PDF propuesto por la Asociación de Travestis, Transexuales y Transgéneros de la Argentina y la Federación Argentina de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Trans (LGBT), en favor del Derecho a la Identidad de Género y Ley de Atención de la Salud para Personas Trans.
1. guía para comunicadoras
y comunicadores
Derecho a la
Identidad
Ley de identidad de género y Ley de atención
integral de la salud para personas Trans
2. Florencia Trinidad
(Flor de la V) es la primera
persona trans de América
Latina que obtuvo —a través
de una acción de amparo
de la FALGBT y ATTTA—
el reconocimiento de su
identidad sin diagnósticos
médicos o psiquiátricos, ni
necesidad de intervenciones
quirúrgicas compulsivas.
Derecho a la
Identidad
a partir de marzo el congreso de la nación comenzará a tratar
dos proyectos de Ley —impulsados desde 2007 por la FaLgBT
y aTTTa— fundamentales para la vida de miles de ciudadanos y
ciudadanas: la Ley de identidad de género y la Ley de atención
integral de la salud para personas Trans. Tratándose de una
cuestión que hace a la dignidad y la calidad de vida de muchas
personas, es responsabilidad de los comunicadores y las
comunicadoras informarse para poder informar. a continuación
respondemos algunas preguntas frecuentes.
¿a quiénes se denomina personas trans? como una enfermedad, y considera que tan-
Una persona trans —expresión que abarca to el derecho a la identidad, como a recibir
a travestis, transexuales y transgéneros— atención médica para su proceso de cambio
es aquella que se identifica, siente y/o ex- corporal, se basan simplemente en el dere-
presa un género diferente al que le ha sido cho humano fundamental a ser quien se es,
asignado desde su nacimiento. y a tener condiciones dignas de vida.
¿se trata de una enfermedad? pero algunas personas trans afirman
En nuestro país, la recientemente pro- tener «disforia de género»...
mulgada Ley Nacional de Salud Mental — Más allá de la libertad que cada uno y cada
Nº 26 657— en su artículo 3º prohíbe ex- una tiene para interpretar y comunicar su
presamente diagnosticar en el campo de la situación personal, no se debe olvidar que
salud mental ningún tipo de dolencia basa- hay una gran desinformación sobre esta
da exclusivamente en la «elección o identi- cuestión. Además, muchas de las personas
dad sexual», lo que ratifica el compromiso que afirman tener disforia de género no
del Estado argentino contra la patologiza- la entienden como una enfermedad, sino
ción de las personas trans (es decir, tratar como un término que refleja la discordancia
su situación como una enfermedad). entre su identidad de género y la forma en
Sin embargo muchos manuales de psi- que su cuerpo es percibido por la sociedad.
quiatría incluyen aún en su listado de desór- Algunos y algunas simplemente repi-
denes mentales al denominado «trastorno ten lo que sus médicos les han afirmado,
de identidad sexual» o «disforia de géne- aunque no vivan la transexualidad como
ro», pero en la actualidad se debate su eli- una patología. Otras personas consideran
minación de la lista de enfermedades psi- que hablar de enfermedad facilita su recla-
quiátricas, como ocurrió entre los años ‘70 mo por la asistencia médica que necesitan
y ‘90 con la homosexualidad. para la construcción corporal de su identi-
Hoy por hoy, la mayor parte de las per- dad o que favorece la comprensión del res-
sonas trans no vive su situación personal to de la sociedad.
3. En cualquier caso, cada vez hay mayor con- ¿en qué consiste la Ley de atención
senso en el ámbito académico y en la socie- sanitaria integral para personas trans?
dad en general de que la identificación de Se trata de un proyecto de ley, cuyo objeto
la transexualidad con una patología contri- es regular el procedimiento que deben lle-
buye a estigmatizar a los y las trans, en tan- var a cabo las y los profesionales de la salud
to el concepto de enfermedad está asociado en los establecimientos asistenciales de los
culturalmente a un sinnúmero de aspectos sistemas de salud público y privado y de las
muy negativos, lo que fomenta la discrimi- obras sociales para la atención médica de
nación y la segregación. las personas trans, en aquellos casos en que
decidan realizar intervenciones para la rea-
¿Qué es la Ley de identidad de género? signación genital, u otros tratamientos hor-
La Ley de Identidad de Género es una ini- monales o quirúrgicos específicos.
