si se conservan ambos), reservándose VidaCord el derecho de actualizar el I.P.C. anual
de esta cuota. Este pago sólo se puede realizar a través de domiciliación bancaria.
Descuentos especiales: (no acumulables)
En caso de parto gemelar, la familia tiene derecho a un descuento del 50% sobre el precio
contratado, aplicable en el segundo bebé si la criopreservación de ambos es exitosa.
Descuento especial
 €
Otros servicios añadidos o complementarios que realiza VidaCord:
 Extensión 5 años adicionales (total periodo de criopreservación: 25 años)
 350 €
 Suplemento de transporte (para contratos de islas Canarias y Baleares)
 100 €
 Screening ampliado de metabolopatías por espectrometría de masas  350 €
 Recogida Personalizada por personal de VidaCord  225 €
 Servicio de Apoyo Familiar para Trasplante (SAFT) (Cuota anual. Gratis el 1er
año)
 50 €
 Analítica HLA (obligatorio para muestras con depósito final en España)
 300 €
Todos nuestros precios incluyen I.V.A. según la normativa vigente, Ley 37/1992 del 28 de diciembre del impuesto sobre el valor añadido.
Contrato VidaCord SCU + TCU v.5
VidaCord. Banco de Sangre de Cordón Umbilical – TecnoAlcalá – c/ Punto Net, 4 Bajo derecha, 28805 – Alcalá de Henares – Madrid.
Entidad privada inscrita en el Registro Mercantil de Asturias, en el tomo 3299, folio 77, hoja número AS-31643. C.I.F. B-33918418
8
A rellenar por el cliente
Datos Bancarios Personales
Datos del Titular de la Cuenta:
Nombre y Apellidos: …………………………………………………………………………………………………………………………..
DNI: …………………………………………………………………………………………………………………………………………………….
Domicilio………………………………………………………………………………………………………………………………………………
Localidad……………………………………………………………………Código Postal………………………………………………….
Provincia………………………………………………………………………………………………………………………………………………
Opción A.
Código de Cuenta Cliente.
Entidad Oficina D.C Número de Cuenta
Ruego acepten en la cuenta indicada los cargos que presente VidaCord S.L asociados al servicio de
procesamiento y criopreservación de SCU.
Opción B.
Tarjeta de Crédito
16 Dígitos Caducidad (mm/aa) CVC
En…………………............a…………de…………………de…………………………..
Firma del Titular.
De acuerdo con lo establecido por la Ley orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal, le
informamos que sus datos personales recogidos mediante este formulario se incorporarán en un fichero
automatizado bajo la responsabilidad de VidaCord SL, con la finalidad de poder gestionar el servicio de
verificación, procesamiento, análisis de muestras sanguíneas y crio-preservación de las células madre
obtenidas de la sangre de cordón umbilical. Así mismo, le informamos que puede ejercer sus derechos de
acceso, cancelación, rectificación y oposición mediante escrito a nuestra dirección: Calle Punto Net, 4. Bajo.
TECNOALCALÁ. Edificio ZYE. 28805- Alcalá de Henares-Madrid.

