3. Es una obligación del Ministerio
de Salud proteger la salud de
todos los habitantes en el
territorio Boliviano, el acceso
universal, sus condiciones de
vida, de trabajo y relación con
el medio ambiente.
4. MARCO LEGAL
Ley No. 1333 de medio ambiente y sus
reglamentos
Decreto Ley No 19172 de protección y
seguridad radiológica y su
reglamento
Decreto Ley No. 16998 de higiene y
seguridad ocupacional y bienestar
RM. n°1203 aprueba el reglamento
aplicación de normas Boliviana de
Bioseguridad.
5. BIOSEGURIDAD
Es el conjunto de normas Y actitudes que
permiten al personal proteger su salud,
prevenir los accidentes en el área de
trabajo y desarrollar su labor con
eficiencia.
6. RIESGO OCUPACIONAL
El riesgo al que esta expuesto el personal
dentro del establecimiento de salud y durante
el desarrollo de su trabajo.
El manejo inadecuado de residuos hospitalarios pueden causar diversos
tipos de daños:
Heridas, pinchazos
Infecciones
Alergias
Sensibilizaciones a medicamentos
Intoxicaciones
Cáncer
7. CLASIFICACION DE LOS RIESGOS
De acuerdo a la naturaleza
y la fuente que los
producen los riesgo se
clasifican en:
- FISICOS QUIMICOS - BIOLOGICOS
11. Para minimizar el riesgo de accidentes
laborales es IMPORTANTE EL CAMBIO DE ACTITUD
DE TODO EL PERSONAL DEL HOSPITAL y el
estricto CUMPLIMIENTO DE BIOSEGURIDAD.
12. OBJETIVO DEL MANEJO DE LOS RESIDUOS
DEL CENTRO DE SALUD
• Disminuir el riesgo asociado
al trabajo en el laboratorio
por todos aquellos eventos
“accidentales”, que puedan
afectar a la salud de quienes
trabajan en él.
• Minimizar el riesgo de
contaminación o alteración
del ambiente.