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Bloque 1
Laconstituciónespañola
de 1978
3
La constitución de 1978
Índice
Introducción. 5
El preámbulo. 6
Título preliminar. 7
Titulo i: de los derechos y deberes fundamentales. 8
Titulo Ii: De la Corona. 10
Titulo III: Las cortes generales. 14
Titulo IV: gobierno y administración. 16
Titulo V: Relaciones entre el gobierno y las cortes. 17
Titulo VI: Poder Judicial. 18
Titulo VII: Economía y hacienda. 19
Titulo VIII: Organización territorial del estado. 20
Titulo IX: DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL. 21
Titulo X: Reforma CONSTITUCIONAL. 22
Disposiciones. 23
El defensor del pueblo. 24
4
5
La constitución de 1978
La COnstitución española de 1978
Introducción
La constitución es la carta magna de todo ordenamiento jurídico español.
Recoge los Derechos y Deberes del ciudadano español, define los poderes y ór-
ganos del estado y su control y enumera las garantías de los ciudadanos frente a
todos los poderes del Estado.
APROBADA: 31-Oct-1978 por las Cortes
RATIFICADA: 06-Dic-1978 por el pueblo
PROMULGADA: 27-Dic-1978 por el rey
PUBLICADA: 29-Dic-1978 publicada en el BOE y entrando en vigor ese mismo día
Características principales de la constitución:
 1.	Cerrada y rígida
Está recogida en un solo código y no se puede cambiar fácilmente.
 2.	Consensuada
Formada a partir de los acuerdos de todos las fuerzas políticas
 3.	Estado de Derecho
Se desarrolla bajo el principio de señalar los derechos fundamentales y protegerlos
 4.	Refrendada
Fue ratificada por el pueblo
 5.	Monárquica
Forma política monarquía parlamentaria
 6.	Autonomista
Reconoce diferentes nacionalidades y regiones dentro de España
 7.	Liberal y social
Recoge la libertad de mercado, el derecho a la propiedad privada, las herencias, etc.
6
El preámbulo
“Es una introducción a la constitución.
Se exponen los principios inspiradores, fines y valores de esta.”
•	 Garantizar la convivencia democrática
•	 Un orden social y económico justo
•	 Promover el progreso de cultura y economía
•	 Consolidar un estado de derecho
•	 Proteger a los españoles y a sus pueblos
•	 Sociedad democrática avanzada
•	 Promover la paz internacional
7
La constitución de 1978
Título preliminar
“Son los principios generales. Se recogen en 9 artículos”
•	 Principios básicos del estado: social, democrático, de derecho, y soberanía del pueblo
•	 Derecho a la autonomía
•	 Idioma oficial y cooficial
•	 Bandera de España y cooficiales
•	 Madrid es la Capital del Estado
•	 Pluralismo Político, libertad y democracia
•	 Sindicatos y libertad de asociación
•	 Fuerzas Armadas y su función
•	 Principios de: legalidad, jerarquía normativa, seguridad jurídica, responsabilidad, poderes públicos
SureformaRequiere
Aprobación de 2/3 de ambas cámaras
Disolución de las Cortes
Elecciones
Ratificación de las nuevas cortes por mayoría de 2/3
Referendum
8
Garantías de los derechos
Titulo i: de los derechos y deberes fundamentales
“Recoge todos los derechos y deberes de los ciudadanos.
Va del Art. 10 al 55”
1
De los Españoles y
los Extranjeros
(art. 11-13)
2
Derechos y
Libertades
(art. 14-38)
3
Principios Rectores
de la política
Social y Económica
(art. 39-52)
4
De las Garantías de
las Libertades y
Derechos Fundam.
(art. 53-54)
5
De la Suspensión
de los Derechos
y libertades
(art. 55)
• Garantías
Normativas
• Garantías
Institucionales
Todos los artículos del TITULO I Deben ser regulados por ley.
En especial, los de la Sec.1 del Cap.2, se regularán mediante
Ley Orgánica.
Para reclamar los derechos de la Sec.1/Cap2
Cualquier persona puede reclamarlo ante el Tribunal Ordinario.
O recurrir al defensor del pueblo, ante el Tribunal Constitucional.
Control de las leyes nuevas y existentes, para asegurarse
que no vayan en contra a la Constitución Española.
Una Ley Orgánica regula la institución del Defensor del
Pueblo, como alto comisionado de las Cortes Generales,
designado por estas para la defensa de los derechos
comprendidos en el Título I.
Representante del Estado que promueve la defensa de la
justicia ante la ley.
•Regulación por Ley
•Control de
Constitucionalidad
•Procedimiento de
preferencia sumariedad
•Defensor del Pueblo
•Ministerio Fiscal
9
La constitución de 1978
• Garantías
Jurisdiccionales
Se interpone ante el Tribunal Constitucional por cualquier persona.
Para la violación del Sec1/Cap2 o art. 14.
Se presenta ente el Tribunal Constitucional por personas u
organismos concretos.
Cuando una ley puede ser inconstitucional.
Se presenta ante el Tribunal Constitucional por jueces.
Cuando estén en un caso y crean que las normas que deben tomar
son inconstitucionales.
•Recurso de Amparo
•Recurso de
Inconstitucionalidad
•Cuestión de
Inconstitucionalidad
10
Titulo Ii: De la Corona
Concepto
“La figura del Rey se coloca como un poder moderador sobre los demás órganos del Estado.
El Rey reina, pero no gobierna.”
La constitución señala que la forma política de España es la Monarquía Parlamentaria.
Se ha buscado respetar la tradición monárquica española, pero con el pueblo como soberano, e instituciones como las Cortes o
el Parlamento.
El Rey es el Jefe del Estado:
• Símbolo de su unidad y permanencia
• Arbitra y modera el funcionamiento de las instituciones
• Asume la representación más alta del Estado Español en temas internacionales
• Y ejerce las funciones que le atribuyen la Constitución y las Leyes
La sucesión
“La corona de España es hereditaria
en los sucesores de S.M. Don Juan Carlos I de Borbón.”
Peculiaridades:
• Preferencia de la línea directa sobre la colateral
• Preferencia de hijos varones
• En el mismo sexo, el mayor sobre el menor
• Principio de Representación: los hijos del heredero premuerto tienen preferencia ante los demás hijos del Rey
• Extinguidas las líneas de Derecho, las Cortes Generales proveerán la sucesión de la corona.
• Las personas con derecho a sucesión que contraigan matrimonio con la expresa prohibición del Rey y las Cortes, quedarán
excluidas de la línea sucesoria, así como sus descendientes.
• Las abdicaciones y renuncias se resolverán por Ley Orgánica.
La Regencia
Cuando el Rey sea menor de edad,
• Regencia Legítima
Será el padre o madre del Rey / el pariente más próximo, según establezca la constitución.
También cuando el Rey queda inhabilitado, será regente el Príncipe heredero, si es mayor de edad.
• Regencia Dativa
Si no existe persona a quien corresponda la Regencia, será nombrada por las Cortes Generales. Se compone de 1, 3 o 5
personas.