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Contrato VidaCord SCU+TCU

  • 1. Contrato VidaCord SCU + TCU v.5 VidaCord. Banco de Sangre de Cordón Umbilical – TecnoAlcalá – c/ Punto Net, 4 Bajo derecha, 28805 – Alcalá de Henares – Madrid. Entidad privada inscrita en el Registro Mercantil de Asturias, en el tomo 3299, folio 77, hoja número AS-31643. C.I.F. B-33918418 1 CONTRATO de PRESTACIÓN de SERVICIO (Conforma un único contrato, junto con documento de Fórmula Personal de Pagos) Para el procesamiento, análisis, criopreservación y almacenamiento de células madre de la sangre y/o tejido del cordón umbilical, suscrito entre VidaCord S.L. (C/ Punto Net, 4, 28805 – Alcalá de Henares, Madrid) y los padres / tutores legales en nombre y representación del niño no nacido (en adelante referidos conjuntamente como “la familia”) CONTRATO: DISPOSITIVO: MADRE / Tutora legal Apellidos Nombre Dirección C.P. Ciudad País Teléfono Teléfono móvil E-mail DNI PADRE / Tutor legal Apellidos Nombre Dirección C.P. Ciudad País Teléfono Teléfono móvil E-mail DNI HOSPITAL BEBÉ Fecha de parto: TIPO DE CONTRATO: SCU  TOTAL ELECCIÓN LUGAR DE DEPÓSITO SCU*:  REINO UNIDO  ESPAÑA *El lugar de depósito del TCU, de contratarse, será siempre España, y por un plazo igual al escogido para la SCU CONTRATA EL SERVICIO DE ANALÍTICA HLA:  SÍ  NO Contrata el Servicio de Apoyo Familiar para Trasplante (SAFT):  SÍ NO Hemos leído y aceptamos las condiciones generales y el plan de tarifas adjuntos a este contrato Madrid, a _______ de ____________________ de 20____ Firma de la madre/tutora Firma del padre/tutor Firma VidaCord Angel G. Alvarez Ramos
  • 2. Contrato VidaCord SCU + TCU v.5 VidaCord. Banco de Sangre de Cordón Umbilical – TecnoAlcalá – c/ Punto Net, 4 Bajo derecha, 28805 – Alcalá de Henares – Madrid. Entidad privada inscrita en el Registro Mercantil de Asturias, en el tomo 3299, folio 77, hoja número AS-31643. C.I.F. B-33918418 2 CONTRATO de PRESTACIÓN de SERVICIO 1 OBJETO La prestación por VidaCord del servicio de verificación, procesamiento, análisis y crio- preservación de las células madre obtenidas de la sangre (SCU) y/o tejido de cordón umbilical (TCU), recogidas en el momento del nacimiento de la persona cuyos padres (madre y/o padre o tutores legales) suscriben el mismo, de conformidad con las normas que prevé el Real Decreto 1301/2006 de 10 de noviembre por el que se establecen las normas de calidad y seguridad para la donación, la obtención, la evaluación, el procesamiento, la preservación, el almacenamiento y la distribución de células y tejidos humanos y se aprueban las normas de coordinación y funcionamiento para su uso en humanos. 2 ALCANCE DEL SERVICIO 2.1 Al recibir la (s) muestra (s), VidaCord procurará por todos los medios procesar y criopreservar las células madre de la (s) misma (s) con el propósito de su aplicación directa en humanos, siempre que pueda identificarse un número suficiente de células madre viables. En virtud de los conocimientos científicos actuales, se considera válida para su conservación una unidad de SCU que contenga un mínimo de 700.000 células CD 34+. 2.2 La (s) muestra (s) es (son) propiedad del niño, y en su caso, de sus herederos legales, siendo sus legales representantes quienes consienten la recogida, almacenamiento y disposición de la misma. 2.3 VidaCord almacenará la (s) muestra (s) durante el tiempo indicado en el documento de formula personal de pago. En el caso de que no hubiera células madre suficientes, o si VidaCord determina que el almacenamiento no es posible, no se llevará a cabo almacenamiento alguno y la familia no estará obligada a pagar a VidaCord cantidad alguna (excepto en el caso de haberse contratado la de Garantía de Baja Celularidad, de acuerdo con el punto 9 de este contrato). 2.4 VidaCord tiene suscrito un seguro para su actividad de procesamiento, mantenimiento y conservación de las muestras, conforme exige la legislación española (RD 1301/2006). 3 DURACIÓN El presente contrato entrará en vigor a la firma del mismo por la familia. La duración del presente contrato queda reflejada en el apartado de formula personal de pago. 4 CONDICIONES ECONÓMICAS La familia acepta pagar la Tarifa puntualmente y de acuerdo con la formula personal de pago. Los Padres y/o Tutores legales (según proceda) están obligados por separado y conjuntamente al pago de las tarifas facturadas. Los costes asociados al servicio serán satisfechos de acuerdo a las siguientes indicaciones y según se reflejan en el anexo de formula personal de pago: 4.1 Un único pago, tras la verificación positiva de la muestra, cuya cuantía corresponderá a la formalización y registro del contrato, envío de los dispositivos de extracción, recogida, expedición de la sangre y verificación de la muestra (volumen), procesamiento de la muestra de la sangre del cordón umbilical, los análisis de la sangre de cordón umbilical y materna, así como a la certificación de sus resultados, orden de depósito y criogenización de la muestra. Este pago se efectuará tras la notificación de los resultados de la muestra. El importe de este pago queda reflejado en el apartado de formula personal de pago. 4.2 En el caso de que el servicio incluya el tejido del cordón y, por cualquier razón no fuera posible su procesamiento con las condiciones suficientes para asegurar su utilidad terapéutica según criterio médico de VidaCord, el tejido seria destruido siguiendo los protocolos establecidos.
