Iu mocion para regularizar y mantener en condiciones los espacios publicos
Protocolo contra las altas temperaturas y las radicione ultrvioletas
1. PROTOCOLO CONTRA LAS ALTAS TEMPERATURAS Y LAS RADIACIONES
ULTRAVIOLETAS
INTRODUCCIÓN
El calor es uno de los contaminantes físicos ambientales que más puede afectar al mundo
laboral, especialmente en determinadas épocas del año. Cuando hace calor, trabajar puede
resultar bastante incómodo o incluso agobiante, especialmente si no corre aire y si la humedad
del ambiente es alta.
Cuando el cuerpo es incapaz de enfriarse mediante el sudor en actividades laborales que se
realizan en medios muy calurosos, pueden presentarse una gran variedad de trastornos como:
síncopes, edemas, calambres, agotamiento, deshidratación, golpes de calor, quemaduras,
erupción cutánea…
En época estival, las condiciones climáticas a las que se encuentran expuestos los trabajadores
pueden ser la causa de accidentes de trabajo, algunos de ellos mortales.
El calor es un peligro para la salud porque nuestro cuerpo, para funcionar con normalidad,
necesita mantener invariable la temperatura en su interior entorno a los 37º C. Cuando ésta se
supera se pueden producir daños a la salud.
LEGISLACIÓN
Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales: establece que los
empresarios deben garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores a su servicio en todos
los aspectos relacionados con el trabajo y contiene las líneas generales de como deben
hacerlo. Al mismo tiempo, figuran en ella las obligaciones de los trabajadores en materia de
prevención de riesgos laborales y sus derechos de información, consulta y participación,
formación en materia preventiva, paralización de la actividad en caso de riesgo grave e
inminente y vigilancia de su estado de salud.
Real Decreto 486/97, de 14 de abril, Disposiciones Mínimas de Seguridad y Salud en los
Lugares de Trabajo: dedica el artículo 7 y el Anexo III a las condiciones termo higrométricas de
los lugares de trabajo. La mayoría de las disposiciones del Anexo III están destinadas a evitar
las molestias e incomodidades a los trabajadores.
Guía Técnica del INST. sobre Lugares de Trabajo: hace algunas recomendaciones técnicas
sobre los riesgos debidos al estrés térmico. Por una parte, indica los factores peligrosos
causantes de dichos riesgos (además de la temperatura del aire son: la radiación térmica, la
2. humedad y la velocidad del aire, la actividad física y la ropa de los trabajadores) y recomienda
métodos de evaluación del estrés térmico por calor para saber si es necesario adoptar medidas
para prevenir los riesgos para la salud de los trabajadores que permitan a estos trabajar en las
condiciones exigidas por nuestra Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
Real Decreto 39/1997, de 18 de enero, Reglamento de los Servicios de Prevención y sus
modificaciones posteriores: obligan a la evaluación de todos los riesgos, en cualquier
actividad, en cualquier época del año y en cualquier lugar de trabajo, al aire libre o en locales
cerrados. También obliga a que, como consecuencia de dichas evaluaciones, se establezcan
las medidas preventivas que garanticen la seguridad y salud de los trabajadores.
ALCANCE
El presente protocolo afecta a las operaciones de reparto a pie, reparto en moto y en especial a
las trabajadoras embarazadas o en período de lactancia que realice su trabajo en localidades
donde en la época de verano se superen los 33º C.
MÉTODO
Cualquier trabajador/a de Correos que detecte la posible existencia de una alerta meteorológica
deberá comunicárselo a su superior jerárquico y este al/la responsable del centro. El/ella
responsable del centro pondrá en marcha el protocolo de actuación.
La jefatura de sector avisará, por un lado, a la jefatura de red logística o jefatura de red de
oficina (según proceda), que avisará a su vez a la dirección de zona; y por otro a la jefatura de
RH que lo comunicará, a efectos de que efectúen las acciones oportunas en orden a sus
competencias, a la jefatura de relaciones labores y al coordinador/a de PRL.
El coordinador/a de PRL (o en su defecto el técnico/a de PRL) avisará de la puesta en marcha
del protocolo de actuación e informará a la Jefatura de RRLL, y esta informará a los
representantes de los trabajadores.
El/ella responsable del centro informará a los trabajadores afectados de la existencia de la
alerta climatológica, y de las medidas a adoptar, incluyendo si fuera necesaria, la interrupción
de la actividad laboral.
