Compatibilización de la realidad con el progreso y la modernización de La Paz" - Zona Garita de Lima
1. La Paz, 19 de febrero de 2014
PRESIDENCIA CM CITE Nº 065/2014
Señor:
Dr. Luis Antonio Revilla Herrero
ALCALDE MUNICIPAL DEL GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL
DE LA PAZ
Presente.Ref: Propuesta “Compatibilización de la realidad con el progreso y la
modernización de La Paz” - Zona Garita de Lima
De mi mayor consideración:
A tiempo de saludarle muy cordialmente, me permito presentar ante Ud. la siguiente
propuesta “Compatibilización de la realidad con el progreso y la
modernización de La Paz” - Zona Garita de Lima a objeto de contribuir en la
solución del conflicto surgido en la referida zona de nuestra ciudad:
I)
ENFOQUE
A pesar de ser un tema antiguo, la problemática de la Plaza Garita de Lima de
nuestra ciudad ha vuelto al debate, pero hoy con características distintas y en medio
de un conflicto social y una polémica entre modernidad y realidad.
Sr. Alcalde, usted sabe mas que nadie que la Garita de Lima es una Plaza donde
confluyen diferentes realidades culturales, sociales, económicas, hasta identitarias de
la esencia paceña, pero sobre todo se caracteriza principalmente por el predominio
de actividades económicas diversas, sean estas formales, no formales y que
representan para la población del lugar una fuente sustancial de sus ingresos y el
mantenimiento de sus familias.
Pero también sabe como nosotros, que la zona preocupa, no solo por ser caótica,
sino altamente insegura que representa varios peligros para la comunidad y que en
consecuencia requiere de la intervención municipal con políticas claras y concretas a
efecto de resolver un dramático problema que todos presenciamos día a día, por lo
2. que las políticas y medidas de solución propuestas por su autoridad son necesarias
para atender estas preocupaciones, con las que coincidimos plenamente, las que
deben ser implementadas de manera concertada con los actores.
A nuestro juicio, la tensión se centra entre la visión de la Alcaldía Municipal que
mediante un proyecto de construcción de viaductos pretende resolver la vivencia
caótica de la población en la zona y procurar la modernización de nuestra ciudad y
los intereses de miles y miles de ciudadanos y ciudadanas dedicadas al comercio
informal que tienen en el lugar sus puestos de venta y comercialización. Ambas
posturas son altamente convincentes y comprensibles, es decir, las partes tienen
razón y están en lo correcto. Por un lado la ciudad en su conjunto requiere de un
ordenamiento y un desarrollo planificado y por otro para esos miles y miles de
ciudadanos la zona se constituye en el espacio de sobrevivencia por cuanto resuelve
su necesidad de empleo y de ingresos.
II)
LA PROPUESTA
En merito a las conversación con los actores e involucrados, y en virtud da la
propuesta de Proyecto realizada por su autoridad, cuyo alcance lo conocemos por
los medios de comunicación y no de forma directa como debería ser, nos
permitimos proponerle se asume las siguientes medidas a objeto de lograr consensos
en la zona y satisfacer todos los intereses en juego, la propuesta de
“Compatibilización de la realidad con el progreso y la modernización de La Paz” Zona Garita de Lima comprende:
1) Proyecto inclusivo: compatibilización de modernidad con
realidad
Todas las urbes del mundo enfrentan este tipo de conflictos por la explosión
demográfica y el achicamiento de sus territorios por su precoz urbanización, el uso
de sus suelos sin planificación urbana debido a diversos factores que no es
momento explicar. Esta realidad también alcanza a nuestra ciudad y en concreto a la
Plaza Garita de Lima que es el centro del actual conflicto urbano y por su puesto
que no el único.
3. El conflicto ha visibilizado una realidad compleja en la zona, que ha generado una
resistencia al proyecto que su autoridad pretende ejecutar que tiene características
sobretodo económico y cultural, pero también ha develado la demanda de toda la
paceñidad por hacer de nuestra ciudad una urbe moderna, ordenada, segura y de
convivencia pacifica entre todos.
El proyecto que su autoridad impulsa, debe recoger la visión de todos los actores,
con mucha objetividad y con absoluto equilibrio, es decir, garantizar la
modernización y progreso de nuestra ciudad, así como garantizar que su proyecto
incluya a los actores económicos de la zona y en un solo encuentro entre paceños
podamos impulsar el carro del desarrollo de nuestra ciudad.
