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Derecho Internacional Público
14 de abril
Profesor Bibiloni- Portabela
Hoy 14/4 es el “Día de las Américas” y se festeja porque es la primera vez que hay un encuentro
internacional con representantes de todos los países americanos- que después formaran la OEA-
donde se festeja incluso esta unión de libertad de los pueblos latinoamericanos en contra de la
monarquía, en contra del monopolio a favor del sistema republicano y a favor del liberalismo
económico- que después va a ser la distribución internacional del trabajo-. Esto antes se
festejaba en las escuelas con actos y se cantaba el himno de las Américas- que nombra a países
como Costa Rica, Brasil, Boliva, Colombia, Chile, Ecuador, Argentina, México y Perú que son
hermanos soberanos de la libertad- en recuerdo para SIMON BOLIVAR y ese proyecto. También
casualmente un 14 de abril de 2002 el pueblo venezolano recupera en el poder- ya que había sido
sacado a través de un golpe de Estado- al comandante Hugo CHAVEZ FRIAS, con la idea de retomar
ese proyecto, en contrapartida de ALCA norteamericano, creando el ALBA –Asociación Naciones
Libres Bolivarianas de América O Alianza Bolivariana para los Pueblos de Nuestra América- para
recuperar la idea de la gran patria americana, que hoy se está concretando con la UNASUR- Unión
de Naciones Sudamericanas-, afortunadamente porque ésta nació como alianza militar al estilo de
la OTAN pero hoy termina siendo garantía de democracia. Si bien hoy festejamos lo que sería el
antecedente de la OEA, lo importante que tiene la UNASUR- esto es importante para los
exámenes y no está en los libros- es la función que tiene de haber ido desplazando a la OEA: en lo
que fue con CHAVEZ y en su momento con SANTOS URIBE, en el posible conflicto bélico entre
Colombia y Venezuela, el primer secretario de la UNASUR - el ex presidente Nestor KIRCHNER-
intervino para que no hubiera guerra entre los dos países hermanos, dejando de lado todo el
sistema de paz que plantea la OEA -Organización de los Estados Americanos-. Esto es sumamente
importante ya que hoy la UNASUR tiene mucho más peso y poder que la OEA y en este
momento, el proceso de redemocratización y de llevar tranquilidad a Venezuela, para evitar una
guerra civil y golpe de estado, está garantizado por tres cancilleres de la UNASUR. Así vemos la
importancia práctica que tiene la UNASUR hoy al ser un poder político garante de la democracia,
poder que NO tiene la OEA ni NINGUN otro organismo regional y entonces de algún modo
consolida el proyecto de SIMON BOLIVAR de unidad latinoamericana no desde los sentimientos, la
buena voluntad o los intentos fallidos SINO REALMENTE desde cosas concretas como haber
evitado una guerra entre países hermanos o garantizar la democracia en un pueblo que está
sufriendo.
El 12 de abril de 1931 en España el socialismo gana las elecciones, para lo que va a ser el final de
la segunda república, es decir gana por voto popular y el Rey ALFONSO XIII se retira de España el
14 de abril, dejando así la MONARQUIA el lugar libre a lo que va a ser la segunda república
socialista y lo que unos años después va a ser la primera batalla de la SEGUNDA GUERRA
MUNDIAL y que fue la GUERRA CIVIL ESPAÑOLA, donde FRANCISCO FRANCO se levanta en
Marruecos y con la ayuda de la aeronáutica alemana bombardea Guernica y el país Vasco. Así el 14
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de abril termina la monarquía Española y comienza la segunda república socialista que será
antecedente de la Guerra Civil Española.
Continuación de la clase anterior:
La clase anterior expusieron grupos sus conclusiones sobre los temas que les tocaron. Hay
tres cosas por decir sobre esto:
Todos los temas que vemos pueden ser refutados y se pueden discutir.
Hay que tener en cuenta un trabajo de asociación, es decir todo lo que vemos en
clase se verá con programa en mano para ver todo lo que hemos visto está en
mismo pero lo hemos dado de manera dispersa. El trabajo pedagógico es
relacionar todo lo que vemos en forma de debate y charla con la materia y ver
donde está ubicado en el programa.
Finalmente para dar cierre a la clase pasada donde el grupo había hablado de la
obediencia debida, pueden leer el libro de GARCIA MARQUEZ “El otoño del
Patriarca”, que narra la historia un dictador- que fácilmente puede ser la historia de
un Videla, Galtieri o Pinochet-, que viene a la Argentina donde vive su vejez
tranquilo, con sus nietos. El patriarca recuerda que en el momento máximo de su
apogeo busca saber hasta donde sus lacayos –generales de rango inferior- son
obedientes y entonces manda a hacer una misión bien sangrienta, torturando en
nombre de la libertad, niños, mujeres embarazadas, etc, misión que sus lacayos
cumplen dado que para un militar la obligación es obedecer. Aquí se relaciona con
el tema de la obediencia debida: hasta donde se puede torturar o matar en
nombre de “cumplir una orden”. En el caso del libro los servidores fieles cumplen
con la misión y el patriarca los felicita, los condecora y después los manda a fusilar.
Los subalternos preguntan porque esa medida si hicieron lo que él les había
mandado a lo que contesta “precisamente por eso, porque hay ordenes
espantosas que se pueden dar en un momento de locura, bestialidad, estupidez
PERO JAMAS se deben cumplir, porque ahí demuestra uno que es
persona….cuando no cumple lo injusto”. El antiguo Código Militar argentino en su
art 454 tenía establecido- cosa que cambian los militares del 76- que cuando una
orden es manifiestamente injusta, sangrienta o arbitraria se invertía la obligación
de obedecer por la obligación de no obedecer, cosa que los militares
distorsionaron con la obediencia debida creando impunidad. En síntesis hay
órdenes que se pueden llegar en un momento de estupidez pero que uno no las
puede ni debe cumplir.
