sesion de aprendizaje 1 SEC. 13- 17 MAYO 2024 comunicación.pdf
Planificación ed social y cívica 2021 unidad 1 y 2
1. Libro “Educación Social y Cívica”. Bottero, Escoto, Goncálvez. Reformulación 2006
EDUCACIÓN SOCIAL Y CÍVICA
PROGRAMA DE LAASIGNATURA
Profesora Ana Inés Guedes
UNIDAD I. CONVIVENCIA CIUDADANA:
Convivencia Humana: Las necesidades humanas como fundamento de la vida social
Proceso de Socialización. Concepto, tipos y agentes.
Concepto de interacción y control social.
Normas de convivencia: morales, religiosas, usos sociales, jurídicas; semejanzas y diferencias.
Obligatoriedad y jerarquización de las normas jurídicas. Principios del orden jurídico.
Formas de interacción social
Violencia: concepto y tipos.
Mecanismos alternativos a la justicia ordinaria: - mediación - negociación - conciliación –
arbitraje
Concepto de justicia ordinaria
UNIDAD II. ORGANIZACIÓN POLÍTICA NACIONAL
El Estado como organización social y política:
◦ Elementos constitutivos
◦ Fines del Estado
Concepto de Gobierno
Principios básicos del sistema democrático
◦ Soberanía Popular. Ejercicio directo (Iniciativa Popular, Referéndum, Plebiscito)
◦ Separación de Poderes
◦ Elecciones libres y periódicas
◦ Pluralismo
◦ Multipartidismo
◦ Principio de la Mayoría
◦ Respeto a los Derechos Humanos
Organigrama del Gobierno Nacional
Integración y funcionamiento de los tres poderes a nivel nacional y departamental
UNIDAD III. PARTICIPACIÓN CIUDADANA
Concepto y formas de Participación: Gremial, sindical, política
Grupos de participación organizada
El Sufragio como mecanismo de toma de decisiones colectivas.
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Partidos políticos: organización e integración.
Ciudadanía:
◦ Concepto y tipos.
◦ Suspensión y pérdida
◦ Derechos y obligaciones
UNIDAD IV. DERECHOS HUMANOS
Breve análisis de los derechos consagrados constitucionalmente:
a) Vida.
b) Honor
c) Libertad
d) Seguridad
e) Trabajo. Trabajo digno (en cantidad y calidad, derechos laborales, ingresos adecuados,
protección social, libertad sindical y diálogo social)
f) Propiedad
g) Igualdad
El adolescente como sujeto de derecho
▪ Identidad
▪ Imagen
▪ Familia
▪ Salud
▪ Educación
▪ Recreación
▪ Trabajo digno (condiciones, edad, horario)
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UNIDAD I. Convivencia Ciudadana
Convivencia Humana
El ser humano necesita vivir en sociedad, necesita de los demás, tiene características que lo limitan y lo
hacen vulnerable a los efectos del ambiente natural. Fuera de su grupo social le es difícil conservar y
desarrollar su vida. Por eso vivimos en sociedad, porque es ser humano es un SER SOCIAL.
Pertenecemos a una comunidad de individuos con quienes compartimos una determinada organización,
practicamos nuestra propia cultura, mantenemos lazos afectivos y convivimos en un entorno
geográfico.
Para posibilitar esa convivencia establecemos normas que nos hacen cumplir deberes, protegen
nuestros derechos y nos proporcionan pautas de comportamiento y adaptación.
Por cultura entendemos a toda creación del hombre, resultado de la interacción social transmitida y
conservada a través de la comunicación y el lenguaje.
La Cultura es aprendida, transmitida de generación en generación. Ideas, valores, creencias, elementos
materiales son legados a las generaciones venideras.
El proceso mediante el cual aprendemos nuestra cultura se llama Proceso de Socialización
¿Qué es la Socialización?
El proceso de socialización hace referencia al contacto entre personas mediante el cual aprendemos,
aceptamos e integramos una serie de pautas de comportamiento y nos adaptamos a ellas. Este proceso
tiene el objetivo de inculcar en la persona los elementos socioculturales propios de su entorno, estos
elementos son moldeados por las experiencias personales y por los agentes sociales, e integrados en la
personalidad del individuo.
Mediante la socialización, la persona desarrolla y potencia las habilidades necesarias para la efectiva
integración y contribución a la vida social, generando patrones de conducta y comportamiento
organizados, acordes con la sociedad.
Pero todo este proceso de socialización no sería posible sin los agentes de socialización. Se consideran
agentes de socialización a todas aquellas personas o instituciones con las que la persona se relaciona.
Sin ellos no existe ningún tipo de socialización.
La familia, la escuela, los amigos e iguales, así como las instituciones y personas influyentes pertene-
cen a la categoría de agentes sociales; siendo los más importantes la familia, debido a que es el primer
contacto social de la persona y la escuela, puesto que es la principal emisora de conocimiento.
Pero esta socialización no se da en un solo momento de la vida, si no que se alarga durante años. Por lo
tanto, dependiendo de la etapa en la que se encuentre la persona podremos hablar de socialización pri-
maria o secundaria
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La socialización primaria y sus agentes
Esta primera fase de socialización tiene lugar en el contexto familiar de la persona. A continuación pasa
a darse en las instituciones educativas en las cuales el individuo comienza a generar otras relaciones
con amigos y pares, fuera del núcleo familiar.
No existe un evento o señal concreta que sirva de punto de finalización de esta etapa, ya que esto puede
cambiar según la persona, el contexto social y la cultura en la que esta se desarrolle. Los agentes socia-
les propios de esta etapa y que ocasionan las primeras relaciones con la persona son: la familia, la es-
cuela y los medios de comunicación.
La familia:
La familia, sobre todo el núcleo familiar más íntimo y cercano, tiene la responsabilidad de atender tanto
las necesidades físicas del individuo, como las necesidades psicológicas. Asimismo, las dinámicas fa-
miliares determinarán la evolución de persona tanto a nivel de personalidad, como a nivel cognitivo y
de conducta.
Las relaciones con padres y hermanos, aportan una información esencial para el niño sobre cómo inte-
ractuar con otras personas, generando así patrones de comportamiento básicos que le permitirán en un
futuro adaptarse mejor a la sociedad
La escuela, los amigos y los pares:
Por otra parte, una vez que el niño comienza la etapa académica, la escuela se convierte en otro agente
social primordial. La escuela otorga la oportunidad de relacionarse diariamente con amigos y pares, ha-
ciendo consciente al niño de que pueden existir diferencias en la manera de proceder, actual y pensar de
los otros.
Además, la relación entre el cuerpo de profesores y los alumnos proporciona el conocimiento de que
también existen jerarquías institucionales y cómo interactuar con ellas.
Los Medios de comunicación:
Finalmente, un agente socializador que cada vez adquiere más importancia son los medios de comuni-
cación. Además de los medios tradicionales como la televisión, la prensa o la radio; el avance de Inter-
net y las redes sociales está ejerciendo un importante efecto sobre la manera en que las personas se so-
cializan
Es imposible ignorar el cambio que se ha producido en la manera de socializar, influenciados por las
redes sociales. Las cuales han conseguido alterar las dinámicas y patrones de comportamiento de las
personas en relación con la interacción con otros.
La socialización secundaria
Esta segunda fase se da durante la adolescencia, cuando la persona pone en práctica todo lo aprendido
en el hogar y en el contexto educativo. En esta socialización posterior, la persona (que ya posee habili-
dades sociales anteriores) se incorpora en otros sectores de la sociedad, los cuales le permiten un apren-
dizaje de nuevos recursos en otros ámbitos.
Mediante este proceso, la persona asimila que existen otros contextos y realidades que difieren de lo
conocido durante la socialización primaria. En este caso, el liceo, la universidad, los organismos labo-
rales y las instituciones políticas y gubernamentales ejercen un fuerte poder en la socialización.
