1. Seminario Nº5:
Ética profesional y responsabilidad legal
Rafael Contador – Alexander Contreras – Daniela Cornejo – Valeska D’Arcangeli – Camilo de la Jara
Dr. Matías San Martín H.
Clínica Integral del Adulto 120-04-2014
2. Introducción
Ética legal: implica una serie de principios y reglas que
una actividad profesional deberá observar en la
realización de su quehacer y entonces, desde las
mismas, tomadas como pilares y bases de acción;
pretende regular todas las acciones y actividades que se
lleven a cabo en el marco de tal profesión.
Responsabilidad Legal: punto de vista jurídico,
“obligación para el auto de una falta, de repararla, sea
en la víctima indemnizándola o para con la sociedad,
sufriendo una sanción que es la pena”.
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3. El paciente VIH
en la atención dental
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4. ARTÍCULO 2
capítulo III de la No Discriminación de la
Ley Nº 19.779 en prevención del virus de
inmunodeficiencia humana
“El examen para detectar el VIH será siempre
confidencial. Todo el personal de salud, tanto
profesional como auxiliar que, a raíz del desarrollo de
su trabajo, intervenga o tome conocimiento de la
realización de un examen de este tipo deberá mantener
la más estricta confidencialidad sobre la persona
involucrada, los resultados del mismo y toda
circunstancia relacionada con dicho procedimiento,
conforme a las normas sobre secreto profesional, las de
la Ley Nº19.628, el Estatuto Administrativo y demás
normas legales sobre la materia…”
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5. ARTÍCULO 7
capítulo III de la No Discriminación de la
Ley Nº 19.779 en prevención del virus de
inmunodeficiencia humana
Prohibido negar el ingreso o atención a personas portadoras
o enfermas, o condicionar lo anterior a la realización o
presentación de resultados del referido examen
Es deber del paciente por su parte informar su condición de
salud de manera oportuna para dejarlo registrado en los
antecedentes mórbidos del paciente
Obligatoriedad de dar atención a los pacientes con
VIH/SIDA y la prohibición de solicitar pruebas de VIH
para que el paciente acceda al servicio dental, nuestro deber
de impartir promoción, prevención y educación a pacientes
y familiares del paciente.
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6. Siempre tener presente
Cualquier paciente que uno atienda es un paciente
potencial de tener alguna enfermedad infecto-
contagiosa por lo tanto en todos los pacientes, tengan
o no dicha enfermedad, se deben tratar con todas las
medidas de bioseguridad existentes
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8. ¿ Qué es una licencia médica?
La licencia médica es el derecho que
tiene un trabajador dependiente o
independiente de ausentarse o
reducir su jornada de trabajo durante
un determinado período de tiempo,
en cumplimiento de una indicación
profesional certificada por un
médico-cirujano, cirujano-dentista o
matrona. La licencia médica debe ser
conocida y tramitada por el
empleador -en el caso de un
trabajador dependiente- y autorizada
por la COMPIN o la Isapre según
corresponda.
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9. Tipos de licencia
Qué tipos de licencia existen
1. Enfermedad o accidente común.
2. Prórroga medicina preventiva.
3. Licencia maternal pre y posnatal.
4. Enfermedad grave del hijo menor
de un año.
5. Accidente del trabajo o trayecto.
6. Enfermedad profesional.
7. Patología del embarazo.
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10. Formulario de licencia médica
El profesional debe completar la sección A, en forma
manuscrita, letra imprenta, clara y legible. Formulario
licencia médica(pag.4).
Luego debe entregar la primera y segunda hojas de la
licencia al trabajador.
Si el trabajador tuviere más de un empleador, el
profesional deberá extender un formulario para cada
uno de ellos.
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11. Como adquirir el talonario de
licencias médicas
El DS N°3 de 1984 y sus modificaciones, Reglamento de
autorización de licencias médicas, establece en su Artículo 9º: “En
el caso de los formularios de licencias médicas en papel, las
COMPIN proporcionarán los formularios de licencias, previo
pago de su costo, a los profesionales facultados para certificarlas
en el libre ejercicio de su profesión y a las oficinas o Servicios de
Bienestar, Mutualidades de Empleadores y otros organismos y
entidades públicas y privadas en que dichos profesionales actúen
como funcionarios en la atención de trabajadores.
En el caso de profesionales para el uso en sus consultas
particulares, podrán acceder sólo a los talonarios de color verde,
definidos para uso privado. Estos no pueden ser compartidos con
otro profesional.
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12. Pasos
Fase 1: En la sección de licencias médicas el profesional o
institución debe inscribirse cuando se trata de la primera vez. Si la
inscripción se ha realizado con ocasión de una compra anterior, la
actual podrá ser efectuada por un tercero portando el poder
simple que se encuentra en la carátula del talonario.