Conclusión de los dos grupos que faltaban:
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1-Como se llego a la guerra Malvinas:
a. Aclaraciones previas del profesor Bibiloni:
La guerra no se la puede analizar sin abstraerla del proceso de reorganización nacional, que es
una causa anterior y diferente: la habilidad que tienen los militares en aquél momento de
incorporar una causa nacional y hacerla jugar en favor de la continuidad en el poder.
Ya vieron con la profesora Moya las doctrinas por las cuales se reconocen los gobiernos
ilegales:
la doctrina BETANCOURT legitima un gobierno ilegitimo a través de las elecciones, es
decir a través de la voluntad popular (Ya lo decía la casa donde murió San Martin en
Boulogne Sur mer “no se puede reconocer ningún gobierno que no sea fruto del
pueblo”. Recordemos que San Martin era masón por eso sus restos aunque está dentro
de la Catedral no están dentro del templo propiamente, dado que la Iglesia Catolica
excomulga a los masones y por eso el gobierno compró una de las naves de la catedral
para poner sus restos.) En síntesis la doctrina Betancourt plantea legitimar por
voluntad popular un gobierno que ha nacido mal o desde un golpe de Estado. Otra de
las grandes polémicas es en que parte de la historia argentina se ve la aplicación
absoluta de la esta doctrina: en el golpe del GOU de 1943, surge Perón que busca más
adelante, en las elecciones de 1946, legitimarse en el poder con el voto popular,
SIENDO aquí en las elecciones donde se aplica la doctrina y viene la polémica si es en
realidad en el 17 de octubre la explosión popular, cuando lo meten preso a Perón para
saber si la gente lo iba a defender, cosa que paso cuando la gente fue a la plaza de
mayo y ahí los militares del golpe se dan cuenta que lo podían legitimar, por eso llaman
a las elecciones del ´46, donde Perón en síntesis legitima un golpe ilegal.
Haciendo una traspolación de esta doctrina a lo que pasó con Malvinas, vemos que el año
1982 los militares se dan cuenta que su gobierno viene en caída: el 30 de marzo hay una
movilización con enfrentamientos y entonces se acelera el tema de Malvinas, ya que como no
había un “Perón” y tampoco los militares iban a cometer el error que cometieron del militares
del ´43 de subir a un militar al que luego tuvieron que sacar, buscaron no personalizar la
legitimación sino que a través de la búsqueda de una causa popular como Malvinas,
pretendieron legitimarse. Así Malvinas vendría a ser una especie de Doctrina Betancourt
tergiversada, donde en lugar de haber elecciones, a través de una causa popular el gobierno
militar se legitima, tomando por la fuerza Malvinas. Los militares entendieron tan bien esto
que la misma gente que el 30 de marzo estaba en la marcha de protesta queriendo tirar abajo
el gobierno militar, 48 hs después estaba en la misma plaza victoriando la decisión militar
(pensemos como en un juego de ciencia ficción que si hubiesen salido las cosas con Malvinas
bien quizás hoy seguiríamos con los militares en el poder)
b. Exposición del grupo:
¿Cómo era la relación de nuestro país con GB antes del conflicto? (pregunta del coordinador
del grupo): antes de la guerra la relación que tenía Argentina con Gran Bretaña era de
amistad dado los antecedentes de nuestro país en las guerras mundiales donde había sido
proveedor de alimentos entre otras cosas, entonces tenían una buena relación, a punto tal
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que se habían dado políticas de acercamiento en las que se había planteado por ejemplo
devolver las Malvinas, hecho éste que nunca se concretaría porque en GB hubo un cambio de
gobierno de laboristas a conservadores y liberales, entonces el tema quedó en suspenso. A su
vez hubieron distintos acontecimientos en el plano internacional como el problema del canal
de Beagle que como país casi nos lleva a un conflicto bélico con Chile, al cual no se llega por la
intervención del Papa.
Se destaca también a nivel interno la política de seducción de nuestro país hacia los
habitantes de Malvinas, a través de la construcción de aeropuertos, etc y así buscar
incentivarlos para que se consideren parte de la población argentina o se inclinen hacia el
gobierno argentino.
Pero debido al desgaste del gobierno militar y las protestas de la población debido a las
desapariciones de personas, a tráves de buscar una causa popular que los legitime fue que se
decide recuperar por la fuerza las islas.
¿La población estaba con el gobierno militar o lo apoyaba? (pregunta del coordinador): la
población no era que apoyaba al gobierno sino a la causa en sí, a lo que Malvinas significaba
para los habitantes argentinos.
Comenta el coordinador del grupo cómo fue tratando al tema Naciones Unidas con las
distintas resoluciones y cuál era la visión de Europa respecto de la actitud argentina, dado a
que sostienen que los derechos de soberanía se pierden automáticamente cuando se intentan
recuperarlos por la fuerza, es decir entienden que no se legitiman los derechos por la fuerza.
La decisión de los militares hizo perder automáticamente a nuestro país los derechos y más
allá que Francia tenía simpatía por la causa argentina, jurídicamente hablando nuestro país
había perdido todo derecho de legitimación.