Creer que la modernización y progreso de la ciudad debe imponerse a toda costa y
contra viento, no es lo más adecuado y menos pensar que las cosas en el lugar deben
quedarse como están, se trata de que ese dialogo de la ciudad sea la base del
progreso de La Paz y el derrotero de toda la población. La ilusión de la modernidad
es errática si afecta realidades culturales, económicas, sociales, la modernidad y el
progreso debe tener como centro el desarrollo humano de su población. En ese
orden consideramos que el proyecto a ejecutar en la zona Garita de Lima de tomar
en cuenta los siguientes criterios:
-
El proyecto debe contemplar la realidad del lugar y las actividades
económicas de la población. El ordenamiento no puede significar destruir
las características comerciales y económicas de la zona.
-
La dimensión del proyecto y el éxito de su ejecución, depende de un
necesario proceso de dialogo con los actores y una concertación de las
acciones, aspiraciones y objetivos a implementar que garantice y
compatibilice los intereses de la ciudad con los de la población afectada.
-
La ejecución del proyecto no es posible sin la participación y el acuerdo de
los actores involucrados, lo contrario representará una arbitrariedad bajo el
argumento de la modernidad y el progreso.
-
Se tiene que hacer todos los esfuerzos para compatibilizar esa aspiración
paceña de modernización con la realidad de la zona, la modernización no
puede desconocer lo que se vive en el lugar.
4. 2) Licitación pública de empresa especializada
La capacidad de obrar o capacidad de ejercicio, consiste en la cualidad jurídica de la
persona jurídica que determina la eficacia de los actos realizados por ella según la
posibilidad que tiene para actuar en la vida conforme a dicho a su naturaleza
jurídica. Se define también como la aptitud de la persona jurídica para constituir,
modificar, o extinguir relaciones públicas, es la idónea para realizar actos jurídicos;
en ese orden la capacidad de obrar se refiere al “ejercicio” de derechos y deberes.
La capacidad de obrar deviene de la atribución que su propio ordenamiento le
otorga a las personas jurídicas como la capacidad de actuar jurídicamente, es decir
las acciones jurídicas autorizadas que puede legal y legítimamente realizar.
De acuerdo a la exposición precedente, debemos manifestar que la Empresa
Municipal de Asfaltos y Vías - EMAVIAS si bien tiene capacidad jurídica para
contratar con el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, es decir, que son
perfectamente legales los contratos que se suscriba con la referida empresa
municipal publica, es también cierto y evidente que EMAVIAS no cuenta ni con la
capacidad de obrar, ni con la capacidad técnica para ejecutar este tipo de proyectos:
De acuerdo al Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, el proyecto ha ejecutarse
en la Zona de la Garita de Lima consiste en una estructura civil – VIADUCTO y un
viaducto es una obra de ingeniería, una especie de puente largo que salva un desnivel
del terreno y sobre el cual discurre una vía o una carretera.
En ese orden, se puede precisar que de acuerdo a lo dispuesto por el Estatuto de
EMAVIAS, esa Empresa Municipal NO cuenta ni con la capacidad jurídica y menos
con la capacidad técnica para ejecutar el proyecto, tal cual se señala en sus artículos
respectivos:
5. Articulo 2 (Fines).- La Empresa Municipal de
Asfaltos y Vías (EMAVIAS) tiene como fin
promover servicios de calidad en asfaltado,
mantenimiento de vías, señalización horizontal y
vertical, y obras complementarias que coadyuven
en mejorar la calidad de vida de la población.
Articulo 3 (Objetivos).- Constituyen objetivos de
EMAVIAS:
a) Ejecutar los contratos de obras de pavimentado
de vías, obras complementarias, bacheos,
señalización vial, provisión de áridos y otros
afines, conforme a criterios técnicos definidos
por el GAMLP.
b) Ofertar servicios de obras de pavimentado de
vías,
obras
complementarias,
bacheos,
señalización vial, venta de áridos y otros afines
a personas naturales o jurídicos, publicas o
privadas.
c) Explotar áridos en áreas autorizadas por el
Gobierno Autónomo Municipal de La Paz en
cumplimiento de la normativa aplicable
vigente.
