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467366 NORMAS LEGALES Lima, viernes 1 de junio de 2012
MUNICIPALIDAD MUNICIPALIDAD
DE PACHACÁMAC DE SANTA ANITA
Ordenanza N° 103-2012-MDP/C.- Aprueban Reglamento del Ordenanza N° 00092-MDSA.- Disponen y reglamentan el
Proceso de Formulación del Presupuesto Participativo en el distrito proceso del presupuesto participativo del distrito para el año fiscal
para el año fiscal 2013 467499 2013 467503
Acuerdo N° 045-2012-MDP/C.- Aprueban Balance General D.A. N° 00006-2012/MDSA.- Aprueban Cronograma del Proceso
y Memoria Anual del Ejercicio Económico 2011 de la Municipalidad del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2013 467505
467500
D.A. N° 003-2012-MDP/A.- Disponen la celebración de
Matrimonio Civil Comunitario en el distrito 467501 SEPARATAS ESPECIALES
VIVIENDA, CONSTRUCCION
MUNICIPALIDAD DE PUNTA HERMOSA
Y SANEAMINETO
Acuerdo N° 24-2012-MDPH.- Disponen la contratación de
estudio jurídico para asumir la defensa judicial del Alcalde, Regidores y R.M. N° 102-2012-VIVIENDA.- Reglamento Operativo para
Gerente Municipal por denuncias en el cumplimiento de sus funciones acceder al Bono Familiar Habitacional para las Modalidades de
467502 Aplicación de Construcción en sitio Propio y Mejoramiento de Vivienda
467337
MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO
SUPERINTENDENCIA NACIONAL
D.A. N° 012.- Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 232-2012
467502 DE ADUANAS Y DE
ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES
Res. N° 279-2012-SUNAT/A.- Aprueban Procedimiento General
D.A. N° 11-2012-MDSJM.- Amplían plazo para el pago de la IF GRA-PG.03 “Determinación y Control de la Deuda Tributaria
segunda cuota del Impuesto Predial 467503 Aduanera y Recargos (versión 2) 467357
b) Los Gobiernos Regionales, sus dependencias
PODER LEGISLATIVO y reparticiones.
c) Los Gobiernos Locales, sus dependencias y
reparticiones.
CONGRESO DE LA REPUBLICA d) Los Organismos Constitucionales
Autónomos.
e) Las Universidades Públicas.
LEY Nº 29873 f) Las Sociedades de Beneficencia y las Juntas
de Participación Social.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA g) Las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional
del Perú.
POR CUANTO: h) Los Fondos de Salud, de Vivienda, de
Bienestar y demás de naturaleza análoga de
El Congreso de la República las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional
Ha dado la Ley siguiente: del Perú.
i) Las empresas del Estado de derecho
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; público o privado, ya sean de propiedad del
Ha dado la Ley siguiente: Gobierno Nacional, Regional o Local y las
empresas mixtas bajo control societario del
LEY QUE MODIFICA Estado.
j) Los proyectos, programas, fondos, órganos
EL DECRETO LEGISLATIVO 1017 desconcentrados, organismos públicos
QUE APRUEBA LA LEY DE CONTRATACIONES del Poder Ejecutivo, instituciones y demás
unidades orgánicas, funcionales, ejecutoras
DEL ESTADO y/o operativas de los Poderes del Estado;
así como los organismos a los que alude
Artículo único. Modificaciones a la Ley de la Constitución Política del Perú y demás
Contrataciones del Estado que sean creados y reconocidos por el
Modifícanse los artículos 3, 9, 11, 19, 20, 22, 23, 27, ordenamiento jurídico nacional, siempre
28, 32, 39, 41, 51, 52, 53, 56, 58, 60, 62, 63, 64, 68, 70 que cuenten con autonomía administrativa,
y Quinta Disposición Complementaria Final del Decreto económica y presupuestal.
Legislativo 1017 que aprueba la Ley de Contrataciones
del Estado, los cuales quedan redactados de la siguiente
manera: 3.2 La presente ley se aplica a las contrataciones
que deben realizar las Entidades para proveerse
“Artículo 3. Ámbito de aplicación de bienes, servicios u obras, asumiendo el pago
del precio o de la retribución correspondiente con
3.1 Se encuentran comprendidos dentro de los fondos públicos, y demás obligaciones derivadas
alcances de la presente ley, bajo el término de la calidad de contratante.
genérico de Entidad(es): 3.3 La presente ley no es de aplicación para:
a) El Gobierno Nacional, sus dependencias y a) La contratación de trabajadores, empleados,
reparticiones. servidores o funcionarios públicos sujetos a
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los regímenes de la carrera administrativa o entre Entidades, o entre éstas y organismos
laboral de la actividad privada. internacionales, siempre que se brinden los
b) La contratación de auditorías externas en bienes, servicios u obras propios de la función
o para las Entidades, la que se sujeta a las que por ley les corresponde, y además no se
normas que rigen el Sistema Nacional de persigan fines de lucro.
Control. Todas las demás contrataciones Los convenios a que se refiere el presente
que efectúe la Contraloría General de la numeral, en ningún caso se utilizarán para
República se sujetan a lo dispuesto en la el encargo de la realización de procesos de
presente ley y su reglamento. selección.
c) Las operaciones de endeudamiento y t) La contratación de servicios públicos, siempre
administración de deuda pública. que no exista la posibilidad de contratar con
d) La contratación de asesoría legal y financiera más de un proveedor.
y otros servicios especializados, vinculados u) Las contrataciones realizadas de acuerdo con
directa o indirectamente a las operaciones las exigencias y procedimientos específicos
de endeudamiento interno o externo y de de organismos internacionales, Estados
administración de deuda pública. o entidades cooperantes, siempre que se
e) Los contratos bancarios y financieros deriven de operaciones de endeudamiento
celebrados por las Entidades. externo y/o donaciones ligadas a dichas
f) Los contratos administrativos de servicios o operaciones.
régimen que haga sus veces. v) Las contrataciones realizadas de acuerdo
g) Los contratos de locación de servicios con las exigencias y procedimientos
celebrados con los presidentes de directorios, específicos de organismos internacionales,
que desempeñen funciones a tiempo Estados o entidades cooperantes, que se
completo en las Entidades o empresas del deriven de donaciones efectuadas por estos,
Estado. siempre que dichas donaciones representen
h) Los actos de disposición y de administración por lo menos el 25% del monto total de las
y gestión de los bienes de propiedad estatal. contrataciones involucradas en el Convenio
i) Las contrataciones cuyos montos, sean suscrito para tal efecto.
iguales o inferiores a tres (3) Unidades
Impositivas Tributarias, vigentes al En todos los supuestos señalados en el presente
momento de la transacción, lo cual no numeral, salvo el literal u), intervendrá la Contraloría
enerva la responsabilidad de la Entidad General de la República.
de salvaguardar el uso de los recursos
públicos de conformidad con los principios Artículo 9. Registro Nacional de Proveedores
de moralidad y eficiencia.
