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ORDENANZA SOBRE EL PLAN DE DESARROLLO URBANO LOCAL DE LAS PARROQUIAS CANDELARIA, MIGUEL PEÑA, SANTA ROSA Y PARTE DE SAN BLAS
1. AÑO MMVII REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA - ESTADO CARABOBO MUNICIPIO VALENCIA Nº 10/1558 EXTRAORDINARIO
GACETA MUNICIPAL
Valencia, 15 de octubre de 2010
Art. Nº 6 de la Ordenanza de Gaceta Municipal. Se tendrán como publicados y en vigencia las Ordenanzas y demás
instrumentos jurídicos municipales que aparezcan en la Gaceta Municipal, salvo disposición legal en contrario y en
consecuencia, las autoridades públicas y los particulares quedan obligados a su cumplimiento y observancia. Las
Gacetas Municipales se tendrán como documento público a todos los efectos legales.
Art. Nº 11 de la Ordenanza de Gaceta Municipal. La redacción, edición, publicación, reimpresión por error de copia,
reedición, distribución y administración de la Gaceta Municipal, estará bajo la responsabilidad del Secretario o
Secretaria del Concejo Municipal de Valencia del Estado Carabobo.
La publicación de documentos, se solicitará por escrito acompañado del documento original y digital a publicar. No será
publicado ningún documento que no cumpla con este requisito.
Depósito Legal ppo200507ca76
ORDENANZA SOBRE EL
PLAN DE DESARROLLO URBANO LOCAL DE LAS
PARROQUIAS CANDELARIA, MIGUEL PEÑA, SANTA ROSA
Y PARTE DE SAN BLAS
Reproducción de documento municipal de dominio público sólo para fines referenciales y de consulta. Publicación Profesional de Permisología Municipal (PPPM), Cartones 3D Grafic Art, C.A.
2. República Bolivariana de Venezuela
Estado Carabobo
Municipio Valencia
Indice
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS ................................................................................................................................... 1
TÍTULO I...................................................................................................................................................................... 2
DISPOSICIONES FUNDAMENTALES .................................................................................................................. 2
TÍTULO II .................................................................................................................................................................... 3
DEL CONTENIDO DEL PLAN ................................................................................................................................ 3
CAPÍTULO I ................................................................................................................................................................ 3
DE LAS POLÍTICAS DE DESARROLLO .................................................................................................................. 3
CAPÍTULO II ............................................................................................................................................................... 4
DELIMITACIÓN DEL ÁREA URBANA.................................................................................................................... 4
CAPÍTULO III.............................................................................................................................................................. 4
DE LOS SECTORES URBANOS ................................................................................................................................ 4
TÍTULO III ................................................................................................................................................................... 6
DISPOSICIONES ESPECÍFICAS ........................................................................................................................... 6
CAPÍTULO I ................................................................................................................................................................ 6
DE LAS DEFINICIONES URBANÍSTICAS ............................................................................................................... 6
CAPÍTULO II ..............................................................................................................................................................12
DE LOS TIPOS DE ZONAS........................................................................................................................................12
CAPÍTULO III.............................................................................................................................................................14
DE LAS ZONAS RESIDENCIALES ..........................................................................................................................14
SECCIÓN I ............................................................................................................................................................14
ZONA RESIDENCIAL AR-1................................................................................................................................14
SECCIÓN II ...........................................................................................................................................................16
ZONA RESIDENCIAL AR-3................................................................................................................................16
SECCIÓN III ..........................................................................................................................................................17
ZONA RESIDENCIAL AR-5................................................................................................................................17
SECCIÓN IV .........................................................................................................................................................19
ZONA RESIDENCIAL AR-6................................................................................................................................19
SECCIÓN V ..........................................................................................................................................................20
ZONA RESIDENCIAL AR-7................................................................................................................................20
SECCIÓN VI .........................................................................................................................................................21
ZONA RESIDENCIAL AR-8................................................................................................................................21
SECCIÓN VII ........................................................................................................................................................22
ZONA RESIDENCIAL ZUP .................................................................................................................................22
CAPÍTULO IV ............................................................................................................................................................23
DE LAS ZONAS COMERCIALES .............................................................................................................................23
SECCIÓN I ............................................................................................................................................................23
ZONA DE COMERCIO PRIMARIO (C1) ..........................................................................................................23
SECCIÓN II ...........................................................................................................................................................25
ZONA DE COMERCIO INTERMEDIO (C-2)....................................................................................................25
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3. SECCIÓN III ..........................................................................................................................................................28
ZONA DE COMERCIO GENERAL (C-3) .........................................................................................................28
SECCION IV .........................................................................................................................................................30
ZONA COMERCIO INDUSTRIAL (C I) .............................................................................................................30
SECCIÓN IV .........................................................................................................................................................32
ZONA HOTELERA (H) ........................................................................................................................................32
CAPITULO V .............................................................................................................................................................33
ZONA DE INDUSTRIAS............................................................................................................................................33
SECCION I ...........................................................................................................................................................33
INDUSTRIA LIVIANA (I-L) .................................................................................................................................33
SECCION II ..........................................................................................................................................................35
INDUSTRIA MEDIANA ( I-M) .............................................................................................................................35
CAPÍTULO VI ............................................................................................................................................................37
DE LAS ZONAS DE EQUIPAMIENTO URBANO ...................................................................................................37
SECCIÓN I ............................................................................................................................................................37
ZONA EDUCACIONAL (E) ................................................................................................................................37
SECCIÓN II ...........................................................................................................................................................38
ZONA RECREACIONAL-DEPORTIVO (RD) ...................................................................................................38
SECCIÓN III ..........................................................................................................................................................39
ZONA MEDICO-ASISTENCIAL (MA) ...............................................................................................................39
SECCIÓN IV .........................................................................................................................................................40
ZONA SOCIO-CULTURAL (SC) ........................................................................................................................40
SECCIÓN V ..........................................................................................................................................................41
ZONA ADMINISTRATIVO-GUBERNAMENTAL (EG-AG) .............................................................................41
SECCIÓN VI .........................................................................................................................................................42
ZONA ESTANQUES DE AGUA (EG-EA) .........................................................................................................42
SECCIÓN VII ........................................................................................................................................................42
ZONA ESTACIONES DE BOMBEO (EG-EB) .................................................................................................42
SECCIÓN VIII .......................................................................................................................................................43
ZONA CENTRAL TELEFONICA (EG-CT)........................................................................................................43
SECCIÓN IX .........................................................................................................................................................43
ZONA SUB-ESTACION ELECTRICA (EG-SEE) ............................................................................................43
SECCION X ..........................................................................................................................................................43
ZONA DE LA PLANTA DE TRATAMIENTO (EG-PT) ....................................................................................43
SECCION XI .........................................................................................................................................................43
ZONA MERCADO MUNICIPAL (EG-MM) ........................................................................................................43
SECCION XII ........................................................................................................................................................44
ZONA MATADERO MUNICIPAL (EG-MA) ......................................................................................................44
SECCION XIII .......................................................................................................................................................44
ZONA DE CEMENTERIO (EG-CE) ...................................................................................................................44
SECCIÓN XIV .......................................................................................................................................................45
ZONA NUCLEO DE SERVICIOS (NS) .............................................................................................................45
CAPÍTULO VII ...........................................................................................................................................................45
DE LAS ÁREAS URBANIZABLES ...........................................................................................................................45
SECCIÓN I ............................................................................................................................................................46
NUEVOS DESARROLLOS RESIDENCIALES (NDR) ...................................................................................46
SECCIÓN II ...........................................................................................................................................................47
EQUIPAMIENTOS EN LOS NUEVOS DESARROLLOS (ND-EQ) ..............................................................47
CAPÍTULO VIII ..........................................................................................................................................................48
DE LAS ÁREAS ESPECIALES ..................................................................................................................................48
SECCIÓN I ............................................................................................................................................................48
PLAN ESPECIAL AVENIDA SESQUICENTENARIA (PE-AS)......................................................................48
