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EXPOSICIÓN SOBRE LOS TEMAS
15 AL 21 DE DERECHO DE
OBLIGACIONES (EL CONTRATO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA
UNIVERSIDAD FERMÍN TORO- BARQUISIMETO ESTADO LARA
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
SISTEMA DE EDUCACIÓN SEMIPRESENCIAL A DISTANCIA
SAIA INTERANUAL
Materia: DERECHO CIVIL OBLIGACIONES
Profesor: ANTONELLA CIANFOGLIONE
Alumna: Luz Marina Márquez Sánchez
C.I .V- 6.303.017, 3er año Sección “D”
San Cristóbal, 22 Abril 2016
DERECHO CIVIL
OBLIGACIONES
EL CONTRATO
 DEFINICIÓN
Convención entre dos o mas personas para constituir, reglar, transmitir, modificar o
extinguir entre ellas un vínculo jurídico.
 CLASIFICACION
-Unilateral: Obligaciones que puedan surgir o no para una o ambas partes
contratantes, una donación, un comodato.
-Bilateral: Es de contenido netamente patrimonial, en el cual las partes tienen
intereses opuestos, la venta, la permuta
-Onerosos: El carácter oneroso
-Aleatorios: Acontecimiento incierto, ejm: el seguro, un juego, apuesta
-Nominados: Contemplados y normalizados, un comodato
-Consensuales: Mutuo consentimiento de las partes, ejm. el arrendamiento
-De cumplimiento: Nacen y se ejecutan, contrato de arrendamiento
-Principales y Accesorios: No requieren, la existencia de otro son
autónomos en cambio los accesorios si requieren de otros.
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SAIA INTERANUAL
FORMACION DEL CONTRATO: Se da de
manera inmediata o luego de planteamientos, charlas
preliminares entre las partes.
 LA OFERTA: La proposición unilateral, se
clasifican por su naturaleza (imperfecta y perfecta)
tiene efectos obligatorios y para ambas partes,
Según el término (sin plazo, con plazo), Según el
destinario (persona indeterminada, determinada),
según las modalidades (ejecución previa,
recompensa)
 LA ACEPTACION: La voluntad de destinario
de una oferta, el cual manifiesta al oferente su
conformidad. (libre, pura y simple, manifestada)
 EL CONTRATO AUSENTE: Entre personas
que se encuentran en lugares diferentes
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SAIA INTERANUAL
 ELEMENTO DE EXISTENCIA DEL
CONSENTIMIENTO
 DEFINICIÓN: Son aquellas condiciones o circunstancias
que configuran un contrato y son indispensables para la
existencia de su validez
 EL CONSENTIMIENTO: Manifestación de voluntad
deliberada entre dos voluntades libres
 LA VOLUNTAD: Segundo requisito de consentimiento
presenta: la Real (interna) y la Declarada (el sujeto
manifiesta y comunica)
 CRITERIO DEL CODIGO CIVIL: El contrato de buena fe
art. 1160 cc, en la posesión art. 772 cc
 EL SILENCIO DE LAS PARTES: Manifestación tácita o
indirecta de la voluntad, la parte no persigue manifestar su
voluntad
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SAIA INTERANUAL
 ELEMENTO DE EXISTENCIA DEL CONTRATO
LA CAUSA: Es el fin que buscan las partes a
contratar
 DEFINICIÓN: Responde a las preguntas: ¿Por qué se
ha querido?, en virtud de un préstamo, pagar el
precio de una cosa comprada, indemnizar daños.
 OBLIGACIÓN SIN CAUSA: La doctrina: 1) cuando
no ha existido nunca, 2) cuando existe en un principio
y posteriormente deja de existir, 3) cuando la causa
siendo relativa al futuro.
