1. 11
Ministerio de SaludMinisterio de Salud
Al Ministerio de Salud leAl Ministerio de Salud le
corresponderá formular, fijar ycorresponderá formular, fijar y
controlar las políticas de salud. Encontrolar las políticas de salud. En
consecuencia tendrá, entre otras, lasconsecuencia tendrá, entre otras, las
siguientes funciones:siguientes funciones:
1.- Ejercer la rectoría del sector salud,1.- Ejercer la rectoría del sector salud,
la cual comprende, entre otrasla cual comprende, entre otras
materias:materias:
a) La formulación, control y evaluacióna) La formulación, control y evaluación
de planes y programas generales ende planes y programas generales en
materia de salud.materia de salud.
2. MINISTERIO DE SALUDMINISTERIO DE SALUD
b) La definición de objetivos sanitariosb) La definición de objetivos sanitarios
nacionales.nacionales.
c) La coordinación sectorial e intersectorialc) La coordinación sectorial e intersectorial
para el logro de los objetivos sanitarios.para el logro de los objetivos sanitarios.
d) La coordinación y cooperaciónd) La coordinación y cooperación
internacional en salud.internacional en salud.
e) La Dirección y orientación de todas lase) La Dirección y orientación de todas las
actividades del Estado relativas a la provisiónactividades del Estado relativas a la provisión
de acciones de salud, de acuerdo con lasde acciones de salud, de acuerdo con las
políticas fijadas.políticas fijadas.
22
3. 33
2.- Dictar normas generales sobre materias2.- Dictar normas generales sobre materias
técnicas, administrativas y financieras a lastécnicas, administrativas y financieras a las
que deberán ceñirse los organismos yque deberán ceñirse los organismos y
entidades del Sistema, para ejecutarentidades del Sistema, para ejecutar
actividades de prevención, promoción,actividades de prevención, promoción,
fomento, protección y recuperación de la saludfomento, protección y recuperación de la salud
y de rehabilitación de las personas enfermas.y de rehabilitación de las personas enfermas.
3.- Velar por el debido cumplimiento de las3.- Velar por el debido cumplimiento de las
normas en materia de salud.normas en materia de salud.
Ministerio de SaludMinisterio de Salud
4. 44
4.- Efectuar la vigilancia en salud pública y evaluar la4.- Efectuar la vigilancia en salud pública y evaluar la
situación de salud de la población.situación de salud de la población.
5.- Tratar datos con fines estadísticos y mantener5.- Tratar datos con fines estadísticos y mantener
registros o bancos de datos respecto de las materiasregistros o bancos de datos respecto de las materias
de su competencia. Tratar datos personales ode su competencia. Tratar datos personales o
sensibles con el fin de proteger la salud de lasensibles con el fin de proteger la salud de la
población o para la determinación y otorgamiento depoblación o para la determinación y otorgamiento de
beneficios de salud. Para los efectos previstos en estebeneficios de salud. Para los efectos previstos en este
número, podrá requerir de las personas naturales onúmero, podrá requerir de las personas naturales o
jurídicas, públicas o privadas, la información que fuerejurídicas, públicas o privadas, la información que fuere
necesaria. Todo ello conforme a las normas de la leynecesaria. Todo ello conforme a las normas de la ley
N° 19.628 y sobre secreto profesional.N° 19.628 y sobre secreto profesional.
6.- Formular el presupuesto sectorial.6.- Formular el presupuesto sectorial.
Ministerio de SaludMinisterio de Salud
5. 55
7.- Formular, evaluar y actualizar el Sistema de7.- Formular, evaluar y actualizar el Sistema de
Acceso Universal con Garantías Explícitas, enAcceso Universal con Garantías Explícitas, en
adelante, también, "Sistema AUGE", el queadelante, también, "Sistema AUGE", el que
incluye las acciones de salud pública y lasincluye las acciones de salud pública y las
prestaciones a que tienen derecho losprestaciones a que tienen derecho los
beneficiarios de las leyes N° 18.469 y N°beneficiarios de las leyes N° 18.469 y N°
18.933.18.933.
8.- Formular, evaluar y actualizar los8.- Formular, evaluar y actualizar los
lineamientos estratégicos del sector salud olineamientos estratégicos del sector salud o
Plan Nacional de Salud, conformado por losPlan Nacional de Salud, conformado por los
objetivos sanitarios, prioridades nacionales yobjetivos sanitarios, prioridades nacionales y
necesidades de las personas.necesidades de las personas.
Ministerio de SaludMinisterio de Salud
6. 66
9.- Fijar las políticas y normas de inversión9.- Fijar las políticas y normas de inversión
en infraestructura y equipamiento de losen infraestructura y equipamiento de los
establecimientos públicos que integran lasestablecimientos públicos que integran las
redes asistenciales.redes asistenciales.
