1. ACTA CONSTITUTIVA DE UNA SOCIEDAD COOPERATIVA
Toluca de Lerdo, Estado de México en los Estados Unidos Mexicanos;
siendo las 14:00 hrs. Del Día Veintitrés de Mayo de 2017, Los C.C. LIZETH
OLIVARES SÚAREZ, KARLA JOELY RAMIREZ PINEDA, BRENDA ESTEFANÍA
LÓPEZ LÓPEZ, CARLOS ALBERTO DAVID PAREDES MEJIA Y SAMUEL GARCÍA
MENDOZA, expresaron su voluntad de celebrar una Asamblea General para
la Constitución de una Sociedad Cooperativa denominada “COOPERATIVA
BBG”, SOCIEDAD COOPERATIVA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA o de sus
siglas S.C. de R.L. --------------------------------------------------------------------------
Comparecen las personas que aparecen relacionadas y suscribiendo la
presente acta y cuyo desarrollo de asamblea se sujeta al siguiente: --------------
--------------------------------ORDEN DEL DIA---------------------------------------
1. Lista de presentes.---------------------------------------------------------------------
2. Exposición de motivos para la Constitución de la Persona Jurídica.-------
3. Presentación, deliberación y resolución de los estatutos que
constituyen las bases constitutivas.------------------------------------------------
4. Resolución sobrela Constitución de la Persona Jurídica.---------------------
5. Constitución de los Comités de Administración y de vigilancia y en su
caso toma de protesta de sus cargos.---------------------------------------------
6. Designación de la persona que con el carácter de Delegado Especial de
la Asamblea General Constitutiva comparecerá a realizar los trámites
correspondientes para la inscripción y registro de la sociedad ante las
autoridades competentes.-----------------------------------------------------------
----------------------------------------------------------------------------------------------
Por decisión de los concurrentes preside la asamblea la C. LIZETH
OLIVARES SUARÉZ y designa al C. CARLOS ALBERTO DAVID PAREDES MEJIA
con el carácter de Secretario de la misma y como Escrutadores a los C.C.
KARLA JOELY RAMIREZ PINEDA, BRENDA ESTEFANÍA LÓPEZ LÓPEZ Y SAMUEL
GARCÍA MENDOZA, quienes pasan a tomar posesión de cargos.------------------
-------------------------------------------------------------------------------------------------------
En desahogo del primer punto del orden del día se procede a pasar
lista y relación de los asistentes, que a continuación se realiza encontrándose
presentes los C.C. LIZETH OLIVARES SÚAREZ, KARLA JOELY RAMIREZ
PINEDA, BRENDA ESTEFANÍA LÓPEZ LÓPEZ, CARLOS ALBERTO DAVID
PAREDES MEJIA Y SAMUEL GARCÍA MENDOZA.---------------------------------------
2. En desahogo del segundo punto del orden del día el Presidente de
Asamblea hace saber a los asistentes, que dadas las condiciones actuales
económicas de la necesidad de conjugar esfuerzos para crear empleos y
mantener el bien común de su familia se conviene la constitución de una
persona jurídica que con personalidad y patrimonio propio distinto a los
socios que la componen tenga a su cargo defensa común de intereses, el
aprovechamiento óptimo de los recursos humanos bajo el esquema de
cooperación y compañerismo, se propone la figura jurídica de la SOCIEDAD
COOPERATIVA, por considerarla que es la más adecuada a los fines de ayuda
mutua, conjunción de esfuerzos y manutención de su bienestar común.--------
Puesto a la consideración de la Asamblea después de hechas las
liberaciones, exposiciones y aclaraciones correspondientes por unanimidad
de los concurrentes se acuerda la constitución de una SOCIEDA
COOPERATIVA cuya denominación se solicitó y obtuvo previamente de la
Secretaría de Relaciones Exteriores, según permiso 1345789 con expediente
2017829281 folio MK7162534 de fecha 7 de enero de 2017, para lo cual y en
desahogo del siguiente punto del orden del día se proponen las siguientes
bases constitutivas contenidas en las siguientes:---------------------------------------
-------------------------------------------------------------------------------------------------------
-------------CLAÚSULAS DELA DENOMINACIÓN, RÉGIMENY DURACIÓN---------
-------------------------------------------------------------------------------------------------------
PRIMERA.- Los comparecientes cuyos nombres y demás generales se
tiene aquí por reproducidos para todos los efectos legales constituyen de
conformidad con la Ley de Sociedades Cooperativas la persona jurídica que
se dé denomina: “COOPERATIVA BBG” SOCIEDAD COOPERATIVA DE
RESPONSABILIDAD LIMITADA o de su abreviatura S.C. DE R.L. ---------------------
SEGUNDA.- El domicilio de la sociedad será en Calle Ruta de la
Independencia, Número 100, Colonia Independencia en esta Ciudad de
Toluca Estado de México; pero podrá establecer sucursales o agencias y
