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1) Abstención
En política, la abstención es una de las opciones ante la toma colectiva de una
decisión. Quien practica la abstención no emite su opinión en forma de
voto. Es muy similar al voto en blanco.
• En unas elecciones se considera "abstencionistas" a quienes no acuden
a las urnas. Este tipo de abstención se denomina abstención pasiva.
Se considera abstención activa a la suma de votantes que emiten
votos en blanco y nulos. Dependiendo de las legislaciones locales, el
abstencionismo puede ser legal o bien una falta punible.
• En el Parlamento la abstención y el voto en blanco son equivalentes.
Abstencionismo
Actitud de quienes propugnan la abstención, en especial la no
participación en unas elecciones políticas puesto que estas no servirían
para modificar la situación de una sociedad, ya que limitarían la acción
política ciudadana a elegir representantes que eligen por ellos la
dirección política y no los ciudadanos por sí mismos.
Representa un obstáculo para lograr una democracia representativa: en
multitud de ocasiones, la ausencia de participación de la llamada "fuerza
silente", ensombrece el resultado del proceso electoral.
2) Abstención activa
Tradicionalmente la abstención ha sido descuidada en los estudios electorales
(interesadamente por ser el medio deslegitimador de la partitocracia)
identificándola sistemáticamente con la abstención pasiva generada por la
desidia y el desencanto ciudadano por la política.
Erróneamente, se califica como abstención activa el voto en blanco y nulo,
incluso atribuyéndoles equivocadamente la capacidad de cuestionar los
procesos electorales, arrinconando y ocultando la opción voluntaria e
intencionada de no votar por discrepar con el sistema, englobando esta en la
definición de pasiva.
Hablando con propiedad, no se puede definir el voto en blanco y el nulo como
abstención, pues participa del sistema. Solo la acción voluntaria de no
participar, militando en las filas del abstencionismo como forma de
deslegitimar la partitocracia se puede denominar abstención activa,
diferenciándose radicalmente de la pasiva.
3) Abstencionario
Persona que practica la abstención activa para deslegitimar el Estado de
partidos y promover la emergencia de la Republica constitucional. Se distingue
del abstencionista en que su acción es consciente, voluntaria y tiene como fin
el aislar a la clase político del Estado de partidos y acabar con el sistema
proporcional. El abstencionista es así el ácrata (partidario de la supresión de
toda autoridad), anarquista o abúlico (que padece falta de voluntad, o
disminución notable de su energía) que no participa. El abstencionario, por
contra, quiere participar votando para elegir, cosa imposible en la monarquía de
partidos donde se vota para refrendar lo elegido por cúpulas de partido
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mediante procesos oscuros no democráticos. El abstencionario emplea una
táctica transitoria de voluntad de no votar cuando no se puede elegir.
4) Abuso de autoridad (o de poder)
En el derecho administrativo, el abuso de autoridad o sus equivalentes abuso
de poder o abuso de las funciones públicas, es el exceso indebido en el
ejercicio de la función pública.
El derecho penal contempla el abuso de autoridad en sentido lato, como la
figura delictiva que comete quien investido de poderes públicos realice en
su gestión actos contrarios a los deberes que le impone la ley, por lo que
aflige la libertad de las personas, las intimida o de cualquier manera les causa
vejámenes, agravios morales o materiales. En sentido estricto, se entiende
como el delito doloso que comete el que actuando en calidad de funcionario
público dictare resoluciones u órdenes contrarias a las Constituciones o leyes
nacionales o provinciales o ejecutare las órdenes o resoluciones de esta clase
existentes o no ejecutare las leyes cuyo cumplimiento le incumbiere. El sujeto
pasivo de este delito es la administración pública, y no es necesario que se le
haya causado un daño material.
