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I              Informes Tributarios

          ¿Cuál es el tratamiento tributario de las mermas y
                                  desmedros de existencias?
      Ficha Técnica                                                         como una liberalidad, porque no califican           pudo haber generado ingresos gravados
                                                                            como un acto de desprendimiento, ya                a su acreedor. En ese sentido, el Tribunal
  Autor : Pablo José Huapaya Garriazo (*)                                   que tiene como origen y motivación la              Fiscal ha señalado para el caso de los cas-
  Título : ¿Cuál es el tratamiento tributario de las                        labor que aquellos realizan a favor de la          tigos por deudas incobrables que, si bien
           mermas y desmedros de existencias?                               empresa y que contribuye al desarrollo             el inciso i) de dicho artículo 37º permite
  Fuente : Actualidad Empresarial, Nº 227 - Segunda
                                                                            de sus actividades1.                               los castigos y el Reglamento de la Ley
           Quincena de Marzo 2011                                           Téngase presente que la generación de              detalla las condiciones específicas para la
                                                                            ingresos gravados no necesariamente es             aceptación de la deducción, la verificación
                                                                            efectiva, sino también potencial, aunque           de las mismas no exime del cumplimiento
                                                                            ello debe evaluarse en cada caso particu-          del principio de causalidad4.
  1. Introducción
                                                                            lar. Así, el Tribunal ha señalado que proce-       Con respecto al mantenimiento de la
  Frecuentemente las empresas sufren                                        de la deducción de gastos a pesar que la           fuente productora de renta, el Tribunal
  pérdidas de existencias ante lo cual se                                   empresa no genere ingresos, siempre que            Fiscal ha señalado que se debe enten-
  preguntan: ¿cuándo se está ante una mer-                                  los mismos resulten razonables. Entonces,          der como fuente productora al capital
  ma o desmedro o una pérdida extraor-                                      el hecho que una empresa no haya efec-             corporal e incorporal que, teniendo un
  dinaria?, o ¿si tratándose de mermas y                                    tuado mayores negocios, no significa que            precio en dinero, es capaz de suministrar
  desmedros, el primero sólo puede ocurrir                                  no haya realizado actividades dirigidas a          una renta a su poseedor, como es el caso
  en la comercialización, y el segundo en el                                procurarse mayores ingresos aunque éstas           de las cosas, muebles e inmuebles, los
  proceso productivo?                                                       últimas no lleguen a concretarse. Estos            capitales monetarios, los derechos y las
  Es por este motivo que a las empresas, a fin                               gastos incurridos y los conceptos por los          actividades5.
  de determinar la renta neta imponible de                                  cuales se han realizado deben resultar
                                                                            razonables como erogaciones mínimas                Finalmente, un supuesto particular se da
  tercera categoría, se les permite deducir de
                                                                            dirigidas a la continuidad del negocio de          cuando varios agentes se ven beneficiados
  la renta bruta aquellos gastos que son ne-
                                                                            la empresa2.                                       por el gasto efectuado por uno de ellos.
  cesarios para producir la renta y mantener
                                                                                                                               Al respecto, existió un caso de gastos
  su fuente, en tanto no esté expresamente                                  Otro ejemplo lo podemos observar en el             de publicidad que beneficia tanto al
  prohibida por el artículo 44º de la Ley.                                  caso del alquiler de un nuevo local ante           embotellador como a la empresa matriz,
  Entre los gastos deducibles para deter-                                   la inminente clausura del que está siendo          por el cual el Tribunal ha señalado que
  minar la renta neta imponible de tercera                                  utilizado, por lo que resulta razonable que        no existe en la LIR ni en su reglamento,
  categoría están las mermas y desmedros,                                   tome la precaución de alquilar otro local,         norma que obligue a los contribuyentes
  cuyo tratamiento abordaremos a la luz de                                  aun cuando no se hubiera producido el              a adoptar un determinado criterio técnico
  las normas tributarias y resoluciones del                                 traslado del negocio3.                             para la participación en los gastos, bas-
  Tribunal Fiscal, a fin de responder las in-                                En algunos casos la causalidad va a tener          tando únicamente que se cumpla con el
  terrogantes con que se inicia este artículo.                              una incidencia indirecta con la genera-            Principio de Causalidad, que el gasto sea
                                                                            ción de renta gravada. Esto lo podemos             necesario y que se encuentre sustentado
  2. Una breve precisión sobre el                                           observar en el caso de los castigos por            en comprobantes de pago emitidos de
                                                                            deudas incobrables, en donde la cuenta             acuerdo con la legislación de la materia,
     Principio de Causalidad                                                                                                   para que el gasto sea deducible6.
                                                                            por cobrar debe tener un origen en el que
  En términos generales la causalidad pue-
  de definirse como la relación existente en-
  tre un hecho y su efecto deseado. Es decir,
  para efectos prácticos, sería la incidencia
  existente entre los gastos y la generación                                                                           Normalidad
                                                                                                                                                 Para la actividad que genera la renta
                                                                                                                                                 gravada
  de renta gravada o el mantenimiento de
  la fuente. Es el principio sustancial de
                                                                                    Gastos                  Deben                                En relación con los ingresos del con-
  todo gasto deducible ya que el mismo                                             causales                cumplir
                                                                                                                      Razonabilidad              tribuyente
  está contenido en todos los supuestos
  señalados en el artículo 37º de la LIR.                                                                              Generalidad               Para los incisos I), II) y a.2)
  La causalidad no trata de establecer el
  carácter de indispensable de un gasto,
  sino de demostrar que la adquisición de
  un bien o servicio tiene como objeto final
  generar ingresos gravados o mantener
                                                                            3. Las mermas y desmedros den-                     Entonces, se debe entender por existen-
                                                                               tro de los Gastos deducibles                    cias, según la NIC 2, a aquellos bienes po-
  la fuente.