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Además, a diferencia de la socialización primaria, en la etapa secundaria la persona tiene un amplio
margen de actuación, en el cual es libre de decidir cómo actuar. Aunque muchos de los esquemas men-
tales básicos aprendidos en la primera parte de su vida (socialización primaria) se instalan en su perso-
nalidad de manera que el individuo tiende a reproducirlos.
Interacción Social
Se denomina interacción social a la influencia de unas personas en el comportamiento de otras. Esa
influencia es recíproca y es producto de un largo proceso de aprendizaje social, en el que interiorizamos
conductas aceptadas y esperadas socialmente. Así, se generan pautas que nos permiten prever las
conductas de los otros y a considerarlas para poder actuar. Surgen entonces las pautas sociales, normas
que describen regularidades que se producen en la vida social y que nos sirven para entender lo que
ocurre para adecuar por consiguiente nuestra propia conducta. En conclusión la base y fundamento de
la convivencia es la interacción social.
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Interacción y control social
La sociedad emplea un conjunto de mecanismos para lograr el cumplimiento de las normas que reciben
el nombre de control social. Estos mecanismos varían según la sociedad, la cultura, el tiempo y el lugar.
Básicamente consisten en la presión que el grupo ejerce sobre el individuo. Al vivir en sociedad son
indispensables instrumentos que regulen las conductas de las personas para que se respeten los
derechos y las libertades de todos; con ello surgen las normas. La norma es una ordenación del
comportamiento humano, según un criterio que conlleva una sanción al no ser cumplida. Puede ser
coactiva pues cabe la posibilidad del uso de la fuerza para hacer que se cumpla. Es un deber ser, una
obligación y tiene como finalidad establecer el comportamiento adecuado de las personas.
Las normas de convivencia
Existen diversos tipos de normas que varían de acuerdo a lo que la sociedad acepta como válidas en ese
momento y lugar.
Normas religiosas:
Regulan el comportamiento según un punto de vista sobrenatural, fueron las que surgieron primero en
la historia y protegieron sus valores a través de los mandamientos, emanaban de las palabras de los
dioses y eran trasmitidas a los profetas o sacerdotes. En la actualidad estas normas son cumplidas por
las personas que adhieren a una determinada religión o culto.
Su finalidad es que la persona cumpla con los principios religiosos a través del convencimiento libre y
espontáneo. Por esta razón se caracterizan por ser autónomas y unilaterales.
Son incoercibles en la medida en que no existen mecanismos para obligar a que sean cumplidas.
Interiores porque la valoración de una determinada conducta la realiza el propio sujeto
Son unilaterales porque establecen solamente deberes, por to tanto una persona no puede exigir un
determinado comportamiento a otro.
Son autónomas porque surgen del propio sujeto. Su autoconvencimiento y autorregulación.
Morales:
Apuntan al perfeccionamiento del individuo desde la perspectiva de su bien personal.
Se refieren a aspectos más generales y básicos de las relaciones con los otros, tratan de la Justicia, la
dignidad, la integridad y el respeto por los demás. Casi todas las personas las comparten y las van
adquiriendo a lo largo de su vida. No respetarlas suele ir unido a una desaprobación social, esa sería su
sanción. Son incoercibles, esto significa que no puede ser exigido su cumplimiento, requieren la
adhesión voluntaria de las personas. Son normas interiores, autónomas y unilaterales.
Sociales:
También llamados usos sociales o costumbres. Son prácticas relativamente durables que tienen su
aplicación en situaciones cotidianas como la forma de vestir, de comer, de saludar y otros muchos
aspectos de la vida social.
Ordenan la vida y dan cierto grado de seguridad al hacer previsibles las conductas en ese aspecto. No
imponen sanciones explícitas; significa que no son coactivas porque no existe una obligación forzada
por el grupo social al cual pertenece una persona. No respetarlas suele ir unido a una desaprobación
social.
Tienen por meta regular el actuar social de tal modo de lograr una convivencia armónica.
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Son unilaterales e incoercibles, heterónomas y exteriores.
Heterónomas significa que la norma es impuesta a las personas desde afuera. Por ejemplo: el
cumplimiento del horario en un centro educativo.
Exteriores significan que rigen la actividad externa de las personas, refieren a lo que se visualiza del
comportamiento. Por ejemplo: vestir a la moda.
Jurídicas:
Son reglas que tienen por objeto ordenar y garantizar la vida en sociedad. Los valores que las sustentan
son la seguridad y la justicia.
Son de carácter coercible pues imponen derechos y deberes que han de ser cumplidos, permitiendo
hacer uso de la fuerza en caso de no ser obedecidas.
Emanan de los órganos del Estado, están escritas y expresan lo que está permitido o prohibido. Por
ejemplo: un estudiante que no guarde un comportamiento adecuado dentro y en las inmediaciones del
centro educativo podrá ser sancionado.
También se caracterizan por ser bilaterales y generales.
Bilaterales: establecen obligaciones para uno y conceden facultades a otro.
Generales: establecen determinadas situaciones jurídicas que alcanzan a aquellos individuos que se
encuentren comprendidos dentro de ellas. Por ejemplo el Estatuto del Estudiante de Educación Media
rige solamente para el que reviste la cantidad de estudiantes en centros de estudio de la educación
media. Así como el Estatuto del Docente rige para los docentes.
Las normas jurídicas son imperativas u obligatorias, pues tienen por finalidad que un acto se realice o
no. Por ejemplo: para cambiarse de centro educativo se requiere solicitar el pase sin el cual no podrá
inscribirse.
Jerarquía de las normas jurídicas
Las normas jurídicas vigentes en un país están ordenadas según su jerarquía o importancia.
En un primer nivel, se ubican la Constitución y los derechos humanos, comprendidos en el derecho
internacional de los DDHH, aceptados por Uruguay. Los Tratados Internacionales ratificados.
En un segundo nivel, las leyes, los códigos y los decretos de las Juntas Departamentales.
En un tercer nivel, las normas reglamentarias (reglamentos, decretos del Poder Ejecutivo y resoluciones
de los Gobiernos Departamentales).
En un cuarto nivel, las normas individualizadas (sentencias, contratos y actos administrativos).
La Constitución es La norma jurídica interna de mayor jerarquía, su importancia reside en el valor que
le da al ordenamiento jurídico en su totalidad.
Es el conjunto de normas fundamentales de una comunidad determinada como un Estado, que regula la
organización y funcionamiento del gobierno y establece los derechos de los individuos. Es un conjunto
de valores superiores de una comunidad, tales como la democracia, la libertad, la igualdad, la
responsabilidad, la protección, la convivencia pacífica y la dignidad.
Los tratados internacionales son normas que el Poder Ejecutivo tiene facultades para concluir y
suscribir, pero que necesitan para ser ratificadas (aprobadas o confirmadas) la aprobación del Poder
Legislativo. Tienen valor y fuerza de ley pero poseen una jerarquía inferior a la Constitución. No
pueden ser dejados sin efecto por una ley posterior. La génesis de un tratado cumple una serie de
etapas: negociación, suscripción, aprobación y ratificación. (Arts. 85 y 168 de la Constitución).
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La ley es la norma jurídica elaborada por el Poder Legislativo y promulgada por el Poder Ejecutivo.
Requiere de un proceso de elaboración que consta de las siguientes etapas: iniciativa, discusión,
sanción, promulgación-publicación (proceso que se analizará en la Unidad ll).
Los códigos son leyes que contienen normas que están ordenadas y sistematizadas por temas, ejemplo:
el Código Civil, el Código Penal, el Código de la Niñez y Adolescencia, el Código Comercial, entre
otros.
Los decretos de las Juntas Departamentales siguen el mismo procedimiento de elaboración que la ley,
pero en el ámbito departamental, y promulgados por el intendente departamental. Tienen validez
departamental; son dictados para tratar diferentes problemas del departamento, como tránsito de la
ciudad, limpieza de las calles, crear, fijar o modificar impuestos, cuidado de monumentos, etc.
