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Antonio Álvarez ministro nacional OFS.
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Orden Franciscana Seglar
Fraternidad Nacional de España
Madrid, 26 y 27 de marzo, de 2019
¡¡¡Queridos hermanos, Paz y bien!!!
APENDICE:
- Introducción
- Los papas modernos
- La OFS vista desde la legislación
- Fundación de la Orden Franciscana Seglar
- Datos del Archivo Nacional de Historia Hispánica sobre la OFS
- Que es lo que queremos de los Asistentes Espirituales
1º.- Introducción:
Quiero empezar hablando brevemente de la Orden
Franciscana Seglar, lo haré de forma muy esquematizada, sin
pretender en absoluto que esta charla sea una catequesis sobre la
OFS, nada más lejos de mi intención y lo quiero hacer
extrapolándonos todos a un pasado lejano, para llegar a entender
algunos errores, simplemente eso, errores que son de ese pasado y
que en este siglo aún se repite alguno de ellos y así, llegar hasta la
actualidad hoy en día, para que al final pueda deciros: que
esperamos en la OFS de los Asistentes Espirituales de la 1ª y 3ª
Orden Regular en estos tiempos tan faltos de vocaciones para
nuestros hermanos frailes y cada vez con más obligaciones, más
edad y escasos de tiempo. Por ello, no quiero que nadie se sienta
aludido cuando menciones actitudes y errores, pues solo pretendo
que se vea como algunas de estas actitudes y errores de entonces
T
Antonio Álvarez ministro nacional OFS.
2
todavía se dan entre los hermanos seglares y frailes, aunque
afortunadamente cada vez menos.
De acuerdo con los documentos estudiados que atañen a la
Orden Franciscana Seglar, ésta ha sido entendida frecuentemente y
“de forma errónea” como un grupo mezcla de parroquial y
fraternidad en algunas fraternidades, tanto por seglares con escasa
formación (sin sentido de identidad y sin sentido de pertenencia) y también
por frailes que como veremos más adelante, sus actuaciones se
derivaban de la formación recibida en su tiempo.
Por el contrario, legislativamente siempre ha sido entendida
como una Orden, única en la Iglesia en su condición Secular y
además lo es de Derecho Pontificio, con todos sus privilegios y
obligaciones. Por lo tanto, las Instituciones de Derecho Pontificio,
dependen de un modo inmediato y exclusivo de la Sede Apostólica
en cuanto al régimen interno y la disciplina. (todos los organismos
de derecho pontificio son erigidos canónicamente por la Santa Sede
mediante un decreto formal), en el caso de la OFS, véase la Regla
páginas 13 a la15 (Breve Apostólico Seraphicus Patriarcha) y 43. (Decreto).
2º.- Veamos a los papas modernos, adentrémonos en ese
pasado:
León XIII, 1883, dijo: “La Tercera Orden se fundamenta
completamente en la observancia de los preceptos de Cristo, ya
que son un entrenamiento para una más intensa práctica de la fe”.
29 años después de León XIII. Pío X, en 1912, dijo: “La Tercera
Orden no es algo diferente de las otras en su naturaleza, sino
sólo en la función que desarrolla de acuerdo con su propio
Antonio Álvarez ministro nacional OFS.
3
estado y situación. Es una institución donde se aprende a ser
testigos de la fe”.
14 años después de Pío X. Pío XI, en 1926, habla de la Orden
Franciscana Seglar como “una Orden para que aquellos que,
viviendo en el mundo, puedan vivir los mandamientos en la
forma en que San Francisco lo hizo”.
30 años después de Pío XI. Pío XII en 1956, dijo: “La OFS, es
una escuela de perfección. La familia Franciscana comprende a
todos aquellos miembros del Pueblo de Dios, seglares, religiosos y
sacerdotes, que se sienten llamados al seguimiento de Cristo, tras
las huellas de San Francisco de Asís. En maneras y formas
diversas, pero en recíproca comunión vital, todos ellos se proponen
hacer presente el carisma del común Seráfico Padre, en la vida y en
la misión de la Iglesia”. (Este texto, de Pío XII, aún se conserva en la Regla
actual de la OFS).
Finalmente 15 años después de Pio XII. Pablo VI en 1971, ante
los miembros de la magna peregrinación internacional de Terciarios
dijo: “Los terciarios, buscadores de la autenticidad evangélica
encuentran alimento y fortaleza para la imitación de Cristo en la
Espiritualidad franciscana”.
3º.- La OFS, vista desde la legislación:
El Código Derecho Canónico (CDC) de 1983 hace una clara
distinción sobre nosotros los seglares, al decirnos que: sus
miembros están llamados a la actividad apostólica, elemento que es
ignorado completamente por el Código anterior de 1917, que decía
que los Terciarios de entonces estaban bajo la dirección de las 1ª
Antonio Álvarez ministro nacional OFS.