                                                                                                                               seídos por la empresa para ser vendidos
                                                                            Volviendo al tema de estudio, de acuerdo
  Con respecto a la generación de ingresos                                                                                     en el curso normal del negocio, o bienes
                                                                            con el inciso f) del artículo 37 º la Ley del
  gravados, un claro ejemplo de ello lo                                                                                        en proceso de producción para su venta; y
                                                                            Impuesto a la Renta es gasto deducible,
  encontramos en el caso de las canastas                                                                                       aquellos materiales o suministros para ser
                                                                            las mermas y desmedros de existencias
  navideñas a personal dependiente. Es                                                                                         consumidos en el proceso de producción
                                                                            debidamente acreditadas.
  decir, las mismas no son consideradas                                                                                        o prestación de servicios.
  (*) Abogado por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Adjunto      1 RTF Nº 2675-5-2007 (22.03.07)                    4 RTF Nº 745-2-2000 (20.02.00)
      de docencia del Curso Derecho Tributario I: Código Tributario de la   2 RTF Nº 03942-5-2005 (24.06.05)                   5 RTF Nº 261-1-2007 (16.01.07)
      Pontificia Universidad Católica del Perú.                              3 RTF Nº 03458-3-2005 (15.06.05)                   6 RTF Nº 01275-2-2004 (12.08.04)



I-4           Instituto Pacífico                                                                                                N° 227             Segunda Quincena - Marzo 2011
Área Tributaria                I
Es decir, se consideran existencias a los              crianza de animales, etc.– que se                                     nan por causas inherentes a la naturaleza
bienes comprados y almacenados para                    pierden durante el proceso8.                                          de la existencia o proceso productivo,
revender, los productos terminados o en                En ese orden de ideas, según la na-                                   (o, como vimos, incluso en la comercia-
curso de fabricación por la empresa para               turaleza del bien, es lógico reconocer                                lización), por lo que aquellas pérdidas
su venta, o insumos consumidos en el                   como mermas aquellas originadas                                       físicas originadas por causas extrañas a la
proceso de producción.                                 por las condiciones climáticas que lo                                 naturaleza del bien o al proceso produc-
                                                       afectan, como por ejemplo ciertos                                     tivo y comercialización se tratarán como
4. ¿Qué se entiende por mermas?                        bienes que por su naturaleza pre-                                     pérdidas extraordinarias deducibles de la
                                                       sentan diferencias al momento de su                                   renta bruta según las exigencias del inciso
De acuerdo a lo estipulado en el artículo              entrega originadas por el clima9.                                     d) del artículo 37º de la Ley.
21º inciso c) del Reglamento de la Ley de
Impuesto a la Renta, se define la merma                                                                                       Este criterio es tomado por el Tribunal
como la pérdida física, en el volumen,                                                                                       Fiscal en la RTF Nº 7474-4-2005 cuando
peso o cantidad de las existencias, oca-                                       Mermas
                                                                                                                             señala que las pérdidas de agua por con-
sionada por causas inherentes a su na-                                                                                       sumos clandestinos no constituyen mer-
turaleza o al proceso productivo. De este                                      Se originan                                   mas, puesto que no son imputables ni a
concepto se desprenden las características                                                                                   la naturaleza ni al proceso de producción,
siguientes:                                                                                                                  sino que son consecuencia del actuar
a) Las mermas constituyen una pérdida
                                                          Por su                En la                En el proceso           de terceros, de modo que de tratarse
                                                        naturaleza          comercialización          productivo
   de volumen, peso o cantidad de la                                                                                         de pérdidas extraordinarias calificarían
   existencia:                                                                                                               como gasto deducible de acuerdo al
                                                                                                                             inciso d) del artículo 37º de la Ley del
   En otras palabras, constituyen una                                        Pérdida física
                                                                                                                             Impuesto a la Renta11.
   pérdida cuantitativa que no hace
   inútil la existencia para su utilización                                                                                  En el caso de empresas que comercializan
   en el proceso de fabricación o pro-                                                                                       existencias como verduras, carnes, etc.,
   ducción o venta. Entonces, a pesar            5. ¿Es posible la generación de                                             y se registran diferencias de peso por
   de la pérdida física por desaparición            mermas en la etapa de comer-                                             manipulación, el Tribunal considera que
   o consumo de parte de este producto                                                                                       estas pérdidas físicas no son mermas
                                                    cialización?                                                             pues las diferencias de peso en la lim-
   debido a la naturaleza propia del bien
   o al proceso a que está sometido, el          Usualmente se considera que las mermas                                      pieza, clasificación y manipulación de
                                                 se generan en el proceso productivo tal                                     los productos por parte del personal o
   insumo es apto para el proceso de
                                                 como lo señala el Reglamento de la Ley                                      del público, no califican como mermas
   producción o el producto final es
                                                 de Impuesto a la Renta. Pero surge la duda
   idóneo para su venta.                                                                                                     ya que no son imputables ni a la natura-
                                                 de si se pueden generar éstas en la etapa
   Es por esta razón por la cual pode-           de comercialización.                                                        leza ni al proceso de producción de los
   mos afirmar que la existencia sigue                                                                                        bienes sino son consecuencia del actuar
                                                 Teniendo en cuenta que la existencia es                                     de terceros12.
