Análisis del marco Jurídico en los Órganos de Participación medioambiental: propuesta de Mejora y Actualización. Asunción Torres López. Universidad de Granada. Ponencia proyectada durante la jornada "Mejora y Actualización de los órganos de participación ciudadana en materia medioambiental", celebrada en Sevilla en mayo de 2018.
El suelo en los ecosistemas naturales y agrícolas.
Análisis del marco Jurídico en los Órganos de Participación medioambiental: propuesta de Mejora y Actualización
1. JORNADA
PARA LA MEJORA Y ACTUALIZACIÓN
DE LOS ÓRGANOS DE PARTICIPACIÓN
CIUDADANA EN MATERIA
MEDIOAMBIENTAL
9 de mayo de 2018
“Análisis del marco Jurídico en los Órganos de
Participación medioambiental: propuesta de
Mejora y Actualización”
M. Asunción Torres López. Catedrática de
Derecho Administrativo.
2. El Principio X de la «Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el
Desarrollo»
• «El mejor modo de tratar las cuestiones ambientales es con la participación de
todos los ciudadanos interesados, en el nivel que corresponda. En el plano
nacional, toda persona deberá tener acceso adecuado a la información sobre
el medio ambiente de que dispongan las autoridades públicas, incluida la
información sobre los materiales y las actividades que encierran peligro en sus
comunidades, así como la oportunidad de participar en los procesos de
adopción de decisiones. Los Estados deberán facilitar y fomentar la
sensibilización y la participación de la población poniendo la información a
disposición de todos. Deberá proporcionarse acceso efectivo a los
procedimientos judiciales y administrativos, entre éstos el resarcimiento de
daños y los recursos pertinentes».
3. Convenio de Aarhus 1998
1.- derecho a la información ambiental.
2.- derecho de participación en la toma de decisiones.
3. derecho de acceso a la justicia.
4. I. Fundamento jurídico de la
participación ciudadana
• Art. 9.2 CE
• Art. 105 CE
• Art. 45 CE
5. II. Transparencia y acceso a la
información
- Normativa:
• Ley 27/2006, 18 de julio, reguladora del derecho de acceso a
la información, participación pública y acceso a la justicia en
materia M.A.
• Ley 19/2013, 9 diciembre, de Transparencia, acceso a la
información pública y buen gobierno (carácter supletorio
respecto de norma sectorial).
- Sin un acceso efectivo a la información ambiental, no es
efectiva la participación en los asuntos ambientales.
6. III. Formas de participación en las
políticas públicas ambientales
• Participación convencional.
• Participación funcional.
• Participación orgánica.
7. IV La participación orgánica
• Es una de las formas de participación pública
de los ciudadanos o sus asociaciones
representativas de intereses mediante su
incardinación en la composición de un órgano
administrativo, generalmente con fines de
consulta.
8. ÁMBITO ESTATAL: Consejo Asesor de
Medio Ambiente
• Real Decreto 2355/2004, de 23 de diciembre, por el que se
regulan las estructura y funciones.
• Composición y funciones: mayor participación a las
organizaciones ecologistas, sindicatos y organizaciones
agrarias que han visto aumentar su número de representantes
en detrimento de los representantes del Ministerio que se
circunscribe prácticamente a su presidencia.
• Órgano consultivo son de informe, consulta y asesoramiento.
9. CC.AA.: ANDALUCÍA
• Los diferentes Consejos asesores en materia de medio
ambiente creados por las CCAA son muy similares.
• Funciones consultivas y de informe pero también de propuesta
e iniciativa.
• Composición en la mayoría de los casos numerosa y
heterogénea.
10. ANDALUCÍA
• Consejo Andaluz de Medio Ambiente, Decreto 57/1995, de 7
de marzo
• Consejo Andaluz de Biodiversidad, Decreto 530/2004, de 16
de noviembre
• Comité de Acciones Integradas para el Desarrollo Sostenible
(CADS): Decreto 249/1988, de 5 de diciembre, Decreto
488/1996.
- Órganos relacionados con espacios protegidos: Juntas
Rectoras de Parques Naturales
11. 1. FUNCIONES
CAMA:
- Conocer preceptivamente los anteproyectos de ley;
planes y programas ambientales.
- Emitir informes y efectuar propuestas en materia
ambiental, …
CAB: informe preceptivo anteproyectos ley y proyectos
reglamento; otros informes; informe preceptivo
proyectos de órdenes de desarrollo normativo…
12. 2. COMPOSICIÓN
CAMA:
a) A.P.: 6 miembros: Consejero M.A.; Viceconsejero M.A.; Director General
de planificación y participación Consejería M.A.
b) Sociedad civil: 11miembros: 4 M confederaciones y federaciones de
asociaciones ecologistas; 2 M organiz. Sindicales; 1M organiz.
Consumidores; 1M asociaciones vecinos; 1M asoc. juveniles
c) Por designación del Consejero de M.A.: 4M expertos de reconocido
prestigio.
d) A propuesta del Consejo Andaluz de Universidades: 4M comunidad
docente e investigadora.
13. 2. COMPOSICIÓN
• CAB:
a) A.P.: 16 M.
b) Sociedad civil: 22 M.
c) Por designación Consejero M.A.: 5 M personas de reconocido prestigio en
las materias.
- Participación en la protección de espacios naturales
14. V. CONCLUSIONES
Críticas y propuestas de mejora:
1. Carácter consultivo de estos órganos y escaso peso en la
toma de decisiones.
2. Transparencia y acceso a la información ambiental.
3. Proporción en la composición. Riesgos.
4. Función arbitral.
5. Cumplimiento del régimen de funcionamiento.