ciativa parlamentaria que tiene por objetivo La necesidad de la intervención especia-
proporcionar un marco jurídico que respete lizada no implica en ningún caso el diag-
la identidad de las personas trans —traves- nóstico de una enfermedad, sino el asesora-
tis, transexuales y transgéneros— y garanti- miento y acompañamiento profesional para
ce su libre desarrollo. garantizar integralmente la salud de los/as
El proyecto habilita el reclamo de la rec- ciudadanos/as trans. Se entiende a la salud,
tificación registral del sexo y cambio de en el marco de este proyecto, como el com-
nombre de pila por vía de un trámite admi- pleto bienestar físico, psíquico y social, en
nistrativo ante el Registro Nacional de las conformidad con la identidad y expresión
Personas. Este trámite no presenta requisi- de género asumidas en forma autónoma y
tos específicos, salvo la propia solicitud de de acuerdo con el propio proyecto de vida.
la interesada o el interesado o sus represen-
tantes legales, siendo innecesaria la presen- ¿cómo accede en la actualidad una
tación de diagnóstico médico o psiquiátrico persona trans a la reasignación de sexo?
alguno, ni la realización de ningún tipo de En el proceso de reasignación de sexo hay
cirugía de reasignación genital. dos situaciones diferentes en cuanto al ac-
ceso y legalidad del mismo. Por un lado, en
¿cómo se accede en la actualidad nuestro ordenamiento jurídico no hay pro-
al cambio de datos registrales? hibiciones ni regulaciones en cuanto al ac-
En la actualidad la Ley Nº 18 248 (Ley del ceso a tratamientos hormonales, aunque en
Nombre, dictada por Decreto del enton- muchas ocasiones el acceso a los mismos
ces presidente de facto Juan Carlos Onga- se ve obstaculizado por diferentes motivos.
nía en junio de 1969) establece en su art. 15 De todos modos, algunos municipios y go-
que una vez asentados en la partida de naci- biernos provinciales han avanzado en la for-
miento el nombre y apellido de una perso- mación de equipos médicos especializados
na, los mismos sólo podrán ser reemplaza- para el acompañamiento en los procesos de
dos por orden judicial. cambio corporal. Tal es el caso de las ciuda-
Esto ha determinado que las personas des de Rosario y Buenos Aires, y de las pro-
trans que deseen acceder al reconocimien- vincias de Buenos Aires y Santa Fe.
to estatal de su identidad deban recurrir a En cuanto a las cirugías de reasignación
una presentación judicial solicitándolo, y genital, la Ley Nº 17 732 de Ejercicio de la
litigar en procesos que por lo general sue- Medicina, en su art. 19, establece la «prohi-
len demandar años —en algunos casos has- bición de realizar intervenciones que modi-
ta diez—. Si bien los fallos a la larga suelen fiquen el sexo de una persona».
ser favorables, el resultado siempre depen- Por todo esto, la única forma en que una
de del criterio del juez de la causa. persona trans puede acceder a las cirugías
Por otra parte, estos reconocimientos de reasignación genital en nuestro país es
identitarios por vía de la justicia implican por vía de una orden judicial, previo diag-
—en los casos en que se resuelven favora- nóstico médico o psiquiátrico.
blemente— la obligatoriedad de presentar
diagnósticos médicos o psiquiátricos y de pero si la transexualidad no es una
realización de cirugías de adecuación genital. enfermedad o trastorno, ¿por qué este
Esta obligatoriedad vulnera, por un lado, proyecto establece la obligatoriedad
de acompañamiento de los procesos
el derecho que todas las personas tienen de
de reasignación sexual en el sistema
definir su propio proyecto de vida autóno-
de salud pública y privada?
mamente y sin la intervención del Estado, y
por el otro, impone sobre los cuerpos de las En nuestro sistema sanitario son múltiples las
personas estereotipos largamente arraiga- prácticas médicas que, sin implicar presencia
dos sobre lo masculino y lo femenino. de enfermedades, son de prestación obligato-
4. ria para la salud pública y el sistema de obras ambos están consagrados por la Constitu-
sociales y empresas de medicina prepaga. ción Nacional y los tratados internacionales
Un ejemplo de esto es el embarazo que, de derechos humanos, expresados como de-
no siendo una enfermedad, conlleva una recho a la autonomía, derecho a la identidad
serie de prestaciones obligatorias durante y derecho a la salud.
todo el proceso previo y posterior al par- El derecho a la autonomía implica que
to, con la asistencia profesional correspon- todas las personas pueden definir su pro-
diente. Esto incluye una serie de exámenes pio proyecto de vida, que —siempre y cuan-
médicos que, si bien indagan en la posibi- do no afecte a terceros— está exento de la
lidad de alguna patología, en general no la intervención e injerencia estatal. Y el dere-
encuentran, y aun así deben ser cubiertos cho a la identidad es el derecho a «ser quien
por los prestadores de salud. se es y no otro/a», y a ser reconocido/a y
Otro caso en el cual el Estado asume protegido/a como tal por el Estado, sin con-
una responsabilidad de garantizar servi- dicionamientos.