SECCIÓN II ...........................................................................................................................................................49
PLAN ESPECIAL SECTOR LA CANDELARIA (PE-SC) ...............................................................................49
SECCIÓN III ..........................................................................................................................................................50
PLAN ESPECIAL SECTOR APASUVAL (PE-SA) ..........................................................................................50
SECCIÓN IV .........................................................................................................................................................50
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4. PLAN ESPECIAL SECTOR LA MARIPOSA (PE-LM) ....................................................................................50
SECCIÓN V ..........................................................................................................................................................51
PLAN ESPECIAL SECTOR LA PRADERA (PE-LP) ......................................................................................51
SECCIÓN VI .........................................................................................................................................................51
PLAN ESPECIAL DE REORDENAMIENTO (PEREO-1)...............................................................................51
SECCIÓN VII ........................................................................................................................................................52
ZONA DE ASENTAMIENTOS A CONSOLIDAR (ZAC) .................................................................................52
CAPÍTULO IX ............................................................................................................................................................53
DE LAS ÁREAS CON RESTRICCIONES DE USO ..................................................................................................53
SECCIÓN I ............................................................................................................................................................53
ZONA ÁREA PROTECTORA DE VALENCIA (APV) ......................................................................................53
SECCIÓN II ...........................................................................................................................................................54
ZONAS CON RESTRICCIONES DE USO (ZRU-1) .......................................................................................54
SECCIÓN III .........................................................................................................................................................55
ZONAS CON RESTRICCIONES DE USO (ZRU-2) ......................................................................................55
SECCIÓN IV .........................................................................................................................................................55
ZONAS CON RESTRICCIONES DE USO (ZRU-3) .......................................................................................55
TÍTULO IV ..................................................................................................................................................................56
DISPOSICIONES SOBRE MOVILIDAD URBANA .............................................................................................56
CAPÍTULO I ...............................................................................................................................................................56
SISTEMA DE CIRCULACIÓN ..................................................................................................................................56
SECCIÓN I ............................................................................................................................................................56
RED VIAL ..............................................................................................................................................................56
SECCIÓN II ...........................................................................................................................................................62
RED PEATONAL ..................................................................................................................................................62
CAPÍTULO II ..............................................................................................................................................................62
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS EN MATERIA DE VIALIDAD ............................................................62
TÍTULO V ...................................................................................................................................................................64
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS ............................................................................................................64
CAPÍTULO I ...............................................................................................................................................................64
ASPECTOS GENERALES .........................................................................................................................................64
CAPÍTULO II ..............................................................................................................................................................66
DISPOSICIONES RELATIVAS AL USO RESIDENCIAL Y COMERCIAL ...........................................................66
SECCIÓN I ............................................................................................................................................................66
APROVECHAMIENTO DE LAS VARIABLES URBANAS FUNDAMENTALES .........................................66
SECCIÓN II ...........................................................................................................................................................69
ÁREAS COMPUTABLES Y NO COMPUTABLES ..........................................................................................69
SECCIÓN III ..........................................................................................................................................................71
TRATAMIENTO DE LA PUBLICIDAD ..............................................................................................................71
SECCIÓN IV .........................................................................................................................................................71
DE LOS ESTACIONAMIENTOS........................................................................................................................71
SECCIÓN V ..........................................................................................................................................................75
DE LAS INSTALACIONES DE SERVICIOS DE INFRAESTRUCTURA. ....................................................75
SECCIÓN VI .........................................................................................................................................................76
DISPOSICIONES RELATIVAS AL CONTROL AMBIENTAL. .......................................................................76
CAPÍTULO III.............................................................................................................................................................78
USOS Y EDIFICACIONES NO CONFORMES .........................................................................................................78
SECCIÓN I ............................................................................................................................................................78
ASPECTOS GENERALES .................................................................................................................................78
SECCIÓN II ...........................................................................................................................................................78
DE LOS USOS NO CONFORMES ..................................................................................................................78
SECCIÓN III ..........................................................................................................................................................79
DE LAS EDIFICACIONES NO CONFORMES ................................................................................................79
CAPÍTULO IV ............................................................................................................................................................80
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5. DISPOSICIONES RELATIVAS AL PARCELARIO .................................................................................................80
SECCIÓN I ............................................................................................................................................................80
DISPOSICIONES RELATIVAS A CESIONES .................................................................................................80
SECCIÓN II ..........................................................................................................................................................80
DE LA INTEGRACIÓN DE PARCELAS ...........................................................................................................80
TÍTULO VI ..................................................................................................................................................................81
DISPOSICIONES FINALES ....................................................................................................................................81
CAPÍTULO I ...............................................................................................................................................................81
DE LAS OMISIONES DE USOS ................................................................................................................................81
CAPÍTULO II ..............................................................................................................................................................81
DE LA CONTRIBUCIÓN POR MEJORAS Y PLUSVALÍA .....................................................................................81
CAPÍTULO III.............................................................................................................................................................82
DE LA DEFENSA Y MANTENIMIENTO DEL ORDEN URBANÍSTICO ..............................................................82
Anexo “A”
Gráficos
Anexo “B”
Perfiles Viales
Anexo “C”
Planos (CD que forma parte de esta Ordenanza)
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6. República Bolivariana de Venezuela
Estado Carabobo
Municipio Valencia
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La Ordenanza es producto de la revisión del Plan de Desarrollo Urbano Local del Sector seis (6) de la
Parroquia Miguel Peña y la incorporación de la propuesta del Plan Especial del sector 5B, de las
Parroquias Candelaria, Miguel Peña, Santa Rosa y parte de la Parroquia San Blas, a fin de lograr un
instrumento de planificación para los sectores mencionados, los cuales son sectores que unidos
conforman la totalidad de las Parroquias mencionadas a excepción de la Parroquia San Blas, cuyo
sector norte está incorporado a la Ordenanza del Área Central de Valencia, administrada por INDUVAL.
La unificación de estos sectores ayudará a organizar la propuesta urbana mediante el presente texto
legal de tal forma que facilite su comprensión, además complementa algunos artículos y amplía otros,
dándole mayor precisión desde el punto de vista legal, evitando así, que en los casos de dudas opere la
discrecionalidad del funcionario, lo que podría desvirtuar la visión de conjunto perseguida por la
Ordenanza puesta en vigencia.
La Alcaldía Bolivariana del Municipio Valencia, al presentar para su aprobación, por las autoridades
competentes el Plan de Desarrollo Urbano Local (PDUL), concluye un proceso de planificación basado
en:
1. La actualización de la dinámica urbana de las parroquias involucradas.
2. La satisfacción de las necesidades básicas de la población.
3. La participación de la comunidad en la gestión urbanística.
4. La voluntad de equilibrar e integrar los diferentes ámbitos urbanos.
5. La aceptacion por parte del Municipio de la posibilidad de que los ministerios competentes, amplien
la poligonal urbana al sur del Municipio, aprovechando el trazado propuesto de la vialidad expresa
propuesta, denominada Autopista Rafael Urdaneta.
La revision periódica de los instrumentos que regulan el suelo urbano del Municipio, a través de un
proceso permanente de reformulación y aprobación del Plan Sectorial con una visión unitaria de la
ciudad y sus elementos estructurantes, podrán ocupar un lugar preponderante y tener un carácter
permanente durante todo el proceso de planificación el cual será concebido como aproximaciones
sucesivas a la compresión de los problemas de la ciudad y su dinámica urbana.
El sistema urbano de Valencia, es el resultado de una relación dinámica entre la sociedad y su espacio
geográfico. Ambos imponen determinaciones que caracterizan e identifican nuestra ciudad que a pesar
de los síntomas de destrucción e irrespeto, busca la utilización óptima de sus recursos y la reconquista
de un equilibrio que coadyuve a una mejor calidad de vida urbana.
1
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7. República Bolivariana de Venezuela
Estado Carabobo
Municipio Valencia
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
ESTADO CARABOBO
MUNICIPIO VALENCIA
El Concejo Municipal Bolivariano de Valencia, en uso de sus facultades legales establecidas en el
artículo 54, numeral 1 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, en concordancia con el artículo 5
de la Ordenanza Sobre Instrumentos Jurídicos Municipales, sanciona :
ORDENANZA SOBRE EL PLAN DE DESARROLLO URBANO LOCAL DE LAS
PARROQUIAS CANDELARIA, MIGUEL PEÑA, SANTA ROSA Y PARTE DE SAN BL AS.
TÍTULO I
DISPOSICIONES FUNDAMENTALES
ARTÍCULO 1:Se aprueba y adopta para ordenar el crecimiento urbano de las Parroquias Candelaria,
Miguel Peña, Santa Rosa y parte de la Parroquia San Blas hasta el año dos mil veinte (2.020), el Plan
de Desarrollo Urbano Local cuyo contenido y demás características se señalan más adelante.
ARTÍCULO 2: El Plan de Desarrollo Urbano Local de las Parroquias Candelaria, Miguel Peña, Santa
Rosa y parte de la Parroquia San Blas, está integrado por las disposiciones contenidas en la presente
Ordenanza y los planos que le acompañan denominados zonificación y propuesta vial.
ARTÍCULO 3: El Plan de Desarrollo Urbano Local de las Parroquias Candelaria, Miguel Peña, Santa
Rosa y parte de San Blas del Municipio Valencia, está fundamentado en los siguientes estudios:
Documentos del Plan Especial del Sector 5B:
1. Volumen I: Análisis Preliminar del área de Estudio, texto y planos.
2. Volumen II: Diagnóstico del área de Estudio, texto y planos.
3. Volumen III: Propuesta de diseño urbano y Plan de Acciones (texto y planos).
Documentos del Plan de Desarrollo Urbano Local del Sector seis (6):
1. Volumen I: Diagnostico
2. Volumen II: Prospectiva
3. Volumen III: Proposición
4. Volumen IV: Resumen ejecutivo.Plan especial para la ordenación urbanística de barrios
en la zona sur de Valencia.