4
ordenes, posiblemente muchos de los errores, acciones o actitudes
que hoy en día se siguen arrastrando en algunas fraternidades, bien
por hermanos seglares de edad avanzada y que no tuvieron acceso
a una formación como la actual, acostumbrados a que todo lo que
diga el “Padre” se haga y, también por parte de algunos hermanos
frailes que estén dentro de ese arco entre los dos CDC
provenientes de los estudios eclesiásticos de aquella época en la
que estuvo en vigor el Código de Derecho Canónico de 1917.
Lo que la nueva legislación nos propone a partir del CDC 1983
con 66 años de diferencia de su antecesor de 1917 y su actual reforma
en 2016 por el papa Francisco, es que las Primeras Ordenes y la
TOR, tienen ciertas obligaciones hacía la Orden Seglar. Las
relaciones entre ambas instituciones son como las de tipo familiar,
es decir, de intimidad y hermandad.
En la perspectiva de este canon, la función primaria de la
Orden Franciscana Seglar será, como dijo Pío XII, la de ayudar a
las personas a vivir la vida del Evangelio; por tanto, cada fraternidad
y cada seglar debe tener un apostolado específico.
En lo concerniente al lazo jurídico que une a ambos Institutos,
el Derecho nos habla de la alta dirección. La palabra utilizada en el
texto latino es moderamen, que podemos traducir como
asistencia, lo cual es muy diferente a dirigente. Este vínculo entre
Terciarios y Asistentes, no es, ni debe ser meramente de tipo legal,
ya que ambos Institutos comparten el mismo carisma. El lazo
jurídico únicamente, busca lograr un equilibrio entre la
responsabilidad espiritual de las Primeras Ordenes y la TOR y la
operatividad e independencia de la Orden Seglar.
Antonio Álvarez ministro nacional OFS.
5
Esta idea de autonomía es claramente expresada en las
Constituciones Generales de la Orden Franciscana Seglar, en las
que se nos dice que los miembros de la Orden Seglar deben buscar
la santidad cristiana en una manera de acuerdo con su forma de
vida en el mundo. Así pues, los seglares no son religiosos que han
abandonado el mundo, sino que, al contrario, son fermento en
medio del mundo.
Dicho todo lo anterior, podemos concluir con que, en efecto, la
Orden Franciscana Seglar al ser de Derecho Pontificio, es una
Orden religiosa, pero no una Orden de religiosos.
4º.- Fundación de la Orden Franciscana Seglar:
No es necesario ahondar, en que Francisco comenzó su
predicación allá por el 1209, cifra que recogen la mayoría de los
textos sobre Francisco. Los documentos y libros estudiados nos
dicen que la predicación de Francisco inspiró a gente célibe y a
otros con familia, y hubo en estos últimos, quienes quisieron
seguirle, por lo que Francisco escribió unas directrices para todos
aquellos que teniendo familia querían vivir su forma de vida o
espiritualidad.
En 1221 aparece una especie de “Regla” para los seglares, la
cual es atribuida a Hugolino y a Francisco, en algunas fuentes, es a
partir de este documento, que tradicionalmente se entiende el inicio
de la Orden Franciscana Seglar. Pero en realidad, esto es hasta
cierto punto arbitrario, pues ya Francisco les había dado un camino
de salvación (directrices) que dio entre 1209 hasta 1221, en que interviene
Hugolino. En realidad, la "Regla" atribuida a Hugolino y a Francisco, contenía
un altísimo porcentaje de las directrices que en 1209 dio Francisco.
Antonio Álvarez ministro nacional OFS.
6
Finalmente, y tras 769 años después, la Regla definitiva fue
aprobada el 24 de junio de 1978, por Pablo VI, con el Breve
Apostólico Seraphicus Patriarcha que, en este año de 2019,
cumplirá 41 años, en esta regla, la Orden Franciscana Seglar es
concebida de la siguiente manera:
✓ Es una Orden autónoma. “una unión orgánica de fraternidades
católicas”. No dividida en cuatro familias, aunque cada fraternidad está
conectada canónicamente con alguna de las obediencias de los hermanos
frailes. Hay que advertir que esta relación no es de tipo obediencial sino de
simple asesoría fraterna y espiritual.
✓ Su estructura se divide en fraternidades: locales, regionales o de Zona
Pastoral, nacionales e internacional. Independientemente de las provincias de
los frailes franciscanos.
✓ La OFS, Posee un gobierno autónomo que es animado y guiado por
líderes seglares elegidos por un determinado período de tiempo.
✓ La OFS, es una parte esencial de la familia Franciscana, que adquiere
su identidad no en la Orden de los Hermanos Menores, sino del carisma de
San Francisco en la Iglesia.
✓ Los Consejos en todos los niveles, están sujetos a la visita fraterna de
un ministro seglar y a una visita pastoral de alguno de los hermanos frailes que
tienen asignada esta tarea.
5.- Archivo Nacional de Historia Hispánica, datos sobre la OFS:
En la Corona de Aragón se conoce con certeza la existencia
de grupos pequeños de terciarios franciscanos en tierras catalanas
a finales del siglo XIII, allá por 1289.
