1. ¿Puede un Odontólogo General dar
licencia médica? ¿Cuales son las
condiciones y como se realiza el
trámite?
Docente: Dr. Pablo Milla
Alumno: José Ignacio
Arenas V.
2. ¿Qué es la licencia médica?
• Un documento que puede ser extendido por un médico
cirujano, cirujano-dentista o matrona, mediante el cual el
profesional certifica que un trabajador se encuentra
incapacitado temporalmente para trabajar, prescribiendo
reposo total o parcial, por un lapso determinado, con el fin
de atender el restablecimiento de su salud.
Tipos de licencias médicas:
1.- Enfermedad o accidente común
2.- Prórroga medicina preventiva.
3.- Licencia maternal pre y posnatal.
4.- Enfermedad grave del hijo menor de 1 año.
5.- Accidente del trabajo o trayecto.
6.- Enfermedad profesional.
7.- Patología del embarazo.
Cirugía maxilofacial o
infección difusa
3. • El talonario está compuesto por 3 secciones
(ABC):
A: Responsabilidad es únicamente del profesional
que emite la licencia, y debe ser completada con
letra imprenta, legible y clara. Esta se compone
de sub secciones:
A1: Identificación del paciente
A2: Identificación del hijo (para licencias por
enfermedad grave en niños menores de 1 año y post natales.)
A3: Tipo de licencia
A4: Características del reposo
A5: Identificación del profesional
A6: Diagnóstico principal
.
4. • B: Uso exclusivo del servicio de salud e isapre
C: Responsabilidad exclusiva del empleador, que debe
completar la totalidad de antecedentes solicitados con letra
clara y legible, además dejar consignada con la fecha de
recepción de la licencia médica.
Estos son únicos, y puede ser usados en todo Chile y ser
entregados a cualquier trabajador que lo requiera, estando
afiliado a cualquier sistema de salud
• Se pueden usar en el área:
Institucional: el responsable es la autoridad local
pertinente. La tramitación tiene un plazo de 3 días hábiles
desde el inicio de la licencia.
Privada: es personal e intransferible. La tramitación tiene
un plazo de 2 días hábiles desde el inicio de la licencia.
5. • Ningún establecimiento de salud,
publico o privado, podrá negar el
ingreso o atención a personas
portadoras o enfermas con el virus
de inmunodeficiencia humana o
condicionar lo anterior a la
realización o presentación de
resultados del referido examen.
• Igualdad de acceso a la atención
bucodental para todos los pacientes
infectados con el VIH.
• Todos estos pacientes deben recibir
un tratamiento adecuado y seguro.
• La infección cruzada en el
tratamiento dental puede ser evitada
mediante el empleo correcto de
protocolos de
control de la infección.
• Todos los trabajadores de la salud
bucodental deben adoptar precauciones
estándar, como lavarse las manos,
usar dispositivos de protección, tener
mucho cuidado al manipular y desechar
agujas e instrumentos cortantes, y
utilizar mascarillas y gafas de protección.
Precaución
estándar
FDI
Ley 19779
CAPITULO III, de
la no
discriminación,
Artículo 7°
Responsabilidad del odontólogo en la atención de pacientes VIH/SIDA
6. Bibliografía
• Información sobre licencias médicas disponibles en
http://www.bcn.cl/leyfacil/recurso/licencias-medicas.
• Libro DrCiocca Odontología Legal y Forense 2010.
• La FDI promueve prácticas dentales seguras para impedir
la propagación del VIH/SIDA , 01/12/2006, Ginebra
http://archive.fdiworldental.org/c/document_library/get_fi
le?uuid=1ba8a1c5-bdb9-4ba3-876c-
5ff7af19d931&groupId=10157
• Declaración de principios de la FDI: Profilaxis de
postexposicion al VHB, VHC y VIH
http://www.fdiworldental.org/media/24878/Post-
Exposure-Prophylaxis-for-HBV-HCV-and-HIV-2009-Sp.pdf