3. TECNOLOGIA DE INFORMACION Y COMUNICACION Según, Miratia (2005), define las TIC como: “E l universo de dos conjuntos, representados por las tradicionales Tecnologías de la Comunicación (TC) - constituidas principalmente por la radio, la televisión y la telefonía convencional - y por las Tecnologías de la información (TI) caracterizadas por la digitalización de las tecnologías de registros de contenidos (informática, las comunicaciones y telemática)” L A S T I C
4.
5. T I C Y E D U C A C I O N Area (2001). "El uso de las TIC con fines educativos prometen abrir nuevas dimensiones y posibilidades en los procesos de enseñanza, ofertan gran cantidad de información; permite mayor individualización del proceso instructivo adecuándolo a las necesidades particulares de cada usuario; provocando la motivación del usuario; ayudan a superar las limitaciones temporales y/o distancias geográficas entre docentes y alumnos, facilitan extender la formación más allá de la enseñanza presencial”
6. T I C EN EL AULA Se apoya la clase con recursos tecnológicos (Internet, Equipos de Proyección, Computadores, Portaliles, Etc…...) Los participantes presentan sus trabajos en editores de texto, envió por e-mail
7. T I C EN EL AULA Las evaluaciones son pruebas objetivas ante un ordenador Existen distintos modelos de educación: Virtual, Foros, Conferencias, Chat, Blog, Correo electrónico, Sitio Web, Espacios Virtuales….
8. Es de Hacer Notar que las TIC no son la solución a todo….. Ni Tampoco representa un cambio radical de la Educación Tradicional Perez (2005), comenta lo siguiente. “La disponibilidad de las TIC por parte de los facilitadores y participantes no suponen el fin de los aprendizajes basados en la memorización y la reproducción de los contenidos, ni la consolidación de planteamientos socio-constructivistas del aprendizaje”
9. BASES LEGALES Artículos 108 de la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela (1999): “ Los centros educativos deben incorporar el conocimiento y aplicación de las nuevas tecnologías, de sus innovaciones, según los requisitos que establezca la ley”
10. BASES LEGALES Decreto 825 s obre Internet como prioridad (2000). Declara el acceso y el uso de Internet como política prioritaria para el desarrollo cultural, económico, social y político de la República Bolivariana de Venezuela. Ordena que en un plazo no mayor de tres (3) años, el cincuenta por ciento (50%) de los programas educativos de educación básica y diversificada deberán estar disponibles en formatos de Internet, de manera tal que permitan el aprovechamiento de las facilidades interactivas.