Análisis de la Carta Iberoamericana de Gobierno Electrónico
1. UNIVERSIDAD FERMÍN TORO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO
Carta Iberoamericana de Gobierno
Electrónico.
Integrante:
Leyda Linares C.I.: V-15.093.942
Sección: Saia N
Profesor: Juan Capote.
2. La Carta Iberoamericana de Gobierno
Electrónico.
Hoy les hablare de uno de los documentos logrados por el CLAD que es un
organismo público internacional, de carácter intergubernamental que se constituyó
en el año 1972, bajo la iniciativa de los gobiernos de México, Perú y Venezuela,
con la idea de establecer una entidad regional que tuviera como centro de su
actividad la modernización de las administraciones públicas, dicho documento es
La Carta Iberoamericana de Gobierno Electrónico: la cual fue aprobada
durante la IX Conferencia Iberoamericana de Ministros de Administración Pública y
Reforma del Estado, en Pucón, Chile, durante el año 2007. Su principal
orientación gira en torno al reconocimiento del derecho de los ciudadanos a
relacionarse electrónicamente con el Estado y la progresiva responsabilidad de los
gobiernos en suministrar las herramientas necesarias para compensar ese
derecho.
La Carta está estructurada en: un preámbulo y tres capítulos.
En el Preámbulo se anuncian los antecedentes en cuanto a acuerdos
internacionales, se fijan las grandes líneas que enmarcan el texto, centradas
fundamentalmente en la Sociedad de la Información y el Conocimiento, la
participación y el fortalecimiento de la democracia.
El Capítulo Primero tiene por título “Finalidad y Ámbito de la Carta”. Define,
en primer término, los Objetivos. Sigue con un listado de Finalidades y después
con algunos Conceptos. Tal el caso de Gobierno Electrónico y Administración
Electrónica donde se reconoce que se trata de términos iguales para la
comprensión de la Carta.
El Capítulo Segundo se dedica al “Derecho al Gobierno Electrónico”. Alude
al derecho de relacionarse electrónicamente tanto el ciudadano con el gobierno,
3. como en el gobierno con el ciudadano, los efectos en cuanto derechos de esa
relación, los instrumentos del Gobierno Electrónico, la seguridad, las direcciones
electrónicas, los sitios electrónicos, los criterios para determinar el régimen de
documentos y archivos electrónicos, las consecuencias del Gobierno Electrónico
sobre el Derecho Administrativo y la protección de datos personales.
El Capítulo Tercero, trata de las “Condiciones Generales para el
Establecimiento y Desarrollo del Gobierno Electrónico”, se dedica a contemplar las
medidas complementarias necesarias para producir el tránsito de los sistemas
actuales a otros más integrados donde se contemplen la interoperabilidad en sus
distintos niveles: locales, nacionales, regionales e internacionales. Continúa con la
preparación de las Administraciones Públicas, la planificación de Gobierno
Electrónico con participación multisectorial, la usabilidad de los sistemas, la
inclusión digital, la integración de procesos y servicios.
Como es conocido por todos, la administración pública comienza a adoptar
nuevos mecanismos de interacción que mediante sistemas informáticos cada vez
más desarrollados, son capaces de brindar respuestas a un número
indeterminados de personas que sin necesidad de desplazarse obtienen las
soluciones buscadas.
La Carta Iberoamericana reconoce el derecho de acceso electrónico a las
Administraciones Públicas. Por un lado, reconoce a los ciudadanos un derecho
que les facilite su participación en la gestión pública y sus relaciones con las
Administraciones Públicas y que contribuya también a hacer éstas más
transparentes y respetuosas con el principio de igualdad, a la vez que más
eficaces y eficientes y, por el otro lado, como objetivo estratégico e indirecto, el de
promover la construcción de una sociedad de información y conocimiento,
centrada en las personas y orientada al desarrollo.
En ella queda establecido, el derecho del ciudadano a conocer, con la
facilidad que implican los medios electrónicos, lo que está haciendo la
Administración, tornándola más transparente y, por ello mismo, más controlable
4. para luchar contra la corrupción y generar confianza en los ciudadanos. Tienen
también los ciudadanos el derecho de promover la inclusión y la igualdad de
oportunidades, de forma que todos los ciudadanos puedan acceder, cualquiera
que sea su situación territorial o social, a los beneficios que procura la sociedad
del conocimiento. Otro de los derechos, clásicos desde este tipo de perspectiva,
es la de participar activamente emitiendo opiniones, sugerencias y en general en
el seguimiento de toma de decisiones, así como sobre el tipo de servicios que el
Estado provee y el modo de suministrarlo, la Carta reconoce el rol insustituible que
le corresponde a los Estados en estas materias, para garantizar la universalización
a toda la población y la continuidad de los servicios electrónicos y el
fortalecimiento de la democracia.
En esta carta se realzan los Principios de:
Igualdad: uso de los medios electrónicos sin restricciones o
discriminaciones por todos los ciudadanos.
Legalidad: las garantías de privacidad y cualquier otra que se deriva de los
modos tradicionales de interacción permanecen.
Conservación: las comunicaciones y documentos electrónicos se conservan
en las mismas condiciones que por los medios tradicionales.
Transparencia y Accesibilidad: la información de las administraciones y el
conocimiento deben hacerse en un lenguaje comprensible según el perfil
del destinatario.