Las normas reglamentarias: son normas de carácter general, dictadas por los organismos del Estado,
que realizan la función administrativa, organizando y cumpliendo los diversos servicios. Pueden recibir
distintas denominaciones según el órgano estatal que los dicte (decretos, reglamentos, resoluciones).
Son normas generales dictadas por los organismos del Estado, realizando la función administrativa.
Un decreto del Poder Ejecutivo, por ejemplo, sería que este poder dicta un decreto que permite la
importación de petróleo. Una resolución del Intendente sería, por ejemplo, que éste resuelve habilitar la
utilización de un local municipal para la atención primaria de mujeres y niños víctimas de violencia
doméstica.
Las normas individualizadas tienen un carácter particular, y por lo tanto, un efecto concreto e
individual. Una sentencia es un fallo de un juez o tribunal sobre un tema conflictivo sometido a su
decisión. Ejemplos: reclamos de: Pena de Penitenciaría, indemnización por despido, pensión
alimenticia o por un accidente de tránsito.
El contrato es un acuerdo de voluntades entre dos o más personas para crear, modificar o extinguir una
obligación. Ejemplo: La compra-venta de una moto.
Los Actos Administrativos son definiciones de carácter administrativos para casos concretos. Por
ejemplo: Un docente que gana su cargo efectivo en un concurso de la Anep.
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Constitución
Tratados Internacionales ratificados
Leyes, Códigos, Decretos de las Juntas Departamentales
Normas reglamentarias: Decretos, Reglamentos y Resoluciones realizados por
el Poder Ejecutivo o los Intendentes.
Normas individualizadas: Sentencias Judiciales, Contratos, Actos Administrativos.
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Orden Jurídico.
Como vimos, el conjunto de las normas jurídicas ordenadas según su jerarquía componen lo que se
llama orden jurídico.
Las normas que componen este orden están diferenciadas según su jerarquía, es decir que las mismas
están ordenadas según su valor jerárquico; y este está determinado por su fuerza y su valor.
La fuerza de una norma consiste en la posibilidad que tenga para derogar o modificar lo establecido por
otra norma. Por ejemplo, la Constitución es la norma jurídica de mayor fuerza porque si cualquier
norma la contradice, ella puede dejarla sin efecto.
Por ejemplo, si una ley contradice a la Constitución, es necesario que el Poder Judicial a través de su
órgano máximo: La Suprema Corte de Justicia, la declare inconstitucional, aunque esta declaración se
aplique solo a quienes la solicitaron.
Una norma no debería contradecir a otras de superior jerarquía, éstas establecen los límites para los
contenidos de las normas de menor nivel jerárquico. Por ejemplo, la Constitución prohíbe la pena de
muerte y una norma de menor jerarquía no podría disponer lo contrario.
Ahora bien, ¿qué sucede en la práctica cuando las normas se contradicen? Recurrimos a algunas reglas
que se conocen como principios del orden jurídico. Estos nos van a orientar estableciendo, cuál de las
normas que se contradicen debemos aplicar. Son los principios de jerarquía, derogación y
competencia.
Principio de Jerarquía: Este principio consiste en que si dos normas de diferente jerarquía se
contradicen, debe dejarse de aplicar la de menor jerarquía.
Principio de Derogación: Derogar consiste dejar sin efecto una norma jurídica porque ya no tendrá
valor hacia el futuro. Se aplica cuando la contradicción es entre dos normas de igual jerarquía y
dictadas por el mismo órgano pero en diferentes momentos, entonces la norma posterior deroga a la
anterior.
Principio de Competencia: la competencia es la aptitud que tienen los órganos del Estado para dictar
normas jurídicas dentro de cierto ámbito territorial, en relación a determinadas materias o asuntos, y
sobre determinada población. Por ejemplo, un Gobierno Departamental tiene competencia para dictar
normas jurídicas sobre el nombre que dará a sus parques y plazas. Este principio se aplica cuando se
contradicen dos normas de igual jerarquía pero dictadas por órganos con diferente competencia
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FORMAS DE INTERACCIÓN SOCIAL
Como ya hemos visto, las normas son medios para encausar las conductas sociales y sirven como
instrumentos de control social, contribuyendo a este proceso que obliga a las personas a que se adapten
a dichas pautas.
Esta adaptación se produce mediante dos mecanismos:
Internos
Externos
Los mecanismos internos son aquellos controles que forman parte de la identidad y personalidad del
individuo. La persona acepta una norma social convirtiéndola en parte de su personalidad. Esto
significa que la norma ha sido internalizada
Los mecanismos externos se basan en la aplicación de sanciones sociales por parte de los miembros de
la sociedad o grupos, para corregir ciertos tipos de conducta.
Podemos distinguir diferentes procesos de Interacción Social.
1) COOPERACIÓN: Interés común de dos o más personas o grupos para alcanzar un objetivo
compartido. Implica que cada integrante ayuda a los restantes y es a su vez ayudado por los demás
al trabajar juntos para alcanzar metas en común.
2) COMPETENCIA: Dos o más personas o grupos que disputan un logro u objetivo limitado, que no
puede compartirse.
3) CONFLICTO: Oposición o antagonismo. Cuando la competencia se agudiza, cada parte busca
combatir al adversario.
4) ACOMODACIÓN: Proceso social que intenta solucionar las consecuencias que resultan de un
conflicto.
5) ASIMILACIÓN: Proceso por el cual un grupo se integra a otro, adoptando sus pautas sus pautas
culturales en reemplazo de las propias.
La Interacción Social es parte de la convivencia humana y no está exenta de conflictos. Los vínculos
sociales muchas veces atraviesan situaciones conflictivas. Éstas son inherentes a las relaciones
humanas, ya que implican el choque de intereses.
No siempre son acontecimientos indeseables. A veces constituyen una oportunidad para desarrollarse
personal o grupalmente. Siempre que se utilice el diálogo y la cooperación como camino constructivo.
Los conflictos resueltos permiten ver con mayor claridad la realidad, pueden generar nuevas ideas y
pueden conducir a un cambio positivo; pero siempre que se enfrenten de manera constructiva, es decir,
sin violencia.
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VIOLENCIA COMO FENÓMENO SOCIAL
La violencia es un fenómeno social.
Directa o indirectamente, todos hemos vivido situaciones de violencia. Con mayor o menor impacto.
Es un fenómeno social que alcanza a todos los sectores sociales.
Se ha producido históricamente por una combinación de factores negativos que se establecen entre el
individuo y la sociedad. Actualmente son varios los factores que llevan a detonarla, por ejemplo: la
complejidad social, la urbanización, el abuso de sustancias psicoactivas, las frustraciones, las redes
sociales mal utilizadas, etc,
Estamos ante una situación violenta cuando una o varias personas someten a otra u otras
convirtiéndolas en víctimas de un maltrato que puede ser físico, psicológico o patrimonial.
Según el Instituto Nacional de la mujer: “La Violencia es una conducta aprendida a partir de modelos
familiares y sociales que recurren a la fuerza para resolver conflictos interpersonales. Así se aprende a
utilizar la violencia en la familia, en la escuela, en el deporte, en los medios de comunicación”
DIFERENTES MANIFESTACIONES DE LA VIOLENCIA
Violencia física: Acción u omisión que dañe la integridad física de una persona
Violencia psicológica o emocional: Toda acción u omisión dirigida a perturbar, degradar o controlar el
comportamiento o las decisiones de una persona mediante la humillación, intimidación, aislamiento, o
cualquier otro medio que afecte la estabilidad psicológica o emocional.
Violencia sexual: Toda acción u omisión que imponga comportamientos sexuales a una persona
mediante el uso de la fuerza, intimidación o cualquier otro medio que limite su libertad sexual.