Fase 2: Verificación de identidad del profesional o del
representante de la entidad pública o privada o del portador de la
autorización simple, en su caso y de los antecedentes de respaldo.
Emisión de boleta y derivación a la caja receptora para el pago del
arancel.
Fase 3:Recepción de la boleta de pago con timbre y fecha.
Entrega de el o los talonarios de licencias médicas previo registro
en la base de datos de las numeraciones correspondientes.
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13. Como tramitar una licencia
médica
Plazos de entrega:
-El trabajador del sector privado dispone de dos días hábiles
contados desde el inicio de la licencia médica, para presentarla a su
empleador. Se debe contar como primer día de plazo el primer día
hábil con licencia médica.
-El trabajador del sector público dispone de tres días hábiles
contados desde el inicio de la licencia médica para presentarla ante su
empleador. Se debe contar como primer día de plazo el primer día
hábil con licencia médica.
-El trabajador independiente debe tramitar directamente la licencia
ante el organismo que corresponda, entiéndase COMPIN o ISAPRE y
dispone de los dos días hábiles siguientes a la fecha de emisión de la
licencia, siempre que esté dentro de su período de vigencia.
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14. COMPIN
La comisión de medicina preventiva e invalidez.
A esta comisión dependiente del ministerio de Salud,
le corresponde constatar, evaluar, declarar y certificar el
estado de salud, la capacidad de trabajo, la
recuperabilidad de los estados patológicos de los
trabajadores y beneficiarios, con el fin de permitir la
obtención de beneficios correspondientes.
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15. Pronunciamiento de la
COMPIN
Evaluación técnica por parte de la Contraloría Médica,
para determinar si corresponde o no autorizar el
reposo prescrito por el médico tratante, debiendo el
contralor pronunciarse en la sección B del formulario
como sigue:
1.- Autorícese
2.- Rechácese
3.- Amplíese
4.- Redúcese
5.- Pendiente(para una correcta evaluación)
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16. Principales causas de rechazo de
una licencia médica
1.- Licencias Médicas con enmendaduras
2.- Presentación fuera de plazo
3.- Presentación fuera de plazo y vigencia
4.- Incumplimiento del reposo
5.- Reposo injustificado
6.- Diagnóstico irrecuperable
7.- No acreditar vínculo laboral
8.- Realización de trabajos (Remunerados o
NO)
9.- Falsificación o adulteración (si se
comprueba)
10.- Aportar antecedentes clínicos falsos (si
se comprueba)
11.- Simulación de enfermedad
(comprobada)
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17. Obligación del
profesional
Las Comisiones de Medicina Preventiva e Invalidez podrán
solicitar a los profesionales que por ley emitan licencias
médicas que se encuentren sometidas a su conocimiento, la
entrega o remisión de los antecedentes o informes
complementarios que las respalden y, en casos
excepcionales y por razones fundadas, los citará a una
entrevista para aclarar aspectos de su otorgamiento
La inasistencia injustificada y repetida a las citaciones,
como también la negativa reiterada a la entrega o la no
remisión de los antecedentes solicitados, en los plazos
fijados al efecto, los que no podrán exceder de siete días
corridos, habilitarán a la Comisión para que, mediante
resolución fundada, sancione al profesional con multas a
beneficio fiscal de hasta 10 unidades tributarias mensuales.
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18. Sanciones aplicables por
la Superintendencia de
seguridad social
- Multa a beneficio fiscal de hasta 7,5 UTM. Esta multa podrá
doblarse si hay reincidencia.
- Suspensión hasta por 30 días de la facultad para otorgar licencias
médicas y una multa a beneficio fiscal de hasta 15 UTM, en caso
de reincidencia dentro del período de tres años.
- Suspensión hasta por 90 días de la facultad para otorgar licencias
médicas y una multa a beneficio fiscal de hasta 30 UTM, en caso
de segunda reincidencia dentro del período de tres años.
- Suspensión hasta por un año de la facultad para otorgar licencias
médicas y una multa a beneficio fiscal de hasta 60 UTM, en caso
de tercera reincidencia dentro del período de tres años.
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19. Posibles sanciones
penales
En el Código Penal, que sanciona al que incurra en las falsedades
de otorgamiento, obtención o tramitación de licencias médicas o
declaraciones de invalidez, con las penas de reclusión menor en
sus grados mínimo a medio (de 61 días a 3 años) y multa de
veinticinco a doscientas cincuenta unidades tributarias mensuales.
En caso de reincidencia, la pena privativa de libertad se aumentará
en un grado (hasta 5 años) y se aplicará multa de setenta y cinco a
setecientas cincuenta unidades tributarias mensuales.”.
¿Durante el proceso penal qué medida cautelar puede sufrir un
profesional?