A finales del siglo XIV, en 1380. En la Corona de Castilla, ya
existían algunas fraternidades de terciarios.
Antonio Álvarez ministro nacional OFS.
7
Pero es a partir de la promulgación de la Regla de la Tercera
Orden de San Francisco, dada por Nicolas IV en 1289, que
comienzan a proliferar con rapidez las fraternidades terciarias en
todos los territorios de la Monarquía Hispánica.
Así, que no es hasta el siglo XIV, que se documenta con
certeza y con plena seguridad, la existencia de la Orden Tercera de
San Francisco en la Península Ibérica.
Pero allá por 1925, 1930, antes de la República y de la Guerra
Civil el mayor número de terciarios en España se desarrolló por
todos los pueblos de Mallorca, documentado en archivo y
hemeroteca y cifrados en 17.000 terciarios.
En cuanto a la Legislación de la OFS, es necesario saber, que
las actuales Constituciones Generales, de la OFS, las cuales
llevaron más de 20 años de trabajo para redactarlas y que han sido
aprobadas y firmadas por los Generales de la familia franciscana y
que junto a la actual Regla de Vida y el Ritual de la OFS aprobada
por el Papa Pablo VI, se encuentran inscritas en la Sagrada
Congregación para la Vida Consagrada y Sociedades de Vida
Apostólica.
El cuidado espiritual y pastoral de la OFS, confiado por la
Iglesia a la Primera Orden Franciscana y a la TOR, que tienen
como finalidad el garantizar la fidelidad de la OFS al carisma
franciscano, la comunión con la Iglesia y la unión con la Familia
Franciscana, valores que representan para los franciscanos
seglares un compromiso de vida. Por ello en la OFS, queremos que se
nos vea como familia franciscana seguidores del mismo carisma y no como
Antonio Álvarez ministro nacional OFS.
8
un grupo más de la Parroquia con todos los respetos para estos grupos,
respetando la singularidad e independencia de la OFS.
El Asistente espiritual es miembro del Consejo de la
Fraternidad en la que presta la asistencia y colabora con el
Consejo en todas sus actividades. Es tarea principal del Asistente
cooperar en la formación de los hermanos.
En este mismo punto, nos encontramos con lo que sigue:
Pueden ser delegados, para asistir a las Fraternidades, los
sacerdotes pertenecientes a otros Institutos franciscanos o
sacerdotes diocesanos pertenecientes a la OFS, (profesos) previa
autorización por escrito del respectivo superior franciscano, o del
ordinario diocesano, por aquello de la doble pertenencia a una
Orden, al estar sujetos a la disciplina de las CC.GG y la Regla
como forma de vida en la OFS. En algunas ocasiones, hemos
visto como el ordinario de la diócesis nombra asistentes
espirituales para la OFS, entre los diocesanos sin tener
competencia para ello. En la OFS queremos que se tenga en cuenta lo
siguiente:
La OFS, al igual que toda la familia franciscana tiene su propia jerarquía
ignorada por las diócesis y por algunos hermanos de la OFS y frailes, que
piensan que las fraternidades de la Orden son un grupo más de la parroquia y
tratan de dirigirla como tal. Os recuerdo que el ordinario en la OFS no es el
del lugar, el Sr. Obispo, lo es solo para las cosas de la Iglesia, el ordinario
para la OFS es el Ministro Provincial de aquella obediencia que presta la
asistencia espiritual a la OFS, este fue un tema muy debatido en el Consejo
General de la OFS en Roma, en el cual participaron todos los Generales y
quedo claro y transparente.
Excepcionalmente y, a fin de que la Fraternidad tenga
adecuada asistencia pastoral, el Superior mayor franciscano
Antonio Álvarez ministro nacional OFS.
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puede delegar la asistencia espiritual de la Fraternidad local a un
sacerdote o religioso no franciscano previa siempre, la
autorización del respectivo superior de este y que además
obligatoriamente debe ser profeso de la OFS.
Según la legislación “Regla, Constituciones Generales y
Estatutos Nacionales”, la OFS es autónoma porque es una Orden
única en la iglesia en su condición Secular, guiada y gobernada por
responsables seglares elegidos por nosotros mismos y financiada
por sus propios hermanos seglares. La autonomía, con la unidad y
la secularidad, representan una sola realidad. No habrá una OFS
totalmente autónoma si no está unida, es decir no existe una OFS
de los menores, o de los conventuales, o de los capuchinos, o de la
TOR, no habrá una OFS verdaderamente seglar, si esta depende
de los religiosos y se identifica con los Frailes que le prestan la
asistencia espiritual.
La Orden Franciscana Seglar tiene su modo propio de vivir el
carisma franciscano, así como lo tienen los frailes menores, la
TOR, las Clarisas y los Institutos de religiosas terciarias, entre otros
en sus respectivas casas y en su vida como religiosos…...