Este supuesto no es aplicable a las 9.1. Para ser participante, postor y/o contratista se
contrataciones de bienes y servicios incluidos requiere estar inscrito en el Registro Nacional
en el Catálogo de Convenios Marco, conforme de Proveedores (RNP) y no estar impedido,
a lo que establezca el reglamento. sancionado ni inhabilitado para contratar con el
j) La contratación de notarios públicos para Estado.
que ejerzan las funciones previstas en la 9.2. El reglamento establece la organización,
presente ley y su reglamento. funciones y procedimientos del Registro
k) Los servicios brindados por conciliadores, Nacional de Proveedores (RNP), así como los
árbitros, centros de conciliación, instituciones requisitos para la inscripción y su renovación,
arbitrales y demás derivados de la función la asignación de categorías y especialidades,
conciliatoria y arbitral; salvo en lo que la inclusión y la periodicidad con que se publica
respecta a las infracciones y sanciones la relación de sancionados en el Portal del
previstas para los árbitros. Organismo Supervisor de las Contrataciones
l) Las contrataciones que deban realizarse con del Estado (OSCE). En ningún caso, estos
determinado proveedor, por mandato expreso requisitos constituyen barreras a la competencia
de la ley o de la autoridad jurisdiccional. y se establecen en cumplimiento del principio de
m) La concesión de recursos naturales y obras reciprocidad.
públicas de infraestructura, bienes y servicios La publicación de los sancionados incluye
públicos. información de los socios, accionistas,
n) La transferencia al sector privado de acciones participacionistas o titulares, y de los integrantes
y activos de propiedad del Estado, en el de los órganos de administración, de conformidad
marco del proceso de privatización. con el procedimiento previsto en el reglamento.
ñ) La modalidad de ejecución presupuestal 9.3. A los Proveedores del Estado inscritos como
directa contemplada en la normativa de la Ejecutores de Obra ante el Registro Nacional
materia, salvo las contrataciones de bienes de Proveedores (RNP), se les asignará una
y servicios que se requieran para ello. capacidad máxima de contratación que será
o) Las contrataciones realizadas con calculada en función de su capital social
proveedores no domiciliados en el país cuyo suscrito y pagado en el Perú y de la experiencia
mayor valor estimado de las prestaciones se con la que cuenten como ejecutores de obra,
realice en el territorio extranjero. quedando expresamente establecido que el
p) Las contrataciones que realicen las Misiones capital social suscrito y pagado de las personas
del Servicio Exterior de la República, jurídicas inscritas como ejecutores de obra ante
exclusivamente para su funcionamiento y el Registro Nacional de Proveedores (RNP), no
gestión, fuera del territorio nacional. podrá ser inferior al 5% de su capacidad máxima
q) Las contrataciones de servicios de abogados, de contratación; y en el caso de personas
asesores legales y de cualquier otro tipo de jurídicas que no estuvieran constituidas en
asesoría requerida para la defensa del Estado el Perú y que en consecuencia no contaran
en las controversias internacionales sobre con capital social en el país, en función de
inversión en foros arbitrales o judiciales. la asignación de capital que le hubiera sido
r) Las compras de bienes que realicen las efectivamente depositada en una entidad del
Entidades mediante remate público, las sistema financiero nacional en el caso de las
que se realizarán de conformidad con la sucursales y, de un mecanismo equivalente en el
normativa de la materia. caso de las personas jurídicas no domiciliadas,
s) Los convenios de cooperación, gestión quienes deberán acreditar haber depositado
u otros de naturaleza análoga, suscritos en una cuenta abierta en una empresa del
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467368 NORMAS LEGALES Lima, viernes 1 de junio de 2012
sistema financiero nacional a nombre de su la fiscalización posterior de la información
representante legal en el país, el monto en virtud presentada por los proveedores.
del cual se calculará su capacidad máxima de Mediante Decreto Supremo refrendado por
contratación. Tanto en el caso de las sucursales el Ministro de Economía y Finanzas puede
de personas jurídicas extranjeras en el Perú disponerse el acceso a la información que
como de personas jurídicas no domiciliadas, los posean otras Entidades y que sea relevante para
aportes dinerarios antes señalados, a efectos el Registro Nacional de Proveedores (RNP).
de tener validez frente al Registro Nacional 9.5. En ningún caso, las Bases de los procesos de
de Proveedores (RNP), deberán haber sido selección exigen a los postores la documentación
aprobados por la Junta General de Accionistas que estos hubiesen tenido que presentar para
u órgano análogo de la Sociedad, previamente a su inscripción ante el Registro Nacional de
su depósito efectivo, de acuerdo a los estatutos Proveedores (RNP).
de cada empresa o a las leyes del país en virtud
de las cuales se hubiera constituido la matriz. Artículo 11. Prohibición de prácticas que afecten
Sin perjuicio de lo antes señalado, a efectos de la mayor concurrencia y competencia en los
realizar la inscripción de empresas extranjeras procesos de contratación
ante el Registro Nacional de Proveedores Se encuentra prohibida la concertación de precios,
(RNP) se aplicará el Principio de Reciprocidad. condiciones o ventajas, entre proveedores o entre
Las empresas extranjeras recibirán el mismo proveedores y terceros, que pueda afectar la mayor
trato que las empresas peruanas reciben en su concurrencia y/o competencia en los procesos de
país de origen en materia de contrataciones del contratación. Esta afectación a la libre competencia
Estado. también puede materializarse mediante acuerdos
Las disposiciones establecidas en los párrafos para no participar o no presentar propuestas en los
anteriores no se aplican a los proveedores que procesos de contratación. El funcionario o servidor
provengan de países con los cuales la República público que intervenga o favorezca estas prácticas
del Perú tuviera vigente un tratado o compromiso será sancionado administrativa o penalmente de
internacional que incluya disposiciones en acuerdo a la normativa correspondiente.
materia de contrataciones públicas; ni a las micro
y pequeñas empresas - mypes debidamente Artículo 19. Prohibición de fraccionamiento
inscritas en el Registro Nacional de la Micro y Queda prohibido fraccionar la contratación de bienes,
Pequeña Empresa (REMYPE). de servicios y la ejecución de obras con el objeto de
9.4. Los proveedores cuya inscripción en el evitar el tipo de proceso de selección que corresponda
Registro Nacional de Proveedores (RNP) haya según la necesidad anual, o de evadir la aplicación
sido declarada nula por haber presentado de la normativa de contrataciones del Estado para
documentación falsa o información inexacta, dar lugar a contrataciones menores a tres (3) UIT,
sólo podrán solicitar su reinscripción en el y/o de acuerdos comerciales suscritos por el Estado
referido Registro luego de transcurrido dos (2) peruano en materia de contratación pública. No se
años desde que quedó administrativamente considera fraccionamiento a las contrataciones por
firme la resolución que declaró la nulidad. etapas, tramos, paquetes o lotes posibles en función
El Registro Nacional de Proveedores (RNP) no a la naturaleza del objeto de la contratación o para
debe exigir la licencia de funcionamiento en el propiciar la participación de las microempresas y
procedimiento de inscripción. de las pequeñas empresas en aquellos sectores
El Organismo Supervisor de las Contrataciones económicos donde exista oferta competitiva.
del Estado (OSCE) administra el Registro El Ministerio de Economía y Finanzas, previa
Nacional de Proveedores (RNP) y debe opinión favorable del Ministerio de la Producción y
mantenerlo actualizado en su portal institucional. del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo,
Las Entidades están prohibidas de llevar establece mediante Decreto Supremo los sectores
registros de proveedores. Sólo están facultadas que son materia de interés del Estado para promover
para llevar y mantener un listado interno de la participación de la microempresa y de la pequeña
proveedores, consistente en una base de datos empresa.
que contenga la relación de aquellos. Bajo La prohibición se aplica sobre el monto total de la
ninguna circunstancia, la incorporación en este etapa, tramo, paquete o lote a ejecutar.
listado es requisito para la participación en los El órgano encargado de las contrataciones en cada
procesos de selección que la Entidad convoque. Entidad es responsable en caso de incumplimiento de
La incorporación de proveedores en este listado la prohibición a que se refiere el presente artículo.
es discrecional y gratuita.