elegir domicilios convencionales en cualquier otro lugar de la República
Mexicana o del Extranjero.-------------------------------------------------------------------
TERCERA.- Esta sociedad cooperativa tendrá como objetos los
siguientes: ----------------------------------------------------------------------------------------
-------------------------------------------------------------------------------------------------------
1. Fomentar y realizar actividades propias del Sector Productivo tales
como la elaboración-venta de HAMBURGUESAS GOURMET en puntos
de distribución-venta móvil (remolque).-----------------------------------------
3. 2. La producción, transformación, comercialización, importación,
exportación, comisión, representación, distribución y bajo cualquier
otra figura jurídica o comercial aprovechar y enajenar productos y
servicios de producción en común de sus socios.------------------------------
------------
3. Establecer y promover la elaboración de productos de calidad que
ganen la aceptación dentro del mercado (ramo productivo).---------------
4. Utilizar y diseñar procesos que permitan optimizar los recursos
cooperativistas, con productos que cumplan la demanda de nuestros
clientes.-----------------------------------------------------------------------------------
5. Adquirir o rentar inmuebles, que sean necesarios para sus
instalaciones, así como otros activos, derechos, patentes y concesiones
que le permitan cumplir con su objeto.-------------------------------------------
6. Establecimiento de técnicas y procedimientos de investigación que
tenga por objeto el aprovechamiento óptimo e integral de los recursos
disponibles.------------------------------------------------------------------------------
7. Formular y desarrollar los programas de inversión y producción, así
como organizar sus actividades y la de sus socios trabajando de común
acuerdo.-----------------------------------------------------------------------------------
8. La obtención de créditos, financiamientos, etc. Para la mejor
realización de sus fines, favoreciendo y acelerando la capitalización y el
mejoramiento social y económico de sus socios, así como el de solicitar
subsidios para dichas actividades afines, de transformación y de
servicios.----------------------------------------------------------------------------------
9. Adquirir y distribuir insumos necesarios para la sociedad y sus
miembros, comercializar los productos de los mismos, incluyendo para
ello canales de comercialización, industrias, bodegas y demás
infraestructura quese requiera para su correcta distribución.-------------
10.Establecer o contratar todos los servicios requeridos para el desarrollo
de sus actividades y las de sus socios, tales como asesoría técnica
comercialización y apoyo financiero común.------------------------------------
11.Celebrar convenios especiales con personas físicas, personas morales.--
12.Ser una empresa generadora de empleos que favorezca a personas
necesitadas o en condiciones vulnerables.---------------------------------------
13.En general fomentar el mejoramiento económico de sus socios y el de
la Entidad en la que seestablezca.-------------------------------------------------
14.Fomentar la productividad, integrándose por completo y de la mejor
manera con el mismo ramo de producción, con objetivos afines.---------
4. 15.Adquisición, producción y venta de alimentos y subproductos para
consumo que cumplan con las expectativas de los clientes; de acuerdo
a las especificaciones propias de los productos a la venta en cuestión.--
----------------------------------------------------------------------------------------------
CUARTA.- El Régimen de esta sociedad será de RESPONSABILIDAD
LIMITADA.
QUINTA.- La duración de la Sociedad será de noventa y nueve años
contado a partir de la fecha de formalización de la sociedad.
SEXTA.- El capital social, se formará por las aportaciones ordinarias y
extraordinarias aportadas por los socios, partiendo de una aportación común
general para integrar el capital social inicial, misma, que en estos momentos
se fija en la cantidad de $25,000.00 M.N. (VEINICINCO MIL PESOS 00/100
M.N.) y que se expresa en certificados de aportación que tienen un valor
nominal de $1,000.00 M.N. (UN MIL PESOS 00/100 M.N.) a cada
cooperativista y que se exhiben en estos momentos por lo que el Capital
Social queda representado de la siguiente forma.--------------------------------------
SOCIOS COOPERATIVISTAS CERTIFICADO
TIPO “A”
CAPITAL
LIZETH OLIVARES SUÁREZ 1 $25,000.00 M.N.
KARLA JOELY RAMIREZ PINEDA 1 $25,000.00 M.N.
BRENDA ESTAFANÍA LÓPEZ LÓPEZ 1 $25,000.00 M.N.
CARLOS ALBERTO DAVID PAREDES
MEJIA
1 $25,000.00 M.N.
SAMUEL GARCÍA MENDOZA 1 $25,000.00 M.N.
TOTAL 5 $125,000.00 M.N.