Comenta otra alumna que nuestro país contó con el apoyo se Perú, Nicaragua. Uruguay se
mantuvo neutral. Expresa el coordinador que con respecto a CHILE había que disociar a la
población civil del gobierno de turno, militar y en manos de Pinochet, que apoyaba la causa
británica. Sin embargo la población civil no estaba a favor de GB e incluso algunos
aeródromos no lo controlaban los militares, de modo tal que no dejaban aterrizar aviones
británicos, lo cual muestra esa dicotomía entre una población y un gobierno que
internacionalmente se lo ve de una forma, es decir apoyando a GB. Es decir la pregunta sería
¿la población compartía lo mismo? Evidentemente NO y estos son elementos a tener en
cuenta a la hora de analizar Malvinas.
c. Aclaraciones del profesor Bibiloni
La diferencia entre el jefe de Estado, representante del pueblo y la dictadura es evidente: el
presidente Piñeyra, en nombre del Estado chileno le pide perdón a nuestro país y así en todo
reclamo sobre Malvinas como también en la UNASUR, Chile- como Estado, gobierno y pueblo-
le ofrece activamente colaboración en el reclamo argentino, ya que tienen en claro la idea de
la hermandad latinoamericana de la que hablamos al comienzo de la clase.
El coordinador del grupo aclara que la relación de nuestro país con GB era también de
sumisión, determinada por GB: recordemos el pacto Roca- Runciman de la década del 30 que
por poco no entregamos todo por vender unas míseras cuotas de carne, dado a que los
británicos habían decidido cerrar las importaciones a sus tres colonias, es decir a la
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comunidad británica de naciones y nos dejan afuera. El pacto era realmente abusivo porque
implicaba la pérdida de soberanía en muchas cosas EJEMPLO pérdida del servicio publico, de
los ferrocarriles, etc. Esta política de sumisión llega hasta el año 1982, donde un poco
envalentonados con lo que fue el conflicto del canal de Beagle en 1978, se armó un plan de
invasión para retomar las Malvinas entre el 82 y el 84, pero dado a que a los militares el
gobierno se les estaba desgastando, sobre todo cuando empezaron a sentir esa pérdida de la
capacidad de poder controlar a la población a través del terror, implicó el desenlace fatal y
acelerado del proceso de invasión.
Acota el profesor Bibiloni que todos los temas internos tienen relación con los procesos
externos, así el golpe de 1930 que vimos, era consecuencia de la caída de Wall Street, el golpe
de 1943 era un poco la cuestión del mundo industrianlizandose mientras nosotros seguíamos
con el modelo agroexportador y por eso la cuotas de carne del pacto Roca- Rucinman. Así en
el caso de Malvinas, en cuanto a lo externo, tenemos claramente por un lado en lo que es el
marco de la West point, que en 1981 el entonces presidente de EEEUU RONALD REAGAN lo
recibe a GALTIERI con honores de presidente de la Nación y como si fuera un héroe, antes de
la guerra y ahí es donde los militares argentinos se envalentonan y creen que GALTIERI viene
con la seguridad de que EEUU no va a actuar en caso de que Argentina intentara tomar por
la fuerza a las islas, porque según dijo GALTIERI “Reagan se lo prometió”. Finalmente en
diciembre de 1981 Argentina da por terminada la negociación por las islas Malvinas
pateando así el tablero y en el último comunicado donde da por terminada las negociaciones-
a través de una carta protocolar al Comité de Descolonización- expresa que Argentina se
reserva todos los mecanismos para recuperar las islas, incluso hasta el uso de la fuerza. Es
decir si hoy día no hay negociaciones es porque Argentina dio previamente por finalizada las
mismas, de forma unilateral.
Tanto en NACIONES UNIDAS como en la SOCIEDAD DE LAS NACIONES no existía la definición
de agresión, se sabe lo que es la agresión, se prohíbe la misma y el uso de la fuerza pero la
agresión no está definida y recién en el año 1974 la Asamblea de Naciones Unidas a través de
la resolución 3314/74 define lo que es la agresión de un Estado a otro que es precisamente
el primer uso de la fuerza, el uso de fuerzas regulares, el uso de la violencia. Claramente lo
dice la resolución que el uso de la fuerza hace perder todos los derechos: Argentina con el
uso de la fuerza pierde todos los derechos de Malvinas por ser el país agresor. Hoy en el
mapa de la Unión Europea figuran las Islas Malvinas NO como territorio de GB SINO como
territorio de ultramar de la Unión Europea, a partir del uso de la fuerza por parte de
Argentina el 2 de abril de 1982. Además en las universidades de Europa y de EEUU se enseña
como ejemplo típico para perder derechos el uso de la fuerza argentina sobre Malvinas.
EN SINTESIS: no hay negociaciones porque Argentina término unilateralmente con las
mismas, no hay derechos porque los perdió por el uso de la fuerza.
A continuación habla la alumna francesa del tema Malvinas y el uso de la fuerza y la visión de
Francia sobre el tema, que a pesar de no apoyar a GB por diferencias ideológicas de su
presidente con la premier británica, tampoco puede dar legitimidad al uso de la fuerza en
Malvinas. A su comentario expresa otro alumno el doble estándar de Francia que por un lado
dice no apoyar a GB pero por otro lado en virtud de un convenio de la OTAN con respecto a la
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cooperación cuando se ataca a un país miembro le termina brindando los recursos
tecnológicos y militares a los británicos. Sobre este comentario acota el profesor que este
argumento fue el mismo que usó Reagan para dar respuesta a nuestro país, decir que entre
un país aliado y un país amigo, tuvieron que elegir al aliado. Recordemos que estamos en el
contexto de la OTAN y de la guerra fría y así cualquier cosa que hicieran esos países miembros
a favor de Argentina se tomaba en contra de GB. En virtud de lo anterior más de la mitad de
la flota que viene a las islas no era británica sino de EEUU, dado que GB no podía dejar las
costas europeas desprotegidas, justamente porque se estaba en el contexto de la guerra fría,
del mundo bipolar donde EEUU y URSS se peleaban fuera de sus territorios- como en el caso
de Corea, Vietnam, Nicaragua-. Es decir es una pelea entre el bloque occidental y cristiano
contra URSS por lo que SI GB sacaba sus tropas de sus costas, significaba en el contexto de la
OTAN, desproteger el continente Europeo y dar una entrada a Rusia- traslademos esto y
hagamos la relación con CRIMEA que pasa a ser una entrada de Rusia en Europa-.