Siendo más precisos aún, La Orden Franciscana Seglar vive
el carisma franciscano a su manera secular en su vida privada, en
su casa, en el trabajo, en la calle, en la Iglesia, etc.… y no participa
del carisma específico de ningún instituto religioso franciscano,
teniendo su propio lugar en el seno de la Familia Franciscana.
Los franciscanos seglares tenemos en efecto, nuestra Orden
propia, con nuestra Regla de vida aprobada por el papa, nuestras
Constituciones Generales y nuestro Ritual, todo ello aprobado por
Antonio Álvarez ministro nacional OFS.
10
las respectivas Congregaciones romanas y también tenemos a
nuestros responsables, elegidos por nosotros mismos en todos los
niveles (Local, de Zona Pastoral, Nacional e Internacional). El
Asistente debe ser “vínculo de comunión entre su Orden y la OFS”.
Lo dicho anteriormente sobre la autonomía vale también
para la Juventud Franciscana. El modelo de “Estatutos Nacionales
de JUFRA” se esta reestructurando acorde al Estatuto Internacional
de este movimiento juvenil. “La Fraternidad de JUFRA, está
animada y guiada por un Consejo que consta de un Presidente,
Vicepresidente y otros hermanos electos, que de forma
independiente guían este movimiento juvenil. también tienen
animadores de la OFS, que hacen de vínculo entre la OFS y JuFra,
así como Asistentes Espirituales, de las diferentes obediencias
franciscanas que los acompañan.
6.- ¿Que queremos en la OFS de los Asistentes?
- El asistente es acompañante (nos acompaña y asiste), pero
deja caminar y a la vez, tiene que ser exigente con referencia a la
fidelidad a la Iglesia, a la espiritualidad franciscana y a la familia
franciscana.
- El asistente debe estar Implicado en la Formación de Inicio
(Postulantado), e Inicial (Noviciado), también en la formación
permanente y, en la acogida de aquel que llega por primera vez a la
fraternidad.
- Queremos asistentes implicados en la vida de la Fraternidad,
sois miembros del Consejo local, luego responsables en cierta
medida de la vida de Fraternidad.
Antonio Álvarez ministro nacional OFS.
11
- Queremos que nos veáis y confiéis en nosotros como
hermanos.
- Que se le dé la importancia que tiene nuestra profesión (en
algún lugar el fraile no quería dar la profesión utilizando el Ritual de la OFS,
prefirió hacer una consagración a la Virgen María, sin tener en cuenta que esa
profesión no tendrá validez a efectos canónicos, con todo los perjuicios que se
causa a aquellos que han profesado de forma irregular).
- Sería deseable, que se conozca en todos los Conventos,
Parroquias y entre los hermanos frailes que el movimiento Seglar
Franciscano es la OFS, existe una tendencia a crear grupos y
fraternidades de San Francisco los cuales puede dirigir el fraile,
quizá sintiéndose más cómodo así y, dejando de lado a la OFS.
Ejemplo: grupos de amigos de San Francisco, Fraternidad de
seguidores de San Francisco, Heraldos del Poverello Franciscanos
de la cofradía de las llagas de San Francisco, Franciscanos de la
Tau y otros……. Por supuesto que vemos lógico que haya grupos
amantes de San Francisco, faltaría más, no todo el mundo tiene
vocación de ser y comportarse como Franciscano Seglar y sobre
todo, estar sujetos a una formación permanente y a unas normas de
vida recogidas en la Regla y CC.GG.
- Y nos gustaría muchísimo, que los estudiantes futuros que se
formen en la 1ª y 3ª Orden Regular, también lo hagan en la guía y
animación de la OFS, no tiene sentido no conocer la OFS, somos
los grandes desconocidos de la familia.
- Vemos deseable y necesario, que en las fiestas franciscanas,
San Luis Rey de Francia (25 de agosto), las Llagas de San Francisco
(17 de septiembre), y el Tránsito de San Francisco (4 de octubre), Santa
Isabel de Hungría (17 de noviembre), en aquellas parroquias que
Antonio Álvarez ministro nacional OFS.
12
tengan Fraternidad Seglar, se celebren estos días tan señalados
para la OFS y toda la familia franciscana y además, que nuestros
hermanos frailes, durante la Celebración de la Eucaristía, digan a
todos los presentes, que en su parroquia esta la OFS y que ese día
celebran a su Patrón o Patrona invitándoles a participar de la fiesta.
- Para finalizar, no olvidéis, que la TERCERA ORDEN, es
Tercera Edad, por cuanto que es anciana dentro de la familia y en
el carisma franciscano.
Terminada la charla, no me queda más que agradecer vuestra
presencia aquí, síntoma claro de vuestro amor e interés por la OFS.
Como dicen los Evangelistas, en referencia al grano de mostaza: Si uno siembra en
tierra fértil un grano de mostaza, la más pequeña de todas las semillas, de ésta surge
la mayor de las hortalizas, que crece y crece hasta llegar a hacerse un árbol capaz de
dar fruto, cobijo y sombra………………
Salvando las diferencias con este Evangelio, permitidme que
os diga que vosotros sois nuestra tierra fértil y nosotros ese
diminuto granito de mostaza.