ARTÍCULO 4: Los informes, planos, gráficos y demás documentos que conforman los estudios
señalados en el artículo precedente, hacen constar en su contenido su vinculación con la presente
Ordenanza y estarán a la disposición del público y de los organismos que lo requieran para su consulta,
en la Oficina Municipal de Planeamiento Urbano de la Alcaldía del Municipio Bolivariano Valencia.
ARTÍCULO 5: En razón del intéres por establecer una política de desarrollo y ordenación urbanística,
para institucionalizar un sistema de planificación urbanística, de propender al funcionamiento adecuado
de los servicios urbanos para favorecer la convivencia y bienestar general de la población, lo
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8. relacionado con el crecimiento urbano de las Parroquias Candelaria, Miguel Peña, Santa Rosa y parte
de la Parroquia San Blas y por ende las actuaciones urbanísticas, públicas y privadas, que hayan de
efectuarse en su perímetro urbano, se realizarán con base en las disposiciones y previsiones de este
Plan de Desarrollo Urbano Local, así como en las del Plan de Ordenación Urbanística del Área
Metropolitana Valencia-Guacara.
TÍTULO II
DEL CONTENIDO DEL PLAN
CAPÍTULO I
DE LAS POLÍTICAS DE DESARROLLO
ARTÍCULO 6: De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Ordenación Urbanística, la
presente Ordenanza contiene la reglamentación de todo lo concerniente a la extensión comprendida
dentro del límite urbano de las Parroquias Candelaria, Miguel Peña, Santa Rosa y parte de la Parroquia
San Blas, en cuanto a usos permisibles, densidad de población, áreas de parcela, áreas de ubicación y
construcción, alturas de las edificaciones, áreas para estacionamientos de vehículos y en general, todo
lo relacionado con el uso del suelo urbano.
ARTÍCULO 7: La presente Ordenanza reglamenta el crecimiento previsto para las Parroquias
Candelaria, Miguel Peña, Santa Rosa y parte de la Parroquia San Blas, hasta el año dos mil veinte
(2020). Las modificaciones y reformas a esta Ordenanza quedan sujetas a lo dispuesto en los artículos
45 y 46 de la Ley Orgánica de Ordenación Urbanística. Este plan se revisará al término de cinco años
contados a partir de su promulgación.
ARTÍCULO 8: El desarrollo urbanístico de las Parroquias Candelaria, Miguel Peña, Santa Rosa y parte
de la Parroquia San Blas, se orientará atendiendo principalmente a su carácter estructurante dentro del
Área Metropolitana Valencia-Guacara, según los lineamientos generales que se mencionan a
continuación, siguiendo los principios de Equidad, Desarrollo Sustentable y el Poder Popular:
1. Aprovechar el medio físico - natural, bajo la premisa de conservación del ambiente para lograr un
uso adecuado de los espacios naturales, de acuerdo a las potencialidades de uso que éstos
presentan y considerando las restricciones y limitaciones físico - naturales que afectan a las
áreas ya desarrolladas, de expansión o con aptitud para cualquier uso.
2. Definir y respetar las zonas protectoras para los cursos de agua, zonas de acuíferos, zonas
inundables que se localizan en el área de estudio. De igual manera, las zonas de protección
para la expansión Urbana, zonas conservación ambiental. y parques, estableciendo una gestión
ambiental del agua (tratamiento aguas servidas), manejo de residuos sólidos (tecnología
eficiente para su tratamiento y disposición; superando la tecnología de los “rellenos sanitarios).
3. Fomentar un proceso de desarrollo urbano racional y ordenado, en función de los lineamientos,
que facilite y estimule el aprovechamiento de las potencialidades locales y un mejor uso del
espacio urbano, reforzando la conformación e integración de las unidades de agrupación urbana
mediante el patrón de asentamiento poblacional y distribución justa de la inversión, permitiendo
superar las desigualdades socio-territoriales que existen.
4. Estimular la configuración de una estructura social más justa y equilibrada, producto del
desarrollo económico, a través de las instancias de atención ciudadana, auto gestión, cogestión,
empresas comunitarias y demás formas asociativas poniendo en práctica las políticas dirigidas a
lograr el bienestar social de la población.
5. Dotar al sector de un sistema vial eficiente, conformado por vías propuestas interconectadas a
las existentes para mejorar la conectividad con otros sectores del Municipio.
6. Ordenar la infraestructura de transporte público según las características de la demanda actual y
proyectada, que coadyuve a crear una ciudad articulada, provista de espacios públicos
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9. generadores de ciudadanía y estructurada con sistemas de transporte público rápido mediante la
implementación de un sistema vial integral del sur de Valencia que mejore la comunicación este-
oeste entre las parroquias Miguel Peña, Santa Rosa y Rafael Urdaneta del Municipio Valencia.
7. Garantizar el adecuado funcionamiento de los sistemas de redes (Acueductos, Cloacas,
Drenajes y Servicios Complementarios) mediante la contratación de proyectos específicos, de
acuerdo a los lineamientos generados en el Plan maestro de acueductos, cloacas y drenaje
elaborado para el área de estudio.
8. Ordenar y organizar los equipamientos urbanos de manera que propicien la consolidación del
área de estudio, satisfaciendo el déficit actual y cubriendo la demanda futura reservando el
espacio físico para la localización de los equipamientos programados para el futuro.
9. Ordenar espacialmente las actividades urbanas y relacionar las intensidades de desarrollo con
las potencialidades de movilidad urbana Consolidando las áreas residenciales existentes y
reforzando el área comercial y de servicios sobre las vías jerarquizadas en el Plan.
10. Fomentar un patrón de ocupación espacial eficiente y armónico de las áreas vacantes, como
parte integrante del proceso de consolidación del área urbana.
11. Incorporar al área urbana las áreas rurales ubicadas en la franja de terreno entre la poligonal
urbana y el trazado propuesto para la construcción de la Expresa 5 al sur sector.
Parágrafo Único: Con el fin de garantizar el desarrollo de estos lineamientos generales, se elaboraran
los diferentes los estudios y proyectos en materia hidráulica y vial, así como; los Planes especiales de
Renovación Urbana en las áreas que así lo requieran. Así mismo se tendrá en cuenta el contenido del
Plan Especial para la Ordenación Urbanística de Barrios en la zona Sur de Valencia, elaborado por el
Instituto de Estudio Regionales Urbanos de la Universidad Simón Bolívar (IERU) y los Planes
Especiales del sector La Guacamaya, elaborado por el Instituto Urbano de la Universidad Central de
Venezuela, (INSURBECA) y el Plan Especial de la Avenida Sesquicentenaria-Caño La Yuca-Avenida
Aránzazu.
CAPÍTULO II
DELIMITACIÓN DEL ÁREA URBANA
ARTÍCULO 9: Se denomina área urbana del sector en estudio, el área comprendida dentro del límite
urbano, correspondiente a las Parroquias Candelaria, Miguel Peña, Santa Rosa y parte de la Parroquia
San Blas, el cual comprende las unidades ambientales identificadas como el Sector Cinco B (5B) y el
Sector Seis (6) en el Plan de Ordenación Urbanística del Área Metropolitana de Valencia-Guacara
elaborado por el Ministerio del Desarrollo Urbano, actual Ministerio del Poder Popular para las obras
publicas y vivienda (MOPVI), cuyos límites quedan definidos de la siguiente manera:
Norte: Limite sur del Area Central de Valencia por una línea recta siguiendo el eje de la calle 95
(Manrique) de las Parroquia La Candelaria desde la Avenida 109 (Aranzazu), hasta la avenida Farriar y
calle 94 (Santa Ana) de la Parroquia San Blas.
Sur: Poligonal urbana de del Plan de Ordenacion Urbanística del Area Metropolitana Valencia Guacara.
Este: Rio Cabriales.
Oeste: Fila del cerro La Guacamaya y el Límite del Municipio Libertador, por el rio Guataparo aguas
abajo.
CAPÍTULO III
DE LOS SECTORES URBANOS
ARTÍCULO 10: A los fines de comprender el ámbito de aplicación de esta Ordenanza, el àrea de
estudio se organiza en dos sectores correspondiente a las Parroquias Candelaria, Miguel Peña, Santa
Rosa y parte de la Parroquia San Blas, de esta manera tenemos los siguientes sectores:
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10. Sector cinco B (5B): El Sector 5B está conformada por urbanizaciones populares tales como:
Cabriales, Cañaveral, El Palotal, Santa Ana, Michelena, Finca y Vivero, Ritec y San Blas I y II; y Don
Bosco. También existen asentamientos espontáneos tales como los Barrios ubicados al pie del Cerro La
Guacamaya al oeste y al este los sectores aledaños al Rio Cabriales. Dentro del área de estudio se
encuentran dos centros urbanos importantes tales como el Casco de La Candelaria y el Casco de Santa
Rosa. Político - Administrativamente se enmarca dentro de las Parroquias Candelaria, parte de San
Blas, parte de Santa Rosa, El Socorro y parte de Miguel Peña.
Sector seis (6): Corresponde al área comprendida dentro las parroquias Santa Rosa y Miguel Peña del
Municipio Valencia, en la unidad ambiental identificada como sector Seis(6) en el Plan de Ordenación
Urbanística del Área Metropolitana Valencia Guacara.