El Registro Nacional de Proveedores (RNP) tiene Artículo 20. Exoneración de procesos de
carácter desconcentrado a fin de no perjudicar selección
ni generar mayores costos de transacción a las Están exoneradas de los procesos de selección las
pequeñas y micro empresas localizadas en las contrataciones que se realicen:
diversas regiones del país.
Bajo responsabilidad, en el marco de la a) Entre Entidades, siempre que en razón de
legislación vigente sobre la materia, el costos de oportunidad resulten más eficientes
Registro Nacional de Identificación y Estado y técnicamente viables para satisfacer la
Civil (RENIEC), la Superintendencia Nacional necesidad y no se contravenga lo señalado en
de Aduanas y de Administración Tributaria el artículo 60º de la Constitución Política del
(SUNAT), la Superintendencia Nacional de Perú.
los Registros Públicos (SUNARP), el Instituto b) Ante una situación de emergencia derivada
Nacional de Defensa de la Competencia y de acontecimientos catastróficos, o de
de la Protección de la Propiedad Intelectual acontecimientos que afecten la defensa o
(INDECOPI), la Superintendencia de Banca, seguridad nacional, o de situaciones que
Seguros y Administradoras Privadas de Fondos supongan el grave peligro de que ocurra alguno
de Pensiones (SBS), el Poder Judicial, la Policía de los supuestos anteriores.
Nacional del Perú (PNP) y otras Entidades c) Ante una situación de desabastecimiento
de las que pueda requerirse información, debidamente comprobada, que afecte o impida
deben proporcionar el acceso a la información a la Entidad cumplir con sus actividades u
pertinente, salvaguardando las reservas operaciones, debiendo determinarse, de ser el
previstas por ley con la finalidad que el Registro caso, las responsabilidades de los funcionarios
Nacional de Proveedores (RNP) cuente con o servidores cuya conducta hubiera originado la
información actualizada que permita ejercer configuración de esta causal.
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d) Con carácter de secreto, secreto militar o por Los funcionarios públicos que aprovechando de
razones de orden interno, por parte de las Fuerzas las disposiciones de este artículo dispusieran las
Armadas, la Policía Nacional del Perú y los adquisiciones de bienes, servicios y obras, sin que
organismos conformantes del Sistema Nacional se haya dado una real situación de emergencia y/o
de Inteligencia, que deban mantenerse en adquirieran los mismos más allá de lo estrictamente
reserva conforme a ley, previa opinión favorable necesario, serán pasibles de las sanciones penales y
de la Contraloría General de la República. administrativas que correspondan.
e) Cuando exista proveedor único de bienes o
servicios que no admiten sustitutos, o cuando por Artículo 27. Valor Referencial
razones técnicas o relacionadas con la protección El órgano encargado de las contrataciones en cada
de derechos, se haya establecido la exclusividad Entidad determina el Valor Referencial de contratación
del proveedor. con el fin de establecer el tipo de proceso de selección
f) Para los servicios personalísimos prestados por correspondiente y gestionar la asignación de los
personas naturales, con la debida sustentación recursos presupuestales necesarios. En los procesos
objetiva. de selección sujetos a la modalidad de Convenio
Marco, la determinación del valor referencial es
El Reglamento establece las formalidades, condiciones facultativa.
y requisitos complementarios que corresponden a El Valor Referencial es determinado sobre la base
cada una de las causales de exoneración. de un estudio de las posibilidades de precios y
condiciones que ofrece el mercado, efectuado en
Artículo 22. Situación de desabastecimiento función del análisis de los niveles de comercialización,
Se considera desabastecimiento a aquella situación a partir de las especificaciones técnicas o términos de
inminente, extraordinaria e imprevisible en la que la referencia y los costos estimados en el Plan Anual de
ausencia de un bien o servicio compromete en forma Contrataciones, de acuerdo a los criterios señalados
directa e inminente la continuidad de las funciones, en el reglamento. Cuando se trate de proyectos
servicios, actividades u operaciones que la Entidad de inversión, el valor referencial se establece de
tiene a su cargo. Dicha situación faculta a la Entidad acuerdo al monto de inversión consignado en el
a la contratación de los bienes y servicios solo por el estudio de preinversión que sustenta la declaración de
tiempo y/o cantidad, según sea el caso, necesario viabilidad.
para resolver la situación y llevar a cabo el proceso de Tratándose de obras, el Valor Referencial no puede
selección que corresponda. tener una antigüedad mayor a los seis (6) meses
La aprobación de la exoneración en virtud de contados desde la fecha de determinación del
la causal de situación de desabastecimiento no presupuesto consignado en el Expediente Técnico.
constituye dispensa, exención o liberación de las En el caso de bienes y servicios, la antigüedad
responsabilidades de los funcionarios o servidores de la del Valor Referencial no puede ser mayor a tres
Entidad cuya conducta hubiese originado la presencia (3) meses contados a partir de la aprobación del
o configuración de dicha causal. Constituye agravante Expediente de Contratación. Para los casos en que
de responsabilidad si la situación fue generada por se requiera un período mayor a los consignados,
dolo o culpa inexcusable del funcionario o servidor de el órgano encargado de las contrataciones,
la Entidad. En estos casos, la autoridad competente responsable de determinar el Valor Referencial,
para autorizar la exoneración debe ordenar, en el acto debe indicar el período de actualización del
aprobatorio de la misma, el inicio de las acciones que mismo.
correspondan, de acuerdo al artículo 46 de la presente El Valor Referencial tiene carácter público. Sólo
ley. de manera excepcional, la Entidad determina que
Tratándose de contrataciones bajo la cobertura de éste tenga carácter reservado, mediante decisión
un tratado o compromiso internacional que incluya debidamente sustentada, bajo responsabilidad del
disposiciones sobre contrataciones públicas, Titular de la Entidad. El Valor Referencial siempre es
la exoneración sólo procede si la situación de informado al Sistema Electrónico de Contrataciones
desabastecimiento reúne las condiciones indicadas del Estado (SEACE).
en el primer párrafo del presente artículo. El reglamento señala los mecanismos para la
Cuando no corresponda realizar un proceso de determinación del Valor Referencial, incluyendo la
selección posterior, en los informes técnico y legal contratación de servicios de cobranza, recuperaciones
previos que sustentan la Resolución o el Acuerdo o similares, y honorarios de éxito.
que autoriza la exoneración, se debe fundamentar
las razones que motivan la contratación definitiva Artículo 28. Consultas y Observaciones a las
materia de la exoneración. Esta disposición también Bases
es de aplicación, de ser el caso, para la situación de El cronograma a que se refiere el literal f) del
emergencia. artículo 26 de la presente ley debe establecer plazos
para la presentación y absolución de consultas y
Artículo 23. Situación de emergencia observaciones al contenido de las Bases.
Se entiende como situación de emergencia aquella A través de las consultas, se formulan pedidos
en la cual la Entidad tenga que actuar de manera de aclaración a las disposiciones de las Bases
inmediata a causa de acontecimientos catastróficos, o y mediante las observaciones se cuestionan las
de acontecimientos que afecten la defensa o seguridad mismas en lo relativo al incumplimiento de las
nacional, o de situaciones que supongan el grave condiciones mínimas o de cualquier disposición en
peligro de que alguno de los supuestos anteriores materia de contrataciones del Estado u otras normas
ocurra. complementarias o conexas que tengan relación
En este caso, la Entidad queda exonerada de la con el proceso de selección.
tramitación del expediente administrativo, debiendo Las respuestas a las consultas y observaciones deben
obtener en forma inmediata lo estrictamente ser fundamentadas y sustentadas y se comunicarán,
necesario para prevenir y atender los requerimientos de manera oportuna y simultánea, a todos los
generados como consecuencia del evento producido, participantes a través del Sistema Electrónico de
sin sujetarse a los requisitos formales de la presente Contrataciones del Estado (SEACE), considerándose
norma. El reglamento establece los mecanismos y como parte integrante de las Bases.
plazos para la regularización del procedimiento Los participantes pueden solicitar que las Bases
correspondiente. y los actuados del proceso sean elevados para
Las demás actividades necesarias para completar pronunciamiento del Organismo Supervisor de las
el objetivo propuesto por la Entidad no tienen el Contrataciones del Estado (OSCE), siempre que se
carácter de emergencia y se contratan de acuerdo a cumpla con los supuestos de elevación establecidos
lo establecido en la presente norma. en el reglamento.