Violencia patrimonial: Toda acción u omisión que implique daño, pérdida, transformación o
sustracción de bienes.
CONCLUSIÓN: Toda forma de manifestación
de la violencia es una violación a los Derechos
Humanos. Quien ejerce violencia no reconoce
a su víctima como persona que posee derechos.
La violencia en su desarrollo describe un ciclo
que muchas veces es muy difícil de cortar,
sobre todo entre víctimas y victimarios.
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Violencia Doméstica
Concepto: Es un patrón de conducta abusiva ejercida desde una posición de poder de autoridad para
controlar y dominar a quien está en situación de subordinación
Características generales:
Se produce en todas las clases sociales
Las personas que ejercen violencia buscan controlar o someter a otra persona.
Es un problema social aunque ocurra en el ámbito doméstico
No es una enfermedad, es una conducta aprendida
Puede haber sustancias que actúen como detonantes, pero no son la causante.
El proceso es cíclico y no lineal. Se producen marchas y contramarchas en su evolución.
Las mujeres y los/as niños/as suelen ser las víctimas más frecuentes por su posición de
subordinación social.
Consecuencias de la Violencia Doméstica:
En el sistema educativo: ausentismo, deserción, dificultades de aprendizaje y conducta,
violencia en el ámbito educativo.
En el ámbito de la salud: lesiones, fracturas, depresión, ansiedad, trastornos alimenticios,
adicciones, trastornos en el desarrollo físico y psíquico.
A nivel social: fugas del hogar, violencia en el hogar, conductas antisociales como por
ejemplos: hurtos, conducir con exceso de velocidad, consumo de sustancias psicoactivas, etc,
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13. Libro “Educación Social y Cívica”. Bottero, Escoto, Goncálvez. Reformulación 2006
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Mecanismos alternativos a la administración de justicia
Negociación: Acercamiento de las partes que están en conflicto. Entre ellas se establecen mecanismos
de interacción que buscan posibles caminos de resolución. No intervienen terceros, la solución es
encontrada por las partes a través de ese método informal y voluntario.
Es un método informal, voluntario, que incluye sólo a las partes involucradas que se comunican entre
sí, para llegar a acuerdos aceptados por ambas.
Pasos de una negociación:
Analizar el conflicto, visualizar las razones que lo provocaron y las posibles causas de este.
Buscar posibles soluciones, hacer una lista, valorar las ventajas y desventajas de cada una de
ellas.
Seleccionar la mejor solución contemplando ambas partes. Decidir cómo y cuándo la aplicarán.
Comprobar los resultados a partir de la aplicación de la solución elegida.
Valorar si la solución elegida dio los resultados esperados por las partes involucradas.
Mediación: La mediación es un camino para buscar respuestas y soluciones sin necesidad de acudir a
un juicio. Es una alternativa que brinda agilidad y flexibilidad. Es una negociación triangular donde
interviene un tercero que no tiene poder de decisión, pero que de forma neutral e imparcial ayuda a
destrabar el conflicto y permitir la solución. Se realizan en los Centros de Mediación del Poder Judicial
Es un proceso voluntario.
Características del proceso de Mediación:
a) Confidencial
b) Rápido
c) Informal
d) Gratuito
e) Flexible
f) Voluntario
Conciliación: Es un acto por el cual la justicia procura acercar a las partes antes de un juicio.
La conciliación está prevista en la Constitución en el artículo 255.
Antes de iniciar cualquier proceso judicial deberá pedirse audiencia para intentar la conciliación con el
futuro demandado, el que será citado a su domicilio.
En este proceso obligatorio el tercero neutral es el juez, que tiene facultad conciliatoria y tratará de
llegar a un acuerdo que podrá ser total o parcial. El acuerdo al que llegan las partes tiene la misma
eficacia que una sentencia ejecutoriada, ya que obliga a las partes a respetar lo acordado. La sentencia
ejecutoriada no admite apelación.
Arbitraje: La autoridad que lo preside, el árbitro, no es un juez oficial ni tiene que reunir las
condiciones propias de un juez. Se da generalmente en contextos de política internacional y comercial,
entre empresas a nivel regional. Las partes acuerdan de antemano que ajustarán a la decisión del
árbitro. Generalmente es un procesos voluntario, aunque puede ser también compulsivo o necesario,
donde el procedimiento en principio comienza con cada parte presentando sus argumentos frente al
árbitro y luego se da curso al litigio.
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En síntesis: el proceso judicial no es el único mecanismo al que podemos recurrir para resolver
conflictos.
En general se suele recurrir a este camino cuando no se puede utilizar otro para resolver la
controversia.
La JUSTICIA, entre varios significados, se entiende como la atribución de lo que corresponde a cada
persona de acuerdo con la normativa. Es el acto de dar a cada uno lo que le corresponde. Según la
materia sobre la que recae se clasifica en justicia civil, penal, laboral, militar, electoral e
internacional.
Los jueces aplican las normas jurídicas existentes y administran la justicia. Son funcionarios del
Estado con facultades legales para realizar esa función pública.
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UNIDAD II. Organización Política Nacional
Concepto de ESTADO: Comunidad política organizada, cuyos fines primordiales son:
• el desarrollo de la sociedad
• la realización y el mantenimiento de orden jurídico
Dicha organización se desarrolla en un territorio propio.
Se compone de un conjunto de Instituciones que regulan nuestra convivencia.
El fin propio del Estado es la satisfacción de las aspiraciones e intereses colectivos y permanentes de la
sociedad.
Es una forma de ordenamiento político que se desarrolló a partir del siglo XVIII en Europa.
Se origina como reacción al modelo de organización feudal.
Se logra la unidad del territorio, centralizando el poder político a los efectos de eliminar los conflictos
internos y previniendo las posibles agresiones externas.
ELEMENTOS DEL ESTADO
Se integra por tres elementos. Ellos son:
• POBLACIÓN
• TERRITORIO
• PODER
POBLACIÓN:
La integran todas las personas que se encuentran en su territorio (ya sea en forma permanente o transitoria)
sometidas al poder jurídico del Estado.
Debemos diferenciar los conceptos de PUEBLO y POBLACIÓN
PUEBLO: conjunto de individuos ligados por un sentimiento de colectividad y que poseen participación
activa en la actividad política del Estado.
POBLACIÓN: Conjunto de individuos que se encuentran permanente o transitoriamente en el Estado a
quienes se les aplica el orden jurídico creado por el mismo.
TERRITORIO:
Es el elemento material, es la base física del Estado.
Se integra por el suelo, el subsuelo, las aguas y el espacio aéreo.
Entendemos por SUELO, todo el espacio físico comprendido dentro de los límites del Estado
El SUBSUELO se extiende desde la superficie hasta el centro de la tierra
La AGUAS se comprenden dentro de tres espacios marítimos:
• Aguas interiores (puertos bahías, ríos, arrollos, etc.)
• Mar Territorial (franja paralela a la costa, unos 630 km)
• Alta Mar (cesa la soberanía del Estado)
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El ESPACIO AÉREO se encuentra situado por encima de la superficie, hasta los 11km de altura. Todo
Estado tiene soberanía completa y exclusiva sobre su espacio atmosférico.
Los límites de territorio pueden se naturales o artificiales:
Los límites naturales son accidentes geográficos (ríos, montañas, lagunas, cuchillas); los criterios para
dividir las aguas pueden ser dos: a) la línea media, b) la línea de mayor profundidad o talweg)
Los límites artificiales surgen de convenciones entre los Estados, son líneas imaginarias (mojones, calles,
etc)
Los paises que tienen costas poseen mar territorial (espacio reglamentado por razones económicas, de
seguridad y de protección de los recursos naturales.
Cabe especificar la diferencia entre Límite y Frontera:
El Límite es una unidad político territorial.
