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Unidad didáctica 1: Constitución Española
Trabasseonline © 2.008 Reservados todos los derechos www.trabasseonline.com Tfno.:619 111 155 Pág. 1
ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO
M 
I 
N 
I 
S 
T 
R 
O 
S 
Creación: Real Decreto (RD) del presidente del Gobierno
Nombramiento y cese: Por el Rey a propuesta del Presidente del Gobierno.
Requisitos: español, mayor de edad, plenos derechos políticos, no estar
inhabilitado para empleo o cargo público por sentencia judicial firme, juramento o
promesa ante el Rey.
Suplencia: RD del Presidente del Gobierno, debiendo recaer en otro miembro del
Gobierno.
Funciones:
• Potestad reglamentaria
• Aprobar los Planes de actuación del Ministerio y las propuestas de estados de
gastos del Ministerio
• Organización interna del Ministerio
• Relaciones con las CCAA
• Resolver recursos y revisión oficio actos administrativos y conflictos de
atribuciones
 
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E 
T 
A 
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I 
O 
S 
 
D 
E 
 
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T 
A 
D 
O 
Creación: Real Decreto del Presidente del Gobierno.
Nombramiento y cese: RD del Consejo de Ministros a propuesta del Presidente
del Gobierno o del titular del departamento del que dependan.
Dependencia: actúan bajo la dirección del titular del Departamento al que
pertenezcan. Cuando estén adscritos a la Presidencia del Gobierno actúan bajo la
dirección del Presidente.
Requisitos: los mismos que los Ministros
Suplencia: Orden de preferencia que se derive del RD de estructura orgánica del
Ministerio. Los que dependan directamente de la Presidencia del Gobierno, serán
suplidos por quien designe el Presidente.
Funciones:
• Sector de actividad administrativa y dirigir y coordinar las direcciones generales
• Nombrar y separara a los subdirectores generales de la Secretaría de Estado
• Relaciones con las CCAA
• Contratos y convenios no reservados al Ministro o al Consejo de Gobierno.
• Resolver recursos administrativos contra resoluciones de los órganos directivos
de la Secretaría de Estado.
ÓRGANOS SUPERIORES
Unidad didáctica 1: Constitución Española
Trabasseonline © 2.008 Reservados todos los derechos www.trabasseonline.com Tfno.:619 111 155 Pág. 2
SUBSECRETARIO 
- Creación: RD del Consejo de Ministros (CCMM), a iniciativa del Ministro interesado y a
propuesta del Ministro de Administraciones Públicas (AAPP). Órgano preceptivo de todo
Ministerio.
- Nombramiento y cese: RD del CCMM a propuesta del titular del Ministerio
Requisitos: Funcionarios de carrera del Grupo A de la Admón. del Estado, CCAA o EELL
(Entidades Locales) con competencia profesional y experiencia.
Competencias:
Representación ordinaria del Ministerio y asesoramiento jurídico al Ministro. Es el jefe
superior de todo el personal del Departamento
Inspección de los servicios del Ministerio. Dirige los servicios comunes del Ministerio
SECRETARIO 
GENERAL 
Creación / Nombramiento y cese: igual que los Subsecretarios
Existencia excepcional. Categoría: Subsecretario
Requisitos: cualificación y experiencia en puestos de responsabilidad en la gestión pública o
privada. No es requisito ser funcionarios de carrera.
SECRETARIO GENERAL  
TÉCNICO 
Creación / Nombramiento y cese: igual que los Subsecretarios
Requisitos: Funcionarios de carrera del Grupo A de la Administración del Estado, CCAA o
EELL. con competencia profesional y experiencia
Dependencia: inmediata del Subsecretario. Rango: Director General
Funciones: competencias sobre los servicios comunes que les atribuya el RD de estructura del
Departamento y, en todo caso, las relativas a producción normativa, asistencia jurídica y
publicaciones.
DIRECTOR 
GENERAL 
Creación / Nombramiento y cese: igual que los Subsecretarios
Requisitos:
Funcionarios de carrera del Grupo A de la Administración del Estado, CCAA o EELL, salvo
que el RD de estructura del Departamento permita que su titular no reúna dicha condición
en atención a las características específicas de las funciones de la Dirección General.
Competencia profesional y experiencia
Competencias: gestión de una o varias áreas funcionalmente homogéneas de un Ministerio.
SUBDIRECTOR 
GENERAL 
- Creación: igual que los Subsecretarios y los Secretarios Generales
- Nombramiento y cese: por el Ministro o Secretario de Estado del que dependan
Requisitos:
Funcionario de carrera del grupo A de la Administración del Estado y, en su caso, de otras
AAPP, cuando así lo prevean sus normas de aplicación.
Competencia profesional y experiencia.
Dependencia: de un Director General o de otros órganos directivos (de mayor nivel) o