Por último, como responsable de la OFS en España y en
nombre de todos los hermanos, os doy las gracias de todo corazón
por vuestra presencia, esfuerzo, dedicación, cariño y paciencia con
todos nosotros.
GRACIAS

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Charla el pardo

  • 1. Antonio Álvarez ministro nacional OFS. 1 Orden Franciscana Seglar Fraternidad Nacional de España Madrid, 26 y 27 de marzo, de 2019 ¡¡¡Queridos hermanos, Paz y bien!!! APENDICE: - Introducción - Los papas modernos - La OFS vista desde la legislación - Fundación de la Orden Franciscana Seglar - Datos del Archivo Nacional de Historia Hispánica sobre la OFS - Que es lo que queremos de los Asistentes Espirituales 1º.- Introducción: Quiero empezar hablando brevemente de la Orden Franciscana Seglar, lo haré de forma muy esquematizada, sin pretender en absoluto que esta charla sea una catequesis sobre la OFS, nada más lejos de mi intención y lo quiero hacer extrapolándonos todos a un pasado lejano, para llegar a entender algunos errores, simplemente eso, errores que son de ese pasado y que en este siglo aún se repite alguno de ellos y así, llegar hasta la actualidad hoy en día, para que al final pueda deciros: que esperamos en la OFS de los Asistentes Espirituales de la 1ª y 3ª Orden Regular en estos tiempos tan faltos de vocaciones para nuestros hermanos frailes y cada vez con más obligaciones, más edad y escasos de tiempo. Por ello, no quiero que nadie se sienta aludido cuando menciones actitudes y errores, pues solo pretendo que se vea como algunas de estas actitudes y errores de entonces T
  • 2. Antonio Álvarez ministro nacional OFS. 2 todavía se dan entre los hermanos seglares y frailes, aunque afortunadamente cada vez menos. De acuerdo con los documentos estudiados que atañen a la Orden Franciscana Seglar, ésta ha sido entendida frecuentemente y “de forma errónea” como un grupo mezcla de parroquial y fraternidad en algunas fraternidades, tanto por seglares con escasa formación (sin sentido de identidad y sin sentido de pertenencia) y también por frailes que como veremos más adelante, sus actuaciones se derivaban de la formación recibida en su tiempo. Por el contrario, legislativamente siempre ha sido entendida como una Orden, única en la Iglesia en su condición Secular y además lo es de Derecho Pontificio, con todos sus privilegios y obligaciones. Por lo tanto, las Instituciones de Derecho Pontificio, dependen de un modo inmediato y exclusivo de la Sede Apostólica en cuanto al régimen interno y la disciplina. (todos los organismos de derecho pontificio son erigidos canónicamente por la Santa Sede mediante un decreto formal), en el caso de la OFS, véase la Regla páginas 13 a la15 (Breve Apostólico Seraphicus Patriarcha) y 43. (Decreto). 2º.- Veamos a los papas modernos, adentrémonos en ese pasado: León XIII, 1883, dijo: “La Tercera Orden se fundamenta completamente en la observancia de los preceptos de Cristo, ya que son un entrenamiento para una más intensa práctica de la fe”. 29 años después de León XIII. Pío X, en 1912, dijo: “La Tercera Orden no es algo diferente de las otras en su naturaleza, sino sólo en la función que desarrolla de acuerdo con su propio
  • 3. Antonio Álvarez ministro nacional OFS. 3 estado y situación. Es una institución donde se aprende a ser testigos de la fe”. 14 años después de Pío X. Pío XI, en 1926, habla de la Orden Franciscana Seglar como “una Orden para que aquellos que, viviendo en el mundo, puedan vivir los mandamientos en la forma en que San Francisco lo hizo”. 30 años después de Pío XI. Pío XII en 1956, dijo: “La OFS, es una escuela de perfección. La familia Franciscana comprende a todos aquellos miembros del Pueblo de Dios, seglares, religiosos y sacerdotes, que se sienten llamados al seguimiento de Cristo, tras las huellas de San Francisco de Asís. En maneras y formas diversas, pero en recíproca comunión vital, todos ellos se proponen hacer presente el carisma del común Seráfico Padre, en la vida y en la misión de la Iglesia”. (Este texto, de Pío XII, aún se conserva en la Regla actual de la OFS). Finalmente 15 años después de Pio XII. Pablo VI en 1971, ante los miembros de la magna peregrinación internacional de Terciarios dijo: “Los terciarios, buscadores de la autenticidad evangélica encuentran alimento y fortaleza para la imitación de Cristo en la Espiritualidad franciscana”. 3º.- La OFS, vista desde la legislación: El Código Derecho Canónico (CDC) de 1983 hace una clara distinción sobre nosotros los seglares, al decirnos que: sus miembros están llamados a la actividad apostólica, elemento que es ignorado completamente por el Código anterior de 1917, que decía que los Terciarios de entonces estaban bajo la dirección de las 1ª