La Frontera es el espacio donde se superponen las influencias entre paises limítrofes. Allí se desarrollan
actividades económicas y socioculturales que crean prácticas cotidianas compartidas que llegan a construir
una identidad fronteriza.
PODER:
Es la organización Jurídico Política que se ejerce sobre la población dentro de un territorio determinado.
Para poder funcionar y convivir adecuadamente necesita de la creación de normas y la existencia de
autoridades que velen por el cumplimento de las mismas
Características del Poder del Estado:
A) Originario: no deriva de otro poder, el Estado se organiza a sí mismo
B) General o Total: alcanza a todas las personas por igual.
C) Forzoso e Ineludible: nadie puede escapar a su poder
D) Coactivo: tiene la posibilidad de imponer sus mandatos por la fuerza
E) Soberano: No admite otro poder por encima o junto a él. Su soberanía es de dos tipos: Soberanía
interna, ya que tiene poder supremo. Todas las instituciones están subordinadas al poder del Estado.
Soberanía Externa, que significa independencia y autodeterminación frente a otro Estados.
FINES DEL ESTADO
Como toda organización fundamenta su existencia a través de determinadas finalidades.
El Estado como organización social y política posee fines, estos por su importancia pueden ser
primarios y secundarios.
Los fines primarios son las actividades o tareas que el Estado debe cumplir necesariamente, porque si
no 1o hiciera desaparecería como tal.
Estos fines tienen que ver con la existencia misma del Estado, y no pueden ser cumplidos por otra
organización.
Los fines secundarios son aquellas actividades que no es imprescindible que estén a cargo del Estado;
las mismas pueden ser cumplidas por otras organizaciones dentro de la sociedad civil (1os particulares).
A través del tiempo han variado los cometidos a cargo del Estado y esto tiene que ver con las diferentes
concepciones que se han tenido acerca del rol del Estado. Así podremos distinguir Estados con menor o
mayor grado de intervención.
En sus orígenes el Estado fue concebido, desde la óptica de las cortientes liberales, como una
organización con una esfera de acción reducida, exclusivamente a la concreción de los fines primarios.
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Esto es, la administración de justicia, el orden interno, y la defensa externa,
entendiéndose que el Estado no debía oprimir e invadir la acción de la sociedad civil. Su intervención
se limitaría a regular las relaciones entre los particulares y a asegurar la convivencia social pacífica.
Así considetado, se le denominó Estado Juez y Gendarme.
El modelo de Estado Liberal, que surgió en oposición al absolutismo monárquico, tuvo como
preocupación proclamar, reconocer y tutelar los derechos individuales, así como la soberanía popular .
Esta modalidad de Estado no prosperó, porque produjo profundas desigualdadcs políticas y sociales
que derivaron del capitalismo, surgido al amparo los principios liberales mencionados.
Esto dio lugar a un Estado que interviene en la actividad privada como cualquier particular, empresario,
comerciante, o banquero y que toma a su cargo servicios públicos y servicios sociales.
Actualmente, en un proceso de cambio y de transformación del Estado, que se produce en todas las
sociedades desarrolladas y en vías de desarrollo, de tercer mundo o primer mundo, se tiende a un
Estado Social, que toma en cuenta una efectiva puesta en práctica de los principios de justicia social
que debe primar en una sociedad.
En suma, existen dos tipos de fines que el Estado desempeña.
Estos son los FINES PRIMARIOS y los FINES SECUNDARIOS.
Los FINES PRIMARIOS son tareas que el Estado debe cumplir necesariamente. No pueden ser cumplidas
por otra organización. Entre ellas se encuentran:
• Administración General del Estado (Poder ejecutivo – Presidencia)
• Defensa Nacional (Ministerio de Defensa – Ejército)
• Orden interno (Ministerio del Interior – Policía)
• Actividad Financiera Estatal (Ministerio de Economía, impuestos y gastos del Estado)
• Relaciones Exteriores (Ministerio de Relaciones Exteriores)
• Administración de Justicia (Poder Judicial)
• Legislación (Poder Legislativo)
Los FINES SECUNDARIOS son las tareas que no necesariamente debe cumplir el Estado. Algunos
Estados no las asumen como propias y por ello son cumplidas por organizaciones privadas. Entre ellas se
encuentran:
• Educación
• Salud
• Comunicaciones
• Servicio de agua potable
• Suministro de energía eléctrica
• Transporte
• Desarrollo Social, etc.
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24. Libro “Educación Social y Cívica”. Bottero, Escoto, Goncálvez. Reformulación 2006
GOBIERNO
Conjunto de órganos y/o autoridades que diariamente ejercen la dirección del Estado. Se encarga de
crear, afirmar y poner en marcha las normas, respetando su orden jurídico.
Es un sistema orgánico de autoridades que deben estar coordinadas entre sí para actuar en forma
coherente.
El Gobierno expresa el poder del Estado. Son dos conceptos distintos, el Gobierno actúa para ejercer la
actividad estatal.
Podemos identificar dos formas de gobierno: Democracia y autocracia.
DEMOCRACIA
Forma de Gobierno que surge en la antigua Grecia. Es el gobierno de la gente común, el gobierno de
los muchos. Su construcción social se ha ido logrando a lo largo del tiempo a medida de que las
sociedades fueron tomando conciencia del valor de decidir por el bienestar común.
Es un régimen de gobierno en el que los ciudadanos se gobiernan a sí mismos, directamente o por
medio de representantes. Los gobernantes tienen responsabilidades frente a los gobernados
Más que una forma de gobierno es un estilo de vida que adoptan las sociedades y que abarca las
dimensiones política, social, cultural y económica.
CARACTERÍSTICAS DE LA DEMOCRACIA
Para que exista la Democracia, deben darse determinadas características que son imprescindibles en
todas las dimensiones del sistema democrático:
Soberanía Popular: Significa la autoridad suprema del poder público, es el poder que se le reconoce al
pueblo, de quien emanan los derechos del Estado Democrático.
En la antigüedad, el poder soberano residía en diferentes figuras: el emperador, el rey, el faraón, etc. El
poder político fue sufriendo un proceso de fraccionamiento que culmina con la Revolución Francesa,
con la idea de que el poder reside en los ciudadanos, dando origen al concepto moderno de soberanía
popular.
Según el grado de participación de los ciudadanos, podemos distinguir tres modalidades:
*Democracia directa. Los ciudadanos participan directamente en la decisiones de gobierno, sin que
medien representantes.
*Democracia representativa. Las funciones de gobierno son delegadas por los ciudadanos o un grupo
electo de representantes. Los ciudadanos actúan a través de sus representantes, les delegan el poder.
*Democracia semirepresentativa o mixta. Resulta de la combinación de las dos modalidades anteriores.
El gobierno se integra con representantes, pero los ciudadanos realizan directamente algunos actos de
gobierno. Nuestro país es un ejemplo de este tipo de democracia. En donde el pueblo delega el poder a
sus representantes pero los ciudadanos se reservan ciertas instancias en las que actúan directamente.
Dichas instancias son los llamados INSTITUTOS DE DEMOCRACIA DIRECTA:
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25. Libro “Educación Social y Cívica”. Bottero, Escoto, Goncálvez. Reformulación 2006
1) ELECCIONES:
Se convoca a los ciudadanos con el objetivo de obtener su opinión. Son actos de participación El
cuerpo electoral elige a sus representantes, posibilitándoles ejercer el poder político.
2) REFERÉNDUM:
Es una consulta al cuerpo electoral sobre dejar sin efecto (total o parcial) una ley o un decreto
departamental.
3) PLEBISCITO:
En nuestro país es el mecanismo por el cual se realiza una consulta popular en materia constitucional.
4) INICIATIVA POPULAR:
Propuestas del cuerpo electoral de Proyectos de Ley o de reformas constitucionales.