Este delito tiene varios subtipos entre los que cabe destacar:
• Prevaricación (una autoridad, juez u otro funcionario público dicta una
resolución arbitraria en un asunto administrativo o judicial, a sabiendas
que dicha resolución es injusta)
• Cohecho (coloquialmente "coima" o "soborno") es un delito que
consiste en que una autoridad o funcionario público acepte o solicite una
dádiva a cambio de realizar un acto o de no realizarlo)
• Tráfico de influencias
• Malversación de fondos públicos (sustracción, o el consentimiento
para que ésta se verifique, o su aplicación a usos propios o ajenos por
parte de quien los tenga a su cargo)
• Corrupción
5) Abuso de representación
Abuso de representación consiste en el fraude que acomete un
representante cuando emprende acciones distintas a las de su panfleto
electoral.
En los gobiernos democráticos, es el reproche más usual de los electores
contra la clase política.
Cuando un cargo electo hace lo contrario de lo que prometió mientras era
candidato, nos encontramos frente a un típico caso de Abuso de
Representación.
La principal razón por la que se dan los abusos de representación, es la
falta de mecanismos de control que verifiquen que los cargos electos
siguen el itinerario marcado por sus promesas, y en el caso de ocurrir un
cambio de circunstancias, volver a un proceso electoral para presentar las
distintas acciones que el cargo electo piensa desarrollar.
6) Acción
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Una acción es una parte alícuota del capital social de una sociedad
anónima. Representa la propiedad que una persona tiene de una parte de
esa sociedad. Normalmente, salvo excepciones, las acciones son
transmisibles libremente y otorgan derechos económicos y políticos a su titular
(accionista).
Como inversión, supone una inversión en renta variable, dado que no tiene un
retorno fijo establecido por contrato, sino que depende de la buena marcha de
dicha empresa.
7) Acción directa
La acción directa es la realización autoorganizada de una iniciativa
individual o grupal, enfocada en dar respuestas puntuales a situaciones
concretas. Es un método y una teoría para la detención de prácticas
intolerables, o para la creación de condiciones más favorables, usando
inmediatamente los medios disponibles. Es un principio de acción del
anarquismo.
Los medios usados pueden ir de las huelgas al sabotaje, resistencia pasiva,
ocupación de lugares de trabajo, intimidación, boicots, o métodos
innovadores pero menos agresivos tales como la acción poética y acciones de
mayor continuidad como establecer centros sociales, crear empresas
cooperativas, emprender negocios autogestionados y/o independientes,
entre otros proyectos. Este tipo de acciones son, con frecuencia (pero no
siempre), una forma de desobediencia civil, y pueden ser ilegales. Su
objetivo apunta a:
• Obstruir a otro agente u organización realizando prácticas a las cuales
éstas se oponen.
• Actuar con cualquier recurso o método que este dentro de su poder,
sobre la propia persona o como parte de un grupo, para resolver sus
asuntos.
Este método y teoría es directo en el sentido de que busca inmediatamente
resolver las carencias percibidas, como oposición a las tácticas indirectas
como la elección de representantes quienes prometen sanear aquellos
problemas a largo plazo. La acción directa va entrelazada con la intención de
practicar directamente la autodeterminación, por ende estando en contra de la
acción autoritaria ya sea del estado, el capitalismo, la empresa corporativa, el
régimen gubernamental, el patriarcado, etc.
8) Acracia
(del griego α-, "no" y κράτος, "fuerza, violencia") y ácrata son sinónimos de
anarquía y anarquista respectivamente, aunque la raíz del concepto no es la
misma: anarquía alude a la falta de un principio o poder que organice
jerárquicamente la sociedad; acracia, a la ausencia de coerción.
Los ácratas no aceptan la legitimidad de ninguna imposición. Desde su
perspectiva, para que una acción tenga valor moral debe emanar de la decisión
libre de quien la emprende, por lo que las actividades humanas deben ser
resultado de compromisos voluntarios. Para ellos, las personas no han nacido
para obedecer, sino para decidir por sí mismas.