   manteniendo las calidades para                un insumo o producto terminado, puede
   un producto óptimo, ya que la                 desaparecer en su peso, volumen o can-                                      De acuerdo al análisis del punto anterior,
   merma incide en el peso, volumen              tidad. Es por este motivo que la merma                                      observamos que debería considerarse
   o cantidad de la existencia, pero             indistintamente puede generarse en la                                       como mermas a la pérdida de peso de
   no en sus calidades y cualidades              producción o comercialización de una                                        los referidos bienes siempre que sean
   para su comercialización o uso en             existencia.                                                                 imputables a las condiciones normales
   el proceso de producción tal como                                                                                         de comercialización. Es decir, las que se
                                                 Entonces, si bien las mermas se producen
   lo han señalado el Tribunal Fiscal                                                                                        generan por las características de esas
                                                 en el proceso productivo del bien (como
   al afirmar que “la merma es la eva-           en el caso de los insumos que se emplean                                    existencias en el manipuleo ordinario
   poración o desaparición de insumos,           para producir otros bienes), también es                                     del personal o del público y no por cir-
   materias primas o bienes intermedios          posible por la naturaleza de la existencia                                  cunstancias extraordinarias como robos o
   durante el proceso productivo o de            que ésta ocurra en el proceso de comer-                                     descuido del comercializador.
   comercialización”7.                           cialización tal como lo ha señalado el
b) Las mermas son ocasionadas por                Tribunal Fiscal10.
                                                                                                                             7. ¿Cómo se acreditan las mer-
   causas intrínsecamente ligadas a la
   naturaleza de la existencia o proceso         6. ¿Son deducibles las mermas                                                  mas?
   productivo:                                      generadas por hechos extra-                                              De acuerdo a lo señalado en el Regla-
                                                                                                                             mento de la Ley del Impuesto a la Renta,
   Algunos autores sostienen que son                ños a la naturaleza del bien o
                                                                                                                             el contribuyente deberá acreditar las
   dos las causas generadoras de las                proceso productivo?                                                      mermas mediante un informe técnico
   mermas, por un lado en función a              De acuerdo al Reglamento de la Ley de
   la naturaleza del bien (sea por su                                                                                        emitido por un profesional indepen-
                                                 Impuesto a la Renta, las mermas se origi-                                   diente, competente y colegiado o por el
   composición química o tamaño, se
   pierden físicamente por su sola tenen-                                                                                    organismo técnico competente, cuando
   cia como en el caso de una empresa
                                                 8 PICÓN, Jorge, Deducciones del Impuesto a la Renta empresarial             la SUNAT lo requiera. Dicho informe
                                                    ¿Quién se llevó mi gasto? La Ley, la SUNAT o la perdí yo, Dogma,
   que comercializa productos que se                Lima, 2004, pp. 169-173.                                                 deberá contener por lo menos la meto-
   pueden evaporar o granos que pue-
                                                 9 De acuerdo con el Informe Nº 009-2006-SUNAT/2B0000 la pérdida
                                                    física sufrida en productos a granel, que corresponda a condiciones
                                                                                                                             dología empleada y las pruebas realiza-
   den disminuir) y la otra en función              de traslado que afectan los bienes por las características de éstos      das. En caso contrario, no se admitirá la
                                                    como ocurre con la humedad propia del transporte por vía marítima
   al proceso productivo (por ejemplo               califica como merma.                                                      deducción13.
                                                 10 En la RTF Nº 7164-2-2002 se señala que los casos de mermas y
   en el caso de los insumos –algodón,              desmedros, en tanto ambos son pérdidas, una referida a la cantidad
                                                    y otra a la calidad del bien, propias de las actividades ordinarias de
                                                    las empresas que pueden producirse o no en el curso del ciclo de         11 RTF Nº 7474-4-2005 (14.12.05)
                                                    producción y comercialización de los bienes destinados a la venta o      12 RTF Nº 1804-1-2006 (12.06.06)
7   RTF Nº 724-1-1997 (13.04.97)                    consumo.                                                                 13 Inciso c) del artículo 21 del RLIR.



N° 227           Segunda Quincena - Marzo 2011                                                                                            Actualidad Empresarial          I-5
I       Informes Tributarios
  En ese orden de ideas, observamos que           Reglamento de la Ley del Impuesto a la                                considerar que la existencia sea entendi-
  el informe técnico que sustenta la merma        Renta faculta a la Administración para                                da como un insumo o producto termina-
  tiene que ser realizado según las exigen-       que requiera al contribuyente que acre-                               do que sufre una pérdida cualitativa, es
  cias establecidas en la norma precitada         dite las mermas con un informe técnico,                               decir, no es apto para su procesamiento
  pues de lo contrario no se aceptará su          ello no puede interpretarse en forma                                  y/o venta. Es por este motivo que el mis-
  deducción.                                      aislada como lo ha hecho la Administra-                               mo puede ocurrir indistintamente en la
                                                  ción. Tal facultad debe aplicarse razona-                             etapa de producción o comercialización
  Esto sucedió en la RTF Nº 3061-1-2005
                                                  blemente, esto es, cuando no se tenga                                 de un bien.