SECTORES URBANOS
APV
SECTOR 5B
SECTOR - 6
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11. TÍTULO III
DISPOSICIONES ESPECÍFICAS
CAPÍTULO I
DE LAS DEFINICIONES URBANÍSTICAS
ARTÍCULO 11: A las expresiones contenidas en esta Ordenanza se les atribuirá el significado que cada
palabra implica, salvo que se las defina especialmente. En virtud de ello, se dan las siguientes
definiciones:
ACERA: Espacio existente en ambos lados de la calle o vía, destinado al tránsito de peatones.
AFECTACIÓN VIAL: Franja de terreno que debe ser prevista en el proyecto de una obra o urbanismo
para la ampliación, construcción o modificación de una vía.
ALERO: Elemento voladizo no transitable destinado al resguardo de vanos y muros.
ALINEAMIENTO: Línea de referencia que debe tomarse para la medición de retiros de fachadas a lo
largo de una vía pública o privada (línea de fachada).
ALTURA DE PISO: Distancia libre comprendida entre nivel de piso acabado y el techo acabado de un
ambiente.
ALTURA MÁXIMA DE LA EDIFICACIÓN: Es la medida vertical de una edificación, medida desde el
nivel medio de la cota de la calle, al frente de la parcela, hasta el nivel superior de la cubierta más alta.
Se refiere a la máxima altura que podrá tener legalmente una edificación. Con la reglamentacion de
esta variable, se busca controlar el impacto que la edificación pueda causar sobre su entorno inmediato,
en cuanto a interferir la iluminación, ventilación, el soleamiento y la vista de otros inmuebles; así mismo
facilitar el suministro de servicios en general y especialmente de rescate, en el caso de ocurrir algún
siniestro; por último, contribuir a la aplicación de lineamientos de diseño, orientados a lograr una
conformación satisfactoria de los volúmenes construidos y los espacios libres. Será establecida según
el número de plantas o en metros, exceptuando los volúmenes para uso técnico (cuarto de ascensores,
tanque de agua, helipuerto, estructura para identificación de la edificación).
AMPLIACIÓN: Es cualquier obra que signifique el aumento del área de construcción de una edificación
existente.
ANCHO DE CALZADA: Es la distancia entre los bordes interiores de los brocales de una calle o vía.
ANCHO DE VÍA: Es la dimensión total del perfil vial.
ANUNCIO: Conjunto de palabras o signos impresos con que se anuncia o publicita algo.
APARTAMENTO: Es una unidad de vivienda que junto a otras unidades, similares o no, forma parte de
una edificación en la que se presenta más de un caso de superposición de las diversas unidades, las
cuales comparten facilidades tales como: circulación común, bajantes de basura, estacionamientos,
acometidas de servicios, entre otros.
ÁREA DEL PLAN: Ámbito territorial de aplicación del plan.
ÁREA BRUTA DE CONSTRUCCIÓN: Es la cantidad total de metros cuadrados que se edifican sobre
una parcela, y su producto es la suma total del área neta de construcción con las áreas no computables.
ÁREA BRUTA DEL TERRENO: Totalidad de terreno donde se propone efectuar un desarrollo urbano.
No hace exclusiones de áreas por pendientes naturales del relieve topográfico, ni de áreas
consideradas no aptas para desarrollos urbanos por impedimentos debido a instrumentos legales
vigentes, tales como: reglamentos, ordenanzas, decretos, o leyes.
ÁREA DE CIRCULACIÓN COMÚN DE UNA EDIFICACIÓN: Superficie de un edificio ocupada por las
escaleras, ascensores y toda otra superficie a través de la cual se tenga acceso común a los
apartamentos, locales comerciales, oficinas o servicios.
ÁREA BRUTA DE UBICACIÓN: Es la porción de una parcela ocupada por la proyección ortogonal de
la planta de arquitectura de mayor dimensión, del total de las edificaciones que conforman el proyecto.
ÁREA LIBRE: Es la superficie de terreno que resulta de sustraer al área neta de la parcela el área de
ubicación de la edificación.
ÁREA MÍNIMA DE PARCELA: La menor área de parcela que puede ser legalmente edificada según la
reglamentación establecida por la zona.
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12. ÁREA MÍNIMA PARA ESTACIONAR: Espacio necesario para estacionar un (1) vehículo, cuyas
dimensiones se especifican en el anexo “A” de ésta Ordenanza.
ÁREA NETA DE CONSTRUCCIÓN: Superficie remanente que resulta de sustraer del área bruta, las
que se especifiquen como no computables dentro de los porcentajes de construcción permitidos.
ÁREA NETA DE UBICACIÓN: Superficie remanente que resulta de sustraer del área de ubicación las
que se especifiquen como no computables dentro de los porcentajes de ubicación permitidos.
ÁREA NETA DE TERRENO: Superficie que se obtiene de sustraer al área bruta, las áreas
correspondientes a las franjas de protección de ríos o quebradas, los derechos de vías, las áreas
boscosas, gasoductos, ferrovías, tendidos de alta tensión o cualquier restricción reconocida por las
normas y leyes nacionales.
ÁREA NETA RESIDENCIAL: Es el área de terreno dedicada exclusivamente al uso residencial. Puede
referirse a una sola parcela o al conjunto de parcelas residenciales de un sector urbano.
ÁREAS NO COMPUTABLES: Son aquellas áreas que no se cuantifican dentro del área neta de
construcción, en todo tipo de edificaciones.
ÁREA UBICABLE: Área resultante de la parcela al aplicar los retiros reglamentarios.
ÁREA URBANA: Área comprendida dentro del límite urbano, establecido por el Plan de Ordenación
Urbanística del Área Metropolitana de Valencia-Guacara.
ÁREA NO VENDIBLE: No son vendibles las áreas educacionales públicas, las áreas verdes, parques,
plazas y calles, que pasan al dominio del municipio con carácter inalienable y otros servicios que
puedan formar parte del patrimonio comunal o de las instituciones de orden nacional que desarrollen las
edificaciones.
ÁREA VENDIBLE: Aquellas susceptibles de transaciones comerciales.
BALCÓN: Espacio abierto accesible, limitado por un antepecho o baranda por uno ó varios lados.
CALZADA: Parte de la calle o vía destinada al tránsito de vehículos excluyendo los hombrillos.
COBERTIZO: Construcción formada por un techo soportado por columnas y abierto por todas partes, y
no computable dentro del área neta de construcción y de ubicación neta.
CONSTRUCCION: Se considera como tal a toda obra nueva, ampliación y modificación de
edificaciones y urbanismos, así como reparaciones y restauraciones de edificaciones ya existentes.
CONSTRUCCION ILICITA: Es aquella violatoria de las condiciones de desarrollo establecidas en la
zona donde se encuentra el inmueble. Así como aquellas obras construidas sobre el perfil vial y en las
áreas de protección de ríos, quebradas, caños y canales de drenajes, así como los espacios libres,
áreas verdes y de parques, donde no se permiten construcción alguna.
DENSIDAD BRUTA URBANA: Es la relación entre la población total (números de habitantes) y el área
de terreno (hectáreas): DBU=Población (hab)/Área Urbana(ha).
DENSIDAD NETA RESIDENCIAL: Es la relación entre la población residente (habitantes) y el área de
parcelas residenciales (hectáreas). DNR=Población (hab)/área Neta Residencial (ha)
DERECHO DE VÍA: Es el espacio reservado para el emplazamiento, ampliación, reparación,
mantenimiento o construcción de una vía.
DESARROLLOS DE CONJUNTO: Agrupación de edificaciones residenciales, funcionalmente
compatibles bajo el régimen de condominios.
DESARROLLOS ESPECIALES: Son aquellos cuyos parámetros y características no son los
convencionalmente dispuestos por la presente Ordenanza.
DORMITORIO: Espacio de una edificación utilizado primordialmente para dormir.
EDIFICACIÓN: Obra construida en paredes y techo, para albergar las actividades residenciales o no
residenciales de la población.
EDIFICACIÓN AISLADA: Es aquella que no está adosada a otra edificación por ninguno de los linderos
de la parcela.
EDIFICACIÓN CONTINUA: Es aquella que se encuentra adosada por ambos lados a otra edificación.
EDIFICACIÓN PAREADA: Es aquella que está adosada en uno de sus costados a otra edificación.
EDIFICACIÓN UNIFAMILIAR: Es aquella destinada a una (1) sola unidad de vivienda.
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13. EDIFICACIÓN BIFAMILIAR: Es aquella destinada a dos (2) unidades de viviendas, pudiendo estar en
una misma parcela, con accesos comunes o independientes, adosadas o superpuestas, en forma
independiente o aislada.
EDIFICACIÓN CONFORME: Es aquella edificación existente para el momento de entrada en vigencia
de esta ordenanza, cuyas variables urbanas fundamentales cumplen con las características propias
para que funcione una actividad específica, de acuerdo a la zona donde se localiza.