Con respecto al TIAR -Tratado Interamericano de Asistencia Reciproca- que estaba desde
mucho antes que existiera las NACIONES UNIDAS y la OEA-establece que cada vez que un
miembro es atacado el resto de los países lo defienden como si el ataque hubiera sido para
cualquiera de esos miembros. Fue así que Argentina en 1962 da dos barcos cuando estalla la
crisis de los misiles, cuando los barcos rusos se dirigían a Cuba, siendo un ataque directo por
lo cual América se defendía entre sus miembros. ¿POR QÚE ES IMPORTANTE ESTE PACTO?
Porque en el caso de la crisis de los misiles se da un acto de defensa legítima- dado que luego
más adelante en la Carta de la Naciones Unidas, en su art 51 se establecera que la agresión
no tiene que ser provocada o que se deba a consecuencia de la acción de uno de los
miembros- pero en el caso de nuestro país por ser quien ataca el TIAR NO SE PUEDE APLICAR,
dado que su naturaleza es ser un acto de defensa.
2-Consecuencias de la guerra de Malvinas:
a. Exposición del grupo:
Se vieron consecuencias de tipo:
Jurídicas: se debatió si el hecho de la guerra quitaba o no derechos. Con la invasión y tras
la rendición, Argentina había perdido todo derecho de legitimación de su reclamo.
Sociopoliticas: que pasó con la población y el gobierno y su intento de legitimarse a
través de la guerra. Al perder la guerra ya no había forma de legitimar un poder ni
tampoco había forma de tratar de llegar a un consenso ni nada, por lo que los militares
buscaron la forma rápida de salir del gobierno. Con respecto a la justicia se trata de hacer
un juicio en el gobierno de Alfonsín, hecho este que solamente fue simbolico ya que hubo
impunidad a través de la ley de Obediencia debida, y más adelante se dieron indultos,
hasta que actualmente se están enjuiciando a los responsables.
Económicas: no había posibilidad de revertir la situación de cómo estábamos ya que se
venía arrastrando la misma desde hacía una década atrás- desde Perón- y ya que con
Isabel y su gobierno se había originado el Rodrigazo y la gran inflación no permitía el
crédito internacional.
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b. Aclaraciones del profesor Bibiloni:
Recién se hizo mención de Isabel Martinez y les comento que hay una convocatoria
internacional para extraditarla y juzgarla como criminal de lesa humanidad por los decretos
de aniquilación del accionar subversivo dictados durante su mandato, es decir desde el
Estado.
Por otro lado la cuestión económica de Argentina durante la época que estamos analizando
si bien fue grave, no lo es más como tener un gobierno asesino, con desaparición de
personas, donde en nombre de la ideología, de la democracia, de la civilización occidental
cristiana se hace desaparecer, se tortura y asesina. Es decir han tenido que pasar treinta
años para darnos cuenta de la bestialidad que fue el proceso y que la razón humana no
puede aceptar. Adjunta el profesor un apunte de una conferencia en Ginebra de Naciones
Unidas sobre la complicidad de los grupos económicos con los golpes de Estado en América
Latina. Horacio Verbistki tiene un libro “Cuentas pendientes” que habla cómo los grupos
económicos ayudaron, tanto desde Wall Street como aquí mismo, a que se produjera la
devacle económica con la liberación de los precios, reducción de costos liberales, jugando a
favor y en beneficio de los grandes imperios. Dentro de ese libro hay un capitulo- que lo ha
fotocopiado el profesor con el código 4966- donde sale todo el derrotero de los militares,
las leyes de obediencia debida y punto final, la autoamnistía que se dan los militares.
Precisamente tomando lo que dijo el compañero, el juicio que se hace y que es simbolico,
es porque ALFONSIN nunca tuvo en mente condenar a todos los autores materiales de los
hechos SINO simplemente a la JUNTA MILITAR. Luego con las presiones económicas y sobre
todo con la presión que significó que se juzgara a los comandantes en jefe y a los que
estaban después en la línea jerárquica, en la pascua del 87, surgen las leyes de obediencia
debida y punto final por la que quedan detenidos los jefes pero los autores materiales, es
decir los que torturaron y mataron, quedan todos libres. Luego con el gobierno de Menem,
señala el autor del libro, se ve bien la conexión entre lo económico y lo político, ya que
Menem canjea los indultos a los comandantes en jefe por la liberación económica hasta que
surge la idea de la jurisdicción internacional que pregona la idea de que ningún dictador
puede quedar libre y surge la idea del crimen de lesa humanidad imprescriptible y con la
valentía de los diferentes grupos de derechos humanos y del Congreso de anular las leyes de
Obediencia Debida y Punto Final, como por parte de la Corte de la anulación de los
indultos, se puede juzgar hoy a los militares como criminales de lesa humanidad, porque un
país sin verdad y sin justicia no puede tener libertad. Gracias a esto podemos tener juicios
históricos como en el caso de nuestra provincia que se juzga a integrantes del poder judicial
cómplices de la dictadura y de aquí en más también se podrá juzgar, como bien plantea el
libro, a comerciantes y grupos económicos que ayudaron a la dictadura EJEMPLO La FORD
dio a la dictadura los famosos FALCON verdes para sus operaciones; el INGENIO LEDESMA
ofreció en Jujuy y Tucumán los galpones para que fueran usados como centros clandestinos
de detención. El crimen de lesa humanidad en principio está circunscripto a los militares
PERO ahora se está planteando que cuando se trabaja en función de un crimen de lesa
humanidad, todos los que ayudaron y fueron cómplices también pueden ser juzgados.