Se facultó al tribunal para decretar la suspensión de la facultad de
emitir licencias médicas mientras dure la investigación o por el
menor plazo que, fundadamente, determine.
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21. ¿Considera una amenaza o no la
Reforma Procesal Penal (RPP) para el
gremio odontológico?
22. ¿Qué es…?
Es un cambio en el sistema de procesamiento de las causas judiciales
penales, que terminó con el sistema inquisitivo, y estableció un esquema
acusatorio, en que se dividen las funciones de investigar, procesar, y dictar
sentencia en las causas.
23. ¿Desde cuándo se implementa?
¿Cuales son sus cambios?
La implementación de la Reforma Procesal penal ha sido gradual.
Se inicia en la IV y IX región, el año 2000, siendo implementado
en la región metropolitana el 16 de junio del año 2005.
Fases
Investigación
Etapa intermedia, de preparación del juicio, dentro de la cual es capital la
“audiencia de preparación del juicio oral”
Juicio oral, es que se resuelve el conflicto ante un tribunal colegiado, el
Tribunal de Juicio Oral en lo Penal.
24. Característica fundamental de
RPP
Instauración del “Derecho a un Juicio Justo”:
Existencia de un tribunal independiente e imparcial.
Igualdad de armas entre acusador y acusado.
Publicidad del procedimiento.
Solución del proceso en un plazo razonable.
Presunción de inocencia.
Garantías respecto del derecho de defensa del acusado de una
infracción penal.
25. Análisis del Dr. Luis Ciocca
-Analiza en su libro “El odontólogo en la reforma procesal
penal”
- El odontólogo como ciudadano.
- El odontólogo como forense.
- El odontólogo como clínico.
26. Como ciudadano
Como miembros de la sociedad, podemos vernos afectados
por diversos asuntos, tales como: ser víctimas de un robo, ser
partícipes de un hecho de tránsito, etc. En este aspecto,
podríamos percibir las ventajas de un proceso penal de
menor tiempo, costo y mayor transparencia
27. Como Forense
Como miembros de la sociedad, podemos vernos
afectados por diversos asuntos, tales como: ser víctimas
de un robo, ser partícipes de un hecho de tránsito, etc.
En este aspecto, podríamos percibir las ventajas de un
proceso penal de menor tiempo, costo y mayor
transparencia.
28. Como Clínico
Con los años hemos visto un aumento en el número de querellas
contra médicos, odontólogos y otros profesionales de la salud. En
el sistema judicial anterior, como toda la investigación estaba a
cargo de un juez, el proceso podía tardar varios años. Con la
nueva reforma, en cambio, podría tardar sólo meses.
30. Como prevenir?
Toma de conciencia
Consideraciones eticas
Resguardos (asesoria legal, seguros)
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31. Medidas preventivas
Relación medico paciente optima
Información adecuada y oportuna al paciente
Consentimiento informado
Documentación eficaz:
Completa
Ordenados
Legibles
Responsables
Critica y autocritica
Apego a Lex Artis
Comité de ética
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32. Salidas Alternativas
Las salidas alternativas son dos:
Suspensión del procedimiento por parte del juez de Garantía cuando los delitos (cuasi-
delito de lesiones o de homicidio), tienen una pena probable inferior a tres años y un
día, y un imputado con irreprochable conducta anterior (caso de médicos y dentistas,
generalmente).
Acuerdo reparatorio, donde el paciente y el profesional acuerdan cómo reparar el mal
causado en el curso de un acto profesional (cuasi-delitos cometidos sin intensión).
Cuando la reparación satisface al paciente, se pone término a la causa.
33. Conclusión
Lo anterior expuesto demuestra que la reforma
procesal penal (RPP) para el dentista es beneficiosa, ya
que las salidas alternativas que posee y la realidad
actual de nuestra profesión lo ameritan.
35. Formas de prevención de problemas para el
odontólogo en el ámbito legal
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Tercer pilar
Actuar con actitud crítica y autocrítica, revisión y perfeccionamiento constante
Segundo pilar
Contar con una documentación clínica eficaz (ficha y otros registros)
Primer pilar
Una buena relación del profesional con el paciente, la que debe ser óptima
36. • Recinto clínico digno.
• Manejo correcto del paciente
• Información adecuada y oportuna
• Consentimiento informado
Una buena relación
del profesional con
el paciente
• Debe reflejar la realidad del paciente
• Deben ser sólidos, veraces, completos, ordenados y responsables
Documentación
clínica eficaz
• Hacer lo que se sabe hacer bien
• Interconsultar casos complejos
• Remitir al paciente al especialista cuando corresponda
Actitud crítica y
autocrítica
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Formas de prevención de problemas para el
odontólogo en el ámbito legal