 CAUSA FALSA Y ILICITA: Falsa: existe y en
realidad no existe, ejm. herederos. Ilícita: obtener
una ventaja ilegal
 PRESUNCION DE LA CAUSA: El contrato es válido
aunque no se exprese, art. 1150 cc
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SAIA INTERANUAL
 ELEMENTO DE VALIDEZ DEL CONTRATO LA
CAPACIDAD
 DEFINICIÓN: Solo afecta la validez del contrato, puede ser
anulado por incapacidad de una o ambas partes,
 CARACTERES CAPACIDAD CONTRACTUAL: 1) la capacidad
es la regla y la incapacidad es la excepción 2) Las normas que están
en la incapacidad son de orden publico, no son de convenios
particulares. 3) Las normas sobre incapacidad son dictadas en
beneficio y protección de los propios incapaces. 4) La incapacidad
contractual produce anulabilidad del contrato.
 CASOS DE INCAPACIDAD: 1)Los incapaces por excelencia: el
menor (puro y simple, emancipado, el entredicho y el inhabilitado
2) Incapacidades especiales: incapacidades en materia de
ventas, para adquirir bienes inmuebles, para recibir donacion.
 EFECTOS DE LA INCAPACIDAD: La anulabilidad del
contrato cuando ambas partes son incapaces.
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 ELEMENTO DE VALIDEZ DEL CONTRATO
CONSENTIMIETO VALIDO
 DEFINICIÓN: Se refiere que las Manifestaciones de
voluntad de las partes contratantes estén libres de
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consentimiento otorgado por ellas: error, dolo o violencia
 ERROR: Conocimiento falso de una cosa o hecho, falta
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gb y era de 30gb., la equivocación de identidad e un
contrato de capitulaciones. Puede ser de Derecho
(existencia), de Hecho (objetiva (objeto) y subjetiva
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 ELEMENTO DE VALIDEZ DEL CONTRATO
CONSENTIMIETO VALIDO
 DOLO: Es toda acción u omisión que, con voluntad y
conciencia de producir un resultado antijurídico,
impide la prestación de un consentimiento libe,
consciente y voluntario al inducir a una persona a
prestar su consentimiento en el contrato.
 Requisitos para Existencia de Dolo: 1) Una conducta
intencional. 2) Debe ser causante. 3) Debe emanar de
la otra parte contratante, o de un tercero.
 EFECTO DEL DOLO: 1)Nulidad del contrato se
consagra solo a favor de la victima, 2)
Responsabilidad Civil, solicita también la victima la
indemnización
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 ELEMENTO DE VALIDEZ DEL CONTRATO
CONSENTIMIETO VALIDO
 VIOLENCIA: Otro de los vicios del consentimiento
además del error y el dolo, entendida en sentido
general como la coacción física o moral que impide a
una persona prestar libremente el consentimiento a
los fines de celebrar un contrato.
 CONDICIONES DEL VIOLENCIA: 1) Debe ser
determinable (una amenaza seria, verdadera y grave.
2) Debe ser injusta: Debe ser injusta: por violar el
ordenamiento jurídico y las buenas costumbres. 3)
Que el consentimiento sea fruto de la intimidación de
una relación causa-efecto.
 EFECTOS DE LA VIOLENCIA: Producidos por el dolo
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 CONCLUSIONES
-Podemos expresar como conclusión
general que el elemento esencial y
que representa el verdadero espíritu
del contrato es el consentimiento.
-La capacidad en el ámbito del
contrato constituye un requisito de
validez del contrato.