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467370 NORMAS LEGALES Lima, viernes 1 de junio de 2012
El procedimiento y plazo para tramitar las consultas y c) El pago a favor del contratista considere, al
observaciones son fijados en el reglamento. menos, dos (2) valorizaciones periódicas en
función del avance de la obra.
Artículo 32. Proceso de selección desierto
El Comité Especial otorga la Buena Pro en una Sin perjuicio de la conservación definitiva de los
licitación pública, concurso público o adjudicación montos retenidos, el incumplimiento injustificado
directa aún en los casos en los que se declare como por parte de los contratistas beneficiados con lo
válida una única oferta. dispuesto en el presente artículo, que motive la
El proceso de selección será declarado desierto resolución del contrato, da lugar a la inhabilitación
cuando no quede válida ninguna oferta; y, parcialmente temporal para contratar con el Estado por un
desierto cuando no quede válida ninguna oferta en período no menor a un (1) año ni mayor a dos (2)
alguno de los ítems identificados particularmente. años.
La declaración de desierto de un proceso de selección
obliga a la Entidad a formular un informe que evalúe las Artículo 41. Prestaciones adicionales, reducciones
causas que motivaron dicha declaratoria, debiéndose y ampliaciones
adoptar las medidas correctivas antes de convocar
nuevamente, bajo responsabilidad. 41.1. Excepcionalmente y previa sustentación por el
En el supuesto que una licitación pública, concurso área usuaria de la contratación, la Entidad puede
público o adjudicación directa sean declaradas ordenar y pagar directamente la ejecución de
desiertas, se convocará a un proceso de adjudicación prestaciones adicionales en caso de bienes y
de menor cuantía. servicios hasta por el veinticinco por ciento (25%)
El proceso de adjudicación de menor cuantía derivado de su monto, siempre que sean indispensables
de un proceso de selección declarado desierto, debe para alcanzar la finalidad del contrato. Asimismo,
contar con las mismas formalidades del proceso puede reducir bienes, servicios u obras hasta por
principal. el mismo porcentaje.
Para otorgar la Buena Pro en los procesos de selección 41.2. Tratándose de obras, las prestaciones
convocados bajo la modalidad de Subasta Inversa se adicionales pueden ser hasta por el quince
requerirá la existencia de dos (2) ofertas válidas como por ciento (15%) del monto total del contrato
mínimo; de lo contrario, el proceso se declarará como original, restándole los presupuestos deductivos
desierto. vinculados, entendidos como aquellos derivados
de las sustituciones de obra directamente
Artículo 39. Garantías relacionadas con las prestaciones adicionales
Las garantías que deben otorgar los postores y/ de obra, siempre que ambas respondan a la
o contratistas, según corresponda, son las de fiel finalidad del contrato original. Para tal efecto, los
cumplimiento del contrato, por los adelantos y por el pagos correspondientes serán aprobados por el
monto diferencial de propuesta. Sus modalidades, Titular de la Entidad.
montos, condiciones y excepciones son regulados en En el supuesto de que resulte indispensable
el reglamento. la realización de prestaciones adicionales de
Las garantías que acepten las Entidades deben obra por deficiencias del Expediente Técnico
ser incondicionales, solidarias, irrevocables y de o situaciones imprevisibles posteriores a
realización automática en el país, al solo requerimiento la suscripción del contrato, mayores a las
de la respectiva Entidad, bajo responsabilidad de las establecidas en el segundo párrafo del presente
empresas que las emiten. Dichas empresas deben artículo y hasta un máximo de cincuenta por
encontrarse bajo la supervisión de la Superintendencia ciento (50%) del monto originalmente contratado,
de Banca y Seguros y Administradoras Privadas de sin perjuicio de la responsabilidad que pueda
Fondos de Pensiones y deben estar autorizadas para corresponder al proyectista, el Titular de la
emitir garantías; o estar consideradas en la última Entidad puede decidir autorizarlas. Para ello se
lista de bancos extranjeros de primera categoría que requiere contar con la autorización del Titular de
periódicamente publica el Banco Central de Reserva la Entidad, debiendo para la ejecución y el pago
del Perú. contar con la autorización previa de la Contraloría
En virtud de la realización automática, a primera General de la República y con la comprobación
solicitud, las empresas emisoras no pueden oponer de que se cuentan con los recursos necesarios.
excusión alguna a la ejecución de las garantías En el caso de adicionales con carácter de
debiendo limitarse a honrarlas de inmediato dentro del emergencia dicha autorización se emite previa
plazo máximo de tres (3) días. Toda demora genera al pago. La Contraloría General de la República
responsabilidad solidaria para el emisor de la garantía cuenta con un plazo máximo de quince (15) días
y para el postor o contratista, y da lugar al pago de hábiles, bajo responsabilidad, para emitir su
intereses en favor de la Entidad. pronunciamiento. Dicha situación debe ponerse
El reglamento señala el tratamiento a seguirse en los en conocimiento de la Comisión de Presupuesto
casos de contratos de arrendamiento y de aquellos y Cuenta General de la República del Congreso
donde la prestación se cumpla por adelantado al de la República y del Ministerio de Economía y
pago. Finanzas, bajo responsabilidad del Titular de la
En los contratos periódicos de suministro de bienes o Entidad.
de prestación de servicios, así como en los contratos 41.3. Respecto a los servicios de supervisión, cuando
de ejecución y consultoría de obras que celebren en los casos distintos a los de adicionales de
las Entidades con las Micro y Pequeñas Empresas, obras, se produzcan variaciones en el plazo de
éstas últimas pueden otorgar como garantía de fiel la obra o variaciones en el ritmo de trabajo de
cumplimiento el diez por ciento (10%) del monto la obra, autorizadas por la Entidad, y siempre
total a contratar, porcentaje que será retenido por que impliquen prestaciones adicionales en la
la Entidad. supervisión que resulten indispensables para
En el caso de los contratos para la ejecución de obras, el adecuado control de la obra, el Titular de la
tal beneficio sólo es procedente cuando: Entidad puede autorizarlas, bajo las mismas
condiciones del contrato original y hasta por un
a) Por el monto, el contrato a suscribirse monto máximo del quince por ciento (15%) del
corresponda a un proceso de selección monto contratado de la supervisión, considerando
de adjudicación de menor cuantía, a una para el cálculo todas las prestaciones adicionales
adjudicación directa selectiva o a una previamente aprobadas. Cuando se supere el
adjudicación directa pública. citado porcentaje, se requerirá la autorización,
b) El plazo de ejecución de la obra sea igual o previa al pago, de la Contraloría General de la
mayor a sesenta (60) días calendario. República, no siendo aplicable para este caso el
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Lima, viernes 1 de junio de 2012 NORMAS LEGALES 467371
límite establecido en el numeral 41.1 del presente injustificadamente las obligaciones del
artículo. contrato hasta los plazos de responsabilidad
41.4. Alternativamente, la Entidad puede resolver establecidos en las Bases.
el contrato, mediante comunicación escrita al m) Otras infracciones que se establezcan en el
contratista. reglamento.