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Finalmente pensemos que ese 2 de abril de 1982, en contra de toda lógica, de todo el
mundo y usando la fuerza dejamos impresa la peor postal que como país pudimos tener.
Por otro lado a pesar que Alfonsín pudo hacer otra cosa -según opinión del profesor- lo
rescatable de su gobierno es que por primera vez una democracia juzgó a sus propios
tiranos- en otros lados hubo tribunales ad hoc como en Nuremberg o en Kosovo- aunque
dejó libres a los autores materiales.
Consulta un alumno sobre el Operativo Independencia en Tucumán si esa decisión no se
hubiese tomado ¿qué hubiese pasado? ¿Se hubiese dado caso como el de Perú con sendero
luminoso o Colombia con las FARC? Contesta el profesor que en su momento hubo una zona
liberada para la subversión, no se discute el tema de combatir la misma SINO los modos que
se usaron EJEMPLO en Italia pasó lo mismo con las Brigadas Rojas, las personas que morían
en un enfrentamiento eran llevadas a sus casas y a los detenidos inmediatamente los
sometían a juicio, sin que operara violación alguna a los derechos humanos, es decir sin
desaparición o tortura. Podemos discutir sobre la ideología de los subversivos si era correcta
o no pero de ahí a justificar violación a derechos humanos es otra cosa.
UNIDAD II
Vamos a seguir con la otra parte de la unidad. Con el DR SERRA han visto la historia del derecho
internacional público y con la DR MOYA el Estado como sujeto principal del derecho internacional
público.
Aquí vemos la aparición histórica, luego de una evolución grande, de las primeras organizaciones
nacionales de lo que podría llegar hacer una sociedad, hasta llegar a lo que es el Estado a finales
del siglo XVI- XVII con la aparición del Estado moderno con sus 3 elementos: territorio, población y
ordenamiento jurídico político. Esta Estado Moderno tiene la característica de ser sujeto por
excelencia del derecho internacional público que tiene capacidad plena, lo que sería para
nosotros la persona al llegar a los 18 años. En todo momento tiene que tener presente de hacer la
traspolación de los principios generales del derecho visto en el CC y llevarlos al derecho
internacional publico. El trabajo es el siguiente : HUGO GROCCIO no inventa nada sino que toma
la idea de persona juridica de existencia ideal que tenían los romanos y los va a aplicar en un
momento determinado, en un lugar y situación históricas determinadas, que es la decadencia del
feudalismo, la terminación de lo que son los imperios- entre ellos la Iglesia y el Imperio Español- y
la aparición de- a partir de los señores feudales que vienen de las cruzadas y que tienen ejércitos
propios para luchar por sus territorios- un fenómeno nuevo que es el Sujeto Estado, es decir
Estados Nacionales que no van a depender del Vaticano-por eso es importante la reforma religiosa
de los señores feudales para independizarse del mismo- porque hasta 1517 todos los reyes de
Europa dependían del Vaticano. En realidad LUTERO no se da cuenta de la revolución política que
significó el hecho de cuestionar la autoridad del Papa: todos los príncipes se hacen protestantes
PERO no porque les interese Calvino o Lutero SINO porque realmente es una forma de
independizarse del poder absoluto del Vaticano. Así tenemos príncipes que:
tienen poder.
no dependen del Vaticano.
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tienen territorio y ejercito propio.
Así nace el fenómeno ESTADO con la evolución que va a tener después:
La soberanía va a estar encarnada en una sola persona: el Rey.
Después con la Revolución Francesa el único representante de esa soberanía va hacer el
gobierno pero el verdadero soberano va hacer el pueblo y eso queda plasmado en un
contrato social llamado Constitución.
De esta manera vemos que el paso de la Edad Media a la Edad Moderna esta dado por la
aparición del Estado Nacional y el paso de la Edad Moderna a la Edad Contemporánea se da por
la creación del Estado Moderno con el pueblo como soberano. La aparición de una era histórica a
otra tiene que ver con la aparición del Estado como sujeto pleno de derecho internacional público
y del pueblo como único soberano.
GROCCIO dirá que si hay un sujeto nuevo, el Estado Nacional con fecha de nacimiento en el
Tratado de Paz de WESTFALIA de 1648 que va a plantear dos cosas:
como un país se va abstraer de lo que es un Imperio: es el caso de HOLANDA que se
separa de un imperio y no va a ser confesional, es decir no va a ser católico. Podemos
decir que ahí nace el Estado Moderno, con una autoridad que lo gobierna y con un pueblo
que será el único soberano, donde los gobernantes están al servicio del pueblo y no al
revés.
el concepto de soberanía: de hecho la Revolución Francesa le corta la cabeza a la
monarquía- literalmente ya que guillotinaron a Luis XVI- y el pueblo pasa a ser el único
soberano.
Entonces lo que vamos a tener que trabajar es esta traspolación del derecho privado al derecho
internacional público, en donde el sujeto NO va a ser el rey sino que va a ser el Estado como una
persona jurídica de existencia ideal. Asi el Estado Nacional es persona plena del derecho
internacional público (DIP), surge para algunos en 1648, ser perfecciona en 1789, para ser la
persona por excelencia del DIP. Del mismo modo que en el derecho privado tenemos personas
que no tienen capacidad plena pero no por eso dejan de ser personas, del mismo modo en el DIP
tenemos personas de existencial ideal que no tienen capacidad plena:
son las organizaciones internacionales.