-------------------------------------------------------------------------------------------------------
---------------------CIENTO VEINTICINCOMIL PESOS00/100 M.N.---------------------
-------------------------------------------------------------------------------------------------------
DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS SOCIOS, ADMISIÓN Y
EXCLUSIÓN DE LOS MISMOS
SEPTIMA.- Son derechos y obligaciones de los Socios:------------------------
-------------------------------------------------------------------------------------------------------
1. Cubrir las aportaciones y cuotas que le corresponden en los términos
acordados por la Asamblea Recibiendo a cambio un certificado de la
sociedad que le acredite su calidad de socio, el cal no podrá ser objeto
5. de venta, sección o gravamen alguno.--------------------------------------------
--
2. Participar en la celebración y ejecución de programas objetivos y
actividades de la sociedad, apoyando con intervención directa los
acuerdos y determinaciones de la Asamblea y participando de acuerdo
con las normas en la dirección administración y demás funciones de
gobierno de la sociedad.--------------------------------------------------------------
3. Participar con los activos personales que se integran a las actividades
de la sociedad en todos los programas acordados por la Asamblea.------
4. Realizar las actividades que le encomiende la Asamblea General o sus
órganos de autoridad.-----------------------------------------------------------------
5. Respetar los acuerdos de Asamblea, los estatutos de este contrato
social, los reglamentos internos que se emitan y las acciones o
acuerdos que dentro del marco legal se tomen.--------------------------------
------------
6. Responder por las obligaciones sociales hasta por el monto de sus
aportaciones al capital social.-------------------------------------------------------
7. Responder por las garantías adicionales pactadas de antemano para
algún fin específico en las que el socio por interés propio o colectivo
decida otorgar garantías mayores a su aportación social.--------------------
8. Asistir con vox y voto a la Asamblea, cada socio representa un voto,
quedando establecido que el socio solo podrá votar cuando esté
presente físicamente en la Asamblea o representando mediante
apoderado facultado mediante carta poder firmada ante dos testigos.
El representante podrá pertenecer a esta sociedad o no, pero no podrá
recaer en una sola persona más de una representación además de la
propia.-------------------------------------------------------------------------------------
9. Recibir de la Sociedad todos y cada uno de los beneficios que se
presenten.--------------------------------------------------------------------------------
10.Determinar en Asamblea General el destino de las utilidades que le
correspondan por su participación en la sociedad.----------------------------
11.Designar a un familiar como candidato para ocupar alguna de las plazas
de trabajo en esta sociedad.---------------------------------------------------------
12.Vigilar la marcha de los negocios de la sociedad y revisar las cuentas y
balances generales que deberán darse a conocer antes de la asamblea,
votando por su aprobación o desaprobación.---------------------
13.Las demás que este contrato y la ley otorgan.----------------------------------
6. OCTAVA.- Cada socio queda obligado a aportar inicialmente una cuota
mensual de $50.00 M.N. (CINCUENTA PESOS 00/100M.N.) Para la creación
del fondo social y de contingencia, misma aportación que podrá disminuir o
incrementarse según acuerdo de la asamblea general, considerando las
condiciones de mismo.------------------------------------------------------------------------
NOVENA.- Tendrán la calidad de socio todos los ciudadanos que
tengan reconocido tal carácter o adquieren esta calidad conforma a las
presentes bases.--------------------------------------------------------------------------------
----------------------------PARA SERMIEMBRO SEREQUIERE-----------------------------
a. Ser persona físicade nacionalidad Mexicana.-----------------------------------
b. Contar con conocimientos y habilidades necesarias para el desarrollo-
de su actividad.--------------------------------------------------------------------------
c. Ser aceptado por acuerdo de la Sociedad, previo visto bueno de la
Comisión de Administración.--------------------------------------------------------
d. Cubrir las cuotas de admisión y las aportaciones que fije la sociedad.----
e. Protestar, cumplir y hacer cumplir las leyes, estatutos y reglamentos-
internos de la sociedad, así como todo acuerdo legalmente tomado por
la Asamblea.-----------------------------------------------------------------------------
f. Estar dispuesto a sumar esfuerzos y trabajos a los fines comunes de la
solidaridad cooperación y compañerismo.---------------------------------------
----------------------------------------------------------------------------------------------
DECIMA.- El aspirante a socio deberá presentar solicitud de ingreso
avalado por un miembro en activo de la sociedad, manifestando en principio
la forma en que desea integrarse a las actividades de la sociedad. La
Comisión de Administración establecerá previo análisis, la forma en que el
nuevo miembro pudiera integrarse a las actividades de la sociedad, las
aportaciones que tuviere que hacer y la forma de cubrirlas, bien en sentido
monetario o bien en trabajo.----------------------------------------------------------------
La solicitud, junto con la opinión de la Comisión de Administración, se
someterá a su aprobación en la siguiente Asamblea de socios, la que en su
caso podrá rechazarla o aceptar su ingreso, así como fijar nuevos términos o
condiciones para su admisión.---------------------------------------------------------------
Todo socio tendrá también derecho a separarse presentando renuncia
por escrito a la Comisión de Administración para que esta la someta a la
Asamblea General que determinará y fijará las condiciones de su separación,
liquidación y liberación de adeudos.-------------------------------------------------------
DECIMA PRIMERA.- Planear y en su caso realizar o ejecutar alguna
conducta o actividad que contravenga los objetivos y estatutos de esta
7. cooperativa, a juicio de la asamblea, la cual resolverá sobre la gravedad de la
causa y su exclusión.