41.5. La decisión de la Entidad o de la Contraloría
General de la República de aprobar o no la 51.2. Sanciones
ejecución de prestaciones adicionales, no puede En los casos que la presente ley o su reglamento
ser sometida a arbitraje. Tampoco pueden ser lo señalen, el Tribunal de Contrataciones del
sometidas a arbitraje las controversias referidas Estado impondrá a los proveedores, participantes,
a la ejecución de las prestaciones adicionales de postores, contratistas, las sanciones siguientes:
obra y mayores prestaciones de supervisión que
requieran aprobación previa de la Contraloría a) Inhabilitación temporal: Consiste en la
General de la República. privación, por un período determinado, de los
41.6. El contratista puede solicitar la ampliación del derechos a participar en procesos de selección
plazo pactado por atrasos y paralizaciones y a contratar con el Estado. Esta inhabilitación
ajenas a su voluntad debidamente comprobados en ningún caso puede ser menor de seis (6)
y que modifiquen el cronograma contractual. meses ni mayor de tres (3) años.
41.7. Las discrepancias respecto de la procedencia b) Inhabilitación definitiva: Consiste en la
de la ampliación del plazo se resuelven de privación permanente del ejercicio de los
conformidad con lo establecido en el literal b) del derechos de los proveedores, participantes,
artículo 40 de la presente ley. postores y contratistas a participar en
procesos de selección y a contratar con el
Artículo 51. Infracciones y sanciones Estado. Cuando en un período de cuatro (4)
administrativas años a una persona natural o jurídica se le
impongan dos (2) o más sanciones que en
51.1. Infracciones conjunto sumen treinta y seis (36) o más
Se impondrá sanción administrativa a los meses de inhabilitación temporal, el Tribunal
proveedores, participantes, postores y de Contrataciones del Estado resolverá
contratistas que: la inhabilitación definitiva del proveedor,
participante, postor o contratista.
a) No mantengan su oferta hasta el c) Económicas: Son aquellas que resultan de
consentimiento de la Buena Pro, de resultar la ejecución de las garantías otorgadas a la
ganadores hasta la suscripción del contrato, presentación de recursos de apelación que
no suscriban injustificadamente el contrato son declarados infundados o improcedentes
o acuerdo de Convenio Marco, o no reciban por la Entidad o el Tribunal de Contrataciones
injustificadamente la orden de compra o de del Estado. Si el recurso de apelación es
servicio emitida a su favor. declarado fundado en todo o en parte, se
b) Den lugar a la resolución del contrato, orden devuelve la garantía por el Tribunal o la
de compra o de servicios por causal atribuible Entidad. En caso de desistimiento, se ejecuta
a su parte. el cien por ciento (100%) de la garantía.
c) Hayan entregado el bien, prestado el servicio
o ejecutado la obra con existencia de vicios Los proveedores, participantes, postores o
ocultos, previa sentencia judicial firme o contratistas que incurran en las causales
laudo arbitral. establecidas en el numeral 51.1 del presente
d) Contraten con el Estado estando impedidos artículo, serán sancionados con inhabilitación
para ello, de acuerdo a la presente ley. temporal para contratar con el Estado o con
e) Se registren como participantes, presenten inhabilitación definitiva, según corresponda.
propuestas, o suscriban un contrato o En el caso de la infracción prevista en el literal j)
acuerdo de Convenio Marco sin contar con del numeral 51.1 del presente artículo, la sanción
inscripción vigente en el Registro Nacional será de inhabilitación temporal no menor de tres
de Proveedores (RNP). (3) años ni mayor de cinco (5) años. En caso de
f) Suscriban un contrato, en el caso de ejecución reincidencia en esta causal, la inhabilitación será
o consultoría de obras, por montos mayores definitiva, independientemente del período en el
a su capacidad libre de contratación, o en que se ha reincidido y el número de sanciones
especialidades distintas, según sea el caso. impuestas.
g) Suscriban contrato pese a haber sido En caso de concurrir más de una infracción en
notificados de la suspensión o nulidad del el proceso de selección o en la ejecución de un
proceso de contratación, dispuesta por el contrato se aplica la sanción prevista para la
Organismo Supervisor de las Contrataciones infracción de mayor gravedad.
del Estado (OSCE) en ejercicio de sus Las sanciones que se imponen no constituyen
funciones. impedimento para que el contratista cumpla
h) Realicen subcontrataciones sin autorización con las obligaciones derivadas de contratos
de la Entidad o por un porcentaje mayor al anteriormente suscritos con Entidades; por
permitido en el reglamento. lo tanto, debe proseguir con la ejecución de
i) Incurran en la transgresión de la prohibición los contratos que tuviera suscritos hasta la
prevista en el artículo 11 de la presente culminación de los mismos.
ley o cuando incurran en los supuestos de La imposición de las sanciones es independiente
socios comunes no permitidos según lo que de la responsabilidad civil o penal que pueda
establece el reglamento. originarse por las infracciones cometidas.
j) Presenten documentos falsos o información Asimismo, el Organismo Supervisor de las
inexacta a las Entidades, al Tribunal de Contrataciones del Estado (OSCE) puede
Contrataciones del Estado o al Organismo imponer sanciones económicas a las Entidades
Supervisor de las Contrataciones del Estado que trasgredan la normativa de contratación
(OSCE). pública, cuando actúen como proveedor.
k) Interpongan recursos impugnativos contra
los actos inimpugnables establecidos en el Artículo 52. Solución de controversias
reglamento.
l) Se constate, después de otorgada 52.1. Las controversias que surjan entre las partes
la conformidad, que incumplieron sobre la ejecución, interpretación, resolución,
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467372 NORMAS LEGALES Lima, viernes 1 de junio de 2012
inexistencia, ineficacia, nulidad o invalidez del así como su utilización para el desarrollo de
contrato, se resuelven mediante conciliación estudios especializados en materia de arbitraje
o arbitraje, según el acuerdo de las partes. La administrativo.
conciliación debe realizarse en un centro de 52.8. Los árbitros deben cumplir con la obligación
conciliación público o acreditado por el Ministerio de informar oportunamente si existe alguna
de Justicia. circunstancia que les impida ejercer el cargo
52.2. Los procedimientos de conciliación y/o arbitraje con independencia, imparcialidad y autonomía;
deben solicitarse en cualquier momento anterior actuar con transparencia; y sustentar el apartarse
a la fecha de culminación del contrato. Para cuando corresponda del orden de prelación
los casos específicos en los que la materia en previsto en el numeral 52.3 del presente artículo.
controversia se refiera a nulidad de contrato, El deber de informar se mantiene a lo largo de
resolución de contrato, ampliación de plazo todo el arbitraje.
contractual, recepción y conformidad de El incumplimiento de cualquiera de estas
la prestación, valorizaciones o metrados, obligaciones configura infracción y es sancionable
liquidación del contrato y pago, se debe iniciar administrativamente, según la gravedad de
el respectivo procedimiento dentro del plazo de la falta cometida, con suspensión temporal
quince (15) días hábiles conforme lo señalado en o inhabilitación permanente para ejercer el
el reglamento. La parte que solicita la conciliación cargo de árbitro en las controversias que se
y/o el arbitraje debe ponerla en conocimiento del produzcan dentro del marco de la presente ley y
Organismo Supervisor de las Contrataciones su reglamento; con la consecuente suspensión o
del Estado (OSCE) en el plazo establecido en el exclusión del Registro de Árbitros del Organismo
reglamento, salvo cuando se trate de un arbitraje Supervisor de las Contrataciones del Estado
administrado por dicho organismo o cuando éste (OSCE), según la sanción impuesta.