cios sanitarios en sentido amplio sin haber Por su parte todas las personas gozan —
una enfermedad presupuesta es el de la por el solo hecho de ser personas— del de-
Ley de Salud Sexual y Reproductiva. Esta recho básico a la salud; y esta debe entender-
ley obliga a poner a disposición de quienes se —al decir de la OMS— como «un estado
lo soliciten, toda la información, métodos de completo bienestar físico, mental y social,
y herramientas indispensables para el ejer- y no solamente la ausencia de enfermedad».
cicio pleno e informado de la sexualidad, y Esto obliga a los Estados a generar condicio-
para la planificación familiar. nes en las cuales todas y todos podamos vi-
La necesidad de establecer la obligato- vir lo más saludablemente posible, de acuer-
riedad de la atención sanitaria para la rea- do a diversas condiciones que exceden el
signación de género bien puede interpretar- simple derecho a estar sanas y sanos.
se en este mismo sentido. Esas condiciones comprenden la dis-
ponibilidad garantizada de servicios de
entonces, ¿cuál es el eje del debate? salud, la contención y reconocimiento por
Es muy importante comprender que tanto parte de los entornos familiares y afecti-
el derecho a la identidad como el derecho vos, condiciones de trabajo saludable y
integral a la salud están más allá del deba- seguro, vivienda digna y alimentos nutri-
te sobre si se trata o no de una enfermedad: tivos, entre muchas otras.
IMPORTANTE
Terminar con la patologización
organizaciones y gobiernos de todo el mundo trabajan para que
la transexualidad sea eliminada de los manuales de psiquiatría.
Desde el mes de octubre de 2007 la Red por de la Salud (OMS), que saldrá en 2014.
la Despatologización de las Identidades Trans En febrero de 2010 Francia fue el primer
del Estado Español organiza movilizaciones país que eliminó la transexualidad de su lista
en ciudades de todo el mundo para exigir la de enfermedades mentales. El 17 de mayo de
despatologización de la transexualidad, es de- 2010, en ocasión de la conmemoración del
cir, su eliminación de los listados de desórde- Día Internacional de Lucha contra la homo-
nes psiquiátricos. En el año 2010 participaron fobia y la transfobia, España y Francia solici-
más de cuarenta ciudades y en cada nueva taron a la OMS que retirase la transexualidad
campaña se suman cada vez más. de su lista oficial de enfermedades mentales.
Los gobiernos de España y Francia ya se El Estado Español fue secundado, entre
han pronunciado a favor de la eliminación muchos otros, por el parlamento andaluz y el
de la transexualidad de la lista de enferme- parlamento vasco, así como por sociedades
dades mentales tanto del DSM (Diagnostic científicas, de psicología y sexología clínica,
and Statistical Manual of Mental Disorders) como la Federación Española de Sociedades
de la Asociación Americana de Psiquiatría, de Sexología. En Francia personalidades de la
cuya versión revisada aparecerá en 2012, ciencia, la cultura y la política enviaron tam-
como del CIE (Clasificación Internacional de bién una solicitud a la OMS con igual fin.
Enfermedades) de la Organización Mundial Más información: www.stp2012.info
5. Yo soy
Marcela.
Ella es Marcela.
Yo soy
Alejandro.
La importancia
del lenguaje
algunas dudas comunes
sobre el género gramatical y
el género de las personas.
Tanto para los y las activistas como para los
Él es Alejandro. comunicadores y las comunicadoras socia-
les, el uso de un lenguaje adecuado es fun-
damental, en tanto es la herramienta en base
a la cual se articulan el mensaje a transmitir,
los argumentos y las ideas. Y para la socie-
dad en general, del uso de las palabras ade-
cuadas depende la actitud de comprensión
y respeto hacia los demás que se muestra.
Por ese motivo, es importante tener en
cuenta que la única manera respetuosa de
aludir a las personas trans es respetando su
identidad de género, lo mismo que para cual-
quier otra persona. Esto significa que una
persona que se identifica con el género fe-
menino debe ser aludida mediante el géne-
ro gramatical femenino en sustantivos, ad-
jetivos, artículos y pronombres: es decir que
Más información: será «ella», «la» y «mujer», «niña pequeña»,
Esteban Paulón, Presidente de «linda chica», etc. Del mismo modo, una per-
la FALGBT, (0341) 15 6068171 sona que se identifica con el género masculi-
Marcela Romero, Sec. General no debe ser aludida mediante el género gra-
de la FALGBT, (011) 15 62644182 matical masculino.