  • 3. Contrato VidaCord SCU + TCU v.5 VidaCord. Banco de Sangre de Cordón Umbilical – TecnoAlcalá – c/ Punto Net, 4 Bajo derecha, 28805 – Alcalá de Henares – Madrid. Entidad privada inscrita en el Registro Mercantil de Asturias, en el tomo 3299, folio 77, hoja número AS-31643. C.I.F. B-33918418 3 4.3 En función de la opción de pago escogida, puede existir un coste anual que corresponde a la criopreservación y depósito anual de la(s) muestra(s) a partir del nacimiento del bebé. El importe de este pago queda reflejado en el apartado de formula personal de pago. VidaCord incrementará la cuota según el IPC anual. 4.4 Al cumplirse el plazo del contrato la familia tendrá la opción de continuar con el mantenimiento (abonando los costes de criogenización vigentes en ese momento) o destruir la muestra. 4.5 Los pagos posteriores a la formalización del contrato sólo podrán efectuarse mediante domiciliación bancaria, autorizada en el mismo momento de la contratación efectiva del servicio, o por tarjeta de crédito facilitada a la formalización. 5 RESPONSABILIDADES Y LIMITACIONES 5.1 VidaCord se reserva el derecho de trasladar la (s) muestra (s) a un banco o instalaciones autorizadas diferentes a las originales, observando las mismas condiciones de seguridad y conservación, para lo cual la familia da su consentimiento expreso en el presente documento. EXENCIÓN 5.2 VidaCord queda exenta de cualquier responsabilidad en las fases correspondientes a la extracción, recogida, expedición o reexpedición de la sangre, o de las células madre de cordón y/o tejido, en las que no haya intervenido de forma directa. La familia entiende que la recoleccion de la (s) muestra (s) no forma parte del servicio de VidaCord y que el doctor, obstetra u otro personal médico en cuestión puede en ciertas circunstancias rehusar o no poder recoger o empaquetar adecuadamente la (s) muestra (s) y que ni VidaCord ni sus representantes, accionistas, empleados, agentes y contratistas serán responsables de los errores o daños causados por dicho doctor, obstetra u otro personal médico. Asimismo, la familia exime en este acto al hospital, al médico, al obstetra y a los restantes miembros del personal médico de toda responsabilidad. La familia también entiende y confirma que ni VidaCord, ni sus representantes, directivos, empleados, accionistas, agentes o consultores han efectuado manifestación alguna y no asumen ninguna responsabilidad ni obligación respecto a la posibilidad de recoger satisfactoriamente células madre de la (s) muestra (s), a la idoneidad de las células madre para el tratamiento contemplado, al tratamiento satisfactorio de cualquier enfermedad a través del trasplante de células madre o terapias con células madre, o a las ventajas del uso de células madre de la sangre y/o tejido de cordón umbilical sobre otras terapias que utilizan células madre LIMITACIÓN 5.3 En caso de cualquier deterioro producido durante el tratamiento de la (s) muestra (s) por VidaCord, o los agentes homologados por ésta, o bien resultara de una actuación negligente y probada del personal técnico de los laboratorios donde es procesada y preservada la misma la responsabilidad de VidaCord queda limitada al reembolso íntegro de los importes satisfechos por la familia o titular del contrato hasta la fecha de dicha contingencia. 6 EXTINCIÓN, RENOVACIÓN O CESIÓN EXTINCIÓN 6.1 El contrato de servicio se extinguirá, sin que haya lugar a indemnización por parte de VidaCord, por : - Verificación negativa de la muestra (excepto en los casos reflejados en el apartado 9). - Impago de las obligaciones económicas en los plazos establecidos. - Transferencia de la muestra para su aplicación terapéutica, de acuerdo a los protocolos médicos exigibles. - Denuncia del contrato por parte de la familia, representante legal o titular de la muestra. 6.2 La no satisfacción en plazo de cualquiera de los capítulos económicos, descritos en el apartado de fórmula personal de pagos, por parte de la familia, dará lugar a la pérdida