  en que se desconoció las mermas de
                                                  certeza del porcentaje aplicable para la
  existencias que sufrió el contribuyente por                                                                           Por ello, podemos afirmar que cuando se
                                                  actividad por no contar con elementos
  que “no ha explicado cómo se lleva a cabo                                                                             trata de una existencia ya colocada para
                                                  para ello, no así, cuando existen normas
  su proceso productivo ni el momento en                                                                                su comercialización, que deviene en no
                                                  específicas que reconocen un porcentaje
  que se realizan los controles de calidad y se                                                                         aptas para su uso o consumo, será un
                                                  razonable de mermas14.
  determinan las mermas, así como tampoco                                                                               desmedro, e igualmente será desmedro
  el porcentaje de las mismas”.                                                                                         aquella existencia (material o insumo)
  De otra parte, del texto de la referida
                                                  9. ¿Qué son los desmedros?                                            que en el proceso productivo no tenga
  norma se infiere que las mermas deben            De acuerdo a lo estipulado en el inci-                                las condiciones para lograr un producto
  ser acreditadas por la empresa cuando           so c), numeral 2 del artículo 21º del                                 final óptimo.
  lo requiera la SUNAT a fin de sustentar          Reglamento de la Ley del Impuesto a                                   Este criterio es asumido por el Tribunal
  si el nivel de mermas deducidas son nor-        la Renta, se define al desmedro como                                   Fiscal cuando señala por ejemplo, que un
  males. La norma no exige que el Informe         aquella pérdida de orden cualitativo e
                                                                                                                        ave de descarte implica una disminución
  Técnico deba estar hecho antes de su            irrecuperable de las existencias, hacién-
                                                                                                                        en su calidad para la obtención de un
  contabilización, pero es recomendable           dolas inutilizables para los fines a los
                                                                                                                        producto final óptimo, por lo que resulta
  contar oportunamente con este Informe           que estaban destinadas. En ese orden de
                                                                                                                        pertinente considerarlos como desmedros
  para conocer el rango de mermas que             ideas, surge la duda sobre cuándo hay
                                                                                                                        durante el proceso de producción16.
  óptimamente la empresa puede deducir            una pérdida de orden cualitativo. A su
  como gasto o costo.                             vez, si ésta tiene que producirse en la
                                                  etapa de producción o comercialización                                11. ¿Cómo se acreditan de los
  El requisito formal del Informe Técnico         del bien.                                                                 desmedros?
  es un requisito indispensable a fin que
  se pueda deducir la merma como gasto.           De acuerdo a lo señalado por algunos                                  El inciso c) del artículo 21º del Regla-
                                                  autores, las existencias se convierten                                mento de la Ley de Impuesto a la Renta
                                                  en desmedros por: deterioro de los bie-                               señala que: “Tratándose de los desmedros
  8. ¿Se puede acreditar mermas                   nes, bienes con fecha de caducidad, bie-                              de existencias, la SUNAT aceptará como
     en base a una norma especí-                  nes obsoletos por avance tecnológico15.                               prueba la destrucción de las existencias efec-
     fica sin contar con un Informe                Es por este motivo que la característica                              tuadas ante Notario Público o Juez de Paz,
     Técnico?                                     del desmedro consiste en que el bien no                               a falta de aquél, siempre que se comunique
  Puede pasar que un contribuyente                desaparece, sólo que la existencia ya no                              previamente a la SUNAT en un plazo no
  deduzca como gasto un porcentaje de-            es apta para su venta al público, o ya                                menor de seis (6) días hábiles anteriores a
  terminado de mermas establecido por             no es apta como insumo para su proce-                                 la fecha en que llevará a cabo la destrucción
  una norma sin contar con un Informe             samiento, es decir no tiene las calidades                             de los referidos bienes.
  Técnico y lo cual a nuestro entender            para satisfacer su destino por tratarse de
                                                                                                                        Dicha entidad podrá designar a un funcio-
  no debe ser observable por la SUNAT,            bienes dañados, vencidos, defectuosos o
                                                                                                                        nario para presenciar dicho acto; también
  ya que las mermas se están deduciendo           que no pasan el control de calidad.
                                                                                                                        podrá establecer procedimientos alterna-
  dentro del rango permitido por la nor-                                                                                tivos o complementarios a los indicados,
  ma específica.                                                                                                         tomando en consideración la naturaleza
                                                                           Desmedros                                    de las existencias o la actividad de la
  Entonces, podemos observar que pre-
  existiendo una norma que establece un                                                                                 empresa”.
  porcentaje de merma para una clase                                          Se originan                               El requisito formal de la destrucción
  de bienes, que ha sido calculada en                                                                                   ante Notario Público de la existencias
  base a previos estudios, técnicamente                                                                                 es un requisito indispensable, a fin que
  la SUNAT tiene certeza de la veracidad                    Por                  Por                   Por
                                                                                                                        se pueda deducir el desmedro como
                                                         deterioro            caducidad           obsolescencia
  de los límites de deducción aceptables                                                                                gasto como lo señaló la RTF Nº 0631-
  como merma, por ello, la facultad de                                                                                  1-2003: “A efectos de que el desmedro
  la SUNAT de exigir un Informe Técnico                                                                                 de existencias sea deducible se requiere
  que acredite las mermas conforme al             10. ¿Pueden generarse desme-                                          constatación notarial de acuerdo con lo
  antepenúltimo párrafo del inciso c) del
                                                      dros en la etapa de produc-                                       previsto en el inciso c) del artículo 21º
  artículo 21º del Reglamento del Impues-                                                                               del Reglamento de la Ley del Impuesto
  to a la Renta, debe ejercerse sólo para             ción o comercialización?