ESTRÉS TÉRMICO
Es la carga de calor que los trabajadores reciben y acumulan en su cuerpo resulta de la
interacción entre las condiciones ambientales del lugar de trabajo, la actividad física que se
realiza y la ropa que se lleva. Así, el estrés térmico no es un efecto patológico que el calor
puede originar en los trabajadores, sino la causa de los efectos patológicos que se producen
cuando se acumula excesivo calor en el cuerpo.
DAÑOS Y RIESGOS A LA SALUD POR ESTRÉS TÉRMICO
Los riesgos que puede llegar a generar el estrés térmico, pueden presentarse muy
rápidamente, de repente, y tener desenlaces rápidos e irreversibles, aunque la mayoría de las
3. veces las causas del estrés térmico son fácilmente reconocibles y la posibilidad de que se
produzcan daños es igualmente previsible.
Cuando las condiciones no son extremas, el estrés térmico puede pasar inadvertido y producir
daños a los trabajadores.
El exceso de calor corporal puede:
Aumentar la probabilidad de que se produzcan accidentes de trabajo.
Agravar dolencias previas (enfermedades cardiovasculares, respiratorias,
diabetes, etc.)
Producir las llamadas “enfermedades relacionadas con el calor” (Erupciones
cutáneas, calambres, deshidratación, etc.)
Además del estrés térmico, también intervienen en los riesgos y daños para la salud:
1. El tiempo de exposición (duración del trabajo): si es largo, aun cuando el estrés térmico
no sea muy elevado, el trabajador puede acumular una cantidad de calor peligrosa.
2. Factores personales El nivel de tolerancia al calor no es el mismo en cada persona y se
debe tener en cuenta:
Algunas enfermedades crónicas: enfermedades cardiovasculares, respiratorias,
renales, cutáneas, diabetes, etc.
La forma física.
La obesidad.
La edad (la tolerancia al calor disminuye con la edad).
La toma de algunos medicamentos: diuréticos, antihistamínicos, antidepresivos,
tranquilizantes, etc.
El consumo de alcohol, drogas y exceso de cafeína.
3. La falta de aclimatación al calor es uno de los factores personales más importantes.
Los trabajadores no aclimatados pueden sufrir daños en condiciones de estrés térmico
por calor que no son dañinas para sus compañeros que llevan tiempo trabajando en esas
condiciones.
Medidas preventivas por parte de la empresa.
Verificar las condiciones meteorológicas de forma frecuente e informar a los
trabajadores.
Proporcionar agua potable en las proximidades de los puestos de trabajo.
Habilitar zonas de sombra o locales con aire acondicionado para el descanso de
los trabajadores.
Instalar ventiladores, equipos de climatización, persianas, estores y toldos para
disminuir la temperatura en caso de locales cerrados.
Organizar el trabajo para reducir el tiempo o la intensidad de la exposición.
Considerar que es necesario un periodo de 7 a 15 días para que el trabajador se
aclimate al calor. Cuando se deja de trabajar en condiciones calurosas durante
periodos como las vacaciones o bajas laborales, es necesario volver a aclimatarse
al incorporarse de nuevo al trabajo.
Aumentar la frecuencia de las pausas de recuperación (cada hora, por ejemplo).
En especial los motoristas por permanecer durante las horas de más calor con el
casco mucho tiempo puesto.
4. Permitir al trabajador, en la medida de lo posible, adaptar su propio ritmo de
trabajo.
Proporcionar a todos los trabajadores (fijos o eventuales) ropas amplias, de tejido
ligero y colores claros y con un aislamiento de 0,5 clo.
Proporcionar para la cabeza gorra o sombrero.
Desempeñar las tareas en la vía pública, siempre que se pueda, en las zonas a la
sombra o aireadas. Adaptar los horarios de trabajo para aprovechar las horas
menos calurosas del día.
Permitir que el trabajador/a puede volver a la oficina en caso de sentir algún
síntoma de estrés térmico.
Reducid las actividades físicas intensas al aire libre durante las horas más
calurosas. Evitad, en la medida en que sea posible, que se trabaje en el exterior,
especialmente entre las 12h. y las 17h.
Prestar especial atención a los trabajadores/as con problemas cardiovasculares en
sus informes médicos.
Información a los trabajadores/as
Editar un folleto informativo con las recomendaciones, posibles problemas y
primeros auxilios.
Sobre los riesgos de exposición al calor, efectos y las recomendaciones
preventivas a tener en cuenta.
Sobre el reconocimiento de los primeros síntomas de afecciones por calor en ellos
mismos y en compañeros/as y de las medidas a adoptar.
Sobre la importancia de beber agua para prevenir efectos del calor.