Para ser Regente es necesario ser mayor de edad y español. Se ejercerá por mandato constitucional y siempre en nombre del
Rey. El regente prestará ante las C.G el mismo juramento que el Rey, además de el de fidelidad al monarca.
11
La constitución de 1978
Tutela del rey menor
No debemos confundirlo con la regencia, puesto que esto solo afecta a la esfera jurídica privada de la persona del Rey.
Orden:
• 1º: Será tutor la persona que el rey difunto ha dejado en su testamento.
• 2º: Si no se nombra, será el padre o madre, mientras sean viudos.
• 3º: En su defecto, lo nombrarán las Cortes.
En todo caso, la persona debe ser mayor de edad y español de nacimiento.
No podrán acumularse los cargos de Regente y Tutor, salvo en el padre/madre o ascendentes directos del Rey.
La tutela también es incompatible con cargos o representaciones políticas.
Funciones del rey
• Funciones
Generales
• Funciones
(Gobierno)
Participa en todas las actuaciones de los Órganos Constitucionales
del Estado y se identifica con la continuidad histórica de España y
con sus intereses, al margen de la lucha entre partidos.
Pero no es responsable, puesto que únicamente se
dedica a refrendar.
Acredita y recibe los mensajes a Embajadores.
Manifiesta el consentimiento del Estado para obligarse
internacionalmente por medio de tratados.
1- Acreditar y recibir embajadores.
2- Manifestar el consentimiento del Estado para obligarse
internacionalmente por medio de tratados.
3- Declarar la guerra y la paz (con iniciativa del Gobierno
y autorización de las Cortes).
•Símbolo de unidad y
permanencia del Estado
•Arbitra y modera el
funcionamiento de las
instituciones
•Más alta representación
del Estado en
relaciones internacionales
•Nombramiento y Cese del Gobierno
•Derecho a ser informado de los asuntos de Estado
•Derecho a presidir las sesiones del Consejo de Ministros, a petición del presidente.
•Expedir los decretos acordados en el Consejo de Ministros
•Conferir empleos civiles y militares (director general, generales militares, etc)
•Mando supremo de las fuerzas armadas
•En relaciones internacionales
12
• Funciones
(Cortes)
• Funciones
(Poder Judicial)
• Funciones
(CCAA)
• Funciones
(Tribunal
Constitucional)
Tipos de disolución:
-Art. 99: disolución automática, cuando hayan pasado dos meses
de la votación de investidura, y ningún candidato ha obtenido la
confianza del Congreso.
-Art. 115: disolución anticipada decretada por el Rey, a propuesta
del Presidente y bajo deliberación del Consejo de Ministros.
-Art. 168: disolución inmediata cuando se proponga la revisión total
de la Constitución, o una parcial que afecte al Título Preliminar,
Título I (cap.II, sec.1), Título II.
•Convocatoria de Elecciones a las Cortes Generales
•Primera Convocatoria de las Cortes tras las elecciones
•Sanción y Promulgación de las leyes
•Convocatoria de los referendos
•Disolución de las Cortes
•Relación simbólica de carácter pasivo (“en nombre del rey”)
•Nombramiento del Presidente y los miembros del Consejo General del Poder Judicial
•Nombramiento del Fiscal General del Estado (a propuesta del Gobierno)
•Derecho de Gracia.
•Convocatoria de referendos autonómicos
•Aprobación de la reforma de los Estatutos de autonomía plena
•Nombramiento del Presidente de las CCAAs (elegido por la Asamblea Legislativa)
•Promulgación de las Leyes de las CCAAs en nombre del Rey
•Nombramiento de Magistrados del TC y de su presidente
13
La constitución de 1978
El referendo
“Los actos del Rey deben estar refrendados,
puesto que su figura es inviolable y no está sujeta a responsabilidad.
Los actos no refrendados no tienen valor.”
El refrendo se realiza con la intención de limitar las facultades del Rey.
Serán refrendados todos los actos que realice como titular de la Jefatura del Estado, exceptuando los actos de su vida privada
(como el sostenimiento de su familia, o el nombramiento de militares y civiles de su casa).
Formas de Refrendo:
•	 La forma más común es la contrafirma de los actos del Rey.
•	 Refrendo Tácito: consiste en la presencia de los ministros junto al Rey en sus actividades oficiales.
•	 Refrendo Presunto: presunción general de que el Gobierno cubre con su responsabilidad todos los actos del Rey,
exceptuando las ocasiones donde este discrepe y se oponga públicamente.
Titularidades del Refrendo:
•	 Presidente del Gobierno
•	 Ministros: refrendan los Reales Decretos
•	 Presidente del Congreso: refrenda las propuestas y nombramientos del Presidente del Gobierno, además de la disolución
de las Cortes Generales.
14
Titulo III: Las cortes generales
“Las Cortes Generales conforman el Poder Legislativo.
Es un órgano permanente que representa la voluntad popular.”
Está formado por dos cámaras:
- Congreso de los Diputados: representación de la población.
- Senado: representación territorial.
1
De las Cámaras
(art. 66-80)
2
De elaboración
de leyes
(art. 81-92)
3
De los tratados
internacionales
(art. 93-96)
Características
“Las Cortes Generales representan al pueblo español, pero
no tienen poder soberano, puesto que la soberanía nacional reside en el pueblo.”
•	 Nace de la Constitución
Es un órgano constitucional complejo, creado, configurado y regulado directamente por la Constitución.
•	 Parlamento Bicameral
Como tiene dos instituciones, hablamos de un Parlamento Bicameral imperfecto (puesto que tiene más competencias el
Congreso de Diputados que el Senado).
•	 Sesiones
A pesar de ser una institución permanente, sus titulares se cambian cada 4 años tras las elecciones generales.
Alternan sesiones de trabajo (septiembre-diciembre)(febrero-junio), con periodos de receso, pero sus funciones siguen
siendo ejercidas por las Diputaciones Permanentes.
•	 Transparencia y Publicidad
Actúan mediante debates, votaciones y acuerdos que deben realizarse en sesiones plenarias públicas (salvo que se
declaren secretas, algo muy excepcional, previsto en los Reglamentos Parlamentarios para determinados supuestos).
•	 Órgano Representativo
Es el máximo órgano representativo, ya que representan la soberanía popular y, además, a través suyo los demás órganos
constitucionales adquieren también carácter representativo.
•	 Supremacía Política
Esto no quiere decir que tengan poderes ilimitados, ya que su potestad legislativa es controlada por el Tribunal Supremo.
•	 Órgano Deliberante y Legislador
Las leyes estatales deben ser aprobadas por las dos cámaras, salvo en supuesto del veto senatorial.
•	 Inviolable
Se rigen por su propio Reglamento, aprobado por ellas mismas. Supone la existencia de una protección específica donde
los miembros son aforados, por lo que solo pueden ser juzgados por el Tribunal Supremo.
15
La constitución de 1978
Autonomía de las cámaras
“Las Cortes Generales representan al pueblo español, pero
no tienen poder soberano, puesto que la soberanía nacional reside en el pueblo.”