  • 4. Antonio Álvarez ministro nacional OFS. 4 ordenes, posiblemente muchos de los errores, acciones o actitudes que hoy en día se siguen arrastrando en algunas fraternidades, bien por hermanos seglares de edad avanzada y que no tuvieron acceso a una formación como la actual, acostumbrados a que todo lo que diga el “Padre” se haga y, también por parte de algunos hermanos frailes que estén dentro de ese arco entre los dos CDC provenientes de los estudios eclesiásticos de aquella época en la que estuvo en vigor el Código de Derecho Canónico de 1917. Lo que la nueva legislación nos propone a partir del CDC 1983 con 66 años de diferencia de su antecesor de 1917 y su actual reforma en 2016 por el papa Francisco, es que las Primeras Ordenes y la TOR, tienen ciertas obligaciones hacía la Orden Seglar. Las relaciones entre ambas instituciones son como las de tipo familiar, es decir, de intimidad y hermandad. En la perspectiva de este canon, la función primaria de la Orden Franciscana Seglar será, como dijo Pío XII, la de ayudar a las personas a vivir la vida del Evangelio; por tanto, cada fraternidad y cada seglar debe tener un apostolado específico. En lo concerniente al lazo jurídico que une a ambos Institutos, el Derecho nos habla de la alta dirección. La palabra utilizada en el texto latino es moderamen, que podemos traducir como asistencia, lo cual es muy diferente a dirigente. Este vínculo entre Terciarios y Asistentes, no es, ni debe ser meramente de tipo legal, ya que ambos Institutos comparten el mismo carisma. El lazo jurídico únicamente, busca lograr un equilibrio entre la responsabilidad espiritual de las Primeras Ordenes y la TOR y la operatividad e independencia de la Orden Seglar.
  • 5. Antonio Álvarez ministro nacional OFS. 5 Esta idea de autonomía es claramente expresada en las Constituciones Generales de la Orden Franciscana Seglar, en las que se nos dice que los miembros de la Orden Seglar deben buscar la santidad cristiana en una manera de acuerdo con su forma de vida en el mundo. Así pues, los seglares no son religiosos que han abandonado el mundo, sino que, al contrario, son fermento en medio del mundo. Dicho todo lo anterior, podemos concluir con que, en efecto, la Orden Franciscana Seglar al ser de Derecho Pontificio, es una Orden religiosa, pero no una Orden de religiosos. 4º.- Fundación de la Orden Franciscana Seglar: No es necesario ahondar, en que Francisco comenzó su predicación allá por el 1209, cifra que recogen la mayoría de los textos sobre Francisco. Los documentos y libros estudiados nos dicen que la predicación de Francisco inspiró a gente célibe y a otros con familia, y hubo en estos últimos, quienes quisieron seguirle, por lo que Francisco escribió unas directrices para todos aquellos que teniendo familia querían vivir su forma de vida o espiritualidad. En 1221 aparece una especie de “Regla” para los seglares, la cual es atribuida a Hugolino y a Francisco, en algunas fuentes, es a partir de este documento, que tradicionalmente se entiende el inicio de la Orden Franciscana Seglar. Pero en realidad, esto es hasta cierto punto arbitrario, pues ya Francisco les había dado un camino de salvación (directrices) que dio entre 1209 hasta 1221, en que interviene Hugolino. En realidad, la "Regla" atribuida a Hugolino y a Francisco, contenía un altísimo porcentaje de las directrices que en 1209 dio Francisco.
  • 6. Antonio Álvarez ministro nacional OFS. 6 Finalmente, y tras 769 años después, la Regla definitiva fue aprobada el 24 de junio de 1978, por Pablo VI, con el Breve Apostólico Seraphicus Patriarcha que, en este año de 2019, cumplirá 41 años, en esta regla, la Orden Franciscana Seglar es concebida de la siguiente manera: ✓ Es una Orden autónoma. “una unión orgánica de fraternidades católicas”. No dividida en cuatro familias, aunque cada fraternidad está conectada canónicamente con alguna de las obediencias de los hermanos frailes. Hay que advertir que esta relación no es de tipo obediencial sino de simple asesoría fraterna y espiritual. ✓ Su estructura se divide en fraternidades: locales, regionales o de Zona Pastoral, nacionales e internacional. Independientemente de las provincias de los frailes franciscanos. ✓ La OFS, Posee un gobierno autónomo que es animado y guiado por líderes seglares elegidos por un determinado período de tiempo. ✓ La OFS, es una parte esencial de la familia Franciscana, que adquiere su identidad no en la Orden de los Hermanos Menores, sino del carisma de San Francisco en la Iglesia. ✓ Los Consejos en todos los niveles, están sujetos a la visita fraterna de un ministro seglar y a una visita pastoral de alguno de los hermanos frailes que tienen asignada esta tarea. 5.- Archivo Nacional de Historia Hispánica, datos sobre la OFS: En la Corona de Aragón se conoce con certeza la existencia de grupos pequeños de terciarios franciscanos en tierras catalanas a finales del siglo XIII, allá por 1289. A finales del siglo XIV, en 1380. En la Corona de Castilla, ya existían algunas fraternidades de terciarios.
