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Art. 15-10


          “Recomendando políticas públicas”
                                                                       Por: Xiomara Acosta de Ochoa
                                                         Comunicadora y Colaboradora de Contrapunto


                              Conforme a la Ley de Competencia (LC) y su reglamento, la
                              Superintendencia de Competencia (SC) tiene la facultad de evaluar
                              las políticas públicas, la legislación sectorial y los procedimientos de
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                              establecer los hallazgos y conclusiones y emitir las recomendaciones
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                            Dichas recomendaciones son las medidas propuestas por el Consejo
                            Directivo de la Superintendencia, adoptadas mediante resoluciones,
                            como resultado de estudios sectoriales de condiciones de
                            competencia, opiniones sobre normativa o sobre bases de licitación
                            pública e investigaciones de prácticas anticompetitivas, entre otras.
Su objetivo es evaluar, crear y/o modificar políticas públicas o normativas que inciden en las
condiciones de competencia de un sector de la economía.
Los estudios sectoriales de mercado permiten identificar las políticas, regulaciones y medidas que
pueden estar limitando, restringiendo o impidiendo la competencia. Al identificar las barreras
estructurales, económicas y de comportamiento, la Superintendencia realiza las recomendaciones
de políticas públicas tendientes a mejorar el funcionamiento de los mercados.
En ese contexto, como producto de los estudios sectoriales en los mercados de combustibles
líquidos, electricidad, telecomunicaciones, azúcar, arroz, leche, entre otros, la SC ha emitido
recomendaciones de políticas públicas.
Pero ¿a quiénes se hacen dichas recomendaciones? Generalmente, las recomendaciones son
dirigidas a las instituciones gubernamentales relacionadas con el sector económico estudiado, entre
las que están: Ministerio de Agricultura y Ganadería, Ministerio de Economía, Ministerio de Salud
Pública y Asistencia Social, Secretaría Técnica de la Presidencia, Defensoría del Consumidor,
Ministerio de Hacienda, Superintendencia General de Electricidad y Telecomunicaciones,
Secretaría de Asuntos Legislativos y Jurídicos de la Presidencia, Consejo Superior de Salud
Pública, Superintendencia del Sistema Financiero, Instituto Salvadoreño del Seguro Social y
alcaldías.
Las recomendaciones de políticas públicas también pueden surgir tras la aplicación de la LC,
cuando se investigan prácticas anticompetitivas y se autorizan concentraciones económicas, ya que
algunas políticas existentes pueden tener por objetivo proteger o incentivar actividades económicas
en detrimento de la competencia. Además se han realizado recomendaciones a los agentes
económicos, cuando éstos han adoptado resoluciones que afectan la libre competencia, como los

