En el marco de la mesa redonda "2010, un año clave para la responsabilidad medioambiental", Esperanza Caro Gómez, Secretaria General de Cambio Climático y Calidad Medioambiental,
Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, presenta las razones de la ley de reponsabilidad medioambiental, sus objetos, principios, ámbitos de aplicación, obligaciones. En una segunda parte, aborda las potestades administrativas que entran en juego, la cuestión de la reparación de daños y la de las garantías financieras.
14_04_2010
2. LEGISLACIÓN DIRECTIVA 2004/35/CE LEY 26/2007 de 23 de octubre R.D2090/2008 de 22 de diciembre LEY 7/2007 de 9 de julio Futuro Decreto Andalucía CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA (Art. 45)
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4. OBJETO Responsabilidad de los operadores económicos o profesionales de prevenir, evitar y reparar los daños ambientales Responsabilidad del centro por el solo hecho de haber causado el daño, prescindiendo de la existencia de dolo o negligencia RESPONSABILIDAD Responsabilidad medioambiental: Protección de daños o amenazas a los recursos naturales Responsabilidad ilimitada: Obliga a devolver el recurso natural a su estado original, cualquiera que sea su cuantía Responsabilidad objetiva: Obligadas las actividades del Anexo III Responsabilidad subjetiva: Para el resto de actividades Responsabilidad administrativa: (No civil) Obligación de la Administración de hacer cumplir la Ley y tramitar expedientes Características
5. PRINCIPIOS (Directiva 2004/35) Precaución Prevención en origen Internalización de costes de la reparación de daños: “Quien contamina, paga” Asegurar que los daños se restauran: “Quien contamina, repara” Garantizar la efectiva restauración. Exigencia de la garantía financiera obligatoria (problemas de insolvencia)
6. Á MBITO DE APLICACIÓN DAÑOS AMBIENTALES Y AMENAZAS INMINENTES DE DAÑOS ACTIVIDADES PROFESIONALES Y ECONÓMICAS ANEXO III DE FORMA OBJETIVA (SIN CULPA, DOLO NI NEGLIGENCIA). Incluso con Autorizaciones ACTIVIDADES PROFESIONALES Y ECONÓMICAS DISTINTAS DEL ANEXO III DE FORMA SUBJETIVA (CON CULPA, DOLO O NEGLIGENCIA). PREVENCIÓN Y EVITACIÓN
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9. EXCLUSIONES Á MBITO DE APLICACIÓN – Conflicto armado, guerra civil – Fuerza Mayor (fenómenos naturales) – Actividades de protección frente a desastres naturales – Actividades defensa nacional, seguridad internacional
10. ANEXO III 1. La explotación de instalaciones sujetas IPPC. 2. Los vertidos en general y el represamiento de aguas 3. Desde la fabricación hasta la puesta en mercado de sustancias peligrosas 4. Utilización y liberación en el medio ambiente de sustancias modificadas genéticamente, biocidas y fitosanitarios. 5. Las actividades de gestión de residuos; el transporte, la recuperación y la eliminación de residuos y de residuos peligrosos, la supervisión de tales actividades, que estén sujetas a permiso o registro de conformidad con la Ley 10/1998. Entre otras cosas, la explotación de vertederos y la gestión posterior a su cierre y la explotación de instalaciones de incineración. Á MBITO DE APLICACIÓN
11. Ante amenaza inminente de daño Medidas preventivas apropiadas. SIN DEMORA Ante daños ambientales Evitación de nuevos daños. Puesta en conocimiento de la autoridad competente (CC.AA) de los daños ambientales o las amenazas inminentes de los mismos. OBLIGACIONES PREVENCIÓN Y EVITACIÓN
12. Responsabilidad Objetiva (Anexo III) Responsabilidad Subjetiva (Dolo, culpa o negligencia). Incumplimiento de deberes ADOPTAR MEDIDAS DE REPARACION REPARACIÓN OBLIGACIONES
13. POTESTADES ADMINITRATIVAS – Solicitar información al operador sobre medidas preventivas y reparadoras – Autorizar las medidas reparadoras – Emisión de instrucciones o ejecutándolas directamente – Ejecución subsidiaria, recuperación de costes – Solicitar información al operador – Ejecución subsidiaria PREVENCIÓN REPARACIÓN
14. REPARACION DE DAÑOS I.- DETERMINACION DEL DAÑO Estado Básico a Recuperar: situación de los recursos naturales de no haberse producido el daño. 1. Identificación del agente causante 2. Magnitud del daño (cuantificación) -Caracterización (químico, físico, biológico) -Identificación de los recursos naturales afectados -Extensión -Intensidad -Temporalidad 3. Evaluación de la significatividad del daño -Recurso afectado -Agente causante -Otros criterios para aguas y suelos Fases para la reparación del daño