•	 Nace de la Constitución
Es un órgano constitucional complejo, creado, configurado y regulado directamente por la Constitución.
•	 Parlamento Bicameral
Como tiene dos instituciones, hablamos de un Parlamento Bicameral imperfecto (puesto que tiene más competencias el
Congreso de Diputados que el Senado).
•	 Sesiones
A pesar de ser una institución permanente, sus titulares se cambian cada 4 años tras las elecciones generales.
Alternan sesiones de trabajo (septiembre-diciembre)(febrero-junio), con periodos de receso, pero sus funciones siguen
siendo ejercidas por las Diputaciones Permanentes.
•	 Transparencia y Publicidad
Actúan mediante debates, votaciones y acuerdos que deben realizarse en sesiones plenarias públicas (salvo que se
declaren secretas, algo muy excepcional, previsto en los Reglamentos Parlamentarios para determinados supuestos).
•	 Órgano Representativo
Es el máximo órgano representativo, ya que representan la soberanía popular y, además, a través suyo los demás órganos
constitucionales adquieren también carácter representativo.
•	 Supremacía Política
Esto no quiere decir que tengan poderes ilimitados, ya que su potestad legislativa es controlada por el Tribunal Supremo.
•	 Órgano Deliberante y Legislador
Las leyes estatales deben ser aprobadas por las dos cámaras, salvo en supuesto del veto senatorial.
•	 Inviolable
Se rigen por su propio Reglamento, aprobado por ellas mismas. Supone la existencia de una protección específica donde
los miembros son aforados, por lo que solo pueden ser juzgados por el Tribunal Supremo.
16
Titulo IV: gobierno y administración
“Va del art. 97 al 107. No tiene capítulos.
Son dos órganos diferentes, pero ambos forman el poder ejecutivo.
Gestionan y administran los asuntos públicos.”
•Gobierno
•Admin. Pública
• Función ejecutiva
• Potestad reglamentaria (dictar normas que no llegan al rango de ley)
• Dirigir la Política
• Dirigir la Admin. Civil y Militar
• Defensa del Estado
•Sirve a los intereses generales, bajo la ley y el derecho
• Está sometida a procedimientos (rígidos, formales)
• Preservar la objetividad de los actos de administración
17
La constitución de 1978
Titulo V: Relaciones entre el gobierno y las cortes
“Va del art. 108 al 116. No tiene capítulos.
El Gobierno responde de su gestión política ante el Congreso.”
•Relaciones • Las Cortes pueden pedir aydua e info al Gobierno
• El Gobierno puede ir y hablar en las sesiones de las cámaras
• Moción de Censura: la pide el Congreso
• Disolución del Congreso: la pide el Presidente del Gobierno
• Estados de
Excepción
-Alteraciones naturales
-Lo declara el Gobierno
-Máximo 15 días
-Prorrogable por el Congreso
-Alteración grave de los derechos y libertades
o alteración del funcionamiento de las instituciones democráticas
-Lo declara el Gobierno, con autorización del Congreso
-Máximo 30 días, prorrogables
-Insurrección contra España o su Constitución
-Lo declara el Congreso
-El Gobierno asume las facultades extraordinarias previstas en
Constitución
• Estado de Alarma
• Estado de Excepción
• Estado de Sitio
18
Titulo VI: Poder Judicial
“Va del art. 117 al 127. No tiene capítulos.
Habla del poder judicial y deja clara su independencia total respecto a los otros dos poderes.”
•Principios Básicos • Unidad Jurisdiccional
• Independencia y Autonomía
• Inamovilidad
• Exclusividad
• Gratuidad
• Publicidad
• Oralidad
• Responsabilidad
• Participación en Admin. de Justicia
Tribunal supremo ministerio fiscal
Órgano jurisdiccional superior en todos los órdenes
No es un órgano de la jurisdicción,
pero coopera con la justicia
Actúa en todo el territorio
Promueve la justicia en defensa de la ley y por la
independencia de los tribunales
Figura del Fiscal General Del Estado,
nombrado por el Rey y propuesto por el Gobierno
19
La constitución de 1978
Titulo VII: Economía y hacienda
“Va del art. 128 al 136. No tiene capítulos.
Habla de los principios rectores de la política social y económica.”
•	 Presupuestos Generales del Estado
•	 La Deuda y Gasto Públicos
•	 Tributos (solo puede establecerlos el Estado, y por ley)
•	 Patrimonio del Estado y Patrimonio Nacional (no son lo mismo, pero ambos se regulan por ley)
•	 Régimen Jurídico de los bienes de dominio público y bienes comunales que se consideren inalienables, imprescriptibles e
inembargables.
•	 Tribunal de Cuentas: se crea para controlar las cuentas y gestionar la economía del Estado. Depende directamente de las CG
20
Titulo VIII: Organización territorial del estado
“Va desde el art. 137 al 158. Tiene 3 capítulos.”
1
Principios
Generales
(art. 137-139)
2
Administración
Local
(art. 140-142)
3
Comunidades
Autónomas
(art. 143-158)
•	 CAPÍTULO 1: Principios Generales
- Se establecen tres niveles de organización territorial: Municipio, Provincia y CCAAs.
- Tienen autonomía para la gestión de sus intereses.
- Organización y Personalidad Jurídica propia.
- Todos los españoles tienen los mismos derechos y obligaciones en cualquier parte del territorio.
- No se podrán adoptar medidas que impidan la libertad de circulación y establecimiento en el territorio español.
•	 CAPÍTULO 2: Administración Local
- Municipios y Provincias.
- El Gobierno y Administración de los municipios corresponde a los Ayuntamientos (con alcaldes y concejales).
- La Provincia es una entidad local formada por Municipios.
- El Gobierno y Administración de las Provincias corresponde a las Diputaciones Provinciales u otras Corporaciones de
caracter representativo.
•	 CAPÍTULO 3: De las Comunidades Autónomas
- Completa el Art. 2 donde se establece el derecho de autonomía de las nacionalidades y regiones.
21
La constitución de 1978
Titulo IX: DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
“Va del art. 159 al 165. No tiene capítulos.
Es el interprete supremo de la Constitución.”
•	 Órgano nuevo, creado con la Constitución.
•	 Se rige por la constitución y por su propia Ley Orgánica (Ley 2/1979, 3 octubre).
•	 Es un órgano totalmente independiente de todos los demás, a pesar de ser un órgano jurídico y político.
•	 Tiene jurisdicción en todo el territorio nacional.
•	 Actúa como garante de todos los principios y derechos constitucionales, vela por la constitucionalidad de las leyes y es el
órgano al que se le planteará, en su caso, el Recurso de Amparo para la defensa de los derechos fundamentales.