                                                                                                         1
puestos de bolsa relacionados con la Bolsa de Productos de El Salvador (BOLPROES), agencias
de viajes y otras empresas sancionadas por prácticas anticompetitivas.
Aunque existen políticas que podrían usar como estrategia “el fomento económico y la protección
social” propiciando prácticas anticompetitivas, no debe interpretarse que todas las políticas
protectoras hacen daño a la competencia, ya que pueden existir regulaciones o legislaciones que sí
fomentan la eficiencia económica, sin embargo siempre deberán evaluarse, a fin que los
consumidores resulten beneficiados; caso contrario, deberá hacerse prevalecer el bienestar común.
Sin embargo, podría parecer que no existe relación entre la adopción de ciertas políticas de
beneficio social y la afectación de la competencia, pero con el tiempo estas políticas pueden
disminuir la competencia, al grado de impedir que los consumidores tengan más opciones de
compra a mejores precios. Estos son los casos que, a través de los estudios de mercados, han sido
analizados y han propiciado la emisión de las recomendaciones respectivas.
Por ejemplo, se ha recomendado al Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social confirmar, a
través de análisis técnicos y pruebas científicas, si la fortificación del azúcar con vitamina “A” no se
pierde durante los procesos industriales; pues de verificarse, deberían establecerse las
excepciones pertinentes para que la inclusión de la vitamina al producto bruto no sea necesaria en
todos los casos, hecho que reduciría los costos y se traduciría en ahorro al consumidor.
Al analizar algunos de los sectores también se detectan inconsistencias, como por ejemplo,
producto de la falta de legislación relacionada, como en el caso que no se cuenta con los
reglamentos que ordena la Ley de la Producción, Industrialización y Comercialización de la
Agroindustria Azucarera, hecho que disminuye los niveles de transparencia en dicho mercado.
En el caso de la agroindustria arrocera, se han hecho recomendaciones, tanto al Ministerio de
Agricultura y Ganadería, como al de Economía, en el sentido de promover la revisión del Convenio
Permanente para la Comercialización de Arroz Granza Nacional, para flexibilizar y/o remover
cualquier obstáculo o barrera que impida la competencia y transparencia del mercado, evaluar el
esquema de protección actual del convenio, desarrollar incentivos para aumentar la participación de
productores de arroz y modificar el período de graduación para los nuevos importadores de arroz
oro, a fin que puedan considerarse importadores históricos en menor tiempo y puedan acceder a la
proporción del contingente de importación correspondiente a los históricos.
En el caso de los fertilizantes, las recomendaciones están orientadas al desarrollo del sector por
medio de programas de investigación para la formulación de nuevos productos, promover más
asistencia técnica y la asociatividad de los pequeños productores, tareas encomendadas al
Ministerio de Agricultura y Ganadería.
Al Ministerio de Economía también se le exhorta a promover la armonización de varias normas a
nivel centroamericano, principalmente en lo relacionado al etiquetado de los fertilizantes.
La SC también ha realizado recomendaciones de políticas públicas relacionadas con combustibles
líquidos, electricidad, gas licuado de petróleo, telecomunicaciones y medicamentos, resultado de
las conclusiones de estudios de mercado realizados.
Existen recomendaciones que para algunos podrían resultar curiosas, como es el caso de los
resultados del Estudio de Caracterización de las Condiciones de Competencia del Sector Avícola,
en el que se determina la necesidad que la Defensoría del Consumidor realice una campaña de

                                                                                                           2
educación para informar sobre las propiedades nutricionales de la carne aviar y el huevo, las cuales
son similares independientemente de la coloración que posean.
La tarea de la SC no termina con la emisión de recomendaciones de políticas públicas, que a juicio
técnico deben adecuarse a la nueva realidad que vive el país, sino que se está constantemente
verificando si son incorporadas en las modificaciones de legislaciones y/o reglamentos, con la
finalidad de promover la competencia en todos los sectores económicos y lograr mayores
beneficios para los consumidores.




                                                                                                       3

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Art.15-10 Recomendando políticas públicas

