2. La persona
Antes de entrar en la definición de “persona”
Fernando Rielo presenta un modelo, una
plataforma, una base sobre la que fundar su
definición. Según dicho modelo reformula algunos
términos: Nivel “metafísico” de la
realidad; Nivel “ontológico” de la realidad
3. Nivel “metafísico” de la realidad: se refiere a la actuación
interna (ad intra) de las personas divinas. La
compenetración y comunicación absoluta de las personas
divinas constituye el Sujeto absoluto.
Nivel “ontológico” de la realidad: se refiere a la actuación
hacia afuera (ad extra) de las personas divinas en los
seres personales.
4. Estructura Psicólogica del ser
humano según Fernando Rielo
Rielo, define a la persona del absoluto metafísico
porque la suprema expresión del ser es la
persona. Todo concepto para que sea
metafísicamente válido, hay que elevarlo al
absoluto y excluir el campo fenomenológico; por
lo que si hemos de definir en términos absolutos
a la persona, no se puede hacer recurriendo a la
persona en sí misma o algo inferior,
5. Si tomamos a la persona como sí misma,
tendríamos una definición de: “la persona es la
persona; si por otro lado tomamos a la persona
como algo inferior, reducimos a la persona a una
sola de sus propiedades o capacidades:
inteligencia, libertad, trabajo, lenguaje….
Consecuentemente nos toca tomar a la persona
como algo +, que es justamente el pensamiento
de Rielo, y es que el ser humano es + que sí
mismo. Hay “algo” en la persona que es
irreductible a ser manipulada por las leyes físicas
y químicas, este “algo” es lo que le hace a la
persona “más que materia”.
6. Nos preguntamos entonces: ¿Qué es en definitiva
este “ser +”?
Rielo acude siempre a su metafísica del “ser +” o
de la concepción genética del principio de
relación, constituido por dos personas divinas que
se definen entre sí, en tal grado que constituyen
único amor, única unidad, única verdad, única
bondad, única hermosura, etc. absolutos; gracias
a las cuales ,se constituye en único Sujeto
Absoluto o Divinidad.
7. La persona humana tiene que estar
intrínsicamente constituida por el mismo
patrimonio genético que poseen las personas
divinas. Este patrimonio genético es lo que Rielo
denomina “divina presencia constitutiva” del
Sujeto Absoluto en el ser humano; y es esta divina
presencia constitutiva lo que determina la
definición de la persona humana.
8. La divina presencia constitutiva, es el elemento
increado de la persona humana, permanente,
indestructible, intrínseco de los hombres, buenos o
malos, justos e injustos, bautizados o no, sin credo
o del credo que fueren. Todo lo bueno, lo
verdadero y de lo bello que hace el ser humano,
es una acción sinérgica de Dios y del hombre
siempre con la iniciativa divina.
9. La divina presencia constitutiva, hace posible una
comunicación inmediata con el Sujeto Absoluto o
Divinidad. Esta presencia en el ser humano es la
que destruye la noción ontológica del ser humano,
intrínseca e inminentemente para sí, en sí y por sí
mismo; en vez de ser, para Dios, en Dios y por
Dios.
10. El ser humano, como persona queda definido por
esta divina presencia constitutiva, con la potestad
organizadora y rectora de los impulsos
psicológicos y fisiológicos internos y de las fuerzas
externa. La divina presencia constitutiva,
proporciona al espíritu humano la energía estática
que lo pone en comunicación inmediata con el
sujeto absoluto y da carácter personal al espíritu
humano.