Organizaciones internacionales (Dr. Diego Portabela)
Bueno chicos para hablar de este punto, como dice Bibiloni, la idea es traspolar un poco los
conocimientos que ustedes tienen. Primero como esta bolilla de Derecho Internacional habla de
SUJETOS hay que tener bien en claro a que se considera sujeto de derecho. Y este es “todo sujeto
capaz de adquirir derechos y contraer obligaciones”. En el derecho internacional el primer sujeto
que se lo considera sujeto de derecho con capacidad plena es el ESTADO, pero hay otros sujetos
que capaz no tienen capacidad plena, pero tienen capacidad para desarrollarse dentro del derecho
internacional.
Las organizaciones internacionales, es un SUJETO también, porque tiene capacidad para moverse
dentro del Derecho Internacional. Ahora vamos a ver cómo el Estado es un SUJETO PLENO del
derecho internacional o cuál es la capacidad que tiene. Para hacer un poco de historia, ya que
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muchas veces esto se pide en la mesa; la primera organización considerada como tal aparte de los
Estados es la:
COMISION INTERNACIONAL PARA LA NAVEGACION DEL RIO en 1804, es importante
porque se encargaba de las tasas de navegación. Esta se considera como la primera
organización de estados pero no se le reconoce personalidad jurídica, vamos a ver toda la
evolución.
UNION ISLAMICA INTERNACIONAL en 1865 que después pasa a ser la UNION
INTERNACIONAL DE TELECOMUNICACIONES en 1832.
La UNION POSTAL UNIVERSAL en 1833
INSTITUTO INTERNACIONAL DE EMPRESAS MINERIAS en 1875
Todos estos excedían a los Estados, porque en realidad eran organizaciones en donde se
nucleaban distintos estados, los sujetos plenos del derecho; pero a ninguna de éstas
organizaciones se les reconoció personalidad jurídica internacional. Recién se empieza a plantear
cuando surge la primera organización que tiene vocación universal. Esta organización es la
SOCIEDAD DE LAS NACIONES o LIGA DE LAS NACIONES en 1919. En realidad se conforma después
de la PRIMERA GUERRA MUNDIAL. Estos son antecedentes de las NACIONES UNIDAS y el objetivo
era evitar un acontecimiento como había sido la primer guerra. Esta organización tiene un montón
de falencias que vamos a ver en la bolilla 8, pero una de las cuestiones por la que deja de
funcionar es porque no logra evitar otro enfrentamiento mundial que es la SEGUNDA GUERRA
MUNDIAL. Lo importante es que uno de los órganos que es traspolado a la ORGANIZACIÓN DE
NACIONES UNIDAS es la CORTE INTERNACIONAL DE JUSTICIA, que es el tribunal permanente de
justicia internacional en la Cuidad de Naciones. Y ahora si pasamos a 1945 donde el primer
organismo internacional donde se va a empezar a hablar de si tiene o no personalidad jurídica es
ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS (ONU). El 26 de junio de 1945 se firma la carta de
Naciones Unidas y el 24 de octubre es cuando empieza a funcionar. Se conforma la ONU con todos
sus órganos, pero un órgano que se traspola es la Corte Internacional de Justicia. Hago hincapié
en esto porque ONU se crea con el propósito de evitar un enfrentamiento obviamente como había
sido la segunda guerra mundial, pero hay propósitos específicos que están en el Art 1 que son:
- Mantener la paz y la seguridad internacional, que era lo que no pudo evitar la Sociedad de
Naciones y por eso fracasa, entre otros motivos.
- -Fomentar las relaciones de amistad basadas en los principios de igualdad y libre
determinación, esto significa mucho porque es la primer organización internacional donde
cada estado es miembro de ONU y tienen voz y voto en la Asamblea General.
- Cooperación internacional y la ONU tomada como un Centro de Organización de
Esfuerzos.
Los principios que tiene la ONU son: (art. 2)
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- Igualdad soberana. Ningún estado puede estar por sobre otro, mas allá del peso político,
económico o militar que tenga.
- Cumplimiento de las obligaciones contraídas. (Pacta sunt servanda)
- Solución de controversias por medios pacíficos. Es el tema del “no uso de la fuerza”, lo que
hacia la SOCIADAD DE NACIONES es hacer un alto al fuego durante 3 meses para que se
trataran de solucionar los conflictos, no prohibía la guerra. En cambio la ONU, prohíbe el
uso de la fuerza y la amenaza del uso de la fuerza. La única fuerza que se puede utilizar es
la LEGITIMA DEFENSA, ya sea de un solo Estado o la Defensa Colectiva.
- Ayuda de conformidad con la Carta
- Respeto de los principio de los Estados no miembros. La idea era que aquellos Estados que
no son parte de ONU también se comprometan con esto, porque la idea es el
mantenimiento de la paz y la seguridad internacional.
- Respeto de la jurisdicción interna.
La Carta de las Naciones Unidas también tiene incorporado el ESTATUTO DE LA CORTE
INTERNACIONAL DE JUSTICIA. Este organismo también lo tiene la Sociedad de las Naciones y lo
traspola a la ONU. ¿Por qué es importante esto? Acá vamos a ver dos casos que son muy
importantes y es donde se comienza a discutir si la ONU es un SUJETO INTERNACIONAL.
¿Por qué piensan ustedes que una Organización Internacional ser Sujeto de Derecho? Porque los
mismos Estados son los que conforman la Carta de Naciones Unidas y son los que le dan
independencia a través del estatuto y le otorgan poder. Naciones Unidas no tiene un territorio
propio, es decir que por ese lado no iría. Sí vamos a ver con el caso de Folke Bernadotte, conde de
Wisborg, que existen los DIPLOMATICOS INTERNACIONALES, osea mas allá de los diplomáticos de
cada uno de los Estados, se puede ser diplomático de Naciones Unidas. Pero además de por la
Carta de las Naciones unidas, ¿Por qué piensan que puede ser Sujeto de Derecho? La Carta de
Naciones Unidas en ningún momento dice que es un sujeto de derecho internacional. Se
establecen las facultades, los órganos, etc. Da un estatuto de la conformación, pero en ningún
momento dice que es un Sujeto de Derecho Internacional distinto de los Estados que lo
conforman. La carta de por sí no se lo da. Entonces por ello empiezan estos casos como el del
Conde Bernadotte, que acá es donde se empieza a cuestionar si ONU es un sujeto de derecho
distinto a los Estados que lo componen.