designe a los árbitros. La sanción administrativa se aplica sin perjuicio
Para los reclamos que formulen las Entidades de la que pudiera corresponder conforme al
por vicios ocultos en los bienes, servicios y Código de Ética para el arbitraje administrado por
obras entregados por el contratista, el plazo de el Organismo Supervisor de las Contrataciones
caducidad es el que se fije en función del artículo del Estado (OSCE) o por otra institución que
50 de la presente ley, y se computa a partir de la lleve adelante el proceso.
conformidad otorgada por la Entidad. 52.9. Las partes pueden dispensar a los árbitros de
Todos los plazos previstos son de caducidad. las causales de recusación que no constituyan
52.3. El arbitraje será de derecho y resuelto por árbitro impedimento absoluto.
único o tribunal arbitral mediante la aplicación de 52.10. En el caso que el convenio arbitral
la Constitución Política del Perú, de la presente establezca que el arbitraje es institucional, y
ley y su reglamento, así como de las normas no se haga referencia a una institución arbitral
de derecho público y las de derecho privado; determinada, se entenderá que el arbitraje
manteniendo obligatoriamente este orden de se rige bajo la organización y administración
preferencia en la aplicación del derecho. Esta de los órganos del Sistema Nacional de
disposición es de orden público. El incumplimiento Arbitraje del Organismo Supervisor de las
de lo dispuesto en este numeral es causal de Contrataciones del Estado (OSCE) de acuerdo
anulación del laudo. a su reglamento.
52.4. El árbitro único y el presidente del tribunal 52.11.El Sistema Nacional de Arbitraje del Organismo
arbitral deben ser necesariamente abogados, Supervisor de las Contrataciones del Estado
que cuenten con especialización acreditada en (SNA-OSCE) constituye un régimen institucional
derecho administrativo, arbitraje y contrataciones de arbitraje especializado para la resolución
con el Estado, pudiendo los demás integrantes de controversias en las contrataciones con el
del colegiado ser expertos o profesionales en Estado. Es autónomo, especializado y se rige
otras materias. La designación de los árbitros por su propio reglamento que es aprobado por
y los demás aspectos de la composición del el Organismo Supervisor de las Contrataciones
tribunal arbitral son regulados en el reglamento. del Estado (OSCE) y supletoriamente por la
52.5. Cuando exista un arbitraje en curso y surja una Ley de Arbitraje. El reglamento establece su
nueva controversia derivada del mismo contrato, conformación y atribuciones.
cualquiera de las partes puede solicitar a los 52.12.Los procedimientos de conciliación y arbitraje
árbitros la acumulación de las pretensiones a se sujetan supletoriamente a lo dispuesto por
dicho arbitraje, debiendo hacerlo dentro del plazo las leyes de la materia, siempre que no se
de caducidad previsto en el numeral 52.2. del opongan a lo establecido en la presente ley y su
presente artículo. No obstante, en el convenio reglamento.
arbitral se puede establecer que solo procede
la acumulación de pretensiones cuando ambas Artículo 53. Recursos impugnativos
partes estén de acuerdo y se cumpla con las Las discrepancias que surjan entre la Entidad y los
formalidades establecidas en el propio convenio participantes o postores en un proceso de selección,
arbitral; de no mediar dicho acuerdo, no procede solamente podrán dar lugar a la interposición del
la acumulación. recurso de apelación. Mediante el recurso de apelación
52.6. El laudo arbitral es inapelable, definitivo y se pueden impugnar los actos dictados desde la
obligatorio para las partes desde el momento convocatoria hasta antes de la celebración del contrato.
de su notificación, debiéndose notificar a las Por esta vía no se pueden impugnar las Bases ni su
partes en forma personal y a través del Sistema integración, así como tampoco las resoluciones o
Electrónico de Contrataciones del Estado acuerdos que aprueben las exoneraciones.
(SEACE) para efecto de su validez. Dicho sistema El recurso de apelación sólo puede interponerse luego
debe permitir, operativamente la notificación del de otorgada la Buena Pro. El reglamento establece el
laudo. La notificación se dará por efectuada procedimiento, requisitos y plazo para su presentación
desde ocurrido el último acto. Contra dicho laudo y resolución.
solo cabe interponer recurso de anulación de El recurso de apelación es conocido y resuelto por
acuerdo a lo establecido en la presente ley y al el Tribunal de Contrataciones del Estado, cuando se
Decreto Legislativo 1071, Ley de Arbitraje. trate de procesos de selección de adjudicación directa
52.7. El arbitraje a que se refiere la presente norma pública, licitaciones públicas y concursos públicos,
se desarrolla en cumplimiento del Principio de incluidos los procesos de menor cuantía cuando
Transparencia. El Organismo Supervisor de las deriven de procesos declarados desiertos. En los
Contrataciones del Estado (OSCE) dispone la procesos de menor cuantía y en las adjudicaciones
publicación de los laudos y actas de conciliación, directas selectivas, corresponde dicha competencia
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al Titular de la Entidad. La resolución que resuelva el Cuando corresponda al árbitro único o al Tribunal
recurso de apelación agota la vía administrativa. Arbitral evaluar la nulidad del contrato, se
El Titular de la Entidad puede delegar la potestad considerarán en primer lugar las causales previstas
de resolver el recurso de apelación. El funcionario a en la presente ley y su reglamento, y luego las
quien se otorgue dicha facultad es responsable por la causales de nulidad aplicables reconocidas en el
emisión del acto que resuelve el recurso. derecho nacional.
Cuando la apelación se haya interpuesto ante el
Tribunal de Contrataciones del Estado, la Entidad Artículo 58. Funciones
está obligada a remitir el expediente correspondiente, El Organismo Supervisor de las Contrataciones del
dentro del plazo máximo de tres (3) días de requerida, Estado (OSCE) tiene las siguientes funciones:
bajo responsabilidad del Titular de la Entidad. El
incumplimiento de dicha obligación por parte de la a) Velar y promover el cumplimiento y difusión de
Entidad será comunicada a la Contraloría General de esta ley, su reglamento y normas complementarias
la República. y proponer las modificaciones que considere
La garantía por interposición del recurso de apelación necesarias.
debe otorgarse a favor del Organismo Supervisor de b) Implementar actividades y mecanismos de
las Contrataciones del Estado (OSCE) y de la Entidad, desarrollo de capacidades y competencias en la
cuando corresponda. Esta garantía será equivalente al gestión de las contrataciones del Estado.
tres por ciento (3%) del Valor Referencial del proceso c) Emitir directivas, lineamientos, manuales
de selección o del ítem que se decida impugnar. La y comunicados sobre materias de su
garantía no puede ser menor al cincuenta por ciento competencia.
(50%) de una (1) UIT. d) Resolver los asuntos de su competencia en
La interposición de la acción contencioso- última instancia administrativa.
administrativa procede contra lo resuelto en última e) Supervisar y fiscalizar, de forma selectiva y/o
instancia administrativa, sin suspender su ejecución. aleatoria, los procesos de contratación que
Mediante acuerdos adoptados en Sala Plena, los realicen las Entidades para proveerse de bienes,
cuales constituyen precedentes de observancia servicios u obras, asumiendo el pago con fondos
obligatoria, el Tribunal de Contrataciones del Estado públicos, independientemente del régimen
interpreta de modo expreso y con carácter general legal. Esta supervisión también alcanza a las
las normas establecidas en la presente ley y su contrataciones previstas en los literales i), o), s),
reglamento. t) y v) del numeral 3.3 del artículo 3 de la presente
ley.