22
- Reforma total
- Título Preliminar
- Título I (cap2, sec.1)
- Título II
- Para cambios más “generales”
- Tiene que ser aprobado por 3/5 partes de Cada Cámara
- Para estos cambios
- Si no se logra aprobación, se crea una “Comisión Paritaria”
Congreso-Senado, que presentará otro texto para la misma votación
- Tiene que ser aprobado por 2/3 de ambas Cámaras
- Su aprobación requiere la disolución de las Cortes y nuevas elecciones
- Tras esto, se requiere una nueva ratificación de las Cortes con un 2/3
- Se realiza un referendum
- Si no se logra aprobación, se dará por buena siempre que haya
votación a favor de 2/3 del Congreso y Mayoría Absoluta del Senado
- Una vez aprobado, puede someterse a referendum si lo solicitan, en el plazo
de 15 días, al menos la décima parte de alguna de las cámaras
Titulo X: Reforma CONSTITUCIONAL
“Va del art. 166 al 169. No tiene capítulos.
Para su modificación se requiere un procedimiento específico y complejo.”
•	 La iniciativa tiene que ser del Gobierno, el Congreso, el Senado y las Asambleas Legislativas de las CCAA.
•	 No puede modificarse en tiempos de guerra o en estados de alarma, excepción o sitio.
•	 Procedimiento Ordinario
(art. 167)
•	 Procedimiento Extraordinario
(art 168)
23
La constitución de 1978
Disposiciones
Adicionales (4)
•	 Añadido que puntualiza sobre Fueros y Estatutos de las CCAAs
Transitorias (9)
•	 Puntualiza sobre establecimientos de nuevas autonomías y tienen fecha de caducidad
DEROGATORIA (1) (3 APARTADOS)
•	 Deroga las leyes anteriores que contradigan a la Constitución
Final (1)
•	 Dice que la Constitución entra en vigor desde que se publica en el BOE y eberá publicarse en todos los idiomas oficiales del
territorio español.
24
El defensor del pueblo
“Es un alto comisionado de las Cortes (elegido por estas)
para la defensa de los derechos del Título I de la Constitución.”
Está regulado en el art.54 y en la LO 3/1981 de 6 de abril, modificada por LO 2/1992 de 5 de marzo.
•	 Cualquier español mayor de edad que se encuentre en pleno disfrute de sus derechos, puede optar al puesto.
•	 Será elegido por las Cortes por 5 años, mediante votación en la que haya mayoría de las 3/5 partes.
•	 Se dirigirá a las Cortes a través de los Presidentes de las Cámaras.
•	 El Defensor del Pueblo no está sujero a mandato imperativo, ni recibe instrucciones de nadie.
•	 Goza de inviolabilidad y no podrá ser expedientado, detenido, multado, etc. por las opiniones que formule o por los actos
que realice en el ejercicio de sus funciones. Solo podrá ser detenido en caso de flagrante delito y será juzgado por la Sala
de lo Penal del Tribunal Supremo.
•	 Incompatibilidades
•	 Causa de Cese
•	 Funciones
• Todo mandato representativo
• Puesto en la Admin. Pública
• Afiliación o participación en partido político, sindicato, asociación o fundación
• Propaganda política
• Ejercicio de carreras de Fiscal o Judicial
• Cualquier actividad profesional, liberal, mercantil o laboral.
• Renuncia
• Expiración del Plazo
• Muerte o incapacidad sobrevenida
• Por actuar con notoria negligencia
• Por haber sido condenado en sentencia firme por la comisión de un delito doloso
• Puede iniciar, o proseguir, cualquier investigación sobre algún caso donde
presuntamente la Administración haya afectado o vulnerado los derechos del ciudadano.
• Puede dirigirse a él toda persona natural o jurídica que invoque un interés legítimo que
haya sido vulnerado.
• Dará cuenta anualmente a las Cortes de su gestión mediante un informe.
• Su actividad no se verá interrumpida aunque las Cortes no se encuentren reunidas,
se hayan disuelto, etc. En ese caso, se dirigirá a las Diputaciones Permanentes de las
Cámaras.
• Tiene competencia para inerponer recurso de inconstitucionalidad y recurso de amparo
ante el Tribunal Constitucional.
25
La constitución de 1978
RESÚMEN
0.a: Preámbulo
0.b: título preliminar (1-9)
1: Derechos y deberes (10-55)
31 de octubre de 1978
6 diciembre
(pueblo)
Principios Inspiradores
Resumen de Principios Básicos
•	 Estado social, democrático y de derecho
•	 Autonomías
•	 Idioma, bandera y capital
•	 Sindicatos y fuerzas armadas
1.1: Españoles - Extranjeros (11-13)
•	 Normas de Nacionalidad, mayoria de edad, etc.
1.2: Derechos y Libertades (14-38)
•	 Derechos Fundamentales y Libertades Públicas (15-29)
•	 Derechos y Deberes de los Ciudadanos (30-38)
1.3: Política Social y Económica (39-52)
•	 Protección de la familia y los consumidores
•	 Seguridad Social, Vacaciones, Pensiones
•	 Retorno de Extranjeros
1.4: Garantías de las libertades (53-54)
•	 Regulación por ley (Cap2, sec1, ley orgánica)
•	 Defensor del Pueblo (defiende el Tit1)
•	 Ministerio Fiscal (representa al Estado)
•	 Recurso de Amparo (ante el Tribunal Constitucional por cualquier persona, para defender el Tit1)
•	 Recurso de Inconstitucionalidad (ante el Tribunal Constitucional cuando se piense que una ley es
inconstitucional).
•	 Cuestión inconstitucional (ante el Tribunal constitucional por jueces)
27 diciembre
(rey)
29 diciembre
(BOE)
26
3: las cortes (66-96)
4: Gobierno y administración (97-107)
5: relación gobierno+cortes (108-116)
6: Poder judicial (117-127)
7: Economía y hacienda (128-136)
8: Organización territorial (137-158)
2: La corona (56-65)
•	 Poder Legislativo
•	 Órgano Permanente
•	 Bicameral: Congreso y Senado
3.1: Las Cámaras
3.2: Elaboración de Leyes
3.3: Tratados Internacionales
•	 Poder Ejecutivo
•	 Moción de Censura
•	 Disolución del Congreso
•	 Estados de Excepción
•	 Independencia de los 2 poderes
•	 Tribunal Supremo (órano judicial superior)
•	 Ministerio Fiscal y Fiscal General del Estado
•	 Presupuesto General del Estado (lo hace el gobierno, lo aprueban las cortes)
•	 Deuda y Gasto Público
•	 Patrimonio Nacional y del Estado (ley)
•	 Bienes Comunales
•	 Tribunal de Cuentas (ley orgánica)
8.1: P. Generales
•	 3 niveles: municipio, provincia y CCAA
•	 Autonomía, organización, solidaridad y personalidad jurídica propia
8.2: Admin. Local
•	 Municipios y provincias
•	 Ayuntamientos (alcaldes y concejales) y Diputaciones Provinciales
8.3: Comunidades Autónomas
27
La constitución de 1978
9: Tribunal constitucional (159-165)
10: reforma constitucional (166-169)
•	 Ley Orgánica 3 Octubre 2/1979
•	 Órgano independiente: político y jurídico
•	 Garante la Constitución
•	 Iniciativa: Gobierno, Congreso y Senado
•	 No se podrá realizar en guerra o estado de alarma
•	 Procedimiento Ordinario: para cualquier cambio simple
-Aprobación de 3/5 de las Cámaras (por comisión paritaria)
-Referendum
•	 Procedimiento Extraordinario: para una reforma total, el titulo preliminar, el titulo 2,
o el titulo 1 (cap2, sec1).
