El documento presenta las respuestas a 52 preguntas relacionadas con el código de urbanismo y obras de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra. Entre los temas abordados se encuentran: el objetivo del código, la instancia que coordina su cumplimiento, los requisitos para la urbanización y parcelamiento de terrenos, las etapas para la aprobación de urbanizaciones, las definiciones de líneas municipales y de construcción, los requisitos para obtener permisos de obra, y las normas para el uso de la vía pública durante proyectos de
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CODIGO DE URBANISMO COM200 BALLESTERO POLITECNICA
1. RESPUESTAS CODIGO DE URBANISMO Y OBRA
1.-¿Cuál es el objetivo del código?
R.- Establecer las bases urbanísticas, técnicas y legales para normar los procesos urbanos
y la edificación en toda obra pública y privada de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra.
2.-¿Qué instancia coordina el cumplimiento de este código?
R.- La aplicación y ejecución del Código estarán a cargo de la Oficina Técnica (OT)
coordinará la ejecución y el cumplimiento de este Código con las instancias
correspondientes.
3.-Condiciones para que la urbanización de un terreno.
R.- Para urbanizar terrenos se requiere lo siguiente:
a) Terreno ubicado dentro de la jurisdicción territorial y del radio urbano del Municipio de la
ciudad de Santa Cruz de la Sierra.
b) Contar con el Registro Topográfico en sistema UTM de coordenadas WGS-84, Registro
Catastral y Registro en DDRR.
c) Superficie mínima de terreno por urbanizar: mayor a 2.500,00 m2.
d) Se podrá urbanizar terrenos con superficie de hasta 2.500,00 m2 en áreas no
consolidadas, presentando como requisito el registro topográfico y cumpliendo con las
condiciones establecidas para la respectiva zona.
e) Terrenos que coincidan total o parcialmente con áreas contempladas en el Art. 84 de la
Ley 2028 de Municipalidades, que por su naturaleza son bienes del Estado; dichas áreas no
serán consideradas como parte de cesión a uso público en el proceso de urbanización.
4.-¿Dónde se solicita la aprobación de una urbanización?
R.- Se colocará a disposición de los interesados en la OT(Oficina Técnica) o en el órgano
que el GAM (Gobierno Autónomo Municipal) designe, para el cumplimiento de las
competencias contenidas en el presente CUO (Código de Urbanismo y Obras de SC.)
5.-Etapas para la aprobación de urbanizaciones.
R.-
1.-Lineamiento urbano.-
Comoinicio a todo proceso de urbanización, se deberá recabar en la OTel lineamiento urbano
que enmarcará técnica y legalmente el diseño, además de las condicionantes de la zona
donde se localiza el terreno por urbanizar.
2. 2.-El anteproyecto de urbanización
es la propuesta que el propietario de un terreno no urbanizado realiza respetando los
lineamientos urbanos otorgados por el Municipio en orden a la planificación, estructura vial,
usos de suelo, densidades y otros requerimientos; mediante planos y documentación
elaborados y refrendados por un profesional habilitado.
3.-Para la aprobación final de urbanización, el interesado deberá realizar la solicitud con
los siguientes documentos:
A- Requisitos legales:
1. Documentos comunes a toda solicitud, actualizados si se requiere. (Art. 27)
2. Documentos y planos respaldando las certificaciones y aprobaciones de 1.a y 2.a
etapa.
3. Certificación de dotación de servicios básicos otorgado por las cooperativas y/o
empresas operadoras.
B- Requisitos técnicos:
1. Planos según el anteproyecto aprobado en la 2. ª Etapa que contenga los siguientes
datos:
Estructura vial.
presentado posteriormente a la aprobación de la urbanización.
CÓDIGO DE URBANISMO Y OBRAS TOMO 1 - PROCEDIMIENTOS 2013
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2. Cuadros:
porcentajes de áreas a ser cedidas al Municipio para uso público:
calles, avenidas, áreas verdes y equipamiento público.