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  • 1. EXPOSICIÓN SOBRE LOS TEMAS 15 AL 21 DE DERECHO DE OBLIGACIONES (EL CONTRATO REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA UNIVERSIDAD FERMÍN TORO- BARQUISIMETO ESTADO LARA FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS SISTEMA DE EDUCACIÓN SEMIPRESENCIAL A DISTANCIA SAIA INTERANUAL Materia: DERECHO CIVIL OBLIGACIONES Profesor: ANTONELLA CIANFOGLIONE Alumna: Luz Marina Márquez Sánchez C.I .V- 6.303.017, 3er año Sección “D” San Cristóbal, 22 Abril 2016 DERECHO CIVIL OBLIGACIONES EL CONTRATO
  • 2.  DEFINICIÓN Convención entre dos o mas personas para constituir, reglar, transmitir, modificar o extinguir entre ellas un vínculo jurídico.  CLASIFICACION -Unilateral: Obligaciones que puedan surgir o no para una o ambas partes contratantes, una donación, un comodato. -Bilateral: Es de contenido netamente patrimonial, en el cual las partes tienen intereses opuestos, la venta, la permuta -Onerosos: El carácter oneroso -Aleatorios: Acontecimiento incierto, ejm: el seguro, un juego, apuesta -Nominados: Contemplados y normalizados, un comodato -Consensuales: Mutuo consentimiento de las partes, ejm. el arrendamiento -De cumplimiento: Nacen y se ejecutan, contrato de arrendamiento -Principales y Accesorios: No requieren, la existencia de otro son autónomos en cambio los accesorios si requieren de otros. REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA UNIVERSIDAD FERMÍN TORO- BARQUISIMETO ESTADO LARA FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS SISTEMA DE EDUCACIÓN SEMIPRESENCIAL A DISTANCIA SAIA INTERANUAL
  • 3. FORMACION DEL CONTRATO: Se da de manera inmediata o luego de planteamientos, charlas preliminares entre las partes.  LA OFERTA: La proposición unilateral, se clasifican por su naturaleza (imperfecta y perfecta) tiene efectos obligatorios y para ambas partes, Según el término (sin plazo, con plazo), Según el destinario (persona indeterminada, determinada), según las modalidades (ejecución previa, recompensa)  LA ACEPTACION: La voluntad de destinario de una oferta, el cual manifiesta al oferente su conformidad. (libre, pura y simple, manifestada)  EL CONTRATO AUSENTE: Entre personas que se encuentran en lugares diferentes REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA UNIVERSIDAD FERMÍN TORO- BARQUISIMETO ESTADO LARA FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS SISTEMA DE EDUCACIÓN SEMIPRESENCIAL A DISTANCIA SAIA INTERANUAL
  • 4.  ELEMENTO DE EXISTENCIA DEL CONSENTIMIENTO  DEFINICIÓN: Son aquellas condiciones o circunstancias que configuran un contrato y son indispensables para la existencia de su validez  EL CONSENTIMIENTO: Manifestación de voluntad deliberada entre dos voluntades libres  LA VOLUNTAD: Segundo requisito de consentimiento presenta: la Real (interna) y la Declarada (el sujeto manifiesta y comunica)  CRITERIO DEL CODIGO CIVIL: El contrato de buena fe art. 1160 cc, en la posesión art. 772 cc  EL SILENCIO DE LAS PARTES: Manifestación tácita o indirecta de la voluntad, la parte no persigue manifestar su voluntad REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA UNIVERSIDAD FERMÍN TORO- BARQUISIMETO ESTADO LARA FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS SISTEMA DE EDUCACIÓN SEMIPRESENCIAL A DISTANCIA SAIA INTERANUAL
  • 5.  ELEMENTO DE EXISTENCIA DEL CONTRATO LA CAUSA: Es el fin que buscan las partes a contratar  DEFINICIÓN: Responde a las preguntas: ¿Por qué se ha querido?, en virtud de un préstamo, pagar el precio de una cosa comprada, indemnizar daños.  OBLIGACIÓN SIN CAUSA: La doctrina: 1) cuando no ha existido nunca, 2) cuando existe en un principio y posteriormente deja de existir, 3) cuando la causa siendo relativa al futuro.  CAUSA FALSA Y ILICITA: Falsa: existe y en realidad no existe, ejm. herederos. Ilícita: obtener una ventaja ilegal  PRESUNCION DE LA CAUSA: El contrato es válido aunque no se exprese, art. 1150 cc REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA UNIVERSIDAD FERMÍN TORO- BARQUISIMETO ESTADO LARA FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS SISTEMA DE EDUCACIÓN SEMIPRESENCIAL A DISTANCIA SAIA INTERANUAL