EDIFICACIÓN TETRAFAMILIAR: Es aquella destinada a cuatro (4) unidades de viviendas, pudiendo
estar en una misma parcela, con accesos comunes o independientes, adosadas o superpuestas, en
forma independiente o aislada.
EDIFICACIÓN PENTAFAMILIAR: Es aquella destinada a cinco (5) unidades de viviendas, pudiendo
estar en una misma parcela, con accesos comunes o independientes, adosadas o superpuestas, en
forma independiente o aislada.
EDIFICACIÓN HEXAFAMILIAR: Es aquella destinada a seis (6) unidades de viviendas, pudiendo estar
en una misma parcela, con accesos comunes o independientes, adosadas o superpuestas, en forma
independiente o aislada.
EDIFICACIÓN MULTIFAMILIAR: Es aquella edificación con cuatro (4) o más unidades de vivienda en
una misma parcela, con servicios comunes tales como: accesos, circulación, estacionamiento,
acometidas de servicios.
EDIFICACIÓN NO CONFORME: Es aquella edificación que no cumple con las características propias
para que funcione una actividad específica.
ESTACION DE SERVICIO: Edificación o instalación destinada al expendio de combustible, lubricantes,
repuestos y mantenimiento de vehículos automotores.
ESTACIONAMIENTO: Terreno, edificio, estructura, donde se guarden vehículos automotores
individuales (automóviles) o colectivos (autobuses y minibuses), destinados a transporte de personas o
de carga.
ESTACIONAMIENTO PRIVADO: Espacio o lugar destinado para alojar vehículos fuera de la vía
pública, al servicio exclusivo de determinadas edificaciones o instalaciones.
ESTACIONAMIENTO PÚBLICO: Espacio o lugar destinado para alojar vehículos que puede ser usado
libremente se requiera o no el pago de ello.
FACHADA: Conjunto de paredes o muros exteriores que componen cada una de las caras de una
edificación.
FACHADA PRINCIPAL: Es aquella que da sobre la vía pública. Un edificio de esquina tendrá más de
una fachada principal.
FRENTE MÍNIMO: La menor longitud que debe tener el lindero frontal de la parcela para que pueda ser
legalmente edificada según la reglamentación establecida por la zona.
GABARITO: Adecuación de la altura de un edificio al ancho de la vía en base a retiros sucesivos
superpuestos.
GARAJE: Estacionamiento cubierto para uno o más vehículos.
HOMBRILLO: Porción de la calzada que sirve de soporte lateral y liberacion de obstáculos. Puede ser
usado en emergencias como estacionamiento de vehículos.
INTERSECCIÓN: Espacio donde dos (2) o más vías se cruzan; comprende el área necesaria para
facilitar el movimiento de vehículos.
INTEGRACIÓN: Es el procedimiento mediante el cual se agrupa la totalidad de dos (2) o más parcelas,
a los fines de formar una de mayor superficie.
LÍMITE URBANO: Línea imaginaria equivalente o poligonal que define las áreas consideradas como
urbanas y que las separa del área rural circundante.
LÍNEA DE FACHADA: Ver alineamiento.
LINDERO: Línea que delimita lotes, parcelas, terrenos o propiedades inmobiliarias.
LOTE: Área delimitada de terreno sin urbanizar, que puede ser objeto de proposiciones de desarrollo de
acuerdo con las reglamentaciones establecidas para la zona en que se encuentre ubicada.
LOTIFICACIÓN: Subdivisión de un terreno en dos (2) o más lotes.
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14. MARQUESINA: Cubierta construida en los retiros para proteger de la intemperie el acceso de una
edificación, cuya estructura debe ser independiente de la estructura de la edificación y en caso de
ampliación de vías, esta no dará lugar a indemnización. La altura libre de la marquesina medida desde
el nivel del piso no deberá ser menor de dos metros con cincuenta centímetros (2,50 m) ni mayor a
cuatro metros (4,00 m).
MEZZANINA: Nivel intermedio situado entre la planta baja y el primer piso, con las siguientes
características:
a) Que su uso sea complementario al establecimiento en la planta baja.
b) Que su acceso se efectúe desde el local al cual está vinculado.
MODIFICACIÓN: Reforma hecha a una edificación sin aumentar su área de construcción.
OTRAS PLANTAS: Corresponde a las plantas tipos ubicadas en los niveles superiores; en el caso de la
zona C2, a partir de la primera planta tipo, y en el caso de la zona C3, a partir de la segunda planta tipo.
PARCELA: Es un área delimitada de terreno urbanizado, dotado de servicios, que permite construir de
acuerdo a las reglamentaciones de una ordenanza.
PARCELAMIENTO: División de un terreno o predio en parcelas.
PARCELA UNIFAMILIAR: Parcela donde se permite construir una (1) unidad de vivienda.
PARCELA BIFAMILIAR: Parcela donde se permite construir dos (2) unidades de vivienda.
PARCELA TRIFAMILIAR: Parcela donde se permite construir tres (3) unidades de vivienda.
PARCELA TETRAFAMILIAR: Parcela donde se permite construir cuatro (4) unidades de vivienda.
PARCELA PENTAFAMILIAR: Parcela donde se permite construir cinco (5) unidades de vivienda.
PARCELA HEXAFAMILIAR: Parcela donde se permite construir seis (6) unidades de vivienda.
PARCELA MULTIFAMILIAR: Parcela donde se permite construir más de cuatro (4) unidades de
vivienda.
PENT-HOUSE: Unidad de vivienda, no computable dentro del porcentaje de construcción, que se
puede construir en la parte superior (último piso)de un edificio de apartamentos.
PERFIL VIAL: Corte transversal de una vía que permite determinar el ancho y disposición de los
elementos que la conforma, tambien se conoce como sección transversal.
PÉRGOLA: Espacio público o privado formado por columnatas paralelas unidas en la parte superior por
vigas de cualquier material cuya distancia libre entre ellos no podrá superar los cuarenta centímetros (40
cms).
PLAN DE ACCIONES: Conjunto de acciones y/o proyectos previstos para lograr los objetivos del plan.
PLAN ESPECIAL: Son aquellos planes cuyo objetivo fundamental es la ordenación, creación, defensa o
mejoramiento de algún sector particular de la ciudad.
PLANTA ALTA: Toda planta o piso de la edificación que esté por encima de la planta baja.
PLANTA BAJA: Piso de la edificación donde se ubica el acceso principal peatonal.
PLANTA DE TECHO: Corresponde a la cubierta de la última planta de una edificacion la cual, debe ser
reservada para uso comun del condominio.
PLANTA TIPO: Es aquella porción de la edificación que se repite más de una vez, con las mismas
características.
PORCENTAJE DE CONSTRUCCIÓN: La relación porcentual entre el área neta de construcción de la
edificación y el área bruta de la parcela.
PORCENTAJE DE UBICACIÓN: La relación porcentual entre el área neta de ubicación de una
edificación y el área bruta de su parcela.
RANCHO: Vivienda precaria y provisional que no satisface las condiciones mínimas de habitabilidad.
RECONSTRUCCIÓN: Acción de construir el mismo volumen manteniendo las características originales
de la edificación.
REGLAMENTACION PROVISIONAL: Conjunto de reglas o normas de carácter temporal para el
desarrollo de un terreno.
REMODELACIÓN: Reforma hecha a un edificio sin aumentar el área de construcción existente.
REPARACIÓN: Toda obra destinada a enmendar cualquier deterioro sufrido por una edificación.
RESERVA URBANA: Área sin urbanizar, incluída dentro del límite urbano.
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15. RESTAURACIÓN: Es el restablecimiento de las condiciones originales de una edificación.
RETIRO: Distancia mínima que debe existir entre un lindero de una parcela y la correspondiente
edificación ubicada en ella. La reglamentación de los retiros regula las separaciones entre la edificación
a construir en la parcela y los linderos de esta, tanto de la vía pública como de las construcciones
contiguas.
RETIRO DE FONDO: Distancia mínima que debe guardar una edificación con respecto al lindero
posterior de la parcela donde se encuentra ubicada.
RETIRO DE FRENTE: Distancia mínima que debe existir entre el lindero de la parcela y la
correspondiente fachada principal de una edificación, y es considerado reserva vial para futuras
ampliaciones.
RETIRO LATERAL: Distancia mínima que debe guardar una edificación con respecto a cada uno de los
linderos laterales de la parcela donde se encuentra ubicada.
RIESGO ANTROPICO O TECNOLÓGICO: Es la contingencia o proximidad de un daño, desde la mera
posibilidad a diversos grados de probabilidad, cuyo origen esta dado por las acciones o proyectos
humanos.
RIESGO NATURAL: Es la contingencia o proximidad de un daño, desde la mera posibilidad a diversos
grados de de probabilidad, cuyo origen esta dado por las condiciones naturales del sitio.
SECCIÓN TRANSVERSAL: Plano que refleja el seccionamiento en cualquier parte del ancho de una
edificación o construcción.
SECCIÓN LONGITUDINAL: Plano que refleja el seccionamiento en cualquier parte del largo de una
edificación.