  • 7. Antonio Álvarez ministro nacional OFS. 7 Pero es a partir de la promulgación de la Regla de la Tercera Orden de San Francisco, dada por Nicolas IV en 1289, que comienzan a proliferar con rapidez las fraternidades terciarias en todos los territorios de la Monarquía Hispánica. Así, que no es hasta el siglo XIV, que se documenta con certeza y con plena seguridad, la existencia de la Orden Tercera de San Francisco en la Península Ibérica. Pero allá por 1925, 1930, antes de la República y de la Guerra Civil el mayor número de terciarios en España se desarrolló por todos los pueblos de Mallorca, documentado en archivo y hemeroteca y cifrados en 17.000 terciarios. En cuanto a la Legislación de la OFS, es necesario saber, que las actuales Constituciones Generales, de la OFS, las cuales llevaron más de 20 años de trabajo para redactarlas y que han sido aprobadas y firmadas por los Generales de la familia franciscana y que junto a la actual Regla de Vida y el Ritual de la OFS aprobada por el Papa Pablo VI, se encuentran inscritas en la Sagrada Congregación para la Vida Consagrada y Sociedades de Vida Apostólica. El cuidado espiritual y pastoral de la OFS, confiado por la Iglesia a la Primera Orden Franciscana y a la TOR, que tienen como finalidad el garantizar la fidelidad de la OFS al carisma franciscano, la comunión con la Iglesia y la unión con la Familia Franciscana, valores que representan para los franciscanos seglares un compromiso de vida. Por ello en la OFS, queremos que se nos vea como familia franciscana seguidores del mismo carisma y no como
  • 8. Antonio Álvarez ministro nacional OFS. 8 un grupo más de la Parroquia con todos los respetos para estos grupos, respetando la singularidad e independencia de la OFS. El Asistente espiritual es miembro del Consejo de la Fraternidad en la que presta la asistencia y colabora con el Consejo en todas sus actividades. Es tarea principal del Asistente cooperar en la formación de los hermanos. En este mismo punto, nos encontramos con lo que sigue: Pueden ser delegados, para asistir a las Fraternidades, los sacerdotes pertenecientes a otros Institutos franciscanos o sacerdotes diocesanos pertenecientes a la OFS, (profesos) previa autorización por escrito del respectivo superior franciscano, o del ordinario diocesano, por aquello de la doble pertenencia a una Orden, al estar sujetos a la disciplina de las CC.GG y la Regla como forma de vida en la OFS. En algunas ocasiones, hemos visto como el ordinario de la diócesis nombra asistentes espirituales para la OFS, entre los diocesanos sin tener competencia para ello. En la OFS queremos que se tenga en cuenta lo siguiente: La OFS, al igual que toda la familia franciscana tiene su propia jerarquía ignorada por las diócesis y por algunos hermanos de la OFS y frailes, que piensan que las fraternidades de la Orden son un grupo más de la parroquia y tratan de dirigirla como tal. Os recuerdo que el ordinario en la OFS no es el del lugar, el Sr. Obispo, lo es solo para las cosas de la Iglesia, el ordinario para la OFS es el Ministro Provincial de aquella obediencia que presta la asistencia espiritual a la OFS, este fue un tema muy debatido en el Consejo General de la OFS en Roma, en el cual participaron todos los Generales y quedo claro y transparente. Excepcionalmente y, a fin de que la Fraternidad tenga adecuada asistencia pastoral, el Superior mayor franciscano
  • 9. Antonio Álvarez ministro nacional OFS. 9 puede delegar la asistencia espiritual de la Fraternidad local a un sacerdote o religioso no franciscano previa siempre, la autorización del respectivo superior de este y que además obligatoriamente debe ser profeso de la OFS. Según la legislación “Regla, Constituciones Generales y Estatutos Nacionales”, la OFS es autónoma porque es una Orden única en la iglesia en su condición Secular, guiada y gobernada por responsables seglares elegidos por nosotros mismos y financiada por sus propios hermanos seglares. La autonomía, con la unidad y la secularidad, representan una sola realidad. No habrá una OFS totalmente autónoma si no está unida, es decir no existe una OFS de los menores, o de los conventuales, o de los capuchinos, o de la TOR, no habrá una OFS verdaderamente seglar, si esta depende de los religiosos y se identifica con los Frailes que le prestan la asistencia espiritual. La Orden Franciscana Seglar tiene su modo propio de vivir el carisma franciscano, así como lo tienen los frailes menores, la TOR, las Clarisas y los Institutos de religiosas terciarias, entre otros en sus respectivas casas y en su vida como religiosos…... Siendo más precisos aún, La Orden Franciscana Seglar vive el carisma franciscano a su manera secular en su vida privada, en su casa, en el trabajo, en la calle, en la Iglesia, etc.… y no participa del carisma específico de ningún instituto religioso franciscano, teniendo su propio lugar en el seno de la Familia Franciscana. Los franciscanos seglares tenemos en efecto, nuestra Orden propia, con nuestra Regla de vida aprobada por el papa, nuestras Constituciones Generales y nuestro Ritual, todo ello aprobado por