15. REPARACION DE DAÑOS Reparación Primaria : eliminar agente, especies exóticas, reparación natural. Reparación Complementaria y compensatoria : nuevos recursos naturales no existentes antes de producirse el daño y equivalentes a los mismos. Pérdidas provisionales : pérdidas hasta que hayan surtido efectos las medidas provisionales, complementarias II.- DETERMINACION DE LAS MEDIDAS REPARADORAS Tipos de reparaciones
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17. GARANTÍAS FINANCIERAS MODALIDADES POLIZA DE SEGURO AVAL (Concedido por alguna entidad financiera autorizada a operar en España) RESERVA TÉCNICA (Fondo ad hoc) COBERTURA: Limitada (reparación primaria y hasta 20 millones de euros) RESPONSABILIDAD: Ilimitada VIGENCIA: Durante el tiempo de la actividad o autorización SOLO ACTIVIDADES DEL ANEXO III
18. Tienen por objeto hacer frente a las responsabilidades inherentes al desarrollo de su actividad La cuantía de la misma será establecida por la Autoridad competente (CC.AA) La fijación de la cuantía vendrá justificada por la aplicación de un método establecido por Gobierno Central, previa consulta con CC.AA FINALIDAD GARANTÍAS FINANCIERAS
19. Ajena e independiente a cualquier otra responsabilidad establecida Operadores susceptibles de generar daños inferiores a 300.000 € Operadores entre 300.000 y 2.000.000 adheridos a EMAS O ISO 14001 LIMITES GARANTÍAS FINANCIERAS
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21. Al día siguiente de su publicación en BOE Sus efectos se retrotraen al 30 de abril de 2007 La exigibilidad de la garantía financiera no será antes del 30 de abril de 2010. Una vez publicadas las órdenes en BOE ENTRADA EN VIGOR
22. SITUACIÓN ACTUAL Constituida la Comisión Técnica de Prevención y Reparación de Daños Medioambientales Constitución de tres grupos de trabajo: – Cálculo del valor de reposición (Proyecto MORA) – Verificadores (Presentado borrador regulación) – Análisis de riesgos mediambientales a) Competencia informar sobre los instrumentos para realizar la AR (guías metodológicas, MIRAT, tablas de baremos) b) Elaboración por diversos grupos sectoriales de documentos > 50 grupos empresariales Esquema de trabajo para la aprobación de los análisis de riesgos medioambientales
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24. Dificultades – Solapamiento entre Anexo III y exclusiones anexos IV y V – Solapamiento entre actividades del anexo III (distintos epígrafes) – Análisis de riesgos mediambientales Categorías – Actividades sometidas a AAI y accidentes graves – Ciertas actividades de gestión de residuos – Determinadas actividades de vertidos, represamientos y captación de aguas – Actividades con sustancias peligrosas, fitosanitarias y biocidas – Ciertos transportes por carretera, ferrocarril, vías fluviales, marítimo o aéreo de mercancías peligrosas o contaminantes – Actividades organismos modificados genéticamente – Traslado transfronterizo de residuos en determinadas circunstancias CATEGORIZACIÓN DEL ANEXO III (LEY 26/2007) Y ESTABLECIMIENTO DE PRIORIDADES POR ACTIVIDADES
25. CRITERIOS DE PELIGROSIDAD – Capacidad de consumos de materiales – Capacidad de consumo de potencia o energía – Capacidad de producción – Capacidad de tratamiento o de transformación – Concentración de agente causante del daño – Propiedades físico-químicas, toxicológicas y ecotóxicas de los residuos, preparados o sustancias – Presencia de determinadas sustancias peligrosas – Exceso o defecto de determinados agentes físicos – Nivel de confinamiento de organismos modificados genéticamente (OMG) CRITERIOS TÉCNICOS PARA LA PRIORIZACIÓN DE LAS ACTIVIDADES A REALIZAR AR
26. PROCESO TOMA DE DECISIONES PARA LA PROGRAMACIÓN Peligrosidad Heterogeneidad MIRAT Tabla de Baremos Guía sectorial Guía sectorial Mayor prioridad Mayor peligrosidad Prioridad media Menor peligrosidad
27. Elaboración de Orden Ministerial que regule: – Calendario de priorización por sectores para la presentación de guías sectoriales (MIRAT, etc.) – Establecimiento de criterios de exclusión para no realizar AR por pequeños operadores (garantía < 300.000 €) – Estructura y contenidos de guía sectorial (guía medológicas, MIRAT, tablas de baremos) ÚLTIMOS ACUERDOS COMISIÓN TÉCNICA DE PREVENCIÓN Y REPARACIÓN DE DAÑOS MEDIOAMBIENTALES
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29. Gracias por su atención Jesús Nieto González Director General de Prevención y Calidad Ambiental