Principio de Separación de Poderes: El objetivo es que el poder no se concentre en una sóla persona
u órgano, sino que se comparta permitiendo mayor libertad y generando garantías a las libertades de
todos. En nuestro país se expresa en los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial. Los tres poderes se
encuentran coordinados y nunca subordinados entre sí. Se establece un control recíproco entre ellos que
evita el abuso de poder.
Elecciones libres y periódicas: Se prevé un sistema que permita la renovación de los cuadros de
gobierno a través de la periodicidad, la libertad (en cuanto a la participación como elector y elegible) y
la transparencia (no fraudulentas). Para que el resultado de las elecciones sea acorde con la realidad,
deben existir contoles antes (confección del padrón electoral), durante (evitar las presiones sobre los
electores) y después (garantizar el resultado) del acto eleccionario
Pluralismo: Reconocimiento de todas las ideologías, no sólo en el ámbito político sino también en el
religioso, deportivo, filosófico, etc. Propone un modelo de sociedad integrada por múltiples grupos
acompañada de la tolerancia y respeto por las ideas de los mismos.
Multipartidismo: Consiste en el reconocimiento amplio de todas las ideologías políticas existentes.
Basta con que sean dos partidos políticos, si en ellos están todos los sectores representados. Los
requisitos para registrar un partido político son mínimos (entre otros, basta con reunir 500 firmas y
registrarlas en la Corte Electoral)
Principio de la Mayoría: En un régimen democrático, en el cual existen el multipartidismo y el
pluralismo, y la forma de acceder al poder se realiza a través de elecciones libres y limpias; rige lo que
decida la mayoría, la minoría controla y cumple la función de crítica. En otras palabras, los Partidos
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26. Libro “Educación Social y Cívica”. Bottero, Escoto, Goncálvez. Reformulación 2006
Políticos que obtuvieron la menor cantidad de votos cumplen una función esencial para la ciudadanía y
deben controlar a los que obtuvieron la mayor cantidad de votos; con el resultado de este control se
beneficia toda la población.
Respeto por los Derechos Humanos: Son facultades que se reconocen a las personas por su naturaleza
y deben estar incorporados y garantizados en la normativa del país.
Son acuerdos fundamentados en el valor de la dignidad humana. Para reclamarlos, necesariamente
deben estar incorporados a la normativa de un país.
No alcanza con la declaración de los Derechos Humanos, sino que siempre debe estar presente la
garantía de que los mismos serán respetados. De ahí la importancia de su difusión, a los efectos de la
concientización colectiva en la defensa de los mismos.
Los más básicos resultan ser: la libertad, la igualdad y la tolerancia.
La palabra libertad se deriva del latín, "libertas", que alude a la posibilidad de las personas de actuar o
no. Se entiende por libertades todas aquellas manifestaciones que no estén expresamente prohibidas por
la ley. La Libertad existe en dos formas: la interna, que no tiene limitaciones, ya que y se traduce en
libertad de pensamiento y elección; y la externa, que limita el obrar a efectos de no invadir la libertad
de los demás.
La igualdad refiere a nuestra condición humana independientemente de nuestras diferencias personales,
y se extiende tanto a los derechos como a las obligaciones.
No todos los seres humanos somos iguales, nos distingue el sexo, la raza, la religión, la profesión, la
nacionalidad, el nivel educativo y económico, etc.
Sin embargo, por encima de cualquier difercncia, todas las personas son iguales en su naluraleza
humana. La igualdad implica:
• Igual sometimiento a las leyes y a la justicia del Estado.
• Igual goce de derechos privados y públicos.
• Igual sujeción a los deberes públicos
La tolerancia refiere al respeto hacia las opiniones o practicas ajenas. Implica aceptar las diferercias
con los demás, aunque no se compartan. Se exterioriza en el derecho que tienen los otros a manifestar
opiniones, creencias o conductas diferentes a las que uno cree ciertas o válidas. Es ver y aceptar al otro,
como alguien distinto de mí, pero con igual dignidad de existir y expresarse.
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27. Libro “Educación Social y Cívica”. Bottero, Escoto, Goncálvez. Reformulación 2006
PODERES DEL ESTADO
En nuestro sistema democrático se establecen elecciones cada cinco años, tanto a nivel nacional (Poder
Legislativo y Poder Ejecutivo), como departamental (Intendente y Junta Departamental).
Elegimos al presidente, al vicepresidente, a los senadores y diputados y en otra instancia al intendente y
a los ediles. Pero no votamos directamente a los ministros, ni a los miembros de la suprema corte de
justica, ni al resto de los integrantes del Poder Judicial, salvaguardando la independencia de este Poder.
PODER EJECUTIVO
El Poder Ejecutivo desarrolla la tarea administrativa o ejecutiva del Estado; está integrado por el
Presidente de la República y los Ministros de Estado.
El Presidente y el Vicepresidente son electos diréctamente por el cuerpo electoral conjuntamente en la
fórmula presidencial en las elecciones nacionales. El Vicepresidente integra el Poder Legislativo, y en
caso de ausencia temporal o definitiva, suple al Presidente de la República.
Los ministros de Estado son designados por el Presidente y deben tener el apoyo del Parlamento
El Presidente dura 5 años en el cargo, no pudiendo ser reelecto a menos que medie un período de
gobierno. Asume el primero de marzo siguiente al año de las elecciones nacionales.
Para ocupar el cargo de Presidente de la República se requiere:
• Cuidadanía natural en ejercicio
• 35 años de Edad
Para ser Ministro se requiere:
• Ciudadanía natural o legal con 7 años de ejercicio
• 30 años de edad
• Ser designado por el Presidente de la República y tener el apoyo del Parlamento para asegurar
su permanencia en el cargo
Consejo de Ministros:
Es la reunión de los Ministros presidida por el Presidente de la República. Puede ser convocada por el
Presidente o solicitada por uno o varios Ministros.
Actualmente, los ministerios que existen en nuestro país son:
1. Ministerio del Interior
2. Ministerio de Defensa Nacional
3. Ministerio de Relaciones Exteriores
4. Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
5. Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente
6. Ministerio Educación y Cultura
7. Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca
8. Ministerio de Industria, Energía y Minería
9. Ministerio de Salud Pública
10. Ministerio de Transaporte y Obras Públicas
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Resumen realizado por la Profesora: Ana Inés Guedes
28. Libro “Educación Social y Cívica”. Bottero, Escoto, Goncálvez. Reformulación 2006
11. Ministerio de Desarrollo Social
12. Ministerio de Turismo y Deporte
13. Ministerio de Economía y Finanzas
Funciones del Poder Ejecutivo
(establecidas en el artículo 168 de la Constitución)
• Conservación del orden y tranquilidad en lo interior. Función típicamente ejecutiva, a cargo del
Ministerio del Interior (Policía).
• Seguridad exterior. Defensa del Estado con respecto a los demás países, a través del Ministerio
de Defensa (Fuerzas Armadas).
• Mando superior de todas las Fuerzas Armadas. Es ejercido por el Presidente de la República con
el Ministro de Defensa.
• Vetar las leyes que le propone el Poder Legislativo. El veto significa que el Poder Ejecutivo
puede realizar observaciones a los proyectos de ley que se le envían. Un proyecto vetado vuelve
al Poder Legislativo.
• Publicar, cumplir, ejecutar y reglamentar las leyes. Esto signiflca que completa el proceso de
elaboración de las leyes, iniciado en el Poder Legislativo, promulgándolas y publicándolas.
Debe, asimismo,asegurarse por medios jurídicos válidos el cumplimiento efectivo de las leyes,
a través de la reglamentación necesaria.
• Proponer leyes de urgente consideración. Las leyes de urgencia son aquellas enviadas por el
Poder Ejecutivo al Legislativo, que se distinguen de las leyes ordinarias por la perentoriedad de
sus plazos y su tramitación especial.