  • 10. Antonio Álvarez ministro nacional OFS. 10 las respectivas Congregaciones romanas y también tenemos a nuestros responsables, elegidos por nosotros mismos en todos los niveles (Local, de Zona Pastoral, Nacional e Internacional). El Asistente debe ser “vínculo de comunión entre su Orden y la OFS”. Lo dicho anteriormente sobre la autonomía vale también para la Juventud Franciscana. El modelo de “Estatutos Nacionales de JUFRA” se esta reestructurando acorde al Estatuto Internacional de este movimiento juvenil. “La Fraternidad de JUFRA, está animada y guiada por un Consejo que consta de un Presidente, Vicepresidente y otros hermanos electos, que de forma independiente guían este movimiento juvenil. también tienen animadores de la OFS, que hacen de vínculo entre la OFS y JuFra, así como Asistentes Espirituales, de las diferentes obediencias franciscanas que los acompañan. 6.- ¿Que queremos en la OFS de los Asistentes? - El asistente es acompañante (nos acompaña y asiste), pero deja caminar y a la vez, tiene que ser exigente con referencia a la fidelidad a la Iglesia, a la espiritualidad franciscana y a la familia franciscana. - El asistente debe estar Implicado en la Formación de Inicio (Postulantado), e Inicial (Noviciado), también en la formación permanente y, en la acogida de aquel que llega por primera vez a la fraternidad. - Queremos asistentes implicados en la vida de la Fraternidad, sois miembros del Consejo local, luego responsables en cierta medida de la vida de Fraternidad.
  • 11. Antonio Álvarez ministro nacional OFS. 11 - Queremos que nos veáis y confiéis en nosotros como hermanos. - Que se le dé la importancia que tiene nuestra profesión (en algún lugar el fraile no quería dar la profesión utilizando el Ritual de la OFS, prefirió hacer una consagración a la Virgen María, sin tener en cuenta que esa profesión no tendrá validez a efectos canónicos, con todo los perjuicios que se causa a aquellos que han profesado de forma irregular). - Sería deseable, que se conozca en todos los Conventos, Parroquias y entre los hermanos frailes que el movimiento Seglar Franciscano es la OFS, existe una tendencia a crear grupos y fraternidades de San Francisco los cuales puede dirigir el fraile, quizá sintiéndose más cómodo así y, dejando de lado a la OFS. Ejemplo: grupos de amigos de San Francisco, Fraternidad de seguidores de San Francisco, Heraldos del Poverello Franciscanos de la cofradía de las llagas de San Francisco, Franciscanos de la Tau y otros……. Por supuesto que vemos lógico que haya grupos amantes de San Francisco, faltaría más, no todo el mundo tiene vocación de ser y comportarse como Franciscano Seglar y sobre todo, estar sujetos a una formación permanente y a unas normas de vida recogidas en la Regla y CC.GG. - Y nos gustaría muchísimo, que los estudiantes futuros que se formen en la 1ª y 3ª Orden Regular, también lo hagan en la guía y animación de la OFS, no tiene sentido no conocer la OFS, somos los grandes desconocidos de la familia. - Vemos deseable y necesario, que en las fiestas franciscanas, San Luis Rey de Francia (25 de agosto), las Llagas de San Francisco (17 de septiembre), y el Tránsito de San Francisco (4 de octubre), Santa Isabel de Hungría (17 de noviembre), en aquellas parroquias que
  • 12. Antonio Álvarez ministro nacional OFS. 12 tengan Fraternidad Seglar, se celebren estos días tan señalados para la OFS y toda la familia franciscana y además, que nuestros hermanos frailes, durante la Celebración de la Eucaristía, digan a todos los presentes, que en su parroquia esta la OFS y que ese día celebran a su Patrón o Patrona invitándoles a participar de la fiesta. - Para finalizar, no olvidéis, que la TERCERA ORDEN, es Tercera Edad, por cuanto que es anciana dentro de la familia y en el carisma franciscano. Terminada la charla, no me queda más que agradecer vuestra presencia aquí, síntoma claro de vuestro amor e interés por la OFS. Como dicen los Evangelistas, en referencia al grano de mostaza: Si uno siembra en tierra fértil un grano de mostaza, la más pequeña de todas las semillas, de ésta surge la mayor de las hortalizas, que crece y crece hasta llegar a hacerse un árbol capaz de dar fruto, cobijo y sombra……………… Salvando las diferencias con este Evangelio, permitidme que os diga que vosotros sois nuestra tierra fértil y nosotros ese diminuto granito de mostaza. Por último, como responsable de la OFS en España y en nombre de todos los hermanos, os doy las gracias de todo corazón por vuestra presencia, esfuerzo, dedicación, cariño y paciencia con todos nosotros. GRACIAS