Sobre la necesidad de aclimatación antes de trabajar la jornada completa en
condiciones severas de estrés térmico por calor.
Medidas preventivas por parte de los trabajadores/as.
Volver a la oficina en caso de sentir algún síntoma de estrés térmico.
Bebed regularmente agua fresca (10-12ºC) aunque no tengáis sed (un vaso cada
15-20 minutos). Es recomendable hacerlo inmediatamente antes de la exposición,
mientras dura la exposición y continuar con una hidratación generosa al finalizar la
jornada de trabajo.
Refrescarse a menudo.
Descansad en sitios frescos cuando tengáis mucho calor.
Siempre que sea posible, cuando llevéis a cabo trabajos en el exterior, hacedlo en
zonas a la sombra.
Adaptad vuestro ritmo de trabajo en función de vuestra tolerancia al calor.
Evitar comer mucho y las comidas grasientas; comer fruta, verduras; tomar sal con
las comidas.
No tomar alcohol (cerveza, vino etc.) ni drogas. Evitar bebidas con cafeína (café,
refrescos de cola, etc.) y también las bebidas muy azucaradas.
Ir bien descansados al trabajo. Ducharse y refrescarse al finalizar el trabajo.
Evitar conducir con síntomas de estrés térmico.
Procurar descansar lo suficiente, ya que con las altas temperaturas nocturnas es
más difícil conciliar el sueño.
MUJER EMBARAZADA O EN PERÍODO DE LACTANCIA
5. El RD 298/2009 de 6 de marzo, que modifica el RD 39/1997, en relación con al aplicación de
medidas para promover la mejora de la seguridad y salud en el trabajo de la trabajadora, se
tendrá en cuenta el Anexo VII referente a una lista no exhaustiva de agentes, procedimientos y
condiciones de trabajo que pueden influir negativamente en la salud de las trabajadoras
embarazadas o en período de lactancia natural. En el punto A.1 hace referencia a agentes
físicos y en el apartado e) menciona el frío y calor extremos. Esto será tenido en cuenta a
efectos de lo dispuesto en la evaluación de riesgos en el art. 26.1 de la Ley de Prevención de
Riesgos Laborales (LPRL).
El embarazo es un factor de disminución de la tolerancia al calor.
Medidas preventivas.
Adoptad las medidas preventivas propuestas por la empresa según la evaluación
de riesgos.
Bebed regularmente agua fresca (10-12ºC) aunque no tengáis sed (un vaso cada
15-20 minutos). Es recomendable hacerlo inmediatamente antes de la exposición,
mientras dura la exposición y continuar con una hidratación generosa al finalizar la
jornada de trabajo.
Reducid las actividades físicas intensas al aire libre durante las horas más
calurosas. Evitad, en la medida en que sea posible, trabajar en el exterior,
especialmente entre las 12h. y las 17h.
Adaptad vuestro ritmo de trabajo en función de vuestra tolerancia al calor.
Refrescaos a menudo.
Descansad en sitios frescos cuando se tenga mucho calor.
OLA DE CALOR
Las olas de calor son situaciones meteorológicas que duran varios días y se caracterizan por
temperaturas inusualmente altas durante el día y durante la noche. Como consecuencia, se
incrementan mucho los riesgos para la salud debidos al estrés térmico por calor, tanto en el
número de trabajadores expuestos como en la magnitud de los riesgos.
En olas de calor deben intensificarse las medidas y conductas preventivas y extenderse a todos
los ámbitos laborales que puedan verse afectados. Debe prestarse una atención especial a los
trabajos y a los trabajadores cuando los primeros habitualmente no transcurren en condiciones
de estrés térmico por calor, pues en ellos es más fácil que los trabajadores desconozcan las
medidas preventivas frente al mismo.
Es importante seguir las medidas preventivas contenidas en este documento y en otros
similares y los consejos de las autoridades sanitarias. Es fundamental que el cuerpo no
acumule un exceso de calor, evitando o limitando la entrada de calor del ambiente y la
generación de calor interno por la actividad muscular y favoreciendo la perdida de calor
corporal. También lo es reponer el agua y las sales perdidas al sudar, para lo cual debe beberse
agua sin esperar a tener sed y tomar un poco de más sal en las comidas.
6. En el caso de sufrir hipertensión debe consultarse al médico cuanta sal tomar. Todas estas
recomendaciones deben tenerse en cuenta cuando se está en el trabajo y fuera del mismo.
Se pondrán en marcha medidas especiales cuando las previsiones meteorológicas anuncien
días especialmente calurosos y se intensificaran las medidas ya descritas anteriormente.