3. Planillas:
-84, de vinculación y
radiación, con planimetría y altimetría.
Planilla de ejes de calles.
4. Copia digital, planos en extensión DXF.
6.-Documentos necesarios para un parcelamiento.
R.-
a) Documentos comunes enunciados en el Art. 27.
b) Copia del proyecto aprobado de urbanización o el plano de uso de suelo con parcela
original aprobada, en caso de haber sido emitido.
c) Plano modificatorio del parcelamiento en escala 1:1000, con cuadros de superficie de
lotes según propuesta.
d) Copia digital en extensión DXF.
3. 7.-¿Qué es el registro topográfico?
R.- El registro topográfico es la certificación de un plano de ubicación y uso de suelo de la
propiedad rústica dentro de la extensión territorial de la jurisdicción municipal, conforme a la
zonificación primaria enunciada en el PLOT 2005, Art. 46, que, sobre la base del
levantamiento topográfico georreferenciado de la poligonal, determina el perímetro o límites y
su superficie según mensura. Todo esto, junto con la superficie según derecho propietario
adquirido, conforma los datos del terreno a registrarse y forman parte del legajo documental
del derecho propietario.
8.-M2 mínimos para una edificación simple.
R.- 1.-Igual o menor a 60,00 m2
2.-Hasta 600,00 m2 de superficie construida
9.-¿Qué licencias son obligatorias para una obra, ya sea nueva o de refacción?
R.-
1. Licencias para construcción:
- Obras de preservación de valor patrimonial y urbanístico.
- Nuevas edificaciones.
- Ampliación y/o modificación de lo construido.
- Modificación de fachadas.
- Cambio de estructuras de techo.
- Demoliciones.
- Implementación de vitrinas, toldos, carteles, letreros o anuncios, estructuras de soporte
para antenas de telecomunicaciones y otras instalaciones que incidan en el paisaje
urbano.
2. Otras licencias y certificaciones:
- Obras menores en fachadas frontales en zona de preservación, para apertura de vanos,
arreglos en general y pintado.
- Obras menores en acera, para cambio de barda, de piso, nivelación y otros.
- Certificado de compatibilidad de uso, para actividades económicas.
- Certificado de distancias entre actividades, para surtidores, farmacias, antenas, salas
velatorios y otras.
10.-Sanciones para las obras clandestinas.
R.-
a) Paralización de la obra.
b) Sanciones administrativas.
c) Multas compulsivas y progresivas.
d) Demolición parcial.
e) Demolición total.
4. 21.- DIMENSIONES MINIMAS DE UN LOTE
Cada parcela o lote no podrá tener un área menor a 2,50 m².
22.- SUPERFICIE MINIMAPARA LA CONSTRUCCION DE MERCADOS
Requisitos y dimensiones mínimas lotes de equipamiento primario. - Los terrenos
destinados para equipamiento de la UV deberán contar con las siguientes
superficies mínimas según el uso:
Mercados: 3.000,00m2
23.- SUPERFICIE MINIMAPARA LA CONSTRUCCION DE MERCADOS
Requisitos y dimensiones mínimas lotes de equipamiento primario. - Los terrenos
destinados para equipamiento de la UV deberán contar con las siguientes
superficies mínimas según el uso:
Unidades educativas de nivel inicial: 1.000 m2
Unidades educativas primarias y secundarias: 3.500,00m2
24.-¿QUE ES LA LINEA MUNICIPAL DE CONSTRUCCION?
Línea Municipal de Construcción (LMC): cuando la Línea Municipal es coincidente con la
Línea de Construcción, se demarca en las siguientes zonas: Z1.1 Centro
Histórico, Z1.2 Zona Central de Transición, Z1.3 Zona Central de Uso Mixto, y Z6
(excepto zona comercial nueva feria Barrio Lindo con Retiro Frontal Obligatorio
de 5,00 m).