  • 4. Contrato VidaCord SCU + TCU v.5 VidaCord. Banco de Sangre de Cordón Umbilical – TecnoAlcalá – c/ Punto Net, 4 Bajo derecha, 28805 – Alcalá de Henares – Madrid. Entidad privada inscrita en el Registro Mercantil de Asturias, en el tomo 3299, folio 77, hoja número AS-31643. C.I.F. B-33918418 4 de cualquier derecho sobre la muestra de sangre o células madre, y, extinguirá la obligación de VidaCord de procesar o mantener conservada dicha muestra. 6.3 Si durante la vigencia del presente contrato de servicio, la familia requiriera la (s) muestra (s) almacenada (s) para su aplicación con fines terapéuticos o para la eventual fabricación de un producto medicinal, la familia deberá notificárselo por escrito a VidaCord. La notificación deberá incluir el nombre y apellidos del niño/a, nombre y apellidos de la madre, número de contrato, y la dirección del médico y del hospital o del centro de ingeniería genética y biotecnología debidamente acreditado donde será (s) utilizada (s). 6.4 VidaCord enviará la (s) muestra (s) al centro sanitario de aplicación indicado sin coste alguno para la familia. VidaCord niega expresamente toda responsabilidad por el transporte de la (s) muestra (s). 6.5 VidaCord garantiza a la familia una ayuda de hasta 6.000 € en el caso de que la muestra criopreservada se aplique terapéuticamente en un trasplante en el contexto de una enfermedad de índole hematológico, bien sea autólogo o alogénico intrafamiliar (entendiendo este último caso como los parientes de primer grado y hermanos por consanguinidad), todo ello hasta la mayoría de edad del bebe, para cubrir los gastos de alojamiento y manutención del paciente o de los familiares y/o acompañantes del enfermo. Para ello la familia deberá presentar los justificantes correspondientes a los gastos incurridos. RENOVACIÓN 6.6 Una vez concluido el plazo del contrato se producirá una renovación automática del mismo, la cual será corroborada con el pago efectivo de la cuota anual. El importe de esta cuota queda reflejado en el apartado de formula personal de pago. CESIÓN 6.7 Salvo que la legislación aplicable defina otra cosa, la (s) muestra (s) seguirá (n) siendo propiedad del niño, y en su caso, sus herederos legales. Hasta que el niño llegue a la edad legal, los Padres/Tutores legales tienen el derecho y la responsabilidad de consentir la recogida, almacenamiento, uso y disposición de la misma. 6.8 VidaCord, podrá ceder en cualquier momento a terceros sus obligaciones y derechos derivados del presente contrato. 7 COMUNICACIÓN 7.1 Cualquier comunicación o notificación que se realice en el ámbito del presente Contrato deberá efectuarse por escrito a los domicilios de las Partes indicados en el presente Contrato. 7.2 Cualquier cambio en el domicilio de la familia deberá ser notificado por escrito a VidaCord, considerándose el nuevo domicilio válido a efectos de comunicaciones y notificaciones desde el tercer día siguiente a la fecha de recepción de la misma. 7.3 La falta de notificación del cambio de domicilio por parte de la familia exime a VidaCord de cualquier obligación de localización de la misma y le faculta a resolver el presente Contrato cuando su continuidad exigiera la intervención de dichas personas, de acuerdo con la legislación vigente. 7.4 VidaCord asignará a cada titular de contrato un código de identificación del mismo. Este código le permitirá contactar a cualquier efecto con VidaCord, y en el futuro acceder a los mecanismos de información o comunicación reservados, que se habiliten dentro del sitio web VidaCord. 7.5 De acuerdo con lo establecido por la Ley orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal, le informamos que sus datos personales recogidos (hijo, madre y/o padre) mediante este contrato de prestación de servicios se incorporarán en un fichero automatizado bajo la responsabilidad de VidaCord, con la finalidad de poder gestionar el servicio de verificación, procesamiento, análisis de muestras sanguíneas y crio-preservación de las células madre obtenidas de la sangre de cordón umbilical. Así mismo, le informamos