SEMI-SÓTANO: Piso de una edificación situado bajo el nivel del suelo, pero solo tiene una porción de
su altura bajo tierra.
SISTEMA URBANO: Es el conjunto de elementos que componen el espacio urbano construido, tales
como calles, plazas, edificios, vacíos o llenos espaciales, trama vial, equipamiento que caracterizan la
imagen de la ciudad.
SÓTANO: Piso de una edificación situado bajo el nivel del suelo.
TALLER MECÁNICO: Establecimiento dónde se efectúan operaciones encaminadas a restituir las
condiciones normales del estado y el funcionamiento de vehículos automóviles, o de equipos y
componentes de los mismos y su mantenimiento, que han padecido alteraciones tras su fabricación.
TALLER DE MECÁNICA LIGERA: Establecimiento dónde se realizan trabajos menores, de reparación,
instalación y sustitución de piezas de vehículos automóviles y su mantenimiento, que no utilicen equipos
que produzcan ruidos, olores, que puedan generar un impacto significativo al medio ambiente y al
tránsito vehicular de las vialidades adyacentes. La clasificación de los talleres de mecánica ligera,
están descritos en las zonas comerciales dónde están permitidos , señalados en esta ordenanza.
TERMINAL DE TRANSPORTE: Edificación destinada a la operación de vehículos colectivos para carga
y descarga de pasajeros y a la transferencia de éstos, del sistema urbano al sistema interurbano y
viceversa.
TOLERANCIA PERMITIDA: Es el porcentaje adicional permitido sobre el porcentaje de ubicación y
construcción establecido en cada zona, el cual se calculará sobre el área de la parcela.
UNIDAD DE VIVIENDA: Es una edificación residencial o parte de ella, con acceso independiente, en la
cual puede habitar una familia o individuo, disponiéndola para su uso exclusivo, de acuerdo a las
condiciones de habitabilidad que establezcan las leyes.
URBANIZACIÓN: Es el proceso de acondicionamiento de un terreno, dotandolo de vías y servicios
públicos que permiten su incorporación al desarrollo urbano, de conformidad con los reglamentos
legales vigentes en la materia.
URBANIZAR: Es la acción de acondicionar un terreno mediante la provisión de vías, servicios públicos
y las obras necesarias que permitan su incorporación al espacio urbano.
UNIFICACIÓN DE LOTES Y TERRENOS: Es el procedimiento mediante el cual se agrupa la totalidad
de dos (2) o más lotes o terrenos, a los fines de formar una mayor superficie.
USO: Actividad o conjunto de actividades que podrán desarrollarse en una parcela o terreno.
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16. USO ADICIONAL: El que complementa a los usos principales y satisface los requerimientos de
funcionalidad e imagen. En la zona estos usos ocupan menos espacio que los principales, por cuanto
su participación está supuesta a ser más limitada.
USO CONDICIONAL: Uso que puede permitirse previa eliminación de las molestias directas o
indirectas a los usos principales y complementarios de una comunidad.
USO INCOMPATIBLE: Es el uso que por las características de sus funciones puede resultar molesto o
perjudicial para los usos vecinos.
USO LIMITADO: Es el uso que por sus características (ruidos, olores, peligro, etc,) no puede funcionar
en cualquier predio de una actividad por resultar molesto o perjudicial para los usos vecinos y deberán
ser sometidos a la consideración de la autoridad municipal para su conformidad. En todas las zonas se
deberán considerar las siguientes condiciones que reduzcan al minimo o eliminen totalmente las
molestias:
1. Para permitir la ubicación de un club, deben tomarse las medidas necesarias para que los ruidos
producidos por las actividades del club no trasciendan el recinto de éste. Si no pueden tomarse
las medidas antes mencionadas el uso limitado debe ubicarse en otra zona.
2. Una estación de servicio no debe ubicarse interrumpiendo la secuencia de locales comerciales,
debe localizarse al extremo de ésta área comercial.
3. Si se determina que un uso limitado resulta perjudicial para los vecinos, no deben colocarse en
sus inmediaciones bajo ninguna condición, por ejemplo una funeraria no debe estar próxima a
un hospital, una clínica, colegios, cine o club.
4. Los locales que expenden licores, deben ubicarse a una distancia igual o mayor de doscientos
metros (200 m), de institutos educativos, correccionales, centros de protección a menores,
penales, templos, cuarteles, hospitales, clínicas y mercados públicos, medidos siguiendo la via
peatonal entre las entradas principales de las respectivas edificaciones.
USO NO CONFORME: Actividad que se ha venido desarrollando sobre un terreno o edificación, con
fines diferentes a los asignados en la ordenanza respectiva.
USO PERMITIDO: Es aquel que se ha establecido para una zona determinada y que en consecuencia,
ha de predominar en ella, ocupando la mayor parte de su espacio, tanto libre como edificado, y
determinando sus caracteristicas.
USO PRINCIPAL: Ver uso permitido.
USO PROVISIONAL: Actividad que puede desarrollarse en una parcela o terreno de manera temporal
USO SECUNDARIO: Ver uso adicional.
VEHÍCULO: Todo artefacto o aparato destinado al transporte de personas o cosas, capaz de circular por
las vías públicas o privadas. A los efectos de esta Ordenanza se definirán los vehículos como: vehículo
de carga, de transporte colectivo y automóviles:
1. Vehículos de carga: Camionetas, camiones o gandolas destinados al transporte de cosas.
2. Minibuses y Autobuses: Vehículos destinados al transporte de pasajeros con capacidad entre
quince (15) y treinta y dos (32) pasajeros sentados más el conductor.
3. Automóviles: Vehículos de transporte de personas cuya capacidad no es mayor a los 9 puestos.
VEREDAS: Permiten la comunicación peatonal desde la calle hasta la vivienda, deberán contar con
iluminación adecuada y en ningún momento deberán ser invadidos reduciendo su dimensión original,
pues ellos representan bienes de la comunidad, y los consejos comunales, comunidad organizada o
juntas de condominios, velarán por la defensa y mantenimiento de estas áreas. En caso de veredas
invadidas, la autoridad municipal competente ordenara su eliminación o demolición, de acuerdo a la
normativa vigente para estos casos.
VÍA: Espacio destinado para el tránsito de los vehículos automotores; tambien se le denomina
carretera. Según su función, se clasifican en expresas, arteriales, colectoras y locales.
VIALIDAD ARTERIAL: Sistema vial integrado por aquellas vías que proveen la circulación continua de
tránsito entre diferentes áreas y a través de la ciudad. Satisfacen las necesidades de transporte de la
ciudad y facilitan la transferencia del tránsito que va del sistema vial expreso, al sistema colector y
viceversa.
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17. VIALIDAD COLECTORA: Sistema vial integrado por aquellas vías que sirven de conexión entre la la
red vial arterial y la red vial local.
VIALIDAD EXPRESA: Sistema vial constituido por aquellas vías que favorecen la movilidad,
manejando volúmenes de tránsito regionales y de paso, ya que en este tipo de vías está favorecida la
movilidad, está restringido el acceso directo a las propiedades colindantes y están condicionadas o
controladas las iintersecciones con vías de menor jerarquía.
VIALIDAD LOCAL: Sistema vial integrado por aquellas vías que permiten una mejor vinculación de la
vialidad colectora con las áreas residenciales, de servicio y de trabajo, permitiendo dar acceso
directamente a la propiedad colindante.
VIVIENDA UNIFAMILIAR: Una edificación donde existe solo una (1) unidad de vivienda.
VIVIENDA BIFAMILIAR: Una edificación donde existen solo dos (2) unidades de vivienda, con accesos
y servicios comunes o independientes, pudiendo estar aisladas, superpuestas o adosadas
VIVIENDA TETRAFAMILIAR: Una edificación donde existen solo cuatro (4) unidades de vivienda con
accesos y servicios comunes o independientes, pudiendo estar aisladas, superpuestas o adosadas.
VIVIENDA PENTAFAMILIAR: Es una edificación dónde existen solo cinco (5) unidades de vivienda con
accesos y servicios comunes o independientes, pudiendo estar aisladas, superpuestas o adosadas
VIVIENDA HEXAFAMILIAR: Es una tipología de edificación multifamiliar donde existen solo seis (6)
unidades de vivienda con accesos y servicios comunes o independientes, pudiendo estar aisladas,
superpuestas o adosadas
VIVIENDA MULTIFAMILIAR: Una edificación donde existen más de cuatro (4) unidades de
apartamentos, cuyas plantas serán superpuestas, conteniendo servicios comunes tales como
circulacion vertical, ductos de basura, aducciones de agua, servicios de aguas servidas, entre otras.
VIVIENDA DUPLEX: Unidad de vivienda, localizada en edificaciones multifamiliares, con dos (2) niveles
o plantas de construcción, con un sólo acceso y donde puede habitar un individuo o una (1) sóla familia.
VIVIENDA TRIPLEX: Unidad de vivienda, localizada en edificaciones multifamiliares, con tres (3)
niveles o plantas de construcción, con un sólo acceso y donde puede habitar un individuo o una (1) sola
familia.