Línea Municipal de Construcción (LMC): Línea Municipal (LM) coincidente con la Línea de
Construcción (LC), según las zonas urbanas y sus normativas de edificación.
25.-¿QUE ES LA LINEA MUNICIPAL DE VERJA?
Línea Municipal (LM): Línea que demarca el límite entre el predio privado y la vía pública
definida por la planificación en función del ancho de calle, a partir de la cual se
realizan los retiros para definir la Línea de Construcción.
26.- QUE ES LA LÍNEA MUNICIPAL DE EDIFICACIONES
27.-¿CUANDO UN LOTE ES BALDIO?
se considera predio no edificado o baldío aquel que contenga obras no mayores
a 20,00 m2. Son obligatorios su limpieza y su mantenimiento periódicos, para
preservar el medio ambiente, seguridad y salubridad de los vecinos
5. 28¿PARA QUE SE REQUIERE LA LINEA DE VERJA?
Línea Municipal (LM): también llamada línea de verja, es aquella que separa el espacio
público municipal o acera, del límite de la propiedad privada en su frente; no
implica necesariamente la construcción de un elemento físico que separe la vía
pública de la propiedad privada y deberá estar graficada en el proyecto
correspondiente para su aprobación por la Oficina Técnica.
29.- EN EDIFICACIONES, ¿CUAL ES EL OBJETIVO DE LOS PATIOS
AUXILIARES?
Artículo 446.- Patios auxiliares. - Son patios con dimensiones inferiores a las
establecidas según las fórmulas del presente Código, siempre que el retiro
mínimo entre fachadas o colindancias no sea inferior a 1,00 m, considerándose
en este tipo aquellos que pertenezcan a una unidad funcional, sea vivienda o
espacio de trabajo, aun en plantas superiores. Cumplen las siguientes
condiciones: 1. Que proporcione iluminación auxiliar mediante ventanas con
antepecho de altura mayor a 1,80 m y que las aberturas de este patio sumadas a
otras aberturas cumpla con las normas de ventilación. 2. Se admite patio auxiliar
a colindancia con aberturas o ventanas mayores a las indicadas en el punto
anterior, solamente en el nivel de planta baja.
30.- ¿QUE SON LAS ABERTURAS?
Se denominan aberturas o vanos de iluminación y ventilación natural directa a todas
aquellas superficies transparentes que comuniquen el interior con el exterior de
una edificación y cuya superficie se establece a partir de una relación matemática
entre el área a ser servida y el vano que le corresponda en fachada (o techo)
para lograr eficientemente dicha finalidad.
31.-DE QUE DEPENDERAN EL NUMERO CANT. DE SALIDAS EN EDIF.
R.- El número de ocupantes por planta servirá para determinar el ancho mínimo del
medio de salida, mediante la aplicación de las fórmulas que sirvan a las diversas
tipologías previstas en este código.
32.-TIPOS DE SALIDAS.
R.-
Medios en salida de viviendas multifamiliares
Medios de salidas para uso masivos a vía publicas
Calculo de medio de salida para edificación de varios niveles
33.- QUE EDIFICIOS DEBEN TENER 3 SALIDAS
R.-
34.- ANCHO MINIMO DE INGRESO (PUESTA) DE UNAEDIF.
R.- El ancho mínimo es de 0,80 m
35.-¿QUE EDIFICACIONES NO PUEDEN SER MOLIDAS?
R.-
6. 36.-CONDICIONES PARA COLOCAR TOLDOS EN LAS ACERAS
R.- es necesario tener en vigor la licencia del establecimiento al que va asociada y
conseguir una autorización administrativa del ayuntamiento.
37.-A PARTIR DE CUANTOS M2 (EDIF) DEBE PROYECTARSE PARQUEO .
R.- a partir de 50m
38.-ALTURA MINIMADE LAS PLANTAS (ZONA URBANA)
R.- es de 3,5 m
39.-DIMENSIONES DE INGRESP PARALOCALES ESCOLARES.
