Planificacion Anual 2do Grado Educacion Primaria 2024 Ccesa007.pdf
Confirmacion de una_falacia
1. CONFIRMACION DE UNA
FALACIA
HAZ CLIK PARA AVANZAR,
ENCIENDE ALTAVOZ
UN ENGAÑO HECHO REALIDAD, UNA
BURLA A LOS MAESTROS
2. ESTIMADOS MAESTROS:
Con imponente fastuosidad, durante el año 2010, el
Presidente Correa, el Ministerio de Educación y
Asambleístas de Alianza País, se dedicaron con mucha
perseverancia a pregonar los “beneficios” de la Nueva Ley
de Educación que entraría en vigencia en abril de 2011 y
como “plato fuerte” anunciaban ante la opinión pública
la duplicación de los sueldos a los maestros.
Este hecho viciado de demagogia, creo una expectativa
en la clase magisteril y dejo mal informada a la
Comunidad Ecuatoriana.
3. ASI, LO ANUNCIABAN
GRAFICO DE LA PAGINA RTU NOTICIAS
Gobierno propone duplicar el salario mínimo de los docentes
RTU Noticias 17/09/2010
El Ministerio de Educación destaca el apoyo de la gran mayoría
de maestros ecuatorianos al nuevo escalafón planteado en el
proyecto de Ley de Educación General, que permitirá reconocer
a los docentes salarios y demás condiciones de vida acordes con
la labor profesional que llevan adelante.
4. Concretamente, el proyecto de Ley plantea que se
duplique el salario mínimo de los docentes, de 320 a
640 dólares para los que tengan título técnico superior
y a 775 dólares para los que tengan título profesional.
Además, gracias a la unificación salarial propuesta –
agrupar en un solo rubro los componentes salariales–
los aportes al IESS se harán sobre montos reales, lo que
garantiza una jubilación digna, más allá de que el
mismo proyecto propone estímulos económicos
adicionales para la jubilación.
5. Cuenca, jueves 28 de abril de 2011
Nuevo escalafón duplica salario de
los maestros
El presidente de la Comisión de
Educación de la Asamblea, César
Rodríguez, calificó como un hecho
histórico el acuerdo establecido por
los miembros del
organismo, pertenecientes a sectores
ASI , LO CONFIMA EL
disímiles como PAIS, PSP, MPD y
PRESIDENTE DE LA COMISION PSC, para aprobar un nuevo
DE EDUCACION DE LA escalafón del magisterio fiscal que se
ASAMBLEA NACIONAL
incluye al proyecto de Ley de
Educación General.
6. El nuevo escalafón ubica en la novena categoría al
educador comunitario, bachillerato solo para
educación inicial y madres comunitarias, con un
sueldo de 478 dólares; octava, título profesor con 612
dólares; séptima, título licenciado con 741
dólares; sexta, licenciado de cuatro años de
experiencia con 819 dólares; quinta, ocho años de
experiencia con 897 dólares; cuarta, doce años de
experiencia, diplomado o especialización con 987
dólares; tercera, dieciséis años de experiencia con
1.102 dólares; segunda, 20 años de experiencia y
maestría con 1.286 dólares; y, primera, 24 años de
experiencia y publicación educativa aprobada con
sueldo de 1.523 dólares.
7. Para demostrar que lo dicho es una falacia usare cifras reales de los
roles de pago de un maestro de 12 categoría con 27 años de servicio:
MAYO 2011(con la anterior Ley de Educación 80 Horas) $ 843,05
JULIO 2011(con la nueva Ley de Educación 160 Horas) $ 855,00
DIFERENCIA 12,00
8. PARA EL CASO QUE ANALIZAMOS, EL RANGO QUE
CORRESPONDE A LA CATEGORIA “F” ESTA ENTRE $776 Y
$855 USD.
NOS GUSTARIA CONOCER A LOS “GENIOS” QUE
ELABORARON ESTAS TABLAS SALARIALES PARA
PERJUDICAR A LOS PROFESORES.
9.
10. Ahora revisemos el aumento de horas de
trabajo, (esto sí, es real).
JORNADA LABORAL CON LA LEY ANTERIOR VS JORNADA LABORAL
CON LA NUEVA LEY Y SUS REMUNERACIONES
INCREMENTO DE
LEY JORNADA SUELDO MENSUAL
HORAS
LEY ANTERIOR 30 PERIODOS
SEMANALES DE 40 834,05/4=208 USD --------------------------
MIN*4 semanas =80
HORAS RELOJ x mes
40 HORAS 80 HORAS RELOJ
NUEVA LEY SEMANALES*4= 160 855 USD (50%)
HORAS x mes
11.
12. Art. 326 numeral 4 de la Constitución de la
República que dice: “ A trabajo de igual valor
corresponderá igual remuneración”
ART. 328 DE LA CONSTITUCIÓN cuya parte
pertinente dice: “El pago de remuneraciones se dará
en los plazos convenidos y no podrá ser disminuido
ni descontado, salvo con autorización expresa de la
persona trabajadora y de acuerdo con la ley.”
13. CONCLUSIÓNES.-
De aplicarse las 40 h semanales que equivalen a 160
h mensuales, significa que el Estado a través de la
autoridades que están exigiéndonos el cumplimiento
del aumento al doble de horas de trabajo.
Si alguna vez se aplica correctamente lo transcrito y
se respeta la Constitución de la República, significa
que si estamos siendo duplicados en la jornada laboral
y es igual el trabajo que vamos a cumplir, nos
corresponde la duplicación de nuestro sueldo.