                                                                                                                        a la Renta”.
  aquellos casos en que el contribuyente          Como hemos visto anteriormente, el
  dedujo un porcentaje de merma mayor             desmedro usualmente ocurre en la etapa                                Si aún cumpliendo con el referido requi-
  al que le permitía la norma o en aquellas       de comercialización de la existencia por-                             sito formal, el desmedro tuviera algún
  actividades en que no existe tales normas       que se daña, malogra o expira su fecha.                               valor realizable aunque reducido, debe
  sobre porcentaje de mermas.                     Conforme a ello, teniendo en cuenta la                                documentarse que no fue comercializado,
                                                  característica de desmedro, se puede                                  en caso que fuera vendido será deducible
  Esta opinión es asumida por el Tribunal                                                                               su correspondiente costo.
  Fiscal en un caso de importación de úrea        14 RTF Nº 3620-5-2005 (14.09.05)
  agrícola, donde señala que si bien el           15 PICÓN, Deducciones del Impuesto a la Renta empresarial ¿Quién se
                                                     llevó mi gasto? La Ley, la SUNAT o la perdí yo, p. 172.            16 RTF Nº 09579-4-2004 (07.10.04)



I-6       Instituto Pacífico                                                                                             N° 227             Segunda Quincena - Marzo 2011

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  • 1. I Informes Tributarios ¿Cuál es el tratamiento tributario de las mermas y desmedros de existencias? Ficha Técnica como una liberalidad, porque no califican pudo haber generado ingresos gravados como un acto de desprendimiento, ya a su acreedor. En ese sentido, el Tribunal Autor : Pablo José Huapaya Garriazo (*) que tiene como origen y motivación la Fiscal ha señalado para el caso de los cas- Título : ¿Cuál es el tratamiento tributario de las labor que aquellos realizan a favor de la tigos por deudas incobrables que, si bien mermas y desmedros de existencias? empresa y que contribuye al desarrollo el inciso i) de dicho artículo 37º permite Fuente : Actualidad Empresarial, Nº 227 - Segunda de sus actividades1. los castigos y el Reglamento de la Ley Quincena de Marzo 2011 Téngase presente que la generación de detalla las condiciones específicas para la ingresos gravados no necesariamente es aceptación de la deducción, la verificación efectiva, sino también potencial, aunque de las mismas no exime del cumplimiento ello debe evaluarse en cada caso particu- del principio de causalidad4. 1. Introducción lar. Así, el Tribunal ha señalado que proce- Con respecto al mantenimiento de la Frecuentemente las empresas sufren de la deducción de gastos a pesar que la fuente productora de renta, el Tribunal pérdidas de existencias ante lo cual se empresa no genere ingresos, siempre que Fiscal ha señalado que se debe enten- preguntan: ¿cuándo se está ante una mer- los mismos resulten razonables. Entonces, der como fuente productora al capital ma o desmedro o una pérdida extraor- el hecho que una empresa no haya efec- corporal e incorporal que, teniendo un dinaria?, o ¿si tratándose de mermas y tuado mayores negocios, no significa que precio en dinero, es capaz de suministrar desmedros, el primero sólo puede ocurrir no haya realizado actividades dirigidas a una renta a su poseedor, como es el caso en la comercialización, y el segundo en el procurarse mayores ingresos aunque éstas de las cosas, muebles e inmuebles, los proceso productivo? últimas no lleguen a concretarse. Estos capitales monetarios, los derechos y las Es por este motivo que a las empresas, a fin gastos incurridos y los conceptos por los actividades5. de determinar la renta neta imponible de cuales se han realizado deben resultar razonables como erogaciones mínimas Finalmente, un supuesto particular se da tercera categoría, se les permite deducir de dirigidas a la continuidad del negocio de cuando varios agentes se ven beneficiados la renta bruta aquellos gastos que son ne- la empresa2. por el gasto efectuado por uno de ellos. cesarios para producir la renta y mantener Al respecto, existió un caso de gastos su fuente, en tanto no esté expresamente Otro ejemplo lo podemos observar en el de publicidad que beneficia tanto al prohibida por el artículo 44º de la Ley. caso del alquiler de un nuevo local ante embotellador como a la empresa matriz, Entre los gastos deducibles para deter- la inminente clausura del que está siendo por el cual el Tribunal ha señalado que minar la renta neta imponible de tercera utilizado, por lo que resulta razonable que no existe en la LIR ni en su reglamento, categoría están las mermas y desmedros, tome la precaución de alquilar otro local, norma que obligue a los contribuyentes cuyo tratamiento abordaremos a la luz de aun cuando no se hubiera producido el a adoptar un determinado criterio técnico las normas tributarias y resoluciones del traslado del negocio3. para la participación en los gastos, bas- Tribunal Fiscal, a fin de responder las in- En algunos casos la causalidad va a tener tando únicamente