DECIMA SEGUNDA.- Cualquier socio tendrá derecho a solicitar y
obtener suspensión temporal por los siguientes, por los siguientes motivos
a).- Por ausencia temporal, b).- Por principio de oposición a uno o varios
acuerdos de la Asamblea, asícomo planes o programas detrabajo.
DECIMA TERCERA.- La asamblea General podrá acordar la suspensión
temporal o exclusión definitiva de un socio, por los siguientes motivos A) por
solicitud del socio, B) Por fallecimiento, C) Cuando por causa imputable a
negligencia, descuido, morosidad, o dolo del socio, se perjudique o pierda
bienes o intereses físicos o morales de la sociedad D) Cuando viole los
acuerdos Asamblea, los estatutos o reglamentos establecidos E) Cuando use,
disponga o venda indebidamente los fines o garantías de la Sociedad. F)
Cuando disponga de los créditos para fines distintos a los programados, G)
Cuando comete cualquier falta grave que amerite suspensión temporal o
exclusión definitiva.
DÉCIMA CUARTA.- Cuando algún socio sea suspendido responderá
únicamente de las obligaciones contratadas por la sociedad hasta el
momento en que fue declarada la suspensión. Así mismo responderá por las
garantías adicionales que hubiere aceptado antes de ser suspendido.
Se entiende que la suspensión temporal de un socio no obliga a la sociedad a
cambiar o modificar sus programas, por los que las aportaciones y activos de
un socio suspendido, que sean manejadas por la sociedad, seguirán sujetas al
convenio o compromiso que la sociedad hubiera celebrado con el socio. El
socio suspendido gozará del derecho si lo hubiere, de participar en el reparto
de utilidades en la parte proporcional del ejercicio fiscal si así lo conviene la
asamblea general al momento de su suspensión.
DÉCIMA QUINTA.- La defunción de un socio se considera como
suspensión y estará regida igual que esta, hasta que la sociedad pueda
convenir con los herederos legales que resulten con derecho en la sociedad,
su admisión o exclusión definitivas. En todo caso se tomará en cuenta en
primer lugar, si el socio, dejó disposición respecto de su sucesor, en caso
contrario, se tendrá derecho a cederlo en este caso a) su cónyuge, b)
concubina o concubinario c) alguno de sus hijos d) algún dependiente en ese
orden.
En los casos de renuncia, suspensión o exclusión la asamblea deberá
considerar lo siguiente: a) La autorización de las instituciones acreditantes si
las hubiere, b) el socio será responsable por las obligaciones contraídas por sí
8. mismo y por la sociedad hasta que estos queden liberadas en el caso de
adeudos; y en el caso de programas, hasta que estos queden concluidos c)
Deberá contarse con una liquidación contable que determine la
responsabilidad económica entre el socio y la sociedad y que establezca las
condiciones en que podrán cubrirse los adeudos a cargo del socio para su
adecuada liquidación y liberación de adeudos d).- El citatorio de Asamblea en
que se trate el caso deberá incluir este punto en el orden del día, señalando
que la liquidación contable queda a disposición de todos los socios para su
análisis y aprobación en su caso, e) La renuncia o exclusión se consideran
definitivas, cuando el socio haya cubierto sus adeudos, sea liberado de
responsabilidad y el acta haya sido inscrita en los Registros
correspondientes.--
-------------------------------------------------------------------------------------------------------
-------------------------------------DELAS ASAMBLEAS---------------------------------------
DECIMA SEXTA.- El órgano supremo de la Sociedad es la Asamblea
General, la cual celebrará reuniones que serán Ordinarias y Extraordinarias.