superiores.
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  • 1. Unidad didáctica 1: Constitución Española Trabasseonline © 2.008 Reservados todos los derechos www.trabasseonline.com Tfno.:619 111 155 Pág. 1 ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO M  I  N  I  S  T  R  O  S  Creación: Real Decreto (RD) del presidente del Gobierno Nombramiento y cese: Por el Rey a propuesta del Presidente del Gobierno. Requisitos: español, mayor de edad, plenos derechos políticos, no estar inhabilitado para empleo o cargo público por sentencia judicial firme, juramento o promesa ante el Rey. Suplencia: RD del Presidente del Gobierno, debiendo recaer en otro miembro del Gobierno. Funciones: • Potestad reglamentaria • Aprobar los Planes de actuación del Ministerio y las propuestas de estados de gastos del Ministerio • Organización interna del Ministerio • Relaciones con las CCAA • Resolver recursos y revisión oficio actos administrativos y conflictos de atribuciones   S  E  C  R  E  T  A  R  I  O  S    D  E    E  S  T  A  D  O  Creación: Real Decreto del Presidente del Gobierno. Nombramiento y cese: RD del Consejo de Ministros a propuesta del Presidente del Gobierno o del titular del departamento del que dependan. Dependencia: actúan bajo la dirección del titular del Departamento al que pertenezcan. Cuando estén adscritos a la Presidencia del Gobierno actúan bajo la dirección del Presidente. Requisitos: los mismos que los Ministros Suplencia: Orden de preferencia que se derive del RD de estructura orgánica del Ministerio. Los que dependan directamente de la Presidencia del Gobierno, serán suplidos por quien designe el Presidente. Funciones: • Sector de actividad administrativa y dirigir y coordinar las direcciones generales • Nombrar y separara a los subdirectores generales de la Secretaría de Estado • Relaciones con las CCAA • Contratos y convenios no reservados al Ministro o al Consejo de Gobierno. • Resolver recursos administrativos contra resoluciones de los órganos directivos de la Secretaría de Estado. ÓRGANOS SUPERIORES
  • 2. Unidad didáctica 1: Constitución Española Trabasseonline © 2.008 Reservados todos los derechos www.trabasseonline.com Tfno.:619 111 155 Pág. 2 SUBSECRETARIO  - Creación: RD del Consejo de Ministros (CCMM), a iniciativa del Ministro interesado y a propuesta del Ministro de Administraciones Públicas (AAPP). Órgano preceptivo de todo Ministerio. - Nombramiento y cese: RD del CCMM a propuesta del titular del Ministerio Requisitos: Funcionarios de carrera del Grupo A de la Admón. del Estado, CCAA o EELL (Entidades Locales) con competencia profesional y experiencia. Competencias: Representación ordinaria del Ministerio y asesoramiento jurídico al Ministro. Es el jefe superior de todo el personal del Departamento Inspección de los servicios del Ministerio. Dirige los servicios comunes del Ministerio SECRETARIO  GENERAL  Creación / Nombramiento y cese: igual que los Subsecretarios Existencia excepcional. Categoría: Subsecretario Requisitos: cualificación y experiencia en puestos de responsabilidad en la gestión pública o privada. No es requisito ser funcionarios de carrera. SECRETARIO GENERAL   TÉCNICO  Creación / Nombramiento y cese: igual que los Subsecretarios Requisitos: Funcionarios de carrera del Grupo A de la Administración del Estado, CCAA o EELL. con competencia profesional y experiencia Dependencia: inmediata del Subsecretario. Rango: Director General Funciones: competencias sobre los servicios comunes que les atribuya el RD de estructura del Departamento y, en todo caso, las relativas a producción normativa, asistencia jurídica y publicaciones. DIRECTOR  GENERAL  Creación / Nombramiento y cese: igual que los Subsecretarios Requisitos: Funcionarios de carrera del Grupo A de la Administración del Estado, CCAA o EELL, salvo que el RD de estructura del Departamento permita que su titular no reúna dicha condición en atención a las características específicas de las funciones de la Dirección General. Competencia profesional y experiencia Competencias: gestión de una o varias áreas funcionalmente homogéneas de un Ministerio. SUBDIRECTOR  GENERAL  - Creación: igual que los Subsecretarios y los Secretarios Generales - Nombramiento y cese: por el Ministro o Secretario de Estado del que dependan Requisitos: Funcionario de carrera del grupo A de la Administración del Estado y, en su caso, de otras AAPP, cuando así lo prevean sus normas de aplicación. Competencia profesional y experiencia. Dependencia: de un Director General o de otros órganos directivos (de mayor nivel) o superiores. ÓRGANOS DIRECTIVOS