• Tomar Medidas Prontas de Seguridad. Son medidas especiales para los casos graves e
imprevistos de ataque exterior o de conmoción interna. Estas medidas autorizan al arresto o
traslado de las personas a cualquier lugar del país, si es que no optan por salir de é1. El arresto
no puede ser en locales destinados a los delincuentes comunes. El Poder ejecutivo debe dar
cuenta de todo lo actuado, a la Asamblea General dentro de las 24horas y estarse a lo que esta
resuelva.
• Recaudar las rentas. Se entiende por rentas, las sumas de dinero que cobra la Hacienda Pública
a través de los organismos pertinentes. El poder Ejecutivo debe darles el destino que
corresponda. La dependencia recaudadora se concentra en la Dirección General Impositiva
(DGI). Existe una cuenta central (TesoroNacional) donde se vuelcan la mayoría de las
recaudaciones.
• Preparar y presentar a la Asamblea General los presupuestos y la rendición de cuentas de cada
año. El presupuesto es el programa financiero de gastos y de recursos aprobados por la
autoridad competente, para el período de cinco años.
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29. Libro “Educación Social y Cívica”. Bottero, Escoto, Goncálvez. Reformulación 2006
PODER LEGISLATIVO
El Poder Legislativo tiene funciones típicamente legislativas.
Está integrado por cuatro órganos:
• Asamblea General
• Cámara de Senadores
• Cámara de Diputados
• Comisión Permanente
La Asamblea General se puede definir como la reunión conjunta de Senadores y Diputados. Es
presidida por el Presidente de la Cámara de Senadores, quien a su vez es el Vicepresidente de la
República.
La Cámara de Senadores se compone de treinta (30) miembros electos directamente por el cuerpo
electoral. Es presidida por el Vicepresidente de la República. Para ser Senador se requiere ser
ciudadano natural o legal con siete (7) años de ejercicio. Tener 30 años de edad.
La cámara de Diputados se compone de noventa y nueve (99) miembros electos directamente por el
cuerpo electoral a través del sistema de representación proporcional, correspondiendo a cada
departamento por lo menos dos representantes. Es presidida anualmente por un diputado electo
internamente. Para ser diputado se requiere ser ciudadano natural o legal con cinco (5) años de ejercicio
y 25 años de edad.
La Comisión Permanente se integra con cuatro (4) Senadores y siete (7) Diputados. Es presidida por
el Senador de la mayoría. Se designan anualmente y sesionan durante los recesos parlamentarios que
van desde 15 de diciembre al 1ro de marzo. En años electorales el receso va desde el 15 de setiembre al
15 de febrero.
Funciones del Poder Legislativo
Legislativas:
Elaboración de la ley ordinaria (artículos L33 al146 de la Constitución) Consta de las siguientes etapas:
• Iniciativa: consiste en la presentación de un proyecto de ley en cualquiera de las dos cámaras.
Lo pueden hacer los legisladores, el Poder Ejecutivo o el pueblo.
• Discusión: es el estudio del proyecto de ley en forma general y particular en cada cámara.
• Sanción: es la aprobación por las cámaras del proyecto de ley, funcionando separadas o en
conjunto, a través de la Asamblea General. Deja de ser proyecto para convertirse en 1ey en
sentido material (no tiene fuerza obligatoria). Puede ocurrir que una de las Cámaras no la
apruebe en su integridad y en este caso, dicho texto regresa a la Cámara de donde provino.
• Promulgación y publicación: es la aprobación de la ley por el Poder Ejecutivo, le da fuerza
obligatoria e indica su cúmplase. Luego la manda publicar en el Diario Oficial. Si no fuese así,
el Poder Ejecutivo posee facultades para vetar parcial o totalmente una ley.
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30. Libro “Educación Social y Cívica”. Bottero, Escoto, Goncálvez. Reformulación 2006
De control:
• Pedido de informes (artículo 118 de la Constitución)
• Es un derecho de los legisladores solicitar a los Ministros, integrantes de la Suprema Corte de
Justicia, Tribunal de Cuentas, Corte Eiectoral y Tribunal de 1o Contencioso Administrativo, la
información que consideren necesaria para cumplir con su labor. El pedido se canalizará a
través del Presidente de la Cámara.que corresponda y se formulará por escrito.
• Llamado a Sala o Interpelación (artículo 119 de la Constitución) Es la facultad de los
legisladores de hacer venir a Sala a los Ministros de Estado, para recibir informes o dar las
explicaciones que crean convenientes. Para llevarlo a cabo, cada Cámara requiere la voluntad
de 1/3 de sus componentes. Este llamado tiene efecto político, pero carece de consecuencias
jurídicas.
• Comisiones Investigadoras (artículo 120 de la Constitución) El Parlamento puede nombrar
comisiones para investigar o para averiguar sobre las diferentes temáticas a legislar.
• Censura parlamentaria (artículos 147 y 148 de la Constitución) Es un mecanismo de control del
Poder Legislativo sobre el Poder Ejecutivo. El objetivo de la censura es hacer caer al Ministro
interpelado o al Consejo de Ministros, haciéndolos responsables por sus actos de administración
o de gobierno.
Administrativas y de designación:
Están dispuestas en el artículo 85 de la Constitución, ellas son:
• Aprobación de las cuentas que presenta el Poder Ejecutivo
• Autorizar la Deuda Pública Nacional
• Decretar la guerra y aprobar o no los tratados de paz
• Permitir o prohibir el ingreso de tropas extranjeras en el territorio nacional
• Negar o conceder la salida de tropas nacionales
Electorales:
• Nombra a los integrantes de la Suprema Corte de Justicia, Tribunalde 1o Contencioso
Administrativo y Tribunal de Cuentas y CorteElectoral.
• Designa todos los años laFterzaArmada necesaria por ley.
Jurisdiccionales:
• Amnistía e indultos (artículo 85, inciso 14 de la Constitución) La amnistía es un acto de alcance
general, que elimina el efecto de la sanción, pero no extingue el delito.
• El indulto es un perdón sobre la sanción penal que aplicó un juez a una persona o personas que
cometieron un determinado delito. Ambos son mecanismos que permiten, de alguna manera,
que se modifiquen las decisiones del Poder Judicial (sentencias), lo que constituye una
excepción al principio de separación de poderes.
• Juicio Político (artículos 93,102,103 y 296 de la Constitución). Se trata de un procedimiento
parlamentario que tiene como finalidad juzgar la responsabilidad político penal de los
gobernantes, con la consecuencia de la destitución, ser separados de su cargo y sometidos a la
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31. Libro “Educación Social y Cívica”. Bottero, Escoto, Goncálvez. Reformulación 2006
justicia ordinaria, si corresponde. Pueden ser sometidos a juicio político: los propios
legisladorcs, los Ministros, el Presidente y el Vicepresidente de la República, los integrantes de
la Suprema Corte de Justicia, Corte Electoral, Tribunal de cuentas, Tribunal de lo Contencioso
Administrativo, Intendentes, integrantes de las Juntas Departamentales. La causa del misma es
la violación a la Constitución u otros delitos graves.
PODER JUDICIAL
Su función es jurisdiccional.
Tiene integración técnica e independiente.
Los jueces deben poseer idoneidad en materia jurídica (abogados) para integrar el Poder Judicial; a
diferencia de los otros dos poderes que son escencialmente políticos.
Es un poder independiente desde el punto de vista juridiccional. Cada juez actúa según su criterio
técnico, sin estar sometido a jerarquía. Esto significa que lo que decida un juez debe cumplirse, El
afectado por la sentencia judicial puede reclamar ante otro juez o trib unal superior por una
modificación de su sentencia, pero por una cantidad limitada de veces, hasta que alcance la calidad de
cosa juzgada o verdad definitiva.
La subordinación jerárquica es administrativa. Es la Suprema Corte de Justicia quien posee la
superintendencia directiva de todos sus órganos.