Proporcionalidad: los requerimientos de seguridad son adecuados a la
naturaleza de la relación.
Responsabilidad: Administración y Gobierno responden por sus actos de la
misma manera que en los medios tradicionales.
Adecuación Tecnológica: las administraciones elegirán las tecnologías más
adecuadas.
Se recomienda el uso de estándares abiertos y de software libre en razón
de sostenibilidad a largo plazo, prevenir que el conocimiento público no sea
privatizado y la seguridad, porque uno de los puntos transcendentales en
5. cualquier política de Gobierno Electrónico es de la Seguridad y ello no sólo por
cuanto la seguridad jurídica y física es necesaria para las operaciones y
transacciones de todo tipo sino porque aquella aporta el elemento de confiabilidad
necesario en tanto los documentos electrónicos son elementos intangibles.
Respecto a esta problemática, la Carta establece que los Estados
iberoamericanos aprobarán las normas jurídicas y técnicas necesarias para que
los ciudadanos y las Administraciones Públicas en sus relaciones electrónicas
puedan tener seguridad y confianza, tanto en lo que se refiere a la identidad de la
persona, órgano o institución que se comunica, como en lo que se refiere a la
autenticidad e integridad del contenido de la comunicación, así como,
consecuentemente, en la imposibilidad de ser repudiada por el emisor.
La presente Carta reconoce un derecho al ciudadano que le abre múltiples
posibilidades de acceder más fácilmente a las Administraciones Públicas y de esa
manera: Hacerlas más transparentes y, por ello mismo, más controlables
contribuyendo a luchar contra la corrupción y generando la confianza de los
ciudadanos. Eliminar las barreras que el espacio y el tiempo ponen entre los
ciudadanos y sus Administraciones y que alejan al ciudadano del interés por la
cosa pública. Promover la inclusión y la igualdad de oportunidades de forma que
todos los ciudadanos puedan acceder, cualquiera que sea su situación territorial o
social a los beneficios que procura la sociedad del conocimiento. Participar
activamente emitiendo opiniones, sugerencias y en general en el seguimiento de
toma de decisiones, así como sobre el tipo de servicios que el Estado provee y el
modo de suministrarlo.
Los firmantes de la Carta deberán realizar los esfuerzos necesarios para
garantizar que los principios democráticos de ésta se traduzcan en acciones
concretas, dirigidas a que en el desarrollo de Internet se respeten los derechos de
participación de todos los actores involucrados en el tema, en las decisiones sobre
las políticas públicas que se relacionen con el uso de la red. Se insta a los Estados
que, en la construcción de la Sociedad de la Información y el Conocimiento eviten
adoptar medidas y decisiones unilaterales contrarias al Derecho Internacional,
6. realizando acciones tendentes a contribuir a la plena consecución del desarrollo
económico y social de la población de los países afectados y al bienestar de sus
ciudadanos.
Si se siguen todas las directrices estipuladas en esta carta se logrará
aproximar los Gobiernos y sus respectivas Administraciones a los ciudadanos al
facilitar la comunicación y relación con los mismos por medios electrónicos, se
Incrementara la calidad de los servicios y productos públicos que el Estado tiene
que suministrar a los ciudadanos al mejorar la eficiencia, la eficacia y una mayor
transparencia de la gestión pública, aprovechando la utilización de las TIC en el
Gobierno y en la Administración Pública.
Como el destinatario final del Gobierno electrónico es el ciudadano y la
sociedad, los programas del Estados deben tener en cuenta que los sistemas y
programas deben ser de uso fácil, ser disponibles, accesibles y manejables
intuitivamente por el ciudadano. Paralelamente, en lo que hace a la producción de
contenidos a través de sitios Web u otros medios electrónicos, deberán
incorporarse mecánicas de personalización de sectores específicos para
seleccionar los lenguajes utilizados, identificando permanentemente los perfiles de
usuarios y sus correspondientes necesidades de información y servicios, poniendo
especial atención en la inclusión de personas con discapacidades y de otras etnias
y comunidades indígenas.
También implica habilitar y apoyar los espacios de producción de
contenidos culturales propios con el objetivo de posibilitar la equidad, la
multiculturalidad y el respeto a la diversidad. La preparación de los ciudadanos y la
transformación de la cultura social son fundamentales para una más rápida
implantación del Gobierno Electrónico y de la sociedad de la información y el
conocimiento.
Con todo esto, los ciudadanos deberán tener la capacidad de relacionarse
con sus respectivas administraciones a través de medios electrónicos, con la
7. misma garantía de validez y privacidad de sus comunicaciones conociendo su
status en todo momento.
Es así como el objetivo del presente documento es presentar los principales
aportes que incluyen los documentos propuestos por el Centro Latinoamericano
de Administración para el Desarrollo (CLAD) para que sirvan de punto de partida
ante la necesaria tarea de implementar el gobierno electrónico.
Se puede concluir afirmando que hay un largo camino que recorrer para
lograr un gobierno electrónico eficiente, pero ya se ha recorrido gran parte, y con
esfuerzo y dedicación se lograran los frutos esperados, porque un gobierno
electrónico es aquel que usa las tecnologías de información en la administración
pública para mejorar la información y servicios a los ciudadanos, orientar la
eficacia y eficiencia de la gestión pública, incrementar la transparencia y la
participación ciudadana, o sea, es una meta que vale la pena alcanzar.