  • 5. Contrato VidaCord SCU + TCU v.5 VidaCord. Banco de Sangre de Cordón Umbilical – TecnoAlcalá – c/ Punto Net, 4 Bajo derecha, 28805 – Alcalá de Henares – Madrid. Entidad privada inscrita en el Registro Mercantil de Asturias, en el tomo 3299, folio 77, hoja número AS-31643. C.I.F. B-33918418 5 que puede ejercer sus derechos de acceso, cancelación, rectificación y oposición mediante escrito a nuestra dirección: Calle Punto Net, 4. Bajo. TECNOALCALÁ. Edificio ZYE. 28805- Alcalá de Henares-Madrid. 8 OPCIONES DE DEPÓSITO VidaCord facilita a la familia la opción de elegir el lugar de depósito definitivo de la muestra entre las siguientes opciones:  Depósito Final en Reino Unido, sin disponibilidad universal y que conllevaría la obligación de VidaCord de trasladar la muestra y realizar el depósito final en tanques propios, en el banco privado de tejidos ubicado en el Nottingham Science and Technology Park, 10, Faraday Building – Nottingham (Reino Unido), autorizado conforme a la normativa europea aplicable y las autoridades sanitarias del Reino Unido.  Depósito Final en España, lo que conllevaría que si durante la vigencia del presente contrato de servicio, la muestra de sangre de cordón umbilical fuera requerida por las autoridades competentes del sistema público de salud, en virtud de la disponibilidad universal a la que está sujeta toda muestra preservada en un establecimiento de tejidos autorizado con depósito en España, y de conformidad con la legislación vigente, la muestra será transferida y la familia será informada sobre tal circunstancia. De producirse esta situación, VidaCord queda obligada a restituir la integridad de los importes satisfechos hasta la fecha por la familia con ocasión y en cumplimiento del presente contrato. Así mismo esta elección conlleva, por imperativo del RD 1301/2006, la realización de la prueba del HLA a estas muestras, con un coste añadido que queda reflejado en el apartado de fórmula personal de pagos. 9 GARANTÍA DE BAJA CELULARIDAD Si en la unidad se detectase, tras su análisis y procesamiento, que tiene baja celularidad (entendiendo por tal, la que a día de hoy no sería útil para realizar un trasplante hematológico con probabilidades razonables de éxito, en función de los criterios de nuestra dirección médica), la familia puede decidir que se procese y se criogenice en cualquier caso. La muestra se conservaría en este caso durante 10 años en espera de que en un futuro se pudiera usar dentro del ámbito de la medicina regenerativa. De producirse esta circunstancia, la cantidad a abonar será de 975€.Al cumplirse el plazo de 10 años la familia podrá optar entre continuar con la conservación de la muestra (abonando las cantidades pendientes) o destruir la muestra. 10 SERVICIO DE APOYO FAMILIAR PARA TRASPLANTE El Servicio de Apoyo Familiar para Trasplante (SAFT) es un servicio que VidaCord ofrece a las familias, gracias a que cuenta con un Comité Bioético y Médico-Científico compuesto por reconocidos especialistas en su campo, entre los que se encuentra el profesor John Wagner, artífice del primer trasplante para tratar una leucemia, y autor de la mayoría de trasplantes de SCU en el mundo hasta la fecha. En caso de contratar este servicio, de llegar a necesitarse la muestra de SCU y/o TCU para un trasplante hematopoyético, el Comité Bioético y Médico- Científico de VidaCord ofrecerá a la familia las siguientes ventajas: 10.1 Servicio de Segunda Opinión Médica. En el caso de que al niño se le diagnostique una enfermedad susceptible de trasplante con SCU y/o TCU la familia enviará los informes médicos a VidaCord. El objetivo es poder facilitar a la familia un informe médico sobre el diagnóstico y el mejor tratamiento a aplicar. 10.2 Búsqueda del mejor especialista en España o a nivel mundial para el tratamiento. Merced a la altísima categoría profesional de los integrantes del Comité Bioético y Médico-Científico de VidaCord se ofrecerá a la familia los datos de contacto del mejor especialista mundial para su caso concreto. 10.3 Coordinación asistencial para el envío de la (s) muestra (s) al centro de trasplante seleccionado.