que se cumpla con el terrogantes con que se inicia este artículo. una incidencia indirecta con la genera- Principio de Causalidad, que el gasto sea ción de renta gravada. Esto lo podemos necesario y que se encuentre sustentado 2. Una breve precisión sobre el observar en el caso de los castigos por en comprobantes de pago emitidos de deudas incobrables, en donde la cuenta acuerdo con la legislación de la materia, Principio de Causalidad para que el gasto sea deducible6. por cobrar debe tener un origen en el que En términos generales la causalidad pue- de definirse como la relación existente en- tre un hecho y su efecto deseado. Es decir, para efectos prácticos, sería la incidencia existente entre los gastos y la generación Normalidad Para la actividad que genera la renta gravada de renta gravada o el mantenimiento de la fuente. Es el principio sustancial de Gastos Deben En relación con los ingresos del con- todo gasto deducible ya que el mismo causales cumplir Razonabilidad tribuyente está contenido en todos los supuestos señalados en el artículo 37º de la LIR. Generalidad Para los incisos I), II) y a.2) La causalidad no trata de establecer el carácter de indispensable de un gasto, sino de demostrar que la adquisición de un bien o servicio tiene como objeto final generar ingresos gravados o mantener 3. Las mermas y desmedros den- Entonces, se debe entender por existen- tro de los Gastos deducibles cias, según la NIC 2, a aquellos bienes po- la fuente. seídos por la empresa para ser vendidos Volviendo al tema de estudio, de acuerdo Con respecto a la generación de ingresos en el curso normal del negocio, o bienes con el inciso f) del artículo 37 º la Ley del gravados, un claro ejemplo de ello lo en proceso de producción para su venta; y Impuesto a la Renta es gasto deducible, encontramos en el caso de las canastas aquellos materiales o suministros para ser las mermas y desmedros de existencias navideñas a personal dependiente. Es consumidos en el proceso de producción debidamente acreditadas. decir, las mismas no son consideradas o prestación de servicios. (*) Abogado por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Adjunto 1 RTF Nº 2675-5-2007 (22.03.07) 4 RTF Nº 745-2-2000 (20.02.00) de docencia del Curso Derecho Tributario I: Código Tributario de la 2 RTF Nº 03942-5-2005 (24.06.05) 5 RTF Nº 261-1-2007 (16.01.07) Pontificia Universidad Católica del Perú. 3 RTF Nº 03458-3-2005 (15.06.05) 6 RTF Nº 01275-2-2004 (12.08.04) I-4 Instituto Pacífico N° 227 Segunda Quincena - Marzo 2011
  • 2. Área Tributaria I Es decir, se consideran existencias a los crianza de animales, etc.– que se nan por causas inherentes a la naturaleza bienes comprados y almacenados para pierden durante el proceso8. de la existencia o proceso productivo, revender, los productos terminados o en En ese orden de ideas, según la na- (o, como vimos, incluso en la comercia- curso de fabricación por la empresa para turaleza del bien, es lógico reconocer lización), por lo que aquellas pérdidas su venta, o insumos consumidos en el como mermas aquellas originadas físicas originadas por causas extrañas a la proceso de producción. por las condiciones climáticas que lo naturaleza del bien o al proceso produc- afectan, como por ejemplo ciertos tivo y comercialización se tratarán como 4. ¿Qué se entiende por mermas? bienes que por su naturaleza pre- pérdidas extraordinarias deducibles de la sentan diferencias al momento de su renta bruta según las exigencias del inciso De acuerdo a lo estipulado en el artículo entrega originadas por el clima9. d) del artículo 37º de la Ley. 21º inciso c) del Reglamento de la Ley de Impuesto a la Renta, se define la merma Este criterio es tomado por el Tribunal como la pérdida física, en el volumen, Fiscal en la RTF Nº 7474-4-2005 cuando peso o cantidad de las existencias, oca- Mermas señala que las pérdidas de agua por con- sionada por causas inherentes a su na- sumos clandestinos no constituyen mer- turaleza o al proceso productivo. De este Se originan mas, puesto que no son imputables ni a concepto se desprenden las características la naturaleza ni al proceso de producción, siguientes: sino que son consecuencia del actuar a) Las mermas constituyen una pérdida Por su En la En el proceso de terceros, de modo que de tratarse naturaleza comercialización productivo de volumen, peso o cantidad de la de pérdidas extraordinarias calificarían existencia: como gasto deducible de acuerdo al inciso d) del artículo 37º de la Ley del En otras palabras, constituyen una Pérdida física Impuesto a la Renta11. pérdida cuantitativa que no hace inútil la existencia para su utilización En el caso de empresas que comercializan en el proceso de fabricación o pro- existencias como verduras, carnes, etc., ducción o venta. Entonces, a pesar 5. ¿Es posible la generación de y se registran diferencias de peso por de la pérdida física por desaparición mermas en la etapa de comer- manipulación, el Tribunal considera que o consumo de parte de este producto estas pérdidas físicas no son mermas cialización? pues las diferencias de peso en la lim- debido a la naturaleza propia del bien o al proceso a que está sometido, el Usualmente se considera que las mermas pieza, clasificación y manipulación de se generan en el proceso productivo tal los productos por parte del personal o insumo es apto para el proceso de como lo señala el