-Aprobación de 2/3 de las Cámaras
-Disolución de las Cortes y elecciones
-Ratificación de las Cortes con un 2/3
Referendum
DISPOSICIONES Adicionales (4)
DISPOSICIONES Transitorias (9)
DISPOSICIÓN DEROGATORIA (1) (3 APARTADOS)
DISPOSICIÓN Final (1)

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  • 2.
  • 3. 3 La constitución de 1978 Índice Introducción. 5 El preámbulo. 6 Título preliminar. 7 Titulo i: de los derechos y deberes fundamentales. 8 Titulo Ii: De la Corona. 10 Titulo III: Las cortes generales. 14 Titulo IV: gobierno y administración. 16 Titulo V: Relaciones entre el gobierno y las cortes. 17 Titulo VI: Poder Judicial. 18 Titulo VII: Economía y hacienda. 19 Titulo VIII: Organización territorial del estado. 20 Titulo IX: DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL. 21 Titulo X: Reforma CONSTITUCIONAL. 22 Disposiciones. 23 El defensor del pueblo. 24
  • 4. 4
  • 5. 5 La constitución de 1978 La COnstitución española de 1978 Introducción La constitución es la carta magna de todo ordenamiento jurídico español. Recoge los Derechos y Deberes del ciudadano español, define los poderes y ór- ganos del estado y su control y enumera las garantías de los ciudadanos frente a todos los poderes del Estado. APROBADA: 31-Oct-1978 por las Cortes RATIFICADA: 06-Dic-1978 por el pueblo PROMULGADA: 27-Dic-1978 por el rey PUBLICADA: 29-Dic-1978 publicada en el BOE y entrando en vigor ese mismo día Características principales de la constitución:  1. Cerrada y rígida Está recogida en un solo código y no se puede cambiar fácilmente.  2. Consensuada Formada a partir de los acuerdos de todos las fuerzas políticas  3. Estado de Derecho Se desarrolla bajo el principio de señalar los derechos fundamentales y protegerlos  4. Refrendada Fue ratificada por el pueblo  5. Monárquica Forma política monarquía parlamentaria  6. Autonomista Reconoce diferentes nacionalidades y regiones dentro de España  7. Liberal y social Recoge la libertad de mercado, el derecho a la propiedad privada, las herencias, etc.
  • 6. 6 El preámbulo “Es una introducción a la constitución. Se exponen los principios inspiradores, fines y valores de esta.” • Garantizar la convivencia democrática • Un orden social y económico justo • Promover el progreso de cultura y economía • Consolidar un estado de derecho • Proteger a los españoles y a sus pueblos • Sociedad democrática avanzada • Promover la paz internacional
  • 7. 7 La constitución de 1978 Título preliminar “Son los principios generales. Se recogen en 9 artículos” • Principios básicos del estado: social, democrático, de derecho, y soberanía del pueblo • Derecho a la autonomía • Idioma oficial y cooficial • Bandera de España y cooficiales • Madrid es la Capital del Estado • Pluralismo Político, libertad y democracia • Sindicatos y libertad de asociación • Fuerzas Armadas y su función • Principios de: legalidad, jerarquía normativa, seguridad jurídica, responsabilidad, poderes públicos SureformaRequiere Aprobación de 2/3 de ambas cámaras Disolución de las Cortes Elecciones Ratificación de las nuevas cortes por mayoría de 2/3 Referendum
  • 8. 8 Garantías de los derechos Titulo i: de los derechos y deberes fundamentales “Recoge todos los derechos y deberes de los ciudadanos. Va del Art. 10 al 55” 1 De los Españoles y los Extranjeros (art. 11-13) 2 Derechos y Libertades (art. 14-38) 3 Principios Rectores de la política Social y Económica (art. 39-52) 4 De las Garantías de las Libertades y Derechos Fundam. (art. 53-54) 5 De la Suspensión de los Derechos y libertades (art. 55) • Garantías Normativas • Garantías Institucionales Todos los artículos del TITULO I Deben ser regulados por ley. En especial, los de la Sec.1 del Cap.2, se regularán mediante Ley Orgánica. Para reclamar los derechos de la Sec.1/Cap2 Cualquier persona puede reclamarlo ante el Tribunal Ordinario. O recurrir al defensor del pueblo, ante el Tribunal Constitucional. Control de las leyes nuevas y existentes, para asegurarse que no vayan en contra a la Constitución Española. Una Ley Orgánica regula la institución del Defensor del Pueblo, como alto comisionado de las Cortes Generales, designado por estas para la defensa de los derechos comprendidos en el Título I. Representante del Estado que promueve la defensa de la justicia ante la ley. •Regulación por Ley •Control de Constitucionalidad •Procedimiento de preferencia sumariedad •Defensor del Pueblo •Ministerio Fiscal
  • 9. 9 La constitución de 1978 • Garantías Jurisdiccionales Se interpone ante el Tribunal Constitucional por cualquier persona. Para la violación del Sec1/Cap2 o art. 14. Se presenta ente el Tribunal Constitucional por personas u organismos concretos. Cuando una ley puede ser inconstitucional. Se presenta ante el Tribunal Constitucional por jueces. Cuando estén en un caso y crean que las normas que deben tomar son inconstitucionales. •Recurso de Amparo •Recurso de Inconstitucionalidad •Cuestión de Inconstitucionalidad
  • 10. 10 Titulo Ii: De la Corona Concepto “La figura del Rey se coloca como un poder moderador sobre los demás órganos del Estado. El Rey reina, pero no gobierna.” La constitución señala que la forma política de España es la Monarquía Parlamentaria. Se ha buscado respetar la tradición monárquica española, pero con el pueblo como soberano, e instituciones como las Cortes o el Parlamento. El Rey es el Jefe del Estado: • Símbolo de su unidad y permanencia • Arbitra y modera el funcionamiento de las instituciones • Asume la representación más alta del Estado Español en temas internacionales • Y ejerce las funciones que le atribuyen la Constitución y las Leyes La sucesión “La corona de España es hereditaria en los sucesores de S.M. Don Juan Carlos I de Borbón.” Peculiaridades: • Preferencia de la línea directa sobre la colateral • Preferencia de hijos varones • En el mismo sexo, el mayor sobre el menor • Principio de Representación: los hijos del heredero premuerto tienen preferencia ante los demás hijos del Rey • Extinguidas las líneas de Derecho, las Cortes Generales proveerán la sucesión de la corona. • Las personas con derecho a sucesión que contraigan matrimonio con la expresa prohibición del Rey y las Cortes, quedarán excluidas de la línea sucesoria, así como sus descendientes. • Las abdicaciones y renuncias se resolverán por Ley Orgánica. La Regencia Cuando el Rey sea menor de edad, • Regencia Legítima Será el padre o madre del Rey / el pariente más próximo, según establezca la constitución. También cuando el Rey queda inhabilitado, será regente el Príncipe heredero, si es mayor de edad. • Regencia Dativa Si no existe persona a quien corresponda la Regencia, será nombrada por las Cortes Generales. Se compone de 1, 3 o 5 personas. Para ser Regente es necesario ser mayor de edad y español. Se ejercerá por mandato constitucional y siempre en nombre del Rey. El regente prestará ante las C.G el mismo juramento que el Rey, además de el de fidelidad al monarca.