Folke en realidad es un diplomático sueco, y empieza a trabajar en Naciones Unidas, pesa a ser un
diplomático internacional. En 1948 cuando está en pleno auge la guerra entre Palestina y lo que
sería después el Estado de Israel, lo nombran como mediador, no sueco, sino como político
internacional de Naciones Unidas. Folke es asesinado por un grupo terrorista israelí. Esto es así, su
misión comienza en mayo de 1948, y habían distintas propuestas que se venían manejando para
este conflicto; una era la creación en los territorios palestinos de dos Estados, el Estado Palestino y
el Estado Israelí. Esta primer propuesta no es aceptada y termina formándose solamente y
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reconociéndose el Estado de Israel. Pero en realidad Folke lo que trataba de hacer era llegar a un
acuerdo entre las partes, pero las dos partes lo acusan de ser parcial, y finalmente después de un
par de reuniones, es interceptado por un Jeep, por un grupo que se lo conoce como Grupo Lehi y
es asesinado.
Lo primero que hace ONU es indemnizar a los herederos. Pero la Corte Internacional de Justicia
tiene dos formas de expedirse: una es por opiniones constructivas de los mismos Estados
miembros, o de la Asamblea General. Entonces a través de la Asamblea General eleva un pedido
de opinión consultiva, en donde consulta a ver si la ONU estaba destinada a ejercer sus
funciones y derechos, y si tiene capacidad para reclamar. Porque ONU si debía indemnizar a los
herederos, eso está claro porque Folke es asesinado mientras hace su trabajo para Naciones
Unidas, pero lo que no está claro es si aparte de los miembros que conforman Naciones Unidas, la
Organización como tal tiene personalidad jurídica, es decir si es un sujeto de derecho internacional
para hacer un reclamo al Estado de Israel. Entonces la Opinión Consultiva dice que “Naciones
Unidas puede ser considerado un sujeto de Derecho Internacional para todos aquellos propósitos
y principios que están en su causa”. Es un sujeto y puede ejercer esos derechos y obligaciones de
acuerdo a aquellos principios que están en la Carta. Y lo primero que dice es “y respecto de los
miembros de Naciones Unidas”, entonces la primer pregunta que se hace es si es sujeto de
derecho internacional para poder hacer algún reclamo. Entonces la corte lo que dice es que como
los Estados la han formado, y es como que le trasfieren ciertas potestades, entonces con respecto
a esos Estados que la reconocen y la constituyen, puede hacer reclamos. Pero Israel se constituye
en 1948 pero no pasa a formar parte de Naciones Unidas hasta 1949, entonces si bien ya la estoy
cercenando porque no es un sujeto pleno de derecho sino que es un sujeto de Derecho
Internacional que va a tener esta personalidad acotado a sus funciones; tampoco puedo
cercenarle la posibilidad de que sea sólo con respecto a los miembros, porque la corte con esta
decisión le está dando Personalidad Jurídica; entonces aclara que esta personalidad jurídica es
según las funciones y con respecto a todos los Estados, no solo a los que forman parte. ¿Por qué?
Porque está formando un sujeto nuevo de derecho internacional, y esto es lo que dice la opinión
consultiva. Dice: “la corte consideró que el desarrollo del Derecho Internacional ha sido incluido por
las exigencias de la vida internacional, y el acrecentamiento progresivo de las actividades
colectivas de los estados hizo surgir ejemplos de acciones ejercidas en el plano internacional por
entidades que no son Estados” es decir nos está diciendo que el Estado mismo creó algo más
grande que el Estado, que es el Estado Organización. Tal desarrollo llevó a que en 1945 fuera
creada una Organización Internacional cuyos principios y fines son enunciados en la Carta. Tengan
en cuenta que aunque la Corte Internacional es parte, como viene de antes dice “no es que fue
creada por los Estados, sino que tiene preeminencia, existe desde antes. Entonces llevo a que en
1945 fuera creada la Organización Internacional cuyos principios y fines son enunciados en la carta
y para ello es indispensable que la ONU posea Personalidad Internacional.” Eso es lo primero que
dice. Y termina de zanjar esta discusión diciendo “en opinión de esta Corte, las Naciones Unidas
están destinadas a ejercer funciones y gozar de derechos que no podrían explicarse si no poseyera
Personalidad Internacional, debe admitirse que los miembros al asignar de ciertas funciones con
los deberes y responsabilidades ajenas, le ha dado la competencia necesaria para cumplir sus
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funciones. “ entonces ahí queda zanjada la discusión y realmente lo que tenemos es un nuevo
Sujeto de Derecho Internacional. Como Sujeto de Derecho Internacional no es pleno, pero puede
realizar reclamaciones a otro Sujeto de Derecho Internacional, en este caso a otro Estado, sea o no
parte.
(Acotación del profesor Bibiloni: el problema surge porque los familiares de Folke le reclaman a
Suecia por la indemnización, porque era diplomático de su país. Y lo que plantea Diego es que es
Diplomático de Suecia pero está trabajando para Naciones Unidas, tomándolo como un juicio
Laboral. No importa quién lo mató, si es país, si no es país. Si un funcionario de Naciones Unidas va
en un avión y el avión cae al océano, Naciones Unidas tiene que indemnizar por el juicio laboral.