  • 6.  ELEMENTO DE VALIDEZ DEL CONTRATO LA CAPACIDAD  DEFINICIÓN: Solo afecta la validez del contrato, puede ser anulado por incapacidad de una o ambas partes,  CARACTERES CAPACIDAD CONTRACTUAL: 1) la capacidad es la regla y la incapacidad es la excepción 2) Las normas que están en la incapacidad son de orden publico, no son de convenios particulares. 3) Las normas sobre incapacidad son dictadas en beneficio y protección de los propios incapaces. 4) La incapacidad contractual produce anulabilidad del contrato.  CASOS DE INCAPACIDAD: 1)Los incapaces por excelencia: el menor (puro y simple, emancipado, el entredicho y el inhabilitado 2) Incapacidades especiales: incapacidades en materia de ventas, para adquirir bienes inmuebles, para recibir donacion.  EFECTOS DE LA INCAPACIDAD: La anulabilidad del contrato cuando ambas partes son incapaces. REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA UNIVERSIDAD FERMÍN TORO- BARQUISIMETO ESTADO LARA FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS SISTEMA DE EDUCACIÓN SEMIPRESENCIAL A DISTANCIA SAIA INTERANUAL
  • 7.  ELEMENTO DE VALIDEZ DEL CONTRATO CONSENTIMIETO VALIDO  DEFINICIÓN: Se refiere que las Manifestaciones de voluntad de las partes contratantes estén libres de irregularidades, anomalías o vicios que invaliden el consentimiento otorgado por ellas: error, dolo o violencia  ERROR: Conocimiento falso de una cosa o hecho, falta de apreciación de la realidad, ejm. Voy adquirir ipop de 8 gb y era de 30gb., la equivocación de identidad e un contrato de capitulaciones. Puede ser de Derecho (existencia), de Hecho (objetiva (objeto) y subjetiva (cualidad). REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA UNIVERSIDAD FERMÍN TORO- BARQUISIMETO ESTADO LARA FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS SISTEMA DE EDUCACIÓN SEMIPRESENCIAL A DISTANCIA SAIA INTERANUAL
  • 8.  ELEMENTO DE VALIDEZ DEL CONTRATO CONSENTIMIETO VALIDO  DOLO: Es toda acción u omisión que, con voluntad y conciencia de producir un resultado antijurídico, impide la prestación de un consentimiento libe, consciente y voluntario al inducir a una persona a prestar su consentimiento en el contrato.  Requisitos para Existencia de Dolo: 1) Una conducta intencional. 2) Debe ser causante. 3) Debe emanar de la otra parte contratante, o de un tercero.  EFECTO DEL DOLO: 1)Nulidad del contrato se consagra solo a favor de la victima, 2) Responsabilidad Civil, solicita también la victima la indemnización REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA UNIVERSIDAD FERMÍN TORO- BARQUISIMETO ESTADO LARA FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS SISTEMA DE EDUCACIÓN SEMIPRESENCIAL A DISTANCIA SAIA INTERANUAL
  • 9.  ELEMENTO DE VALIDEZ DEL CONTRATO CONSENTIMIETO VALIDO  VIOLENCIA: Otro de los vicios del consentimiento además del error y el dolo, entendida en sentido general como la coacción física o moral que impide a una persona prestar libremente el consentimiento a los fines de celebrar un contrato.  CONDICIONES DEL VIOLENCIA: 1) Debe ser determinable (una amenaza seria, verdadera y grave. 2) Debe ser injusta: Debe ser injusta: por violar el ordenamiento jurídico y las buenas costumbres. 3) Que el consentimiento sea fruto de la intimidación de una relación causa-efecto.  EFECTOS DE LA VIOLENCIA: Producidos por el dolo REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA UNIVERSIDAD FERMÍN TORO- BARQUISIMETO ESTADO LARA FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS SISTEMA DE EDUCACIÓN SEMIPRESENCIAL A DISTANCIA SAIA INTERANUAL
  • 10.  CONCLUSIONES -Podemos expresar como conclusión general que el elemento esencial y que representa el verdadero espíritu del contrato es el consentimiento. -La capacidad en el ámbito del contrato constituye un requisito de validez del contrato. REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA UNIVERSIDAD FERMÍN TORO- BARQUISIMETO ESTADO LARA FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS SISTEMA DE EDUCACIÓN SEMIPRESENCIAL A DISTANCIA SAIA INTERANUAL