  • 6. Contrato VidaCord SCU + TCU v.5 VidaCord. Banco de Sangre de Cordón Umbilical – TecnoAlcalá – c/ Punto Net, 4 Bajo derecha, 28805 – Alcalá de Henares – Madrid. Entidad privada inscrita en el Registro Mercantil de Asturias, en el tomo 3299, folio 77, hoja número AS-31643. C.I.F. B-33918418 6 10.4 Ayuda para el trasplante. VidaCord amplía la ayuda para trasplante, abonando hasta 20.000 € para cubrir los gastos de alojamiento y manutención del paciente o de los familiares y/o acompañantes del enfermo, siempre que dichos gastos se deriven de una enfermedad tratable con la unidad de SCU y/o TCU conservada en VidaCord, previa la presentación de los correspondientes justificantes. Esta ayuda solo será efectiva en el caso de que la muestra criopreservada se aplique para trasplante en una terapia clínica consolidada para una enfermedad de índole hematológico, bien sea autólogo o alogénico intrafamiliar (entendiendo este último caso como los parientes de primer grado y hermanos por consanguinidad), todo ello hasta la mayoría de edad del niño. Si se ha marcado la opción correspondiente en este contrato, el Servicio de Apoyo Familiar para Trasplante será gratuito para la familia durante el primer año de vida del niño. A partir de su primer cumpleaños VidaCord cobrará una cantidad de 50 € (IVA incluido) cada año. Esta cantidad es actualizable anualmente con el IPC correspondiente. La duración de esta prestación será la misma que la estipulada en el contrato. En el caso de que la familia decida rescindir el Servicio de Apoyo Familiar para Trasplante con antelación deberá comunicarlo fehacientemente por escrito a VidaCord dos meses antes de la fecha del aniversario del niño. 11 SERVICIO DE ANALÍTICAS HLA VidaCord ofrece como servicio adicional la realización del análisis del HLA de la SCU del niño. Al contratar este servicio, VidaCord realizará el análisis en un laboratorio acreditado y le entregará un informe médico con la descripción del HLA de su hijo. Conocer por adelantado el HLA de su hijo puede añadir un plus de seguridad en caso de que llegue a necesitar en el futuro la muestra para trasplante a un familiar. Este servicio lleva asociado un coste adicional que viene reflejado en el apartado de fórmula personal de pagos. NOTA: La realización de esta analítica HLA es obligatoria para las unidades con depósito final en nuestro país (según el RD 1301/2006, arts. 27.1 y 27.2) 12 NORMATIVA APLICABLE Y FUERO JURISDICCIONAL 12.1 Con renuncia expresa a cualquier fuero de aplicación, las Partes se someten expresamente a la jurisdicción y competencia de los Juzgados y Tribunales de la ciudad de Madrid. 12.2 El presente contrato contiene el acuerdo completo entre las partes en lo que respecta a su objeto, sustituyendo a cualesquiera anteriores, verbales o escritos, y sus cláusulas no se verán modificadas excepto por acuerdo escrito entre las Partes.