R.-
40.- SUPERFICIE MINIMAS PARA CUARTOS DE HOSPITAL.
R.-
41.-DONDE DEBEN SER VERTIDAS LAS AGUAS DE UNA PISCINA.
Las aguas de una piscina podrán ser vertidas al sistema pluvial público, mediante la
utilización de ductos apropiados y dimensionados para el efecto, dotados de
válvulas que eviten el retorno, siendo prohibida su descarga directa a vía pública
o a la red de alcantarillado sanitario. De no existir sistema de drenaje pluvial en la
zona, la piscina deberá disponer de sistema propio siempre que no afecte a
propiedades vecinas ni drene sus aguas a la vía pública.
42.-EN UNA EDIFICACIÓN (PARA BANCOS) CUANDO DEBE PROYECTARSE
COCINAY COMEDOR.
43.-ESTÁPERMITIDO UTILIZAR LA VÍA PUBLICACOMO DEPOSITO
TEMPORARIO DE MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN.
Las aceras y vías públicas constituyen bienes de dominio público. Durante la ejecución de
obras, su uso restringido es de carácter estrictamente temporal, sujeto a las
normas contenidas en este Código.
44.-SEÑALES DE ADVERTENCIA SE COLOCAEN UNA OBRA.
En obras de construcción y/o demolición que ocupen parte o la totalidad de una acera
pública, se deberá prever la colocación de letreros de advertencia al peatón en
los siguientes casos:
a. Cuando la obra o alguno de sus elementos signifique peligro para la seguridad física de
los peatones.
b. En aceras provisorias para circulación peatonal.
c. En obras de reciente ejecución y/o en proceso.
45.-QUE LETREROS (CONTENIDOS) DEBE TENERUNAOBRA.
7. 46.-DONDE SE COLOCAN LAS VALLAS DE SEGURIDAD EN UNAOBRA.
Antes de comenzar una obra o demolición, se deberá colocar una valla provisoria al frente
del predio en la longitud necesaria del mismo para cualquier trabajo que por su
índole sea peligroso, incomodo u ofrezca algún obstáculo para el transito en la
vía pública.
47.-EN EL CENTRO HISTÓRICO COMO DEBE PROYECTARSE LAS ACERAS.
48.-UNA EDIFICACIÓN, DESTINADAA UNIVERSIDADES, QUE ÁREAS DEBE
CONTEMPLAR.
Es el área neta conformada por la superficie de aulas, oficinas administrativas, sala de
docentes, biblioteca, laboratorios y talleres educativos. No se computan
circulaciones horizontales y verticales, áreas abiertas, patios, canchas, jardines,
baterías de baños y cafeterías.
49.-CUÁLES SON LOS LÍMITES DE JURISDICCIÓNDE LA H. ALCALDÍA DE
NUESTRACIUDAD.
50.-ENUMERE LAS ÁREAS Y LA UBICACIÓN DE LAS PROTECCIONES
ECOLÓGICAS DE LA CIUDAD.
51.-A QUE LLAMAMOS INDUSTRIAS(EDIFICACIONES)
Las industrias son los locales destinados a la producción de bienes de consumo, de
capital u otras manufacturas diversas, cualquiera sea su naturaleza, y se
definirán por su tamaño, tecnología aplicada, número de dependientes, consumo
de energía u otros.
52.-EN SANTA CRUZ, QUE ÁREAS ESTÁN CAKLIFICADAS COMO DE
ABASTECIMIENTO AGRÍCOLAY agropecuario
1.1 Mercado mayorista (central de abasto)
1.2 Mercado distrital
1.3 Mercado vecinal mayor
1.4 Mercado vecinal menor
53.-QUE AUTORIDADES U ORGANISMOS APRUEBAN LOS PROYECTOS DE
CAMPOS DEPORTIVOS
la aprobación de la Oficina Técnica.
54.- QUIEN APRUEBA LOS PROYECTOS DE ILUMINACIÓN DE LOS CAMPOS
DEPORTIVOS