LABERINTOS DE DISCIPLINAS DEL PENTATLÓN OLÍMPICO MODERNO. Por JAVIER SOLIS NO...
Comunicado 001 pcd2018
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Dirección Regional de
Educación Tacna
Unidad de Gestión
Educativa Local Tacna
Comité de
Contratación 2018
COMUNICADO 001-2018
Precisiones generales del proceso de Contratación del Servicio Docente 2018
El Comité de Contratación Docente 2018, en virtud de lo señalado por DITEN, comunica a todos los Docentes
interesados lo siguiente:
✓ El proceso de Contratación del Servicio Docente para el presente año 2018, se realizará bajo el marco
normativo del D.S. 001-2017 MINEDU, que aprueba la Norma que regula el procedimiento, requisitos y
condiciones para las contrataciones en el marco del contrato del servicio docente a que hace referencia
la Ley N° 30328.
✓ La adjudicación de plazas se realizará en estricto orden de mérito.
✓ Para el presente año 2018, no se realizará renovación de contrato, debido a que dicho procedimiento se
efectúa después del primer año de vigencia de los cuadros de mérito de la Prueba (numeral 7.1 de la
norma técnica).
✓ Los documentos a presentar por parte de los postulantes al momento de la adjudicación:
➢ Título Profesional Pedagógico o Título de Segunda Especialidad Profesional en Educación,
debidamente registrado(s). – (en Copia Fedateada o Legalizada)
➢ Copia del DNI vigente, Carné de Identidad o de Extranjería, según corresponda
➢ Curriculum Vitae documentado – (en Copia Simple)
➢ Declaración Jurada de acuerdo al formato adjunto (anexo 5)
➢ Propuesta del promotor/director de la IE con el visto bueno de la ONDEC/ODEC, en caso opte por
una plaza vacante de una institución educativa por convenio con la Iglesia Católica.*
➢ Propuesta del obispo o del director de la ODEC, en caso opte por una plaza vacante
del Área Curricular de Religión*
*Las IIEE por convenio o parroquiales y postulantes a plazas de Religión, deberán ceñirse a lo estipulado en el numeral
8.9 del DS N°001-2017-MINEDU, el cual indica que deben proponerse a docentes que cuenten con los requisitos
establecidos en la norma y que se encuentren en los cuadros de mérito; debiendo abstenerse de proponer a
postulantes que tengan notas mínimas, cuando existan en el correspondiente cuadro de méritos postulantes con
mejores calificaciones. Asimismo, los postulantes con sus propuestas deben presentarse a los actos públicos, a fin
verificar su expediente y de que se les otorgue el acta de adjudicación; De proponer a un docente que no cumpla los
requisitos establecidos no podrá ser adjudicado.
✓ Aquel docente que se presente a la adjudicación con documentación incompleta no podrá ser
adjudicado. Asimismo, aquel docente que no cuente con su expediente debidamente foliado y con los
anexos debidamente completos, no será adjudicado y el Comité continuará adjudicando al siguiente
postulante en cuadro de mérito.
✓ El Comité de Contratación Docente 2018, llamará tres veces a cada postulante del cuadro de méritos, en
acto público; de no presentarse será considerado ausente y procederá a aplicarse lo señalado en el
numeral 6.2.11 de la norma técnica.
“6.2.11 En caso no se presente el postulante, el acto de adjudicación prosigue con el siguiente docente que figure
en el cuadro de méritos. Los postulantes que no se presenten al acto público de adjudicación o no acrediten a un
representante, son retirados del cuadro de mérito, quedando constancia de ello en acta, limitándose su
participación a la Etapa de Contratación Excepcional”.
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Comité de
Contratación 2018
✓ Todo docente que no pueda asistir al acto público de adjudicación puede acreditar a un representante
mediante un poder con firma legalizada ante notario público o Juez de Paz, quien elige la plaza, presenta
los documentos necesarios y recibe el acta de adjudicación (numeral 6.2.10 de la norma técnica).
“6.2.10 En caso el postulante no pueda asistir a la adjudicación, puede acreditar a un representante mediante un poder con
firma legalizada ante notario público o Juez de Paz, quien elige la plaza, debe presentar los documentos necesarios para la
formación del expediente del postulante y recibe el acta”.
✓ Aquel docente que se encuentre presente en acto público y decida no elegir una plaza vacante, el
Comité procederá a la aplicación de lo señalado en el numeral 6.2.8 de la norma técnica.
“6.2.8 El postulante que se encuentre en el cuadro de méritos y estando presente en el acto público de adjudicación, decida
no elegir una plaza vacante, se considera retirado del cuadro de méritos, quedando constancia de ello, limitándose su
participación en la Etapa de Contratación Excepcional.
✓ Aquel docente que renuncie a su adjudicación o contrato, el Comité procederá a aplicar lo señalado en el
numeral 5.5.21 de la norma técnica.
“5.5.21 La renuncia del postulante adjudicado o de un profesor contratado, lo excluye definitivamente del cuadro de méritos
correspondiente. El renunciante solo podrá participar en convocatorias de la Etapa de Contratación Excepcional”.
✓ Toda documentación presentada por el postulante ante una adjudicación o Contratación docente son
pasibles de ser verificados por el Comité y de que se tomen las acciones que ameriten. Ello incluye la
verificación de posibles sanciones o procesos administrativos disciplinarios vigentes del postulante,
documentación falsa o adulterada, entre otros.
✓ El proceso de contratación de ETP se llevará a cabo a partir del 01/02/2018, considerándose en la
tercera etapa de adjudicación.
Atentamente,
Comité de Contratación Docente 2018