  • 11. 11 La constitución de 1978 Tutela del rey menor No debemos confundirlo con la regencia, puesto que esto solo afecta a la esfera jurídica privada de la persona del Rey. Orden: • 1º: Será tutor la persona que el rey difunto ha dejado en su testamento. • 2º: Si no se nombra, será el padre o madre, mientras sean viudos. • 3º: En su defecto, lo nombrarán las Cortes. En todo caso, la persona debe ser mayor de edad y español de nacimiento. No podrán acumularse los cargos de Regente y Tutor, salvo en el padre/madre o ascendentes directos del Rey. La tutela también es incompatible con cargos o representaciones políticas. Funciones del rey • Funciones Generales • Funciones (Gobierno) Participa en todas las actuaciones de los Órganos Constitucionales del Estado y se identifica con la continuidad histórica de España y con sus intereses, al margen de la lucha entre partidos. Pero no es responsable, puesto que únicamente se dedica a refrendar. Acredita y recibe los mensajes a Embajadores. Manifiesta el consentimiento del Estado para obligarse internacionalmente por medio de tratados. 1- Acreditar y recibir embajadores. 2- Manifestar el consentimiento del Estado para obligarse internacionalmente por medio de tratados. 3- Declarar la guerra y la paz (con iniciativa del Gobierno y autorización de las Cortes). •Símbolo de unidad y permanencia del Estado •Arbitra y modera el funcionamiento de las instituciones •Más alta representación del Estado en relaciones internacionales •Nombramiento y Cese del Gobierno •Derecho a ser informado de los asuntos de Estado •Derecho a presidir las sesiones del Consejo de Ministros, a petición del presidente. •Expedir los decretos acordados en el Consejo de Ministros •Conferir empleos civiles y militares (director general, generales militares, etc) •Mando supremo de las fuerzas armadas •En relaciones internacionales
  • 12. 12 • Funciones (Cortes) • Funciones (Poder Judicial) • Funciones (CCAA) • Funciones (Tribunal Constitucional) Tipos de disolución: -Art. 99: disolución automática, cuando hayan pasado dos meses de la votación de investidura, y ningún candidato ha obtenido la confianza del Congreso. -Art. 115: disolución anticipada decretada por el Rey, a propuesta del Presidente y bajo deliberación del Consejo de Ministros. -Art. 168: disolución inmediata cuando se proponga la revisión total de la Constitución, o una parcial que afecte al Título Preliminar, Título I (cap.II, sec.1), Título II. •Convocatoria de Elecciones a las Cortes Generales •Primera Convocatoria de las Cortes tras las elecciones •Sanción y Promulgación de las leyes •Convocatoria de los referendos •Disolución de las Cortes •Relación simbólica de carácter pasivo (“en nombre del rey”) •Nombramiento del Presidente y los miembros del Consejo General del Poder Judicial •Nombramiento del Fiscal General del Estado (a propuesta del Gobierno) •Derecho de Gracia. •Convocatoria de referendos autonómicos •Aprobación de la reforma de los Estatutos de autonomía plena •Nombramiento del Presidente de las CCAAs (elegido por la Asamblea Legislativa) •Promulgación de las Leyes de las CCAAs en nombre del Rey •Nombramiento de Magistrados del TC y de su presidente
  • 13. 13 La constitución de 1978 El referendo “Los actos del Rey deben estar refrendados, puesto que su figura es inviolable y no está sujeta a responsabilidad. Los actos no refrendados no tienen valor.” El refrendo se realiza con la intención de limitar las facultades del Rey. Serán refrendados todos los actos que realice como titular de la Jefatura del Estado, exceptuando los actos de su vida privada (como el sostenimiento de su familia, o el nombramiento de militares y civiles de su casa). Formas de Refrendo: • La forma más común es la contrafirma de los actos del Rey. • Refrendo Tácito: consiste en la presencia de los ministros junto al Rey en sus actividades oficiales. • Refrendo Presunto: presunción general de que el Gobierno cubre con su responsabilidad todos los actos del Rey, exceptuando las ocasiones donde este discrepe y se oponga públicamente. Titularidades del Refrendo: • Presidente del Gobierno • Ministros: refrendan los Reales Decretos • Presidente del Congreso: refrenda las propuestas y nombramientos del Presidente del Gobierno, además de la disolución de las Cortes Generales.
  • 14. 14 Titulo III: Las cortes generales “Las Cortes Generales conforman el Poder Legislativo. Es un órgano permanente que representa la voluntad popular.” Está formado por dos cámaras: - Congreso de los Diputados: representación de la población. - Senado: representación territorial. 1 De las Cámaras (art. 66-80) 2 De elaboración de leyes (art. 81-92) 3 De los tratados internacionales (art. 93-96) Características “Las Cortes Generales representan al pueblo español, pero no tienen poder soberano, puesto que la soberanía nacional reside en el pueblo.” • Nace de la Constitución Es un órgano constitucional complejo, creado, configurado y regulado directamente por la Constitución. • Parlamento Bicameral Como tiene dos instituciones, hablamos de un Parlamento Bicameral imperfecto (puesto que tiene más competencias el Congreso de Diputados que el Senado). • Sesiones A pesar de ser una institución permanente, sus titulares se cambian cada 4 años tras las elecciones generales. Alternan sesiones de trabajo (septiembre-diciembre)(febrero-junio), con periodos de receso, pero sus funciones siguen siendo ejercidas por las Diputaciones Permanentes. • Transparencia y Publicidad Actúan mediante debates, votaciones y acuerdos que deben realizarse en sesiones plenarias públicas (salvo que se declaren secretas, algo muy excepcional, previsto en los Reglamentos Parlamentarios para determinados supuestos). • Órgano Representativo Es el máximo órgano representativo, ya que representan la soberanía popular y, además, a través suyo los demás órganos constitucionales adquieren también carácter representativo. • Supremacía Política Esto no quiere decir que tengan poderes ilimitados, ya que su potestad legislativa es controlada por el Tribunal Supremo. • Órgano Deliberante y Legislador Las leyes estatales deben ser aprobadas por las dos cámaras, salvo en supuesto del veto senatorial. • Inviolable Se rigen por su propio Reglamento, aprobado por ellas mismas. Supone la existencia de una protección específica donde los miembros son aforados, por lo que solo pueden ser juzgados por el Tribunal Supremo.
  • 15. 15 La constitución de 1978 Autonomía de las cámaras “Las Cortes Generales representan al pueblo español, pero no tienen poder soberano, puesto que la soberanía nacional reside en el pueblo.” • Nace de la Constitución Es un órgano constitucional complejo, creado, configurado y regulado directamente por la Constitución. • Parlamento Bicameral Como tiene dos instituciones, hablamos de un Parlamento Bicameral imperfecto (puesto que tiene más competencias el Congreso de Diputados que el Senado). • Sesiones A pesar de ser una institución permanente, sus titulares se cambian cada 4 años tras las elecciones generales. Alternan sesiones de trabajo (septiembre-diciembre)(febrero-junio), con periodos de receso, pero sus funciones siguen siendo ejercidas por las Diputaciones Permanentes. • Transparencia y Publicidad Actúan mediante debates, votaciones y acuerdos que deben realizarse en sesiones plenarias públicas (salvo que se declaren secretas, algo muy excepcional, previsto en los Reglamentos Parlamentarios para determinados supuestos). • Órgano Representativo Es el máximo órgano representativo, ya que representan la soberanía popular y, además, a través suyo los demás órganos constitucionales adquieren también carácter representativo. • Supremacía Política Esto no quiere decir que tengan poderes ilimitados, ya que su potestad legislativa es controlada por el Tribunal Supremo. • Órgano Deliberante y Legislador Las leyes estatales deben ser aprobadas por las dos cámaras, salvo en supuesto del veto senatorial. • Inviolable Se rigen por su propio Reglamento, aprobado por ellas mismas. Supone la existencia de una protección específica donde los miembros son aforados, por lo que solo pueden ser juzgados por el Tribunal Supremo.
  • 16. 16 Titulo IV: gobierno y administración “Va del art. 97 al 107. No tiene capítulos. Son dos órganos diferentes, pero ambos forman el poder ejecutivo. Gestionan y administran los asuntos públicos.” •Gobierno •Admin. Pública • Función ejecutiva • Potestad reglamentaria (dictar normas que no llegan al rango de ley) • Dirigir la Política • Dirigir la Admin. Civil y Militar • Defensa del Estado •Sirve a los intereses generales, bajo la ley y el derecho • Está sometida a procedimientos (rígidos, formales) • Preservar la objetividad de los actos de administración
  • 17. 17 La constitución de 1978 Titulo V: Relaciones entre el gobierno y las cortes “Va del art. 108 al 116. No tiene capítulos. El Gobierno responde de su gestión política ante el Congreso.” •Relaciones • Las Cortes pueden pedir aydua e info al Gobierno • El Gobierno puede ir y hablar en las sesiones de las cámaras • Moción de Censura: la pide el Congreso • Disolución del Congreso: la pide el Presidente del Gobierno • Estados de Excepción -Alteraciones naturales -Lo declara el Gobierno -Máximo 15 días -Prorrogable por el Congreso -Alteración grave de los derechos y libertades o alteración del funcionamiento de las instituciones democráticas -Lo declara el Gobierno, con autorización del Congreso -Máximo 30 días, prorrogables -Insurrección contra España o su Constitución -Lo declara el Congreso -El Gobierno asume las facultades extraordinarias previstas en Constitución • Estado de Alarma • Estado de Excepción • Estado de Sitio
  • 18. 18 Titulo VI: Poder Judicial “Va del art. 117 al 127. No tiene capítulos. Habla del poder judicial y deja clara su independencia total respecto a los otros dos poderes.” •Principios Básicos • Unidad Jurisdiccional • Independencia y Autonomía • Inamovilidad • Exclusividad • Gratuidad • Publicidad • Oralidad • Responsabilidad • Participación en Admin. de Justicia Tribunal supremo ministerio fiscal Órgano jurisdiccional superior en todos los órdenes No es un órgano de la jurisdicción, pero coopera con la justicia Actúa en todo el territorio Promueve la justicia en defensa de la ley y por la independencia de los tribunales Figura del Fiscal General Del Estado, nombrado por el Rey y propuesto por el Gobierno
  • 19. 19 La constitución de 1978 Titulo VII: Economía y hacienda “Va del art. 128 al 136. No tiene capítulos. Habla de los principios rectores de la política social y económica.” • Presupuestos Generales del Estado • La Deuda y Gasto Públicos • Tributos (solo puede establecerlos el Estado, y por ley) • Patrimonio del Estado y Patrimonio Nacional (no son lo mismo, pero ambos se regulan por ley) • Régimen Jurídico de los bienes de dominio público y bienes comunales que se consideren inalienables, imprescriptibles e inembargables. • Tribunal de Cuentas: se crea para controlar las cuentas y gestionar la economía del Estado. Depende directamente de las CG
  • 20. 20 Titulo VIII: Organización territorial del estado “Va desde el art. 137 al 158. Tiene 3 capítulos.” 1 Principios Generales (art. 137-139) 2 Administración Local (art. 140-142) 3 Comunidades Autónomas (art. 143-158) • CAPÍTULO 1: Principios Generales - Se establecen tres niveles de organización territorial: Municipio, Provincia y CCAAs. - Tienen autonomía para la gestión de sus intereses. - Organización y Personalidad Jurídica propia. - Todos los españoles tienen los mismos derechos y obligaciones en cualquier parte del territorio. - No se podrán adoptar medidas que impidan la libertad de circulación y establecimiento en el territorio español. • CAPÍTULO 2: Administración Local - Municipios y Provincias. - El Gobierno y Administración de los municipios corresponde a los Ayuntamientos (con alcaldes y concejales). - La Provincia es una entidad local formada por Municipios. - El Gobierno y Administración de las Provincias corresponde a las Diputaciones Provinciales u otras Corporaciones de caracter representativo. • CAPÍTULO 3: De las Comunidades Autónomas - Completa el Art. 2 donde se establece el derecho de autonomía de las nacionalidades y regiones.
  • 21. 21 La constitución de 1978 Titulo IX: DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL “Va del art. 159 al 165. No tiene capítulos. Es el interprete supremo de la Constitución.” • Órgano nuevo, creado con la Constitución. • Se rige por la constitución y por su propia Ley Orgánica (Ley 2/1979, 3 octubre). • Es un órgano totalmente independiente de todos los demás, a pesar de ser un órgano jurídico y político. • Tiene jurisdicción en todo el territorio nacional. • Actúa como garante de todos los principios y derechos constitucionales, vela por la constitucionalidad de las leyes y es el órgano al que se le planteará, en su caso, el Recurso de Amparo para la defensa de los derechos fundamentales.