Se prestara especial atención a los grupos de riesgo.
RADIACIÓN SOLAR
Efectos en la salud
La protección de la piel frente a la exposición solar es un problema importante de salud, no sólo
de moda o estética.
La exposición a la radiación ultravioleta (UV) del sol durante el trabajo, sin la debida protección,
puede ocasionar daños como:
Quemaduras solares.
Envejecimiento prematuro de la piel.
Debilitamiento del sistema inmunológico.
Daño en los ojos (cataratas, fotoconjuntivitis, fotoqueratitis).
Cáncer de piel.
La exposición a radiación solar continuada de los trabajadores/as a la intemperie es tan nociva
como una exposición intermitente pero intensa.
Los organismos internacionales han desarrollado el parámetro UVI y una escala para
determinar el grado de peligrosidad de este factor. La escala va del 0 al 16 a través de una
escala de valores asociadas a una gama de colores: entre el 0 y el 2, se considera bajo
(verde); entre 3-5, moderado (amarillo); entre 6-7, alto (naranja); entre 8-10, muy alto
(rojo); y superior a 11, extremadamente alto (morado).
También las exposición prolongada a la radiación infrarroja (IR-A) es perjudicial para la salud de
la piel, que es producida por el sol (AEMET informa sobre los niveles de esta radicación).
El principal problema de (IR-A) es que pasa inadvertida ya que no produce un aumento de
temperatura no provoca efectos visibles, al contrario de lo que ocurre con las quemaduras que
provoca los UV. El 40% de la radiación que llega a la piel es IR-A, que agrava y se suma a los
efectos de la radiación UVA.
Factores Personales
Son más sensibles a sufrir los efectos negativos de la luz solar las personas con:
Piel y ojos de color claro.
Piel con abundancia de pecas y lunares.
Quemaduras solares anteriores.
Antecedentes de melanoma en la familia.
Tratamientos con medicamentos que aumentan la sensibilidad cutánea a la
radiación UV.
Medidas preventivas.
7. Informar a los trabajadores/as sobre los peligros de la radiación UV y sobre las
medidas de protección que deben adoptar y cómo deben hacerlo. Y sobre los
distintos grados de peligrosidad.
Utilizar ropa no ajustada y de color claro que cubra la mayor parte del cuerpo, sin
olvidarse de la cara, el cuello, las orejas y los ojos, que también deben ser
protegidos de los efectos del sol.
Cubrir la cabeza con alguna prenda de protección frente al sol (visera, sombrero,
pañuelo…)
Se recomienda poner a disposición a los trabajadores/as crema de protección
solar.
Establecer rotaciones para combinar el trabajo a la sombra y al sol, sobre todo en
las horas de más sol.
Asegurarse de tener áreas adecuadas a la sombra donde los trabajadores/ as
puedan descansar. Recomendaciones para trabajos en la vía pública
Poneos crema solar 20 minutos antes de ir a trabajar, y regularmente a lo largo del
día. En este caso, para proteger la piel de la radiación ultravioleta, es aconsejable
factor de protección 30 o superior en las zonas cutáneas expuestas al sol.
Examinaos las zonas de la piel expuestas al sol y si observáis algún cambio
consultad al médico.
20-30 s orejas y la parte de atrás del
EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL.
Gorra o sombrero de ala ancha, lo que permite impedir que un 50 por ciento de
la radiación ultravioleta llegue a los ojos.
Anteojos de sol que bloqueen del 99 al 100 por ciento de los rayos ultravioleta A y B.
También sería conveniente que los vidrios tengan cierta tonalidad azul, siempre y cuando
no distorsionen demasiado los colores.
Protector solar de un SPF no menor de 30.
10. ANEXO II
PROTOCOLO DE PRIMEROS AUXILIOS POR ESTRÉS TÉRMICO
AUXILIOS
ACTIVACIÓN DEL PROTOCOLO DE PRIMEROS AUXILIOS
URGENCIA VITAL
Dar la alerta a los servicios de emergencia.
Llevar a la víctima a un sitio fresco y bien aireado.
Sacarle la ropa o desabrochádsela.
Mojar a la víctima o ponedle ropa húmeda en la mayor parte de su cuerpo,
incluyendo la cabeza y la nuca, para hacer bajar la temperatura corporal.
Si la víctima está consciente, hacerle beber agua fresca (no fría) a muy pequeñas
cantidades.
Si la víctima está inconsciente, quedaos a su lado y esperar al equipo de primeros
auxilios. El/la socorrista la pondrá en posición lateral de seguridad.