Las asambleas Generales Ordinarias serán las que tengan por objeto tratar
los planes de trabajo y de crédito, y cuando menos cada tres meses para
conocer las operaciones realizadas en el último ejercicio. Las asambleas
Extraordinarias se reunirán cada vez que se necesite tratar asuntos para lo
que no se encuentren facultados el consejo de administración y que por su
importancia requieran de la decisión de la Asamblea.--------------------------------
DECIMA SEPTIMA.- Las Asambleas Generales se verificarán de
conformidad con las siguientes regIas: ---------------------------------------------------
1. Se reunirán en el domicilio social de la Sociedad, el que siempre será
indicado en la convocatoria, y serán convocados por el consejo o
comisión de Administración, por el comité de vigilancia, por socios
que representen cuando menos el 20% veinte por ciento del número
total de socios con los que cuente la Sociedad, quienes en su caso
deberán firmar la convocatoria, o en caso por las autoridad judicial.----
2. Las convocatorias deberán fijarse en un lugar visible del domicilio
social o de ser posible boletinarse con cuando menos con ocho días de
anticipación, y contendrán la fecha, hora y lugar de la Asamblea, el
orden del día y la firma de quien o quienes hagan la convocatoria.-------
3. Los socios podrán concurrir a la Asamblea personalmente o por medio
de apoderado con carta poder firmada y ratificada ante el consejo de
administración, en cuyo caso no se le considerara al apoderado del
9. socio ausente para el efecto del voto en las decisiones de la asamblea
general.-----------------------------------------------------------------------------------
4. Para que los socios sean admitidos a la Asamblea bastará que estén
inscritos en el Registro de socios, debiendo exhibir la credencial que los
acredite como tales durante la celebración de la asamblea o en su
caso la carta poder para el caso de acreditar la representación ante el
consejo de administración.-----------------------------------------------------------
5. Antes de instalarse la Asamblea, el funcionario que le presida
nombrará uno o más escrutadores, quienes certificaran el número de
socios presentes. o representados y formaran la lista de asistencia.------
6. Una vez que se haga constar la asistencia necesaria o quórum, el
Presidente declarara instalada la Asamblea y procederá a desahogar el
orden del día, presidiendo los debates.-------------------------------------------
7. Presidirá la Asamblea el presidente de la sociedad y será secretario de
la Asamblea el Secretario de la sociedad y por ausencia temporal
legítima de alguno de estos, lo suplirá de acuerdo al orden jerárquico
de la conformación del consejo.----------------------------------------------------
8. En cada Asamblea General el secretario levantará un acta y formará un
expediente. El expediente se compondrá de la siguientes piezas: a).-
Un ejemplar del citatorio o convocatoria publicada para convocar a
asamblea, en cualquier caso; b).-La lista de asistencia; e).-Los poderes
que se hubieren presentado o extracto certificado preparado por el
secretario o el Escrutador, del documento presentado por el
apoderado del socio ausente para acreditar su personalidad; d).-Una
copia del acta de la Asamblea; e).-Los informes, dictámenes y demás
documentos que se hubieren presentado en la Asamblea.------------------
9. Si por cualquier motivo dejare de instalarse una Asamblea convocada
legalmente, se levantara también acta en que conste el hecho y sus
motivos, y se formará un expediente de acuerdo con el punto anterior;
10.Las resoluciones de la Asamblea General tomadas en los términos de
esta acta obligan a todos los socios, aún a los ausentes o disidentes y
serán definitivos y sin ulterior recursos, quedando autorizado en virtud
de ellas el consejo de Administración para tomar los acuerdos, dictar
las providencias y hacer las gestiones o celebrar los contratos
necesarios para ejecutar los acuerdos aprobados por asamblea y:
11.La Asamblea quedara legalmente constituida con la asistencia 50%
cincuenta por ciento más uno de la membresía legalmente reconocida
en primera convocatoria y si no hubiera quórum, se repitiera la
10. convocatoria y la Asamblea convocada por segunda vez y se efectuará
siempre y cuando se reúna el 20% de los socios reconocidos para la
existencia de quórum legal en segunda convocatoria, excepto en los
casos que en orden del día este contemplado tomar acuerdos sobre
admisión, separación o exclusión de socios, estatus y reglamentos en
que quórum legal será del 75% setenta y cinco por ciento.- De los
acuerdos tomados por la Asamblea General se levantará acta en los
Libros respectivos.----------------------------------------------------------------------
----------------------------------------------------------------------------------------------
----------------DELA ADMINISTRACIÓN Y VIGILANCIADELA SOCIEDAD-----------
DECIMA OCTAVA.- La Administración de la sociedad quedará confiada
a un consejo o comité de Administración integrado por un presidente, un
secretario, un tesorero y un vocal.---------------------------------------------------------
La vigilancia de la sociedad estará a cargo de un consejo de vigilancia,
que estará formado por un presidente y un secretario, quienes pueden ser
socios o personas extrañas a la sociedad, sin embargo su encargo será por