10.- Velar por la efectiva coordinación de10.- Velar por la efectiva coordinación de
las redes asistenciales, en todos suslas redes asistenciales, en todos sus
niveles.niveles.
Ministerio de SaludMinisterio de Salud
7. 77
11.- Establecer los estándares mínimos que11.- Establecer los estándares mínimos que
deberán cumplir los prestadoresdeberán cumplir los prestadores
institucionales de salud, tales comoinstitucionales de salud, tales como
hospitales, clínicas, consultorios y centroshospitales, clínicas, consultorios y centros
médicos, con el objetivo de garantizar quemédicos, con el objetivo de garantizar que
las prestaciones alcancen la calidadlas prestaciones alcancen la calidad
requerida para la seguridad de los usuarios.requerida para la seguridad de los usuarios.
Ministerio de SaludMinisterio de Salud
8. 88
Dichos estándares se fijarán de acuerdo al tipo deDichos estándares se fijarán de acuerdo al tipo de
establecimiento y a los niveles de complejidad de lasestablecimiento y a los niveles de complejidad de las
prestaciones, y serán iguales para el sector público y elprestaciones, y serán iguales para el sector público y el
privado. Deberá fijar estándares respecto de condicionesprivado. Deberá fijar estándares respecto de condiciones
sanitarias, seguridad de instalaciones y equipos, aplicaciónsanitarias, seguridad de instalaciones y equipos, aplicación
de técnicas y tecnologías, cumplimiento de protocolos dede técnicas y tecnologías, cumplimiento de protocolos de
atención, competencias de los recursos humanos, y enatención, competencias de los recursos humanos, y en
toda otra materia que incida en la seguridad de lastoda otra materia que incida en la seguridad de las
prestaciones.prestaciones.
Los mencionados estándares deberán ser establecidosLos mencionados estándares deberán ser establecidos
usando criterios validados, públicamente conocidos y conusando criterios validados, públicamente conocidos y con
consulta a los organismos técnicos competentes.consulta a los organismos técnicos competentes.
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9. 99
12.- Establecer un sistema de acreditación12.- Establecer un sistema de acreditación
para los prestadores institucionalespara los prestadores institucionales
autorizados para funcionar. Para estosautorizados para funcionar. Para estos
efectos se entenderá por acreditación elefectos se entenderá por acreditación el
proceso periódico de evaluación respectoproceso periódico de evaluación respecto
del cumplimiento de los estándaresdel cumplimiento de los estándares
mínimos señalados en el numeral anterior,mínimos señalados en el numeral anterior,
de acuerdo al tipo de establecimiento y a lade acuerdo al tipo de establecimiento y a la
complejidad de las prestaciones.complejidad de las prestaciones.
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10. 1010
13.- Establecer un sistema de certificación13.- Establecer un sistema de certificación
de especialidades y subespecialidades dede especialidades y subespecialidades de
los prestadores individuales de saludlos prestadores individuales de salud
legalmente habilitados para ejercer suslegalmente habilitados para ejercer sus
respectivas profesiones, esto es, de lasrespectivas profesiones, esto es, de las
personas naturales que otorganpersonas naturales que otorgan
prestaciones de salud.prestaciones de salud.
Ministerio de SaludMinisterio de Salud
11. 1111
14.- Establecer, mediante resolución,14.- Establecer, mediante resolución,
protocolos de atención en salud. Para estosprotocolos de atención en salud. Para estos
efectos, se entiende por protocolos deefectos, se entiende por protocolos de
atención en salud las instrucciones sobreatención en salud las instrucciones sobre
manejo operativo de problemas de saludmanejo operativo de problemas de salud
determinados. Estos serán de carácterdeterminados. Estos serán de carácter
referencial, y sólo serán obligatorios, para elreferencial, y sólo serán obligatorios, para el
sector público y privado, en caso de que existasector público y privado, en caso de que exista
una causa sanitaria que lo amerite, lo queuna causa sanitaria que lo amerite, lo que
deberá constar en una resolución deldeberá constar en una resolución del
Ministerio de Salud.Ministerio de Salud.
Ministerio de SaludMinisterio de Salud
12. 1212
15.- Implementar, conforme a la ley, sistemas15.- Implementar, conforme a la ley, sistemas
alternativos de solución de controversiasalternativos de solución de controversias
sobre responsabilidad civil de prestadoressobre responsabilidad civil de prestadores
individuales e institucionales, públicos oindividuales e institucionales, públicos o
privados, originada en el otorgamiento deprivados, originada en el otorgamiento de
acciones de salud, sin perjuicio de lasacciones de salud, sin perjuicio de las
acciones jurisdiccionales correspondientes.acciones jurisdiccionales correspondientes.
