Derecho a la atencion sanitaria lo que dicen las leyes en el periodo transitorio 2012 def
1. Derecho a la atención sanitaria: qué dicen las leyes
Ciudadanos españoles:
Desde la entrada en vigor el 1 de enero de 2012 de la Ley General de Salud Pública, (33/2011),
pactada y aprobada por PP y PSOE, se extiende la asistencia sanitaria pública a todos los españoles
residentes en el territorio nacional, “INCLUSO LAS PERSONAS QUE HAYAN AGOTADO LA
PRESTACIÓN O EL SUBSIDIO DE DESEMPLEO”. Según un principio básico en Derecho, ninguna ley
o disposición de rango inferior puede contravenir estas disposiciones.
O sea, todos los españoles residentes en España tienen derecho a la
atención sanitaria desde el 1 de enero de 2012.
No existen tarjetas caducadas por finalización de las prestaciones
Si ves tus derechos vulnerados, por favor llámanos: Metges del Món Illes Balears. TF 971 751 342 illesbalears@medicosdelmundo.org
2. Personas migrantes:
El derecho a la atención sanitaria está contenido en la Ley Orgánica 4/2000 sobre derechos y
libertades de los extranjeros, confirmada por la Ley Orgánica 2/2009
Según un principio básico en Derecho, ninguna ley o disposición de rango inferior puede
contravenir estas disposiciones. Es decir, nunca una disposición de rango inferior a una Ley
Orgánica, la de mayor rango en España.
¿Qué derecho garantiza a la población inmigrante esas dos leyes:
1. Personas inscritas en el padrón del municipio en que residan: atención sanitaria en las
mismas condiciones que a los españoles (es decir, con tarjeta sanitaria que pueden obtener
estando empadronados, sea cual sea su situación administrativa, regular o irregular.
2. Sin el requisito de estar empadronado, ni ningún otro requisito, tienen derecho a la
atención sanitaria:
a. Asistencia sanitaria pública de urgencia
b. Menores de 18 años
c. Mujeres embarazadas durante embarazo, parto y puerperio.
Las personas extranjeras sin tarjeta sanitaria no tendrían pues, por el momento, derecho a la atención
sanitaria no urgente.
Ley Orgánica 2/2009, de reforma de la Ley 4/2000
Si ves tus derechos vulnerados, por favor llámanos: Metges del Món Illes Balears. TF 971 751 342 illesbalears@medicosdelmundo.org
3. ¿Y las personas inmigrantes a quienes “caduca” la tarjeta sanitaria?
Pueden obtener la tarjeta de personas sin recursos.
¿Qué hace falta? ¿Un documento de Hacienda, o de su país de origen?
NO.
1. BASTA UN INFORME DE CUALQUIER TRABAJADOR/A SOCIAL QUE TRABAJE EN UN CENTRO
PÚBLICO QUE INDIQUE QUE ESA PERSONA NO TIENE RECURSOS.
2. EN ULTIMA INSTANCIA, UNA DECLARACIÓN DE LA PERSONA INTERESADA.
DE CUALQUIER MODO, SIN TARJETA SANITARIA NI OTRO DOCUMENTO, LAS PERSONAS
INMIGRANTES SIEMPRE TIENEN DERECHO A LA ASISTENCIA SANITARIA EN TRES
CASOS:
1. Si son menores de 18 años.
2. Si son mujeres embarazadas.
3. Si requieren atención urgente
Si ves tus derechos vulnerados, por favor llámanos: Metges del Món Illes Balears. TF 971 751 342 illesbalears@medicosdelmundo.org
4. ¿ALGUNA DUDA SOBRE ESTOS DERECHOS?
Real Decreto – Ley 16/2012
Disposición transitoria primera. Régimen transitorio de acceso a la asistencia sanitaria en España.
Las personas que, con anterioridad a la entrada en vigor de este real decreto-ley, tuvieran acceso a la
asistencia sanitaria en España, podrán seguir accediendo a la misma hasta el día 31 de agosto de 2012 sin
necesidad de acreditar la condición de asegurado en los términos previstos en el artículo 3 de la Ley
16/2003, de 28 de mayo.
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