dos años y tendrán las atribuciones que determina el artículo 166 de la Ley
de la Materia y la remuneración que acuerde la asamblea si así se determina
por esta.-------------------------------------------------------------------------------------------
DECIMA NOVENA.- El consejo de Administración tendrá a su cargo los
negocios de la sociedad y llevará a cabo las operaciones, actos y contratos
que se relacionen con el objeto de la Sociedad y representará a la misma
ante toda clase de autoridades administrativas y judiciales con facultades de
apoderado general, para actos de dominio, sin limitación alguna, de
administración y para pleitos y cobranzas, en los términos del artículo dos mil
quinientos cincuenta y cuatro del código Civil para el Distrito y Territorios
Federales, y estará autorizado para ejercer aquellas facultades que de
acuerdo con la Ley requieran cláusula especial; así como las mencionadas en
el artículo dos mil quinientos ochenta y siete del mismo Código incluyendo
las siguientes facultades: ---------------------------------------------------------------------
-------------------------------------------------------------------------------------------------------
a) Ejecutar los actos llamados de rigurosos dominio, tales como vender,
hipotecar o de cualquier otra manera enajena o gravar, arrendar o
pignorar los bienes de la Sociedad. Previo acuerdo de asamblea la
administración de sus propiedades, vigilando el cumplimiento de toda
clase de contratos y convenios que tengan por objeto llenar los fines
de la Sociedad; -------------------------------------------------------------------------
11. b) Preparar, aprobar y someter al comité de vigilancia y a los socios las
cuentas, informes y balance anual en la forma requerida por la ley y
recomendar y proponer a los socios las resoluciones que el consejo
juzguepertinente a los ingresos, utilidades y perdidas de la sociedad;---
c) Sugerir los planes que deban seguir los socios en los negocios de la
sociedad, entre otros, respecto a la compraventa y arrendamiento,
gravamen, hipoteca y traspaso de toda clase de bienes muebles e
inmuebles, derechos, concesiones, franquicias, obtención de
préstamos, así como todos los demás actos administrativos necesarios
y cuestiones de dirección en general;---------------------------------------------
d) Nombrar y remover libremente a los apoderados generales y demás
funcionarios y empleados de la sociedad, modificar que facultades,
fijar sus emolumentos y determinar la garantía personal que deban
otorgar para caucionar el fiel cumplimiento de sus cargos;-----------------
e) Establecer sucursales y agencias de la sociedad, y suprimirlas;-------------
f) Delegar, en todo en parte, sus facultades o cualquier persona física o
moral, individuo gerente u otro funcionarios o apoderado; conferir
poderes generales y especiales, aún para asuntos de índole penal y
para constituirse en coadyuvante del Ministerio Público, mandatos
judiciales o facultades administrativas y revocar en cualquier tiempo
tales poderes, así como para delegar a cualquiera persona, sea
miembro o no del Consejo de Administración, la facultad de conferir y
revocar poderes generales o especiales, y de llevar acabo cualquier
otro acto que deba ejecutarse;-----------------------------------------------------
g) Todas la demás que le confieren las leyes del país y esta acta, que
no estén reservadas expresamente para los socios;--------------------------
-------------------------------------------------------------------------------------------------------
VIGESIMA.- Los miembros del consejo de Administración serán
nombrados por la Asamblea Ordinaria Anual de Socios y durarán en su
encargo 3 tres años o hasta que sus sucesores nombrados y electos, tomen
posesión de sus cargos, sin perjuicio de que en otra Asamblea Ordinaria
debidamente instalada, pueda revocarse en cualquier tiempo el
nombramiento de uno o más de los miembros de consejo. El periodo será de
Enero a Diciembre, en caso de que, el periodo termine anticipadamente el
ciclo, el consejo en funciones terminará hasta que termine el periodo
correspondiente.--------------------------------------------------------------------------------
VIGÉSIMA PRIMERA.- Las sesiones del Consejo de Administración se
celebrarán en el domicilio de la Sociedad, de Querétaro, Guadalajara en las
12. sucursales o agencias que se hayan establecido, o en cualquier otro lugar de
la República Mexicana, o del extranjero, que determine el Consejo. Las
sesiones del Consejo de Administración podrán celebrarse en cualquier
tiempo cuándo las convoque el presidente o el secretario o por la mayoría de
sus miembros mediante avisos dirigido por escrito, o en cualquier otra forma
adecuada, especificado la hora, fecha, lugar y Orden del Día. Los miembros
del consejo pueden renunciar por escrito a la convocatoria y cuando todos
estén presentes la convocatoria no será necesaria. Para constituir quórum
será necesaria la presencia de la mayoría de los miembros del Consejo de
Administración, y las resoluciones se tomarán por el voto afirmativo de la
mayoría de los miembros presentes; en caso de empate, el Presidente tendrá
el voto de calidad. Si el número de consejos presentes no constituyen
quórum. De toda sesión del Consejo Administración se levantará un acta, la
cual será inscrita en el Libro de Actas y firmada por el Presidente y Secretario.