  • 22. 22 - Reforma total - Título Preliminar - Título I (cap2, sec.1) - Título II - Para cambios más “generales” - Tiene que ser aprobado por 3/5 partes de Cada Cámara - Para estos cambios - Si no se logra aprobación, se crea una “Comisión Paritaria” Congreso-Senado, que presentará otro texto para la misma votación - Tiene que ser aprobado por 2/3 de ambas Cámaras - Su aprobación requiere la disolución de las Cortes y nuevas elecciones - Tras esto, se requiere una nueva ratificación de las Cortes con un 2/3 - Se realiza un referendum - Si no se logra aprobación, se dará por buena siempre que haya votación a favor de 2/3 del Congreso y Mayoría Absoluta del Senado - Una vez aprobado, puede someterse a referendum si lo solicitan, en el plazo de 15 días, al menos la décima parte de alguna de las cámaras Titulo X: Reforma CONSTITUCIONAL “Va del art. 166 al 169. No tiene capítulos. Para su modificación se requiere un procedimiento específico y complejo.” • La iniciativa tiene que ser del Gobierno, el Congreso, el Senado y las Asambleas Legislativas de las CCAA. • No puede modificarse en tiempos de guerra o en estados de alarma, excepción o sitio. • Procedimiento Ordinario (art. 167) • Procedimiento Extraordinario (art 168)
  • 23. 23 La constitución de 1978 Disposiciones Adicionales (4) • Añadido que puntualiza sobre Fueros y Estatutos de las CCAAs Transitorias (9) • Puntualiza sobre establecimientos de nuevas autonomías y tienen fecha de caducidad DEROGATORIA (1) (3 APARTADOS) • Deroga las leyes anteriores que contradigan a la Constitución Final (1) • Dice que la Constitución entra en vigor desde que se publica en el BOE y eberá publicarse en todos los idiomas oficiales del territorio español.
  • 24. 24 El defensor del pueblo “Es un alto comisionado de las Cortes (elegido por estas) para la defensa de los derechos del Título I de la Constitución.” Está regulado en el art.54 y en la LO 3/1981 de 6 de abril, modificada por LO 2/1992 de 5 de marzo. • Cualquier español mayor de edad que se encuentre en pleno disfrute de sus derechos, puede optar al puesto. • Será elegido por las Cortes por 5 años, mediante votación en la que haya mayoría de las 3/5 partes. • Se dirigirá a las Cortes a través de los Presidentes de las Cámaras. • El Defensor del Pueblo no está sujero a mandato imperativo, ni recibe instrucciones de nadie. • Goza de inviolabilidad y no podrá ser expedientado, detenido, multado, etc. por las opiniones que formule o por los actos que realice en el ejercicio de sus funciones. Solo podrá ser detenido en caso de flagrante delito y será juzgado por la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo. • Incompatibilidades • Causa de Cese • Funciones • Todo mandato representativo • Puesto en la Admin. Pública • Afiliación o participación en partido político, sindicato, asociación o fundación • Propaganda política • Ejercicio de carreras de Fiscal o Judicial • Cualquier actividad profesional, liberal, mercantil o laboral. • Renuncia • Expiración del Plazo • Muerte o incapacidad sobrevenida • Por actuar con notoria negligencia • Por haber sido condenado en sentencia firme por la comisión de un delito doloso • Puede iniciar, o proseguir, cualquier investigación sobre algún caso donde presuntamente la Administración haya afectado o vulnerado los derechos del ciudadano. • Puede dirigirse a él toda persona natural o jurídica que invoque un interés legítimo que haya sido vulnerado. • Dará cuenta anualmente a las Cortes de su gestión mediante un informe. • Su actividad no se verá interrumpida aunque las Cortes no se encuentren reunidas, se hayan disuelto, etc. En ese caso, se dirigirá a las Diputaciones Permanentes de las Cámaras. • Tiene competencia para inerponer recurso de inconstitucionalidad y recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional.
  • 25. 25 La constitución de 1978 RESÚMEN 0.a: Preámbulo 0.b: título preliminar (1-9) 1: Derechos y deberes (10-55) 31 de octubre de 1978 6 diciembre (pueblo) Principios Inspiradores Resumen de Principios Básicos • Estado social, democrático y de derecho • Autonomías • Idioma, bandera y capital • Sindicatos y fuerzas armadas 1.1: Españoles - Extranjeros (11-13) • Normas de Nacionalidad, mayoria de edad, etc. 1.2: Derechos y Libertades (14-38) • Derechos Fundamentales y Libertades Públicas (15-29) • Derechos y Deberes de los Ciudadanos (30-38) 1.3: Política Social y Económica (39-52) • Protección de la familia y los consumidores • Seguridad Social, Vacaciones, Pensiones • Retorno de Extranjeros 1.4: Garantías de las libertades (53-54) • Regulación por ley (Cap2, sec1, ley orgánica) • Defensor del Pueblo (defiende el Tit1) • Ministerio Fiscal (representa al Estado) • Recurso de Amparo (ante el Tribunal Constitucional por cualquier persona, para defender el Tit1) • Recurso de Inconstitucionalidad (ante el Tribunal Constitucional cuando se piense que una ley es inconstitucional). • Cuestión inconstitucional (ante el Tribunal constitucional por jueces) 27 diciembre (rey) 29 diciembre (BOE)
  • 26. 26 3: las cortes (66-96) 4: Gobierno y administración (97-107) 5: relación gobierno+cortes (108-116) 6: Poder judicial (117-127) 7: Economía y hacienda (128-136) 8: Organización territorial (137-158) 2: La corona (56-65) • Poder Legislativo • Órgano Permanente • Bicameral: Congreso y Senado 3.1: Las Cámaras 3.2: Elaboración de Leyes 3.3: Tratados Internacionales • Poder Ejecutivo • Moción de Censura • Disolución del Congreso • Estados de Excepción • Independencia de los 2 poderes • Tribunal Supremo (órano judicial superior) • Ministerio Fiscal y Fiscal General del Estado • Presupuesto General del Estado (lo hace el gobierno, lo aprueban las cortes) • Deuda y Gasto Público • Patrimonio Nacional y del Estado (ley) • Bienes Comunales • Tribunal de Cuentas (ley orgánica) 8.1: P. Generales • 3 niveles: municipio, provincia y CCAA • Autonomía, organización, solidaridad y personalidad jurídica propia 8.2: Admin. Local • Municipios y provincias • Ayuntamientos (alcaldes y concejales) y Diputaciones Provinciales 8.3: Comunidades Autónomas
  • 27. 27 La constitución de 1978 9: Tribunal constitucional (159-165) 10: reforma constitucional (166-169) • Ley Orgánica 3 Octubre 2/1979 • Órgano independiente: político y jurídico • Garante la Constitución • Iniciativa: Gobierno, Congreso y Senado • No se podrá realizar en guerra o estado de alarma • Procedimiento Ordinario: para cualquier cambio simple -Aprobación de 3/5 de las Cámaras (por comisión paritaria) -Referendum • Procedimiento Extraordinario: para una reforma total, el titulo preliminar, el titulo 2, o el titulo 1 (cap2, sec1). -Aprobación de 2/3 de las Cámaras -Disolución de las Cortes y elecciones -Ratificación de las Cortes con un 2/3 Referendum DISPOSICIONES Adicionales (4) DISPOSICIONES Transitorias (9) DISPOSICIÓN DEROGATORIA (1) (3 APARTADOS) DISPOSICIÓN Final (1)