Artículo 56. Nulidad de los actos derivados de los f) Administrar y operar el Registro Nacional de
procesos de contratación Proveedores (RNP), así como cualquier otro
El Tribunal de Contrataciones del Estado, en los casos instrumento necesario para la implementación
que conozca, declara nulos los actos expedidos, y operación de los diversos procesos de
cuando hayan sido dictados por órgano incompetente, contrataciones del Estado.
contravengan las normas legales, contengan un g) Desarrollar, administrar y operar el Sistema
imposible jurídico o prescindan de las normas Electrónico de las Contrataciones del Estado
esenciales del procedimiento o de la forma prescrita (SEACE).
por la normatividad aplicable, debiendo expresar en la h) Organizar y administrar arbitrajes, de conformidad
Resolución que expida la etapa a la que se retrotraerá con los reglamentos que apruebe para tal
el proceso de selección. efecto.
El Titular de la Entidad declara de oficio la nulidad i) Designar árbitros y resolver las recusaciones
del proceso de selección, por las mismas causales sobre los mismos en arbitrajes que no se
previstas en el párrafo anterior, sólo hasta antes de la encuentren sometidos a una institución arbitral,
celebración del contrato, sin perjuicio que pueda ser en la forma establecida en el reglamento.
declarada en la resolución recaída sobre el recurso de j) Absolver consultas sobre las materias de su
apelación. competencia. Las consultas que le efectúen las
Después de celebrados los contratos, la Entidad puede Entidades son gratuitas.
declarar la nulidad de oficio en los siguientes casos: k) Imponer sanciones a los proveedores que
contravengan las disposiciones de esta ley, su
a) Por haberse suscrito en contravención con el reglamento y normas complementarias, así como
artículo 10 de la presente ley. los árbitros en los casos previstos en la presente
b) Cuando se verifique la trasgresión del principio ley.
de presunción de veracidad durante el l) Poner en conocimiento de la Contraloría General
proceso de selección o para la suscripción del de la República, de manera fundamentada, las
contrato. trasgresiones observadas en el ejercicio de sus
c) Cuando se haya suscrito el contrato no obstante funciones cuando existan indicios razonables
encontrarse en trámite un recurso de apelación. de perjuicio económico al Estado o de comisión
d) Cuando no se haya cumplido con las condiciones de delito o de comisión de infracciones graves
y/o requisitos establecidos en la normativa a fin o muy graves por responsabilidad administrativa
de la configuración de alguna de las causales de funcional de acuerdo al marco legal vigente.
exoneración. m) Suspender los procesos de contratación, en los
e) Cuando no se haya utilizado los procedimientos que como consecuencia del ejercicio de sus
previstos en la presente ley, pese a que la funciones observe trasgresiones a la normativa
contratación se encontraba bajo su ámbito aplicable, pudiendo adoptar y/o disponer las
de aplicación. En este supuesto, asumirán medidas que resulten necesarias para tal
responsabilidad los funcionarios y servidores efecto, incluida la no emisión de las constancias
de la Entidad contratante, conjuntamente con necesarias para la suscripción del respectivo
los contratistas que celebraron irregularmente el contrato, sin perjuicio de la atribución del Titular
contrato. de la Entidad, de declarar la nulidad de oficio de
dichos procesos.
En caso de contratarse bienes, servicios u obras, sin n) Promover la Subasta Inversa, determinando las
el previo proceso de selección que correspondiera, características técnicas de los bienes o servicios
se incurrirá en causal de nulidad del proceso y que serán provistos a través de esta modalidad.
del contrato, asumiendo responsabilidades los o) Desconcentrar sus funciones en sus órganos
funcionarios y servidores de la Entidad contratante de alcance regional o local de acuerdo a lo que
conjuntamente con los contratistas que celebraron establezca su Reglamento de Organización y
dichos contratos irregulares. Funciones.
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p) Realizar estudios conducentes a evaluar b) Aplicar las sanciones de inhabilitación temporal
el funcionamiento de los regímenes de y definitiva a los proveedores, participantes,
contratación del Estado, analizar y proponer postores, contratistas, árbitros y expertos
nuevos mecanismos idóneos de contratación independientes, según corresponda para cada
según mercados, así como proponer estrategias caso.
destinadas al uso eficiente de los recursos c) Las demás funciones que le otorga la normativa.
públicos.
q) Las demás que le asigne la normativa. Su conformación y el número de Salas son establecidos
por Decreto Supremo, refrendado por el Ministro de
Artículo 60. El Consejo Directivo y la Presidencia Economía y Finanzas.
Ejecutiva del Organismo Supervisor de las
Contrataciones del Estado (OSCE) Artículo 64. Requisitos e impedimentos para ser
Vocal del Tribunal de Contrataciones del Estado
60.1. El Consejo Directivo es el máximo órgano del Los Vocales del Tribunal de Contrataciones del Estado
Organismo Supervisor de las Contrataciones son elegidos por concurso público y designados por
del Estado (OSCE). Se encuentra integrado un periodo de tres (03) años. Para ello se requiere:
por tres (3) miembros, los que son designados
por un período de tres (3) años renovables por a) Contar con título profesional universitario.
un periodo adicional, mediante Resolución b) Experiencia acreditada no menor a cinco (5) años
Suprema refrendada por el Ministro de Economía en las materias relacionadas con la presente
y Finanzas. Los miembros del Consejo Directivo norma.
perciben dietas a excepción de su Presidente c) Acreditar estudios de especialización en temas
Ejecutivo. afines a las materias de esta ley.
Son funciones del Consejo Directivo: d) Contar con reconocida solvencia moral.
e) No tener sentencia condenatoria por delito doloso
a) Aprobar las Directivas referidas en el inciso o encontrarse inhabilitado para ejercer la función
b) del artículo 58 de la presente ley. pública por sentencia judicial o por resolución del
b) Proponer estrategias de gestión Congreso de la República.
institucional. f) No haber sido declarado insolvente o haber
c) Proponer las estrategias destinadas a ejercido cargos directos en personas jurídicas
promover el uso eficiente de los recursos declaradas en quiebra, durante por lo menos un
públicos y de reducción de costos en materia (1) año, previo a la declaración.
de contrataciones del Estado. g) No haber sido inhabilitado para contratar con el
d) Aprobar los lineamientos de gestión de sus Estado.
órganos desconcentrados. h) No tener participación en personas jurídicas que
e) Otras que se le asigne en el Reglamento de contraten con el Estado.
Organización y Funciones. i) No estar inmerso en causal de impedimento para
el ejercicio de la función pública.
60.2. El Presidente Ejecutivo del Consejo Directivo
es uno de sus miembros, el cual es designado El Presidente del Tribunal de Contrataciones del
mediante Resolución Suprema refrendada por Estado es elegido de acuerdo a lo previsto en el
el Ministro de Economía y Finanzas. El cargo de reglamento de la presente ley, conforme al marco
Presidente Ejecutivo es remunerado. previsto en ésta.