Si ocurriera una vacante en el Consejo de Administración y por esa causa no
pudiera reunirse el quórum, el consejo de Vigilancia designará a la persona
que deba cubrir dicha vacante, con carácter provisional, hasta que la
Asamblea de socios designe al sustituto. -------------------------------------------------
VIGÉSIMA SEGUNDA.- El presidente tendrá las siguientes facultades y
obligaciones:
a).- Llevar a cabo y ordenar que todas las resoluciones adoptadas por las
asambleas generales o por el Consejo de Administración sean debidamente
cumplidas; b).- Representar a la sociedad ante toda clase de autoridades
gubernamentales, administrativas y judiciales, federales, locales y
municipales, ejerciendo las más amplias facultades para pleitos y cobranzas y
para administración de bienes, no podrá suscribir títulos de crédito, vender,
gravar o enajenar en forma alguna los bienes de activo fijo de la Sociedad,
excepto en el curso ordinario de los negocios a los que esté dedicada a la
misma y solicitar y obtener préstamos de cualquier persona física o moral o
institución bancaria, sin estar previamente autorizado por el Consejo de
Administración a la Asamblea de Socios; e).- Hacer todo lo que este a su
alcance a fin de que todos y cada uno de los miembros del Consejo de
Administración cumpla con sus respectivas obligaciones; d).- Someter el
consejo de Administración y a las Asambleas de Socios las proposiciones que
le parezcan pertinentes provechosas para los intereses de la Sociedad, así
como informar a los accionistas en las Asambleas Generales de todos los
asuntos de interés que se relacionen con los negocios de la Sociedad; e).-
Delegar en cualquier miembro del Consejo de Administración, funcionario o
13. empleado de la Sociedad, cualquier de sus facultades, cuando lo juzguen
necesario o conveniente; y f).- Ejercer el control y la dirección de los negocios
de la Sociedad y llevar a cabo todo cuando sea necesario o prudente para
proteger los intereses de la misma, pero notificando inmediatamente tales
medidas al Consejo de Administración en caso de que las mismas estén fuera
de sus facultades como Presidente. Las anteriores facultades podrán ser
ampliadas, restringidas o modificadas para el consejo de Administración o
por la Asamblea de Socios. ------------------------------------------------------------------
VIGÉSIMA TERCERA.- El secretario tendrá las siguientes facultades y
obligaciones:-------------------------------------------------------------------------------------
a).- Asistir a todas las Asambleas y juntas del Consejo de Administración,
preparar y firmar las actas y llevar para esta fin los libros de actas y demás
libros sociales respectivos, excepto los de contabilidad, en la forma prevenida
por la ley y expedir copias certificadas de las actas para los usos que puedan
necesitarse; d).-Tener bajo su custodia y archivar todos los documentos
relacionados con la Asamblea de Socios y con las Juntas del Consejo de
Administración, y c).-Formular, firmar y publicar las convocatorias y
notificaciones para las Asambleas Generales de Socios y las Juntas del
Consejo de Administración. Las anteriores facultades, podrán ser ampliadas,
restringidas o modificadas por el Consejo de Administración o por la
Asamblea de Socios.----------------------------------------------------------------------
VIGESIMA CUARTA.- El tesorero tendrá las siguientes facultades y
obligaciones: ------------------------------------------------------------------------------------
a).-Depositar todos los fondos de la sociedad únicamente en los lugares que
para ese fin indique; b).-Supervisar el deposito, empleo o cobro de los
fondos, dinero, títulos de crédito, valores, etc., de la Sociedad y ordenar su
empleo en la forma que le sea indicada por el propio Consejo de
Administración o por la Asamblea para la realización de los objetos sociales;
c).-Supervisar el mantenimiento de los libros de contabilidad y auxiliares
exigidos por las Leyes aplicables; y d).-Dirigir la formulación de los estados
financieros periódicos y demás documentos comprobatorios y proporcionar a
los accionistas y a los demás funcionarios correspondientes, la información
contable que le fuere solicitada. Las anteriores facultades podrán ser
ampliadas, restringidas o modificadas por el Consejo de Administración o por
la Asamblea de Socios.-------------------------------------------------------------------------
-------------------------------------------------------------------------------------------------------
----------------DE LOS EJERCICIOS SOCIALES, BALANCES, FONDOS DE RESERVA,
CAPITALIZACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE UTILIDADES Y PERDIDAS.------------------
14. -- VIGÉSIMA QUINTA.- El balance general al cierre del ejercicio, deberá
ser aprobado por la Asamblea General. Esta decidirá la forma de distribuir las
utilidades, pero solo serán retirables las utilidades liquidables porque
deberán quedar aquellas que por necesidad de la sociedad no puedan ser
liquidadas, tales como mejoras, cambios de inventario, incrementados de
valor, plusvalías, etcétera, en calidad de reservar y reinversiones de
utilidades. ----------------------------------------------------------------------------------------
VIGESIMA SEXTA.- Las aportaciones que los Socios hagan en cualquiera
de las formas señaladas se consideran colectivos y socialmente indivisibles y
se harán constar en certificados de aportación de capital, los cuales
contendrán los siguientes datos: a).-Tipo de certificación, serie y número
progresivo. b).-Denominación y domicilio de la Sociedad. c).- Fecha de
suscripción del certificado. d).- Valor del certificado. e).- Nombre domicilio
del suscritor. f).- Nombrey firma de los representantes de la Sociedad. --------
---La Sociedad además de los libros que de ordinarios debe llevar, contara
con un Libro de registro de Certificados de Aportación de Capital y cuyo
cuidado y atención, estará a cargo del consejo de Administración de la
Sociedad.------------------------------------------------------------------------------------------
VIGESIMA SEPTIMA.- Los activos, concesiones, patentes o derechos,
de los cuales los miembros conserven la propiedad individual y solo con fines