Claudia Pía Baudracco, Coherentemente con esto, aquella persona
Sec. Mujeres Trans FALGBT, a la que le fue asignado el género masculino
(011) 15 62642973 en su nacimiento pero se identifica con el gé-
Benjamín Podestá (Tatú), nero femenino será una «mujer trans», «chica
Sec. Varones Trans FALGBT, trans», «trans femenina», etc., mientras que
(0351) 15 3278162 quien haya sido asignado al género femeni-
Francisco Berrizbeitia no en su nacimiento pero se identifique con
(Pancho), Sec. Varones Trans el género masculino será un «hombre trans»,
FALGBT, (0385) 15 4865699 «chico trans», «trans masculino», etc.
6. Glosario
insistiendo en la importancia de comprender las palabras
que usamos, y con el fin de despejar dudas usuales, presentamos
un glosario de términos comunes.
sexo: Clasificación cultural binaria (macho- Transgénero: Persona cuya identidad y/o ex-
hembra / hombre-mujer) de las personas y presión de género no se corresponde nece-
otros seres vivos de acuerdo a criterios ge- sariamente con el género asignado al nacer,
néticos, biológicos, físicos y fisiológicos. sin que esto implique la necesidad de ciru-
Debe observarse, sin embargo, que los cro- gías de reasignación u otras intervenciones
mosomas, las hormonas, las gónadas, las es- de modificación corporal. En algunos casos,
tructuras sexuales internas y los genitales no se identifican con ninguno de los géne-
externos, presentan una diversidad mucho ros convencionales (masculino y femenino).
mayor de lo que se cree.
Travesti: En general, persona a la cual le
género: Construcción social (papeles, ro- fue asignada una identificación sexual
les, comportamientos, caracteres, vesti- masculina al nacer, pero que construye su
menta y otros usos y costumbres) que pue- identidad de género según diferentes ex-
de corresponder a una asignación sexual presiones de femineidad, incluyendo en
normativa (varón/mujer) o a otro tipo de muchos casos modificaciones corporales
construcción social no normativa. a partir de prótesis, hormonas, siliconas,
etc., aunque, en general, sin una correspon-
orientación sexual: Capacidad de sentir dencia femenina en lo genital.
una profunda atracción emocional, afecti-
va y sexual por otras personas. Según esta Transexual: Persona que construye una
atracción esté dirigida a personas de un gé- identidad de género (sentimientos, acti-
nero diferente o igual al propio, o a ambos, tudes, comportamientos, vestimenta, en-
se habla de hétero, homo o bisexualidad. tre otros aspectos) diferente a la que le
fue asignada en su nacimiento. En muchas
identidad de género: Vivencia interna e in- oportunidades requieren para la construc-
dividual del género tal como cada persona ción corporal de su identidad tratamientos
la siente profundamente, la cual podría co- hormonales y/o quirúrgicos incluyendo in-
rresponder o no con el sexo asignado al mo- tervenciones de reconstrucción genital.
mento del nacimiento. No debe confundirse
con la orientación sexual, de la que es in- interesex/intersexual: Persona cuyo cuer-
dependiente, puesto que las personas trans po sexuado (sus cromosomas, gónadas, ór-
pueden ser hétero, homo o bisexuales. ganos reproductivos y/o genitales) no en-
cuadra dentro de los estándares sexuales
expresión de género: Exteriorización de la masculinos ni femeninos que constituyen
identidad de género de una persona, inclu- normativamente la diferencia sexual prome-
yendo la expresión de la identidad o la per- dio. Tradicionalmente se ha utilizado el tér-
sonalidad mediante el lenguaje, la aparien- mino «hermafrodita», hoy desaconsejado.
cia y el comportamiento, la vestimenta, las
características corporales, la elección del Homofobia, lesbofobia, transfobia, bifobia:
propio nombre, etc. Una percepción o mirada deliberada indi-
DISEÑO: ALEJANDRO DE LORENZO
vidual, grupal o social que expresa una vi-
Trans: Expresión genérica que engloba a sión intensamente negativa acerca de gays,
travestis, transexuales y transgéneros. Debe lesbianas, trans y bisexuales. Sin embargo,
tenerse en cuenta que estas categorías no se desaconseja el uso de estas expresiones,
son completamente excluyentes y que por ya que tales «fobias» podrían ser interpre-
diferentes motivos su significado varía en- tadas como una enfermedad, lo que eximi-
tre países, incluso entre hispanohablantes. ría de responsabilidad a quien discrimina.
E-mail: info@attta.org E-mail: federacion@lgbt.org.ar
Sitio web: www.attta.org Sitio web: www.lgbt.org.ar