  • 7. Contrato VidaCord SCU + TCU v.5 VidaCord. Banco de Sangre de Cordón Umbilical – TecnoAlcalá – c/ Punto Net, 4 Bajo derecha, 28805 – Alcalá de Henares – Madrid. Entidad privada inscrita en el Registro Mercantil de Asturias, en el tomo 3299, folio 77, hoja número AS-31643. C.I.F. B-33918418 7 Formula Personal de Pagos (Conforma un único contrato junto con el Contrato de Prestación de Servicio) € Total (IVA incluido) A continuación se indican las distintas opciones de contratación con VidaCord, así como, las prestaciones y costes asociados a cada una de ellas, con un descuento sobre el precio de tarifa. Marque con una “X” la opción escogida. Contrato SCU (pago anual): Contratación, envío de dispositivo y verificación de la muestra: 450 €. Procesamiento de la SCU: 1.200 €. Coste de criopreservación anual: 80 €  1.650 € (+80 €) Contrato SCU: Contratación, envío de dispositivo y verificación de la muestra: 450 €. Procesamiento de la SCU y criopreservación 20 años: 1.440 €  1.890 € Contrato Total. Contratación, envío de dispositivo, verificación de la muestra: 450 €. Procesamiento y criopreservación de SCU y tejido mesenquimal 20 años: 1.700 €  2.150 € En el caso de contratar SCU + TCU y que sólo uno de los dos tejidos pudiera ser conservado satisfactoriamente las cantidades a abonar serán 1.690 € (sólo SCU), y 750 € (sólo TCU Total). La cuota de criopreservación anual una vez finalizado el periodo contratado es de 80 € para SCU o TCU (100 € si se conservan ambos), reservándose VidaCord el derecho de actualizar el I.P.C. anual de esta cuota. Este pago sólo se puede realizar a través de domiciliación bancaria. Descuentos especiales: (no acumulables) En caso de parto gemelar, la familia tiene derecho a un descuento del 50% sobre el precio contratado, aplicable en el segundo bebé si la criopreservación de ambos es exitosa. Descuento especial  € Otros servicios añadidos o complementarios que realiza VidaCord:  Extensión 5 años adicionales (total periodo de criopreservación: 25 años)  350 €  Suplemento de transporte (para contratos de islas Canarias y Baleares)  100 €  Screening ampliado de metabolopatías por espectrometría de masas  350 €  Recogida Personalizada por personal de VidaCord  225 €  Servicio de Apoyo Familiar para Trasplante (SAFT) (Cuota anual. Gratis el 1er año)  50 €  Analítica HLA (obligatorio para muestras con depósito final en España)  300 € Todos nuestros precios incluyen I.V.A. según la normativa vigente, Ley 37/1992 del 28 de diciembre del impuesto sobre el valor añadido.
  • 8. Contrato VidaCord SCU + TCU v.5 VidaCord. Banco de Sangre de Cordón Umbilical – TecnoAlcalá – c/ Punto Net, 4 Bajo derecha, 28805 – Alcalá de Henares – Madrid. Entidad privada inscrita en el Registro Mercantil de Asturias, en el tomo 3299, folio 77, hoja número AS-31643. C.I.F. B-33918418 8 A rellenar por el cliente Datos Bancarios Personales Datos del Titular de la Cuenta: Nombre y Apellidos: ………………………………………………………………………………………………………………………….. DNI: ……………………………………………………………………………………………………………………………………………………. Domicilio……………………………………………………………………………………………………………………………………………… Localidad……………………………………………………………………Código Postal…………………………………………………. Provincia……………………………………………………………………………………………………………………………………………… Opción A. Código de Cuenta Cliente. Entidad Oficina D.C Número de Cuenta Ruego acepten en la cuenta indicada los cargos que presente VidaCord S.L asociados al servicio de procesamiento y criopreservación de SCU. Opción B. Tarjeta de Crédito 16 Dígitos Caducidad (mm/aa) CVC En…………………............a…………de…………………de………………………….. Firma del Titular. De acuerdo con lo establecido por la Ley orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal, le informamos que sus datos personales recogidos mediante este formulario se incorporarán en un fichero automatizado bajo la responsabilidad de VidaCord SL, con la finalidad de poder gestionar el servicio de verificación, procesamiento, análisis de muestras sanguíneas y crio-preservación de las células madre obtenidas de la sangre de cordón umbilical. Así mismo, le informamos que puede ejercer sus derechos de acceso, cancelación, rectificación y oposición mediante escrito a nuestra dirección: Calle Punto Net, 4. Bajo. TECNOALCALÁ. Edificio ZYE. 28805- Alcalá de Henares-Madrid.