Reglamento de la Ley del público, no califican como mermas producción o el producto final es de Impuesto a la Renta. Pero surge la duda idóneo para su venta. ya que no son imputables ni a la natura- de si se pueden generar éstas en la etapa Es por esta razón por la cual pode- de comercialización. leza ni al proceso de producción de los mos afirmar que la existencia sigue bienes sino son consecuencia del actuar Teniendo en cuenta que la existencia es de terceros12. manteniendo las calidades para un insumo o producto terminado, puede un producto óptimo, ya que la desaparecer en su peso, volumen o can- De acuerdo al análisis del punto anterior, merma incide en el peso, volumen tidad. Es por este motivo que la merma observamos que debería considerarse o cantidad de la existencia, pero indistintamente puede generarse en la como mermas a la pérdida de peso de no en sus calidades y cualidades producción o comercialización de una los referidos bienes siempre que sean para su comercialización o uso en existencia. imputables a las condiciones normales el proceso de producción tal como de comercialización. Es decir, las que se Entonces, si bien las mermas se producen lo han señalado el Tribunal Fiscal generan por las características de esas en el proceso productivo del bien (como al afirmar que “la merma es la eva- en el caso de los insumos que se emplean existencias en el manipuleo ordinario poración o desaparición de insumos, para producir otros bienes), también es del personal o del público y no por cir- materias primas o bienes intermedios posible por la naturaleza de la existencia cunstancias extraordinarias como robos o durante el proceso productivo o de que ésta ocurra en el proceso de comer- descuido del comercializador. comercialización”7. cialización tal como lo ha señalado el b) Las mermas son ocasionadas por Tribunal Fiscal10. 7. ¿Cómo se acreditan las mer- causas intrínsecamente ligadas a la naturaleza de la existencia o proceso 6. ¿Son deducibles las mermas mas? productivo: generadas por hechos extra- De acuerdo a lo señalado en el Regla- mento de la Ley del Impuesto a la Renta, Algunos autores sostienen que son ños a la naturaleza del bien o el contribuyente deberá acreditar las dos las causas generadoras de las proceso productivo? mermas mediante un informe técnico mermas, por un lado en función a De acuerdo al Reglamento de la Ley de la naturaleza del bien (sea por su emitido por un profesional indepen- Impuesto a la Renta, las mermas se origi- diente, competente y colegiado o por el composición química o tamaño, se pierden físicamente por su sola tenen- organismo técnico competente, cuando cia como en el caso de una empresa 8 PICÓN, Jorge, Deducciones del Impuesto a la Renta empresarial la SUNAT lo requiera. Dicho informe ¿Quién se llevó mi gasto? La Ley, la SUNAT o la perdí yo, Dogma, que comercializa productos que se Lima, 2004, pp. 169-173. deberá contener por lo menos la meto- pueden evaporar o granos que pue- 9 De acuerdo con el Informe Nº 009-2006-SUNAT/2B0000 la pérdida física sufrida en productos a granel, que corresponda a condiciones dología empleada y las pruebas realiza- den disminuir) y la otra en función de traslado que afectan los bienes por las características de éstos das. En caso contrario, no se admitirá la como ocurre con la humedad propia del transporte por vía marítima al proceso productivo (por ejemplo califica como merma. deducción13. 10 En la RTF Nº 7164-2-2002 se señala que los casos de mermas y en el caso de los insumos –algodón, desmedros, en tanto ambos son pérdidas, una referida a la cantidad y otra a la calidad del bien, propias de las actividades ordinarias de las empresas que pueden producirse o no en el curso del ciclo de 11 RTF Nº 7474-4-2005 (14.12.05) producción y comercialización de los bienes destinados a la venta o 12 RTF Nº 1804-1-2006 (12.06.06) 7 RTF Nº 724-1-1997 (13.04.97) consumo. 13 Inciso c) del artículo 21 del RLIR. N° 227 Segunda Quincena - Marzo 2011 Actualidad Empresarial I-5
  • 3. I Informes Tributarios En ese orden de ideas, observamos que Reglamento de la Ley del Impuesto a la considerar que la existencia sea entendi- el informe técnico que sustenta la merma Renta faculta a la Administración para da como un insumo o producto termina- tiene que ser realizado según las exigen- que requiera al contribuyente que acre- do que sufre una pérdida cualitativa, es cias establecidas en la norma precitada dite las mermas con un informe técnico, decir, no es apto para su procesamiento pues de lo contrario no se aceptará su ello no puede interpretarse en forma y/o venta. Es por este motivo que el mis- deducción. aislada como lo ha hecho la Administra- mo puede ocurrir indistintamente en la ción. Tal facultad debe aplicarse razona- etapa de producción o comercialización Esto sucedió en la RTF Nº 3061-1-2005 blemente, esto es, cuando no se tenga de un bien. en que se desconoció las mermas de certeza del porcentaje aplicable para la existencias que sufrió el contribuyente por Por ello, podemos afirmar que cuando se actividad por no contar con elementos que “no ha explicado cómo se lleva a cabo trata de una existencia ya colocada para para ello, no así, cuando existen normas su proceso productivo ni el momento en su comercialización, que deviene en no específicas que reconocen un porcentaje que se realizan los controles de calidad y se aptas para su