6. Artículo 4 (Competencias y atribuciones).EMAVIAS como ente de derecho público, tiene
las siguientes competencias y atribuciones:
a) Ejecutar y realizar todos los actos de
administración, comercio o industria necesarios
para el cumplimiento de sus fines y objetivos;
b) Recibir donaciones y legados de personas
naturales y/o jurídicas entidades nacionales,
internacionales
o
gobiernos
extranjeros
concernientes a su objeto, con sujeción a las
normas legales en vigencia;
c) Elaborar los reglamentos internos, manuales
operativos y disposiciones administrativas que
sean necesarias para el buen desempeño de sus
funciones y cumplimiento de sus fines y
objetivos;
d) Desarrollar planes que otorguen servicios de
calidad al GAMLP, con precios preferenciales y
que garanticen la sostenibilidad financiera de la
empresa;
e) Asumir la administración de los Laboratorios de
Asfaltos y Suelos y las Plantas Asfaltadora y
Chancadora;
7. f) Administrar los activos muebles o inmuebles
que conforman el patrimonio de la Empresa y
aquellos que se encuentren bajo su custodia
y/o responsabilidad.
En merito a lo expuesto, consideramos que la ejecución del proyecto debe ser
ejecutado por una empresa especializada y para el efecto la convocatoria a una
licitación pública es lo mas correcto que ocurra.
3) Compensaciones por lucro cesante
Se debe precisar que el Proyecto de Viaducto en la Zona Garita de Lima, no ha
previsto esta situación, y un desalojo o reubicación durante el tiempo que se ejecute
el proyecto implica perdidas económicas para los afectados, mucho más si el
proyecto considera el no retorno de amplios sectores de la población a la zona o si
se trata de que la Plaza Garita de Lima va dejar de cumplir su función económica
para dar paso a la modernidad y el progreso.
La verdadera preocupación de los involucrados en la Zona Garita de Lima, llámese
comerciantes, vecinos o propietarios de inmuebles es la perdida de sus ganancias, la
desvalorización de sus inmuebles y fundamentalmente el desempleo.
El lucro cesante es una figura jurídica vigente en nuestro ordenamiento, que consiste
en la ganancia que se haya dejado de obtener por consecuencia del hecho del que se
es responsable, además de estar contemplados en el ordenamiento jurídico y en las
legislaciones de todo el mundo. No es posible hablar de modernidad o progreso de
las ciudades sin la necesaria consideración de estos factores, que el proyecto de
viaducto no considera.
8. De conformidad con La Ley de Medio Ambiente y el Reglamento de prevención y
Control Ambiental RPCA, se prevé los estudios denominados EEIA, que son
estudios destinados a identificar y evaluar los potenciales impactos positivos y
negativos que pueda causar la implementación de un Proyecto, Obra o Actividad,
con el fin de establecer las medidas para evitar, mitigar o controlar aquellos que sean
negativos e incentivar los positivos.
En ese marco legal, es perfectamente posible trabajar un Plan y previo estudio socio
económico, a efecto de cubrir estos requerimientos que su proyecto no contempla.
Es decisión de su autoridad proponer un presupuesto al Concejo Municipal que
contará con nuestro pleno respaldo y posibilitar de esta forma se cubra los
siguientes aspectos:
-
Compensación por la pérdida económica por lucro cesante de los afectados
sujetos de un plan de reubicación hasta la conclusión del proyecto y el
retorno a sus puestos donde ejercen sus actividades económicas.
-
Compensación por la pérdida del valor económico de los propietarios de
inmuebles entre tanto dure la ejecución del proyecto
4) Presupuesto para indemnización por expropiaciones
En todo proyecto u obra pública, el Estado debe garantizar el ejercicio, goce y
disfrute de la propiedad privada, como un derecho constitucional consustancial a las
personas y cualquier afectación implica un resarcimiento económico de
conformidad al ordenamiento jurídico nacional.
En ese contexto, se propone la determinación de un presupuesto específico para
cubrir estas contingencias que demande el proyecto, toda vez que infraestructuras de
esta naturaleza debe considerar de manera necesaria estos gastos.
9. En ese orden, el Ejecutivo esta facultado para proponer un presupuesto destinado a
las expropiaciones en caso de que el proyecto requiera, propuesta de presupuesto
que contará con contará con nuestro pleno respaldo.
Con este particular saludo a usted con las consideraciones mas distinguidas
Dr. Omar Rocha Rojo
PRESIDENTE DEL CONCEJO MUNICIPAL
CONCEJAL PROPONENTE
cc. arch./concejales/ actores del proyecto
OORR/ojae