VIVIENDA EN CONJUNTO: Unidades de vivienda unifamiliares, bifamiliares, tetrafamiliares,
pentafamiliares, y/o multifamiliares, con cualquier tipología, exceptuando aquellas soluciones verticales
mayores de cinco niveles (5), sean éstas, aisladas, pareadas, continuas, duplex, triplex, dispuestas de
tal manera que formen una agrupacion coherente bajo el régimen de condominio y de acuerdo a la
zonificación donde se encuentre ubicado.
VOLADO: Parte de una edificación que sobresale de una pared, muro o fachada, en forma de alero,
cornisa o balcón, los cuales no deben sobresalir de los linderos de la parcela.
ZONA: Cada una de las demarcaciones en las que se subdivide el sector, destinada a un uso o
intensidad diferente.
ZONIFICACIÓN: Es la subdivisión del área urbana en zonas a los fines de determinar el uso del suelo,
la densidad de población, los equipamientos urbanos, la altura y volumen de las edificaciones, el área
mínima de parcela y todas aquellas variables urbanas fundamentales que permitan ordenar su
reglamentación.
CAPÍTULO II
DE LOS TIPOS DE ZONAS
ARTÍCULO 12: A los efectos de determinar el régimen urbanístico aplicable se establecen y describen
las siguientes clasificaciones del área urbana: áreas desarrolladas, áreas no desarrolladas, áreas
especiales y áreas no desarrollables.
ÁREAS DESARROLLADAS: Se consideran áreas desarrolladas las parcelas edificadas ó vacantes
dotadas de infraestructura urbana, donde es legalmente posible la construcción de nuevas
edificaciones, la reconstrucción ó modificación de edificaciones existente. Se establecen para las áreas
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18. desarrolladas las siguientes zonas: áreas residenciales, áreas comerciales y áreas de servicios de
equipamientos urbanos.
ÁREAS RESIDENCIALES
ZONA RESIDENCIAL AR-1: Área residencial.
ZONA RESIDENCIAL AR-3: Área residencial.
ZONA RESIDENCIAL AR-5: Área residencial.
ZONA RESIDENCIAL AR-6: Área residencial.
ZONA RESIDENCIAL AR-7: Área residencial.
ZONA RESIDENCIAL AR-8: Área residencial.
ZONA RESIDENCIAL ZUP: Área residencial urbanismos proyectados.
ÁREAS COMERCIALES
ZONA C1: Comercio Primario
ZONA C2: Comercio Intermedio.
ZONA C3: Comercio General.
ZONA CI: Comercio Industrial
ZONA H: Zona hotelera.
ÁREAS INDUSTRIALES
ZONA ZI-L: Industrias Livianas
ZONA ZI-M: Industrias Medianas
ÁREAS DE SERVICIOS DE EQUIPAMIENTOS URBANOS
Equipamientos Generales Existentes:
ZONA EG-EE: Educacional.
ZONA EG-RDE: Recreacional- deportivo.
ZONA EG-MAE: Médico-asistencial.
ZONA EG-SCE: Socio- cultural.
ZONA EG-AGE: Administrativo y Gubernamental.
ZONA EG-EAE: Estanque de agua.
ZONA EG-EBE: Estación de bombeo.
ZONA EG-PT: Planta de tratamiento
ZONA EG-SEE: Subestación eléctrica.
ZONA EG-CTE: Central telefónica.
ZONA EG-MM: Mercado Municipal.
ZONA EG-MA: Matadero Municipal.
ZONA EG-CE: Cementerio.
ZONA NS: Nucleo de Servicios
Equipamiento Intermedio Existente:
ZONA EI-EE: Educacional
ZONA EI-RDE: Recreacional- deportivo.
ZONA EI-SCE: Socio- cultural.
ZONA EI MAE: Medico asistencial.
Equipamiento Primarios Existente:
ZONA EP-EE: Educacional.
ZONA EP-MAE: Médico-asistencial.
ZONA EP-RDE: Recreacional- deportivo.
Equipamiento Primarios Propuestos:
ZONA EP-EP: Educacional.
ZONA EP-RDP: Recreacional- deportivo.
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19. ZONA EP-SCP: Socio- cultural.
Equipamiento Intermedio Propuestos:
ZONA EI-EP: Educacional.
ZONA EI-RDP: Recreacional- deportivo.
ZONA EI-SCP: Socio- cultural.
ÁREAS NO DESARROLLADAS: Se consideran áreas no desarrolladas aquellas áreas vacantes con
superficies mayor de una (1) hectárea, sin uso y sin infraestructura urbana, donde no es legalmente
posible la construcción de edificaciones sin una acción previa de urbanización. Se establecen las
siguientes zonas para las áreas no desarrolladas:
NUEVOS DESARROLLOS RESIDENCIALES:
ZONA ND-1: Nuevos desarrollos residenciales, con densidad bruta de ciento veinticinco habitantes
por hectárea (125 hab/ha).
ZONA ND-2: Nuevos desarrollos residenciales, con densidad bruta de doscientos habitantes por
hectárea (200 hab/ha).
ZONA ND-3: Nuevos desarrollos residenciales, con densidad bruta de doscientos cincuenta
habitantes por hectárea (250 hab/ha).
ZONA ND-4: Nuevos desarrollos residenciales, con densidad bruta de trescientos habitantes por
hectárea (300 hab/ha).
ZONA ND-EQ: Equipamientos urbanos en los nuevos desarrollos residenciales.
ÁREAS ESPECIALES: Se presentan dos (2) tipos de áreas especiales: Los planes especiales que
deberán elaborarse, según lo dispuesto en la normativa legal que rige la materia y las zonas de
actuación especial establecidas en esta Ordenanza:
ZONA PE-AS: Plan Especial Avenida Sesquicentenaria.
ZONA PE-SC:. Plan Especial Sector La Candelaria.
ZONA PE-SA:. Plan Especial Sector Apasuval
ZONA PE-LM: Plan Especial del Sector La Mariposa
ZONA PE-LP:. Plan Especial del Sector La Pradera.
ZONA PE-REO-1: Plan Especial de Reordenamiento 1.
ZONA PE-REO-2: Plan Especial de Reordenamiento 2.
ZONA ZAC-1: Zona de Actuación Especial Barrios José Leonardo Chirinos I y II.
ZONA ZAC-2: Zona de Actuación Especial Asentamientos al sur de Lomas de Funval.
ZONA ZAC-3: Zona de Actuación Especial Sector La Candelaria
ZONA ZAC-4: Zona de Actuación Especial Barrios: Brisas del Valle y Colinas de La Guacamaya
ÁREAS NO DESARROLLABLES: Las áreas no desarrollables son aquellas zonas no susceptibles de
intervención con fines urbanísticos. Las mismas se clasifican en:
ZONA APV: Área protectora de Valencia.
ZONA ZRU-1: Zona con restricciones de uso.
ZONA ZRU-2: Zona con restricciones de uso.
ZONA ZRU-3: Zona con restricciones de uso.
CAPÍTULO III
DE LAS ZONAS RESIDENCIALES
SECCIÓN I
ZONA RESIDENCIAL AR-1
ARTÍCULO 13: DESCRIPCIÓN DE LA ZONA: Zona de vivienda unifamiliar aislada y pareada, con una
densidad neta máxima de 140 hab/Ha. en áreas desarrolladas, conformada por la urbanización Los
Caobos.
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20. ARTÍCULO 14 : USOS PERMITIDOS: En la zona AR-1 está permitida la construcción, reconstrucción ó
modificación de las edificaciones destinadas al uso residencial con las siguientes condiciones:
1. Vivienda unifamiliar aislada V.U.A
2. Vivienda unifamiliar pareada V.U.P
ARTÍCULO 15 : USOS ADICIONALES: Se permitirán los siguientes usos adicionales:
1. Las zonas AR-1 son áreas netamente residenciales, localizadas en urbanizaciones que disponen de
terrenos permisados en sus proyectos de urbanismos para el desarrollo de los usos adicionales que
las mismas requieren, en tal sentido, queda expresamente prohibida la localización en viviendas de
usos diferentes al residencial, incluyendo el comercio en cualquiera de sus tipos, en forma puro o
mezclado.
2. Se permitirá el Comercio Primario (C1) puro o mezclado con viviendas en las parcelas señaladas
en el plano de zonificación como AR1/C1, y las parcelas con frente a las vias arteriales, colectoras y
locales principales, según las condiciones de desarrollo correspondiente a la zona comercio primario
(C1).
3. Se permitirá el uso educacional primario, guarderías y maternales en aquellas parcelas ubicadas
dentro de urbanismos dónde no se hayan desarrollado los terrenos destinados para tal fin, aunque
no cumplan con el área mínima siempre y cuando la cantidad de niños no supere el espacio
destinado por norma para el buen desenvolvimiento de sus funciones. En caso de edificaciones
educacionales que tengan habitabilidades escolares anteriores, sean educacionales primarios o
intermedios se permitirán siempre y cuando presenten informe favorable de la zona educativa y
estén ubicados a una distancia igual o mayor de doscientos metros (200 metros) de funerarias,
licorerías, clínicas u hospitales.