de organización, se destinen al desarrollo de las actividades de la Sociedad,
no serán considerados capital social y solo se llevaran en cuentas de orden
para efectos de cálculo de redituabiIidad.------------------------------------------------
VIGESIMA OCTAVA.- De las utilidades que se obtengan en cada
ejercicio fiscal se separará y dividirá el 75% por ciento de estas, que se
repartirán entre los socios activos a más tardar el día 15 de Diciembre de
cada año, cual será documentada como exhibiciones cubiertas de capital
suscrito. Así mismo se separará además el 25% restante para crear las
reservas de capitalización y previsión social de acuerdo a la liquidez de la
Sociedad y crear un fondo de reserva adicional, cuyo destino será aprobado
por la Asamblea General. --------------------------------------------------------------------
VIGESIMA NOVENA.- El caso de que el balance arroje resultados
negativos al cierre de ejercicio, estas se distribuirán proporcionalmente sobre
los recursos aportados en el siguiente orden: a).- Afectación de las utilidades
por recursos aportados. b).- Afectación de las reservas de capitalización y
previsión social. e).- Afectación de los activos propiedad de la Sociedad. ------
TRIGESIMA.- Dentro de un plazo de tres meses a partir de la clausura
de cada ejercicio social el Consejo deberá concluir el balance anual y
15. entregarlo al Comité de Vigilancia, quien lo devolverá con las observaciones
que estime pertinentes dentro de los quince días siguientes, para que el
consejo convoque a la Asamblea de Socios que hayan de discutirlo para su
aprobación. -------------------------------------------------------------------------------------
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------------------DELA DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DELA SOCIEDAD.-------------
TRIGÉSIMA PRIMERA.- La sociedad llevará a cabo su disolución por las
siguientes causas: ------------------------------------------------------------------------------
a).- Por expiración del termino fijado. b).- Por imposibilidad de realizar el
objeto social. c).- Por acuerdo de la Asamblea General. d).- Por derogación de
las leyes que la sustentan. e).- En los demás casos señalados por la Ley.--------
Determinada la disolución se procederá a su liquidación la que estará a cargo
de uno o más liquidadores nombrados por la Asamblea, quien fijará sus
atribuciones y en su defecto, por la autoridad judicial a petición de cualquier
socio. Salvo las instrucciones expresas de la asamblea, los liquidadores
procederán a:------------------------------------------------------------------------------------
1.- Formular el balance de inventarios, 2.- Concluir los negocios pendientes
en la forma menos perjudicial para los acreedores y socios, 3.- Cobro de
créditos y pago de deudas, enajenar o aplicar los bienes o su producto a los
fines de la liquidación y, 4.- Formular el balance final y obtener la cancelación
de inscripción de la Sociedad en el Registro de Comercio. ------------------------
TRIGÉSIMA SEGUNDA.- En todo lo no establecido en este contrato
social los socios se estarán a lo dispuesto en primer término por la Ley de
Sociedades cooperativas, su reglamento y por la Ley General de Sociedades
Mercantiles, con aplicación supletoria. Hecha la deliberación por todos los
asistentes a esta asamblea, intercambiados puntos de vista, por unanimidad
de los asistentes, se aprueban en todo y cada una de sus partes las bases
constitutivas que contiene los estatutos por los que se regirá la Sociedad,
haciéndolos suyos en todas sus partes obligándose a estar y pasar por los
mismos en todo tiempo, lugar y forma.---------------------------------------------------
Pasando al desahogo del siguiente punto del orden del día, los Socios
reunidos en Asamblea General acuerdan por unanimidad: ------------------------
1.-lntegrar el Consejo de Administración por las siguientes personas: ----------
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PRESIDENTE: LIZETH OLIVARES SUAREZ---------------------------------------------------
SECRETARIO: CARLOS ALBERTO DAVID PAREDES MEJIA------------------------------
TESORERO: KARLA JOELYRAMIREZ PINEDA----------------------------------------------
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16. ---Seintegra el comité de Vigilancia de la Siguiente Forma: -------------------------
PRESIDENTE: BRENDA ESTEFANÍA LÓPEZ LÓPEZ----------------------------------------
VOCAL: SAMUEL GARCÍA MENDOZA-------------------------------------------------------
---El primer ejercicio correrá de la fecha de formalización ante esta autoridad
de esta acta y finalizara hasta el día 31 treinta y uno de Diciembre del año
2017 y los consecutivos, se iniciará el día primero de Enero de cada siguiente
periodo y terminará el día 31 de Diciembre de año que este ejerciendo. -------
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---En el desahogo del punto seis, se designó a _________________________
para que comparezca ante la autoridad municipal correspondiente para
certificar la presente Acta, así como para inscribirla en el Registro Público del
Comercio. ----------------------------------------------------------------------------------------
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--------------------------------------TRANSITORIOS.-------------------------------------------
PRIMERA.- Los comparecientes designan como Representante Legal al
Sr. Rodrigo Espinoza Vázquez, otorgándole para el desempeño de su labor
todas y cada una de las facultades señaladas en la cláusula vigésima segunda
de este instrumento. --------------------------------------------------------------------------
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No habiendo más asuntos que tratar se dio por terminada esta asamblea
siendo las 18:00 Dieciocho horas del día 23 Veintitrés de mayo del 2017, de
la cual y para constancia se levanta la presenté acta que firman los que en
ella intervinieron y quisieron hacerlo para los efectos de su certificación. ------
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Ma. Magdalena Vázquez Barragán
Rocío Adriana Rodríguez Contreras
Genoveva de María Contreras
Contreras
María Alejandra Medina Briseño