Acá lo que reclama es que la persona murió en cumplimiento de sus funciones. Da la casualidad de
que justo lo mato un comando terrorista de un país que estamos en la duda de si existe o no
existe, pero eso a mí no me importa, solo importa que indemnicen por haber estado en función de
mi trabajo.)
El 17 de septiembre igualmente el Estado de Israel ya estaba creado, es decir que ya es
responsable por que debería propiciar la seguridad dentro del Estado. (El doctor Serra en la mesa
cuando pregunta este tema dice que como el Estado de Israel recién se estaba conformando y
recién en 1949 pasa a ser parte de Naciones unidas, habla del territorio de Palestino) En realidad
en mayo de 1948 ya estaba creado. Solo que el Estado de Israel cuando se crea constitutivamente
tenía 8 comunidades beligerantes reconocidas y por mas que tenga una constitución reconocida,
no podía garantizar el estado de defensa porque había 8 comunidades beligerantes más palestina
que reclamaba territorio. Lo que se produce es que cuando se inicia el conflicto, Israel apura a
auto declarar la independencia en mayo de 1948, ahí se produce el conflicto para la Comunidad
Internacional de si surge con esa independencia, porque Palestina no acepta el proyecto de la
Asamblea General de dos estados. Entonces se produce el conflicto armado, y muchos entienden
que en el fin de ese conflicto armado es cuando surge recién el Estado de Israel.
Dos cosas importantes: el tema de que en el Estado de Israel haya organismos terroristas que son
quienes producen el daño, son responsabilidad del Estado (responsabilidad del estado por falta
ajena). Lo importante de este caso es que con esa opinión consultiva que fue sobre un caso
puntual, y sobre una cuestión muy determinada que todavía no está terminada; se reconoce el
Estado de Israel y se le atribuye responsabilidad a las Naciones Unidas de ejercer este derecho
internacional distinto al de los estados y poder pedir la reparación que Naciones Unidas tuvo que
pagar.
La opinión consultiva solo se expide sobre la legitimación activa, entonces solo dentro de sus
funciones podía reclamar. Es decir que podía pedirle a otro Estado que cumpla algo solo dentro de
sus funciones. La legitimación pasiva, significa que Naciones unidas como sujeto de Derecho
Internacional también podía ser pasible de recibir reclamaciones. Y esto se da con el caso del
Congo Belga. En 1908 comienza, en lo que ahora es la República Democrática del Congo, un
dominio de Bélgica sobre el territorio. En 1959 hubo una sublevación muy grande. Hay un
programa que es la OPERACIÓN DE NACIONES UNIDAS PARA EL CONGO (ONUP), había un
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enfrentamiento tan grande entre una provincia especifica con los habitantes y la clase gobernante
que eran Belgas, que se le da intervención a Naciones Unidas y ésta manda con forma de
operaciones a intervenir pero no en forma armada. Lo que pasaba era que era tan cruda la
realidad que se estaba viviendo en el Congo Belga (porque eran los habitantes del Congo eran
caníbales y se los estaban comiendo, la gente muere y también se había producido una traslado de
infraestructura por parte de los belgas al Congo para establecerse allí) que realmente hay
intervención armada por parte de Naciones Unidas y se da una masacre muy grande sobretodo de
ciudadanos Belgas. Allí es donde se ve la contracara, no como actor Naciones Unidas sino como
receptor de reclamaciones. Los herederos de las personas masacradas Belgas en este
enfrentamiento realizan reclamos indemnizatorios por la participación y por la masacre que había
realizado las fuerzas de Naciones Unidas. Este es el caso donde termina de cerrar esto como
Sujeto de Derecho internacional no con haciendo reclamaciones solas sino también recibiendo
reclamaciones y ahí es donde se da la legitimación pasiva.
Entonces para cerrar: Los Estados en forma conjunta y voluntaria crean las Organizaciones
Internacionales. Lo que distingue principalmente una Organización Internacional es que tienen
órganos, estos órganos tienen calidad de permanente, que tienen propósitos, principios y
funciones. Y para ello debe tener personalidad para lograr esas funciones. Esos órganos y en su
conjunto la organización con sus funciones es lo que le va a dar SUBJETIVIDAD INTERNACIONAL.
Tiene una subjetividad limitada por sus funciones, una personalidad funcional. Va a ser sujeto del
derecho internacional siempre y cuando cumpla las funciones establecidas en su estatuto. Hoy la
cuestión de la subjetividad se trata en el artículo 1 de todo tratado.
La corte internacional tiene dos funciones, una contenciosa entre Estados y otra consultiva. Le
puede consultar la Asamblea general y el Consejo de Seguridad. Ese dictamen tiene carácter de
asesoramiento pero no resulta vinculante, pero generalmente se cumple. La corte dice que no
necesariamente en el Derecho Internacional todos los sujetos tienen que ser de igual naturaleza o
igual en la extensión de sus derechos y obligaciones, es decir que pueden tener plena subjetividad
(Estado), o subjetividad funcional (ONU).
El origen de nuestra materia es Europeo Occidental Cristiano, nace con la concepción de Estado.
Entonces tenemos al Estado como sujetos originario. Pero sucede que cada vez hay mayor
cantidad de actores en la Comunidad Internacional, los cuales no todos son Sujetos. El conjunto
de actores es mayor que el de los sujetos. La diferencia entre un actor y un sujeto es que el sujeto
es todo ente susceptible de adquirir derechos y obligaciones de forma inmediata a las normas
jurídicas internacionales, en cambio los actores de Derecho Internacional no son regulados
inmediatamente por las normas de jurídicas internacionales.
-Iglesia: sujeto
-Empresas multinacionales: actor
-Cruz roja: actor-sujeto (esta en el medio de los dos)
-ONG: actor
-Individuo Humano: sujeto
-Mercosur: actor