3. Pone en peligro o afecta los derechos
humanos, la dignidad, la salud, la
intimidad, la seguridad, la comodidad,
el bienestar
4. En el ámbito laboral específicamente,
que altera o pone en peligro
cualquiera de los elementos que
integran la relación laboral
5. una acción que remite a una forma
de lastimar, de perseguir o de
intentar conseguir algo (por
ejemplo, un favor sexual)
mediante caminos no éticos.
6.
7. Uno de los problemas principales a los que se
enfrenta una víctima de acoso sexual, es que el
delito es muy difícil de probar y en ocasiones, no
está definido claramente como tal por los códigos
penales.
8. Una de las formas en que la victima puede
probar el acoso sexual, es por medio de
testigos.
9. Sanción
El código de defensa social vigente para el estado de
puebla establece en su artículo 278 bis bajo la
denominación de Hostigamiento sexual (cuando
hay una relación de subordinación entre el
acosador y la victima) una pena de 6 meses a dos
años de prisión y de 150 a 300 días de salario como
pena.
10. El mismo ordenamiento establece bajo la
denominación de Acoso sexual (no existe una
relación de subordinación) una pena de 150 a
300 días de salario mínimo en su artículo 278
quater
12. Dolencias clásicas -gastritis, ataques de pánico,
dolores musculares, vómitos-, siempre
encuentras otras evidencias: excesiva
ingestión de fármacos, insomnios, problemas
de alimentación, anorexia o bulimia
13. Mujeres que visten masculinamente buscando
disimularse, para que no las toquen. Niñas que son
muy delgadas y empiezan a desfigurarse su cuerpo
engordando. Andar encogida, encorvada
14. Hay quienes entran a la policía: siente que el uniforme
las protege. Hay quienes se hacen monjas: sienten
que el hábito las encubre. Otras por el contrario,
visten con excesiva provocación: su mecanismo de
auto-destrucción les lleva al peligro constante
15. Afectan su desenvolvimiento en el ámbito laboral. Lo
que ocasiona que su trabajo se vea opacado y no se
muestre realmente su eficacia y capacidad
generando la pérdida de empleo o inestabilidad
laboral.
16. Medios de protección
Acude a alguna
asociación que te
ayude
Denuncia
Junta Directiva de Asamblea Legislativa
DESPIDE a Víctima Denunciante de Acoso
Sexual
17. Referencias
Libros
• Garibay, A. (2006). Mitología Griega: Dioses y Héroes. México: Porrúa
• González, E. (1996). Acoso Sexual. Argentina: Depalma Buenos Aires
• Martínez, J. (1995). Acoso sexual en las relaciones laborales. Buenos Aires: Astrea
Documentos electrónicos
• Código de defensa social para del estado Libre y soberano de Puebla (2011,10 de
Agosto). En h. congreso del estado de Puebla. Legislación estatal [en línea]
Recuperado el 20 de febrero de 2012 de
http://www.congresopuebla.gob.mx/index.php?option=com_docman&task=cat_vi
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• García, C. Z. (2009, 20 de noviembre). El acoso laboral en México. [en línea].
México. Recuperado el 28 de febrero de 2012 de
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• Huerta, L. (9 de junio de 2011). Acoso laboral: el infierno en horas de oficina. El
Universal on Line. [En línea] recuperado el 1 de febrero de 2012 de
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• CSI Confederación Sindical Internacional (2008), una guía sindical. [en línea].
Recuperado el 19 de abril de 2012 de http://www.ituc-
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