Los sistemas podrán contemplar laLos sistemas podrán contemplar la
intervención de entidades públicas y privadasintervención de entidades públicas y privadas
que cumplan con condiciones técnicas deque cumplan con condiciones técnicas de
idoneidad.idoneidad.
Ministerio de SaludMinisterio de Salud
13. 1313
16.-Formular políticas que permitan16.-Formular políticas que permitan
incorporar un enfoque de saludincorporar un enfoque de salud
intercultural en los programas deintercultural en los programas de
salud en aquellas comunas con altasalud en aquellas comunas con alta
concentración indígena.concentración indígena.
Ministerio de SaludMinisterio de Salud
14. 1414
El Ministerio de Salud estará integrado por elEl Ministerio de Salud estará integrado por el
Ministro; la Subsecretaría de RedesMinistro; la Subsecretaría de Redes
Asistenciales; la Subsecretaría de SaludAsistenciales; la Subsecretaría de Salud
Pública y las secretarías regionalesPública y las secretarías regionales
ministeriales.ministeriales.
El Ministerio estará organizado en divisiones,El Ministerio estará organizado en divisiones,
departamentos, secciones y oficinas,departamentos, secciones y oficinas,
considerando la importancia relativa y elconsiderando la importancia relativa y el
volumen de trabajo que signifique la función.".volumen de trabajo que signifique la función.".
Ministerio de SaludMinisterio de Salud
15. 1515
El Subsecretario de Redes AsistencialesEl Subsecretario de Redes Asistenciales
tendrá a su cargo las materias relativas a latendrá a su cargo las materias relativas a la
articulación y desarrollo de la Red Asistencialarticulación y desarrollo de la Red Asistencial
del Sistema para la atención integral de lasdel Sistema para la atención integral de las
personas y la regulación de la prestación depersonas y la regulación de la prestación de
acciones de salud, tales como las normasacciones de salud, tales como las normas
destinadas a definir los niveles de complejidaddestinadas a definir los niveles de complejidad
asistencial necesarios para distintos tipos deasistencial necesarios para distintos tipos de
prestaciones y los estándares de calidad queprestaciones y los estándares de calidad que
serán exigibles.serán exigibles.
Ministerio de SaludMinisterio de Salud
16. 1616
Para ello, el Subsecretario de Redes propondráPara ello, el Subsecretario de Redes propondrá
al Ministro políticas, normas, planes yal Ministro políticas, normas, planes y
programas, velará por su cumplimiento yprogramas, velará por su cumplimiento y
coordinará su ejecución por los Servicios decoordinará su ejecución por los Servicios de
Salud, los Establecimientos de Salud deSalud, los Establecimientos de Salud de
Carácter Experimental, la Central deCarácter Experimental, la Central de
Abastecimiento del Sistema Nacional deAbastecimiento del Sistema Nacional de
Servicios de Salud y los demás organismosServicios de Salud y los demás organismos
que integran el Sistema.que integran el Sistema.
Ministerio de SaludMinisterio de Salud
17. 1717
El Subsecretario de Salud PúblicaEl Subsecretario de Salud Pública
subrogará al Ministro en primer orden,subrogará al Ministro en primer orden,
tendrá a su cargo la administración ytendrá a su cargo la administración y
servicio interno del Ministerio y lasservicio interno del Ministerio y las
materias relativas a la promoción de lamaterias relativas a la promoción de la
salud, vigilancia, prevención y control desalud, vigilancia, prevención y control de
enfermedades que afectan a poblacionesenfermedades que afectan a poblaciones
o grupos de personas.o grupos de personas.
Ministerio de SaludMinisterio de Salud
18. 1818
En relación con las materias señaladasEn relación con las materias señaladas
en el inciso anterior, le corresponderáen el inciso anterior, le corresponderá
proponer al Ministro políticas, normas,proponer al Ministro políticas, normas,
planes y programas, velar por suplanes y programas, velar por su
cumplimiento, coordinar las acciones delcumplimiento, coordinar las acciones del
Fondo Nacional de Salud y el Instituto deFondo Nacional de Salud y el Instituto de
Salud Pública, e impartirlesSalud Pública, e impartirles
instrucciones.instrucciones.
Ministerio de SaludMinisterio de Salud
19. 1919
El Secretario Regional Ministerial seráEl Secretario Regional Ministerial será
nombrado en la forma que señale la Leynombrado en la forma que señale la Ley
Orgánica Constitucional sobre GobiernoOrgánica Constitucional sobre Gobierno
y Administración Regional.y Administración Regional.
El Secretario Regional Ministerial deberáEl Secretario Regional Ministerial deberá
ser un profesional universitario conser un profesional universitario con
competencia, experiencia,competencia, experiencia,
conocimientos y habilidades certificadasconocimientos y habilidades certificadas
en el ámbito de la salud pública.en el ámbito de la salud pública.
Ministerio de SaludMinisterio de Salud