  • 1. Art. 15-10 “Recomendando políticas públicas” Por: Xiomara Acosta de Ochoa Comunicadora y Colaboradora de Contrapunto Conforme a la Ley de Competencia (LC) y su reglamento, la Superintendencia de Competencia (SC) tiene la facultad de evaluar las políticas públicas, la legislación sectorial y los procedimientos de contratación y licitación públicos con el propósito de identificar las principales barreras normativas y económicas a la competencia, establecer los hallazgos y conclusiones y emitir las recomendaciones correspondientes. Dichas recomendaciones son las medidas propuestas por el Consejo Directivo de la Superintendencia, adoptadas mediante resoluciones, como resultado de estudios sectoriales de condiciones de competencia, opiniones sobre normativa o sobre bases de licitación pública e investigaciones de prácticas anticompetitivas, entre otras. Su objetivo es evaluar, crear y/o modificar políticas públicas o normativas que inciden en las condiciones de competencia de un sector de la economía. Los estudios sectoriales de mercado permiten identificar las políticas, regulaciones y medidas que pueden estar limitando, restringiendo o impidiendo la competencia. Al identificar las barreras estructurales, económicas y de comportamiento, la Superintendencia realiza las recomendaciones de políticas públicas tendientes a mejorar el funcionamiento de los mercados. En ese contexto, como producto de los estudios sectoriales en los mercados de combustibles líquidos, electricidad, telecomunicaciones, azúcar, arroz, leche, entre otros, la SC ha emitido recomendaciones de políticas públicas. Pero ¿a quiénes se hacen dichas recomendaciones? Generalmente, las recomendaciones son dirigidas a las instituciones gubernamentales relacionadas con el sector económico estudiado, entre las que están: Ministerio de Agricultura y Ganadería, Ministerio de Economía, Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, Secretaría Técnica de la Presidencia, Defensoría del Consumidor, Ministerio de Hacienda, Superintendencia General de Electricidad y Telecomunicaciones, Secretaría de Asuntos Legislativos y Jurídicos de la Presidencia, Consejo Superior de Salud Pública, Superintendencia del Sistema Financiero, Instituto Salvadoreño del Seguro Social y alcaldías. Las recomendaciones de políticas públicas también pueden surgir tras la aplicación de la LC, cuando se investigan prácticas anticompetitivas y se autorizan concentraciones económicas, ya que algunas políticas existentes pueden tener por objetivo proteger o incentivar actividades económicas en detrimento de la competencia. Además se han realizado recomendaciones a los agentes económicos, cuando éstos han adoptado resoluciones que afectan la libre competencia, como los 1
  • 2. puestos de bolsa relacionados con la Bolsa de Productos de El Salvador (BOLPROES), agencias de viajes y otras empresas sancionadas por prácticas anticompetitivas. Aunque existen políticas que podrían usar como estrategia “el fomento económico y la protección social” propiciando prácticas anticompetitivas, no debe interpretarse que todas las políticas protectoras hacen daño a la competencia, ya que pueden existir regulaciones o legislaciones que sí fomentan la eficiencia económica, sin embargo siempre deberán evaluarse, a fin que los consumidores resulten beneficiados; caso contrario, deberá hacerse prevalecer el bienestar común. Sin embargo, podría parecer que no existe relación entre la adopción de ciertas políticas de beneficio social y la afectación de la competencia, pero con el tiempo estas políticas pueden disminuir la competencia, al grado de impedir que los consumidores tengan más opciones de compra a mejores precios. Estos son los casos que, a través de los estudios de mercados, han sido analizados y han propiciado la emisión de las recomendaciones respectivas. Por ejemplo, se ha recomendado al Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social confirmar, a través de análisis técnicos y pruebas científicas, si la fortificación del azúcar con vitamina “A” no se pierde durante los procesos industriales; pues de verificarse, deberían establecerse las excepciones pertinentes para que la inclusión de la vitamina al producto bruto no sea necesaria en todos los casos, hecho que reduciría los costos y se traduciría en ahorro al consumidor. Al analizar algunos de los sectores también se detectan inconsistencias, como por ejemplo, producto de la falta de legislación relacionada, como en el caso que no se cuenta con los reglamentos que ordena la Ley de la Producción, Industrialización y Comercialización de la Agroindustria Azucarera, hecho que disminuye los niveles de transparencia en dicho mercado. En el caso de la agroindustria arrocera, se han hecho recomendaciones, tanto al Ministerio de Agricultura y Ganadería, como al de Economía, en el sentido de promover la revisión del Convenio Permanente para la Comercialización de Arroz Granza Nacional, para flexibilizar y/o remover cualquier obstáculo o barrera que impida la competencia y transparencia del mercado, evaluar el esquema de protección actual del convenio, desarrollar incentivos para aumentar la participación de productores de arroz y modificar el período de graduación para los nuevos importadores de arroz oro, a fin que puedan considerarse importadores históricos en menor tiempo y puedan acceder a la proporción del contingente de importación correspondiente a los históricos. En el caso de los fertilizantes, las recomendaciones están orientadas al desarrollo del sector por medio de programas de investigación para la formulación de nuevos productos, promover más asistencia técnica y la asociatividad de los pequeños productores, tareas encomendadas al Ministerio de Agricultura y Ganadería. Al Ministerio de Economía también se le exhorta a promover la armonización de varias normas a nivel centroamericano, principalmente en lo relacionado al etiquetado de los fertilizantes. La SC también ha realizado recomendaciones de políticas públicas relacionadas con combustibles líquidos, electricidad, gas licuado de petróleo, telecomunicaciones y medicamentos, resultado de las conclusiones de estudios de mercado realizados. Existen recomendaciones que para algunos podrían resultar curiosas, como es el caso de los resultados del Estudio de Caracterización de las Condiciones de Competencia del Sector Avícola, en el que se determina la necesidad que la Defensoría del Consumidor realice una campaña de 2
  • 3. educación para informar sobre las propiedades nutricionales de la carne aviar y el huevo, las cuales son similares independientemente de la coloración que posean. La tarea de la SC no termina con la emisión de recomendaciones de políticas públicas, que a juicio técnico deben adecuarse a la nueva realidad que vive el país, sino que se está constantemente verificando si son incorporadas en las modificaciones de legislaciones y/o reglamentos, con la finalidad de promover la competencia en todos los sectores económicos y lograr mayores beneficios para los consumidores. 3