Parágrafo Único: El requisito de estacionamiento será indispensable para permitir el desarrollo de la
actividad, de acuerdo a lo dispuesto en el capítulo correspondiente a estacionamiento. Así como,
respetar los nuevos perfiles viales propuestos para las zonas donde se establezcan estos usos
adicionales.
ARTÍCULO 16: VARIABLES URBANAS FUNDAMENTALES: La construcción, reconstrucción ó
modificación de los usos permitidos en la Zona AR-1 se regirán por las variables urbanas
fundamentales que se establecen en el siguiente cuadro:
CUADRO ZONA AR-1
Dens. Área Mn. Frente Porcentajes Altura
Neta Parcela Mínino Máximos (%) Retiros Mínimos (m) Máxima
Uso Principal
2
hab/ha. (m ) (m) Ubic. Const. Frente L1 L2 Fondo (Plantas)
V.U.A 140 400 14 50 70 6 3 3 4 2
V.U.P 140 330 10 60 80 6 3 - 4 2
*·El retiro de frente será el señalado en el uadro y las parcelas con frentes a vialidades propuestas será según afectacion vial
correspondiente.
Parágrafo Primero: Se permite un margen de tolerancia del cinco por ciento (5%) en los porcentajes de
ubicación y diez por ciento (10%) de construcción. En las parcelas mayores o iguales a mil metros
cuadrados (1.000 m2) el margen de tolerancia es de diez por ciento (10%) en ubicación y construcción.
En las parcelas con dos (2) o mas frentes, se concederá en lugar de cinco por ciento (5%) el diez por
ciento (10%) de la tolerancia de ubicación.
Parágrafo Segundo: En el caso de parcelas en esquina, el retiro de frente mínimo a la calle principal
será de 6 mts, y en caso de que ambas calles sean secundarias, el frente mínimo se medirá sobre la
que la parcela tiene su frente mayor y el otro se tomara como retiro lateral.
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21. Parágrafo Tercero: Aquellas parcelas que no cumplan con el frente y área mínima exigida,
conservarán el uso y las respectivas variables urbanas fundamentales de la zona donde se ubiquen.
SECCIÓN II
ZONA RESIDENCIAL AR-3
ARTÍCULO 17: DESCRIPCIÓN DE LA ZONA: Uso residencial unifamiliar, bifamiliar y trifamiliar
pareadas y contínuas o viviendas en desarrollos de conjunto.
ARTÍCULO 18: USOS PERMITIDOS: En la Zona AR-3 está permitida la construcción, reconstrucción ó
modificación de las edificaciones destinadas al uso residencial de la manera siguiente:
1. Vivienda unifamiliar pareada V.U.P
2. Vivienda unifamiliar contínua V.U.C
3. Vivienda bifamiliar pareadas o continuas V.B
4. Vivienda trifamiliar pareadas o continuas V.T
5. Vivienda desarrollos de conjunto V.D.C
ARTÍCULO 19: USOS ADICIONALES: Se permitirán los siguientes usos adicionales:
1. Se permite el Comercio Primario (C1) puro o mezclado en la Zona AR3/C1 y en las parcelas con
frente a las vias locales principales, colectoras y arteriales en la zona AR-3.
2. Se permite el comercio Intermedio (C2) en en la Zona AR3/C2 y en las parcelas con frente a las
vialidades colectoras y arteriales en la zona AR-3
3. Se permitirá el uso educacional primario, guarderías y maternales en aquellas parcelas que,
aunque no cumplan con el área mínima siempre y cuando la cantidad de niños no supere el
espacio destinado por norma para el buen desenvolvimiento de sus funciones. En caso de
edificaciones educacionales que tengan habitabilidades escolares anteriores, sean
educacionales primarios o intermedios se permitirán siempre y cuando presenten informe
favorable de la zona educativa y estén ubicados a una distancia igual o mayor de doscientos
(200) metros de funerarias, licorerías, clínicas u hospitales.
Parágrafo Único: Los usos adicionales, estarán sujetos al informe favorable de las autoridades
municipales competentes. Específicamente el uso educacional, será permitido como uso principal
siempre y cuando reúna las condiciones mínimas exigidas por las normas respectivas.
ARTÍCULO 20: VARIABLES URBANAS FUNDAMENTALES: La construcción, reconstrucción ó
modificación de los usos permitidos en la Zona AR-3 se regirán por las variables urbanas
fundamentales que se establecen en el siguiente cuadro:
CUADRO ZONA AR-3
Dens. Área Porcentajes
Frente Retiros Mínimos (m) Altura
Uso Neta Mín. Máximos
Principal Hab/Ha Parcela Mín. (%) Lateral Máxima
2
(m ) (m) Ubic Const Frente L1 L 2 Fondo (Plantas)
V.U.C 250 100 5 70 80 4 - - 4 2
V.U.P
V.B 335 150 8 60 80 4 - - 4 2
V.T 700 200 10 60 100 5 - - 4 3
V.D.C 850 400 10 60 160 5 - - 4 5
*·El retiro de frente será el señalado en el uadro y las parcelas con frentes a vialidades propuestas será según afectacion vial correspondiente.
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22. Parágrafo Primero: Se permite un margen de tolerancia del cinco por ciento (5%) en los porcentajes de
ubicación y diez por ciento (10%) de construcción.
Parágrafo Segundo: En caso de que la planta baja sea libre o las unidades de viviendas sean duplex,
se permitirá un (1) piso adicional a la altura máxima exigida.
Parágrafo Tercero: Las parcelas que no cumplan con el frente y área mínima exigida en el cuadro
anterior se desarrollarán como viviendas unifamiliares, bifamiliares y trifamiliares de acuerdo al tamaño
parcelario y aplicándo la densidad de la zona, las demás variables urbanas fundamentales será las
expresadas en el cuadro anterior.
Parágrafo Cuarto: La altura de las edificaciones con frente a las vías jerarquizadas como Locales
principales, colectoras y arteriales, zonificadas como AR-3/C2 deberán tener tres (3) pisos en total
independientemente del área mínima de parcela, con el fin de mantener el perfil volumétrico y el
alineamiento de fachada.
Parágrafo Quinto: Aquellas viviendas que requieran mejorar sus condiciones físicas para lograr un
nivel de sanidad y seguridad satisfactorio mediante programas de reconstrucción o sustitución de
viviendas a través del gobierno regional o local deberán regirse por las condiciones descritas en los
planes de habilitación física de barrios elaborados para el sector, cumpliendo con las condiciones
expresadas en el cuadro anterior y respetando los trazados de las vialidades propuestas.
Parágrafo Sexto: La elaboración de los planes de Habilitación Física de Barrios deberán ajustar sus
propuestas a las variables urbanas fundamentales (VUF) descritas en este articulo. En caso de que las
condiciones particulares de una unidad de diseño urbano (UDU) imposibiliten la aplicación y adecuación
de las referidas variables, podrán proponerse otros variables, en cuyo caso deberán ser sometidas a la
consideración de las autoridades municipales competentes. Estas variables serán incorporadas
posteriormente a la ordenanza a través de los procedimientos establecidos en la ley.
ARTÍCULO 21: DESARROLLOS DE CONJUNTO: Se propiciará la construcción de edificaciones de
uso residencial mezclado con comercio en planta baja, en parcelas que sean iguales o superiores a
cuatrocientos metros cuadrados (400 m2) y den frente a los ejes viales estructurantes, sean estos
corredores viales (Arteriales o Colectoras) o corredores ambientales, este último, definido en el capítulo
correspondiente al sistema de circulacion vial de esta ordenanza, logrando así, frentes urbanos donde
la afectación vial prevalece sobre el retiro de frente exigido, favoreciendo el alineamiento de fachadas.
En todo caso, la altura no será mayor de cinco (5) plantas.
SECCIÓN III
ZONA RESIDENCIAL AR-5
ARTÍCULO 22: DESCRIPCIÓN DE LA ZONA: Zona de vivienda unifamiliar, bifamiliar y trifamiliar
pareada o continua y vivienda multifamiliar continua, localizado en las adyacencias de las Avenidas
Aranzazu, Lisandro Alvarado, Enrique Tejera, Branger, Boyaca, Sesquicentenario y su prolongación
(Avenida Libertador), Calle 91 (Michelena), así como, parte de los Barrios: Monseñor Arocha, El
Consejo, El Carmen Sur, La Castellana, La Concordia, Michelena, El Triunfo, La Libertad y el Casco de
la Candelaria. Densidad neta máxima 850 hab/ha.
ARTÍCULO 23: USOS PERMITIDOS: En la Zona AR-5 está permitida la construcción, reconstrucción ó
modificación de las edificaciones destinadas al uso residencial de la manera siguiente:
1. Edificaciones residenciales con las tipologias permitidas en la zona AR3.
2. Vivienda multifamiliar continua V.M.C
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