El Consejo Directivo de la Superintendencia de Competencia recomendó a la Superintendencia General de Electricidad y Telecomunicaciones (SIGET) que la subasta de 40 MHZ de espectro radioeléctrico recientemente anunciada debería asegurar la participación “exclusivamente [a] nuevos operadores no relacionados con ningún operador móvil presente en el mercado. Lo anterior para promover la competencia entre agentes que se encuentren en igualdad de condiciones y garantizar las probabilidades de incrementar el número de competidores en el mercado, generando dinamismo y rivalidad. En defecto de lo dicho, suspender la subasta”.
1. COMUNICADO DE PRENSA
C. 27-13
Antiguo Cuscatlán, 17 de octubre de 2013.
SC objeta subasta de espectro radioeléctrico
El Consejo Directivo de la Superintendencia de Competencia recomendó a la Superintendencia
General de Electricidad y Telecomunicaciones (SIGET) que la subasta de 40 MHZ de espectro
radioeléctrico recientemente anunciada debería asegurar la participación “exclusivamente [a] nuevos
operadores no relacionados con ningún operador móvil presente en el mercado. Lo anterior para
promover la competencia entre agentes que se encuentren en igualdad de condiciones y garantizar las
probabilidades de incrementar el número de competidores en el mercado, generando dinamismo y
rivalidad. En defecto de lo dicho, suspender la subasta”.
“Desde hace dos
años, a partir del
análisis de la
concentración
económica CLARODIGICEL, este
Consejo señaló la
inconveniencia de
una acumulación
anticompetitiva de
espectro
radioeléctrico por
parte de los
operadores
participantes del
mercado de provisión
de servicios de
telefonía móvil y
servicios agregados”,
informó el Consejo
Directivo de la
Superintendencia de
Competencia.
El día 2 de octubre, SIGET solicitó opinión al Consejo Directivo de la
Superintendencia de Competencia “sobre los potenciales riesgos en términos de
competencia que pudieran surgir a consecuencia de la posible adjudicación del
espectro radioeléctrico a uno de los operadores móviles existentes en el mercado”.
Sin que la SC hubiese emitido la opinión solicitada, la SIGET publicó los avisos de
subastas los días 8 y 10 de octubre.
Según reza la comunicación de SIGET “el espectro será adquirido por aquel
operador que haga mayor oferta económica durante el proceso de subasta; sin
considerar cuánto espectro posee actualmente o cuál sea su participación del
mercado”.
Los términos de la subasta crean considerables desventajas para potenciales
nuevos operadores que enfrentan numerosas barreras a la entrada al mercado de
telefonía móvil (económicas, estructurales y estratégicas). Además, una subasta
abierta (al mejor postor) responde a una finalidad económica y no competitiva ya
que anula las probabilidades de competencia entre iguales. Ello, en opinión del
Consejo Directivo de la Superintendencia de Competencia, contradice
expresamente uno de los fines del artículo 2 de la Ley de Telecomunicaciones, el
del literal c): “Desarrollo de un mercado de telecomunicaciones competitivo en
todos sus niveles”.
Ya desde el 30 de agosto de 2011, en el análisis de la solicitud de concentración
CLARO – DIGICEL, el Consejo Directivo de la Superintendencia de Competencia
había advertido los riesgos de una acumulación excesiva de espectro
radioeléctrico, único insumo indispensable y limitado para la industria de la
telefonía. Por ello, para autorizar aquella concentración se fijó a CLARO, entre
otras, la condición de devolver 20 MHz de su concesión de espectro, condición que fue rechazada por el
operador.
En el mismo análisis, el Consejo Directivo concluyó que “es posible para los operadores actuales hacer un uso
más eficiente del espectro radioeléctrico que poseen en concesión y que no es recomendable que los
operadores actuales continúen acumulando dicho espectro”. Por la misma razón, desde entonces se recomendó
2. a SIGET “Con el fin de promover competencia en el sector, subastar la concesión para la explotación del
espectro radioeléctrico destinado a la telefonía móvil entre operadores no relacionados con ningún otro operador
móvil presente en el mercado” y “Regular e incentivar el uso eficiente del espectro radioeléctrico destinado para
telefonía móvil con el fin de evitar la acumulación del mismo con fines estratégicamente anticompetitivos”.
Adicionalmente, en resolución de fecha 25 de septiembre con motivo de la tercera solicitud de Claro-Digicel a
partir del análisis de la situación del espectro, el Consejo Directivo concluyó que la escasez de segmentos
apropiados de espectro radioeléctrico continuo (superiores a 10 MHz) para prestar servicios de telefonía móvil y
servicios agregados, constituye una barrera a la entrada. También se agregó que en el mediano plazo se
encontraban disponibles únicamente los 40 MHz, estos son los que están sometidos actualmente a subasta.
Entonces, ante esta escasez de espectro, de otorgarse en concesión a cualquiera de los participantes actuales
de mercado, se estarían cerrando las posibilidades de entrada a nuevos participantes.
La subasta convocada por SIGET ha sido temporalmente suspendida, el Consejo Directivo de la
Superintendencia de Competencia espera que la opinión vertida sea tomada en cuenta con el objeto de
fomentar un uso más eficiente del espectro radioeléctrico y de evitar su acumulación con fines anticompetitivos.
La opinión de la Superintendencia puede ser consultada en http://www.sc.gob.sv/pages.php?Id=1345