Son funciones del Presidente Ejecutivo:
Artículo 68. Obligatoriedad
a) Convocar y presidir las sesiones del Consejo Las Entidades están obligadas a utilizar el Sistema
Directivo. Electrónico de Contrataciones del Estado (SEACE),
b) Actuar como Titular del Pliego, máxima independientemente del régimen legal de contratación
autoridad administrativa y representante pública o fuente de financiamiento al que se sujete
legal del Organismo Supervisor de las la contratación, conforme a los requisitos que se
Contrataciones del Estado (OSCE). establezca en el reglamento.
c) Supervisar la marcha institucional y En los procesos de menor cuantía, las contrataciones
administrativa. se realizan obligatoriamente en forma electrónica a
d) Designar a los altos funcionarios de acuerdo través del Sistema Electrónico de Contrataciones del
a las normas que resulten aplicables. Estado (SEACE), con las excepciones que establezca
e) Otras que se le asigne en el Reglamento de el reglamento.
Organización y Funciones. El reglamento establece los criterios de
incorporación gradual de las Entidades al Sistema
Artículo 62. Causales de remoción Electrónico de Contrataciones del Estado (SEACE),
Los miembros del Consejo Directivo y el Presidente considerando la infraestructura y condiciones
Ejecutivo del Organismo Supervisor de las tecnológicas que éstas posean o los medios
Contrataciones del Estado (OSCE) pueden ser disponibles para estos efectos, así como la forma
removidos de su cargo, mediante resolución suprema, en que se aplican progresiva y obligatoriamente
por permanente incapacidad física o incapacidad moral las contrataciones electrónicas a los procesos de
sobreviniente, por falta grave o pérdida de confianza. licitación pública, concurso público, adjudicación
La remoción genera la vacancia del cargo, la que directa pública y adjudicación directa selectiva en
también se produce por renuncia. sus distintas modalidades.
Las Entidades están obligadas a registrar,
Artículo 63. Tribunal de Contrataciones del Estado mensualmente, sus contrataciones por montos de
El Tribunal de Contrataciones del Estado es un una (1) a tres (3) Unidades Impositivas Tributarias
órgano resolutivo que forma parte de la estructura (UIT), en el Sistema Electrónico de Contrataciones del
administrativa del Organismo Supervisor de las Estado (SEACE).
Contrataciones del Estado (OSCE). Cuenta con plena
autonomía e independencia en el ejercicio de sus Artículo 70. Validez y eficacia de los actos
funciones. Los actos realizados por medio del Sistema Electrónico
Tiene las siguientes funciones: de Contrataciones del Estado (SEACE) que cumplan
con las disposiciones vigentes poseen la misma
a) Resolver, de ser el caso, las controversias que validez y eficacia que los actos realizados por medios
surjan entre las Entidades, los participantes y los manuales, pudiéndolos sustituir para todos los efectos
postores durante el proceso de selección. legales.
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Lima, viernes 1 de junio de 2012 NORMAS LEGALES 467375
Todos los actos realizados a través del Sistema En Lima, a los veinticinco días del mes de mayo de
Electrónico de Contrataciones del Estado (SEACE), dos mil doce.
incluidos los efectuados por el Organismo Supervisor
de las Contrataciones del Estado (OSCE) en el DANIEL ABUGATTÁS MAJLUF
ejercicio de sus funciones, se entienden notificados Presidente del Congreso de la República
el mismo día de su publicación, salvo lo dispuesto en
el numeral 52.6 del artículo 52 de la presente ley en MANUEL ARTURO MERINO DE LAMA
cuanto fuera aplicable. Primer Vicepresidente del Congreso de la República
La intervención de los notarios públicos se efectúa
en las oportunidades y formas que establezca el AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE
reglamento. LA REPÚBLICA
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS POR TANTO:
FINALES
Mando se publique y cumpla.
Quinta. El Organismo Supervisor de las Contrataciones
del Estado (OSCE) utilizará los medios electrónicos Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treintaiún
de comunicación para notificar todos los actos que días del mes de mayo del año dos mil doce.
emita en el ejercicio de sus funciones, los que poseen
la misma validez y eficacia que los realizados por los OLLANTA HUMALA TASSO
medios manuales. Presidente Constitucional de la República
Adicionalmente a los métodos de notificación
tradicionales, las Entidades podrán utilizar medios ÓSCAR VALDÉS DANCUART
electrónicos de comunicación para el cumplimiento de Presidente del Consejo de Ministros
los distintos actos que se disponen en la presente ley
y su reglamento. 795926-1
En todos los casos, se deberán utilizar las tecnologías
necesarias que garanticen la identificación de los
participantes y la confidencialidad de las propuestas.
El reglamento de la presente ley establece las
PODER EJECUTIVO
condiciones necesarias para la utilización de los
medios electrónicos de comunicación.”
PRESIDENCIA DEL
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
FINALES CONSEJO DE MINISTROS
Primera. Modificaciones al Reglamento de la Ley
de Contrataciones del Estado Designan representante del sector
El Poder Ejecutivo dicta las modificaciones al público de salud ante el Consejo
Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, Directivo de la Autoridad Nacional del
aprobado por Decreto Supremo 184-2008-EF, dentro de
un plazo de cuarenta y cinco (45) días hábiles, contados Agua
a partir del día siguiente de la publicación de la presente
ley. RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 153-2012-PCM
Segunda. Vigencia de la ley
La presente ley entra en vigencia a partir del trigésimo Lima, 31 de mayo de 2012
día hábil siguiente de la publicación de la modificación
del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, VISTOS, el Oficio Nº 251-2012-ANA-J/OAJ del Jefe
aprobado mediante el Decreto Supremo 184-2008-EF. de la Autoridad Nacional del Agua; y, el Oficio Nº 2605-
2011-SG/MINSA del Secretario General del Ministerio de
Tercera. Aplicación de la ley Salud;
La presente ley es aplicable a las contrataciones
cuyos procesos de selección se convoquen a partir de su CONSIDERANDO:
entrada en vigencia. Que, la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos,
creó el Sistema Nacional de Gestión de los Recursos
Cuarta. Derogatoria Hídricos con el objeto de articular el accionar del Estado,
Deróganse la Décima Tercera Disposición para conducir los procesos de gestión integrada y de
Complementaria Final y la Tercera Disposición conservación de los recursos hídricos en los ámbitos de
Complementaria Transitoria del Decreto Legislativo 1017, cuencas, de los ecosistemas que lo conforman y de los
que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado. bienes asociados; así como para establecer espacios
de coordinación y concertación entre las entidades de la
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA administración pública y los actores involucrados en dicha
TRANSITORIA gestión;
Que, el artículo 14º de la Ley antes acotada establece
Única. Los Vocales del Tribunal de Contrataciones que la Autoridad Nacional del Agua es el ente rector
del Estado y la máxima autoridad técnico-normativa del Sistema
Los Vocales del Tribunal de Contrataciones del Estado Nacional de Gestión de Recursos Hídricos, responsable
elegidos por concurso público en el marco del Decreto del funcionamiento de dicho sistema;
Supremo 189-2011-EF, que aprueba el procedimiento Que, asimismo, el artículo 19º del dispositivo legal
para el concurso público de evaluación y selección de antes invocado prevé que el Consejo Directivo es la
los vocales del Tribunal de Contrataciones del Estado, máxima instancia de la Autoridad Nacional del Agua, el
mantienen su cargo hasta el cumplimiento del plazo cual estará conformado, entre otros, por un representante
señalado en el artículo 64 de la Ley de Contrataciones del sector público de salud, quien será designado mediante
del Estado, Decreto Legislativo 1017, contados desde la Resolución Suprema de la Presidencia del Consejo de
fecha de su designación, sin perjuicio de las causales de Ministros, considerando como requisito que el designado
remoción correspondientes. sea un funcionario del más alto nivel con rango de director
general o similar;
Comuníquese al señor Presidente Constitucional de la Que, conforme a los documentos del visto resulta
República para su promulgación. pertinente designar al representante del sector público de