ACERTIJO DE LA BANDERA OLÍMPICA CON ECUACIONES DE LA CIRCUNFERENCIA. Por JAVI...
El linchamiento mediatico
1. EL LINCHAMIENTO MEDIATICO
Después de casi cuatro años de discusión, la Asamblea Nacional de Ecuador
aprobó este viernes la Ley de Comunicación, gracias a la votación de una
mayoría absoluta del oficialista Alianza País.
El nuevo texto legal establece una serie de regulaciones a medios y
periodistas, a la vez que fija normativas en diversos ámbitos de la
comunicación.
Y allí se inserta un castigo contra el llamado "linchamiento mediático", que a
algunos les parece una restricción a la libertad de prensa.
La norma lo define como "la difusión de información que, de manera directa o a
través de terceros, sea producida de forma concertada y publicada
reiterativamente a través de uno o más medios de comunicación, con el
propósito de desprestigiar a una persona natural o jurídica, o reducir su
credibilidad pública".
Entre los cambios que propone el Ejecutivo también consta la eliminación de la
figura de linchamiento mediático. La Defensoría del Pueblo será la que recepte
las denuncias antes procesadas por la Supercom.
La LOC disponía que la Supercom reciba las denuncias de cualquier ciudadano
u organización y "luego de comprobar la veracidad de lo denunciado", la
entidad emite una amonestación escrita, "siempre que no constituya una
infracción que amerite otra sanción o medida administrativa establecida en esta
Ley".
El art. 26 de la actual LOC define que el 'linchamiento mediático' se da cuando
"de manera directa o a través de terceros, sea producida de forma concertada y
publicada reiterativamente a través de uno o más medios de comunicación con
el propósito de desprestigiar a una persona natural o jurídica o reducir su
credibilidad pública".
Además, indica la eventual creación de un Observatorio de Derechos Humanos
y Justicia, así como la reclasificación de los Medios Públicos, en Medios
Públicos al Servicio Institucional y Medios Públicos al Servicio de los
Ciudadanos. Para estos últimos, se elaborará un reglamento que determine
parámetros para su conformación, funcionamiento y financiamiento.
El debate de fondo, que no quieren dar algunos medios corporativos de nuestra
región, es hasta qué punto se puede seguir aludiendo a una supuesta “libertad
de prensa” que para algunos no es más que una “libertad de empresa”. ¿Por
qué la SIP defiende a los grandes conglomerados, como en este caso, y no a la
población a la que se la somete a una información no corroborada? ¿Qué
intereses concretos habrá tenido Teleamazonas para intentar desacreditar la
compra de medicamentos que llevó adelante el Gobierno ecuatoriano? ¿Por
qué Clarín habla de un “informe que criticó” al Gobierno cuando claramente se
ha evidenciado el sesgo proporcionado por Teleamazonas, algo que va por
lejos más allá de una simple “crítica”? Son preguntas que quedan rebotando en
2. el aire cuando uno se pone a analizar fríamente la información que llega desde
aquel país. Nuestra región debe darse una profunda discusión sobre el rol de
los medios de comunicación concentrados en relación al andamiaje social.
Ecuador es, por su legislación progresiva y su intento consecuente por
desarrollar un debate en relación a este eje, un interesante punto de partida
para ello. El caso de Teleamazonas y su “linchamiento mediático” al Estado
ecuatoriano demuestran que no todo es posible en materia comunicacional.