1. Empresa EDEGEL S.A.A.
Código de identificación I.SG.OA.008
Revisión 03
Fecha de aprobación 18 de Febrero del 2004
Instrucción
Trabajos en Espacios Confinados
Departamento de Seguridad
Elaborado por:
Aprobado por: Gerencia de Explotación
2. I.SG.OA.008 Rev:03 Trabajos en Espacios Confinados Página 2 de 3
1. OBJETIVO
Establecer el procedimiento a seguir para la seguridad de aquellos trabajadores que realicen
trabajos en espacios confinados.
2. ALCANCE
Se aplica a todo el personal que realice trabajos en espacios confinados.
3. DEFINICIONES
3.1 Espacio Confinado
Es cualquier espacio cerrado que tiene formas de ingresos limitados y restringidos y no están
designados para su ocupación permanente. El espacio confinado puede presentar
adicionalmente riesgos de atmósfera peligrosa, atrapamiento, asfixia u otro riesgo a la salud o
a la seguridad.
3.2 Atmósferas peligrosas
Cuando se cumplan una o más de las siguientes condiciones:
• El nivel de oxígeno no permita la respiración en forma natural.
• Cuando la atmósfera es inflamable.
• Haya evidencia de gases tóxicos.
4. REFERENCIAS
4.1 P.MT.003 Ejecución de Actividades de Mantenimiento
4.2 I.SG.0A.003 Equipos de protección personal.
5. RESPONSABILIDADES
5.1 Todo el personal que realice trabajos en espacios confinados deberá cumplir con lo
establecido en la presente instrucción.
5.2 Los supervisores verifican el cumplimiento de la presente instrucción, el entrenamiento de
sus trabajadores y uso de equipamiento adecuado.
5.3 El Departamento de Seguridad es el responsable de proveer entrenamiento y monitorear el
cumplimiento de la presente instrucción.
6. PERSONAL, MATERIALES E INSTRUMENTOS
Se utilizarán los EPP de acuerdo al I.SG.OA.003 Equipos de Protección Personal.
7. CONDICIONES TÉCNICAS, SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE
7.1 Ningún empleado podrá ingresar a un Espacio Confinado sin el respectivo permiso de trabajo
según el procedimiento P.MT.003 Ejecución de Actividades de Mantenimiento.
7.2 Cuando se vayan a ejecutar trabajos poco rutinarios, de elevada criticidad, en atmósferas
peligrosas o se tengan duda de los riesgos de exposición, el supervisor de turno deberá
coordinar, antes de ejecutar el trabajo, con el departamento de seguridad para identificar las
medidas preventivas necesarias.
Fecha de aprobación Visto por: Organización Normativa Aprobado por: Gerencia de Explotación
18/02/04 Guillermo Lozada Julián Cabello
Este documento una vez impreso se convertirá en una copia no controlada, antes de
su uso contraste con la información de la red o consulte con la Organización
Normativa de Edegel
3. I.SG.OA.008 Rev:03 Trabajos en Espacios Confinados Página 3 de 3
8. CONTENIDO
8.1 El trabajo se deberá realizar con un mínimo de dos personas.
8.2 Se deberá aplicar el procedimiento P.MT.003 Ejecución de Actividades de Mantenimiento.
8.3 El ingreso deberá restringirse a personal autorizado y deberá indicarse con una señalización.
8.4 El personal utilizará los equipos de protección personal necesarios según lo establecido en la
instrucción I.SG.OA.003 Equipos de Protección Personal.
8.5 El responsable del trabajo se asegurará que los requerimientos indicados en el permiso sean
implementados y que todas las personas autorizadas a ingresar hayan sido capacitadas y
que están enterados de los riesgos potenciales.
8.6 Posteriormente se realizará el drenado (si es posible) ó purgado, dependiendo del espacio al
que se ingresará y las condiciones iniciales en las que se encuentre. Adicionalmente, no
deberán existir diferencias significativas de presión entre el espacio a entrar y la atmósfera
exterior.
8.7 Las fuentes de energía dentro y en el espacio serán bloqueadas de acuerdo con el permiso
de trabajo y las instrucciones correspondientes. Asimismo todos las equipos serán de baja
tensión.
8.8Se deberá tener cuidado de que el personal fuera del espacio no sea expuesto a vapores tóxicos
o inflamables durante la ventilación. Se deberá continuar con la ventilación durante el trabajo.
8.90 Después de que el Responsable del Trabajo haya verificado personalmente que los
Requerimientos de Entrada del Espacio Confinado no tengan ningún riesgo contra la salud
del personal, autorizará la entrada a dicho espacio para proceder con las actividades
programadas firmando el formato F.GE.OA.010 Permiso de Trabajo, según el procedimiento
P.MT.003 Ejecución de Actividades de Mantenimiento.
8.10 Se debe proveer adecuada iluminación para el ingreso y salida segura, especialmente en las
cercanías de escaleras fijas o portátiles, plataformas, etc.
8.11 Al finalizar el trabajo, se debe retirar todas las herramientas, equipos y personal del recinto,
el Responsable del Trabajo deberá realizar una contabilización de las herramientas o una
inspección final de forma de asegurar que todo el equipamiento haya sido retirado, que todo
el personal se encuentra afuera, y que el espacio haya sido limpiado. Posteriormente el
recinto deberá ser cerrado.
9. Registros y Anexos:
No aplicable.
Fecha de aprobación Visto por: Organización Normativa Aprobado por: Gerencia de Explotación
18/02/04 Guillermo Lozada Julián Cabello
Este documento una vez impreso se convertirá en una copia no controlada, antes de
su uso contraste con la información de la red o consulte con la Organización
Normativa de Edegel