uso o consumo, será un razonable de mermas14. determinan las mermas, así como tampoco desmedro, e igualmente será desmedro el porcentaje de las mismas”. aquella existencia (material o insumo) De otra parte, del texto de la referida 9. ¿Qué son los desmedros? que en el proceso productivo no tenga norma se infiere que las mermas deben De acuerdo a lo estipulado en el inci- las condiciones para lograr un producto ser acreditadas por la empresa cuando so c), numeral 2 del artículo 21º del final óptimo. lo requiera la SUNAT a fin de sustentar Reglamento de la Ley del Impuesto a Este criterio es asumido por el Tribunal si el nivel de mermas deducidas son nor- la Renta, se define al desmedro como Fiscal cuando señala por ejemplo, que un males. La norma no exige que el Informe aquella pérdida de orden cualitativo e ave de descarte implica una disminución Técnico deba estar hecho antes de su irrecuperable de las existencias, hacién- en su calidad para la obtención de un contabilización, pero es recomendable dolas inutilizables para los fines a los producto final óptimo, por lo que resulta contar oportunamente con este Informe que estaban destinadas. En ese orden de pertinente considerarlos como desmedros para conocer el rango de mermas que ideas, surge la duda sobre cuándo hay durante el proceso de producción16. óptimamente la empresa puede deducir una pérdida de orden cualitativo. A su como gasto o costo. vez, si ésta tiene que producirse en la etapa de producción o comercialización 11. ¿Cómo se acreditan de los El requisito formal del Informe Técnico del bien. desmedros? es un requisito indispensable a fin que se pueda deducir la merma como gasto. De acuerdo a lo señalado por algunos El inciso c) del artículo 21º del Regla- autores, las existencias se convierten mento de la Ley de Impuesto a la Renta en desmedros por: deterioro de los bie- señala que: “Tratándose de los desmedros 8. ¿Se puede acreditar mermas nes, bienes con fecha de caducidad, bie- de existencias, la SUNAT aceptará como en base a una norma especí- nes obsoletos por avance tecnológico15. prueba la destrucción de las existencias efec- fica sin contar con un Informe Es por este motivo que la característica tuadas ante Notario Público o Juez de Paz, Técnico? del desmedro consiste en que el bien no a falta de aquél, siempre que se comunique Puede pasar que un contribuyente desaparece, sólo que la existencia ya no previamente a la SUNAT en un plazo no deduzca como gasto un porcentaje de- es apta para su venta al público, o ya menor de seis (6) días hábiles anteriores a terminado de mermas establecido por no es apta como insumo para su proce- la fecha en que llevará a cabo la destrucción una norma sin contar con un Informe samiento, es decir no tiene las calidades de los referidos bienes. Técnico y lo cual a nuestro entender para satisfacer su destino por tratarse de Dicha entidad podrá designar a un funcio- no debe ser observable por la SUNAT, bienes dañados, vencidos, defectuosos o nario para presenciar dicho acto; también ya que las mermas se están deduciendo que no pasan el control de calidad. podrá establecer procedimientos alterna- dentro del rango permitido por la nor- tivos o complementarios a los indicados, ma específica. tomando en consideración la naturaleza Desmedros de las existencias o la actividad de la Entonces, podemos observar que pre- existiendo una norma que establece un empresa”. porcentaje de merma para una clase Se originan El requisito formal de la destrucción de bienes, que ha sido calculada en ante Notario Público de la existencias base a previos estudios, técnicamente es un requisito indispensable, a fin que la SUNAT tiene certeza de la veracidad Por Por Por se pueda deducir el desmedro como deterioro caducidad obsolescencia de los límites de deducción aceptables gasto como lo señaló la RTF Nº 0631- como merma, por ello, la facultad de 1-2003: “A efectos de que el desmedro la SUNAT de exigir un Informe Técnico de existencias sea deducible se requiere que acredite las mermas conforme al 10. ¿Pueden generarse desme- constatación notarial de acuerdo con lo antepenúltimo párrafo del inciso c) del dros en la etapa de produc- previsto en el inciso c) del artículo 21º artículo 21º del Reglamento del Impues- del Reglamento de la Ley del Impuesto to a la Renta, debe ejercerse sólo para ción o comercialización? a la Renta”. aquellos casos en que el contribuyente Como hemos visto anteriormente, el dedujo un porcentaje de merma mayor desmedro usualmente ocurre en la etapa Si aún cumpliendo con el referido requi- al que le permitía la norma o en aquellas de comercialización de la existencia por- sito formal, el desmedro tuviera algún actividades en que no existe tales normas que se daña, malogra o expira su fecha. valor realizable aunque reducido, debe sobre porcentaje de mermas. Conforme a ello, teniendo en cuenta la documentarse que no fue comercializado, característica de desmedro, se puede en caso que fuera vendido será deducible Esta opinión es asumida por el Tribunal su correspondiente costo. Fiscal en un caso de importación de úrea 14 RTF Nº 3620-5-2005 (14.09.05) agrícola, donde señala que si bien el 15 PICÓN, Deducciones del Impuesto a la Renta empresarial ¿Quién se llevó mi gasto? La Ley, la SUNAT o la perdí yo, p. 172. 16 RTF Nº 09579-4-2004 (07.10.04) I-6 Instituto Pacífico N° 227 Segunda Quincena - Marzo 2011