Los juzgados se dividen en materia o especializaciones. Algunas de ella son:
• Civil
• Penal
• Aduana
• Familia
• Trabajo
• Contencioso Administrativo
• Menores
Organización del poder judicial
Se encuentra integrado por:
• Suprema Corte de Justicia
• Tribunales de Apelaciones
• Juzgado Letrado
• Juzgado de Paz
La Suprema Corte de Justicia es un órgano pluripersonal integrado por 5 miembros
Requisitos
• 40 años de edad
• Ciudadanía natural o legal con 10 años de ejercicio
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32. Libro “Educación Social y Cívica”. Bottero, Escoto, Goncálvez. Reformulación 2006
• 25 años de residencia en el país
• Ser abogado con 10 años de antigüedad
Sus miembros son elegidos por la Asamblea General. Duran 10 años en sus cargos
Algunas de sus funciones son:
• Juzgar a los infractores de la Constitución
• Interpretar la Constitución.
• Declarar la inconstitucional de la ley
• Nombrar a todo el personal técnico y administrativo del Poder Judicial.
• Ejercer la superintendencia directiva, correctiva, consultiva y económica sobre todas las
dependencias del Poder
• Entender en cuestiones relativas al Derecho Internacional.
Los Tribunales de Apelaciones son órganos pluripersonales, integrados por tres miembros
Requisitos:
• 35 años de edad
• Ciudadanía natural o legal con 7 años de ejercicio
• Ser abogado con 8 años de ejercicio
Duran en sus cargos todo el tiempo de su buen comportamiento.
Son designados por la Suprema Corte de Justicia con el aval del Senado
El Juzgado Letrado es un órgano unipersonal.
• Requisitos:
• 28 años de edad
• Cuidadanía natural o legal con 4 años de ejercicio
• Ser abogado con 4 años de antigüedad
Duran en sus cargos todo el tiempo de su buen comportamiento.
Son designados por la Suprema Corte de Justicia
Abarcan las materias: Civil, Penal, Trabajo, Menores, Aduana y Familia
El Juzgado de Paz es un órgano unipersonal.
Requisitos:
• 25 años de edad
• Cuidadanía natural o legal con 2 años de ejercicio
• Ser abogado (en Montevideo)
• Ser abogado o escribano (en el interior)
Duran 4 años en sus cargos y pueden ser removidos por razones de servicio.
Son designados por la Suprema Corte de Justicia
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33. Libro “Educación Social y Cívica”. Bottero, Escoto, Goncálvez. Reformulación 2006
PODER
EJECUTIVO
PODER
LEGISLATIVO
PODER
JUDICIAL
ÓRGANOS
*Presidencia
*Consejo de Ministros
*Asamblea General
*Cámara de Senadores
*Cámara de Diputados
*Comisión Permanente
*Sup. Corte de Jus.
*Trib. De Apelaciones
*Juzg. Letrados
*Juzg. De Paz.
FORMA DE
ELECCIÓN
*Directa: Presidente
*Ministros son designados
por el Presidente
*Directa: Senadores y
Diputados
*SCJ, son nombrados
por la Asam. Gral.
*Los demás son
nombrados por SCJ
INTEGRACIÓN
*Presidencia
*13 Ministerios
*Asamblea Gral. es la
reunión de ambas cámaras
más el Vicepresidente:130
*Camara de Senadores:30
*Cámara de Diputados: 99
*Com. Perm: 4 Senadores y 7
Diputados
*SCJ: 5 miembros
*Trib. Apela: 3
miembros cada uno.
*Juz. Letr. y de Paz: 1
miembro cada uno.
DURACIÓN
DEL CARGO
*5 años *5 años *SCJ: 10 años
*Trib. Apel. y Juzg.
Letr: duran por su
buen comportamiento.
*J. de Paz: 4 años
FUNCIÓN
*Administrativa
*Hacer cumplir la Ley
*Legislativa
*Elaboración de la Ley
*Juridiccional
*Aplicar la Ley al
caso concreto
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LOS GOBIERNOS DEPARTAMENTALES
Las Intendencias, las Juntas Departamentales y los Municipios son los órganos encargados de Gobernar
y administrar los departamentos.
Dentro de sus cometidos se encuentran: vialidad urbana y rural, tránsito, alumbrado público,
mantenimientode plazas y parques, creación de tasas e impuestos municipales, funcionamiento de
ferias y mercados, etc.
El Intendente, los Ediles, los Alcaldes y los Concejales se eligen en forma directa por la ciudadanía, el
segundo domingo de mayo del año siguiente a las elecciones nacionales. Tienen su sede en las capitales
departamentales e inician sus funciones sesenta días despúes de su elección.
Intendencia:
Es el órgano ejecutivo departamental, es unipersonal porque está integrado por el intendente electo
directamente por el cuerpo electoral
Funciones de la Intendencia Departamental:
• Cumplir y hacer cumplir la Constitución y las Leyes
• Promulgar y publicar los decretos sancionados por la Junta Departamental
• Preparar el presupuesto
• Proponer a la Junta Departamental los impuestos, tasas y contribuciones.
• Nombrar a los empleados de sus dependencias
Junta Departamental
Es el órgano legislativo departamental. Tiene a su cargo la elaboración de los decretos y resoluciones
del Gobierno Departamental
Es un órgano pluripersonal y unicameral; se integra de 31 miembros, llamados ediles, electos
directamente por el cuerpo electoral. Los cargos de los miembros de las Juntas Departamentales son
honorarios.
Los miembros de las Juntas Departamentales, los ediles, durarán cinco años en el ejercicio de sus
funciones. Además de las funciones legislativas que tienen a su cargo, rcalizan funciones de control en
el Gobierno departamental.
Funciones de la Junta Departamental
• Dictar (a propuesta del Intendente o por iniciativa propia) decretos y resoluciones
• Sancionar los presupuestos
• Crear (a propuesta del Intendente) impuestos, tasas, tarifas, contribuciones, etc.
• Corregir, suspender y/o destituir funcionarios
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35. Libro “Educación Social y Cívica”. Bottero, Escoto, Goncálvez. Reformulación 2006
• Pedir informes al Intendente y hacerlo concurrir a sala para que dé cuenta de su gestión
• Corregir, suspender, y destituir a los funcionarios por ineptitud, omisión o delito
Intendencia Junta Departamental Municipios
Integrado por • Intendente • 31 Ediles • Alcalde y
Concejales
Requisitos • 30 años de edad
• Cuidadanía natural
o legal con 7 años
de ejercicio
• Ser nativo del
departamento o
estar radicado 3
años antes.
• 30 años de edad
• Cuidadanía natural
o legal con 3 años
de ejercicio
• Ser nativo del
departamento o
estar radicado 3
años antes.
• Mismos requisitos
que los ediles
Los Municipios
Son órganos descentralizados creados por Ley. Se trata de órganos pluripersonales y simples. El
número de sus integrantes puede variar.
Fueron creados para dar una mejor atención a los intereses locales zonales. Su integración es electiva,
sus miembros se eligen quinquenalmente.
Son órganos colegiados compuestos por cinco miembros que se denominan concejales salvo su
presidente que se denomina Alcalde. El cargo del Alcalde es rentado mientras que el de los concejales
es honorario.
Resulta electo como Alcalde el primer titular de la lista más votada del partido más votado
Algunas funciones de los Municipios son:
• Proponer planes de desarrollo local
• Participar de las sesiones del gobierno de su municipio y emitir voto.
• Ordenar gastos e inversiones.
• Administrar los recursos financieros y humanos a su cargo.
Para establecer un Municipio se requiere que la circunscripción urbana o rural tenga más de 5000
habitantes. Para su creación necesitan de la iniciativa del Intendente y de la aprobación de la Junta
Departamental.
Congreso de Intendentes
Integrado por las 19 Intendencias Departamentales con la finalidad de coordinar las políticas de los
Gobiernos de cada departamento
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Resumen realizado por la Profesora: Ana Inés Guedes