(1) Se otorga una licencia sin goce de remuneraciones por capacitación no oficializada al servidor Felipe Oscco Herhuay desde el 17 de mayo de 2011 hasta el 17 de febrero de 2012. (2) Los servidores tienen derecho a licencias por motivos particulares de hasta un año según las necesidades del servicio, y las licencias no cuentan como tiempo de servicio. (3) La solicitud de licencia fue aprobada según las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades.