MATERIALES Y EQUIPOS PARA UNA ESTACIÓN HIDROPÓNICA NFT soporte.pptx
Ayuntamiento de Madrid
1.
2. • El alcalde dirige la administración municipal,
preside y representa al ayuntamiento.
• Es elegido entre los concejales por mayoría
absoluta, los cuales son a su vez elegidos por
los vecinos.
3. • Conservar el orden público.
• Dirigir la acción administrativa.
• Presentar los proyectos que se quieran llevar a
cabo.
• Suprimir o fusionar entidades y dependencia.
4. • Si existe un régimen de concejo
abierto (menos de 100 habitantes), los vecinos
eligen al alcalde directamente por mayoría,
este también se le conoce por el nombre
de postor o alcalde pedáneo.
5. • Existen dos fórmulas de elecciones,
dependiendo del número de habitantes del
municipio.
6. • Si el municipio tiene una población entre 100
y 250 habitantes, se elige el método de listas
abiertas.
7. • En una misma papeleta figuran los candidatos
de todos los partidos, y los electores deberán
seleccionar un determinado número de ellos.
Los más votados serán nombrados concejales,
los cuales, posteriormente, elegirán al alcalde.
8. • En el resto de los casos, los partidos concurren
en listas cerradas. La asignación de concejales
se realizará en función de la Ley d'Hont,
concejales que, serán los que posteriormente
elijan al alcalde de entre generalmente, los
cabezas de lista de cada partido.
9. 1 2 3 4 5
A 128.000 64.000 42.666 32.000 25.600
B 80.000 40.000 26.666 20.000 16.000
C 52.000 26.000 17.333 13.000 10.400
D 40.000 20.000 13.333 10.000 8.000
10. • Si el partido ganador ha obtenido la mayoría
absoluta de los concejales, en la posterior
votación entre los trabajadores del
ayuntamiento para elegir alcalde no habrá
problema en que este pertenezca a la
formación política ganadora.
11. • Si por el contrario, nadie ha obtenido la
mayoría absoluta de los concejales, se busca
el establecimiento de pactos entre los
partidos para conformar mayorías de gobierno
estables, y como resultado de estos no
necesariamente el alcalde ha de pertenecer al
partido con mayor número de concejales.
12. • Concejal es un cargo electo en
las administraciones municipales en la
mayoría de los países de lengua española .
13. • Los concejales forman el órgano colegiado que
ejerce el gobierno municipal, y que recibe
distintos nombres según el país y periodo
histórico (concejo municipal, ayuntamiento,
etc.).
14. • Son elegidos y ejercen su mandato por un
período cuya duración suele ser cuatro años.
• reglamentar las funciones y presentación de
servicios
• Votar los proyectos que se quieran llevar a
cabo
15. • Autorizar al alcalde para hacer contratos
• Determinar la estructura de la administración
publica
16. • Tienen como función la promoción del
desarrollo del municipio dentro de diversas
áreas
(educación, cultura, sanidad, transportes, eco
nomía, hacienda, parques y jardines, obras
públicas, urbanismo, etc.)
17. • Suele aplicarse la expresión latina edil como
epíteto para denominar a los concejales, o al
propio alcalde.
18. • En la Edad Media y el Antiguo Régimen, tanto
en España como en la América Española, se
utilizaba el nombre de regidores,
19. Los órganos de gobiernos municipales son los
siguientes: Asamblea plenaria, Comité
ejecutivo y los Comités Sectoriales.
20. • Está integrada por todos los alcaldes de las
ciudades.
• La asamblea plenaria se convoca cada dos
años
• Se convoca con carácter ordinario
21. • Compuesto por 2 presidentes, 6
vicepresidentes y el secretario general
ejecutivo.
• Se reúne cada seis meses.
22. • Este órgano tiene plenas facultades de
dirección, gestión y ejecución.
23. • Está conformado por todas las ciudades que
quieran participar.
• Está presidido por el alcalde.
• Se reúnen cada año.
24. • En este órgano se estudian y se debaten
materias específicas que se tengan que tratar
con lo sucedido en el año en que se convocan.